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viernes, 17 de marzo de 2023

EE. UU. exige decomisar $100 millones a la enfermera y guardaespaldas de Hugo Chávez, Claudia Díaz Guillén y Adrián Velázquez Figueroa, obtenidos de sus operaciones criminales

Por Maibort Petit

 Los abogados de la extesorera del régimen venezolano, Claudia Díaz Guillén y el exguardaespaldas de Hugo Chávez, Adrián Velázquez, pidieron al tribunal federal de Fort Lauderdale que niegue la solicitud hecha por la Fiscalía de los Estados Unidos para que el tribunal emita una sentencia de decomiso de $100 millones de dólares provenientes de sus actividades delictivas.
  Díaz Guillén y Velásquez Figueroa se opusieron conjuntamente a la moción del gobierno de una sentencia de decomiso de dinero por considerarla "injusta".

 La defensa pidió—basado en la Regla 32.2, permite que los demandados tengan una audiencia para discutir la confiscación de sus bienes en este caso—la denegación de la moción de los fiscales estadounidenses.

 El Tribunal determina el monto de la sentencia monetaria “basado en la evidencia que ya está en el expediente, incluido cualquier acuerdo de declaración de culpabilidad por escrito y cualquier evidencia o información presentada por las partes y aceptada por el tribunal como relevante y confiable."

Más de $139 millones de ganancias ilícitas

 Los Demandados participaron en una conspiración mediante la cual Díaz Guillén—como tesorero de Venezuela— aceptó más de $100 millones en sobornos a través de su esposo, Adrián Velázquez, para que ella "le proporcionara a los conspiradores accedieran a tipos de cambio de divisas favorables al permitirles comprar bonos del Reino Unido con fondos del erario público venezolano".

 Como establecieron los fiscales en el juicio de los dos venezolanos corruptos, y como acredita el veredicto de culpabilidad del jurado, "el caso se trató de una conspiración que involucró dinero en efectivo escondido en cajas de cartón, compañías ficticias en el extranjero, transferencias electrónicas internacionales, cuentas bancarias suizas, aviones privados, yates, e incluso una empresa de moda de alta gama".
  Los fiscales probaron ante el jurado que hubo una conspiración que tenía como objetivo el lavado de dinero promociona, "Díaz Guillén y Velásquez Figueroa obtuvieron al menos $136.752.007,46 en pagos de sobornos".
 
  Los fiscales calcularon el monto de la sentencia sumando los montos de las planillas “AV” enviadas por Raúl Gorrín ($79.824.051,46), las cantidades que Gorrín envió desde su empresa Andiron a Invesco Capital Fund ($21,422,956) y los montos que Gorrín pagó por aviones privados para los Demandados ($35,505,000).

 De hecho, los fiscales dicen que no sumaron para la totalización del monto de la sentencia de dinero, "todas las facturas", porque hubo dos cantidades que no se contabilizaron en las hojas de cálculo AV y no se presentaron al jurado.

 La acusación contra Díaz y Velázquez se basa en una trama de corrupción ejecutada por Raúl Gorrín y otros, que planearon (y lo hicieron) comprar bonos del Reino Unido desde Venezuela y explotar la diferencia entre el precio de los bonos y tipos de cambio no oficiales. "Para concretar las operaciones los coacusado necesitaban sobornar sus contactos dentro de la tesorería venezolana".

Para Gorrín y sus socios ese “contacto” era Claudia Díaz y su marido, Adrián Velásquez.
  Los fiscales pidieron al juez evaluar los anexos presentados que se usaron para calcular el fallo monetario contra los dos exfuncionarios corruptos.

  En la moción de los fiscales alega que durante los tiempos en los que se produjo la conspiración, Venezuela tenía dos tipos de cambio de dólares a bolívares: no era el tipo de cambio oficial venezolano, que durante el período relevante fue de 4,3 bolívares por dólares y el otro era un "no oficial", "mercado abierto" o tipo de cambio del “mercado negro”.

 El tipo de cambio del mercado negro era fluctuante; por ejemplo, entre junio de 2011 y junio de 2012, osciló entre 8,25 y 9,47 bolívares por por dólar. Los conspiradores compraron bonos del Reino Unido utilizando bolívares venezolanos al tipo de cambio fijo, [esencialmente intercambiando bolívares por libras esterlinas], que luego se convirtieron a dólares estadounidenses.

Luego, los conspiradores cambiarían los dólares a bolívares utilizando el mercado negro más alto.

 El tipo de cambio permitió a los conspiradores (a veces) duplicar su dinero, al comprar bonos a la tasa legal, convertirlos a dólares y venderlos a la tasa del mercado negro, podrían hacer “grandes ganancias”.

A modo de ejemplo:

• Los conspiradores compraron un bono de $ 1 millón, utilizando el cambio fijo de 4,3 bolívares por dólar estadounidense, es decir, $4, 30 millones.

• Los conspiradores vendieron los dólares utilizando el tipo de cambio del mercado negro de 9,39 por dólar estadounidense, recibiendo 9,39 millones de bolívares;

• Como resultado de las transacciones, los conspiradores obtuvieron una ganancia de 5,09 millones de bolívares. Y en la medida que aumentaron las cifras de "inversión" (por ejemplo, bonos de £160 millones).

•Para lograr la aprobación de los dólares preferenciales, los conspiradores pagaron sobornos a Claudia Díaz Guillén, que tenía la potestad de aprobar dichas transacciones.

• En un esfuerzo por ocultar los sobornos que estaba recibiendo, el esposo de Claudia Díaz, Adrián Velázquez, actuó como intermediario de su mujer, aceptando los sobornos en su nombre.

•La Participación de los dos convictos en el Esquema de Intercambio del Tesoro de Venezuela fue notable porque Claudia Díaz era la tesorera de Venezuela después de otro funcionario corrupto y convicto por corrupción y violación de la Ley de Prácticas corruptas en el extranjero, Alejandro Andrade (aunque no de manera consecutiva).

•Mientras Alejandro Andrade era tesorero aceptó mil millones de dólares en sobornos de Raúl Gorrín, un corrupto milloanrio venezolano y otros.

•Cuando Gorrín sobornó a Andrade, no transfirió todo el dinero del soborno a las cuentas del exfuncionario. Por el contrario, Gorrín se aferró a la ganancia.

• Claudia Díaz aceptó la oferta de Raúl Gorrín que incluyó la trama corrupta de la compra de un bono de £160 millones, estafando con ello las finanzas públicas de los venezolanos.

1. Esquema de corrupción usado por Raúl Gorrín

 Según la evidencia, Raúl Gorrín, presidente de Globovisión, buscó aliados de la oficina de tesorería nacional, para ofréceles grandes ganancias, a cambio que hicieran las transferencias a Suiza para la custodia gratuita de instrumentos financieros.
  Una vez que su banco tuviese la custodia de estos instrumentos financieros, ordenaba a los funcionarios de su banco que los vendieran. Debían tener listos a dos propietarios de bancos venezolanos que permitieran la recepción de grandes cantidades de bolívares.

 Las venta de los instrumentos en dólares a los banqueros o empresarios venezolanos, se hacía a precio del dólar libre. El Tesoro Nacional tenía que pagar el bono asignado en bolívares, al tipo de cambio oficial.

 En las instrucciones dadas por Gorrín a los exfuncionarios corruptos, hacía hincapié en que no debían hacer caso "a los daños colaterales de la economía venezolana" con la venta de dólares al precio del mercado dólar.

 En las instrucciones — dadas a conocer en las evidencias presentadas por los fiscales al jurado— Gorrín establecía que "en la tarea de intentar ser el único proveedor de dólares en el mercado venezolano, debes actuar sin escrúpulos". es decir, no debes importarle si los precios de los alimentos, medicamentos, los bienes o servicios aumentaban o no. "Eso es un problema de mercado".

