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miércoles, 27 de septiembre de 2023

EE. UU. nombra a un Comisionado Especial ante el Principado de Liechtenstein para investigar la corrupción y el lavado de dinero de Nervis Villalobos Cárdenas en PDVSA: El exfuncionario chavista obtuvo ilegalmente $16 millones

 El ex-viceministro de Energía Eléctrica chavista, su mujer, Milagros Coromoto, y Alfonso Garrido Picón, fueron investigados en España en relación con el ingreso de unos fondos a su favor en la entidad española Banco de Madrid.

Por Maibort Petit

 El gobierno de los Estados Unidos designó un Comisionado Especial para investigar los delitos de lavado de dinero del exfuncionario del PDVSA durante el régimen de Hugo Chávez actualmente residenciado en España Nervis Villalobos Cárdenas ante una solicitud del Principado de Liechtenstein. 

  La decisión basada en el artículo 3112 del Código Penal de EE. UU.— autoriza al abogado litigante de la   Oficina de Asuntos Internacionales de la División Penal del Departamento de Justicia, Dennis E. Robinson, a actuar como comisionado para recolectar pruebas y tomar cualquier otra acción que sea necesaria para ejecutar cualquier solicitud de Liechtenstein con el asunto penal contra Nervis Villalobos Cárdenas y de PDVSA.

Hechos relevantes

1. La Autoridad Central de Liechtenstein el Ministerio de Justicia de Liechtenstein presentó una solicitud de asistencia a los Estados Unidos, de conformidad con el Tratado entre los Estados Unidos de América y el Principado de Liechtenstein sobre acuerdos jurídicos mutuos.

 El Tribunal de Justicia de Vaduz está investigando delitos de lavado de dinero, que ocurrieron entre enero de 2009 y diciembre o alrededor de esa fecha 2019, en violación del derecho penal de Liechtenstein, específicamente, el artículo 165(1) a (3) del Código Penal de Liechtenstein. 

  Según el Tratado, Estados Unidos está obligado a prestar asistencia al pequeño Principado europeo.

2. Las autoridades de Liechtenstein están investigando un esquema de blanqueo de dinero internacional que supuestamente involucra a Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA). Según las autoridades de Liechtenstein, funcionarios de PDVSA explotaron una crisis energética y financiera en Venezuela para enriquecerse ilegalmente.

3. Liechtenstein tuvo conocimiento de las acusaciones a través de un recurso, presentado públicamente el 20 de agosto de 2017, en el Distrito Sur de Texas, Estados Unidos, contra Nervis Gerardo Villalobos Cárdenas, ex Viceministro de Energía de Venezuela. 

  En la acusación, el Fiscal Federal para el Distrito Sur de Texas alega, entre otras cosas, que Villalobos Cárdenas ayudó a establecer y facilitar el plan de enriquecimiento ilícito. Específicamente, alrededor de 2011, Villalobos Cárdenas, quien entonces era funcionario de PDVSA, se acercó a dos funcionarios estadounidenses que eran proveedores de PDVSA, para ofrecer prioridad de pago sobre otros proveedores de PDVSA. 

  Villalobos Cárdenas aseguró a esos contratistas que los proveedores con sede en Estados Unidos obtendrían al menos un pago parcial de sus facturas pendientes de PDVSA, a pesar de que Venezuela atravesaba una crisis de liquidez y no todos los proveedores de PDVSA estaban siendo pagados.

  Además, Villalobos-Cárdenas ofreció proporcionar a las empresas con sede en Estados Unidos, asistencia para obtener futuros negocios con PDVSA a cambio de pagos de sobornos del diez por ciento del todos los pagos que recibieron de PDVSA.

4. Para facilitar el esquema y ocultar los pagos, Villalobos Cárdenas y otros   co-demandados abrieron cuentas en bancos suizos en las que se podían recibir los sobornos.

 Asimismo, Villalobos Cárdenas y sus socios orquestaron falsas justificaciones para los pagos. 

  Según las autoridades estadounidenses, Villalobos Cárdenas obtuvo personalmente más de 16 millones de dólares provenientes de este esquema ilegal.

5. Al conocer esta información, las autoridades de Liechtenstein iniciaron su propia investigación sobre la posibilidad de que Villalobos Cárdenas hubiera utilizado los recursos del sistema financiero de Liechtenstein para lavar dinero. 

 De acuerdo a las autoridades de Liechtenstein, el 7 de febrero de 2013, un empresa llamada Oxeon Trade & Investment Ltd., registrada en la Virgen Británica Islands, abrió una cuenta en Volksbank AG, un banco con sede en Liechtenstein. Villalobos Cárdenas fue el beneficiario financiero y único signatario autorizado del banco Volksbank AG.cuenta.

6. El 2 de diciembre de 2013 se transfirieron USD 1.000.000 desde una cuenta bancaria en Suiza a la cuenta bancaria del Volksbank AG.

7. Las autoridades de Liechtenstein llevaron a cabo una investigación financiera sobre los orígenes del fondos transferidos desde la cuenta del banco suizo para determinar si esos ingresos fueron derivados de actividades ilegales. 

  La investigación reveló que, el 11 de agosto de 2011, una consultora con sede en Estados Unidos transfirió 3.252.962 dólares a la cuenta del banco suizo. Antes de eso, el 12 de marzo de 2009, un titular desconocido de un número de cuenta de International Union Bank que termina en  0767, ubicado en los Estados Unidos, transfirió  USD 4.000.000 a la cuenta de la mencionada firma. 

  Las autoridades de Liechtenstein sospechan que Villalobos Cárdenas, (o una empresa atribuible a él), ordenó la transferencia del dinero de una cuenta del International Union Bank a la consultora con sede en EE. UU. como parte del esquema de lavado de dinero.

8. Liechtenstein buscan determinar quién envió el dinero de la cuenta del International Union Bank, y verificar si los activos en la cuenta de Volksbank AG provienen de actos delictivos cometido por Villalobos Cárdenas. Es por ello que solicitaron a EE. UU.  proporcionar registros bancarios pertenecientes al titular de la cuenta del International Union Bank.

