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martes, 3 de octubre de 2023

Juicio en NY contra el narcotraficante venezolano, Carlos Orense Azócar, alias "El Gordo", empezará el 27 de noviembre de 2023

  Los miembros del célebre cártel de los Soles, cuya existencia es negada por algunos operadores del régimen chavista, continúan siendo protagonistas de procesamientos judiciales en EE. UU. Desde Cliver Alcalá Cordones hasta el Pollo Carvajal, los narcos venezolanos se sientan en el banquillo de los acusados para dejar conocer sus historias en los tribunales norteamericanos.

Por Maibort Petit

  El cártel de Los Soles es una realidad. Está integrado por militares de alto rango de Venezuela que, durante años, han estado involucrados en el narcotráfico hacia Estados Unidos. Una de las piezas claves en su estructura logísticas será juzgado el 27 de noviembre de 2023 la Corte del Distrito Sur de Nueva York: Carlos Eduardo Orense Azócar, alias “El Gordo” será procesado por cuatro cargos de narcotráfico y posesión de armas.

  El caso de Orense Azócar tiene un calendario ratificado por el juez Vernon S. Broderick, quien ordenó que la audiencia previa a la sentencia se realice el 14 de noviembre, el 20  noviembre se entregarán los detalles y juicio con jurado se iniciará el 27 de ese mismo mes.

Detención del narcotraficante

  Luego de haber sido detenido en una pensión de Casalvieri, una localidad de la provincia de Frosinone, Italia, en mayo de 2021, Orense Azócar fue extraditado en junio de 2022 atendiendo a un pedido del gobierno de EE. UU. formulado un año antes. Su primera comparecencia ante la justicia estadounidense fue el 23 de junio de este 2022 en el Tribunal del Distrito Sur de Nueva York donde se declaró inocente de cuatro cargos de narcotráfico.

  Específicamente, se le señala de (1) Conspiración para producir, manufacturar, distribuir y poseer sustancias prohibidas por las leyes de los Estados Unidos (Cocaína); (2) Conspiración para violar las leyes marítimas de lucha contra las drogas por haber utilizado barcos, cargueros productos con cocaína, en violación del Título 21 del Código de EE. UU.; (3) Posesión de Armas de alto calibre, ametralladoras, y artefactos de destrucción para defender su empresa criminal de cocaína; y (4) Conspiración para poseer armas de alto calibre, ametralladoras y artefactos de destrucción[1].

   Durante esta primera cita con la justicia de EE. UU., el acusado se declaró insolvente, por lo que la juez Valerie Figueredo, revisó su declaración financiera jurada y le designó un defensor público. Del mismo modo, el caso se remitió al juez de distrito Vernon S. Broderick[2].

  Según a la información que se maneja proveniente de fuentes policiales venezolanas, Carlos Orense Azócar dentro de la estructura del Cártel de los Soles estaba encargado de coordinar los envíos, de la logística del dinero, así como del envío de la droga al exterior. Este hombre habría manejado alrededor de 40 por ciento de las 40 toneladas que supuestamente moviliza el cartel.

Los antecedentes de “El Gordo”

  El historial de Carlos Eduardo Orense Azócar siempre ha estado ligado a lo irregular, por cuanto en su haber este hombre, quien trabajó en el Ministerio de Finanzas en 1989, enfrentó una demanda que le entabló un banco privado en enero de 2011 por el impago de una deuda por tarjetas de crédito. Por este hecho, el Juzgado del Área Metropolitana de Caracas le dictó prohibición de enajenar y gravar sobre un inmueble del que era propietario.

  Del mismo modo, fue al banquillo de los acusados por la muerte de quien era señalado como su socio, Carlos Ramón Cedeño. El hecho ocurrió el 20 de noviembre de 2011, en El Tigre, estado Anzoátegui, caso, cuando en medio de una riña “El Gordo” mató a Cedeño y luego alegó defensa propia. Consiguió beneficios procesales y no cumplió su condena completa.

 Se habría desempeñado como interventor de aduanas en el Aeropuerto Internacional de Maiquetía y también habría trabajado bajo las órdenes del exdirector de contrainteligencia de la vieja Disip, Pedro Luis Martín Olivares, quien es señalado de la comisión hechos de narcotráfico[3].

 La acusación que Estados Unidos le formula sostiene que habría conspirado para importar droga a territorio estadounidense a través de una trama criminal que operó en Venezuela, Colombia, República Dominicana y México entre los años 2003 y 2021.

Su papel en el Cartel de los Soles

 Como se sabe, el Cártel de los Soles es una organización criminal integrada por militares y altos funcionarios gubernamentales del régimen chavista, teniendo entre sus cabecillas, a Diosdado Cabello y Tareck El Aissami, como figuras principales. Según los datos que hasta la fecha se manejan en los órganos de investigación estadounidenses, el Cartel de los Soles estaría integrado por “17 generales venezolanos en activo y con altos cargos, cuatro exministros del chavismo, seis jueces, una larga lista de funcionarios de la administración pública y cinco acaudalados empresarios que se pusieron al servicio del narcotráfico”.

  Versiones de prensa señalan que Carlos Orense Azócar dentro del Cartel de los Soles trabajaría con Pedro Luis Martín Olivares y Hugo “El Pollo” Carvajal, el primero de ellos, responsable de la logística de la organización criminal. Por ello, su aprehensión y extradición a los EE. UU. supondría un gran peligro para Diosdado Cabello en razón de la información que maneja[4].

“El Gordo”, refieren las investigaciones, desde su posición como colaborador en las operaciones del cártel, habría ayudado a legitimar dinero de Tareck El Aissami en alianza con Samark López Bello, tenido como uno de sus testaferros.

  Carlos Orense Azócar supuestamente fue conectado con Tareck El Aissami cuando se desempeñaba como ministro del interior entre los años 2008 y 2012, a través del exjefe de inteligencia financiera de la policía política venezolana, Pedro Luis Martín Olivares, y del general Hugo Carvajal. Mediante esta conexión, “El Gordo” también estrechó su vínculo con Walid Makled.

  Toda esta estructura que lo ligaba a los servicios de inteligencia, le habría permitido a Carlos Orense Azócar, operar desde una oficina en la sede del Sebin ubicada en El Helicoide. Habría sido de esta manera como, presuntamente, trabajó con capos colombianos en el traslado de droga por vía terrestre al centro del territorio venezolano con protección del referido servicio de inteligencia y de la Guardia Nacional.

  Esta conexión con El Pollo Carvajal y Martín Olivares, le permitió a Carlos Orense Azócar manejar el envío de cocaína a República Dominicana a través de lanchas, así como el paso de la droga entre Colombia y Venezuela por aire y tierra. La finca “Los Garañones” en Guárico habría sido centro de despacho de por lo menos ocho cargamentos.

“El Gordo” también está ligado a una empresa de energía con sede en Nueva York, la cual le permitió, de acuerdo a las investigaciones, obtener contratos de suministro para PDVSA y, al mismo tiempo, camuflar el dinero ilícito de las operaciones de narcotráfico entre 2004 y 2009. Se determinó que la asignación de contratos a la empresa energética ligada a Carlos Orense Azócar, fue posible gracias a su relación con el entonces presidente de CITGO, Luis Marín. El otro respaldo necesario para llevar a cabo estas operaciones y obtener los pagos de la filial de la estatal petrolera venezolana, habría sido Eudomario Carruyo, expresidente de finanzas de Petróleos de Venezuela.