 Gorrín prometió conseguir aliados políticos para defender a Claudia Díaz y a Andrade. "Con las ganancias obtenidas, compré el canal de TV (Globovisión), aseguradoras, casas de bolsa y bancos", e incluso, trató de entrar en el mercado petrolero".

 Gorrín contabilizó los pagos de soborno de Alejandro Andrade y pagó sus facturas tal como éste lo pidió.

 Después que Andrade renunció a la Tesorería de Venezuela, Gorrín le pidió que lo acercarse a Díaz Guillén "para ver si continuaba haciendo con ella las mismas transacciones de cambio monetario que estaba haciendo con él", y en ese sentido, le preguntó si la exenfermera de Chávez aceptaría sobornos de parte de Gorrín para darle prioridad en la compra de bonos.

 En marzo de 2011, Claudia Díaz, Adrián Velázquez y Alejandro Andrade se conocieron en persona en Wellington Florida. El encuentro fue negociado por Gorrín, para asegurar que Díaz. Guillén se convirtiera en tesorera de Venezuela.

 Andrade le planteó el "negocio" a Díaz, quien estuvo de acuerdo y comenzó a hacer los intercambios con Gorrín.

 Después de la reunión en Florida, Velázquez le dijo al entonces amigo y socios de negocios ilícitos. Maximillian Camino Berán que "la reunión fue muy bien y que Díaz probablemente sería la próxima tesorera de Venezuela, lo cual resultó ser correcto".

 Bajo el acuerdo de soborno que Gorrín acordó con Claudia Díaz, el 50% de las ganancias del esquema cambiario eran para la corrupta tesorera, el 25% para Gorrín, y el 25% para Alejandro Andrade.

 Díaz finalmente aceptó pagos de soborno de Gorrín para adjudicar a Gorrín y sus empresas. el derecho a comprar bonos del Reino Unido del tesoro venezolano. Vale destacar que el fisco venezolano podía aceptar o rechazar ofertas de compra de bonos.

 Andrade ingresó al esquema con Díaz y Gorrín, mientras era tesorero, Díaz se reunía semanalmente con Gorrín y con Gustavo Perdomo —quien es cuñado y socio de Gorrín— y por su parte, Velázquez se reunía con Gorrín y Perdomo de dos a tres veces por semana.

 Además, había dos o tres encuentros por semana entre Velázquez y Moisés Ricardo Zapata Ruiz—guardaespaldas de Díaz—que era el encargado de recoger cajas que le enviaba Raúl Gorrín. En dos ocasiones, Zapata vio las cajas abiertas—una que abrió el propio Velázquez, y según su testimonio "estaban llenas de dinero en efectivo".

2. Lavado de dinero proveniente de los sobornos por parte de Díaz Guillén y Velázquez

 Después que Díaz se convirtió en tesorera de Venezuela, ella y su marido cambiaron su estilo de vida “de manera radical", volviéndose "exuberantes" con "muchas propiedades" y "muchos vehículos".

 El jurado también condenó a los demandados por conspiración para cometer lavado de dinero, proveniente de los sobornos que les pagó y les blanqueó Raúl Gorrín.

 Gorrín financió—entre otras compras y pagos a favor de Díaz y Velázquez— 3 jets privados, 2 yates (el Oro y Sean), la empresa de ropa de los demandados (Patric Love), bienes inmuebles, fincas y de10 a 14 vehículos.

 Gorrín hizo pagos a Díaz y Velázquez a través de una variedad de compañías de su propiedad, incluidas las siguientes:Andiron, IBCDB, Bell Site Overseas, Vineyard Ventures, Mahogany, Comercial y Cabo Occidental.

 Gorrín compró tres aviones privados para Díaz y Velázquez, dos de los aviones fueron costaron $5.7 millones y $23.4 millones.

 Otro pago hecho por Gorrín a Díaz se realizó bajo unos contratos identificados como FOREX, firmados por la extesorera. Velázquez ordenó a Unique Jet Aviation que facturara a Gorrín por la compra de un jet privado un total de $6,405,000.

 Los fiscales mostraron las facturas de los pagos de Gorrín a Patric Love, MJ Box Tool, usando las empresas como Interglobal Yacht Sales a Interglobal Yacht Sales y Unique Jet Aviation.

Una de las empresas a través de las cuales los Demandados recibieron los pagos de los sobornos fue Invesco. "Invesco fue sociedad constituida en Panamá por Maximilian Camino, con Velázquez como oficial y accionista".

 Invesco no brindó ningún servicio, no tenía empleados, y no producía ningún producto.

 Velázquez era un signatario autorizado en la cuenta bancaria de Invesco, donde se recibieron únicamente dinero de las coimas.

Velázquez también usó la cuenta de correo electrónico "InvescoCF@gmail.com" como su dirección de correo electrónico en la trama de corrupción.
 Velázquez dispuso que Gorrín pagara los sobornos a través de Invesco. "Para ocultar los sobornos, Maximilian Camino redactó un documento que decía que Velázquez recibió un ingreso anual de $12 millones a través de la firma Invesco".

"En realidad, Velázquez no hizo “nada” para ganar el supuesto salario de $12 millones", dijeron los fiscales.

 Aproximadamente, en octubre de 2012, Maximilian Camino transfirió todas las acciones de Invesco a Velázquez, y a su hermano, a pedido de Velázquez, "porque quería controlar su dinero".

 De manera similar, a petición de Velázquez, Maximilian Camino transfirió el control sobre la cuenta bancaria su socio corrupto.

 Otra empresa a través de la cual Claudia Díaz y su marido recibieron las ganancias de los sobornos fue MJ Box Tool. Velázquez compró MJ Box Tool, una pequeña empresa venezolana de servicios petroleros, en 2012 en para “canalizar el dinero de los sobornos”, de acuerdo a los fiscales.

 Velázquez abrió una cuenta a nombre de la firma MJ Box Tool en en el banco BSI de Suiza. En el tinglado de corrupción también usaron cuentas de Gorrín en Andiron Corp SA en Western Cape.

 En las transferencias había más de $50 millones en activos y esperaban recibir $95 millones en los primeros 12 a 18 meses de "la relación" bancaria.

Y al 31 de diciembre de 2012, MJ Box valía aproximadamente 98,8 millones de dólares.

Los acusados también crearon Patric Love, una empresa de ropa o “couture”, que sería manejada por Díaz después que salió de la oficina de la Tesorería.

 Para "lanzar" Patric Love, los acusados recibieron $4 millones de Gorrín a través de Andiron Corp SA.

 Para rastrear los pagos de sobornos y dar cuenta de los montos que debían a los Demandados (de la misma manera que hizo para Andrade), Gorrín creó hojas de cálculo, que enviaba periódicamente por correo electrónico a los acusados a través de Velázquez.

3. Los Demandados Recibieron al Menos $136,752,007. 46 en pagos de Sobornos

 El testimonio y las pruebas documentales en el juicio establecieron que los acusados recibieron al menos $136.752.007,46 en moneda estadounidense en pagos de sobornos basados en registros bancarios que documentan las transferencias.

 Mientras los Demandados trataban de disfrazar este pago de soborno como el pago de un préstamo, María Mercedes Matsuo testificó que nunca le dijeron que el pago se basaba en un préstamo o que tendría que devolverlo.

 La testigo, que era la encargada de la empresa de ropa de Díaz, aseguró que su firma fue tomada de su pasaporte para falsificar los documentos del préstamo.

 El jurado acreditó el testimonio de la Sra. Matsuo y no creyó que el pago de $4 millones fuera un pago de préstamo.

