viernes, 7 de enero de 2022

Conozca la tragedia que padecen los ahorristas de IBank Corporation, corresponsal del Activo International Bank de Puerto Rico (BANCO ACTIVO)

   El reclamo de los haberes de un pequeño ahorrista del IBank Corporation, corresponsal del Activo International Bank de Puerto Rico, intervenido por las autoridades financieras de Estados Unidos, da cuenta del calvario que viven quienes confiaron sus ahorros a una entidad perteneciente al Grupo Activo.

Por Maibort Petit 

  La desesperanza se ha apoderado de los clientes del iBank U.S., especialmente de los pequeños y medianos ahorristas, quienes confiaron sus haberes a la entidad bancaria y ahora se sienten en absoluta situación de indefensión al no poder disponer del dinero que le entregaron a dicha institución relacionada con el Grupo Activo perteneciente al banquero venezolano José Antonio Oliveros Febres. Tal es el caso de Jaime J. Gallardo S, un pequeño comerciante propietario de Hidráulica Tamanaco S.A., una empresa familiar fundada en 1973 con sede en Caracas, la cual comercializa equipos de bombeo de aguas domésticas e industriales. Desde principios del año 2020, Gallardo brega con el iBank —un intercambio de correos con el servicio de atención al cliente del iBank en nuestras manos lo comprueba— objeto de que le reintegre USD 36.000, sin que sus diligencias hayan tenido ningún éxito.

   Se pregunta Gallardo si el I-Bank U.S. y sus ahorristas son un víctima del Grupo Activo o sus cómplices, sin que su interrogante encuentre respuesta.

   La situación de Jaime Gallardo se replica en cientos de personas, naturales y jurídicas, muchos de los cuales igualmente han manifestado su inquietud a Venezuela Política, confiados en que la denuncia de sus casos sirva como mecanismo de presión a las autoridades correspondientes a objeto de que les sean restituidos sus ahorros e inversiones. Nos enfocaremos en esta entrega al caso de Gallardo.

  Como lo referimos, Gallardo es el representante legal de la empresa venezolana, Hidráulica Tamanaco S.A.

  Dicha firma posee como número de Registro de Información Fiscal (RIF) el J 000831947. Está domiciliada en la Calle Guaicaipuro, Quinta Regina, Número 20, Urbanización El Rosal, Chacao, estado Miranda.

  La deuda de IBank USA con la empresa de Gallardo es actualmente de US$ 36.000,00, aprox, de unos fondos que la empresa recibió vía transferencia del Comité Internacional de la Cruz Roja por los trabajos de rehabilitación de 06 pozos de agua ubicados en 06 hospitales en Caracas en el año 2019.

   El 31 de diciembre de 2021 venció el plazo para que el Banco I-Bank USA hiciera efectivo el pago correspondiente al referido año, tal y como ordenó la Oficina de Comisionado de Instituciones Financieras de Puerto Rico, sin que tal cancelación se haya producido.

Un poco de historia

  Cabe destacar que el Activo International Bank de Puerto Rico se encuentra en proceso de reestructuración desde que el 10 de febrero de 2020 el Comisionado de Instituciones Financieras de Puerto Rico emitió una Orden de Consentimiento de Emergencia por el cual Activo International Bank. La autoridad bancaria dispuso que frente a tal restructuración estuviera Fortunato Benacerraf — banquero venezolano, dueño de 100% Banco en Venezuela— quien es uno de los principales acreedores de la entidad intervenida.

  Así lo informa una nota de Cuentas Claras Digital (CCD), en la cual se da indica que, aparte de Benacerraf, otros banqueros venezolanos —Arístides Maza (Banco Caroní) y Michel Goguikian (Bancrecer), entre otros— fueron víctimas de Oliveros Febres y quedaron con fondos atrapados en Activo International Bank. Las estimaciones ubican en una cifra superior a los USD 40 millones, la deuda del banco con sus clientes y acreedores.

  El comisionado otorgó a Benacerraf un plazo de 30 días a partir de la fecha de la Orden de Consentimiento para que presentar el plan, de reestructuración de la entidad financiera, lo cual debía incluir la sustitución de la junta directiva y de administración, así como el cumplimiento de los cambios ordenados por la autoridad financiera puertorriqueña.

  Entretanto esto ocurría y se lograban los objetivos de la intervención, los depositantes no podrán retirar su dinero ni tampoco el banco podía pagar a los acreedores. Tales tipos de transacciones sólo procederían si así el Comisionado George Joyner, lo autorizaba por escrito.

  Una restricción de la que dan cuenta los correos intercambiados entre Jaime Gallardo y el servicio de atención al cliente del iBank. Uno de ellos fechado el 9 de marzo de 2021, con copia a Robert Acosta e Yzabell Silva, donde se le informa que la orden de consentimiento del Comisionado de Instituciones Financieras de Puerto Rico dispone que que, “con el interés de proteger los derechos de todos los depositantes del Banco, la Orden indica que a partir de su fecha de vigencia y hasta el 10 de mayo de 2020 (o cualquier otra fecha que determine el Comisionado), el Banco suspenderá todos los pagos (...)".

   En tal sentido, iBank U.S. refirió que se mantendría en contacto con el banco corresponsal, a permanente, a saber, el Activo International Bank, a objeto de “encontrar la mejor solución para nuestros clientes” implementando “en el mejor tiempo posible, soluciones favorables para nuestros depositantes”.

Un aviso similar asoma ante la página web de TBB International Bank

  Al interior de la página se explica que, de acuerdo a lo establecido en la “Ley número 36 del 28 de julio del 1989, los fondos abandonados o no reclamados son cantidades de dinero y otros bienes líquidos que no han sido reclamados por sus legítimos dueños. El artículo 2 de la Ley número 36, define como ‘dueños’ aquellas personas con derecho a reclamar el dinero, ya sea por ser el dueño original, beneficiario o heredero de tales bienes. La ‘persona’ es definida como cualquiera persona natural o jurídica”.

   Agrega que el TBB International Bank, en razón de que las entidades bancarias internacionales están exentas del requisito de publicar el aviso en un periódico de circulación general impuesto por ley, la entidad , en su página web2, publica el listado de las “personas naturales y jurídicas con derecho a reclamar las cantidades correspondientes a cuentas que se han mantenido inactivas o en estado durmiente por un periodo de cinco años o más desde su última transacción o comunicación por escrito en poder e interés de dicha cantidad cuyo valor agregado sea de cien dólares (…)”.

  Indica que en o antes del 10 de diciembre de cada año, TBB transferirá al Secretario de Hacienda de Puerto Rico, los fondos que no fueron reclamados luego de publicar el aviso antes mencionado. Por tanto, a partir de esa fecha, las reclamaciones deberán ser dirigidas a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras de Puerto Rico. Mientras que los datos sobre las cantidades no reclamadas pueden obtenerse en el enlace: http://www.ocif.pr.gov/DocumentosLegales/Pages/default.aspx.

   Refiere la página que las cantidades de dinero y los bienes líquidos no reclamados a TBB International Bank serán transferidos al Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF), quien deberá ser el receptor de cualquier reclamo a partir del 30 de noviembre del 2021.

   Jaime Gallardo, informa que en virtud de lo infructuoso que han resultado sus reclamos, denunciaría el caso en la página web de la Reserva Federal de los Estados Unidos, al tiempo que conminó a todas las personas afectadas a conformar frente común para llevar a cabo un acción conjunta en contra del banco.

Viejos rumores, situación incierta

   La situación de los bancos de José Antonio Oliveros Febres ha sido denunciada en los últimos años, de hecho, Banco Activo en Venezuela se encuentra intervenido desde el 30 de enero de 2019 por orden del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil de Caracas, según lo refiere la citada nota del CCD, la cual precisó que dicho tribunal emitió una medida cautelar que prohíbe la venta o traspaso de las acciones del citado Oliveros Febres. Se designó un depositario que asumió los derechos y obligaciones del accionista mayoritario y presidente de la entidad.

  Tales acciones son consecuencia de una demanda interpuesta por Guillermo Barroso y Edgar Raúl Leoni contra José Oliveros Febres y su madre, Zonia Coromoto Oliveros Mora, directora del banco, por daños morales y perjuicios.

   Ya desde antes de que se produjera esta demanda, se aseguraba insistentemente que no solamente Banco Activo en Caracas estaba en situación comprometida, sino también el resto de las entidades que conforman el Grupo Activo, a saber, Activo International Bank Inc. de Puerto Rico y Banco Múltiple Activo Dominicana, de República Dominicana.

  Subraya CCD que Activo International Bank de Puerto Rico es el principal accionista de Banco Múltiple Activo Dominicana, por lo que la ordenada reestructuración del primero mantiene en incierto destino las negociaciones del segundo.

Demandas y acusaciones contra Oliveros Febres-Cordero

  Ya Venezuela Política había advertido de esta situación en marzo de 2020 cuando hizo pública una demanda por incumplimiento de contrato fue interpuesta por Cainvest Bank & Trust Ltd. contra Activo International Bank Inc. Esta acción obedecía al hecho de que la demandada no había respondido a las solicitudes de transferencia de fondos ordenada por el demandante. Cainvest reclamaba el reintegro de USD 3.052.018,26 depositados en su cuenta en la referida entidad.