 Según las leyes de los Estados Unidos, el comisionado Dennis E. Robinson tiene autoridad para emitir una orden exigiendo que una persona comparezca y/o presente documentos u otras cosas,  administrar los juramentos necesarios, entre otras acciones.



jueves, 22 de junio de 2023

Las irregularidades en las empresas mixtas de PDVSA: Otros contratos corruptos de Petropiar

  En esta entrega seguimos dando a conocer los hechos de corrupción ocurridos en las empresas mixtas de PDVSA, relacionados con un esquema en el que estuvo involucrado el contratista, Leonardo Santilli, asesinado en 2020 en circunstancias que no están aún claras en Venezuela.

Por Maibort Petit

  En el marco de una de las tramas de corrupción que permanece impune, es la que se generó con una serie de negocios irregulares en Petropiar, en la que está vinculado el contratista italo-venezolano, Natalino D'Amato, quien se encargaba de gestionar las comisiones con los analistas de compras de Petrocedeño. 

  D'Amato fue acusado por la fiscalía del Distrito Sur de Florida de un cargo de conspiración para cometer lavado de dinero, así como de cuatro cargos de lavado de dinero internacional, tres cargos de lavado de dinero promocional y tres cargos de participación en transacciones que involucran propiedad derivada del crimen. 

  La acusación de los fiscales federales de Estados Unidos en contra de D'Amato señala que el contratista pagó sobornos a funcionarios de las empresas mixtas de PDVSA para obtener contratos y lavó el producto de las operaciones irregulares en el sur de Florida. 

  Los datos del DOJ refieren que las empresas controladas por D'Amato recibieron aproximadamente USD 160 millones de las compañías mixtas de PDVSA[1]. Este empresario negó las acusaciones y asegura que sus negocios con PDVSA son legítimos[2]. El 29 de septiembre de 2021, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, autorizó su extradición[3].

  De acuerdo a documentos en nuestro poder, D'Amato pagó sobornos a Aitor Núñez, quien se desempeñaba como analista de Compras de Petrocedeño, empresa mixta propiedad de PDVSA en un 60 Por ciento a través de CVP; de Total Oil Gas (empresa francesa, con 30,3%) y Statoil (empresa noruega, con 9,7%). El funcionario, a cambio, daba el visto bueno a los contratos sobrevaluados.

 Por ejemplo, los documentos refieren que Aitor Nuñez otorgó a Natalino D'Amato un contrato para la compra de tuberías 5-1/2. 

  En estas negociaciones aparece Rosa Velázquez, quien habría aprobado los contactos de acoplamientos a D'Amato a través de sus empresas Industria Tecno Partes (ITP), Venezolana de Mecanizado (VEMECA) e Industria Nacional de Gomas (INAGO).

   Del mismo modo, Fernando Gómez, para la fecha gerente de Procura de Petrocedeño y Natalino D'Amato, constituyeron una empresa llamada Suministros-Servicios Industriales C.A. (SUSEPICA)[4] . De acuerdo con la información descrita en los documentos, esta empresa fue utilizada para obtener contratos de material para instrumentación en la planta criogénica Jose, estado Anzoátegui.

  Rixon Moreno, contratista aliado a Leonardo Santilli y buscado por la justicia de los Estados Unidos, también se habría valido Constructora Masein y de Stone Petro para ejecutar el esquema de corrupción y lavado de dinero de las operaciones irregulares con las empresas mixtas de PDVSA.

  C&V Construcciones 512 C.A. —una empresa propiedad de Salomón Morón Chacín y Daniel Santilli. Según declaró al CICPC, Leslie López— fue beneficiaria de un contrato con un precio de USD 5.833.362,15 para el suministro de varillas de succión a Petropiar. La empresa habría cotizado 15.000 varillas y supuestamente sólo entregó 10.000.

  Aparece involucrada en la trama otra empresa constituida por Daniel Santilli en Dubái llamada Jade Management Co.[5], la cual utilizaría para recibir fondos de C&V Constructora como falso proveedor. También Santilli sería propietario de Limestone Partner, registrada en Armenia. 

  Daniel Santilli y Salomón Morón Chacín tenían acceso y manejaban el control de procesos de la petrolera, lo que les permitía conocer los números de pedido, así como los nombres de los analistas de Petropiar. Estos funcionarios les enviaban las estimaciones y precios de contratos antiguos para que tuvieran la información para presentar sus ofertas.

  En estos listados es posible ver también a Corporación Romano, una empresa de Nicola Romano que este utilizaba para vender materiales y servicios eléctricos. 

  Esta firma nunca pudo contratar a Petropiar, según consta en los registros de PDVSA.

  Una fuente consultada para esta nota, involucrada en el caso y que declaró en condición de anonimato, sostiene que "Daniel Santilli y Salomón le informaron a los socios de la trama que crearían la empresa y luego Nicola Romano debía hacerse cargo de las instalaciones y de los bienes muebles de Procura, pero ese negocio nunca se llevó a cabo".

  "Dos meses antes de la muerte de Leonardo Santilli, Sampayo y Salomón decidieron acudir al notario sin el consentimiento de Nicola Romano. Se vendieron esa empresa, pagando autorizaciones a Luis Lange, quien es el director de Transporte Marítimo de Torrentes, la empresa de Alejandro Sampayo en Panamá". 

  Entretanto, la empresa Mes y Servicios FJ C.A., que pertenece al socio de Leonardo Santilli, Gianpaolo Ruscino, era administrada por Salomón Morón Chacín.

 "Conocemos que Leonardo Santilli tuvo muchos problemas con Leonardo Gianpaolo Ruscino por un asunto de un dinero robado y porque el primero era amante de la esposa del segundo, Paola de Casas" dijo la fuente.