 Según las hojas de cálculo AV de Raúl Gorrín los demandados se hicieron acreedores de ($79.824.051,46), más ($35,505,000).

 En el juicio, la agente especial de Investigaciones de Seguridad Nacional, Brittney Suárez testificó sobre los documentos bancarios recibidos de Suiza.

 Mirando la cuenta bancaria suiza de Invesco, la agente especial Suárez dijo que las siguientes transferencias electrónicas (por un total de $ 21,422,956) fueron hechas desde las empresas de Gorrin a la cuenta Invesco:

• El 18 de octubre de 2011, $4.134.806,00 de Vineyard Ventures a Invesco, y

• El 26 de enero de 2012, $17.288.150,00 de Bellsite Overseas a Invesco.

 Y finalmente, después de que se cerró la cuenta de Invesco, todos los montos en esta cuenta de Invesco se transfirieron a MJ Box Tool.

 Asimismo, Jailyne Padrón, una contadora forénse de Deloitte que trabaja para HSI, revisó las hojas de cálculo “AV” contenidas en los Anexos de la fiscalía y preparó un cuadro resumido de sobornos que Gorrín pagó a los Demandados, y que aparecen en su propia contabilidad.

 Además, la agente especial Suárez testificó sobre dos cables adicionales en la cuenta bancaria suiza: el 12 de octubre de 2011, $ 1,399,898.02 y el 16 de abril de 2012, $3.840.000,00.

 Si bien las transferencias contenían ganancias de sobornos, eran transferencias entre las cuentas de Invesco y no está claro si estas cantidades se contabilizaron en otra parte.

 Los fiscales no utilizaron estos últimos montos en el cálculo de la sentencia monetaria que pidieron al juez.

 Los fiscales mostraron unas piezas de evidencia que prueban que la cuenta bancaria de MJ Box Tool se cerró y todos los montos se transfirieron a una cuenta a nombre de Niham Corp. Aclararon que el anexo de esta transferencia no fue admitido en el juicio, pero aún puede ser considerado por el juez para revisar el monto de la sentencia.

 Gorrín compró tres aviones para los Demandados: números de matrículas: N90RZ, N64AV y N452AC. "Esos aviones, en total, cuestan $35,505,000". 

La compra de N90RZ fue por $6,405,000, el N64AV por $5,700,000 y la compra de N452AC por $23,400,000.

 En las hojas de cálculo de Gorrín, revisadas por los testigos de la fiscalía, no se contabilizaron la compra de los tres aviones (o yates que compró para su beneficio, incluidos los Oro o Sean).

 Con base en el registro de este caso, el valor total de las propiedades involucradas en los delitos de lavado de dinero de la conspiración de Díaz Guillén y Velázquez y que debe ser objeto de la condena monetaria es de $ 136,752,007.46.

 En el documento, los fiscales dicen que Estados Unidos no ha podido localizar todos los bienes directamente decomisables a Díaz y Velázquez.

 En el cálculo de la sentencia no se incluyen los dos yates (Oro y Sean) debido a la naturaleza poco clara de cómo los barcos fueron financiado. Por tanto, el cálculo del Gobierno es conservador ya que los bienes decomisables no pueden localizarse mediante el ejercicio de la debida diligencia, y hasta ahora no se ha podido determinar si los mismos fueron transferidos, vendidos o depositados con un tercero; o fueron colocados fuera de la jurisdicción de la Corte.

 E Los fiscales piden al juez que "la Corte debe dictar el proyecto de resolución adjunto, en el que se dispone al registro de una sentencia de decomiso de dinero contra los Demandados; la inclusión del decomiso como parte de la sentencia, la condena de los acusados en este caso; y el permiso para llevar a cabo el descubrimiento para localizar los bienes ordenados decomisados.

Díaz y Velázquez no quieren entregar el dinero ni las propiedades

 Los dos exfuncionarios corruptos exigen al juez negar la petición del gobierno de una sentencia de decomiso por más de cien millones de dólares, argumentando que dicha solicitud viola la cláusula de multas excesivas de la Octava Enmienda. (United States v. Seher).

 Alegan los abogados de Díaz Guillén y Velásquez Figueroa que una jurisprudencia de la Corte Suprema en Honeycutt vs. United States, 137 S. Ct. 1626 (2017) prohíbe que el gobierno solicite la sentencia monetaria de más de cien millones de dólares y prohíbe que el gobierno atribuya esa misma cantidad a cada Demandado como responsable solidario.

 Igualmente, argumentan que una condena, por sí sola, no autoriza al gobierno a obtener una sentencia monetaria de más de cien millones de dólares. "Aquí, es responsabilidad del gobierno probar el monto del decomiso mediante una preponderancia de la evidencia", dice la defensa.

  

jueves, 26 de enero de 2023

Maikel Moreno, expresidente del TSJ chavista, fue acusado por EE. UU. de aceptar sobornos millonarios para resolver casos judiciales


  Un gran jurado federal de Miami acusó formalmente a Maikel José Moreno Pérez, de 57 años, expresidente del Tribunal Supremo de Venezuela y actual juez, de conspirar para lavar y lavar sobornos que recibió a cambio de usar su cargo para resolver asuntos civiles y penales. casos en Venezuela para favorecer a los sobornadores.

 Según los documentos de acusación penal, como presidente de la Corte Suprema de Venezuela, Moreno tenía el poder de influir en las decisiones judiciales en Venezuela porque tenía la autoridad para determinar el panel de jueces que escucharían casos en la Corte Suprema y el poder para nombrar o destituir a menores. jueces de los tribunales de primera instancia y de apelación en Venezuela. Esta actividad se prolongó desde 2014 hasta marzo de 2019.

 Se alega que Moreno recibió más de $10 millones de dólares en sobornos, generalmente de contratistas venezolanos que habían recibido contratos de entidades estatales venezolanas. 

  En 2014, antes de su nombramiento como presidente de la Corte Suprema, recibió $1 millón mediante transferencias electrónicas a su cuenta bancaria personal en Miami de un contratista venezolano. Este dinero fue para acordar resolver futuros casos penales venezolanos a favor de este contratista.

 Durante su mandato en la Corte Suprema, Moreno recibió sobornos a cambio de influir en acciones en casos penales, incluida la desestimación de cargos penales y órdenes de arresto o la orden de confinamiento domiciliario para los acusados, según los documentos de acusación penal. 

  Moreno recibió sobornos de un contratista acusado en los Estados Unidos de un esquema de fraude multimillonario para que se desestimara un caso penal venezolano. También recibió sobornos a cambio de tomar acciones oficiales en casos civiles venezolanos. Estuvo de acuerdo en autorizar la incautación judicial de una planta automotriz de General Motors (valorada en aproximadamente $100 millones) como parte de una disputa civil a cambio de un porcentaje de participación en las ganancias de la venta de la planta, se alega. Mantuvo un libro de sobornos que rastreaba millones de dólares en sobornos entrantes y gastos personales.

  Moreno supuestamente usó los ingresos de los sobornos para comprar o renovar bienes inmuebles en todo el mundo, incluida una villa en la Toscana, Italia, por 2,4 millones de euros, una villa de lujo en La Romana, República Dominicana, por $1,5 millones, un edificio en Las Mercedes en Caracas, Venezuela, por $1,3 millones, y un apartamento en Miami por $1,3 millones. También usó las ganancias de los sobornos para comprar automóviles, artículos de lujo, viajes de lujo y más de $300,000 para una actuación musical en su boda.

  Los fiscales acusan a Moreno de un cargo de conspiración para cometer lavado de dinero, un cargo de encubrimiento de lavado de dinero y dos cargos de participación en transacciones de propiedad derivada de actividades delictivas.