  Referiríamos en ese entonces que contra José Antonio Oliveros Febres-Cordero caía una lluvia de acusaciones y demandas por la comisión de supuestas irregularidades en el manejo de sus instituciones bancarias. Apropiación ilegal de fondos, violación a los derechos fiduciarios, estafa, robo, apropiación indebida calificada y corrupción, son los señalamientos que, para aquel entonces, y se le hacían al banquero venezolano en Puerto Rico, República Dominicana y Curazao.

   En Venezuela, a las demandas indicadas líneas arriba, se sumarían otros procedimientos civiles y penales, así como investigaciones por parte de la Fiscalía General de la República por apropiación calificada, estafa, corrupción, daños y perjuicios, asociación para delinquir, entre otros cargos.

   Hacíamos referencia, igualmente, a que José Antonio Oliveros Febres se le vinculaba a Baldo Sansó, administrador autónomo de PDVSA y cuñado de Rafael Ramírez. También se le relacionaba con Matthias Krull, declarado culpable de lavado de dinero en Estados Unidos.

   Las estimaciones de los expertos ubican en USD 40 millones el hueco de las finanzas del Grupo Activo, el cual comenzó a hacerse notorio en 2019 a raíz de la escasez de dólares ocurrida en Venezuela como consecuencia de la crisis financiera y económica que padece el país.

La tragedia de Gallardo

  Pero la situación de los ahorristas del iBank U.S. ni del resto de los depositantes del banco corresponsal en Puerto Rico, Activo International Bank, no mejoró con el tiempo como anunció el correo electrónico enviado a Jaime Gallardo.

  En mayo de 2020, otro mensaje de Mariángeles Combes en representación de la entidad le informaba a Hidráulica Tamanaco SA que la transferencia de fondos solicitada se produciría con una serie de restricciones.

   Combes informó que los clientes de Activo International Bank con un saldo mayor a USD 25.000, se regirán en 2020 con 10 por ciento, en 2021 por 15 por ciento, en 2022 por 20 por ciento, en 2023 por 25 por ciento y en 2024 por 30 por ciento. Es decir se aplicaba un “corralito” a los retiros de fondos de los depositantes.

  Por ello, Jaime Gallardo en el recién terminado 2021, sólo podía disponer de 10 por ciento de su saldo en el banco corresponsal.

  A esto se sumaba las restricciones por la pandemia del Covid-19 y la cuarentena anunciada por el gobierno de Puerto Rico.

    Lejos de mejorar la situación se agravó, pues el 17 de septiembre le informaron a Gallardo que al haber entrado el Activo International Bank en reestructuración, el Comisionado de Instituciones Financieras de Puerto Rico devolvió todas las transferencias que se encontraban en tránsito.

  Dos meses después, el 16 noviembre de 2020, Jaime Gallardo sólo recibió USD 4.000 de sus haberes en el Activo International Bank, según consta en un correo en nuestro poder remitido por el servicio de atención al cliente del i-Bank U.S.

  Los USD 4.000 llegaron el 19 de noviembre de 2020.

   Ante el reclamo de Jaime Gallardo al iBank por la baja cantidad del reembolso, la respuesta no se hizo esperar. Así, el 1 de diciembre de 2020 le aclararon que “el 10% se refiere al saldo de nuestra cuenta de iBank con el corresponsal, no se refiere a su cuenta particular. En consecuencia, hemos tratado de ser equitativos y prorratear esa disponibilidad del 10% de nuestra cuenta, entre todas las transferencias de nuestros clientes que estaban pendientes de envío”.

Anunciaron el próximo pago para el primer trimestre del 2021.

  El 26 de marzo de 2021 informaron que la transferencia estaba en proceso de ejecución.

  Jaime Gallardo quiso saber en diciembre de 2021, como se producirían los próximos pagos.

   Y la respuesta llegó al día siguiente cuando lo indicaron que sería en enero de 2022 cuando, luego de registrar la transferencia en la página web de la institución, Gallardo recibiría el 20 por ciento de su saldo en cuenta.

  Consecuente, Jaime Gallardo remitió al i-Bank U.S. el 3 de enero del presente año 2022, un correo informándoles que ya había hecho la solicitud de transferencia equivalente al 20 por ciento de su saldo disponible en cuenta.

 Jaime Gallardo aguarda por su dinero, mientras sus preguntas continúan sin respuesta.

Referencias

Grupo Activo: Se acabó la fiesta https://www.cuentasclarasdigital.org/2020/03/grupo-activo-se-acabo-la-fiesta/

2 TBB. Fondos abandonados. https://www.tbbinternationalbank.com/FondosAbandonados

3 OCIF. http://www.ocif.pr.gov/Consumidores/Pages/default.aspx

4 Venezuela Política. “Demanda en Puerto Rico demuestra iliquidez del Banco Activo”. 17 de marzo de 2020. https://www.maibortpetit.info/2020/03/demanda-en-puerto-rico-demuestra.html

jueves, 6 de enero de 2022

Por posible perjurio y prejuicio de dos miembros del jurado, tribunal podría declarar nulo el juicio de Ghislaine Maxwell

Por Maibort Petit

  El veredicto de culpabilidad de Ghislaine Maxwell podría ser anulado y su caso se volvería a juzgar después de las revelaciones de dos miembros del jurado sobre experiencias personales de abuso sexual en su infancia. La Juez Alison Nathan abrió una investigación a solicitud de los fiscales por posible prejuicio y perjurio.
   Una semana después de que Ghislaine Maxwell fuera declarada culpable de tráfico sexual, dos miembros del jurado del caso dijeron a los medios que influyeron en el jurado al compartir sus propias experiencias de abuso sexual durante las deliberaciones.
  Los dos jurados habrían mentido en los cuestionarios al no revelar que habían sido objeto de abuso sexual. Este aspecto comprometía su imparcialidad para actuar en el juicio. Todo el tema está bajo investigación y el tribunal podría declarar el juicio nulo.

  Ghislaine Maxwell, una socialité británica y colaboradora desde hace mucho tiempo del delincuente sexual convicto Jeffrey Epstein, fue condenada por cinco de los seis cargos en su contra el 29 de diciembre después de cinco días de deliberación.

  Un miembro del jurado, Scotty David dijo al periódico The Independent y a la agencia Reuters que usó su experiencia personal de abuso para calmar las dudas que otros miembros del jurado tenían sobre algunos de los testimonios de los acusadores. Ese hecho puede ser calificado como mala conducta.

   Un segundo miembro del jurado le dijo a The New York Times que compartieron una experiencia personal de abuso sexual que "pareció ayudar a dar forma a las discusiones del jurado". Esta confesión compromete enormemente la imparcialidad del jurado y llevaría a un nuevo juicio.

  Los fiscales presentaron una carta el miércoles solicitando una investigación sobre los comentarios, según registros de la corte. Por su parte, los abogados de Ghislaine Maxwell enviaron dos cartas a la juez Alison Nathan pidieron un nuevo juicio. La magistrada abrió una investigación.

  Expertos han señalado que los comentarios de los miembros del jurado a los medios de comunicación fueron devastadores para la acusación y probablemente podrían significar que el caso tendría que ser juzgado de nuevo. Por ahora, todo está en las manos de la juez  Nathan.

   El abogado penalista John M. Smith dijo que las revelaciones hechas por los dos miembros del jurado a la prensa compromete el veredicto de Maxwell y que existen altas probabilidad que el tribunal debe hacer un nuevo juicio, puesto que la conducta de dos jurados da a la defensa el derecho a la anulación del veredicto.

Sostiene que las revelaciones de los dos miembros del jurado conllevan a una mala conducta. Lo primero que se debe constatar es que se cometió perjurio ya que ambos habrían mentido bajo juramento, por lo que el tribunal puede abrir una investigación y penalizar por los delitos.

Asimismo, las opiniones de los dos jurados comprometen la obligatoriedad de que el jurado debe ser imparcial, ya que la justicia así lo exige. Al tener opiniones preconcebidas sobre el crimen que se juzga, y de haber influenciado en el resto de los miembros del panel conlleva a una grave falta que podría llevar a una anulación del juicio por prejuicio de las dos personas que hablaron a la prensa sobre sus experiencias personales. 

Uno de los aspectos fundamentales en este caso, y que a todas luces falló, fue la selección del jurado porque si la defensa hubiese conocido esas experiencias los dos jurados no hubiesen sido escogidos, porque ambos comprometían la imparcialidad requerida en las personas que fueron seleccionadas para el jurado.

En los cuestionarios que llenaron los potenciales jurados se les si ellos o algún miembro de sus familias fueron víctimas de abuso sexual. De haber respondido afirmativamente a la pregunta los dos jurados no hubiesen podido ser seleccionados.

El jurado 50, David dijo a Reuters que "revisó" el cuestionario y no recordaba si le preguntaron sobre experiencias personales de abuso sexual, pero dijo que habría respondido honestamente.