  "Esta mujer, Paola de Casas, habría llamado a Leonardo Santilli el día que lo asesinaron y le pidió que fuera a Farmatodo, el lugar donde le dispararon. El motivo aducido por de Casas habría sido el pedirle a su amante dinero y que le comprara unas medicinas" de acuerdo a la fuente.

  Asegura que "Paola de Casas, reside en las casas flotantes cercanas a Las Villa, en Lecherías y minutos antes de que Leonardo Santilli llegara a Farmatodo, se produjo una llamada directa desde dicha casa flotante con el teléfono que usó la persona que asesinó a disparos al empresario. Esto, de acuerdo a información suministrada por el CONAS, institución de seguridad a cargo de la investigación". 

REFERENCIAS

[1] Venezuela Política. “Otro venezolano acusado de por EE. UU. de lavado de dinero y pago de sobornos”. 25 de noviembre de 2020. https://www.maibortpetit.info/2020/11/otro-venezolano-acusado-de-por-ee-uu-de.html

[2] Venezuela Política. “Natalino D'Amato, imputado por lavado de dinero en EE. UU., asegura que sus millonarios negocios con PDVSA son legítimos”. 2 de diciembre de 2020. https://www.maibortpetit.info/2020/12/natalino-damato-imputado-por-lavado-de.html

[3] El Pitazo. “TSJ autoriza extradición a EE. UU. de Natalino D’Amato por lavado de dinero”. 5 de octubre de 2021. https://www.elpitazo.net/gran-caracas/tsj-autoriza-extradicion-a-ee-uu-de-natalino-damato-por-lavado-de-dinero/

[4] Susepica. http://www.susepica.com

[5] DNB. Jade Management Co. https://www.dnb.com/business-directory/company-profiles.jade_management_co.7fc595bb5e8f78c8eb04db872a93deb4.html

viernes, 19 de mayo de 2023

Juez desestimó acusación criminal contra Paula Jorge Da Costa Murta, involucrado en la trama de corrupción de PDVSA

Por Maibort Petit

 El tribunal de Texas falló a favor de la moción de desestimar de caso criminal, presentada por la defensa de Paulo Da Costa Casqueiro Murta, un contratista acusado de haber participado en una millonaria trama de corrupción de Petróleos de Venezuela. El juez aprobó la petición en razón de que el acusado alegó que agentes actuaron "premeditadamente y con la intención de que el acusado se autoincriminara".

   Paulo Jorge Da Costa Casqueiro Murta, presunto artífice de la trama de corrupción encabezada por excontratistas de Petróleos de Venezuela S.A., quienes mediante el pago de sobornos a funcionarios de la estatal obtuvieron contratos y trato privilegiado de PDVSA logró liberarse de la acusación federal ante la supuesta mala práctica de agentes federales.

  Una una entrevista formulada en Portugal el 20 de marzo de 2018, al acusado, permitió a los investigadores del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU. y luego al Departamento de Justicia, formular la acusación contra Murta. Sin embargo, la actuación irregular de agentes de DHS llevó al Tribunal a desestimar esta prueba fundamental.


  El juez Kenneth Hoyt del Tribunal del Distrito Sur de Texas-División de Houston concedió en julio 2022 la moción para suprimir la entrevista, con base a la violación de los Derechos Miranda de Paulo Murta bajo la Quinta Enmienda de la Constitución de los EE. UU.

  El 11 de julio de 2022, el juez Hoyt concedió la moción de desestimación de la acusación de reemplazo presentada por Paulo Jorge Da Costa Casqueiro Murta ante la corte que preside.

  El magistrado consideró para su decisión, tanto la moción para desestimar la acusación de reemplazo, como la de supresión sustentada en las presuntas violaciones a los Derechos Miranda de Paulo Murta bajo la Quinta Enmienda de la Constitución federal. Estas mociones presentadas de forma separada, fueron abordadas por el juez Hoyt de manera conjunta.

La moción de desestimación de la acusación de reemplazo

   Se acusaba a Murta de brindar servicios financieros de una manera que violó directamente o ayudó a violar varios estatutos federales de los Estados Unidos, como la Ley de Control de Lavado de Dinero de 1986, enmendada (MLCA), la Ley Federal de Prácticas Corruptas (FCPA), y el título 18 del Código de los Estados Unidos.

 La acusación de reemplazo señala que, aunque Murta era un ciudadano de Portugal y Suiza, actuó como un agente de la empresa suiza B, varios coacusados extranjeros y una o más empresas con sede en los EE. UU. Se refiere que si bien Murta no era un empleado del Banco Espírito Santo (BES) trabajó estrechamente con Banquero BES 1 Banquero 2 a objeto de “establecer la estructura y las cuentas utilizadas para realizar transacciones financieras en el presunto esquema de lavado de dinero en comercio interestatal”.

 Estimó el juez respecto a los cargos 13 y 14 de la acusación de reemplazo, que no se estableció que Paulo Murta haya enviado o recibido ninguna de las supuestas comunicaciones mientras se encontraba en Estados Unidos. Esto de acuerdo a la acusación de reemplazo, ocurrió después de que Murta viajara en febrero de 2012 a Miami, Florida, para reunirse con Abraham Shiera (ya sentenciado) y su socio para hablar sobre el presunto esquema de lavado de dinero. 

  A pedido de Shiera, el acusado le habría enviado por correo electrónico y mensaje de texto, entre el 25 de enero de 2012 y el 18 de marzo de 2013, información atinente a la apertura de cuentas en el Banco Espirito Santo. 



  Asimismo, en mayo de 2012, Murta supuestamente les remitió un correo electrónico a los socios de Shiera que contenía un acuerdo de préstamo presuntamente falso que serviría para justificar una transferencia bancaria a las cuentas de los funcionarios por USD 4,8 millones.

  Ya respecto a los cargos 18 y 19, el 25 de marzo de 2013 y el 8 de mayo de 2013, Murta habría transferido o ayudado a transferir de la Compañía de Rincón 2 con sede en EE. UU. a la Compañía de Rincón 8 con sede en Venezuela, USD 8,5 millones destinados supuestamente a pagar sobornos a los funcionarios venezolanos.