  Los cargos de lavado de dinero conllevan cada uno una sentencia máxima de 20 años y los cargos de participar en transacciones en bienes derivados de actividades delictivas cada uno conlleva una sentencia máxima de 10 años.



sábado, 10 de diciembre de 2022

Juicio en EE. UU. de la enfermera y el escolta de Hugo Chávez: Adrián Velázquez pasó de ser miembro de la Casa Militar de Venezuela a un millonario empresario petrolero (II)

   El juicio que se realiza en la Florida contra los exfuncionarios venezolanos en las últimas dos semanas, no ha sido ampliamente reseñado en los medios de comunicación corporativos, ni en venezolanos. Esta semana se conocerán los veredictos de ambos acusados de delitos de corrupción y blanqueo de capitales.


   Pocos hechos podrían sorprender a los venezolanos luego de casi 23 años de férreo dominio del régimen chavista en Venezuela. No obstante, hay declaraciones que aún producen estupor. En el juicio por corrupción y lavado de dinero que se sigue a la 'enfermera de Hugo Chávez" que trepó y se convirtió en Tesorera de la Nación y el de su marido, Adrián Velázquez Figueroa que pasó de ser un escolta del fallecido líder bolivariano a un potentado millonario salieron a relucir detalles de la pareja que logró acumular una fortuna inexplicable. Como si se tratara de una película de ciencia ficción,  los abogados de Velázquez Figueroa dijeron ante el juez del Distrito, William P. Dimitrouleas  a la hora de pedir la desestimación de los cargos que el exmilitar era rico. Sí, así como lo leen. Rico¡¡¡. Su enorme patrimonio provino de las ganancias de sus empresas ESTABLECIDAS. El exmilitar venezolano es dueño de una escuela de buceo, una panadería y logró ganar mucho dinero gracias un contrato con una empresa de extracción de petróleo. Bajo ningún concepto insinúan los argumentos la inmensa riqueza se deriva de los negocios ilegales que hizo con Raúl Gorrín, Leonardo González Dellán y otros sujetos, mientras su esposa era la Tesorera de Venezuela, un país que ahora está carcomido por la corrupción, con más de 7 millones de desplazados que huyen del hambre y la miseria.

  Díaz Guillén ejerció como Tesorera Nacional de Venezuela en sucesión a Alejandro Andrade, mientras que su esposo fue jefe de seguridad del finado mandatario. En el ejercicio de estas funciones, la acusada y su cónyuge habrían recibido unos USD 65 millones en sobornos por parte de Gorrín.

   Las defensas de Claudia Díaz Guillén y Adrián Velázquez Figueroa pidieron al tribunal, en el marco del juicio que se les sigue, desestimar la acusación y declarar el juicio nulo. 

  El abogado de Velázquez Figueroa planteó que su cliente es rico, pero no de manera ilegal, que la fortuna es producto de una extensa red de negocios legalmente establecidos, y que los millones de dólares que, según los fiscales, viene de de la corrupción, realmente llegaron a sus arcas después que la acusada saliera de su cargo como tesorera de la nación. 

  El 'consorcio' de empresas de Adrían Velázquez incluye una panadería, una escuela de buceo y un contrato con una empresa de extracción de petróleo, entre otros.

    La argumentación del abogado Andrew S. Feldman del escritorio jurídico Feldman Firm PLLC dejó perplejos a los fiscales encargados de la investigación que ha durado años, y que contó con la testificación de uno de los principales actores del esquema de corrupción que se ejecutó para esquilmar más de 2.800 millones de dólares a las arcas del tesoro venezolano, Alejandro Andrade. 

   El juicio de Claudia Díaz Guillén y Adrián Velázquez Figueroa está en la etapa final, luego de dos semanas de audiencias con el jurado donde han testificados varios testigos de la fiscalía, incluyendo al extesorero corrupto, Alejandro Andrade Cedeño, quien fue condenado, y tras su colaboración con los fiscales, se convirtió en testigo estrella de este caso.

La enfermera de Chávez pide sin éxito su libertad

  La abogada de Claudia Díaz Guillén también pidió que se anulara el juicio de su cliente. Marissel Descalzo de Tache, del bufete Bronis & Descalzo PA, dijo que nunca existió "una conspiración para lavar dinero porque las compras de bonos se realizaron en un intercambio público establecido por el presidente venezolano Hugo Chávez antes de su muerte en 2013".  Esta moción también fue desestimada.

Los fiscales insisten en la corrupción de los acusados

   Los fiscales estadounidenses explicaron en la Corte, presidida por el juez federal, William P. Dimitrouleas, que Claudia Díaz Guillén y Adrían Velázquez cometieron delitos al participar acciones ilegales que les trajo enormes beneficios económicos. Ambos exfuncionarios venezolanos cometieron actos de corrupción y la conspiración instrumentada, tal como lo demuestra, según aseguraron, la evidencia. 

  La fiscalía señaló a Díaz Guillén y a Velásquez Figueroa de quebrantar la ley cuando enviaron fondos irregulares a Estados Unidos y mediante transferencias bancarias que daban cuerpo a la trama de corrupción instrumentada por los acusados.

  El fiscal Paul A. Hayden argumentó que Díaz Guillén no tenía que aceptar el soborno mientras estaba en el cargo, pero dejando de lado su responsabilidad como funcionaria pública, aceptó el trato y recibió coimas que luego blanqueó en el sistema financiero de los Estados Unidos y otros países.

  El juez federal de distrito William P. Dimitrouleas negó la moción de la defensa.

El juicio continúa el lunes 12 de diciembre en Fort Lauderdale.


jueves, 13 de octubre de 2022

Otro corrupto de CITGO -PDVSA, José Luis De Jongh, pidió a la Corte de EE. UU. prorrogar la sentencia por delitos de lavado de dinero

La solicitud se formuló sin oposición de la fiscalía.

Por Maibort Petit

 Aunque estaba prevista para el  pasado 12 de octubre, la lectura de la sentencia contra José Luis De Jongh Atencio, acusado de delitos de corrupción lavado de dinero, sus abogados pidieron al Tribunal del Distrito Sur de Texas, prorrogar la fecha en razón de una serie de imprevistos que impidieron la preparación de las partes. De Jongh Atencio se declaró culpable y busca reducir su sentencia al máximo.

  De Jongh Atencio fue acusado el 16 de julio de 2020 de seis cargos, el primero de ellos, por el delito de Conspiración para lavar dinero; del segundo al quinto cargo, por la comisión del delito de Lavado de dinero; y el sexto cargo por Lavado de Dinero. El 22 de marzo de 2021 se declaró culpable de la comisión de los referidos delitos y aceptó cooperar plenamente con los EE. UU., así como no oponerse al decomiso de bienes contemplado en el acuerdo.

  La sentencia de José Luis De Jongh Atencio ha sido objeto de varias prórrogas, pues en un principio se esperaba para el 10 de febrero de 2022, pero fue reprogramada por el juez de la causa, Gray H. Miller, para el 14 de enero, cuando tampoco se llevó a cabo. En dicha oportunidad se fijó un nuevo cronograma que estipuló la lectura para el 6 de julio, la finalización del Informe Previo de la Sentencia (PSR), la objeción al mismo para el 20 de julio, el 3 de agosto para presentarlo y, finalmente, el 10 de agosto para el dictado de sentencia.

La solicitud

 Esta nueva prórroga se produce a petición del propio De Jongh Atencio, quien solicitó a Gray H. Miller, juez principal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Texas, División de Houston, extender en el calendario la fecha de la lectura, pedido que formuló sin oposición de la fiscalía.

  Expuso el acusado ante el magistrado que el Informe de Investigación Previa a la Sentencia (PSI) debió presentarse el 7 de septiembre de 2022, pero el Departamento de Libertad Condicional recibió materiales adicionales del Gobierno, los cuales son necesarios para completar dicho informe PSI.