Han existido casos en los que los miembros del jurado podrían haber mentido  para formar parte de un jurado de un caso que tiene notoriedad ante la opinión pública. Igualmente, si alguna de las personas ha sido víctima del mismo crimen y en su interior busca venganza.  

Si la defensa hubiese conocido que los dos jurados fueron víctimas de abuso sexual, no hubiesen sido seleccionados, y es éste punto el que le permite ahora a los abogados de Maxwell pedir la nulidad del juicio y tener una alta probabilidad de ganar un fallo a su favor.

Un aspecto que hay que tomar en cuenta es que los fiscales federales del caso Maxwell reaccionaron de inmediato a los comentarios de los jurados y solicitaron una investigación porque tienen el deber ético de señalar a la corte las preocupaciones de un posible prejuicio.

En los documentos de la corte, los fiscales también pidieron que se nombrara un abogado para uno de los jurados, David que habría cometido delito de perjurio y prejuicio.

Por lo general, cuando algún miembro del jurado dicen y hacen todo tipo de cosas que son inapropiadas se investiga, pero los fiscales no le nombran abogados. Uno de los ejemplos que se puede tomar en cuenta en este caso son los miembros del juicio del notorio exlíder del cártel de Sinaloa, Joaquín "el Chapo" Guzmán que confesaron a los medios que no cumplieron con las instrucciones del tribunal, estuvieron revisando la prensa durante el juicio y no cumplieron con la norma establecida por el tribunal. A ninguno de esos jurados se les designó un defensor.

   El hecho de que los fiscales piensen que David necesita un abogado sugiere que creen que pudo haber actuado de manera criminal al cometer perjurio.

   "No es aceptable que los dos miembros del jurado hayan usado sus experiencias personales para convencer al jurado de emitir un veredicto de culpabilidad", sostiene Smith.

     Es decir, si sus revelaciones se toman como verdad, entonces confesaron que cometieron delito de perjurio y prejuicio por haber ocultado su condición y además usar su experiencia  para tergiversar o influir directamente en la opinión de los otros miembros del panel de jurados cuando éstos manifestaron que tenían muchas dudas sobre los testimonios de las mujeres que acusaban a Maxwell, ya que sus historias no eran del todo creíbles. 

   David reveló a  Reuters y The Independent que habló sobre sus propias experiencias para mostrar que los recuerdos de abuso sexual pueden ser claros en algunos aspectos y confusos en otros y tras su explicación los convenció de declarar culpable a la acusada.

"Sé lo que pasó cuando fui abusado sexualmente. Recuerdo el color de la alfombra, las paredes. Algo de eso se puede reproducir como un video", dijo David a The Independent. "Pero no puedo recordar todos los detalles. Hay algunas cosas que van juntas".

   Después de compartir eso, agregó, algunos miembros del jurado "pudieron aclarar el aspecto de la memoria del abuso sexual".

   Si no se reveló, como Rahmani cree que es probable que sea el caso, y David convenció a los otros miembros del jurado para que condenaran, eso significaría que sus comentarios causaron un daño real a Maxwell, que es necesario para demostrar prejuicios.




martes, 4 de enero de 2022

Corte de Apelaciones revisará recurso de Álex Saab en abril de 2022

   En el Corte de Distrito hay una audiencia fijada para el 16 de febrero de 2022, ahora aludiendo una supuesta cuarentena del acusado que evitaría que se reuniera con los abogados. 

Por Maibort Petit

   Un panel de jueces del Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos Undécimo Circuito de Atlanta, Georgia, revisará el recurso de apelación interpuesto por Álex Saab Morán en la semana del 4 de abril de 2022 en Miami, Florida, de acuerdo a la decisión tomada por las autoridades de la corte.

   La programación se dio a conocer en un memorando fechado el 22 de diciembre de 2021, suscrita por Jennifer Tubbs, supervisora de sesiones de la Corte de Apelaciones.

  En la comunicación dirigida a los defensores de Saab y otros, se señala que las audiencias del tribunal se llevarán a cabo de martes a viernes de la semana que se inicia el 4 de abril. Posteriormente, los abogados recibirán un calendario final, aproximadamente en 6 u 8 semanas antes de la sesión, donde se indicará una fecha específica para exponer los argumentos orales.

  La defensa de Saab está representada por los abogados David Rivkin, David B. Rivkin Jr., Lee A. Casey, Elizabeth P. Foley, Richard B. Raile, Jenna M. Lorence, todos del bufete Baker & Hostetler LLP.

  Se advierte en la comunicación que, después de que se asigna una apelación a un día específico para la argumentación oral, cualquier cambio o adición del abogado en la apelación, requiere autorización de la corte.

La razón de la apelación

   El recurso de apelación interpuesto por Álex Saab requiere que la Corte de Apelaciones suprima el fallo de un juez de primer circuito que desestimó el argumento de que el acusado no podía pedir la desestimación de la acusación porque para la fecha se encontraba en estatus de fugitivo. 

   Los abogados de Saab pidieron a la corte la desestimación de los cargo debido a que el considerado testaferro de Nicolás Maduro no puede ser detenido ni juzgado porque posee inmunidad diplomática en razón a su cargo de encargado de asuntos humanitarios ante el gobierno de la República Islámica de Irán y de Rusia por designación de la República Bolivariana de Venezuela. Igualmente, los abogados pidieron la revisión del argumento de que el caso como tal generó víctimas legales de los delitos alegados en la acusación.

  La posición del gobierno de los Estados Unidos en este caso, es que Álex Saab, al ser un fugitivo, no podía enviar a terceros al tribunal para pedir que se desestimara su acusación, sino que debía estar físicamente en el tribunal. Asimismo, los fiscales sostuvieron que no existen víctimas legales de los delitos alegados en la acusación.

  La fiscalía sostiene que "no hay ninguna parte corporativa no gubernamental en este procedimiento, ni asociación de personas, formas, sociedades o corporaciones que tengan un interés en este caso o en el resultado de la apelación" y, por tanto, el tribunal debe desestimar la causa por carecer de fundamento.

Oposición al argumento de los fiscales

  Entretanto, los abogados de Álex Saab piden a la corte denegar la moción del Departamento de Justicia, porque la misma no se ajusta a derecho, pues "el único argumento del gobierno es que este caso es discutible, pero está equivocado".

   Esto significa que los fiscales alegan que el tribunal de Apelaciones debe denegar el recurso a la defensa porque el argumento de que Saab no puede ser detenido ni juzgado porque tiene inmunidad no fue discutido en la corte de distrito porque él no estaba presente. Por ende, piden a los jueces que nieguen el recurso porque el tema de la inmunidad diplomática no fue tratado en el fallo, pero si puede ser discutido ahora que Saab está presente. 

  La defensa piensa todo lo contrario y ha empujado a los jueces para que decidan que el tema de la inmunidad diplomática de Saab si puede ser discutida por los jueces de apelaciones, porque ya hay jurisprudencia que dice que las cortes de segundo circuito si pueden decidir sobre la materia.

  Agrega la defensa, que la posición de los fiscales se contradice cuando señalan que "el caso es discutible solo si ya no presenta una controversia viva con respecto a la cual el tribunal puede dar una reparación significativa".

  La defensa argumenta que es evidente que este Tribunal puede ofrecer un alivio significativo en este caso, puesto que el apelante, Álex Nain Saab Morán, está preso en un centro de detención federal de Miami y eso no debería ocurrir porque él goza ampliamente de inmunidad diplomática, para lo cual, de hecho tiene los comunicados públicos que así lo ratifican de Rusia e Irán.

"Si prevalece esta apelación, su afirmación de absoluta inmunidad diplomática contra el arresto y el juicio, será liberado de la prisión y se le permitirá continuar en su misión diplomática. Por lo tanto, esta Corte puede y, sobre la base de su propio precedente vinculante, debe brindar el alivio más significativo e impactante que se pueda imaginar".

  Los abogados van más allá y sostienen que "las afirmaciones contrarias del Gobierno intentan confundir más que persuadir. Sostiene que debido a que la cuestión de la privación de derechos de fugitivo en esta apelación ahora es discutible, toda la apelación es discutible".

  No obstante, lo discutible de un tema no equivale a lo discutible de todo el caso", acotan.

  Aseguran que "el Gobierno también sostiene que el tribunal de distrito no llegó a la afirmación de inmunidad del Sr. Saab y debería tener la oportunidad de abordar esa cuestión de derecho en primera instancia".

  Los abogados argumentan que la posición de los fiscales "confunde el estándar de la prisión preventiva discrecional con la cuestión jurisdiccional de la discutibilidad" y aseguran que el tribunal de apelaciones tiene jurisdicción sobre esta apelación, independientemente de cómo elija finalmente ejercer su discreción.

  La fiscalía y la defensa coinciden en que es fundamental una pronta resolución de esta Corte sobre el fondo para poder tomar decisiones en el caso. "La forma de lograr este objetivo no es a través de un fallo jurisdiccional de inadmisibilidad, sino más bien mediante expedición de argumentos y decisiones".