 Otro apoyo necesario a Orense Azócar provino supuestamente de la oficina de identificación venezolana, Saime, donde se les suministraron pasaportes a los diversos grupos para legitimar el dinero del narcotráfico con colaboración del Banco Peravia de República Dominicana[5].

  Tocará ahora que la fiscalía de los Estados Unidos pruebe todas estas acusaciones contra Carlos Eduardo Orense Azócar en el proceso judicial que se le prosigue en los tribunales norteamericanos.

[1] Venezuela Política. “Narcotraficante venezolano alias ‘El Gordo’ se declara no culpable en un tribunal de Nueva York". 24 de junio de 2022. https://www.maibortpetit.info/2022/06/narcotraficante-venezolanos-alias-el.html

[2] https://cvvnews.com/the-fall-of-carlos-orense-azocar-the-drug-trafficker-linked-to-chavismo/ The fall of Carlos Orense Azocar, the drug trafficker linked to Chavismo

[3] Suprema Injusticia. “Presunto operador del Cártel de Los Soles está en manos de justicia de EEUU”. 13 de julio de 2022. https://supremainjusticia.org/presunto-operador-carte-de-los-soles/

[4] https://cvvnews.com/the-fall-of-carlos-orense-azocar-the-drug-trafficker-linked-to-chavismo/

[5] Diario Las Américas. “El imperio del narcotráfico estuvo al servicio de Hugo Chávez”. 8 de junio de 2018. https://www.diariolasamericas.com/america-latina/el-imperio-del-narcotrafico-estuvo-al-servicio-hugo-chavez-n4152829/amp




 

martes, 26 de septiembre de 2023

Cliver Alcalá Cordones, militar acusado de ser miembro del cártel de los Soles, será sentenciado en NY tras haberse declarado culpable. Será un testigo del gobierno de EE. UU. contra "El Pollo" Carvajal

 De acuerdo a fuentes familiarizadas con el caso, el venezolano podría lograr una sentencia menor a 60 meses de prisión contando con el tiempo servido.

 Por Maibort  Petit

  El exmilitar venezolano, Cliver Alcalá Cordones será sentenciado en Nueva York, el próximo miércoles 4 de octubre, tras haberse declarado culpable de haber participado en una conspiración con las FARC. El acusado acordó colaborar con la justicia de los Estados Unidos, y será testigo clave en el caso en contra del exjefe de Inteligencia del régimen venezolano, Hugo Carvajal, alias "El Pollo", encauzado por narcotráfico en un expediente que incluye a Nicolás Maduro, Diosdado Cabello y otros miembros de la élite chavista.

  Cliver Alcalá iba a ser juzgado en la corte del Distrito Sur de Nueva York  por cargos de conspiración con el grupo rebelde colombiano FARC para enviar cocaína a Estados Unidos. No obstante, el militar se declaró culpable de los cargos de brindar apoyo material a un grupo terrorista y transferencia ilícita de armas de fuego en junio de 2023. 

 Se espera que su sentencia sea muy leve ya que exmilitar se encuentra colaborando con los fiscales en casos relacionados con exfuncionarios venezolanos. Su testimonio es crucial en el juicio por narcotráfico del exjefe de expías del régimen venezolano, Hugo Carvajal Barrios. 

  El Pollo Carvajal fue extraditado de España a Estados Unidos en  julio de 2023 para enfrentar cargos de narcoterrorismo, narcotráfico y posesión de armas. En su primera aparición en el tribunal se declaró no culpable y su equipo de defensa ha anunciado irá a juicio, aunque fuentes informaron a Venezuela Política que está negociando con los federales un posible acuerdo de culpabilidad. 

  Carvajal Barrios está siguiendo los pasos de su compañero de armas y de faena, Alcalá Cordones quien se declaró inocente de esos cargos imputados poco después de entregarse a agentes estadounidenses en Colombia en 2020. Luego de dos años y medios de negociaciones cambió su declaración a culpable de los cargos de brindar apoyo material a un grupo terrorista y transferencia ilícita de armas de fuego, según los registros judiciales.

   La defensa de Alcalá Cordones dijo en comunicado en junio de 2023 que "El general  aceptó un acuerdo de culpabilidad ampliamente negociado en el que se declaró culpable de delitos menores no contenidos en la acusación en su contra: brindar apoyo material a las FARC cuando era un general venezolano. Esta resolución no incluye ningún delito de narcóticos".

¿Quién es ?

  El exfuncionario del régimen venezolano fue uno de los militares que acompañó a Hugo Chávez Frías en la asonada golpista con el gobierno de Carlos Andrés Pérez el 4 de febrero de 1992. Ocupó puestos claves en claves en la administración de Chávez, habiendo encabezado en 2002, la intervención de la Policía Metropolitana, entonces bajo el mando del alcalde Alfredo Peña. En 2008 fue jefe de la Guarnición de Valencia y después fue líder de la Guarnición de Maracay. Fue señalado por el exmagistrado del Tribunal Superior de Justicia, Eladio Aponte Aponte, de estar incurso en delitos de narcotráfico. En 2013 fue comandante general de la Región de Defensa Integral Guayana (REDI-Guayana).

La entrega

 Cliver Alcalá se entregó ante la Dirección Nacional de Inteligencia de Colombia el 27 de marzo de 2020, un hecho que ocurrió luego de que el Departamento de Justicia de Estados Unidos lo integrara a la lista de solicitados y ofreció USD 10 millones de recompensa por su captura.

La acusación original

   El 26 de marzo de 2020, Cliver Alcalá Cordones, fue acusado por el gobierno de los Estados Unidos por supuestamente participar, junto a Nicolás Maduro y otros altos jerarcas de su régimen y aliados ideológicos —Diosdado Cabello, Hugo Carvajal, Luciano Martín Arango, alias “Iván Márquez”, y Seuxis Paucias Hernández Solarte, alias “Jesús Santrich”— de participar en delitos de narcotráfico.

  En total, fueron acusados 14 funcionarios venezolanos, indicándose que Cliver Alcalá era uno de los lugartenientes de Maduro que actuaba —con todo el clan— para “inundar Estados Unidos con cocaína para socavar la salud y el bienestar de nuestra nación. Maduro usó cocaína de forma muy deliberada como arma”, de acuerdo a lo argumentado por los fiscales.

   Los cargos presentados contra Cliver Alcalá Cordones son: 

(1) participar en una conspiración de narcoterrorismo, que conlleva una sentencia mínima obligatoria de 20 años y un máximo de cadena perpetua en prisión; 

(2) conspirar para importar cocaína a los Estados Unidos, lo que conlleva una sentencia mínima obligatoria de 10 años y un máximo de cadena perpetua; 

(3) usar y portar ametralladoras y dispositivos destructivos durante y en relación con, y poseer ametralladoras y dispositivos destructivos en apoyo de las conspiraciones de narcoterrorismo e importación de cocaína, que conlleva una sentencia mínima obligatoria de 30 años y una pena máxima de cadena perpetua; y 

(4) conspirar para usar y portar ametralladoras y dispositivos destructivos durante y en relación con, y poseer ametralladoras y dispositivos destructivos para promover las conspiraciones de narcoterrorismo e importación de cocaína, que conlleva una sentencia máxima de cadena perpetua en prisión.