  Asimismo, a través de su abogado, Nicole DeBorde Hochglaube, el acusado expuso a la Corte que tuvo su entrevista de PSI el 16 de septiembre de 2022, cuyos datos aún estaban siendo compilados.

  Por tanto, José Luis De Jongh solicitó más tiempo al tribunal, a objeto de que todos los materiales relevantes puedan ser recopilados, evaluados por su abogado defensor. Agregó que la fiscalía y él continuaban trabajando sobre un posible acuerdo sobre el juicio monetario.

jueves, 15 de septiembre de 2022

EE. UU.: Exalcalde de Guanta, Jhonnathan Marín Sanguino será sentenciado por delitos de corrupción y lavado de dinero en octubre 2022

  Inicialmente la lectura de la condena estaba prevista para el 12 de septiembre del presente 2022.

Por Maibort Petit

  El juez del Distrito Sur de Nueva York, Robert N. Scola Jr. aprobó la solicitud hecha por los abogados del exalcalde chavista de Guanta, estado Anzoátegui, Jhonnathan Teodoro Marín Sanguino, procesado por delitos de corrupción y lavado de dinero, para el 26 de octubre de 2022. 

  Previamente, la Corte del Distrito Sur de la Florida había dictado una orden de decomiso por USD 3.800.000, equivalentes a los fondos irregulares recibidos en sus cuentas bancarias en Estados Unidos, provenientes de sobornos otorgados por contratistas de Petróleos de Venezuela S.A. que buscaban a través de su intermediación, hacerse de contratos millonarios con la estatal.

   Hay que destacar que los activos de Marín Sanguino, así como los de su socio en las negociaciones irregulares en PDVSA, el exzar de la Faja Petrolífera del Orinoco, Pedro León Torres, han sido objeto de controversia en los tribunales estadounidenses, toda vez que personas señaladas como sus testaferros han emprendido una serie de diligencias en procura de hacerse de los bienes de los acusados. Ante estos intentos, el juez Scola ha frenado estas iniciativas al favorecer la posición de la fiscalía que se negaba a ello[1].

  Marín Sanguino fue acusado el 21 de abril de 2022 por la Fiscalía de los Estados Unidos de un cargo de conspiración para cometer lavado de dinero. En la trama de corrupción que ha llevado al exfuncionario chavista al banquillo de los acusados en Nueva York, este usó su posición política y de poder, para beneficiar a empresarios que suministran bienes y servicios a PDVSA y que en la acusación del gobierno se identifican como Co-conspirador 1 y 2. El segundo de estos elementos fue identificado por la fiscalía como Carlos Enrique Urbano Fermín, propietario de la Constructora Cuferca C.A., quien igualmente es procesado por blanqueo de capitales en una corte de Florida en la que se declaró culpable[2].

Veamos a continuación detalles de las últimas diligencias del caso.

Orden Preliminar de Decomiso

  El 4 de agosto de 2022, Robert N. Scola Jr., Juez del Distrito Sur de Nueva York emitió una orden preliminar de decomiso contra Jhonnathan Marín Sanguino.

  La acusación en su contra contemplaba el decomiso de todos los bienes, inmuebles o muebles que derivaran de las ganancias atribuibles al delito de conspiración para cometer lavado de dinero que se le imputó. El 23 de junio de 2022, el tribunal aceptó la declaración de culpabilidad que Marín Sanguino presentó y en la que convino una sentencia de decomiso de dinero por la cantidad de USD 3.800.000.

  Dicha cantidad es equivalente a los sobornos que Jhonnathan Marín Sanguino recibió entre 2013 y 2017 cuando se desempeñó como alcalde de Guanta (estado Anzoátegui) a cambio de influir en los funcionarios de PDVSA encargados de aprobar contratos millonarios a las empresas que aparece en la acusación y se identifican como Co-conspirador 1 y 2, las cuales proporcionaban bienes y servicios a la petrolera. Los pagos de los citados sobornos se efectuaron a través de cuentas bancarias en bancos de Florida.

 Marín Sanguino recibió el dinero en cuentas controladas por él, familiares y otros, que en parte fue destinado a la compra de propiedades en Florida.

  El juez Scola dictó la sentencia de decomiso por USD 3.800.000 contra Jhonnathan Teodoro Marín Sanguino y autorizó el descubrimiento que conduzca a identificar, ubicar o disponer de bienes decomisados y para resolver cualquier petición de terceros.

 El magistrado dejó establecido que el Tribunal conservará la jurisdicción en el caso para hacer cumplir la orden la cual podrá modificar o bien dictar otras órdenes según sea necesario.

Marín Sanguino solicita continuación de la pena

 El 6 de septiembre de 2022, Michael B. Nadler, abogado de Jhonnathan Marín Sanguino, presentó ante la Corte del Distrito Sur de Nueva York una moción sin oposición, a objeto de prolongar la sentencia hasta, por lo menos, el 24 de octubre de 2022.

  La sentencia de acuerdo a lo programado, estaba prevista para ser dictada el 12 de septiembre de 2022.

  Marín Sanguino fue acusado el 21 de abril de 2022; tuvo su comparecencia inicial el 25 de abril de 2022; se declaró culpable de un cargo de conspiración para cometer lavado de dinero el 23 de junio de 2022.

  Ahora, por primera vez, se solicita la continuación de la pena y Nadler advierte que la solicitud no debe interpretarse como el deseo de crear una demora injustificada. Además, advirtió el abogado que estaría fuera de la ciudad en la fecha programada y la semana siguiente.

 En tal sentido presentó una propuesta de orden de aplazamiento al tribunal y el juez Scola aprobó que la misma fuera el 26 de octubre a las 8:30 AM.

REFERENCIA

[1] Venezuela Política. “Juez bloqueó nuevo intento de los testaferros de Jhonnathan Marín y Pedro León Torres por hacerse de activos decomisados por EE. UU.” 20 de mayo de 2022. https://www.maibortpetit.info/2022/05/juez-bloqueo-nuevo-intento-de-los.html

[2] Venezuela Política. “Justicia de EE. UU. : El caso del exalcalde de Guanta, Jhonnatan Marín está relacionado con el empresario corrupto, Carlos Enrique Urbano Fermín (CUFERCA)”. 16 de mayo de 2022. https://www.maibortpetit.info/2022/05/jhonnatan-marin-un-chavista-corrupto.html


 

miércoles, 31 de agosto de 2022

Miami: Así marcha el caso criminal contra Naman Wakil, el hombre que hizo negocios con el exministro de alimentos chavista, Carlos Osorio

   En el sistema financiero estadounidense habría lavado los fondos mal habidos en sus relaciones con el chavismo.

Por Maibort Petit

   Desde que se produjo su arresto el 3 de agosto de 2021[1] —luego de llevar a cabo una larga investigación por parte de la fiscalía y agencias del gobierno de los EE. UU.— la causa contra Naman Wakil se ha desarrollado en el Tribunal de Distrito del Sur de Florida en Miami, donde las partes mueven sus fichas para establecer la veracidad de los cargos de corrupción y lavado de dinero que un gran jurado determinó que le eran imputables al empresario de origen sirio, con una larga trayectoria de supuestas negociaciones irregulares con el régimen venezolano.

  Sus relaciones con el chavismo lo llevaron a amasar una fortuna que solamente en la cuenta de un banco suizo había $ 400 millones. Una “gran hazaña” si se toma en cuenta que se inició como vendedor ambulante en Venezuela. Desde entonces, el fraude habría sido la impronta de sus negocios, toda vez que se dice que compraba alimentos a punto de vencerse y la negociaba con el estado venezolano con sobreprecio, gracias a sus relaciones con el mayor general, Carlos Osorio, exministro de alimentación[2].