  En ese sentido, los abogados de Saab propusieron una moción ante la corte que busca realizar movimientos cruzados para acelerar la discusión y la decisión del caso. "Este caso está completamente informado y listo para la revisión de este Tribunal".

  La defensa pide a la Corte denegar la moción del Gobierno o llevarla con el caso, así como también, programar las actividades para la próxima fecha disponible para el argumento y acelerar su decisión final.

Antecedentes del caso

   La defensa sostiene que Álex Saab "es diplomático de Venezuela.  Fue arrestado ilegalmente en Cabo Verde mientras se encontraba en una misión diplomática humanitaria en Irán para obtener alimentos, combustible y suministros para ayudar a Venezuela en su lucha contra Covid-19".

  Continúan señalando que el arresto de Saab se produjo a pedido de Estados Unidos, en razón de una orden de detención emitida por el tribunal de distrito.

  Agregan que "Rusia e Irán han reconocido públicamente el estatus del Sr. Saab como diplomático venezolano, y las Naciones Unidas, la Unión Africana y el Tribunal de Justicia de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental han pedido un diálogo diplomático para resolver este disputar y honrar la inmunidad diplomática del apelante [Saab].”

"El Sr. Saab ha afirmado inmunidad durante todo este caso, sin embargo, permanece detenido hasta el día de hoy”.

  La defensa sostiene que Saab se opuso a la solicitud de extradición del Gobierno ante un tribunal de Cabo Verde. Paralelamente a estos esfuerzos, el acusado se trasladó al tribunal de distrito para pedir autorización para presentarse en una comparecencia especial para impugnar la acusación por motivos de inmunidad diplomática y se adjuntó una moción de desestimación.

  Ante esa petición, la fiscalía argumentó en Miami, el año pasado, que Álex Saab era un prófugo de la justicia y, por lo tanto, no tenía derecho a impugnar la acusación, pero el demandado argumentó que la afirmación de la inmunidad diplomática de “cualquier forma de arresto o detención” e, incluso, desde la "jurisdicción penal" (Convención de Viena, 18 de abril de 1961, 23 UST 3227, arts. 29, 31) no es similar a un escape de la justicia y no lo convierte en un fugitivo.

"Dicho de otra manera, tratar al Sr. Saab como un fugitivo equivaldría a negar su inmunidad".

La denegación de la moción y la respuesta de Saab

  El 18 de marzo de 2021, el tribunal de distrito denegó la moción de Saab, sosteniendo que es obligación de este “comparecer físicamente en este distrito como el Gobierno lo ha solicitado repetidamente”, antes de afirmar la inmunidad de arresto, detención y enjuiciamiento.

  El tribunal de distrito invocó la doctrina de la privación de derechos de fugitivo, que “limita el acceso a los tribunales de un fugitivo que ha huido de una condena penal en un tribunal de los Estados Unidos”.

  La corte de distrito dejó en claro que Álex Saab puede impugnar la acusación una vez que "esté físicamente presente en esta jurisdicción" y por ello, "apeló oportunamente de esa orden bajo la doctrina de la orden colateral, que habitualmente se considera una base para apelar órdenes que frustran la afirmación coloreada de un defensor de un derecho a no ser juzgado".

  El 28 de mayo de 2021 la Corte solicitó la exposición informativa sobre la cuestión de si el tribunal tiene competencia apelativa por la orden de no llegar a la defensa de inmunidad de Saab.

  El 11 de junio, Saab dio una respuesta afirmativa a esa pregunta, citando una decisión del Séptimo Circuito que sostenía que las órdenes que declinan adjudicar un derecho a no ser juzgado por referencia a la doctrina de fugitivo-desautorización son apelables de inmediato.

  Mencionó un precedente de la Corte de Apelaciones de Atlanta que sostiene que las órdenes de “diferir un fallo” sobre una defensa de inmunidad son apelables de inmediato.

  El 6 de agosto de 2021, un panel de dos jueces del citado Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos Undécimo Circuito de Atlanta, emitió una orden llevando la cuestión jurisdiccional con el caso. Se indicó claramente que la cuestión jurisdiccional está lo suficientemente cerca de la adjudicación de méritos por parte de los méritos.

  Refiere que el escrito de apertura de Saab y el escrito de contestación del Gobierno se refieren tanto a la jurisdicción como a la desautorización de fugitivos; ambos discuten la doctrina de la inmunidad diplomática y las posiciones de las partes sobre su aplicación en este caso; ambos reconocen el principio de que el Tribunal a veces se niega a abordar cuestiones preservadas, pero no transmitidas en el tribunal de distrito; y ambos reconocen que esta doctrina es prudencial, no jurisdiccional.

   Saab estima que la Corte debería abordar la cuestión de la inmunidad y reivindicarla con su indiscutible inviolabilidad frente al arresto y desestimar directamente la acusación. 

  El Gobierno argumentó que la Corte debería (si se encontraran en su contra por la desautorización de fugitivos) remitir el caso al Tribunal de distrito para que juzgue la afirmación de inmunidad en primera instancia.

Las partes acuerdan que Álex Saab ya no es un fugitivo.

   Saab se centra en las razones por las que la Corte debería ejercer su facultad discrecional para resolver su defensa de inmunidad diplomática y por qué debería mantener esa defensa y ordenar la desestimación de la acusación con fecha el 4 de noviembre de 2021.

   Advierten que "el proceso de extradición fue, desde un principio, muy irregular, que culminó con la destitución del Sr. Saab antes de que se agotara el proceso judicial en Cabo Verde".

  La defensa se remite a la jurisprudencia para sostener que "el Tribunal puede otorgar la reparación más eficaz imaginable: una orden que transfiera al Sr. Saab del encarcelamiento a la libertad total".

  Saab no pide ser considerado competente para ser juzgado, sino que reclama "el derecho a no ser llevado a los tribunales en absoluto". Un pedido que estiman que la Corte de Apelaciones está en capacidad de brindar.

  El reclamo de inmunidad de Saab depende de su condición de diplomático, y el Gobierno expresado nada que comprometa esa condición desde que se presentó la apelación. 

  Saab solicitó a la Corte determinar, no solamente que él no es un prófugo, sino también que su condición de diplomático lo inmuniza de ser enjuiciado.

  La defensa estima que existen razones imperiosas para que la Corte ejerza su facultad discrecional de abordar su inmunidad en primera instancia en apelación, como tiene derecho a hacerlo.

   Aseguran que, hasta la fecha, el gobierno no ha identificado ninguna prueba que refute el hecho incontrovertido de que Álex. Saab es un diplomático de Venezuela acreditado ante Irán.

  La defensa de Saab manifestó su acuerdo en que no es deseable una apelación prolongada y, por lo tanto, realiza movimientos cruzados para acelerar la discusión y la decisión.

  Los abogados de Saab advierten que la fiscalía de manera tardía y repetidamente, solicitó prórrogas de las sesiones informativas y no cumplió con uno de los plazos establecidos por la Corte. Y ahora, casi seis semanas después de la extradición y comparecencia inicial de Saab en el tribunal de distrito, presenta esta moción dilatoria de desestimación, que solo puede retrasar aún más la resolución de esta apelación.

  La defensa cree que el Tribunal debe conceder la contra-moción del Saab para acelerar, ordenar al secretario del tribunal que programe este caso para la próxima fecha de discusión disponible y resolver esta apelación lo antes posible.

Lo que dice el gobierno

   Por su parte la fiscalía solicitó al tribunal desestimar la apelación de Álex Saab pues, como sostiene, en el caso supuesto de exista jurisdicción en virtud de la doctrina de la orden colateral para abordar los méritos de la sentencia de privación de derechos de fugitivo del tribunal de distrito, se trata de una cuestión que ahora es indiscutiblemente discutible. Para el gobierno, sí Saab tiene derecho a la inmunidad diplomática de enjuiciamiento no es materia de la corte de apelaciones.

  El gobierno tampoco cree que sea necesario un argumento oral para resolver esta moción de desestimación, si se opta por llevar la moción con el caso y programar la apelación. La fiscalía no se opone a la solicitud de Saab de que se acelere la argumentación y la decisión.

  Estima la fiscalía que el Tribunal debería desestimar la apelación, porque la impugnación de Álex Saab a la decisión del tribunal de distrito sobre la privación de derechos de fugitivo es discutible ahora que ha sido extraditado a los Estados Unidos y compareció en el tribunal de distrito. También al hecho de que el gobierno cree que el Tribunal debería devolver la jurisdicción al tribunal de distrito para permitirle decidir sobre la solicitud de inmunidad diplomática de Saab en primera instancia.

   Al argumento de Saab de que no se requiere desestimación con relación al "problema de la privación de derechos de fugitivo en este caso es discutible", indicando que no se requiere la desestimación porque “lo discutible de un asunto no equivale a lo discutible de todo el caso”, la fiscalía no discute esta propuesta bien aceptada. Sin embargo, advierte que eso no significa que la Corte tenga una “obligación prácticamente inquebrantable”, para decidir sobre la solicitud de inmunidad de Saab en esta apelación interlocutoria. Asegura que se debe desestimar el pedido de Saab porque no se presentó debidamente ante la Corte y porque la reclamación de inmunidad diplomática no se desarrolló ni fue plenamente informada, no fue considerada por el tribunal de distrito, y por lo tanto no está bien planteada ante el tribunal de apelaciones.

