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martes, 7 de marzo de 2017

Defensa de sobrinos de Nicolás Maduro niega que sus clientes hayan querido liberar al capo Hermágoras González Polanco

Por Maibort Petit
@maibortpetit

En un documento entregado este lunes 6 de marzo a la corte, los abogados de Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas pidieron al juez desestimar los nuevos argumentos presentado por la fiscalía en contra de sus clientes y aprobar un nuevo juicio para los sobrinos del presidente venezolano, Nicolás Maduro.
En las respuestas a las mociones In limine de la Fiscalía, la defensa advierte que "en un intento aparente de salvar una investigación y un enjuiciamiento extraordinariamente defectuosos en este caso, en el que su propio testigo principal mintió en el estrado, el Gobierno descarta ahora el registro y aplica incorrectamente la jurisprudencia pertinente". 

Los abogados responde con estos argumentos a las mociones después del juicio presentadas en febrero 2017 por el gobierno, donde se entregaron una serie de nuevas evidencias provenientes de la data extraída de los teléfonos celulares de los dos convictos por conspirar para traficar, distribuir y manufacturar 800 kilos de cocaína desde Caracas a los EEUU, vía Honduras.

Argumentos inútiles del gobierno 

La defensa califica de "inútiles" los intentos del gobierno de oponerse a la petición de un nuevo juicio, a la vez que critican el escrito presentado por el equipo del fiscal Preet Bharara donde según los abogados "No refutan los argumentos expuestos en las mociones de los demandados después del juicio". 

Los defensores argumentan que "basado en las Reglas 29 y 33 las mociones de Campo Flores y Flores de Freitas deben ser otorgadas". 

- Esta Corte debe, como mínimo, ejercer su considerable facultad discrecional para conceder un nuevo juicio, para que los Demandados puedan recibir un juicio justo y libre de la mancha del perjurio extraordinario cometido por el principal testigo del Gobierno, afirman la defensa.

Señalan que "las pruebas presentadas por el gobierno en el juicio están plagada de argumentos basadas en las nociones especulativas y no apoyadas jurídicamente. La fiscalía ha intentado enmarcar como "inferencias" elementos que podrían haber sido elaboradas por el jurado.

Más adelante sostienen que "el Gobierno estableció que la conspiración involucraba a un núcleo de conspiradores, entre ellos Campo, Flores y un hombre al que en varias ocasiones se refería como Pepero".

La defensa asegura que no hubo absolutamente ninguna evidencia presentada en el juicio que apoyara la idea de que "Pepero" era un miembro de la conspiración por la cual fueron procesados Campo y Flores.

Señalan que la conspiración consistía en importar drogas a los Estados Unidos y distribuir narcóticos con el conocimiento de que los estupefacientes eran importados a norteamérica. 

Sostienen que "Pepero" no estuvo presente en ninguna reunión con las fuentes confidenciales. "Pepero" no fue capturado en ninguna grabación u otra comunicación conversando sobre el transporte de narcóticos a los Estados Unidos. Y por supuesto, debido a que la supuesta conspiración en este caso no implicaba que se enviara cocaína a los Estados Unidos, no hay evidencia de que "Pepero" haya participado en la importación de cocaína a los EEUU.

Del mismo modo -acotan- en ninguna parte de las alegadas confesiones de los Demandados se sugiere que Pepero fue informado sobre el destino final de la cocaína imaginaria que CS-1 afirmaba que Campo y Flores iban a enviar a los Estados Unidos". 

- De hecho, contrariamente a lo que sugiere el Gobierno en su recitación de las supuestas confesiones, no hubo testimonio de que Campo y Flores mencionaran a ningún "Pepe" o "Pepero" en ningún momento de su discusión con el agente de la DEA. La base de su supuesta relación entre la declaración posterior a la detención y los mensajes de texto es el testimonio de un testigo reconocido como "Pepe" es un apodo común para "José".

Agregan que Campo mencionó que un individuo, llamado Juan José fue un intermediario. Los abogados dicen que en español hay un sobrenombre común asociado con el nombre José que es "Pepe", aunque también es un apodo para "José", pero también hay muchos otros sobrenombres comunes para "José", y Pepe no es un apodo común para "Juan José". 

La defensa sostiene además que "hay literalmente millones de personas llamadas "José " en Suramérica. Sin algún testimonio vinculando lógicamente a Pepero con "Juan José", es improcedente que el Gobierno sugiere que los dos individuos son la misma persona".


- [...] Por otra parte, quien quiera que sea "Juan José", el testimonio de él no incluye ninguna referencia a ninguna conversación que permita inferir que alguna vez fue informado sobre las declaraciones de CS-1 con respecto a los Estados Unidos o cualquier otra información que le diera los conocimientos necesarios para convertirse en miembro de una conspiración para importar estupefacientes a norteamérica. 

Por lo tanto -advierten- el Gobierno no tiene ninguna base para argumentar en el juicio que "Pepero" era un miembro de la conspiración.

Sostienen que el Gobierno no tiene ninguna base para avanzar la idea de que el jurado podría haber considerado adecuadamente a "Pepero" un miembro de la conspiración por la cual fueron hallados culpables los dos sobrinos de la pareja presidencial venezolana.'

Niegan relación con el capo Hermágoras González

Asimismo, la defensa critica que el Gobierno haya lanzado una "narración sin apoyo" sobre un supuesto complot para liberar a un narcotraficante encarcelado, Hermágoras González Polanco, y "enviar aviones cargados de cocaína desde Venezuela a narcotraficantes mexicanos". 

-Dejando a un lado el hecho de que no hay conexión lógica entre esta discusión y la conspiración, todo el conjunto de inferencias expuestas por el Gobierno aquí son inadmisible. No hay ninguna referencia real a los "narcotraficantes mexicanos" en ninguna de las comunicaciones, esto es pura especulación basada en que el gobierno leyó las palabras "taco" y "sombrero" en los mensajes de texto. 

La defensa sostiene que las que extrapolaciones hechas por el gobierno en relación a la palabra "taco" no se basan en ninguna evidencia. "Además del sentido común y la consideración del contexto general de estas comunicaciones, la inferencia de que la frase" gente del taco "era una referencia a los mexicanos, y" el sombrero "una referencia a México es inadmisible.

Rechazan el argumento de la fiscalía según el cual  Pepe fue el principal conducto entre los acusados ​​y la Organización Sombrero.

Del mismo modo no aceptan el argumento del Gobierno según el cual "el jurado podía inferir de las comunicaciones de los acusados ​​con Pepe y el hecho de que los asociados de la Organización Sombrero estuvieran tratando de asegurar la liberación de Polanco y que Polanco estaba encarcelado por tráfico de drogas". 

-[..] El jurado no podía inferir tal cosa. No había evidencia en el expediente sobre la naturaleza de cualesquiera cargos contra Hermágoras González Polanco. De hecho, el documento que el Gobierno cita como prueba de la supuesta participación de los Demandados en un complot para "liberar a un narcotraficante encarcelado" no contiene ninguna referencia a ninguna acción real emprendida para liberar a González, sino que presenta sólo unas pocas líneas de texto en las que Campo Flores simplemente pregunta: "Mira, ¿cuál es el nombre del tipo encerrado [?]". Las inferencias que el Gobierno sugiere podrían extraerse de este intercambio son más que especulativas: son ilógicas. 

Agregan que no hubo prueba suficiente para que un jurado razonable llegue a la conclusión de que el Gobierno había cumplido con su deber de probar la conspiración más allá de la duda razonable. "Incluso si el Gobierno pudiera establecer que los Demandados habían conversado con alguien acerca de tratar de obtener la liberación de Polanco, esto no tiene nada que ver con la conspiración imputada en este caso".

Advierten que el Gobierno no está autorizado a tomar ninguna conversación inexplicable de los teléfonos de los Demandados y argumentar como prueba inferencial que la conversación podría tener una relación con el tráfico de drogas y podría estar relacionado con la conspiración para importar cocaína a los Estados Unidos.


jueves, 2 de marzo de 2017

Narcosobrinos: Fiscalía advierte que la Corte no debe usurpar la función del jurado

Gobierno de EEUU rechaza la petición de los sobrinos de Nicolás Maduro de impugnar el juicio por el testimonio del testigo confidencial de la DEA que participó en el reuniones en Caracas y Haití.

Por Maibort Petit
@maibortpetit

La Corte debe rechazar la petición de los demandados, Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas, de que el testimonio de CS-1 (José santos Peña) debió ser "totalmente desestimado" para los propósitos del análisis de suficiencia que sirve como argumento para solicitar la anulación del juicio que concluyó con un veredicto de culpabilidad, asegura la fiscalía del Distrito Sur de Nueva York en un documento presentado al juez de la causa Paul Crotty.

Tal como se ha venido informando, los defensores de los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela pidieron al tribunal  que se haga un nuevo juicio o que se dicte una sentencia absolutoria argumentando que los derechos de los acusados fueron vulnerados en el proceso.

La fiscalía dice que acusados ​​buscan que el tribunal admita que el testimonio ofrecido por uno de los informantes de la DEA, Santos Peña "debió ser desestimado y nunca presentado ante el jurado". El gobierno norteamericano apela -para sostener su posición- al criterio "estricto" de la Regla 29 que "impide cualquier sustitución por parte del tribunal para la determinación de la credibilidad de los testigos por parte del jurado." 

La fiscalía dice que la defensa usó como argumento para la solicitud lo expuesto en la Regla 33, que es más amplio, lo que permite a la Corte "sopesar las pruebas y -al hacerlo- evaluar por sí misma la credibilidad de los testigos".