 Wakil, quien reside en el sur de Florida desde hace varios años, estaría, supuestamente habría participado en un esquema corrupto consistente en el pago de sobornos a funcionarios venezolanos a cambio del otorgamiento de millonarios contratos de la estatal Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), y de la Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas (CASA). Los fondos de estas negociaciones irregulares presuntamente eran lavados en el sistema financiero de los Estados Unidos.

 Los cargos presentados contra Naman Wakil en la acusación formulada por el Gran Jurado el 29 de julio de 2021 son: conspiración para violar la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA), violar la FCPA, conspiración para cometer lavado de dinero, lavado de dinero promocional internacional y tres cargos de participación en transacciones que involucran bienes derivados de actividades delictivas.

  Entre 2010 y 2017, supuestamente Wakil conspiró con otros con el propósito de sobornar a funcionarios de CASA, así como también a funcionarios de PDVSA y las empresas mixtas a esta última asociadas, a quienes habría sobornos para obtener al menos $ 250 millones en contratos para vender alimentos a la referida corporación de alimentos venezolana y para lograr contratos con la estatal petrolera y las empresas conjuntas afiliadas a ella por al menos USD  30 millones.

  El dinero de los sobornos, supuestamente fue lavado por Naman Wakil mediante el esquema corrupto en el que desde y hacia cuentas bancarias ubicadas en el sur de Florida hacía circular los fondos. También habría comprado 10 apartamentos, un avión de $ 3.5 millones y un yate de $ 1.5 millones, entre otros bienes.

  De acuerdo a la acusación, una serie de transferencias y operaciones bancarias evidenciarían los manejos irregulares llevados a cabo entre Wakil, los funcionarios venezolanos de CASA, los de PDVSA, de Petropiar S.A. y de Petromiranda S.A., con las empresas de comida y petroleras de empresario sirio, valiéndose de las cuentas bancarias en EE. UU., Suiza y las Islas Caimán[3].

La fianza

  Naman Wakil pagó una alta fianza a objeto de enfrentar el proceso judicial en su contra en libertad.

  El 18 de agosto de 2021, la juez Lauren. F. Louis, del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para Distrito Sur de Florida, División de Miami, estableció una fianza que el acusado, Namam Wakil y sus fiadores, acordaron pagar.

Así, reconocieron su obligación de pagar a los Estados Unidos de América, la suma de $ 50.000.000, de los cuales, $ 21.248.434,25 serían depositados en la Secretaría del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para Distrito Sur de Florida, División de Miami.

  Algunas condiciones conllevaba el otorgamiento de dicha fianza, como la obligación de comparecer ante el Tribunal y en cualquier otro lugar en el que se requiera, de acuerdo con todas y cada una de las órdenes e instrucciones relacionadas el caso, incluida la comparecencia por violación de una condición de liberación del acusado, según lo ordene este Tribunal o cualquier otro Tribunal de Distrito de los Estados Unidos.

No puede salir del país

  Queda entendido que Wakil no puede viajar fuera del Distrito Sur de Florida a menos que el Tribunal lo apruebe antes de dicho viaje. El Distrito Sur de Florida consta de los siguientes condados: Broward, Highlands, Indian River, Martin, Miami-Dade, Monroe, Okeechobee, Palm Beach y St. Lucie.

  El acusado tampoco puede cambiar su dirección actual sin previa notificación y aprobación del Oficial de Libertad Condicional de los EE. UU. o del Tribunal.

  Naman Wakil debe cooperar con los agentes del orden público en la recolección de una muestra de ADN si la recolección es requerida por 42 U.S.C. Sección 14135a.

 Se compromete a no violar ninguna ley federal, estatal o local mientras esté en libertad por este caso. Si llegara a entrar en contacto con la policía, deberá notificar al oficial de libertad condicional de los EE. UU. dentro de las 72 horas.

   El 4 de octubre de 2021, Lauren F. Louis, juez del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para Distrito Sur de Florida, División de Miami, declaró abierta la causa de los Estados Unidos contra Naman Wakil, presentada ante esa instancia judicial.

  El 6 de octubre, de 2021, la juez Louis estableció una fianza personal de 50 millones de dólares y una fianza en efectivo de 21,3 millones de dólares que debían depositarse en el registro del Tribunal.

  Naman Wakil, acusado de los delitos de Conspiración para violar la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero; violación a Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero; Conspiración para cometer lavado de dinero; Lavado Internacional de Instrumentos Monetarios; y Participar en Transacciones en Bienes Derivados Criminalmente; debía permanecer en confinamiento domiciliario con monitoreo por GPS pagado por el demandado.

El demandado accedió en comparecer a través de video.

Calendario procesal

  El 4 de noviembre de 2021, Kathleen M. Williams, juez del Distrito Sur de Florida, estableció el calendario del juicio contra Naman Wakil a desarrollarse en dos semanas que comenzarían el 20 de diciembre de 2021. De no ser juzgado durante dicho período, se reiniciaría para cada calendario de juicio sucesivo hasta que se juzgue o resuelva.

  Llamó a todos los abogados a estar presentes por Video Zoom a las 11:00 a. m. el 14 de diciembre de 2021, en la Sala 11-3 del Palacio de Justicia de los Estados Unidos, 400 N. Miami Avenue, Miami, Florida.

  Respecto al Descubrimiento, la juez Williams ordenó que todas las respuestas a la Orden Permanente de Descubrimiento y/o la Regla Local 88.10 se proporcionará de manera oportuna. Advirtió que si no se proporciona un descubrimiento oportuno sin la aprobación previa del Tribunal para una extensión de tiempo, podría resultar en la imposición de sanciones, incluida la exclusión de pruebas.

 Dijo que las notificaciones 404(b) debían incluir por escrito una descripción fáctica específica de la naturaleza general de la evidencia extrínseca que se busca presentar.

  Sobre las mociones, la magistrada recordó que las mociones previas al juicio en casos penales deben cumplir con la Regla Local 88.9, presentarse dentro de los 28 días posteriores a la lectura de cargos del acusado a quien se aplica la moción, excepto las que surjan de un evento posterior a la lectura de cargos, las cuales se presentarán dentro de un tiempo razonable después del evento. Las respuestas a las mociones se presentarán antes de la fecha límite establecida por la Regla Local 7(c)(1).

  A menos que se indique lo contrario, las mociones no serán remitidas a un juez de instrucción y deberán ir acompañadas de una declaración escrita que certifique que el abogado de la parte actora ha consultado con el abogado contrario en un esfuerzo de buena fe para resolver por acuerdo el tema de la moción según lo requiere la Regla Local 88.9.

 Subrayó que todas las mociones de continuación deben hacerse por escrito y presentarse al menos 48 horas antes de la llamada de calendario. Las mociones in limine también deben presentarse por escrito antes de la convocatoria de calendario.

  La juez instruyó para que partes presenten propuestas de preguntas de voir dire, propuestas de instrucciones para el jurado y listas de anexos propuestos antes de la convocatoria de calendario.

 Igualmente, ordenó que todas las solicitudes de Writs Ad Testificandum se presenten a más tardar 14 días hábiles antes del primer día del período de prueba programado para garantizar el tiempo adecuado para el procesamiento.

 Determinó que las si cualquiera de las partes busca presentar transcripciones en el juicio, la parte solicitante deberá presentar una copia a todos los abogados por lo menos 10 días antes de la fecha programada para el juicio.

  Llamó a los abogados a hacer arreglos con la Oficina de Prisiones para la vestimenta apropiada para el acusado bajo custodia antes de la fecha programada para el juicio. También alertó que se notifique al Tribunal si se requiere un intérprete, al menos 24 horas antes de cualquier audiencia o juicio.