  Recuerda el gobierno que el tribunal de distrito negó la moción de Álex Saab de anular una orden anterior que lo clasificaba como prófugo; y también le negó otra solicitud de autorización para presentarse a una comparecencia especial para impugnar la acusación. Al respecto, la fiscalía cree las partes están de acuerdo en que este aspecto de la apelación de Saab es discutible y debe desestimarse. Sobre lo segundo, estima el gobierno que el tribunal de distrito se limitó a pronunciarse sobre una solicitud de autorización para comparecer de manera especial, en el contexto de un caso en el que el acusado aún no había comparecido.

   Subraya el gobierno que el tribunal de distrito no se pronunció sobre la moción para desestimar o negar a Saab la oportunidad de obtener un fallo inmediato una vez que compareció, por lo que se debería permitir que lo haga ahora en primera Instancia.

   En tal sentido, el gobierno considera cualquier apelación con respecto al reclamo de inmunidad diplomática de Saab, en este momento es prematura. Y por esa razón, no es una cuestión de discusión y la Corte de Apelaciones debería desestimarla.

   Igualmente, considera erróneo el argumento de Álex Saab de que la Corte no debería desestimar su apelación porque si ejerciera su discreción para abordar su reclamo de inmunidad diplomática en primera instancia y fallar a su favor, le estaría brindando “la reparación más eficaz imaginable: una orden que lo transfiere del encarcelamiento a la completa libertad”.

   El gobierno responde a la queja de Saab por estar "detenido en un centro de detención federal en Miami sin derecho a fianza", advirtiendo que este no menciona que ni siquiera ha solicitado la libertad previa al juicio en el tribunal de distrito. Indicaron los fiscales que sí Saab cree que tiene derecho a una fianza, que presente una solicitud de este tipo en el tribunal de distrito.

  Del mismo modo, el gobierno cree que la corte debe desestimar la apelación del reclamo de inmunidad diplomática por ser prematuro, dado que el tribunal de distrito aún no se ha pronunciado al respecto.

  Por último, el gobierno se remite a lo expresado por Álex Saab en el sentido de que las partes “están de acuerdo en que es fundamental una pronta decisión de esta Corte sobre el fondo” y advierte que tergiversa la posición de la fiscalía. “Aunque el Gobierno solicitó a este Tribunal que desestime la apelación de Saab ‘rápidamente para devolver la jurisdicción al tribunal de distrito’, (…) el argumento del Gobierno desde el inicio de esta apelación es que este Tribunal no necesita, y no debería abordar los méritos de esta apelación en absoluto. Mas bien, el Gobierno ha argumentado que esta apelación debe ser desestimada tanto por falta de jurisdicción como por la doctrina de la controversia”.

Juez del primer circuito cambia la audiencia


   Por otro lado, el juez Robert N. Scola anunció el cambio de la audiencia que estaba prevista para el viernes 7 de enero para el 16 de febrero, argumentando que  Saab tendría que pasar 14 días en cuarentena si la audiencia se llevara a cabo el 7 de enero, como estaba previsto.

   El juez Scola alega que hay un incremento significativo de los casos de COVID-19 en el estado de la Florida 

“Teniendo en cuenta el aumento del COVID-19, si la audiencia se llevara a cabo el 7 de enero, el acusado tendría que estar en cuarentena durante 14 días después de la audiencia, lo que interferiría con su capacidad para consultar con un abogado”, señala el fallo del juez.


 

lunes, 3 de enero de 2022

Cómo operaba la trama de corrupción del Sistema Sucre: Las reservas internacionales se usaron para enriquecer a Álex Saab

  Parlamentarios ecuatorianos explicaron el mecanismo de defraudación instrumentado por el chavismo en Venezuela y Ecuador.

Por Maibort Petit

   Luego de que política y jurídicamente se sentaran las bases para la constitución del Sistema Unitario de Compensación Regional (Sucre) y de que Colombia y Venezuela suscribieran el 28 de noviembre del 2011 el convenio para la construcción de casas prefabricadas para la Gran Misión Vivienda, Álex Saab y Álvaro Pulido —propietarios de la empresa Fondo Global de Construcción-Foglocons, conformada apenas cuatro días antes de la firma del contrato, así como de su gemela en Ecuador, Fondo Global de Construcción Ecuador, en septiembre del 2012— movieron los hilos para proceder a darle operatividad al sistema que habría de hacerlos milmillonarios. La gran estafa del Sucre tenía forma y eran solo necesario instrumentarla.
   Así lo refiere el informe de la comisión especializada permanente de fiscalización y control político de la Asamblea Nacional de la República del Ecuador sobre el “Proceso de fiscalización Caso Sucre-Foglocons”, el cual estableció que el Sistema Unitario de Compensación Regional (Sucre) sólo era un mecanismo de defraudación, un instrumento de enriquecimiento ilícito estructurado sobre una plataforma político-ideológica.

  Con Colombia y Juan Manuel Santos solamente de recuerdo en la foto del día de la firma, Saab y Pulido apuntaron al Ecuador donde la dolarización allí imperante permitiría poner el negocio en movimiento. Procedieron a firmar un contrato para la exportación de paneles prefabricados desde Ecuador, se firmó entre Foglocons Ecuador y ELM Import de Venezuela, ambas, propiedad del colombiano y pusieron la estafa en funcionamiento.
   Refiere el informe que con fondos provenientes del Banco Central del Ecuador (BCE), a saber, USD 159,8 millones, ELM Import pagó por adelantado a través del Sistema Sucre, algo que ocurría a solo tres meses de operaciones, del 28 de diciembre de 2012 al 26 de marzo de 2013. En ese tiempo la trampa se materializaba mediante exportaciones ficticias y compulsivas, de tal manera que, casi a diario, el BCE emitía pagos a Foglocons por USD 864 mil. De este modo, la empresa de Saab y Pulido recibió esos USD 160 millones, pero solamente envió a Venezuela USD 3.1 millones en paneles prefabricados para las casas de la Gran Misión Vivienda.

Sobre Saab y Pulido

   Estas actividades delictivas de Saab y Pulido contaban con la complicidad de autoridades ecuatorianas. Sus fichas en Ecuador Luis Eduardo Sánchez Yánez —quien dirigía Foglocons Ecuador— y Jaime Sánchez Yánez —quien fungía como asesor de Rafael correa— cumplían con su papel y agenciaban y diligenciaban para que la operación marchara sobre ruedas. Los parlamentarios determinaron que Jaime Sánchez se entrevistó con el presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador, Diego Martínez, para interceder a favor de la empresa de Saab, algo que ocurrió en el primer trimestre del 2013, cuando el ente emisor “desangraba los dólares de su Reserva Internacional para adelantar los pagos a Foglocons por importaciones de ELM Import”.
    El periodista Gerardo Reyes relata en su libro “Alex Saab. La verdad del empresario que se hizo multimillonario a la sombra de Nicolás Maduro”, que Álex Saab y Álvaro Pulido —en realidad, Germán Rubio Salas, un individuo envuelto en negocios de narcotráfico— en el 2009 cuando el primero estaba en bancarrota, a través de un amigo común, Reinaldo Slebi. Según Reyes, Saab conocía los antecedentes de Pulido, lo cual no pareció ser problema, tal vez una ventaja.

   Germán Rubio Salas —verdadero nombre de pila de Álvaro Pulido— estaba señalado de ser jefe del Cartel de Bogotá, condenado en ausencia en 1997 por la corte de Milán a 15 años de prisión por narcotráfico. Estuvo preso en 2000 por transportar a Europa dos toneladas de cocaína y 17 kg de heroína.


   Queriendo convertirse en un hombre nuevo, Germán Rubio Salas se suicidó judicialmente y el nombre de un muerto, Álvaro Enrique Pulido Vargas, fallecido en 2005, en Fort Lauderdale, Miami. Con su nueva personalidad conoció a Álex Saab. Por su cabeza piden USD 10 millones, apenas el 6 por ciento del dinero lavado en Ecuador.

  Ya asociados, Saab y Pulido pasaron a ser los contratistas favoritos del régimen chavista y luego del escándalo de Foglocons, vino el contrato del Clap, los contratos millonarios con PDVSA, así como otros acuerdos de intercambio de metales preciosos a cambio de bienes, entre Venezuela y Turquía.