  En atención al cargo 14, Conspiración para violar la FCPA, el juez determinó que debe ser desestimado por falta de jurisdicción, falta de debido proceso y vaguedad. El tribunal cree que el gobierno carece de jurisdicción extraterritorial sobre el acusado cuando lo califica de “agencia” por su conducta en el extranjero. Estableció el magistrado que el término “agencia” es constitucionalmente vago en cuanto a este acusado extranjero.

  A las afirmaciones del gobierno de que las comunicaciones por correo electrónico entre el acusado y otros co-conspiradores ocurridas entre enero de 2012 y marzo de 2013, calificados como posibles actos abiertos, no son sustentados debidamente. La acusación de reemplazo no alega que Murta haya enviado o recibido estas comunicaciones desde EE. UU. Por tanto, estas comunicaciones no pueden considerarse como actos que apoyen la conspiración.

  Agrega el magistrado que no se establece un nexo suficiente entre la supuesta conducta de Paulo Murta y los Estados Unidos para satisfacer el requisito del debido proceso de la Quinta Enmienda. Por ello el cargo 14 se desestima.

  Los cargos 18 y 19 referidos a violaciones sustanciales de lavado de dinero y complicidad; así como conspiración para cometer lavado de dinero del cargo 13, también se desestimaron por falta de jurisdicción.

  Tampoco la acusación de reemplazo alega que Murta se encontraba en EE. UU. cuando ocurrieron las supuestas transacciones, o que las inició o intentó iniciarlas desde Estados Unidos. Igualmente, no existe alegato de que ninguna de las comunicaciones de las que se hace mención en los cargos 18, 19 o 13, hayan ocurrido en EE. UU. Por tanto, se determina que el tribunal carece de jurisdicción extraterritorial sobre el acusado en relación a un delito sustantivo de lavado de dinero a que hace referencia al cargo 18. En consecuencia, también se deben desestimar los cargos 19 y 13 de complicidad y conspiración. En opinión del juez, el enjuiciamiento de Paulo Murta en razón de los cargos 18, 19 y 13, viola sus derechos al debido proceso de la Quinta Enmienda.

 Por todo lo expuesto, el Tribunal para el Distrito Sur de Texas determinó que los cargos 13, 14, 18 y 19 de la acusación de reemplazo deben desestimarse por falta de jurisdicción, falta de declaración una demanda, el debido proceso y la vaguedad.

  Del mismo modo, el tribunal estimó que debe otorgarse la moción de desestimación a Paulo Murta sustentada en el estatuto de limitaciones. Se determinó que al acusar al demandado en abril de 2019 es indicativo de que se presentó fuera del plazo de prescripción, por lo que los Cargos 13, 14, 18 y 19 deben ser y son desestimados.

La moción de supresión

 El tribunal recordó que cuando un acusado sostiene que una declaración fue involuntaria y se procura que la misma sea usada en su contra en el juicio, al gobierno le corresponde probar que la declaración fue voluntaria.

  La jurisprudencia ha establecido que la voluntariedad no la determina la cooperación de un testigo, sino por el hecho de que se le informen sus derechos. La Quinta Enmienda otorga al acusado el derecho a no autoincriminarse. Por ello los Derechos Miranda estipulan que una persona tiene derecho a permanecer en silencio durante un interrogatorio bajo custodia. Además, el hecho de que la entrevista o el interrogatorio tenga lugar en un país extranjero no aminora las protecciones de la Quinta Enmienda o Miranda.

  La decisión estableció que fue evidente que los agentes de Seguridad Nacional controlaron la entrevista a Paulo Murta en Portugal el 20 de marzo de 2018 y allí las preguntas se realizaron de manera intimidante, diseñadas para obtener respuestas incriminatorias. De no haber sido así, no se habría requerido una declaración escrita.

 Para el juez es indiscutible que no se le leyeron los Derechos Miranda a Paulo Murta antes de realizar las preguntas y, por el contrario, le aseguraron para tranquilizarlo, que no estaba siendo investigado.

“La evidencia indiscutible muestra, sin embargo, que el acusado fue interrogado mientras se encontraba en un entorno y estado de custodia, por lo que se aplican las protecciones de Miranda y la Quinta Enmienda”, reza la decisión.

  El magistrado estableció que en la posición de Paulo Murta este no sintió que podía abandonar la entrevista voluntariamente, por lo que la moción para suprimir cualquier declaración oral o escrita dada a los agentes de portugueses o del DHS, se suprimen.

 Por todo lo expuesto, el juez Kenneth M. Hoyt concedió la moción de desestimación a Paulo Murta.

jueves, 27 de abril de 2023

Juez de Florida autoriza cambio de fecha para la entrada a la cárccel del corrupto alcalde de Guanta, Jhonnathan Marín

 Por Maibort Petit

 El juez del Distrito Sur de la Florida, Robert Scola autorizó la moción en la que el exalcalde de Guanta en Venezuela, Jhonnathan Marín Sanguino pidió no entregarse a las autoridades en abril de 2023, para cumplir con la sentencia de 27 meses que recibió tras ser procesado por delitos de corrupción y lavado de dinero.

  La defensa de Marín pidió al tribunal extender la fecha de Entrega a la Oficina de Presiones prevista originalmente para el 20 de abril de 2023. Scola concedió al exfuncionario corrupto venezolano para que se entregue al BOP,  a las 12:00 del mediodía del 25 de julio de 2023. 

 El magistrado advirtió que "Si no es designada en la fecha especificada, el acusado se entregará al Servicio de Marshals Service en el Wilkie D. Ferguson, Jr. U.S. Courthouse, 400 North Miami Avenue, 6th floor, Miami, Florida 33128".
 
  Marín Sanguino fue acusado el 21 de abril de 2022 por la Fiscalía de los Estados Unidos de un cargo de conspiración para cometer lavado de dinero. 
  