De socios a enemigos

   De participar en la asonada militar y luego del oficialismo chavista que se instituyó en Venezuela desde el ascenso de Hugo Chávez al poder, de compartir con su heredero, Nicolás Maduro, supuestamente, en actividades de narcotráfico a través del Cartel de los Soles, Alcalá Cordones se declaró enemigo del dictador venezolano.

  Quien fuera uno de los hombres de confianza del finado expresidente, Hugo Chávez, se habría deslindado de su sucesor a quien ahora combate desde todas las instancias.

  De hecho, él y otros exministros de Hugo Chávez conformaron la “Plataforma por la Defensa de la Constitución Bolivariana” y se pronunciaron en contra de Maduro, advirtiendo el “avance gradual pero sostenido y permanente en la limitación y eliminación de los derechos constitucionales de los ciudadanos y ciudadanas y de las organizaciones del pueblo venezolano”.

  Tras el deslinde con el régimen de Maduro, Cliver Alcalá huyó a Barranquilla, Colombia, donde vivió dos años hasta el 27 marzo de 2020, fecha en la que se entregó a las autoridades de ese país para ser extraditado a los Estados Unidos. Entonces, acusó al mandatario de emprender una campaña de destrucción en su contra.

Los hechos y argumentos de la acusación

  Las actividades de narcotráfico entre Alcalá Cordones y Nicolás Maduro habrían comenzado —de acuerdo a los documentos del tribunal— en 1999 y se extendieron hasta 2020, por lo que la supuesta ruptura con el mandatario tendría que haber ocurrido para esta última fecha.

   Los imputados, según la acusación, participaron en una conspiración narcoterrorista corrupta y violenta de la que formaron parte el Cartel de los Soles venezolano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). Este última se convirtió en uno de los mayores productores de cocaína del mundo y perpetró actos de violencia contra ciudadanos y bienes de Estados Unidos. Entretanto, el Cartel de los Soles es una organización venezolana de narcotráfico compuesta por funcionarios venezolanos de alto rango que corrompieron la institucionalidad para facilitar la importación de toneladas de cocaína a EE. UU.

  Maduro, Alcalá Cordones, Carvajal barrios, Cabello Rondón actuaron como líderes y gerentes del referido Cartel de los Soles y la conspiración narcoterrorista de las FARC.

  La acusación describe una serie de eventos desarrollados a partir de las instrucción que en 2005 el finado Hugo Chávez dictó a Nicolás Maduro, para entonces diputado de la Asamblea Nacional, así como a jueces —juez que se negara debía ser destituido—y otros altos funcionarios para que protegieran a las FARC. Ese año Venezuela finalizó su colaboración con la DEA.

    En 2006 Chávez nombró a Maduro como Canciller y ese mismo año las FARC le pagaron a este USD 5 millones en ingresos provenientes de la droga, a través de un tercero, en relación con un esquema de lavado de dinero que formaba parte de la conspiración del narcoterrorismo. En 2008, Diosdado Cabello, Hugo Carvajal y Cliver Alcalá acordaron en una reunión que este último asumiría funciones adicionales coordinando las actividades de narcotráfico del Cartel de Los Soles y las FARC.

Apoyo a  Juan Guaidó

  Dos días antes de su arresto en Colombia, las autoridades neogranadinas incautaron un arsenal de armas que, supuestamente, estaba destinado a una operación para derrocar al gobierno de Nicolás Maduro.

  Presuntamente, Cliver Alcalá Cordones participó en este movimiento en el que también formó parte Juan Guaidó quien con Juan José Rendón suscribió un contrato con un mercenario estadounidense para que comandara la operación de derrocamiento[1]. Juan Guaidó negó tener relación con Cliver Alcalá y el armamento en Colombia.

  El Juez de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, Alvin K. Hellerstein fijó la sentencia para el 4 de octubre de 2023. El exmilitar enfrenta una condena de más de 10 años de prisión pero la misma será menos severa debido a que el acusado está colaborando con la justicia de los Estados Unidos.

  Fuentes cercanas al caso informaron que el rango de sentencia que recibiría el militar estaría en un tiempo no mayor a los 60 meses de cárcel, debido a los niveles de colaboración que el acusado tiene con los fiscales federales.

REFERENCIAS

[1] Venezuela Política. “Se inicia en Nueva York el proceso judicial contra Cliver Alcalá Cordones, presentación inicial se hizo vía telefónica”. 31 de marzo de 2020. https://www.maibortpetit.info/2020/03/se-inicia-en-nueva-york-el-proceso.html

[2] Venezuela Política. “Conoce los últimos detalles del caso de Cliver Alcalá Cordones en corte de Nueva York”. 29 de junio de 2020. https://www.maibortpetit.info/2020/06/conoce-los-ultimos-detalles-del-caso-de.html

[3] Venezuela Política. “Clíver Alcalá Cordones pide a la corte un abogado de oficio porque no tiene dinero para pagar los privados”. 29 de junio de 2020. https://www.maibortpetit.info/2020/06/cliver-alcala-cordones-pide-la-corte-un.html

[4] Venezuela Política. “Juez de Nueva York ordena a Clíver Alcalá Cordones demostrar que no tiene dinero para pagar su defensa”. 2 de julio de 2020. https://www.maibortpetit.info/2020/07/juez-de-nueva-york-ordena-cliver-alcala.html

[5] Department of Justice. “Nicolás Maduro Moros and 14 Current and Former Venezuelan Officials Charged with Narco-Terrorism, Corruption, Drug Trafficking and Other Criminal Charges”. 26 de marzo de 2020. https://www.justice.gov/opa/pr/nicol-s-maduro-moros-and-14-current-and-former-venezuelan-officials-charged-narco-terrorism

[6] Policía Nacional de Colombia. “Incautamos un gran cargamento de armas de fuego”. 25 de Marzo de 2020. https://www.policia.gov.co/noticia/incautamos-gran-cargamento-armas-fuego

[7] Infobae. “El general venezolano Clíver Alcalá Cordones se entregó en Colombia y será extraditado a los Estados Unidos”. 27 de marzo de 2020. https://www.infobae.com/america/venezuela/2020/03/27/el-general-venezolano-cliver-alcala-cordones-se-entrego-en-colombia-y-sera-extraditado-a-los-estados-unidos/

[8] El Nacional. “Juan Guaidó negó tener relación con Cliver Alcalá y el armamento en Colombia”. 29 de marzo de 2020. https://www.elnacional.com/venezuela/juan-guaido-nego-tener-relacion-con-cliver-alcala-y-el-armamento-en-colombia/

[9] El Nacional. “Clíver Alcalá Cordones discute declararse culpable en Estados Unidos”. 17 de septiembre de 2021. https://www.elnacional.com/venezuela/cliver-alcala-cordones-discute-declararse-culpable-en-estados-unidos/

[10] El Nacional. “Clíver Alcalá Cordones no tiene intención de declararse culpable”. 27 de septiembre de 2021. https://www.elnacional.com/venezuela/cliver-alcala-cordones-no-tiene-intencion-de-declararse-culpable/

[11]  Departamento del Tesoro de EEUU saca a Cliver Alcalá Cordones de la lista ‘capos del narcotráfico. 1 de diciembre de 2021.  https://www.treasury.gov/press-center/press-releases/Pages/tg1295.aspx

viernes, 30 de junio de 2023

¿ Por qué la justicia de los EE. UU. levantó los cargos de narcotráfico y terroristas al general, Clíver Alcalá Cordones?