Más adelante sostiene que un "tribunal de distrito debe encontrar un equilibrio entre sopesar la evidencia y la credibilidad de los testigos y no usurpar completamente el papel del jurado", tal cual se plantea en Ferguson, un caso usado en derecho norteamericano como referencia en materia de jurisprudencia para sustentar los argumentos sobre este tema en particular. 

En el caso Estados Unidos v. Truman, el Segundo Circuito ofreció orientación sobre la manera en que ese equilibrio debe ser alcanzado invirtiendo la decisión de un tribunal de distrito de encontrar un testigo "increíble como una cuestión de ley", bajo circunstancias que tienen algunas similitudes con CS- 1 en este caso, afirma la fiscalía.

En el juicio, la Corte instruyó adecuadamente al jurado que era "totalmente libre de rechazar todo o parte del testimonio de CS-1". Habiendo permitido a los jurados llevar a cabo esta tarea, "no hay base válida para rechazar su trabajo" advierten los fiscales.

Tratando de despejar cualquier elementos usado por la defensa para que el juez ordene un nuevo juicio, la fiscalía sostiene que el caso Flores no se trata de un caso en el que las pruebas presentadas por el Gobierno se apoye en el testimonio del informante CS-1. "Aquí las evidencias apoyaron abrumadoramente el veredicto  de culpabilidad emitido de manera unánime por el jurado".

Agrega que el veredicto del jurado en este caso no es "altamente dudoso" porque está fuertemente apoyados por pruebas independientes. 

El testimonio de CS-1 no fue la piedra angular del caso presentado por el Gobierno. 

-La impugnación de los acusados ​​ante la opinión de CS-1 respecto a la cocaína es débil y sus otras acusaciones de perjurio no atacan el testimonio de CS-1 con respecto a su conducta ofensiva o los elementos de su crimen. Por lo tanto, para resolver la moción de los acusados, de conformidad con el artículo 33, la Corte no tiene por qué considerar si rechazará la totalidad del testimonio de CS-1 como cuestión de derecho. 

Recuerdan que en este caso los acusados ​​confesaron sus crímenes. Las evidencias registraron varias de sus reuniones relacionadas con el delito, además de las pruebas encontradas en las comunicaciones electrónicas  tomadas de los teléfonos celulares donde se observa cómo promovieron el delito.

La fiscalía advierte que en caso de los sobrinos del presidente Nicolás Maduro "no existen circunstancias excepcionales que justifiquen usurpar el papel del jurado en la evaluación de la credibilidad de los testigos, cuando considerables partes del testimonio de los testigos fueron corroboradas por vídeos y audios". 

Argumenta que el Gobierno ni siquiera introdujo las grabaciones a través de CS-1. "Las grabaciones se recibieron en prueba, sin objeción, durante el testimonio" acotan los fiscales.

Dicen que las grabaciones de las declaraciones de las fuentes contra los acusados muestran claramente que los dos hombres sabían  el destino final de la cocaína -por lo tanto ellos tenían conocimiento y entendimiento ​​de que la droga que negociaban estaba destinada a los Estados Unidos. Fue en este aspecto en el que el Gobierno se centró. 

"Esta evidencia no implica una evaluación de la credibilidad de CS-1. Es cuestión de escuchar las cintas y ver lo que hay en la página". Así, como se explicó anteriormente, los testigos cruciales del Gobierno en el juicio fueron el Agente Especial Sandalio González, el Agente Especial Daniel Mahoney, el analista Daniel Ogden y los expertos en traducción.

La cuestión pertinente en virtud de la Regla 33 es si una prueba competente, satisfactoria y suficiente en el presente informe apoya la constatación del jurado" en este caso.

Como la respuesta a esta pregunta es afirmativa, y es competencia del jurado determinar qué partes del testimonio de un testigo aceptar o rechazar, no se justifica ninguna exención en virtud de la Regla 33.

lunes, 20 de febrero de 2017

Gobierno de los EEUU es enfático en pedir una sentencia condenatoria contra sobrinos de Nicolás Maduro

Por Maibort Petit
@maibortpetit

El Gobierno de los Estados Unidos fue enfático el solicitar al juez de la causa, Paul Crotty que niegue la solicitud de un nuevo juicio hecha por los abogados de los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela, Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas, hallados culpables por un jurado de conspirar para traficar 800 kilos de cocaína desde Caracas a EEUU. El fiscal Preet Bharara pide que se niegue la moción de un nuevo juicio y se proceda con la fijación de la sentencia condenatoria, tal como lo establece en la ley en este tipo de procedimientos.
La fiscalía sostiene que es improcedente la petición de una demanda conjunta post-juicio de los acusados basada en la regla 33.

Advierte el fiscal Bharara que "el Gobierno estableció en el juicio que Campo y Flores ​​trabajaron juntos con otros para despachar cientos de kilogramos de cocaína desde Venezuela para ser importados a los Estados Unidos". 

"La evidencia mostró que los acusados ​​cometieron este delito en un esfuerzo por enriquecerse y ayudar a financiar la campaña de diciembre de 2015 de su tía, la primera dama venezolana Cilia Flores, para ocupar un escaño en la Asamblea Nacional de Venezuela", dice el documento de la fiscalía.

"Las palabras y acciones de los acusados ​​reflejaban su firme convicción de que, en virtud de sus conexiones políticas y el poder que ostentaban, podían actuar con impunidad. Quedó claro que el estado de derecho se aplicó a estos dos hombres, y fueron legalmente condenados por un jurado", acota la fiscalía.

El Gobierno no se basó en un testigo "estrella" para demostrar el delito como dicen los abogados ni tampoco es raro el hecho de que no se hubiere incautado evidencia de narcóticos en este caso. 

La fiscalía señala que ante la necesidad de describir y discutir la evidencia del juicio en respuesta a los argumentos de insuficiencia presentado por los acusados, así como a otras partes del expediente a la luz de las demandas de los demandados en el Artículo 33, el Gobierno presentó un escrito en Exceso de las limitaciones de página establecidas en las Prácticas Individuales de la Corte.

El fiscal Bharara sostiene que el caso de Campo y Flores es un caso internacional de conspiración de narcóticos en el que los acusados ​​fueron declarados culpables en el juicio. 

Los esfuerzos de la Agencia antinarcóticos de EEUU "DEA" generaron un exceso de evidencia altamente incriminatoria que persuadió al jurado de la culpabilidad de los acusados, razón por la cual no pueden impugnar la investigación del Gobierno. 

Los acusados ​​fueron sorprendidos in flagranti cometiendo el crimen. Ellos confesaron. Y sus teléfonos estaban llenos de pruebas adicionales de su culpabilidad.

Las mociones de los acusados ​​se centran principalmente en la descalificación del testimonio del testigo confidencial de la DEA, José Santos-Pena ("CS-1").  Al respecto, la fiscalía sostiene que "No hay duda que el contrainterrogatorio de CS-1 de los acusados ​​reveló problemas con su credibilidad, pero esa es también una de las razones por las que las acusaciones de los acusados ​​en perjuicio posterior al juicio carecen de mérito", advierte.

Agrega que los acusados ​​poseían las llamadas hechas desde la cárcel federal de California a los Mochis, México, que sirvieron de base para su ataque a CS1 una semanas antes del juicio y ambos tomaron la decisión estratégica de no revelar el contenido de dichas conversaciones al Gobierno hasta después de que comenzaran el contrainterrogatorio del testigo. A pesar de ello, las llamadas sirvieron de evidencia sin objeción por parte de la fiscalía para que el jurado pudiera considerar dicha prueba al evaluar la credibilidad de CS1.


En el momento de ser presentadas en el juicio, la Corte llamó la atención del jurado a la determinación del Gobierno revelada anteriormente en su presencia de que CS-1 había "mentido". La credibilidad de los testigos es un problema para el jurado, y los jurados en este caso estuvieron de acuerdo con los argumentos del Gobierno sobre la fortaleza de la prueba general. 

Ante la inevitable contundencia de las pruebas, los acusados ​​ahora piden a la Corte que usurpe la función del jurado basado en su creencia de que un "jurado laico" no puede apreciar la sutileza y el mérito de sus argumentos, dice el documento.

La fiscalía argumenta que las teorías de la defensa no estaban más allá del alcance de la comprensión y naturaleza jurídica del jurado en este distrito, por lo que con la petición de Campo y Flores después del juicio se trata de negar los principios de la fundación que establecen el papel institucional de jurados. 

En pocas palabras, la prueba del juicio era suficiente y no hubo injusticia durante estos procedimientos acota el fiscal Bharara. 


En consecuencia, la fiscalía pidió al juez Paul Crotty que las mociones de los acusados ​​para que haya un nuevo juicio o una sentencia absolutoria deben ser denegadas en su totalidad.

sábado, 19 de noviembre de 2016

El día final del juicio: Cuando a los sobrinos presidenciales les tocó asumir la responsabilidad penal por sus delitos

Por Maibort Petit
@maiborpetit


Es difícil encontrar una sola palabra que exprese las emociones que se vivieron en aquel salón frío y poco acogedor. La sala 14 C de la Corte del Distrito Sur de Nueva York sirvió de escenario a uno de los eventos que marcará no solamente la vida de Efraín Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas, sino de un país que se negaba a creer que la familia del presidente sea juzgada en los Estados Unidos por delitos de narcotráfico. 
Desde muy temprano los amigos en Venezuela y, aquellos que están ubicados en los cuatro puntos cardinales del planeta, empezaron a enviar mensajes preguntando sobre la decisión que tomaría el jurado. María Julia Vilar quien vive en Kioto (Japón) desde febrero de 2016, fue una de las primeras en llamarme este viernes 18 de noviembre. Eran las 5 de la madrugada y me dijo: "Amiga, levantate, hoy es el día de la Chinita y nos toca conmemorarlo con una manifestación de la justicia gringa. Espero leer en tu Twitter buenas noticias". Y así siguieron las llamadas de tantos conocidos y desconocidos que esperaban entusiasmados el resultado del juicio de los popularmente llamados "narcosobrinos", un hecho que conmocionó la opinión pública internacional. 