 El exfuncionario chavista usó su posición política y de poder, para beneficiar a empresarios que suministran bienes y servicios a PDVSA y que en la acusación del gobierno se identifican como Co-conspirador 1 y 2. El segundo de estos elementos fue identificado por la fiscalía como Carlos Enrique Urbano Fermín, propietario de la Constructora Cuferca C.A., quien igualmente fue procesado por blanqueo de capitales en una corte de Florida en la que se declaró culpable.

 Marín Sanguino recibió entre 2015 y 2017 pagos de sobornos por un monto total de USD 3. 800.000, de acuerdo a la acusación de la Fiscalía de EE. UU., dinero que le entregó un contratista, a cambio de “utilizar su posición oficial como alcalde de Guanta para influenciar a funcionarios de las subsidiarias de PDVSA para adjudicar contratos a las compañías del co-conspirador 1”.

 El dinero se transfirió a cuentas controladas por familiares de Jhonnathan Marín Sanguino y por él mismo, en el sur de Florida, lo que le permitió al exalcalde adquirir bienes de lujo como propiedades y hasta el uso de jets privados.

 El exalcalde de Guanta es acusado por un único cargo de conspiración para cometer lavado de instrumentos monetarios y fue sentenciado a 27 meses de prisión.


viernes, 31 de mayo de 2019

CITGO abre investigación sobre adquisiciones hechas durante el periodo en el cual se desarrolló esquema de corrupción operado por José Manuel González Testino

Por Maibort Petit
@maibortpetit

CITGO Petroleum Corporation abrió una investigación sobre las adquisiciones realizadas por esa corporación durante el periodo en el cual se ejecutó el esquema de corrupción operado por el contratista venezolano-americano, José Manuel González Testino, quien se declaró culpable de haber pagado sobornos a empleados de CITGO en Houston, a cambio de obtener jugosos contratos de servicios y logística para sus empresas ubicadas en territorio norteamericano.
La nueva junta directiva de CITGO expresó su profunda preocupación ante el anuncio hecho el miércoles de 29 de mayo de 2019 por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, donde se informó que José Manuel González Testino, propietario de varias empresas de servicios y logísticas ligadas al sector energético, se declaró culpable de haber participado en un esquema de corrupción y pago de sobornos a empleados de la filial de Petróleos de Venezuela en EE. UU. 

En una comunicación a la que tuvimos acceso, la presidenta de CITGO, Luisa Palacios y el vicepresidente Ejecutivo, Rick Esser, señalaron que los cargos imputados a González Testino "son bastante preocupantes". Informaron que "CITGO toma muy en serio todas las alegaciones sobre actividades ilegales e inapropiadas"

Se supo que a principios de este año, bajo la dirección de la nueva junta directiva, CITGO contrató un abogado externo  para realizar la investigación que incluye una revisión a fondo de las actividades de adquisición durante el periodo en que se produjeron los hechos por los cuales González Testino se declaró culpable. Siguiendo los resultados de dicha investigación, "la junta directiva de CITGO está totalmente comprometida a tomar todas las medidas correctivas apropiadas en respuesta a los hallazgos encontrados en dicha averiguación".
Palacios y Esser aseguran que "la nueva junta directiva de CITGO está enfocada en mejorar el gobierno corporativo, y continuar asegurando que nuestro trabajo cumpla con las mejores prácticas y continúe cumpliendo con los estándares más altos".

Señalan que la noticia sobre González Testino y la investigación en curso emprendida por CITGO no deben afectar sus funciones y responsabilidades diarias de los empleados de la corporación.

González Testino se declaró culpable de haber violado la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA) y pagar sobornos a funcionarios de Petróleos de Venezuela (PDVSA), y de su filial en Estados Unidos CITGO. González Testino fue arrestado el 31 de julio de 2018, en el Aeropuerto Internacional de Miami cuando intentaba huir de los Estados Unidos para evitar ser procesado por los delitos que se le imputaron en la Corte del Distrito Sur de Texas, División Houston. Será sentenciado el 28 de agosto de 2019.






El acusado admitió que él y sus co-conspiradores pagaron al menos a cuatro funcionarios de CITGO en el grupo de Proyectos Especiales y le proporcionaron regalos y otras cosas de valor a un alto ejecutivo de CITGO. A cambio, González Testino admitió que los funcionarios de CITGO ayudaron a sus compañías a obtener contratos para nuevos negocios, proporcionaron información interna sobre el proceso de licitación de PDVSA, ayudaron a ocultar el hecho de que González Testino controlaba varias compañías en ciertos paneles de licitación para proyectos de PDVSA y ayudó a González Testino a recibir la prioridad de pago para varias facturas pendientes de PDVSA. González Testino también admitió que tenía un interés financiero o una autoridad signataria sobre varias cuentas bancarias extranjeras y no presentó un informe de cuenta bancaria extranjera, o "FBAR", en 2017.
Seguiremos informando....



lunes, 29 de abril de 2019

Colinas de San Francisco de Yare: El complejo habitacional de la Misión Vivienda detrás del cual operó un entramado de corrupción ligado a Pedro León

Por Maibort Petit
@maibortpetit

En esta entrega presentamos la cronología de los hechos que conllevó la ejecución de los 37 edificios que comprendía la obra del gobierno nacional a cargo de la FPO. Una sucesión de hechos irregulares da cuenta del enrevesado proceso de negociación y ejecución de los trabajos, caracterizados por el sobreprecio, el incumplimiento y el incremento sucesivo del monto del contrato.