   El informe parlamentario hace mención al “venezolano Carlos Francisco León Ponte, representante de la Casa de Valores Panameña CFIS S.A., quien recibió la autorización de Luis Zuñiga Burneo, representante legal de Foglocons, a efectos de transferir aproximadamente siete millones de Dólares, desde Ecuador hacia el Banco Pichincha Panamá; el referido ciudadano venezolano Carlos León Ponte, conforme consta de la documentación recabada en la presente investigación, viajó junto a los señores: Carlos Pérez; Guillermo Montefusco; Luis Sánchez (Accionista en Foglocons-Ecuador); Luis Giusti Lugo (CEO de empresa CITGO, filial de PDVSA en USA); Luis Giusti López (Padre de Luis Giusti Lugo y ex presidente de PDVSA); Álvaro Pulido Vargas (Accionista en Foglocons- Ecuador); y, José Borja Sánchez, el día 05 de marzo de 2013, en un vuelo privado con origen en el Aeropuerto Mariscal Sucre de Quito, hacia el aeropuerto Mariscal Lamar en la ciudad de Cuenca, a bordo de la aeronave N1459A, recordando que tanto Pulido Vargas como Luis Sánchez Yánez, eran los socios de la Compañía FOGLOCONS con sede en la ciudad de Guayaquil-Ecuador”.

El esquema operativo del Sucre

   A diferencia de los sistemas de compensación de comercio exterior regulares, el instrumentado por el ALBA y, particularmente, por Venezuela y Ecuador, se vale de una unidad de cuenta virtual, el “Sucre”, que opera como un medio de pago restringido a los bancos centrales.

  Como se refirió en nota anterior, el organismo de decisión del Sucre es el Consejo Monetario Regional (CMR), conformado por la Cámara Central de Compensación de Pagos y el Fondo de Reservas y Convergencia Comercial.

 Con sede en Caracas, los estados miembros hicieron los aportes iniciales, descritos a continuación:
Funcionamiento del Sucre

  Los parlamentarios ecuatorianos al momento de explicar el funcionamiento del Sistema Sucre establecen en el informe la existencia de dos momentos.

   El primer momento tiene que ver con la firma de un contrato por parte de dos empresas privadas de Venezuela y Ecuador para la construcción de viviendas prefabricadas, ELM Import y Foglocons Ecuador.

   El contrato lo presenta el importador que, en este caso es ELM Import, a su Banco Operativo Autorizado (BOA), Banesco de Venezuela.
    Luego de que el importador y el exportador son autorizados en sus respectivos países para llevar a cabo la operación de comercio exterior a través del Sucre, entonces el BOA —Banesco en este caso— remite los bolívares al Banco Central del país exportador —aquí el Banco Central de Venezuela (BCV)— el cual se comunica con el Banco del ALBA para la realizar la conversión a Sucres y, luego, notificar al Banco Central del país exportador —aquí el Banco Central del Ecuador (BCE)—, que procederá a depositar en dólares en la cuenta de la empresa exportadora en el BOA local —en este caso el Banco Amazonas o banco Territorial— y cuando el Banco del ALBA recibe la autorización de pago por parte del BCV, notifica la acreditación al Banco Central del Ecuador (BCE).

   El siguiente paso es que el BCE acredita inmediatamente BOA del exportador que aquí es el Banco Territorial o Banco Amazonas. Esto ocurre porque Ecuador adelantó los dólares al exportador usando los fondos de la Reserva Internacional de Libre Disponibilidad (RILD). Los valores totales de la operación comercial, se compensarán seis meses después.
   El informe parlamentario refiere que el 28 de diciembre de 2012, Ruth Arregui, Gerente General del BCE para la fecha informó que “en el caso de pagos al exterior por importaciones, los Bancos Centrales receptan de los importadores a través de las instituciones financieras, el valor de la operación en moneda local, el cual queda en poder de dicho Banco Central por un período de seis meses. Por esta razón, a pesar de la posición superavitaria del Ecuador frente a Venezuela, el país no recibe dichos recursos en ese lapso de tiempo, sino al final del mencionado período de compensación.”

  Igualmente se acota que el BOA, aun cuando estaba obligado a cumplir el rol de debida diligencia, que incluye el conocimiento de su cliente, en la mayoría de casos no cumplieron.

  Se indica que el “ciclo en este primer momento, en los casos investigados, como Foglocons, terminaba con la transferencia de estos dólares a paraísos fiscales, fondos que insistimos, fueron tomados de la RILD, mientras se esperaban las ‘compensaciones con Venezuela’. En términos sencillos, mientras se esperaba la devolución del dinero prestado. De esta forma se incumplieron los principios generales de los objetivos estratégicos para el manejo de una reserva, que son: Seguridad, Liquidez y Rentabilidad. La RILD, según la normativa es un activo público y en este caso fue utilizado para garantizar negocios privados, manchados de corrupción”.

  Se advierte que, al no existir importaciones originadas en Ecuador, lo que procedía era exigir a Venezuela devolver el dinero que Ecuador había adelantado.

El segundo momento

  Pasa el informe de la comisión especializada permanente de fiscalización y control político de la AN ecuatoriana a explicar el segundo momento del Sistema Unitario de Compensación Regional de Pagos Sucre, el cual se justificaba a partir de una supuesta compensación semestral entre las importaciones y exportaciones por los países miembros; pero que en realidad operó exclusivamente, como un mecanismo de exportaciones a Venezuela.

  Refiere el reporte que el Banco del ALBA notificaba los resultados de la “compensación” semestral, y los valores en “Sucres" a pagar y a cobrar a los Bancos Centrales de los países miembros, quienes hacían el pago en dólares, al ser ésta la moneda de referencia común. En el caso explicado en el informe, el ALBA, notificó el valor a pagar al Banco Central de Venezuela y el valor a cobrar al Banco Central de Ecuador.

  Entretanto, el BCV ordenó el pago en dólares, a través de sus bancos corresponsales ubicados en el exterior, a los bancos corresponsales del BCE, un dinero que provenía de las Reservas Internacionales de Venezuela. Esto ocurre seis meses después de que el BCE, adelantó a los exportadores los recursos tomados de la reserva.

  En el caso estudiado por la comisión y ejemplificado en el informe, se utilizó el Commerzbank de Alemania como el Banco Corresponsal en virtud de que tanto Ecuador como Venezuela tienen una cuenta en ese banco.

Sobre la compensación semestral

  El tratado del Sucre establece mencionan que las operaciones realizadas usen como medio de pago la unidad de cuenta común denominada “Sucre”, conformada por monedas de los estados parte y por las principales divisas de uso internacional.

   El valor de inicio del “sucre” se estableció en USD 1.25, el cual ha se ha mantenido fluctuando entre USD 1.24 y USD 1.25 USD.

  Los Sucres se asignaban a cada estado parte por el Consejo Monetario Regional de acuerdo a sus operaciones de importación y exportación.

  Entre 2010 y 2018 se asignaron USD 421,6 millones de sucres equivalentes a USD 527 millones, un monto que se mantuvo mediante un pagaré.

   Subraya el informe que, a partir de 2012, las operaciones cursadas en Sucres ya formaban parte de la Reservas Internacionales.

   Desde sus inicios, la asignación de sucres solamente se incrementó en el caso de Venezuela, por lo que se incrementó su cupo semestral en tres ocasiones.

  La compensación se realiza entre dos países que forman parte del Sistema Sucre en razón de la diferencia entre las importaciones y exportaciones de particulares, que se realiza semestralmente.

  El informe parlamentario advierte que en el caso de Ecuador todas estas “compensaciones” fueron a favor, “por lo que no se puede hablar de una compensación real, ya que para que esto se dé, es necesario que las importaciones y exportaciones estén equilibradas o que al menos existan”.
   Se explica que las exportaciones de Ecuador a Venezuela se ubicaron en USD 2.697 millones, mientras que las importaciones de Venezuela a Ecuador, apenas alcanzaron USD 143 millones. A partir del año 2016, las importaciones fueron cero, es decir no se puede hablar de sistema de compensación.
  El actual gerente del BCE, Guillermo Avellán, le dijo a la comisión parlamentaria que “el resultado de las operaciones del sistema Sucre, anularon el concepto de compensación, por lo que, se confirma el uso de los fondos del Estado para pagar a exportadores privados que como se verá más adelante, fueron ficticias o sobrevaloradas, y que incluso se utilizaron empresas de papel. Entonces, mal se podría hablar de la existencia de una balanza de pagos. Lo que se obtuvo fue una deuda de Venezuela por los pagos que el BCE anticipó a los exportadores, en un gran número falsos o fraudulentos”.
   Aun cuando cada seis meses, entre enero y julio, se debía realizar la compensación de las operaciones y cobrar o pagar el valor a favor o en contra, obtenido por el país, en función de las exportaciones e importaciones realizadas, lo que ocurrió en realidad fue que los bancos centrales retenían durante seis meses los fondos de los importadores. “El banco central del país exportador, en este caso Ecuador, adelantaba los dólares a los falsos exportadores, los mismos que eran inmediatamente transferidos a paraísos fiscales y a Estados Unidos de Norteamérica”.

jueves, 30 de diciembre de 2021

Sistema Sucre: Un entramado de corrupción económica erigido sobre la plataforma política e ideológica del chavismo

 El informe de la comisión parlamentaria ecuatoriana que investiga el caso, narra en detalle cómo la exsenadora colombiana, Piedad Córdoba, vinculó a Álex Saab con el gobierno venezolano.