Empieza la jornada

A las 8 AM ya estábamos frente a la corte trabajando. Mientras informabamos sobre los puntos que se esperaban a lo largo del noveno día del proceso judicial, vimos llegar a los 6 abogados de Campo Flores y Flores de Freitas, acompañados por sus entusiastas asistentes. La cita era a las 9 y 30 de la mañana. 

Varios periodistas nos juntamos en la parte lateral de la corte. Aprovechamos el tiempo para enviar mensajes por las redes sociales y dar información a diferentes medios continentales que estaban interesados en la noticia del día. Por las pocas ventanas informativas que existen en Venezuela, tratábamos de dar a conocer detalles del juicio de los sobrinos presidenciales, un tema censurado por los medios oficiales de un país que pareciera estar sumergido en un letargo interminable.

Llegada la hora, subimos al piso 14 y entramos a la sala para ver los pormenores de la decisión final del caso. Para buena parte de las personas presentes, esto no era otra cosa que el resultado de un juicio por un delito de narcotráfico. Para los venezolanos iba más allá, el resultado constituye un factor importante para dejar al desnudo el desdoro de la élite gobernante.

Llegan los sobrinos 

Los dos acusados entraron a la sala y se sentaron en las sillas que habían ocupado por más de un año. Sus abogados estaban allí, acompañándolos. Más que sus defensores, los abogados de los escritorios jurídicos Boies Schiller & Flexner LLP y Sidley Austin LLP se convirtieron en amigos y -de cierta forma- en "los únicos familiares" de los dos hombres acusados de conspirar para contrabandear cientos de kilogramos de cocaína que salían del hangar presidencial del principal aeropuerto de Venezuela. 

El ambiente no era del todo cómodo para Campo Flores y Flores de Freitas. Ellos sabían que su suerte estaba en manos de 12 personas que están acostumbrados a respetar la ley. Los dos acusados escucharon -sin parpadear- las instrucciones que el juez Paul Crotty dio al jurado. 

Efraín Campos Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas fueron procesados por conspirar para importar 800 kilos de cocaína a los Estados Unidos, y de fabricar o distribuir la droga, a sabiendas y con la intención de que se sería importada a norteamérica, en violación del Título 21, del Código de Estados Unidos, Secciones 952 (a), 959 (a), y 963. 

Ambos fueron arrestados el 10 de noviembre de 2015 en el restaurante del hotel Servotel, ubicado a unos 10 minutos del aeropuerto internacional Toussaint Louverture de Puerto Príncipe, cuando intentaban finiquitar el primer  envío de una serie de cargamentos de drogas que habían negociado con unos supuestos narcotraficantes mexicanos, que resultaron ser informantes confidenciales de la DEA para ejecutar la operación.

Una vez que el juez culminó la explicación sobre los cargos que enfrentaban los dos acusados, las reglas que debía ser tomadas en cuenta para evaluar las evidencias y las responsabilidades del jurado, los cinco hombres y siete mujeres deliberaron por más de seis horas y media. 

Como a las 5 de la tarde, el secretario de la corte comentó a  los periodistas apostados en las bancas de la corte que los miembros del jurado planeaban regresar el lunes para dar a conocer los resultados finales de la discusión. No obstante, a poco menos de 15 minutos, todo cambió y los jurados se apersonaron a la sala para dar a conocer la hoja del veredicto, donde en tinta rosada se veía claramente que, por unanimidad, los dos sobrinos de Nicolás Maduro y Cilia Flores fueron hallados culpables de los cargos, por los cuales el gobierno de los Estados Unidos los había enjuiciado.

Cuando los jurados se acomodaban en sus sillas, la mayoría miró hacia adelante o hacia abajo. Sólo uno pareció mirar a los acusados ​​antes de sentarse. La voz del jefe de jurado, un hombre de unos 50 años, se escuchó nerviosa al momento de decir "culpables". Luego, el secretario tomó nota de la confirmación de la votación que fue haciendo cada miembro de aquel equipo que fue escogido al azar en un universo de 94 ciudadanos americanos de diferentes razas, creencias y profesiones. 

Yo me encontraba al lado de mi colega y amiga Jessica Carrillo. Las dos nos miramos sin pronunciar palabra alguna y luego vimos a los dos acusados que parecían no haber entendido lo que decía el hombre, que con una sola palabra, los acababa de condenar a permanecer en una prisión federal americana por años. 

En la sala había una decena de periodista de varios medios. Habíamos esperado todo el día por aquella palabra que el miembro del jurado pronunció sin mucho rodeo. Campo Flores miraba fijo hacia adelante y no fue capaz de expresar ninguna emoción. Atrás quedó su sonrisa. Su mirada parecía perdida entre las paredes de madera adornadas con símbolos patrios norteamericanos. 

Más que su consejero legal, el abogado John Zach se comportó con si fuera el papá de Campo Flores. El litigante puso su mano dulcemente en la parte posterior de la espalda y lo presionó con fuerza después de la lectura. A pesar de las limitaciones del idioma, el defensor y su cliente habían tejido una relación amistosa, cordial y amable que podía ser apreciada desde las bancas de la prensa.

Flores de Freitas mostraba estar más consciente de la realidad que le tocaba enfrentar. Siempre se presentó en corte con el ceño fruncido y la mirada adusta. Fueron pocas las veces que se le vio sonreír y, por lo que observamos desde lejos, entabló una buena relación con su abogada latina Elizabeth Espinosa

Los dos hombres, ahora convictos, se abrazaron fraternalmente a sus abogados antes de ser llevados por los alguaciles del gobierno a sus celdas.

El jurado valoró las evidencias de la fiscalía que mostraban que Campo Flores y Flores de Freitas tenían experiencia en el narcotráfico y, cuando se juntaron en agosto de 2015 para planificar los envíos de cocaína a Honduras con destino final a los EEUU, sabían lo que estaban haciendo. 

Los argumentos de la defensa quedaron de lado, en el terreno del olvido. La tesis de que los dos sobrinos de Cilia Flores y Nicolás Maduro eran víctimas desafortunadas de una operación de picadura, conducida por un informante confidencial de la Agencia Antidrogas de los Estados Unidos, no surtió el efecto que esperaban los costosos abogados supuestamente pagados por el empresario chavista, Wilmer Ruperti (o por las ubres del Estado venezolano). 

A lo largo del juicio, los 6 abogados dedicaron horas de litigación a tratar de eliminar la credibilidad de todos los que habían participado en la operación que produjo la captura de los dos sujetos en Haití. No escatimaron esfuerzos para dejar mal parado al agente de la DEA, Sandalio González, uno de los hombres claves en la investigación y quien se hizo merecedor de todo tipo de adjetivos descalificativos por parte de la defensa. Los consejeros pelearon hasta el último minuto para que se extrajera de las evidencias, las confesiones de los dos acusados donde estos admitieron que habían cometido el delito por el cual eran procesados. 

La defensa mostró a lo largo del juicio que son altamente competitivos y profesionales. A pesar de todos sus intentos no consiguieron acabar con las evidencias del gobierno. Sin embargo, consiguieron enterrar en la cárcel a los informantes confidenciales José Santos Peña (CS1) alias "El Senior" o "El Mexicano" y a su hijo. José Santos H. "Junior" o CS2.  Gracias a las grabaciones telefónicas hechas por la Oficina de Prisiones de los Estados Unidos, donde se escucha a los hombres haciendo transacciones de drogas desde el penal, los dos ex informantes de la DEA enfrentan una posible cadena perpetua en una prisión federal de California. 


Cuando los abogados de la defensa pusieron las escuchas en el juicio, la fiscalía informó a Santos Peña que no recibiría la carta 5K, un instrumento que le ayudaría a reducir su sentencia. Igualmente, el gobierno reconoció que el informante, miembro del cártel de Sinaloa, había emprendido negocios de drogas ilícitas mientras trabajaba para la DEA. No obstante, los fiscales argumentaron que este hecho no socavó el resto del caso contra los primos Flores, ya que la base de evidencias incluyó docenas de mensajes de texto y grabaciones de audio y video que mostraron a los acusados planeando introducir 800 kilogramos en los Estados Unidos.

Esas evidencias fueron suficientes para demostrar al jurado la culpabilidad de los imputados, más allá de la duda razonable. En su declaración del cierre, la fiscalía sostuvo que los sobrinos planeaban enviar aviones cargados con cocaína desde Venezuela a Honduras, con los Estados Unidos como destino final, con la esperanza de recibir decenas de millones de dólares en ganancias para mantener el poder político de su familia en Venezuela.

"Los acusados ​​pensaron que estaban por encima de la ley", dijo el abogado adjunto estadounidense Brendan Quigley en su declaración final del día jueves. "Ellos pensaron que podían operar con impunidad en Venezuela por  ser quiénes eran, por estar relacionados con la familia presidencial".

En las grabaciones exhibidas por el gobierno, Campo y Flores hicieron alarde de sus conexiones políticas y el acceso a la "rampa presidencial" en un aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía. En una grabación, Campo Flores dijo que necesitaba el dinero de la conspiración para pagar los votos de la campaña parlamentaria de su madre Cilia Flores, la primera dama de Venezuela.