El 11 de marzo de 2012, el finado expresidente de la república, Hugo Chávez Frías, aprobó la construcción del Complejo Habitacional Colinas de San Francisco de Yare que formaba parte de la Gran Misión Vivienda Venezuela, una obra que estaba bajo la responsabilidad de la Dirección Ejecutiva de Producción de la Faja Petrolífera del Orinoco “Hugo Chávez” de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA). Desde entonces, se operaron una serie de irregularidades que iban desde el incumplimiento del contrato, la subcontratación de otras compañías para llevar a cabo el trabajo, la suscripción de un contrato en dólares pese a que la empresa que finalmente llevó a cabo la obra era venezolana y laboraba con personal igualmente venezolano, la prórroga sucesiva de la fecha de culminación, sobreprecios y el incremento del precio del contrato en varias oportunidades.

Cabe destacar que todas las empresas que tuvieron que ver con la ejecución del contrato están ligadas a Pedro León, acusado y procesado por hechos de corrupción durante su gestión en la dirección ejecutiva de la Faja Petrolífera del Orinoco.

El contrato inicial para la construcción del complejo que comprendía 37 edificios y 1.540 apartamentos fue estimado a mil dólares el metro cuadrado que incluían el urbanismo, pero no el presupuesto relativo al suministro de materiales, equipos y construcción con la empresa Energy Coal SPA que carecía de la experticia para hacerse cargo del trabajo, por lo que subcontrató a la firma Searleaf Limited Company que a su vez subcontrató a Inversiones Alfamaq, entre otros hechos irregulares que a continuación presentamos a la consideración de nuestros lectores.

Los sucesivos cambios en el contrato

Una presentación elaborada por la Dirección Ejecutiva de Producción de la Faja Petrolífera del Orinoco “Hugo Chávez” ante el Comité Ejecutivo de PDVSA en enero de 2016, explica los cambios que, según los exponentes se requerían implementar el contrato del Desarrollo Habitacional de la Gran Misión Vivienda Venezuela, Subproyecto Piloto “Construcción de Viviendas Colinas de San Francisco de Yare”.
Se quería que el citado comité adjudicara el cambio en el Alcance N° 2 del contrato N° 4600056910 suscrito con la empresa Sarleaf Limited Company para la ejecución del citado desarrollo habitacional por un monto de USD 5.496.538,09, cifra que representaba un 8,94 por ciento sobre el monto original del citado contrato, elevando así el precio de la obra a USD 71.987.408,28, lo que representaba una variación neta de 17,08 por ciento por encima del monto original.  

Igualmente se solicitaba autorizar en el Director Ejecutivo de Producción de la FPO, para que llevara a cabo todos los trámites administrativos y financieros relacionados al respectivo contrato.
Esta obra fue aprobada inicialmente por el fallecido expresidente de la república, Hugo Chávez, el 11 de marzo de 2012.

El 10 de febrero de 2014, el Comité Ejecutivo de PDVSA en su reunión N° 2014-06 aprobó la adjudicación directa del proyecto a la empresa Sarleaf Limited Company, por USD 61.488.158,20, trabajos que deberían haberse ejecutado en un año.

El 14 de marzo de 2014, se suscribió la adjudicación y la carta de autorización de trabajos preliminares.
En la misma fecha se firmó también el acta de inicio de la obra.


El 30 de mayo de 2014, Pedro León en representación de PDVSA Petróleo S.A., y Ramón Mariño por Sarleaf Limited Company, firmaron el contrato N° 4600056910.

El 6 de febrero de 2015, se suscribió la decisión de gerencia de aprobación del cambio en el alcance N°1 del contrato por USD 6.148.815,82 que representaba una variación de 10 por ciento del monto original, elevándose la cifra a USD 67.636.974,02.

El 2 de marzo de 2015 se firmó la decisión de gerencia de aprobación de la prórroga N° 1 que extendió la ejecución de la obra por 8 meses adicionales contados a partir del 15 de marzo de 2015.
El 7 de octubre de 2015 se firmó la decisión de gerencia de aprobación del cambio en cantidad N° 1 al contrato original por USD 5.494.880,14 que representaban una variación de 8,94 por ciento y una disminución N° 1 por USD 4.688.315,91 con una variación de -7,62 por ciento, lo que significaba una modificación neta de USD 806.564,23  (variación de 1,31 por ciento)  por encima del monto original del contrato, quedando el monto de la obra en USD 68.443.538,25, es decir un incremento de 11,32 por ciento por encima del precio inicial del contrato.

El 8 de octubre de 2015 se firmó la decisión de gerencia de aprobación del cambio en cantidad N° 1 al cambio en el alcance N° 1 que elevó en 8,14 por ciento el precio original del contrato a USD 66.490870,19.

El 11 de noviembre de 2015 se firmó la decisión de gerencia de aprobación de prórroga N° 2 por un periodo de tres meses adicionales contados a partir del 16 de noviembre de 2015 al 16 de febrero de 2016.
De este modo, el contrato N° 4600056910 para la construcción de las viviendas de Colina de San Francisco Yare fue modificado, en primer lugar con el Cambio en el Alcance N° 1 Aprobado por USD 6.148.815,82, un Aumento al Contrato Original N° 1 Aprobado de USD 5.494.880,14 y un Aumento Aprobado N° 1 al Cambio en el Alcance N° 1 de USD 614.347,96.

Asimismo, una Disminución al Contrato Original N° 1 Aprobada por USD 4.688.315,91 y una Disminución Aprobada N°1 al Cambio en el Alcance N° 1 de USD 2.567.016,02 para una Modificación de USD 66.490.870,19.

Adicionalmente se sometió un Cambio en el Alcance N° 2 por un monto de USD 5.496.538,09 que representaba una variación de 8,94 por ciento por encima del monto original del contrato, quedando el monto modificado del mismo en USD 71.987.408,28, lo que representaba una variación neta de 17,08 por ciento por encima del monto original del Contrato.  
Esta fue la solicitud que el director ejecutivo de la Faja Petrolífera del Orinoco, Pedro León, presentó ante el comité ejecutivo de PDVSA para que se procediera a la adjudicación del cambio en el alcance N° 2 que incrementó el precio del contrato suscrito entre la petrolera y la empresa Sarleaf Limited Company por USD 5.496.538,09, lo que representó un aumento del 8,94 por ciento del monto original y lo ubicó en USD 71.987.408,28, una variación de 17,08 por ciento por encima del precio inicial pautado para construir las viviendas de Colinas de San Francisco de Yare, como apuntamos líneas arriba.