Por Maibort Petit

    El Departamento de Justicia de los Estados Unidos acordó retirar los cargos por delitos de terrorismo y narcotráfico al ex-general venezolano, Clíver Alcalá Cordones, acusado de ser parte del Cártel de los Soles y de haber tenido una carrera criminal por más de dos décadas. El militar chavista sólo se hizo responsable de delitos menores, y será sentenciado en los próximos meses.

  En una comunicación el gobierno de los Estados Unidos informó a la corte que la fiscalía renuncia a la acusación hecha en 2011 contra Cliver Alcalá Cordones, por los cargos de terrorismo y narcotráfico. Asimismo, se señala que habrá una audiencia donde el militar venezolano se declarará culpable de delitos menores, como resultado de una negociación que firmó con los fiscales federales de Nueva York.

  Fuentes cercanas al caso en Nueva York informaron a Venezuela Política que la defensa de Alcalá llegó a un acuerdo con los fiscales luego de años de negociación. El exgeneral chavista ya había colaborado con la justicia de EE. UU. luego del fallecimiento de Hugo Chávez, pero las colaboraciones no lograron llegar a una conciliación satisfactoria entre 2013-2014.

   La razón detrás de la decisión de los fiscales incluyen interés de la justicia y colaboración con los fiscales.

  La acusación contra el militar venezolano se produjo el 26 de marzo de 2020, cuando se le señaló de conspiración para cometer narcoterrorismo; conspiración para importar cocaína; y cargos relacionados con armas de fuego.

  El caso contra Alcalá Cordones se enmarca dentro de una acusación que el gobierno de los Estados Unidos formuló contra Nicolás Maduro y 14 funcionarios venezolanos, entre ellos el referido oficial, de quien se dice fungía como uno de sus lugartenientes que actuaban para “inundar Estados Unidos con cocaína para socavar la salud y el bienestar de nuestra nación. Maduro usó cocaína de forma muy deliberada como arma”.

 Además de Maduro y Alcalá Cordones, la acusación contempla a elementos emblemáticos del chavismo, tales como Diosdado Cabello y Hugo Carvajal, señalados de ser líderes del Cártel de los Soles.

 Los cargos por los cuales el 5 de marzo de 2020, un gran jurado acusó a Alcalá Cordones, son (1) participar en una conspiración de narcoterrorismo, en violación de U.S.C. § 960a; (2) participar en una conspiración de importación de cocaína, en violación de 21 U.S.C. § 963; (3) posesión de ametralladoras y dispositivos destructivos, 18 U.S.C. §§ 924(c)(1)(A), 924(c)(1)(B)(ii), 2; y (4) conspiración para poseer ametralladoras y dispositivos destructivos, en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 924(o).

  Tras ser acusado en 2020, y que el gobierno de EE. UU. pusiera una recompensa por su captura de $10 millones de dólares, Alcalá Cordones se entregó a las autoridades estadounidenses en Bogotá, Colombia. Actualmente se encuentra en una prisión del Condado de Westchester en las afueras de la ciudad de Nueva York a la espera de su sentencia.
 
 En la comunicación de la corte, los fiscales señalan que renuncian a la acusación de los siguientes cargos:

1. Desde al menos el 2006, Cliver Alcalá Cordones fue acusado de ayudar, proporcionar e instigar la provisión de materiales a las Fuerzas Armadas Revolucionarias Colombianas (FARC) a sabiendas que era un delito castigado por las leyes de lo Estados Unidos. El delito fue iniciado y cometido fuera del jurisdicción de cualquier estado o distrito en particular de los Estados Unidos. Cliver Antonio Alcalá Cordones, el acusado, se encuentra arrestado en el Distrito Sur de Nueva York.

  El demandado cometió un delito establecido en el Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 2339A(b), a saber, propiedad, servicios, armas, explosivos y personal a una organización terrorista extranjera, a saber, las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), designada por los Estados Unidos como una organización terrorista extranjera, de conformidad con la Sección 219 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

  Alcalá Cordones cometió el delito a sabiendas que las FARC estaban designadas como una organización terrorista (como se define en el Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 2339=B.

2) Cargo 2: Recepción y Transferencia de Armas de Fuego para Uso en un Delito Federal de Terrorismo

  El fiscal de los Estados Unidos acusó a Cliver Alcalá Cordones de recibir y transferir armas de fuego, sabiendo y teniendo motivos razonables para creer que tales armas de fuego se utilizarían para cometer un delito federal de terrorismo, tal como se define en el Título 18, United States Código de los Estados Unidos, Sección 2332-b (g)(5)), a saber, la provisión de apoyo material y recursos a las FARC acusaron en el Primer Cargo de esta Información, en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 924(h).

  Según las fuentes consultadas, la negociación de Alcalá Cordones con los fiscales incluye información de hechos que ocurrieron en la primera década del siglo XXI.

  La defensa había alegado en 2022 que Alcalá Cordones había actuado en intentos de sacar del poder a Nicolás Maduro, en una acción que fue conocida por la prensa como Operación Gedeón. Asimismo, el exmilitar ofrecido información de eventos ocurridos durante la administración de Nicolás Maduro.

 Según ha manifestado Alcalá Cordones ante la corte, carece de fondos para pagar su defensa, por lo cual el juez aprobó un abogado de oficio para el proceso que enfrenta desde 2020.

  En Estados Unidos más de un 97 por ciento de las personas que son acusadas de delitos de narcotráfico se declaran culpables para obtener una condena menos severa. En el caso de decidir colaborar con los fiscales, los beneficios son mayores, incluyendo un estatus migratorio para permanecer en territorio norteamericano con su familia, con otra identidad, etc.

La Inmunidad

  Cliver Alcalá Cordones había pedido al tribunal que se reconociera la inmunidad de que supuestamente estaba investido cuando cometió de los delitos de narcoterrorismo que se le imputaron los fiscales.

  El 17 de marzo de 2022, Alvin K. Hellerstein, juez del Distrito Sur de Nueva York, negó una moción para desestimar la acusación en su contra bajo la doctrina de la inmunidad oficial extranjera presentada por Cliver Antonio Alcalá Cordones.

 Alcalá se hace responsable únicamente de los delitos relacionados con las armas. Hasta el momento no se puede determinar a cuántos años de prisión podría ser sentenciado el militar.

    

    


miércoles, 19 de octubre de 2022

Continúa el contrapunteo entre Cliver Alcalá Cordones y la fiscalía por entrega de pruebas que supuestamente lo exculparían

  El gobierno sostiene que al militar venezolano se le han entregado todas las evidencias que ha pedido y aún más.