La sentencia será leída el 7 de marzo de 2017

Una vez se conoció el veredicto, Campo Flores y Flores de Freitas salieron del salón al igual que los miembros del jurado. La defensa pidió unos 60 días para presentar las objeciones posteriores al juicio.

El juez Paul Crotty informó que la sentencia sería leída el 7 de marzo de 2017, aunque advirtió que la fecha podría ser cambiada. 

Los periodistas nos acercamos a los defensores cuando salían del salón con cara de derrota. David Rody, uno de los abogados de Flores de Freitas se negó hacer comentarios sobre la decisión. Por su parte, el defensor de Campo Flores, Randall Jackson informó que sus clientes estaban "muy decepcionados". 

Aunque no aseguró que intentarían una apelación, Jackson dijo que en los próximos días estudiarían los pasos a dar en el caso. Hay que recordar que la defensa tiene recursos ilimitados para intentar nuevas acciones judiciales. 

Y así salieron del salón los seis abogados y sus asistentes. Los fiscales bajaron en diferentes ascensores. Cuando nos disponíamos a informar los resultados, vimos a los fiscales federales Emil Bove III, Brendan Quigley y el agente de la DEA, Sandalio González cruzar la calle que separa la corte del Centro Correccional Metropolitano CCM, donde los sobrinos presidenciales se encuentran recluidos.  

Entraron apresuradamente huyendo de las cámaras de televisión y permanecieron en el recinto por largo rato. A su salida se negaron hablar con la prensa. Para ellos este caso, era uno más de los cientos que ocurren anualmente en la corte neoyorquina, mientras que para los venezolanos representaba la noticia principal del día, a pesar que la misma no aparecería en la mayoría de los medios nacionales por la prohibición que sobre el tema impuso el gobierno.
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En la soledad de sus celdas, los sobrinos presidenciales contarán con el tiempo necesario para reflexionar sobre su futuro y la consecuencias de sus acciones. Para ellos, Nueva York no será la ciudad arrolladora, llena de luces y de acción, sino un centro de reclusión donde estarán obligados a compartir con criminales de diversos lugares del mundo, el drama que representa la pérdida de la libertad.

lunes, 14 de noviembre de 2016

Quinto día del juicio de los sobrinos de Cilia Flores: Un lunes de sorpresas que fortalecen a la defensa

Por Maibort Petit
@maibortpetit

Este lunes la jornada del juicio de los sobrinos de la pareja presidencial venezolana, Efraín Antonio Campos Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas se caracterizó por las sorpresas. A primera hora se tenía previsto seguir con el interrogatorio del informante confidencial de la DEA, José Santos Peña (CS1) pero un problema con la Oficina de Presiones no permitió que el prisionero llegara a tiempo a la corte, por lo que se decidió iniciar la sesión con el testimonio de un experto en computación forense que trabaja para el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, Daniel Ogden.

Este especialista en análisis de data de teléfonos celulares fue el responsable de bajar la información que se encontraba en los celulares de los dos acusados, que le fueron confiscados al momento de su arresto en Haití, el 10 de noviembre de 2015.  Tras una explicación técnica de los procedimientos que se usan para bajar la información, Ogden mostró una serie de chat de los dos acusados y el uso de nombres diferentes para cada conversación. 

Apareció un chat de Whatsapp entre Campo Flores (Tanner con un avatar de Hugo Chávez) usando un número de teléfono 584142865397 del 8 de noviembre de 2015, se comunicaba con (Negro-CS1).

Ogden mostró llamadas telefónicas y mensajes de texto, incluso estaba en capacidad de mostrar el contenido que “había sido borrado”. Las comunicaciones que hizo especialmente Efraín Campo Flores en Honduras quedaron evidenciadas.

En el celular de Efraín Campo había dos selfies, tomadas frente a un espejo, en una de ellas salía con los brazos arriba con el teléfono por encima de la cabeza y en la otra tenía el teléfono entre el ombligo y el pecho. Se mostraron además conversaciones de llamadas telefónicas y de chat entre los sobrinos Flores.

Mientras que las fotografías que tenía Franqui, era una selfie, otra selfie sonriente con una avioneta de fondo en Honduras, una de su cédula, y una de su pasaporte, además de una tarjeta de crédito “Visa Platinum” del banco Banesco.

También el jurado vio unos selfies tomados en abril 30 de 2015 de Campo Flores y otra de unas armas largas sobre una cama.

Asimismo, mostraron una imagen donde aparece Flores de Freitas con el fondo de un avión en el aeropuerto de Honduras, que según la defensa, le había enviado a su hermana. 

Presentaron un chat donde Campo Flores con el nombre de usuario HRCF le decía al informante CS1 que quería empezar a trabajar lo antes posible "porque  nos viene la campaña y yo siempre aportó con plata, si me entiende, por eso quiero empezar." CS1 le responde: "No se preocupe que vamos a salir".

Mostraron la información de un chat de Blackberry de Flores de Freitas que se hacía llamar Don Ramón  y tenía una foto del popular actor de la serie mexicana "El Chavo del 8".  El teléfono usado para este chat era el 584141635405. En conversaciones de Campo y Flores se lee una que dice: "Vamos a reunirnos esta noche con esa gente. Fonsek".

En el teléfono de Flores parecieron varias fotografías entre las cuales está una tarjeta de crédito visa Banesco, su cédula de identidad, un selfies y una foto tomada desde un vehículo marca Toyota. Las fotos fueron enviadas a alguien identificado como Tía Mayerlin.

Hubo unas de unas comunicaciones entre Flores y Campo  donde el último le dice a su primo que compre 6 celulares blackberrys en Mercadolibre.com , "3 para mí, dos para ti y uno para el enano Capichi".

En otra conversación por Whatsapp aparece Campo Flores conversando con Gilson 584145267023. En en transcurso de la conversación se lee cuando Campo le dice sobre unas armas: "Una para me y una para mi tío. A 1000 dólares ...no es carro.  Son bellas. Mini Uzi."

Otra conversación es con Sr. Marco 04141150167 y Papa Laury. Presentaron además una conversación en Snapchat entre Flores de Freitas y Hamudi que decía lo siguiente:
Flores: Papi llamame ...pelo
Hamudi: Si.
Hamuditrd@gmail.com y desde los teléfonos 04242294796. 
Flores y Hamudi intercambiaron una foto de ambos abrazados, donde Hamudi no tiene camisa y otra con Campo Flores y Hamudi, en la cual Campo lleva una camisa de rayas amarillas y blanca.

Igualmente presentaron una conversación entre Flores y Youssef, donde el primero le pedía los datos de Hamudi al segundo, y le decía que se llamada Mohammed Abdul.

Luego aparece una conversación entre Campo y Flores diciendo que: "Al parecer mataron a Hamudi. Lo encontraron muerto en el cementerio...me han llamado 5. en el cementerio".
Campo responde: "Que peo vale.."
Flores: "Si marico"
Flores: "Me encontré con Pepero"
"El sapo mexicano y su amigo el Pollo"
Marcel el concesionario....En el San Ignacio"/

Hay otra conversación entre Flores y Salemi y con Pepero PPR desde el teléfono 584143883275.

El gobierno también mostró una serie de fotografías de unas armas largas, rifles y ametralladoras uzi que los dos acusados supuestamente compraron a través de un proveedor local en Caracas.

La defensa da un paso probar su teoría de complot

Los abogados de los sobrinos de Nicolás Maduro lograron evidenciar este lunes frente al jurado que el informante confidencial CS1, clave en la operación que condujo al arresto de Campos Flores y Flores de Freitas, que había un plan inicial por parte de las fuentes de la DEA para tentar a los acusados a cometer el delito por el cual son juzgados.

Durante el quinto día de audiencia del juicio de los sobrinos de la pareja presidencial venezolana, la defensa logró que  informante confidencial de la DEA, José Santos Peña reconociera frente al jurado que "El Sentado", Carlos Amílcar Leva Cabrera tenía previsto suministrar la droga objeto de la conspiración a los acusados. 

Cuando el abogado David Rody preguntó a CS1 si sabía el CW1 tenía pensado proveer la droga para los acusados, Santos Peña confesó que sí tenía conocimiento. Asimismo, dijo que fue a Caracas con instrucciones precisas dadas por el agente de la DEA, Sandalio González de supuestamente manipular a los dos hombres. 

Tras la afirmación del informante confidencial Santos Peña, la defensa dió un paso adelante en su intención de probar que los sobrinos del presidente Nicolás Maduro fueron objeto de un complot político por parte de los informantes y testigos de la DEA, para ganar dinero por haber logrado capturar dos altos objetivos por sus lazos familiares con Cilia Flores, primera dama de Venezuela.

El abogado de Flores de Freitas fue más allá cuando presionó a Santos Peña para que admitiera que él había sido el que introdujo en las conversaciones sostenidas con los acusados que la droga tendría como destino final los Estados Unidos. Si bien, el informante no lo afirmó, quedó sobreentendido que fue el primero en mencionar a norteamérica como el lugar a donde serían llevados los 800 kilos de cocaína.

Otro acierto que tuvo la defensa  este lunes fue una grabación que logró conseguir a través del Centro Correccional Federal de California, donde se encuentra preso Santos Peña y su hijo José Santos Junior, conocido en la operación de la DEA como CS2. En el audio que será mostrado este martes al jurado, el informante aparece negociando unos envíos de drogas con el mismo hombre que acompañó a los dos sujetos a Caracas en octubre de 2015, cuando fueron a cumplir con las labores encubiertas de la DEA. Este nombre se conoce como Paul, y su presencia en el viaje a la capital venezolana no fue autorizada por la agencia estadounidense. 