Inspectores socialistas denuncias irregularidades

Un informe confidencial del Cuerpo de Inspectores Socialistas de la Presidencia de la República sobre la IPC desarrollo Habitacional de la GMMVV. Construcción de Viviendas Colinas de San Francisco de Yare hace referencia al punto de cuenta aprobado por el expresidente Chávez el 11 de marzo de 2012.

Se indica que el ente ejecutor era PDVSA a través de la Dirección Ejecutiva de la FPO “Hugo Chávez”, mediante la modalidad de intercambio por COQUE. La obra comprendía 37 edificios de 40 apartamentos para un total de 1.480 apartamentos y 3 edificios de 20 apartamentos para un total de 60 apartamentos.

La empresa contratista era Energy Coal SPA con la que se suscribió el contrato N° 4600044463 y que se inició el 12 de marzo de 2012, estimándose que culminaría el 31 de marzo de 2013.

El precio original del contrato fue de USD 126.227.000 y el monto del contrato al cierre fue de USD 64.738.841,80.

Los inspectores refieren que aun cuando el contrato inicial contempló un precio de USD 1.000 por metro cuadrado de construcción que incluían el urbanismo, el presupuesto no preveía las partidas correspondientes al suministro de materiales, equipos y construcción de obra para el urbanismo.

Se agrega que se pagaron USD 64.738.841,80 por el suministro de 74 estructuras metálicas para edificios y los servicios profesionales para la elaboración de la ingeniería del urbanismo fue de USD 6.311.350, lo cuan constituía un elevado monto, además de no evidenciarse soporte en la valuación de los productos de ingeniería presentados, la revisión y aprobación del Departamento de Ingeniería de PDVSA, ni del gerente del proyecto, la valuación fue aprobada por el director ejecutivo de producción de la FPO, Pedro León.
Se informa que la empresa Energy Coal SPA no tenía la capacidad técnica ni la experiencia para ejecutar el urbanismo, por lo que subcontrató el 5 de mayo de 2012 a Searleaf Limited Company para que se encargara de los trabajos, es decir, tres días después de que esta última subcontratara a su vez a la empresa Inversiones Alfamaq, según contrato sin fecha del 8 de octubre de 2012 que establecía como premisas que la empresa no contaba con la capacidad y la experticia para hacer los trabajos.

Los inspectores advierten que durante la ejecución del contrato ninguna de las tres empresas comenzó la construcción de los edificios, por lo que el 10 de marzo de 2014 se procedió al cierre del contrato suscrito entre PDVSA y Energy Coal Spa y se llevó a cabo una disminución de USD 61.488.158,20 con una variación de 48,71 por ciento.

El 30 de mayo de 2014, PDVSA firmó el contrato N° 4600056910 con la empresa Searleaf Limited Company para que se abocara a la construcción de los edificios, aun cuando en 2012 esta compañía había subcontratado a una firma venezolana para que efectuara los trabajos del complejo habitacional.

Al firmar el nuevo contrato no se previó en el urbanismo del complejo habitacional la planta de tratamiento, sistemas de aguas servidas, drenajes, acueducto, gas, electrificación, Cantv y vialidad. Por ello se aprobó el cambio de alcance N° 1 el 6 de febrero 2015 que incluía la procura de materiales requeridos y no se contemplaba la instalación de los mismos.

El reporte indica que PDVSA ejecutó el proyecto de gasificación nacional que debía garantizar que los urbanismos de la Gran Misión Vivienda Venezuela contaran con las redes y líneas internas de distribución de gas y a pesar de contar con los materiales y equipos para ello, se contrató el suministro de los mismos, incrementado de este modo los costos del proyecto.

Se apunta que Searleaf Limited Company subcontrató a Inversiones Alfamaq.

Para la fecha del informe de los inspectores socialistas, estos indicaron que 37 edificios se encontraban en trabajo de acabado (friso, cerámica de piso en pasillo y escaleras, cableado y pintura), mientras que tres edificios tenían los trabajos de estructura metálica paralizados en virtud de que se habían hurtado los materiales (Losacero).

Igualmente, apunta el informe, que PDVSA contrató la construcción de la obra en moneda extranjera (dólares estadounidenses), aun cuando los trabajos los ejecutaba la empresa venezolana y personal igualmente venezolanos desde su inicio. Adicionalmente, el contrato incluía los servicios profesionales de ingeniería para urbanismo, pese a que habían sido pagados por USD 6.311.350 en el contrato con Energy Coal SPA.

Se reporta que ante la falta de planificación integral de la construcción del complejo habitacional, Corpomiranda S.A. estimó que los edificios no podían entregarse por no contar con los servicios básicos para su habitabilidad y contrató la construcción de los sistemas de aguas servidas, drenajes, acueducto, gas, electrificación, Cantv, vialidad y obras exteriores, con Inversiones Alfamaq, RIF J-30673502-0 por Bs. 266.389.775,86, trabajos que se iniciarían el 23 de diciembre de 2014 y debían culminar el 23 de octubre de 2015 (Contrato N° CD-CM-070-2014).

De dicho monto se canceló un anticipo del 50 por ciento, a saber, Bs. 133.194.887,93 y el restante 50 por ciento debía cancelarse al producirse las valuaciones por parte de Corpomiranda.

El reporte de los inspectores socialistas advirtió que a la fecha de la inspección la obra, presentaba tan sólo un avance físico de 35 por ciento asociados a la ejecución de trabajos de conformación de rasante vialidad, excavación de tierra para fundaciones de 6.000 metros cúbicos con el 28,15 por ciento, construcción de entibados en zanjas superior a 2 metros de profundidad de 1.410,44 metros cuadrados con 76,23 por ciento, colocación de tuberías PVC para colector con 30 por ciento, colocación de postes con 37,50 por ciento.