Por Maibort Petit

    En la Corte del Distrito Sur de Nueva York, Clíver Alcalá Cordones, acusado de crímenes de narcoterrorismo, sigue en la brega para que la fiscalía haga entrega de unas supuestas evidencias que, según su defensa, 'lo exculparían' de los delitos que se le imputan y, más aún, demostrarían su divorcio del régimen de Nicolás Maduro, su oposición al mismo y las acciones que ha llevado a cabo para que se concrete el fin de la dictadura venezolana.

  El 11 de octubre de 2022, el Fiscal de los Estados Unidos Distrito Sur de Nueva York, Damian Williams, a través de sus fiscales auxiliares, Kaylan E. Lasky y Kyle A. Wirshba, remitió al juez, Alvin K. Hellerstein, las versiones redactadas de los memorandos de ley pertinentes para el expediente público del caso que se ventila en dicha instancia judicial entre los Estados Unidos y Clíver Antonio Alcalá Cordones.

  El gobierno refirió al magistrado que Alcalá Cordones presentó el 11 de mayo de 2022 una moción sellada cuya respuesta de la fiscalía en oposición, también sellada, fue entregada al tribunal el 15 de junio de 2022.

La moción sellada de Alcalá Cordones

  El 11 de mayo de 2022, los abogados de Clíver Alcalá Cordones, presentó ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, un Memorándum de ley en apoyo de la moción renovada por el solicitada para la producción de material de conformidad con Brady v. Maryland y la Regla Federal de Procedimiento Penal 5(F).

   El acusado insiste en que la Corte debe obligar a la fiscalía a cumplir con lo establecido en la norma. Refiere que es necesario que el gobierno presente la evidencia de demuestra la hostilidad y la rebelión armada del general Alcalá Cordones contra Nicolás Maduro y sus otros presuntos cómplices, pues el material, a juicio de la defensa, demostraría que el acusado se retiró de la conspiración acusada en 2014. Se trata de pruebas exculpatorias que la fiscalía debe entregar.

  Recuerdan que Alcalá Cordones se retiró del ejército en julio de 2013, tras 30 años de servicio y luego de que se produjera la muerte de Hugo Chávez en marzo de dicho año. Luego de eso, anunció públicamente su antipatía con el régimen de Maduro y, poco después, en 2014, se sumó a la sociedad civil que se oponía abiertamente al gobierno. En 2017, se comprometió en derrocar a Maduro mediante una insurrección armada y, entre ese año y 2020 mantuvo varias reuniones con oficiales de la CIA y oficiales de inteligencia colombianos para discutir la referida revuelta.

  Se indica en el memorándum que la acusación original de este caso fue presentada en 2011 únicamente contra Hugo Carvajal, a quien se señaló de participar en una conspiración de narcóticos. 

  En 2019, una acusación de reemplazo seguía solamente demandando a “El Pollo”. Entretanto, Alcalá Cordones seguía participando en complot contra Maduro. 

  El 5 de marzo de 2020, una segunda acusación de reemplazo incluye en la conspiración de narcotráfico y delitos conexos a Cliver Alcalá Cordones, junto a otros imputados. En esta segunda acusación se dice que el demandado participó en una conspiración de narcoterrorismo que contemplaba más de 20 años y lo señaló de formar parte del Cartel de los Soles. Sin embargo, a pesar de contemplar 21 años de conspiración, los abogados refieren que a su cliente sólo se menciona una vez en 2008, cuando junto a Diosdado Cabello y Hugo Carvajal, habría participado de una reunión en la que se le encomendaron labores adicionales de coordinación del referido Cartel de los Soles.

  Refiere en memorándum que el 30 de octubre de 2020, el tribunal ordenó la entrega de material según Brady, pero hasta la fecha solamente se ha hecho revelaciones parciales de hechos comprendidos entre 2016 y 2020 a la defensa.

 Se indica que el 22 de noviembre de 2021, el General Alcalá Cordones demandó del gobierno material Brady sobre testigos y miembros del gobierno de EE. UU. que conocían su participación en dos intentos de golpe, así como la planificación de un tercero, contra el gobierno de Maduro. 

  Luego, el 28 de enero de 2022 presentó mociones previas al juicio que incluían el material Brady y el 17 de marzo de 2022 la corte denegó la primera moción argumentando que no era necesaria una orden porque el gobierno parecía estar cumpliendo con sus obligaciones. 

  Después, el 29 de marzo de 2022 mantuvo una reunión con el tribunal ex parte  sobre la solicitud pendiente del gobierno de una orden de protección de conformidad con la Sección 4 de la Ley de Procedimientos de Información Clasificada. A raíz de esto, Alcalá Cordones presentó la actual moción renovada  para la divulgación del material Brady en posesión del gobierno el cual comprobaría su retiro, en caso de que así fuere, como resultado de su oposición al régimen de Nicolás Maduro.

  Entre otros materiales no divulgados, Cliver Alcalá Cordones exige a la fiscalía toda la documentación de la reunión del 13 de noviembre de 2013 entre el acusado y el agente de la DEA, Slade Searight, en Madrid; así como de la reunión del 23 de julio de 2014 con el fiscal Michael Lockard y los Agentes de la DEA Sandalio González y Gregg Mervis en Bogotá, Colombia.

La oposición del gobierno

  La fiscalía para el Distrito Sur de Nueva York, a través de los fiscales auxiliares, Kyle A. Wirshba y Kaylan E. Lasky, presentó un memorandum en oposición a la moción de Clíver Alcalá Cordones.

  El gobierno sostiene que el acusado está equivocado, primero, porque la conspiración de narcoterrorismo imputada tiene un plazo de prescripción de al menos ocho años y no de cinco años. Por ello, sostiene la fiscalía, aunque Alcalá se hubiera retirado de la conspiración en 2014, seguiría siendo culpable de de la conspiración de narcoterrorismo. 

  Asimismo, la fiscalía asegura que ha cumplido y superado sus obligaciones en lo atinente a la presentación de pruebas, tanto por la norma como Brady y otras, pues al demandado se le proporcionó material de varios casos acusados diferentes, de una investigación en curso por parte de la fiscalía para el Distrito Sur de Florida y de cada una de las reuniones del demandado con agentes de la DEA y fiscales.

  El gobierno advirtió que el material solicitado por Cliver Alcalá Cordones no está en posesión de los fiscales acusadores ni de ninguna agencia que haya participado en las investigaciones, por lo que el tribunal debe denegar la petición del acusado.

  El memorando de oposición refiere que los cargos de la acusación tienen que ver con hechos ocurridos en los que los acusado participaron entre 1999 y 2020 y en los que están involucrados el Cartel de los Soles y las FARC.

  Del mismo modo, el gobierno advierte que en la Oposición del Gobierno a las Mociones Previa al Juicio queda establecido el papel de líder de Cliver Alcalá Cordones en el Cartel de los Soles, lo que contemplaba el brindarle seguridad a Luciano Marín Arango alias  “Iván Márquez”, uno de los más altos cargos de las FARC. 