La defensa admitió nuevamente que había metido durante el tiempo que trabajaba con la DEA, y que inclusive lo siguió haciendo cuando confesó que era culpable de tres delitos: traficar drogas a los EEUU, ayudar a manufacturar y distribuir drogas y mentirle al gobierno federal. 

Rody preguntó a Santos Peña sí había ido a Caracas con instrucciones precisas de la DEA de grabar todas las reuniones, y el testigo dijo que sí. Luego, dijo que El Sentado había prometido inicialmente los aviones para que se trasladara la droga objeto de la conspiración.

Rody también logró que CS1 dijera frente al jurado que en una conversación que había tenido con el agente especial de la DEA, Sandalio González admitió que los dos acusados no tenían la experiencia en el negocio de las drogas, "si dije que eran novatos, si lo comparamos con mi experiencia" comentó.

El diligente abogado preguntó un sin número de veces a Santos Peña cuál era el plan original que los había llevado a los dos acusados, y que si ciertamente fue el informante de la DEA quien introdujo en las conversaciones granadas en Caracas que la cocaína iba a ser llevada a los Estados Unidos. Santos reconoció que fue él quien inicialmente dijo que la droga tenía como destino final a norteamérica.

Adicionalmente, la defensa sorprendió a la fiscalía cuando pidió autorización al juez Paul Crotty para mostrar frente al jurado un audio de una conversación sostenida por Santos Peña en la cárcel federal de California, donde el informante está realizando un negocio de drogas con el mismo hombre que viajó a Caracas, y que es amigo de su hijo CS2, de nombre Paul.

La corte autorizó a la defensa a presentar la conversación este martes en la mañana. Este elemento dejará claro que el informante CS1 mintió nuevamente al gobierno, y que además de perjudicar la propuesta de la fiscalía en el caso de los sobrinos presidenciales, le podría acarrear a Santos Peña la ruptura del acuerdo de cooperación que tiene con las autoridades americanas, y lo condenaría a cadena perpetua según informó Rody.

Los fiscales presentes en la sala se mostraron sorprendidos con la revelación de la defensa, quien se mostró victoriosa al final de la jornada. Campo Flores y Flores de Freitas sonrieron y abrazaron a sus abogados en señal de triunfo, a la vez que los representantes del gobierno salieron de la sala de manera apresurada sin pronunciar palabra alguna.

Este martes continuaremos informando sobre los pormenores de este juicio que sin duda alguna impactará a la sociedad venezolana.







miércoles, 2 de noviembre de 2016

Empezó proceso de selección del jurado para el juicio de los sobrinos de Cilia Flores

Por Maibort Petit
@maibortpetit


Este miércoles se inició en la Corte del Distrito Sur de Nueva York la selección del jurado para el juicio de los dos sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela, Efraín Antonio Campos Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas, quienes están siendo acusados de conspirar para transportar 800 kilos de cocaína a los Estados Unidos.

Durante una larga jornada en la que la defensa de los Flores, junto a los fiscales y el juez recibieron a unos 94 potenciales jurados, el tribunal excusó inicialmente 24 personas y unas 70 se presentaron para responder al cuestionario presentado por el Juez del caso, Paul Crotty.

Los sobrinos sin uniforme 

Tal como lo habíamos  informado, el juez autorizó a los dos hombres a presentarse a la corte sin el usual uniforme de prisión, por lo que en la jornada de hoy estuvieron ataviados con ropa de vestir, corbata, y suéteres gris y azul.

El juez Crotty cuestionó a los posibles miembros del jurado sobre sus antecedentes e intereses, así como su conocimiento de la política venezolana, del país y sobre el uso de los medios de comunicación y las redes sociales.

Después de varias rondas de eliminación de candidatos, están siendo considerados como posibles jurados un arquitecto, un enfermera, una terapeuta y un empleado de un centro de telefonía.

El jurado final consistirá en 12 jurados más cuatro suplentes. La selección del jurado se reanudará el jueves en horas de la mañana.




Juez Paul Crotty niega todas las mociones in limine solicitadas por abogados de sobrinos de Cilia Flores

Por Maibort Petit
@maibortpetit

El juez del Distrito de Nueva York, Paul A. Crotty negó este miércoles todas las mociones in limine solicitadas por la defensa de los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela, Efraín Antonio Campos Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas. El gobierno podrá hacer uso de todas las evidencias obtenidas por los informantes, los testigos confidenciales y los agentes de la DEA que participaron en la operación que culminó con la captura de los dos hombres acusados de conspirar para importar cocaína a los Estados Unidos.

Las mociones entregadas por los defensores al tribunal pedían que ciertas pruebas no fueran presentadas al jurado durante el juicio. Las llamadas mociones in limine, generalmente, abordan cuestiones que serían perjudiciales que el jurado escuche en la audiencia pública.  Los defensores pueden pedir que algunas evidencias no sean admitidas porque serían más perjudicial que probatoria. Durante la audiencia de este 2 de noviembre, el juez Crotty denegó todas las mociones pedidas por los abogados de Campo Flores y Flores de Freitas, con lo cual dejó abierto el camino para que el gobierno utilice todos los elementos en su poder para que demuestre más allá de la duda razonable que los acusados cometieron el delito del cual se les acusa.

De no haberse admitido todas las evidencias, el contenido de las mismas no hubiese podido ser mencionado delante del jurado, sin antes acercarse al juez fuera de la audiencia y obtener permiso. La violación de una moción in limine puede dar lugar a que el tribunal declare nulo un juicio.

La defensa pidió en las mociones in limine que el gobierno no haga referencia a los siguientes aspectos:

-Riqueza y estilo de vida de la que gozaban los acusados antes de ser apresados, y en especial, sobre los medios legítimos o ilegítimos con los que ambos imputados pagaban dicha riqueza.

-La referencia a las Farc como proveedora de la droga que los acusados estaban negociando en la conspiración.

-Las referencias sobre el uso del dinero de la droga para el pago de la campaña parlamentaria de la madre de Campo Flores, Cilia Flores a una curul de la Asamblea Nacional.

-La imagen y referencia del kilo de polvo blanco (cocaína) que los acusados mostraron como prueba a los informantes en el encuentro del 27 de octubre en Caracas.




viernes, 28 de octubre de 2016

Sobrinos de Cilia Flores habrían tenido relación con el narcotraficante Vassyly Kotosky Villarroel-Ramírez

Por Maibort Petit
@maibortpetit

De acuerdo a un documento presentado por la fiscalía de Nueva York, los sobrinos de la pareja presidencial venezolana, Efraín Antonio Campos Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas habrían tenido relación directa con el narcotraficante Vassyly Kotosky Villarroel-Ramírez, alias "El Potro", un capitán retirado de la guardia nacional capturado en julio de 2015 por autoridades venezolanas.
Un reporte, hecho público por el gobierno norteamericano, señala que el testigo cooperante CW-1, asesinado en Honduras en diciembre de 2015, presentó un informe al agente especial de la DEA, Sandalio González que se resume en los siguientes puntos:

1) Campos Flores y Flores de Freitas querían enviar vuelos de drogas a Honduras, usando para ello planes de vuelo legítimos;

2) Campos Flores afirmó que era el hijo de la Primera Dama de Venezuela; 

3) CW-1 y los acusados negociaron enviar 1.600 kilogramos de cocaína desde Venezuela a Honduras;

4) Los acusados explicaron que la persona que utilizaban para manejar los "códigos de radar" en Venezuela, era Vassyly Kotosky Villarroel-Ramírez, alias "El Potro", pero que éste había sido detenido recientemente; y

5) Otras numerosas declaraciones relativas a los términos y condiciones de la transacción prevista a realizarse el 15 de noviembre y que CW-1 discutió con los acusados en la reunión de octubre 3 de 2015.

¿Quién es  Vassyly Kotosky Villarroel-Ramírez?

Un capital (R) de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, es considerado un hombre clave para las cárteles colombianos y venezolanos de la droga.

     “El Potro” era líder del cartel de los 40, financista y legitimador de los capitales ilícitos del Cartel de 
Sinaloa, con vinculación comprobada con el narcotraficante Frank Treyo, “El negro Frank” recluido en los EE UU.
Es acusado por los EEUU de prestarle a miembros de los cárteles colombianos vehículo militares oficiales de Venezuela y permitió la salida de cientos de cargamentos de cocaína pertenecientes a la guerrilla colombiana a través de los puertos venezolanos.

Fue capturado por comandos antidrogas venezolanos el 20 de julio de 2015, cuando se trasladaba por una autopista entre los estados Miranda y Anzoátegui junto a otro narcotraficante llamado Robert Alexander Pinto Gil, ambos dice la declaración de las autoridades venezolanas eran del Cártel de Sinaloa. Leer aquí.

La jueza del Tribunal de Control Dos de El Tigre, Lilian Pérez le dictó medida privativa de libertad. Fue imputado por la presunta comisión de los delitos de legitimación de capitales, tráfico ilícito de sustancias estupefacientes,  asociación para delinquir, usurpación de identidad, falsificación de documento y ocultamiento de arma de fuego. 

Este militar está siendo investigado desde 2011 en EEUU. Es requerido por  la fiscalía del  Distrito Este de Nueva York acusado de cargos de narcotráfico desde el 30 de marzo de 2013. Según el reporte de la DEA, Villarroel-Ramírez habría permitido a capos colombianos y mexicanos mover la droga hacia los Estados Unidos. Asimismo, Departamento del Tesoro de Estados Unidos  lo  incluyó en la Lista Clinton en 2015.