Por Maibort Petit


  La investigación parlamentaria desarrollada por la comisión especializada permanente de fiscalización y control político de la Asamblea Nacional de la República del Ecuador sobre el “Proceso de fiscalización Caso Sucre-Foglocons” que determinó que el Sistema Unitario de Compensación Regional (Sucre) había derivado en un mecanismo delitos de "enriquecimiento ilícito, peculado, defraudación tributaria", estableció que dicho entramado se estructuró gracias a una plataforma político-ideológica. Los supuestos postulados de igualdad, justicia social y lucha contra el imperialismo, devinieron en una estructura corrupta entre Venezuela y Ecuador que habría permitido blanquear USD 2.000 millones a través de los bancos centrales de ambos países, así como de una trama de exportaciones ficticias. Una trama en la que, Piedad Córdoba, exsenadora colombiana, jugaría un papel fundamental.

   En alarde de verborrea, Hugo Chávez —junto a su homólogo ecuatoriano, Rafael Correa— aseguró el 7 de junio del 2011 que con el Sistema-Sucre “nos estamos librando de la dictadura del dólar”, arenga pronunciada durante la rueda en la que exhortó a los exportadores ecuatorianos y los bancos regionales a usar una novedosa divisa, denominada Sucre en honor al prócer independentista. “Algún día me imagino, el Sucre será físico, Rafael, hasta ahora es virtual (...) Juguemos duro con el Sucre, no seamos mezquinos, es un mecanismo maravilloso, nos estamos liberando de la dictadura del dólar a nivel nacional, con una divisa que hemos creado que es el Sistema Único de Compensación Regional”[1].

  Se trataba de un sistema de pagos internacional instrumentado a través de una unidad monetaria común y virtual, que apuntaba a la minimización del uso del dólar —un objetivo absolutamente contrario al efectivamente logrado— y crear una arquitectura paralela que haga frente al sistema financiero de Estados Unidos.

  Según el Tratado Constitutivo del SUCRE, esta divisa brindaría facilidades al sistema de pagos de los países miembros, para compensar el intercambio comercial.

Política del “contra”

 Habrían aplicado los ideólogos de la nueva moneda virtual una política de creación de modelos que enfrentaran a los impulsados por EE. UU.

  De este modo, para acabar con la hegemonía del dólar, instituyeron el Sucre; para enfrentar al Tratado de Libre Comercio-ALCA (TLC), constituyeron el Tratado por el Comercio de los pueblos (TPC); el ALBA fue la respuesta al ALCA.

   En este contexto se movió el denominado por Chávez, Socialismo del Siglo XXI, siempre con el objetivo de y contraponerse a los EE. UU.

    Así, el Sucre fue promocionado por la prensa oficialista como uno de los principales logros de la ALBA. Con su ejecución, sostenían, sería posible la sustitución del dólar en las operaciones comerciales entre los países de la alianza bolivariana[2].

   Pero no solamente en Venezuela, Chávez se empeñaba en su objetivo de subyugar al dólar y con él a los EE. UU., sino también en Ecuador, donde su homólogo, Rafael Correa, criticaba la dolarización imperante en su país: “La dolarización fue una pésima decisión, pero tuvimos suerte con un dólar continuamente depreciándose (...) La moneda nacional es un emblema de soberanía nacional”, dijo en una reunión con el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos[3].

   Estos postulados se quedaron solamente en eso, en enunciados y declaraciones de guerra contra el dólar, pues el Sucre, más allá de su componente ideológico y geopolítico, no llegó a prosperar.

¿Cómo operó el Sucre en Ecuador?

   El cuestionado sistema de pagos tuvo su génesis a pocos meses de llegar al poder en Ecuador Rafael Correa Delgado, quien el 1 de junio de 2007, emitió el Decreto Ejecutivo Nº 334, en línea y concordancia directa con la propuesta de Hugo Chávez. El decreto estuvo acompañado de la constitución de la Comisión Técnica Presidencial y toda la arquitectura financiera que serviría para enfrentar al dólar.

   Entretanto, Correa establecía su hegemonía y control político en Ecuador a través de un movimiento denominado “Alianza País”, liderado por él mismo, que tenía la mayoría absoluta dentro de la Asamblea Nacional. Igualmente, controlaba la Corte Constitucional — misma que posteriormente fue cesada por actos de corrupción— incidiendo en la asignación de sus magistrados; en la Corte Nacional del Ecuador con la asignación de los jueces.

   El control se extendía al Contralor General del Estado —sentenciado y prófugo en los Estados Unidos— así como en el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, cesado en sus funciones mediante consulta popular, en febrero de 2017. Tenía, pues Correa, el control total de las funciones del Estado.

  En ese contexto, crearon el andamiaje de la estructura financiera que sirvió para dar viabilidad y funcionamiento al sistema Sucre, el mismo tras el cual ocultarían después los actos de corrupción que ahora son objeto de investigación.

   Con el control institucional que ejercía, Rafael Correa no encontró obstáculos para instaurar la estructura del Sucre, luego de que el 16 de octubre del 2009, los demás mandatarios de los países del ALBA, suscribieron el Tratado Constitutivo del Sistema Unitario de Compensación de Pagos, en Cochabamba, Bolivia.

   Hechos los nombramientos en las distintas comisiones y entes, se plantearon los objetivos del Sucre: minimización del uso del dólar en el comercio exterior, mayor eficiencia, generación de liquidez adicional para el comercio entre los países y reducción de costos de transacción.

  Aseguraron que los riesgos que enfrentaría el Ecuador al ratificar el Sucre serían mínimos y obtendrían múltiples beneficios, como la reducción de la salida de divisas, el establecimiento de un seguro para las exportaciones, coadyuvar a la regulación de precios para beneficiar a los pequeños productores.

  De este modo, el 1 de junio del 2010, la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó el Tratado Constitutivo del Sucre con 63 votos a favor, 29 negativos y 11 abstenciones. La Alianza País —con el 48 por ciento de los escaños, a saber, 59— se impuso con los votos del Movimiento Popular Democrático y algunos independientes.

    Para lograr la aprobación del Convenio Constitutivo del Banco del Sur, suscrito en Venezuela el 26 de septiembre de 2009, Correa se valió igualmente de su control sobre la Corte Constitucional y la Asamblea Nacional, logrando así que el Poder Legislativo aprobara el 1 de junio del 2010, el referido convenio con 78 votos a favor.

  Posteriormente, Rafael Correa, emitió los decretos 935 y 936 que viabilizaban la operatividad del Sistema Sucre y del Banco del Sur.

  El artículo 3 del Reglamento General del Sucre estableció que los Bancos Centrales, son las instituciones que ejercen las funciones de banca central de cada Estado Parte, acreditadas ante el Consejo Monetario Regional (CMR) del Sucre para operar en el Sistema Unitario de Compensación Regional de Pagos. Se designó como representantes de Ecuador al Gerente General y al Subgerente de Servicios, en calidad de directores, principal y suplente, ante el CMR.

   Desde Caracas, bajo control del chavismo, operaban los organismos de operación y control del Sistema Sucre (CMR y Banco del ALBA), hasta la presente fecha, en que el Sucre se encuentra en “pausa administrativa”, por decisión venezolana.

   Refiere el informe que, del Banco del Sur, no queda una sola sucursal en pie, “aunque sí sobreviven, un enorme costo económico por auditar y un cementerio de documentos inservibles”.

De sistema de compensación a mecanismo de lavado

  El informe deja sentado que el corazón de la ALBA, fue el Sistema Sucre y el Banco del Sur y advierte que, aunque sus postulados integracionistas y liberadores sumaron respaldos ideológicos, en la práctica el proyecto nació contaminado.

   Indica que las primeras operaciones comerciales entre Ecuador y Venezuela evidenciaban opacidad, silencio gubernamental y uso irregular del dólar para realizar exportaciones. De ello advirtió la prensa ecuatoriana en 2011, cuando dio a conocer el fraude comercial que encerraba el Sucre.

   Ese mismo año, específicamente en noviembre, se suscribió un convenio estratégico entre Venezuela y Colombia, mediante el cual el régimen chavista dotaría de viviendas populares a miles de humildes familias, estableciéndose un contrato con el Fondo Global de Construcción (Foglocons), una empresa de papel conformada días antes por Álex Naim Saab Morán y Álvaro Enrique Pulido Vargas. La negociación era para la importación de casas prefabricadas, lo cual degeneró en una de las mayores tramas de corrupción del chavismo.

  A la pregunta de por qué buscaron a Ecuador, un país deficitario en materiales de construcción, el informe de la comisión parlamentaria de esa nación recuerda que es una nación dolarizada.

Los nexos de Saab y Pulido con Miraflores

  Advierte el informe de la comisión especializada permanente de fiscalización y control político de la Asamblea Nacional de la República del Ecuador que sin el apoyo de la exsenadora colombiana Piedad Córdova, Álex Saab Morán, continuaría siendo el empresario barranquillero de textiles en bancarrota que era antes de relacionarse con el gobierno venezolano.