 Además, los fiscales dicen que la evidencia deja clara la participación de Alcalá en varias reuniones con otros integrantes del referido cartel y con narcotraficantes asociados al grupo terrorista colombiano. En esos encuentros se planificó cómo el Cartel de los Soles cooperaría con las FARC en las actividades de narcotráfico y, además, conspiraron para suministrar armas a dichos terroristas.

  El gobierno hizo un largo recuento de la entrega del descubrimiento a la defensa y de las distintas diligencias que se han desarrollado en el proceso judicial.

  La fiscalía especificó, respecto al material solicitado por la defensa, que el 4 de septiembre de 2020, presentó notas de una reunión del 16 de julio de 2014 entre Alcalá, sus abogados, agentes de la DEA y fiscales de Nueva York; el 13 de junio de 2020, entregó notas de la reunión del 13 de noviembre de 2013 con agentes de la DEA en Madrid. También se produjo un informe de la DEA de una reunión de Alcalá y la DEA el 7 de abril de 2014.

 En esos encuentros el acusado negó su participación en el narcotráfico, pero los registros muestran su admisión de tener relación con las FARC y de asistir a una reunión de Marín y Hugo Carvajal. Allí Carvajal ofreció lanzacohetes a las FARC y unos 15 días después de esto, Carvajal entregó lanzacohetes a Alcalá, quien a su vez los entregó a las FARC.

  La fiscalía pidió que el tribunal desestime el pedido de Cliver Alcalá Cordones.


 

viernes, 9 de septiembre de 2022

El sellado de documentos sigue marcando la pauta en el caso de Clíver Alcalá Cordones

   En varias oportunidades el gobierno ha querido proteger parte de la evidencia y el tribunal ha acogido las solicitudes.

Por Maibort Petit

   Una vez más la Fiscalía de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York ha solicitado al tribunal sellar parte del material manejado en el caso del militar venezolano, Clíver Alcalá Cordones, sobre quien pesa una acusación por delitos de narcoterrorismo.

  En aras del interés de la justicia, el pasado 31 de agosto del presente 2022, los fiscales auxiliares, Jason A. Richman y Kaylan E. Lasky, en representación del fiscal Damian Williams, anunciaron al juez de la causa, Alvin K. Hellerstein, un trámite ante el Oficial de Seguridad de la Información Clasificada para mantener bajo resguardo del ojo público cierta información del caso de Alcalá Cordones.

  Previamente, el 2 de junio de 2022, la Corte dictó una orden de programación en la que estableció la realización de una conferencia ex parte para resolver una moción pendiente del gobierno que procuraba la retención de documentos. En tal sentido, fue pautada una reunión para el 21 de julio de 2022 a puerta cerrada para tratar la exigencia del demandado de una mayor producción de material de Brady, presentada bajo sello el 12 de mayo de 2022. Allí la fiscalía expondría sus razones para no producir los documentos o que se hiciera con sustituciones, al tiempo que igualmente presentaría su oposición a una moción pendiente de Cliver Alcalá para obligar antes del 15 de junio de 2022.

  Anteriormente a esto, el 9 de febrero de 2022, el juez Hellerstein concedió una moción de la fiscalía presentada ex parte a puerta cerrada en la víspera (8 de febrero) y a través del Oficial de Seguridad de la Información Clasificada, por estimar que efectivamente la documentación que presentaría el gobierno debía ser protegida por contener información clasificada que debía ser manejada como secreto de estado.

  Determinó el magistrado, con base en la jurisprudencia, que la divulgación de los "Materiales clasificados eliminados" podría causar daños graves a la seguridad nacional, como lo refiere la norma, además de no no ser útiles para la defensa.

  Igualmente, Hellerstein ordenó a la fiscalía presentar a la defensa una serie de sustituciones del material acordadas previamente y que dicha presentación fuera sellada y permaneciera bajo la custodia del Oficial de Seguridad de la Información Clasificada hasta una nueva orden del Tribunal.

  Como estas, se han producido otras órdenes de restricción de la evidencia como, por ejemplo, la ocurrida en agosto de 2020, cuando el juez Alvin K. Hellerstein, ordenó que el material entregado a la defensa de Cliver Alcalá Cordones fuera protegida para evitar que fuera a parar a manos de terceros no autorizados fuera de loe EE. UU. 

  Argumentó que si bien el acusado tenía derecho a acceder a las evidencias en su contra, también era real la preocupación por la seguridad y confidencialidad de los materiales.

  Hellerstein determinó que "los materiales de descubrimiento no se puede proporcionar a personas o entidades extranjeras (incluso si tales personas o entidades son miembros de un equipo de defensa), a menos que están dentro de la categoría de ‘Personas Aprobadas’ por las partes".

 Incluso, el magistrado se prohibió a los medios de comunicación el solicitar copias de artículos recibidos por la Corte[1].

 La acusación contra el militar venezolano se produjo el 26 de marzo de 2020, cuando se le señaló de conspiración para cometer narcoterrorismo; conspiración para importar cocaína; y cargos relacionados con armas de fuego.

  El caso contra Alcalá Cordones se enmarca dentro de una acusación que el gobierno de los Estados Unidos formuló contra Nicolás Maduro y 14 funcionarios venezolanos, entre ellos el referido oficial, de quien se dice fungía como uno de sus lugartenientes que actuaban para  “inundar Estados Unidos con cocaína para socavar la salud y el bienestar de nuestra nación. Maduro usó cocaína de forma muy deliberada como arma”.

 Además de Maduro y Alcalá Cordones, la acusación contempla a elementos emblemáticos del chavismo, tales como Diosdado Cabello y Hugo Carvajal, señalados de ser líderes del Cártel de los Soles.

REFERENCIA 

[1] Venezuela Política. “Juez estadounidense ordena proteger evidencias entregadas a Cliver Alcalá Cordones "para evitar que lleguen a terceros en el exterior”. 5 de agosto de 2020. https://www.maibortpetit.info/2020/08/juez-ordena-proteger-evidencias-que-se.html

sábado, 19 de marzo de 2022

Tribunal niega la inmunidad alegada por Cliver Alcalá Cordones para no enfrentar los cargos de narcoterrorismo en su contra

  Igualmente, el juez negó el pedido de que se obligue a la fiscalía a proporcionar detalles acerca de los co-conspiradores y testigos que intervendrán en el juicio.

Por Maibort Petit

  La pretensión de Cliver Alcalá Cordones de que se reconozca la inmunidad de que supuestamente estaba investido cuando cometió de los delitos de narcoterrorismo que se le imputan ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, se fue al traste en virtud de que el juez de la causa negó la moción que sus abogados presentaron ante la corte.

  El 17 de marzo de 2022, Alvin K. Hellerstein, juez del referido tribunal, negó una moción para desestimar la acusación en su contra bajo la doctrina de la inmunidad oficial extranjera presentada por Cliver Antonio Alcalá Cordones.

  Los cargos por los cuales el 5 de marzo de 2020 un gran jurado acusó a Alcalá Cordones, son (1) participar en una conspiración de narcoterrorismo, en violación de U.S.C. § 960a; (2) participar en una conspiración de importación de cocaína, en violación de 21 U.S.C. § 963; (3) posesión de ametralladoras y dispositivos destructivos, 18 U.S.C. §§ 924(c)(1)(A), 924(c)(1)(B)(ii), 2; y (4) conspiración para poseer ametralladoras y dispositivos destructivos, en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 924(o).