En el expediente de Villarroel-Ramírez que este sujeto trabajó con narcotraficantes como Daniel el ‘Loco’ Barrera, Javier Antonio Calle Serna y José Gerardo Álvarez Vázquez (alias el Indio), los tres criminales están presos actualmente en los Estados Unidos. 

El informe dice además que Villarroel-Ramírez era un hombre clave para las investigaciones que se han llevan a cabo por la DEA sobre la penetración del narcotráfico en las Fuerzas Pública en Venezuela. El caso de Villarroel-Ramírez está vinculado al caso que se le sigue al general retirado Hugo Carvajal en el Distrito Sur de la Florida.

Este sujeto tiene información sobre los militares venezolanos vinculados al narcotráfico y sobre los pagos que varios narcos colombianos hacían a militares de alto rango en Venezuela para que les permitieran moverse con facilidad en territorio venezolano  y para realizar grandes envíos de droga.

En agosto de 2013, el director de la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Tesoro, Adam J. Szubin señaló que Villarroel-Ramírez organizó un esquema para el transporte de la cocaína desde varios aeropuertos, puertos marítimos y vehículos oficiales del gobierno venezolano mientras era capitán de la Guardia Nacional de Venezuela. En especial, Villarroel-Ramírez prestaba seguridad y protección a los cargamentos de cocaína que salían por el aeropuerto de Maiquetía, en Caracas.

Villarroel-Ramírez estuvo vinculado con otro narcotraficante extraditado en los Estados Unidos desde Colombia en julio de 2015 llamado Gersaín Viáfara Mina, alias Eliseo. A este último, el gobierno norteamericano lo considera como un testigo clave en las investigaciones que se adelantan sobre el narcotráfico en Venezuela y la supuesta relación con altos mandos militares venezolanos. 

Viáfara Mina fue procesado en la Corte del Distrito Sur de Nueva York. Este hombre proporcionó información sobre el movimiento de aeronaves cargadas de drogas ilegales que salen desde el estado Apure hacia Honduras, Haití, Las Bahamas, República Dominicana, Costa Rica y  países de África.



Gobierno de EEUU dispuesto a mostrar todas las pruebas de la riqueza y el poder que tenían los narcosobrinos

El fiscal Preet Bharara está dispuesto a mostrar al jurado la riqueza y el poder del que gozaban los acusados antes del arresto, y las facilidades que tenían los dos sobrinos de Nicolás Maduro para usar el aeropuerto de Maiquetía para enviar droga a los EEUU.

Por Maibort Petit
@maibortpetit

El gobierno de los Estados Unidos solicitó a la corte del Distrito Sur de Nueva York que niegue la solicitud de moción de carácter previo, hecha por los dos acusados de delitos de narcotráfico, Efraín Antonio Campos Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas en la cual piden que se excluya de las pruebas presentadas al jurado los siguientes aspectos:

(1) Excluir las prueba o los argumento con respecto al estado financiero de los demandados y su estilo de vida,
(2) No incluir testimonios de informantes confidenciales sobre la identidad de una sustancia el polvo blanca (cocaína),
(3) Evitar que fuere admitida referencia a las FARC en las declaraciones posteriores a la detención y oídas en las declaraciones dadas a los informantes del Gobierno,  y 
(4) Impedir diversas declaraciones formuladas por los demandados a los informantes confidenciales donde se menciona que usarían dinero de la droga para pagar la campaña de Cilia Flores al congreso.
El fiscal Preet Bharara deja saber, en un documento de 23 páginas, que usará en el juicio las evidencias que muestran que los acusados ​​trataron de obtener beneficios económicos usando sus conexiones políticas y la autoridad de sus familiares en Venezuela, mediante el uso de uno de los aeropuertos más grandes del país para enviar enormes cargas de cocaína que estaban destinadas a los Estados Unidos". 

El documentos señala que después de haber sostenido desde julio de 2016 que los acusados ​​carecían de la capacidad, los medios y la inclinación para participar en la conspiración por la cual están siendo procesados, la defensa ahora trata de impedir que el gobierno presente las evidencias que demuestra todo lo contrario. 

Asimismo, sostiene que la defensa  insiste en el argumento que las grabaciones hechas por los informantes confidenciales del gobierno, fueron registradas de manera selectiva. "Los acusados ​​tratan de forzar al Gobierno a presentar al jurado sólo extractos de las sesiones grabadas, mientras que al mismo tiempo, señalan que faltan los segmentos que contienen materiales exculpatorios. Los acusados ​​no pueden tener las dos cosas a la vez", acota Bharara.

Por otra parte, la corte no puede aprobar que el gobierno no exhiba ante el jurado las pruebas que muestran las ​​declaraciones grabadas en las que Campos Flores confiesa: 

(1) los ​​motivos para cometer el delito (una mezcla de razones financieras y políticas), 
(2) el acceso que tenían a su riqueza y el estatus de poder  que serían como las herramientas necesarias para llevar a cabo el crimen (como los jets privados que podrían llegar  y salir de Venezuela sin control), y
(3)Sus conexiones con los traficantes de drogas que podrían suministrar con las cantidades de cocaína que discutieron con las fuentes confidenciales (es decir, la FARC). 

Explica la fiscalía que "las evidencias que los acusados quieren eliminar  consisten, en su mayor parte, en las propias palabras e intenciones con respecto a cómo y por qué los acusados planificaron todos los elementos para llevar a cabo el delito que se les imputa". 

Argumenta que las pruebas son de alto valor probatorio y no alargarán  el juicio, ya que serán presentadas principalmente a través de grabaciones y testimonios de testigos del gobierno. 



jueves, 27 de octubre de 2016

Esta sería la hoja del veredicto del jurado en el caso de los sobrinos de Cilia Flores

Por Maibort Petit
@maibortpetit

Atendiendo a la agilización de los procedimientos, solicitada por el Juez Paul Crotty, para que se produzca el juicio en el tiempo estipulado en el calendario procesal aprobado por la Corte del Distrito Sur de Nueva York en el caso de los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela, Efraín Antonio Campos Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas, este jueves se introdujo la forma  que utilizarán los miembros del jurado para dar su veredicto final.

En el documento se lee el cargo 1 por el cual se les juzga a los dos hombres venezolanos, acusados de conspirar para traficar a los Estados Unidos 800 kilos de cocaína. Es de hacer notar que las leyes norteamericanas plantean el delito sobre una cantidad superior a los 5 kilos, es por ello que no aparece en la acusación ni en la forma del veredicto el monto exacto del envío, que en los documentos de la fiscalía se especifica eran 800 kilos de cocaína de alta pureza.

El veredicto debe ser unánime, es decir, todos los miembros del jurado deben estar de acuerdo con la decisión que vayan a tomar luego de revisar las evidencias presentadas por la fiscalía, que muestren las pruebas suficientes para declarar a los acusados No culpables o Culpables. En los casos criminales se exige que el jurado emita una decisión de unanimidad para los cargos impuestos. 

Luego que el jurado emite el veredicto final, el juez establece la sentencia a la que hubiere lugar. Si los acusados son encontrados culpables de los delitos de violación de las leyes antinarcóticos de los EEUU por lo general se produce la lectura de la sentencia en un período menor a los 90 días. 



miércoles, 26 de octubre de 2016

Conoce las preguntas propuestas por el fiscal Preet Bharara a los miembros del jurado del caso de los sobrinos de Cilia Flores

Por Maibort Petit
@maibortpetit

El gobierno de los EEUU presentó a la Corte del Distrito Sur de Nueva York un cuestionario para los jurados que emitirán el veredicto del caso de los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela, Efraín Antonio Campos Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas. Las preguntas buscan despejar cualquier signo que pueda poner en tela de juicio la objetividad e imparcialidad de los miembros evaluadores de las evidencias, con las cuales la fiscalía pretende probar la culpabilidad de los dos hombres acusados de haber violado las leyes antinarcóticos norteamericanas. 

Basado en la Regla 24 (a) de las Reglas Federales de Procedimiento Penal, el fiscal Preet Bharara sometió a consideración del juez Paul Crotty un examen a los posibles miembros del jurado. 

Bharara señala que el cuestionario permitirá dilucidar cualquier hecho o circunstancia particular, que pueda influir en los miembros del jurado a favor o en contra de cualquiera de las partes de la querella, sea esta el Gobierno o los demandados.

El documento de 22 páginas, destaca -primeramente- los cargos por los cuales están siendo procesados los dos sujetos de nacionalidad venezolana. Dice:"Se trata de un caso criminal. Campos Flores y Flores de Freitas han sido acusados -​​individualmente- tras una acusación emitida por el Gran Jurado de este Distrito de violar las leyes antinarcóticos de los EEUU ".

Señala que"los demandados ​​han sido acusados ​​de conspirar para importar cinco kilogramos o más de cocaína a los Estados Unidos y también de conspirar para fabricar o distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, a sabiendas y con la intención de que sería importada a los Estados Unidos. Los demandados se han declarado No culpables de los cargos hechos por el Gobierno". 

Prosigue con las siguientes preguntas:

1.¿Algún miembro del jurado tiene algún conocimiento personal de los cargos que se han descrito?

2. ¿Algún miembro del jurado tiene problemas de audición o visión, o cualquier otro problema médico, el cual le impida prestar toda su atención a las evidencias en este juicio? Algún miembro del jurado toma cualquier medicamento que le pueda impedir prestar toda su atención a toda la evidencia en este juicio?