La conclusión fue que el Complejo Habitacional de la GMMVV Colinas de San Francisco de Yare tenía un costo de USD 132.375.815,82 y Bs 266.389.775,86, lo que representaba que cada apartamento costara USD 85.958,32, es decir unos Bs. 172.980,37 cuando se efectuaba la sumatoria de lo pagado en dólares y lo cancelado por Corpomiranda en bolívares por los 1.540 apartamentos.

Evaluación de las obras

El 8 de septiembre de 2015, el Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno emitió un informe relativo a una evaluación de seguimiento practicada al IPC Colinas de San Francisco de Yare ubicada en San Francisco de Yare, estado Miranda, bajo la responsabilidad de la Dirección Ejecutiva de Producción de la Faja Petrolífera del Orinoco “Hugo Chávez” de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA).

Se estableció, respecto a la ejecución física de los edificios del complejo, que la obra presentaba un avance físico del 98 por ciento. Se advirtió que la última manzana V2 se encontraba en proceso de cerramiento, la cual había presentado algunas irregularidades que habían sido supuestamente resueltas.

En lo atinente a la ejecución física del urbanismo, se indicó que tenía un avance físico de 37 por ciento. Se advirtió que el colector de aguas servidas estaba en ejecución, pero presentaba retraso en lo que tenía que ver con las conexiones de las tuberías de aguas servidas pues no se conseguían las piezas de polietileno de alta densidad requeridas. Se acotó que no se habían iniciado los trabajos para la planta de tratamiento, ni de la subestación eléctrica. Igualmente requerían agregado para culminar las aceras, brocales, vialidad, etc.

Se advirtió que el ingeniero Alejandro Preciado había solicitado en varias oportunidades información sobre la ejecución financiera del proyecto habitacional y del urbanismo, sin que hasta la fecha de elaborado el informe, hubiera recibido tales datos.
Se solicitó que el ministro del poder popular de energía y minas designara un equipo técnico para evaluar los estados financieros y los contratos suscritos en la ejecución de la obra, a objeto de que se formularan las recomendaciones sobre las acciones a tomar en el cumplimiento contractual suscrito.

Las empresas

Energy Coal SPA es una empresa italiana con un capital social de € 9.000.000, cuyo domicilio es Via San Vincenzo, 2-16121 Genova, Italia. Sus teléfonos son +39 010 5479.1 y el fax +39 010 5479.200. El correo electrónico es info@energycoal.com, se informa la página web de la empresa[1].

El portal Bloomberg[2] refiere que Energy Coal SPA “suministra, comercializa, distribuye y actualiza combustibles sólidos y productos de carbono de alto valor para la industria siderúrgica, para centrales eléctricas y para la producción de cemento”. Esta compañía anteriormente se conocía como Energy S.p.A. Fue fundada en 1987 y opera como una subsidiaria de I.C.E. Holding Srl.

Se indica que Paolo Ascheri es el director general, Augusto Ascheri el presidente, y Sergio Conta el director financiero.

Esta empresa acusó a PDVSA Petróleo S.A en 2015 por incumplimiento de contratos firmados para reparar los sistemas transportadores de coque en el Complejo de Jose, estado Anzoátegui. Sin embargo, la demanda se introdujo contra Citgo en una corte del distrito de Louisiana[3].

Asimismo, a esta empresa se la señala de no haber ejecutado los trabajos de restauración integral de las áreas de manejo de sólidos de los mejoradores que le contrataran Petroanzoategui, Petrocedeño y Petropiar a pesar de haberse iniciado los trabajos en 2012. Pedro León como única explicación a este hecho, dijo que Energy Coal SPA no tenía experiencia en el área petrolera y por ello recurrió a la subcontratación de dos empresas para realizar la ingeniería y trabajos de restauración que se le habían encomendado a ella, los cuales finalmente no se realizaron, reportamos en las páginas de Venezuela Política en 2017[4].

Searleaf Limited Company es una empresa señalada de mantener oscuros vínculos con Pedro León a través de negociaciones presuntamente irregulares en la Faja Petrolífera del Orinoco. Igualmente se la relaciona con Lázaro Báez, quien es acusado de ser testaferro y socio comercial de los expresidentes argentinos, Cristina y Néstor Kirchner. Como presidente de la empresa figura Alejandro Ceballos.

Sarleaf Limited tuvo entre sus presidentes al abogado Néstor Marcelo Ramos, en la actualidad prófugo de la justicia argentina. La firma fue parte de una cadena de subcontrataciones irregulares que terminaron con Inversiones Alfamaq, C.A., como contratista final, una operación que fue denunciada ante la Vicepresidencia Ejecutiva de Venezuela en 2015.


Entretanto, Inversiones Alfamaq de Venezuela, según BN Americas[5] “es una empresa constructora que participa en proyectos de ingeniería, adquisición y construcción (EPC) para los sectores residencial, industrial y comercial, así como en proyectos de infraestructura social como centros deportivos, centros de salud y establecimientos educativos. La empresa tiene su sede en Caracas”.

Su dirección es la avenida Las Mercedes entre calle Carabobo y Guaicaipuro, Edificio Forum, piso 8. El Rosal, Distrito Capital. Teléfonos: 0212-9538532/9538686, Fax 0212-9539323. Correo electrónico:

 
Notas citadas



[1] Energy Coal SPA. http://www.energycoal.com/

[3] El Estímulo. “Italiana Energy Coal demanda a Citgo por culpa de otra filial de Pdvsa”. 30 de abril de 2015. http://elestimulo.com/elinteres/energy-coal-demanda-a-citgo-por-incumplimiento-de-otra-filial-de-pdvsa/

[4] Venezuela Política. “Corrupción acaba con PDVSA: La Faja del Orinoco es un nido de manejos irregulares”. 23 de mayo de 2017. http://maibortpetit.blogspot.com/2017/05/corrupcion-acaba-con-pdvsa-la-faja-del.html