  Finalmente, la juez Kathleen M. Williams ordenó que los elementos de prueba que se ofrecerán como prueba sean etiquetados previamente de acuerdo con la lista de elementos de prueba propuestos. Las etiquetas de exhibición incluirán el número de caso.

Fiscalía responde a la orden de Descubrimiento

  Michael N. Berger, asistente del Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, Juan Antonio González, presentó ante el tribunal homónimo, la respuesta del gobierno a la orden permanente de descubrimiento emitida por la referida corte.

  En primer lugar, la Fiscalía refirió que no tenía conocimiento de ninguna declaración escrita hecha por el acusado a la policía, así como tampoco de ninguna declaración oral hecha por éste a cualquier persona conocida por él como agente del orden público.

  Informó que ningún acusado testificó ante el Gran Jurado y entregó una copia del NCIC de los demandados.

  Subrayó que los libros, papeles, documentos, fotografías, objetos tangibles, edificios o lugares que el gobierno tenga la intención de utilizar como prueba en el juicio para probar su caso principal, o que hayan sido obtenidos o que pertenezcan al acusado, podrán ser inspeccionados en un momento mutuamente conveniente en la Oficina del Fiscal de los Estados Unidos. Se fijó tentativamente el 13 de diciembre de 2021 a las 14:00 horas para ello. .

  Advirtió que los anexos a esta respuesta de descubrimiento no son necesariamente copias de todos los libros, papeles, documentos, etc., que el gobierno pueda tener la intención de presentar en el juicio.

  Informó que no se realizaron exámenes físicos o mentales ni pruebas o experimentos científicos en relación con este caso.

  La Fiscalía solicitó la divulgación y producción de los materiales enumerados en los puntos 1, 2 y 3 de la Sección B de la Orden Permanente de Descubrimiento. Se comprometió a divulgar cualquier información o material que pueda ser favorable sobre los temas de culpabilidad o castigo, así como también información de cualquier pago, promesa de inmunidad, clemencia, trato preferencial u otros incentivos hechos a posibles testigos del gobierno. También precisó que divulgará cualquier condena previa de cualquier presunto co-conspirador, cómplice o informante que testifique para el gobierno en el juicio.

  El gobierno aseguró que informará oportunamente al acusado de su intención, si la hubiere, de presentar durante su caso prueba principal de evidencia de conformidad con F.R.E. 404(b). Igualmente, notificó que todas las pruebas puestas a su disposición para su inspección, así como todas las declaraciones divulgadas en este documento o en cualquier carta de descubrimiento futura, pueden ofrecerse en el juicio.

  Se hizo mención a que la acusación refiere que Naman Wakil pagó sobornos a los funcionarios venezolanos 1 y 2 (altos funcionarios de la empresa estatal de alimentos de Venezuela llamada CASA) de 2010 a 2014 y luego blanqueó el producto de esos sobornos en el Distrito Sur de Florida en años posteriores. Advirtió que también puede presentar pruebas de que igualmente les pagó sobornos entre los años 2007 y 2010. Considera el gobierno que dichas pruebas constituyen pruebas inextricablemente entrelazadas.

  La acusación formal contiene acusaciones de que el acusado pagó sobornos al Funcionario venezolano 3 (alto funcionario de Petromiranda) y al Funcionario venezolano 4 (alto funcionario de Petropiar) entre 2014 y 2017. El gobierno puede presentar pruebas de que el acusado pagó sobornos a otros funcionarios de Petromiranda y Petropiar durante este período. El gobierno cree que tales pruebas, y la manera en que se presentarían en el juicio, constituyen pruebas inextricablemente entrelazadas, pero las menciona aquí con mucha precaución.

Wakil pide más libertad

  El 20 de diciembre de 2021, Stephen James Binhak de la firma The Law Office of Stephen James Binhak PLLC; Jackie Perczek y Howard Srebnick, del despacho Blank Srebnick P.A., abogados de Namal Wakil, presentaron ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, una Moción para modificar las condiciones de liberación de su cliente.

 Wakil requirió de la Corte le fuera permitido viajar por todo el condado de Miami-Dade desde las 9:00 am hasta las 9:00 pm todos los días.

  Expuso que desde la primavera de 2019, conocía que era investigado por la Oficina del Fiscal Federal en Miami por violaciones de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero y delitos relacionados. Destacaron que durante estas averiguaciones Wakil nunca huyó y, de hecho, fue arrestado en su casa en Miami.

  Refiere que  la acusación de que fue objeto por un gran jurado federal, estuvo acompañada de un conjunto de decomisos que le permitieron a Estados Unidos presentar litispendencia contra las propiedades de Naman Wakil y sus empresas, así como congelar sus cuentas bancarias personales y corporativas.

  En el transcurso de la investigación de la que estaba al tanto, Wakil transfirió los ingresos de una cuenta bancaria en Suiza a una cuenta bancaria en Florida, lo que aumentó la cantidad de dinero que Estados Unidos pudo incautar, pero también demuestra los fuertes lazos del demandado con Estados Unidos y su deseo de permanecer en el país.

  Subraya la moción que aun cuando la acusación no contempló dos de las cuentas bancarias de Wakil, a saber, una en suiza a su nombre y la de su esposa con aproximadamente $21 millones; asimismo otra cuenta suiza a nombre de su esposa con $ 5 millones que el acusado transfirió a EE. UU. y ahora, la cuenta más grande está en el registro del Tribunal y sirve como la parte en efectivo de la fianza. Entretanto, los ingresos de la cuenta más pequeña se colocaron en una cuenta controlada exclusivamente por el ex agente y abogado del FBI, Ross Gaffney, para mantenerlos en depósito y desembolsarlos únicamente para los gastos familiares ordinarios. Naman Wakil no tiene autoridad de firma sobre esta cuenta.

  Destaca la moción que Wakil también tiene fuertes lazos con los Estados Unidos del que es residente permanente desde 2009, con domicilio en Miami. Indicaron que aparte de unas vacaciones en Europa y unas vacaciones en las islas del Caribe, Wakil no ha salido de los Estados Unidos desde 2012 y entregó su pasaporte venezolano.

  También refirieron que ha vivido en la misma casa durante los últimos 9 años con su esposa de 24 años y tres hijos en edad universitaria.  

 Advirtieron que Naman Wakil no tiene acceso al avión privado en el que su esposa tiene participación, como tampoco es directivo de la empresa que lo  ministra, a saber, Citation X17 Ventures, LLC.

  Reiteró que Wakil solamente deja su casa para asistir a la iglesia, visitar a sus abogados y asistir a una conferencia de descubrimiento en la Oficina del Fiscal de los Estados Unidos. Del mismo modo subrayaron la sólida relación que el demandado mantiene con su oficial de libertad condicional.

  Consideraron los abogados que un toque de queda era más que suficiente para garantizar la comparecencia de Wakil en el juicio, en lugar del arresto domiciliario.

  Dado que Naman Wakil ha gravado voluntariamente los activos que controla, y los Estados Unidos gravaron sus otros activos, está demostrado que no tiene ningún incentivo para abandonar EE. UU.donde mantiene sus vínculos familiares.  Recordaron que  aunque nació en Siria, el acusado no tiene pasaporte sirio y aunque es ciudadano venezolano, no ha estado en Venezuela desde 2012, aparte de que entregó dicho documento de identidad a su oficial de libertad condicional.

 Segunda respuesta de EE. UU. a la orden de Descubrimiento

  Michael N. Berger, asistente del Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, Juan Antonio González, presentó la Segunda respuesta de los Estados Unidos a la orden permanente de descubrimiento.

 En esta ocasión, el gobierno entregó presentaciones judiciales (orden ex parte), producciones del gran jurado (registros bancarios), transcripciones del gran jurado de declaraciones de testigos, registros de un MLAT (registros bancarios de Suiza), informe de perito en derecho venezolano, informes de entrevistas de testigos, solicitudes de visa estadounidense de varias personas y documentos proporcionados por testigos.