3. ¿Algún miembro del jurado tienen alguna dificultad para leer o entender Inglés en cualquier nivel?

4. ¿Alguno de ustedes tiene alguna creencias religiosas, filosóficas o de otro tipo que le permiten dar un veredicto de culpabilidad en un caso criminal?

El conocimiento del caso de los participantes

5. Los acusados ​​en este caso son Efraín Antonio Campos Flores, y Franqui Francisco Flores de Freitas.  ¿Alguna miembro del jurado conoce a uno o los dos demandados, o tuvo algún trato, directa o indirectamente con los acusados, o con cualquier pariente, amigo o asociado de los demandados?

6. ¿Es de su conocimiento si alguno de sus familiares, amigos, socios, o los empleadores saben quiénes son los acusados?

7. Campo Flores está representado por los abogados: Randall Jackson, John Zach, y Joanna Wright, de la firma de abogados Boies, Schiller, y Flexner LLP. ¿Alguno de ustedes conoce a Jackson, Zach, o Wright? ¿Tiene algún miembro del jurado trato o negocio con los abogados de la firma Boies, Schiller y Flexner?

8. Flores de Freitas está representado por  David Rody, Michael Mann, y  Elizabeth Espinosa de la firma de abogados Sidley Austin LLP. ¿Alguno de ustedes conoce a Rody, Mann, o Espinosa? ¿Tiene algún miembro del jurado trato o negocio con los abogados de la firma Sidley Austin?

9. Los Estados Unidos, denominado aquí como el Gobierno, está representado, como en todos los casos ante esta Corte, por el Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, Preet Bharara. La realización del juicio estará a cargo de los fiscales federales adjuntos Emil J. Bove y Brendan F. Quigley. Ellos estarán asistidos por el agente especial de la DEA, Sandalio González, y por Peter Calabrese, un especialista y asistente legal de la Oficina del Fiscal de EE.UU. ¿Alguno de ustedes conoce a Bharara, Bove, Quigley, el agente especial González o Calabrese? ¿Sabe usted si alguno de los miembros de su familia o sus amigos cercanos han tenido alguna relación con alguna de estas personas?

10. Ahora voy a leer una lista de nombres de personas que pueden ser mencionados durante el juicio, o que pueden ser testigos en este caso:
[Los nombres que serán suministrados próximamente]

11. ¿Alguno de ustedes conoce alguna de esas personas? ¿Ha tenido algún trato, directa o indirectamente, con cualquiera de ellos? Conoce si alguno de sus familiares, amigos o compañeros han tenido algún trato con ellos?

El conocimiento de las ubicaciones

12. Los eventos  relacionados en este caso tuvieron lugar en y alrededor de estos lugares:

[lista a ser suministrada próximamente]

¿Alguno de ustedes está familiarizados con estos lugares?

13. Los acusados ​​son miembros de la familia del Presidente y la Primera Dama de Venezuela. ¿Tiene algún conocimiento u opinión sobre Venezuela y/o su gobierno que podría afectar su capacidad de ser imparcial en el juicio?

14. ¿Hay algún miembro del jurado que conozca, o tenga cualquier forma de asociación profesional, de negocios, o social, directa o indirecta, con algún miembro del gobierno de Venezuela?

15. Este caso trata de hechos ocurridos fuera de los Estados Unidos. La ley de los EEUU establece que las personas que violan las leyes fuera de los Estados Unidos podrá ser procesadas en los tribunales norteamericanos cuando éstas hayan cometido violaciones de las leyes federales que protegen a los estadounidenses. ¿Afectaría su capacidad para servir como jurado imparcial y para evaluar las evidencias de este caso, el hecho que el delito incriminado se llevó a cabo en su totalidad fuera de los Estados Unidos?

Relación con el Gobierno

16. ¿Hay algún miembro del jurado, que por su trabajo o por razones personales tengan alguna relación familiar, parental o de amistad cercana con la policía o sus parientes, el sistema de justicia o los tribunales? ¿En calidad de qué? ¿Ha tenido algún miembro del jurado contacto con alguien en la ley, la policía, el sistema de justicia o de los tribunales que podrían influir en su capacidad de evaluar este caso?

17. ¿Hay algún miembro del jurado que tenga alguna forma de asociación profesional, de negocios, o social, directa o indirecta, con cualquier miembro del personal de la Oficina del Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York?

18. ¿Hay algún miembro del jurado que tenga cualquier forma de asociación profesional, de negocios, o social, directa o indirecta, con cualquier miembro de la la Oficina Antidrogas Americana (Drug Enforcement Administration) comúnmente conocida como la DEA?

19. ¿Algún miembro de su familia, ya sea como individuo o en el curso de su negocio, tiene actualmente una acción legal o disputa con Estados Unidos o con cualquiera de los departamentos, organismos o empleados de los Estados Unidos, incluyendo el Servicio de Impuestos internos? ¿Ha tenido algún interés jurídico, financiero, u otro en el resultado de una disputa, por ejemplo? ¿Usted o algún miembro de su familia, ha tenido tal controversia en cuanto al dinero que se le debe por el Gobierno o alguna deuda  que usted haya contraído con el Gobierno?

20. ¿Algún miembro del jurado, ya sea a través de cualquier experiencia que haya tenido o cualquier cosa que haya visto o leído, desarrolló alguna predisposición o prejuicio u otros sentimientos a favor o en contra de los Estados Unidos, del Departamento de Justicia, de la Oficina del Fiscal Federal para el Distrito sur de Nueva York, o de la DEA?

Servicio de Jurado 

21. ¿Alguna vez ha servido como jurado en un juicio en un tribunal? Si es así, en qué tribunal sirvió y sí se trataba de un caso civil o criminal? ¿Qué tipo de caso era? Sin decirnos cuál fue el veredicto,  informe si el jurado pudo llegar a un veredicto?

22. ¿Alguna vez ha servido como miembro de un jurado investigador, ya sea federal, estatal, del condado o tribunal de la ciudad? Si es así, ¿cuándo y dónde?

Capacidad para dar un veredicto justo

23. Como se puede deducir, durante el juicio, se escucharán pruebas relativas a drogas ilegales. ¿El hecho de que el delito planteado en este caso consiste en drogas ilegales, específicamente cocaína,  diga sí el asunto de drogas ilegales puede afectar su capacidad de dar un veredicto justo?

24. ¿Alguno de ustedes creen que no debería ser un delito que una persona posea, importe o venda cocaína, o que no deben ser aplicadas las leyes que penalizan la posesión, importación y venta de cocaína ilegal?

25. ¿Alguno de ustedes tiene opinión sobre el cumplimiento de las leyes federales de drogas, o en concreto, las leyes relativas a la cocaína, lo cual podrían impedir que usted sea justo e imparcial en este caso?

26. ¿Alguno de ustedes tiene algún miembro de su familia que haya presionado, solicitado, o trabajado de cualquier otra forma a favor o en contra de las leyes o reglamentos relacionados con las drogas, incluyendo la cocaína? Si es así,  diga cuándo y qué hizo?

27. ¿Algún miembro del jurado ha estado involucrado, como acusado, víctima, o de cualquier otra manera, en un caso relacionado con drogas ilegales?

28. ¿Algún pariente o amigo de cualquier miembro del jurado, ha estado asociado o involucrado como acusado, víctima, o de cualquier otro modo, en un caso relacionado con drogas ilegales?

29. ¿Algún miembro del jurado ha tenido alguna experiencia personal con las drogas, incluyendo la cocaína, que hacen que sea difícil para él o ella ser imparcial?

30. ¿Algún miembro del jurado, pariente o amigo cercano del jurado o asociado de alguna manera, ha sido tratado por una adicción a las drogas?

Puntos de vista sobre ciertos testigos, técnicas de investigación y pruebas

31. Este caso incluirán testigos encargados de hacer cumplir la ley. ¿Alguno de ustedes es más propensos a creer que un testigo de este tipo puede testificar simplemente porque es un miembro de una agencia que aplica la ley? ¿Alguno de ustedes es menos propensos a creer que un testigo puede testificar simplemente porque es un miembro de una agencia de aplicación de la ley?

32. Es posible que en este caso se escuchen testimonios relacionados con las operaciones de represión encubierta en la que las personas que trabajan para el gobierno se hacen pasar por traficantes de droga. Es importante aclarar que tales operaciones encubiertas son perfectamente legales y son a menudo una herramienta necesaria para la aplicación de la ley. ¿Alguno de ustedes tiene algún sentimientos sobre este tipo de operaciones, o sobre el uso de las pruebas o información obtenida a partir de este tipo de operaciones, que haría más difícil para que usted pueda dar un veredicto justo e imparcial? ¿Tienen usted algún sesgo a favor o en contra del Gobierno debido que las evidencias se obtuvieron de esta manera?

33. Algunas de las pruebas admitidas en el juicio pueden venir de las búsquedas realizadas por los agentes de la ley, inclusive de los teléfonos celulares de los acusados. Ese tipo de búsquedas son legales y las evidencias obtenidas a partir de esas búsquedas son admisible en este caso. ¿Alguno de ustedes tienen fuertes sentimientos acerca de las búsquedas realizadas por los agentes del orden o de la utilización de las pruebas obtenidas a partir de ese tipo de procedimientos que afectarían su capacidad de ser justo e imparcial en este caso?