   Sin ambages, el informe sostiene que “Saab no se hubiera levantado y amasado su fortuna sin la intermediación de Córdoba, con el gobierno de Venezuela, para cobrar USD 30 millones, que Cadivi le debía por exportaciones desde Colombia. Fue Piedad Córdoba la que tendió a Saab, la alfombra roja para su ingreso al Palacio de Miraflores”.

  Recuerda que Piedad Córdoba era la ficha de Hugo Chávez en Colombia, la “mujer de la revolución” en la nación neogranadina, “la que mapeaba a los enemigos del chavismo en su país y enlistaba prioridades. Piedad era la elegida del chavismo para ser presidenta de Colombia para, por fin, terminar con las turbulentas relaciones con su vecino”. Pero subraya que aun sin ser funcionaria, solo siendo la “elegida por Chávez”, Córdoba se convirtió en la tramitadora de empresarios amigos con el gobierno de Venezuela.

   En su libro “Alex Saab. La verdad del empresario que se hizo multimillonario a la sombra de Nicolás Maduro”, el periodista de Univisión, Gerardo Reyes, dice que Piedad Córdoba se aprovechó de su ascendencia con el chavismo para usarla a su favor, “ella tenía la influencia y los empresarios el dinero”. A ella acudían los empresarios colombianos cuando Hugo Chávez congeló en 2010 los pagos de la Comisión Nacional de Administración de Divisas (Cadivi) a varias empresas colombianas, pues se convirtió en su lobista. Córdova, aprovechó su cercanía con Chávez para interceder por ellos.

  A Álex Saab, Córdoba se refería como el “palestino amigo” y agotó sus esfuerzos para que Cadivi les pagara a las empresas de este, a saber, Yumah, Canali Color Siete, Metas, Corporación All, Importadora GLM, Distrimodas, entre otras.

    Destaca el informe que Piedad Córdova, incluso, recurrió al Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional de Venezuela y en un correo fechado en septiembre de 2010, “le ruega angustiosamente a un Miguel Eduardo Rodríguez Torres del SEBIN, que se les pague primero las deudas de Cadivi a un listado de ‘empresarios árabes que siempre los han apoyado’. En la comunicación, deja claro que ella es la tramitadora”.

Cómo comenzó la relación entre Saab y Córdoba

   Gerardo Reyes cuenta en su libro que todo empezó en 2009, cuando Lorenzo Hernández presentó a Álex Saab con Piedad Córdoba, a quien le contó en esa misma primera cita, su complicada situación con los papeles de Cadivi en Venezuela. Ella se comprometió a ayudarle a liberar USD 29.546.849 a cambio de un 10 por ciento de comisión.

   Narra Reyes que en su desesperación por lograr los desembolsos del Cadivi, Álex Saab se mudó en 2009 a Caracas, donde por dos meses vivió en las suites de Piedad Córdova en el Hotel Gran Meliá, las cuales eran pagadas desde 2007 por el gobierno venezolano. Incluso, Córdoba habría pedido a los asistentes del entonces canciller, Nicolás Maduro, que se encargaran de la seguridad del empresario, luego de que Saab fuera víctima de un robo en Caracas.

  Se indica en el libro que Álex Saab devolvió el favor a Piedad Córdoba prestándole cuentas de sus empresas en Barranquilla, Maquila Textiles y Confecciones S.A., para que la exsenadora canalizara a través de ellas, las coimas por otros favores que hizo a otros empresarios con Cadivi.

  Aunque Córdoba aceptó que ayudó a cobrar los USD 30 millones para 19 empresas de Álex Saab, destacó que lo hizo “gratuitamente”.

  Pero, “Los asistentes de Piedad Córdoba confirmaron que el retraso en los pagos del Cadivi no solo se debió a la restricción que impuso Chávez, sino porque las empresas de Saab figuraban como sospechosas por exportaciones ficticias a Venezuela”, advierte el informe.

 Gerardo Reyes relata que la presión de pagos en el Cadivi se convirtió en el modus operandi para financiar las campañas políticas de Córdoba en Colombia, algo que corroboró un cercano asesor a la exsenadora, Andrés Alberto Vásquez Moreno.

  Se explica que la amistad entre Córdoba y Saab era tal, que un hijo de la primera, Camilo Castro presidía la empresa panameña Papalma Investment S.A. a través de la cual se harían negocios el empresario. Los hijos de Córdoba Juan Luis y Camilo Castro, se convirtieron en 2011, en los responsables de los manejos relacionados a Saab.

   Aunque Piedad Córdoba niega vehementemente haber amparado a Saab y haberlo presentado con Hugo Chávez y Nicolás Maduro, la investigación de la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional del Ecuador confirmó la estrecha relación y afinidad. Se indica que Álex Saab, Piedad Córdova y Camilo Castro, arribaron a Quito en vuelo privado proveniente desde Bogotá el 8 de julio del 2013. Se trataba de la aeronave Bombardier 45, con matrícula N72LJ de la empresa Aircraft Guaranty Corporation, propiedad de Debra Lynn Mercer-Erwin, una mujer que es investigada por transportar narcóticos hacia EE. UU. en sus aviones.

  Asimismo, el informe refiere los nexos de Piedad Córdoba con la guerrilla colombiana de las FARC y su papel como mediadora para la liberación de secuestrados por la organización terrorista, por solicitud de la propia guerrilla desde 2007, siempre de la mano de Hugo Chávez. El nombre de la exsenadora figuraba también en los correos electrónicos de la computadora de Raúl Reyes, en los que se la identificaba como “Teodora”

“La cercanía que empezó a forjarse entre el gobierno de Juan Manuel Santos con Hugo Chávez, en gran medida es el mérito de Piedad Córdova, como mediadora por la paz con la guerrilla. Después de todos los cobros a Cadivi, gracias a Piedad Córdoba, Alex Saab terminó siendo el protagonista del gran acto de reconciliación entre Colombia y Venezuela”, refiere el informe parlamentario que agrega que la mujer fue igualmente el nexo para restablecer las relaciones binacionales entre Colombia y Venezuela.

Saab firma el convenio

  El convenio entre Colombia y Venezuela para la construcción de casas prefabricadas para la Gran Misión Vivienda, no fue firmado por ningún funcionario colombiano, sino por Álex Saab. Esto ocurrió el 28 de noviembre del 2011 en el Palacio de Miraflores en Caracas.

  El informe parlamentario subraya que en este acto “el presidente Juan Manuel Santos fue un accesorio testigo. Por Venezuela, firmó Ricardo Menéndez, ministro del Poder Popular de Industrias”.

  El contrato se le entregó sin que mediara para ello licitación alguna, a la empresa colombiana Fondo Global de Construcción-Foglocons, propiedad de Álex Saab. Una compañía sin experiencia en la materia constituida apenas cuatro días antes. Igualmente, se firmaron convenios con la empresa ELM Import de Saab y Pulido, para construir 8.400 casas, por USD 654 millones.

  Era el inicio de los grandes y millonarios negociados de Álex Saab, “todo, gracias a Teodora de Bolívar”.

  “Piedad Córdoba fue el engranaje que le faltaba a Saab para triunfar de nuevo en los negocios, la bisagra perfecta que intercedió con Hugo Chávez para que Foglocons ganara el contrato de la Gran Misión Vivienda, que terminó siendo un atraco a los más humildes de Venezuela”, sostiene el informe.

Los dólares de Ecuador

   A pesar de que Ecuador es uno de los países menos industrializados de la región, exportador prominente de materias primas y nulo productor de mercancías elaboradas, tiene una mina de dólares. De allí su escogencia para participar en el negocio del Sistema Sucre para acceder a dólares preferenciales de Cadivi.

   Alex Saab y Álvaro Pulido, dueños de Foglocons, apuraron entonces la creación de una compañía gemela en Ecuador, nación en la que se requería un operador político, quien no fue otro que Jaime Sánchez Yánez[4], de quien hablamos en entrega anterior. Al no poder figurar pues era asesor de Rafael Correa, su lugar lo ocupó su hermano, Luis Eduardo Sánchez Yánez, quien, junto a Álvaro Pulido Vargas, en ausencia, registraron la empresa Fondo Global de Construcción Ecuador, en septiembre del 2012.

Comenzaba la gran estafa del Sucre

[1] YouTube. “Chávez: el SUCRE nos libera de la dictadura del dólar”. 7 de junio de 2011. https://www.youtube.com/watch?v=4ivo-_oBXY4

[2] Youtube. Telesur. Creación de Sucre, logro de ALBA. 15 de diciembre del 2010. https://www.youtube.com/watch?v=lstpm2ssWaQ

[3] YouTube. Telesur. “Ecuador quiere recuperar moneda ‘emblema de soberanía’: Correa”.  15 de diciembre del 2014.  https://www.youtube.com/watch?v=vb_GGHak7Ps


[4] Venezuela Política. “Los hermanos Luis y Jaime Sánchez: Los socios necesarios de Álex Saab para poner en práctica sus operaciones en Ecuador”. 23 de diciembre de 2021. https://www.maibortpetit.info/2021/12/los-hermanos-luis-y-jaime-sanchez-los.html