  El fiscal Berger refirió que esta Segunda Respuesta tenía por objeto aclarar de la respuesta inicial que el Gobierno puede presentar un testigo experto relacionado con la ley venezolana y una explicación de su prohibición de soborno/corrupción.

REFERENCES

[1] Department of Justice. “Executive Arrested and Charged for Bribery and Money-Laundering Scheme”. 4 de Agosto de 2021. https://www.justice.gov/opa/pr/executive-arrested-and-charged-bribery-and-money-laundering-scheme

[2] Venezuela Política. “Namam Wakil: De vendedor ambulante a contratista millonario del chavismo”. 17 de agosto de 2021. https://www.maibortpetit.info/2021/08/namam-wakil-de-vendedor-ambulante.html

[3] Venezuela Política. “Así se acusa a Naman Wakil en el Tribunal del Sur de la Florida”. 10 de septiembre de 2021. https://www.maibortpetit.info/2021/09/asi-se-acusa-naman-wakil-en-el-tribunal.html


miércoles, 20 de julio de 2022

Constructor beneficiario de los pagos de Interamerican Consulting se negó a declarar en el juicio de PDV USA contra la empresa de David Rivera

   A cada pregunta relacionada con los pagos del contrato suscrito entre la la filial de PDVSA en EE. UU. y la empresa del excongresista, David Rivera, la respuesta fue una negativa.

Por Maibort Petit

   En una deposición que tuvo lugar el 8 de marzo de 2022 en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, Hugo Perera, propietario de PG & Associates, se acogió a lo establecido en la Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos y evitó responder todas las preguntas que se le formularon en torno al caso que se ventila en dicha instancia judicial, donde PDV USA Inc. demanda a Interamerican Consulting Inc., por incumplimiento de contrato.

  Perera, según rezan documentos judiciales, habría sido uno de los destinatarios de los USD 20 millones que David Rivera, a través de su compañía, Interamerican Consulting Inc., recibió de CITGO Petroleum Corporation a raíz del contrato suscrito con PDV USA Inc. Hugo Perera es un desarrollador urbanístico con antecedentes penales por haber estado incurso en actividades de narcotráfico en el Sur de Florida.

  Los documentos revelan que Rivera destinó el dinero al pago de los servicios de tres subcontratistas, entre ellas, PG & Associates y Agronomics, propiedad de Perera. Las citadas firmas de acuerdo a la reseña, recibieron seis pagos por USD 625.000, uno de USD 1.1 millones, que totalizaron USD 4.85 millones entre marzo y noviembre del 2017.

  Los otros pagos estuvieron dirigidos Communications Solutions Inc., empresa de la operadora política Esther Nuhfer, la cual fue beneficiaria de tres pagos de USD 750.000, dos por USD 625.000 y uno por USD 1 millón que sumaron USD 4.5 millones. Raúl Gorrín habría sido el tercero de los receptores, es específico, USD 3.75 millones, los cuales recibió a través de su empresa Interglobal Yacht.

El interrogatorio

   Durante la sesión ocurrida en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York el 8 de marzo de 2022, el abogado de PDV USA Inc., Brady M. Sullivan, preguntó una y otra vez a Hugo Perera pormenores del presunto esquema de lavado de dinero en el que estarían involucrados, él, David Rivera, Raúl Gorrín y Esther Nuhfer, entre otros.

  La respuesta a esta y todas las interrogantes siempre fue la misma: “Con base en el consejo del abogado, invoco mi Quinta”.

  Del mismo modo, Jason Ward Johnson, abogado de Interamerican Consulting Inc., repitió a cada pregunta de Sullivan “Objeción a la forma”, para exponer su inconformidad con la manera en que el representante del demandante formulaba sus interrogantes.

  Brady M. Sullivan inquirió a Perera sobre su conocimiento de alguna comunicación entre David Rivera y Randy Ebner en relación con el acuerdo de consultoría; si alguna vez se comunicó con Darren Woods, el director ejecutivo de ExxonMobil; si conocía alguna comunicación entre David Rivera y Darren Woods en relación con el acuerdo de servicios de consultoría; si alguna vez se comunicó con el excongresista de los Estados Unidos Sam Johnson; si conoció alguna comunicación entre David Rivera y Sam Johnson en relación con el acuerdo de consultoría.

 Cada una de estas interrogantes era rematada con: “hasta donde usted sabe, nunca se produjeron tales comunicaciones; ¿Correcto?”.

  Y Hugo Perera  invocaba nuevamente la Quinta Enmienda.

  Sullivan le preguntó a Perera si se había comunicado con con el político venezolano Henry Ramos Allup y el testigo se negó a contestar nuevamente.

“¿Sabes quién es?”, repreguntó Sullivan cómo también le requirió referir si tenía conocimiento si David Rivera había tenido comunicación con Henry Ramos Allup en relación con el acuerdo de consultoría.

 También le preguntó si se había comunicado con político venezolano Oliver Blanco y si sabía de alguna comunicación entre Rivera y Blanco.

“Con base en el consejo de un abogado, invoco mi Quinta”, volvió a ser la respuesta de Perera.

 Sullivan insistió: “Nuevamente, centrándome en el acuerdo de consultoría aquí en el Anexo 1, que comienza en la página PGA 0055, mi pregunta, señor, es, ¿está al tanto de algún lavado de dinero que haya ocurrido en relación con este contrato?”.

  Y volvió con las preguntas “¿Estuvo involucrado en el lavado de dinero en relación con este contrato?” y “¿Sabe quién más estuvo involucrado en el lavado de dinero en relación con el acuerdo de consultoría?”, así como también: “¿No es cierto que Raúl Gorrín participó en el blanqueo de capitales en relación con este contrato?”.

  Y entonces Brady M. Sullivan se enfiló a requerir de Hugo Perera sí sabía que los pagos realizados en virtud del contrato se utilizaron para sobornar a funcionarios del gobierno; si sabía de quién era el dinero que se utilizó para sobornar a funcionarios gubernamentales en relación con este contrato; si estuvo involucrado en orquestar sobornos a funcionarios gubernamentales en relación con el contrato; si sabía quién más estuvo involucrado en orquestar sobornos a funcionarios gubernamentales en relación con el contrato; y si no era cierto que Raúl Gorrín estuvo involucrado en orquestar sobornos a funcionarios del gobierno en relación con el contrato.

  Y como en todo el interrogatio, la respuesta volvió a ser la misma, acogerse a su derecho de no autoincriminarse garantizado en el Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.

La Quinta Enmienda

  Con la invocación de la Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, Hugo Perera se acogía a su derecho de no autoincriminarse.

  La Quinta Enmienda es parte de la Declaración de Derechos y la misma garantiza algunas protecciones a la persona acusada de un delito o que participa en un procedimiento legal. También se refiere al derecho contra la autoincriminación, lo cual se extiende a las jurisdicciones estatales y locales.

 Textualmente, la Quinta Enmienda reza: “Nadie estará obligado a responder de un delito castigado con la pena capital o con otra infamante si un gran jurado no lo denuncia o acusa, a excepción de los casos que se presenten en las fuerzas de mar o tierra o en la milicia nacional cuando se encuentre en servicio efectivo en tiempo de guerra o peligro público; tampoco se pondrá a persona alguna dos veces en peligro de perder la vida o algún miembro con motivo del mismo delito; ni se le obligará a declarar contra sí misma en ningún juicio criminal; ni se le privará de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso legal; ni se ocupará la propiedad privada para uso público sin una justa indemnización”

[1] PG & Associates. https://pgandassociatesinc.com/