  En su decisión, el juez Hellerstein recuerda que el 22 de julio de 2020, emitió una orden de protección sobre la producción de material de descubrimiento no clasificado y hasta la fecha, el Gobierno ha realizado siete producciones de material de descubrimiento no clasificado, por un total de más de 105 gigabytes de datos. Hace un recuento de dichas producciones que tuvieron lugar el 30 de junio de 2020, el 4 de septiembre de 2020, el 24 de noviembre de 2020, así como materiales adicionales que solamente están a la vista de los abogados.

  Se refiere que Clíver Alcalá Cordones busca desestimar la acusación basándose en la inmunidad soberana extranjera; y en caso de que la moción fuese denegada, pide un proyecto de ley de detalles y una orden que instruya al Gobierno a producir evidencia material favorable a él.

Sobre la inmunidad

  Sobre la moción para desestimar la acusación, argumentando que tiene derecho a la inmunidad procesal bajo el derecho consuetudinario, el magistrado indica que este sostiene que cuando participó en la conducta acusada, actuó en su capacidad oficial como oficial militar uniformado de Venezuela y en la promoción de la política exterior soberana de Venezuela. Según el razonamiento de Alcalá Cordones, tiene derecho a la inmunidad oficial extranjera basada en la conducta, pero el juez Hellerstein asegura que el acusado no es inmune al enjuiciamiento.

   El juez explica que le correspondió decidir si Clíver Alcalá Cordones tenía la inmunidad alegada en razón de que, ni el Departamento de Estado la concedió cuando el acusado la afirmó, en cuyo caso el tribunal entonces debía renunciar a su jurisdicción; ni Venezuela procuró la inmunidad para el acusado; que son los procedimientos que establece el derecho consuetudinario.

  Habiendo alegado el acusado que tiene inmunidad basada en la conducta, el juez se remitió al contexto de los enjuiciamientos penales en los que el Segundo Circuito ha sostenido que un instrumento de un soberano extranjero no es inmune al enjuiciamiento bajo el derecho consuetudinario, razonando que "[en el derecho consuetudinario, las determinaciones de inmunidad soberana eran prerrogativa del Poder Ejecutivo; por lo tanto, la decisión de presentar cargos penales necesariamente habría manifestado la opinión del Poder Ejecutivo de que no existía inmunidad soberana".

   Clíver Alcalá Cordones argumenta que estaba actuando en nombre de su soberano y en apoyo de la política exterior de Venezuela, pero la fiscalía presentó cargos contra el acusado y sus cómplices, manifestando así su opinión de que no tiene derecho a inmunidad. En tal sentido, si un instrumento de un soberano no tiene derecho a inmunidad, un agente que actúe en nombre de ese soberano tampoco puede tener derecho a inmunidad, de acuerdo a la jurisprudencia. 

  Refiere el juez en tal sentido que, aunque no está obligado a ceder ante las opiniones del Poder Ejecutivo sobre si puede ejercer jurisdicción, si lo está a aplicar lo establecido por la Corte de Apelaciones de su circuito judicial: "En ausencia de reconocimiento de la inmunidad reclamada por la rama política del gobierno, los tribunales pueden decidir por sí mismos si existen todos los requisitos de inmunidad". Por ello, Hellerstein rechazó el reclamo de inmunidad del acusado.

  Debido a que el acusado solamente se limita a argumentar que no se le puede exigir que responda por esa conducta en este Tribunal, sin alegar enjuiciamiento selectivo, el juez estimó que es una base insuficiente para impugnar o revisar de otro modo la decisión del Gobierno de presentar cargos.

   Además, consideró el magistrado que no existiendo el riesgo de que su tribunal se abstuviese de ejercer su jurisdicción para evitar interferir en la política exterior o asuntos diplomáticos, concluyó que Cliver Alcalá Cordones “no tiene derecho a la inmunidad oficial extranjera según el precedente del Circuito, y que este hallazgo concuerda tanto con los principios tradicionales de separación de poderes como con los fundamentos de la doctrina de inmunidad oficial extranjera”.

 Hellerstein estima que la lectura que el acusado hace de la jurisprudencia que aplica en el caso, es incorrecta.

 Igualmente, el juez dice que el acusado da mucha importancia al hecho de que sus actos fueron realizados en virtud de su posición militar de alto rango. Consideró el magistrado que el acusado no puede iniciar un reclamo de inmunidad basado en la conducta, porque la inmunidad basada en la conducta se centra en los actos, no en el estado y, por lo tanto, la cuestión es si los supuestos "actos" son posiblemente atribuibles al Estado. Se remite a lo señalado el Segundo Circuito de que "los actos que violan flagrantemente las leyes propias de un estado extranjero no pueden, al mismo tiempo, constituir actos oficiales con derecho a deferencia".

  Precisa que Alcalá Cordones está acusado de hechos que violan tanto las leyes de Estados Unidos como las de Venezuela.

 En consecuencia, Alvin Hellerstein decidió que Cliver Alcalá Cordones “no tiene derecho a la inmunidad oficial extranjera porque el Poder Ejecutivo ha manifestado su intención de que no se aplique ninguna inmunidad; el ejercicio de la jurisdicción no interferirá con la política exterior; y, el Acusado no participó en ‘actos oficiales’. En consecuencia, se niega la moción de desestimación”.

Sobre la Ley de detalles

  Como alternativa a si la decisión del tribunal era la de negar la moción de desestimación de cargos por inmunidad, la Corte debía producir una orden que obligue al gobierno a presentar una lista de detalles, , incluidos los nombres de los co-conspiradores no acusados y los testigos del juicio, para que pueda prepararse adecuadamente para el juicio y evitar sorpresas.

  A este pedido, el juez Hellerstein indica que no se justifica ninguna lista de detalles.

  La decisión refiere que según la jurisprudencia "Un proyecto de ley de detalles debe ser requerido sólo cuando los cargos de la acusación son tan generales que no advierten al acusado de los actos específicos de los que se le acusa".

  Asimismo, cita que "No es suficiente que la información sea útil para el acusado; si el acusado ha recibido notificación adecuada de los cargos en su contra, el gobierno no está obligado a revelar detalles adicionales sobre su caso. El tribunal debe ser consciente del hecho que un proyecto de ley de detalles limita la evidencia del gobierno en el juicio a los detalles proporcionados".

  Y remata con: "Por lo tanto, la prueba adecuada para decidir si se debe exigir al Gobierno un proyecto de ley de detalles es si el proyecto de ley de detalles es necesario para la defensa, no si ayudaría al acusado en su preparación".

  Sostiene el magistrado que no se justifica una declaración de detalles en este caso porque el acusado ha sido informado adecuadamente de la naturaleza y los cargos en su contra a través del documento de acusación, el descubrimiento y los documentos judiciales.