34. Algunas de las evidencias en este juicio se presentarán en forma de conversaciones grabadas, así como mensajes de texto y mensajes de correo electrónico. Ese tipo de comunicaciones se obtienen adecuadamente por el Gobierno y es adecuado que este tipo de prueba sea introducido en el juicio para su consideración. ¿Alguno de ustedes tiene algún sentimiento u opinión acerca de la utilización de las pruebas obtenidas de conversaciones grabadas por los agentes de la ley que podrían afectar su capacidad para ser justos en este caso?

35. Algunas de las conversaciones grabadas pueden estar en español, el jurado recibirá las traducciones al inglés de esas grabaciones. ¿Algún miembro del jurado habla o no entiende español? Tendría algún miembro del jurado dificultad para seguir instrucciones, incluso si entiende el idioma español, en confiar en las traducciones en inglés, inclusive si esa traducción se diferencia de su comprensión del testimonio en español?

36. Algunas de las evidencias en este juicio se pueden presentar en forma de declaraciones que los acusados ​​hicieron después de su arresto. Estas declaraciones fueron obtenidas adecuadamente por el Gobierno y se consideran válidas como prueba para ser introducidas en el juicio. ¿Alguno de ustedes tiene alguna sentimiento u opiniones sobre el uso de tales declaraciones por las cuales se podrían afectar su capacidad para ser justos en este caso?

37. ¿Cualquier persona tiene alguna expectativa sobre los tipos de pruebas que el Gobierno debería presentar en este proceso penal, o en un proceso penal de manera general?

38. ¿Alguno de ustedes no está en disposición de seguir mis instrucciones en lo que se refiere a que el Gobierno utilice cualquier técnica de investigación particular, para presentar sus evidencias para procesar a los acusados de un crimen?

39. Es posible que el jurado escuche testimonios en este caso de un testigo cooperante(es), es decir, un testigo(s) que en un tiempo estuvo involucrado en actividades ilegales, pero que ahora se ha declarado culpable de crímenes y da testimonio en nombre del Gobierno con la esperanza de recibir una sentencia menor. El uso de tales testigos cooperantes es perfectamente legal y es a menudo una herramienta necesaria para la aplicación de la ley. ¿Alguno de ustedes tiene experiencia o tiene algún sentimiento sobre el uso de testigos cooperantes en general, o el uso de pruebas o información obtenida por los testigos cooperantes, por lo cual se le haría difícil dar un veredicto justo e imparcial? ¿Tiene algún sesgo a favor o en contra del Gobierno debido a que obtiene evidencias de esta manera?

40. Los demandados son acusados ​​de actuar con otros terceros en la comisión de los presuntos delitos. Esas otras personas no están en juicio en este caso. El usuario no puede extraer ninguna inferencia, favorable o desfavorable, hacia el Gobierno o el acusado de ese hecho. Tampoco puede especular acerca de la razón por la que las otras personas no están siendo procesadas en este momento. ¿Hay algún miembro del jurado que crea que no puede respetar estas instrucciones, o que por esta razón tendría dificultades para emitir un veredicto justo e imparcial?

La experiencia como testigo, el acusado, o víctimas del crimen

41. ¿Alguno de ustedes, o sus familiares o amigos cercanos, han participado alguna vez o han aparecido como testigos en una investigación presentada en un Gran Jurado federal o estatal, o por un comité del Congreso o asamblea legislativa, por la autoridad de concesión de licencias, o una agencia gubernamental? ¿Usted o alguien cercano a usted ha cuestionado algún asunto hecho por una agencia de aplicación de la ley en ese sentido?

42. ¿Alguna vez ha sido un testigo o un reclamante en ninguna audiencia o juicio?

43. ¿Usted o algún miembro de su familia está ahora bajo citación judicial. Tiene conocimiento que algún allegado puede ser citado en cualquier caso?
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44. ¿Algún miembro de su familia, o cualquiera de sus amigos cercanos ha sido alguna vez acusado de un delito? [Si cualquier posible miembro del jurado contesta afirmativamente, la Corte solicitará respetuosamente investigar para conocer las circunstancias de cada crimen.]
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45. ¿Algún miembro del jurado ha sido alguna vez víctima de un crimen? [Si cualquier miembro del jurado contesta afirmativamente, la Corte solicita respetuosamente investigar para conocer las circunstancias de cada crimen.]

46. ​​¿Ha sido usted o alguno de su familia o amigos cercanos objeto de una investigación o acusación por parte del Gran Jurado federal o estatal, o por un comité del Congreso?

47. ¿Algún miembro del jurado ha estudiado o practicado la ley o trabajado para cualquier despacho de abogados?

Principios básicos legales
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48. Según la ley, el jurado  es quien decide sobre los hechos y es la Corte la que aplica la ley. Las dos zonas están separadas y son distintas. Al final del caso, voy a dar instrucciones al jurado sobre la ley. No se requiere a los miembros del jurado para aceptar y aplicar la ley. Si usted está en el jurado, debe aceptar la ley como va a ser explicada, incluso si no está de acuerdo con la aplicación de la ley. ¿Alguno de ustedes creen que tendría alguna dificultad para seguir esta instrucción?
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49. En virtud de la ley, el acusado se presume  inocente y no puede ser encontrado culpable de los delitos imputados en la acusación a menos que un jurado, después de haber escuchado toda las evidencias en el caso, decida por unanimidad que las evidencias demuestran la culpa del demandado más allá de una duda razonable. ¿Alguno de ustedes tienen dificultades para aceptar y aplicar este Estado de derecho?

50. Para que el jurado pueda emitir un veredicto de culpabilidad de cualquier cargo, la parte acusadora debe probar -más allá de toda duda razonable- todos y cada uno de los elemento del delito que se está considerando. Una persona acusada de un delito no tiene que probar que él o ella no es culpable. ¿Alguno de ustedes tienen dificultades para aceptar y aplicar este estado de derecho?

51. Como juez también instruyo al jurado que debe tener en cuenta que el gobierno ha asumido la carga de la prueba, y debe tener en cuenta cada cargo de la acusación por separado, y debe tener en cuenta a cada acusado por separado. ¿Hay alguien que siente que él o ella no puede evaluar cada cargo o cada acusado por separado?

52. Como voy a explicar con más detalle en la conclusión del juicio, los demandados son acusados ​​de participar en una conspiración, que es un acuerdo para cometer un crimen. Ponerse de acuerdo para cometer un crimen es sí un crimen. Es el propio acuerdo lo que está prohibido, no importa si los acusados ​​o sus co-conspiradores en realidad completaron los crímenes que eran objetos de la conspiración cargada. ¿Hay algún miembro del jurado que cree que la ley no debe prohibir por separado los acuerdos de cometer delitos, a diferencia de la comisión de los mismos delitos, incluso si el delito subyacente no se ha completado con éxito?

53. Otro aspecto de una conspiración, que usted aprenderá con mayor detalle si es seleccionado para formar parte de este jurado, es que los acusados ​​y sus co-conspiradores no tienen que tener la capacidad de alcanzar el objetivo de la conspiración en el momento que se hace el acuerdo. En su lugar, los acusados ​​y sus co-conspiradores sólo necesitan a sabiendas y voluntariamente entrar en ese acuerdo. ¿Hay algún miembro del jurado  que siente que la ley no debería prohibir que alguien se pongan de acuerdo para cometer un crimen que no necesariamente puede ser capaz de cometer en el momento que se une a la conspiración?

54. Usted está obligado por ley a tomar su decisión basada solamente en la evidencia o la falta de evidencia presentada en la Corte, y no sobre la base de la conjetura, la sospecha, la simpatía, o el prejuicio. ¿Alguno de ustedes tienen dificultades para aceptar y aplicar este Estado de derecho?

55. Un acusado en un caso criminal tiene derecho a declarar y el derecho a no declarar. Si un acusado no testifica, el jurado no puede extraer ninguna inferencia contra él o ella sobre la base de esa decisión. El hecho de que un acusado decide no testificar no podrá entrar en la deliberación del jurado en absoluto. Si tiene alguna dificultad para aceptar este principio legal, por favor, levanten la mano.

56. En virtud de la ley, lo relacionado con la pena en el caso, corresponde al tribunal, es decir,  la cuestión del posible castigo no debe entrar en las deliberaciones  del jurado. La responsabilidad de los jurados es la de emitir un veredicto sobre si el ente acusador ha demostrado la culpabilidad de los demandados más allá de toda duda razonable. ¿Alguno de ustedes no puede aceptar que la instrucción?

57. ¿Alguno de ustedes creen que nuestro sistema de justicia penal favorece indebidamente la acusación o la defensa?

58. No es un deber agradable encontrar a otra persona culpable de haber cometido un crimen. ¿Alguno de ustedes sienten que, aunque la evidencia estableció la culpabilidad de un acusado más allá de toda duda razonable, podría no ser capaz de dar un veredicto de culpabilidad contra el acusado por razones no relacionadas con la ley y la evidencia, incluyendo cualquiera de índole religiosa, filosófica, u otras creencias?

59. En la alternativa, si el gobierno no logra demostrar la culpabilidad del acusado más allá de toda duda razonable, ¿hay algún miembro del jurado que siente que él o ella no podría dar un veredicto de no culpable con respecto a la parte demandada?

60. Con estas preguntas se ha tratado de dirigir su atención a las posibles razones por las cuales usted no podría ser capaz de sentarse como miembro de un jurado justo e imparcial. Aparte de cualquiera de las cuestiones previas, algún miembro del jurado tiene la más mínima duda en su mente, por la razón que sea, de que él o ella no será capaz de servir a conciencia, de manera justa, y de manera imparcial en este caso, y de hacer un verdadero y justo veredicto sin temor, favor, simpatía, ni prejuicios, y de acuerdo con la ley tal como se le explicará?