  Subrayó que detalles sobre cómo y cuándo se formó la conspiración, o cuándo lo ingresó cada participante, no es necesario que se revele antes del juicio, al tiempo que recordó que en el contexto de los enjuiciamientos por narcotráfico "los tribunales se han negado consistentemente a otorgar una declaración de detalles solicitando los siguientes tipos de información: (1) cuándo se formó la conspiración; (2) cuándo el acusado se unió a la conspiración; y (3) cómo alega el Gobierno que el acusado realizó actos en apoyo de la conspiración".

 Determinó Hellerstein que aunque las revelaciones del descubrimiento no brindan todo lo que el acusado podría desear, es decir, los nombres de todos los co-conspiradores acusados y no acusados, se le han proporcionado suficientes detalles para llevar a cabo una investigación dirigida de manera significativa de los hechos y circunstancias relevantes para responder a los cargos.

Sobre el material Brady

  Finalmente, el juez Alvin Hellerstein se remite al pedido de Cliver Alcalá Cordones de que se requiera al gobierno divulgar la información en su poder sobre la supuesta "participación del demandado en actividades contra Maduro, así como las identidades de los testigos que no han indicado la participación del demandado en la supuesta conspiración".

  En tal sentido, el magistrado estableció que no se justifica ninguna orden que obligue a un descubrimiento adicional.

 Recordó que ya se produjo una orden informando al gobierno de sus obligaciones bajo Brady y las posibles consecuencias de violar sus obligaciones.

  Se remitió a la afirmación del gobierno en la que sostuvo que no ha identificado ninguna declaración de testigo en su poder, en la que un testigo afirmara afirmativamente que el acusado no estuvo involucrado en ninguna de las conspiraciones acusadas.

  Por ello, en razón de que el juez estimó que el gobierno parece estar cumpliendo con sus obligaciones bajo la Regla 16, Brady y Giglio y se ha comprometido a proporcionar al acusado material de la Ley Jencks, incluidas declaraciones de testigos que no testifiquen, al menos 30 días antes del juicio, negó la moción.

jueves, 3 de marzo de 2022

Defensa de Clíver Alcalá Cordones insiste ante el tribunal de Nueva York en la 'inmunidad' del militar chavista acusado de narcoterrorismo

 Tanto el gobierno como la Corte han sido cuidadosos en resguardar el material que pueda comprometer la seguridad nacional de los EE. UU.

Por Maibort Petit

   Ante la Corte de Distrito Sur de Nueva York se han presentado una serie de acciones procesales para que el juez ordene hacer públicos una serie de documentos que, según el Departamento de Estado 'pueden afectar la seguridad nacional de los Estados Unidos' por lo que han demandado la restricción a su acceso. El caso que corresponde a la acusación del gobierno estadounidense contra Nicolás Maduro Moros, Diosdado Cabello Rondón, Hugo Armando Carvajal Barrios, Luciano Marín Arango (“Iván Márquez”), Seuxis Paucis Hernández Solarte (“Jesús Santrich”) y Clíver Antonio Alcalá Cordones también es objeto de propaganda para desacreditar las evidencias de los fiscales.

  La fiscalía neoyorquina ha insistido en alertar sobre 'el peligro que acarrearía para el gobierno norteamericano develar la totalidad de las pruebas', ante lo cual presentó este 1 de marzo de 2022 dos documentos del caso de Alcalá Cordones que permanecerán sellados por orden del juez de la causa Alvin K. Hellerstein. Cabe destacar que el Tribunal ha sido cauteloso con tales solicitudes, las cuales ha negado, aunque ha hecho algunas concesiones que incluye la consideración de los argumentos esgrimidos por los solicitantes durante la celebración del juicio.

  A continuación, presentamos las últimas actuaciones de la defensa de Clíver Alcalá Cordones en el caso:

Petición de prórroga para responder

  El 16 de febrero de 2022, César de Castro, Valerie A. Gotlib, Adam S Kaufmann y Cristián Francos, del bufete de abogados The Law Firm of César Castro P.C., en representación de Clíver Antonio Alcalá Cordones, solicitaron ante Alvin K. Hellerstein, juez de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, un aplazamiento de una semana tanto para hacer entrega de la respuesta de su cliente al memorando de oposición del gobierno a sus mociones previas al juicio, así como a la moción de la Sección 4 de CIPA de la fiscalía, las cuales vencían el 18 de febrero de 2022.

   Refirieron que, en las cartas de mociones presentadas ante el Tribunal a principios con anterioridad, explicaron que, desde el 6 de febrero de 2022, el abogado principal del caso permanecía fuera de la ciudad debido a una emergencia médica familiar, por lo que requerían un tiempo adicional para la presentación de la Réplica y la Oposición.

  Advirtieron contaban con el consentimiento de la fiscalía, al tiempo que pidieron disculpas a la Corte por cualquier inconveniente ocasionado por esta situación.

Defensa asegura que la acusación es incorrecta

  El 25 de febrero de 2022, César de Castro y Valerie Gotlib, abogados de Clíver Antonio Alcalá Cordones, solicitaron ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York que se emitiera una Orden que desestime la Acusación en contra de su representado o ciertos cargos de la misma, para lo cual alegaron motivos de inmunidad oficial del gobierno. Asimismo, pidieron que el juez Alvin K. Hellerstein que ordenara al gobierno presentar una lista detallada con los nombres de los co-conspiradores anónimos y testigos del juicio.

  Sostuvieron Castro y Gotlib que la oposición del gobierno a la moción de su cliente para desestimar la Acusación es jurídicamente incorrecta e inconsistente, pues tiene fallas fatales en cuatro aspectos críticos.

  El primero de ellos —estiman— es el argumento de que la conducta del Alcalá Cordones fue privada y no oficial, dado que se sustenta en un lenguaje concluyente y omite hechos claros que demuestren lo contrario. En segundo lugar, argumenta erróneamente que nunca se puede realizar una conducta delictiva en la capacidad oficial de un acusado, aun cuando en la Acusación alegan claramente que todos los actores relevantes en los gobiernos de Chávez/Maduro estaban ejecutando la política exterior bien planificada del gobierno venezolano de involucrarse en narcoterrorismo contra Estados Unidos a través de una subdivisión supuestamente denominada Cártel de Los Soles. En tercer lugar, estaría el hecho de que la doctrina de inmunidad oficial extranjera no requiere que el estado extranjero presente una solicitud de inmunidad. El cuarto —estiman  los abogados— el Departamento de Justicia no tiene derecho a una deferencia absoluta en todas las determinaciones de inmunidad, puesto que la separación de poderes de la Constitución de los Estados Unidos prohíbe inequívocamente una regla de absoluta deferencia al Ejecutivo en las demandas de inmunidad basada en la conducta.

  Refirieron al juez que los dos memorandos de ley presentados por la defensa se establece de manera concluyente que la conducta descrita en los alegatos del gobierno se encuadra de lleno en el ámbito de las funciones oficiales de Alcalá Cordones como oficial militar de Venezuela y que, por lo tanto, tiene derecho a la inmunidad procesal de conformidad con la doctrina de la inmunidad oficial extranjera.

Fiscalía admitió que Alcalá era funcionario venezolano

  El escrito de la defensa destaca como contradicción del gobierno, el que en primer término no discute que Clíver Alcalá Cordones era un funcionario del gobierno venezolano o que actuaba bajo órdenes o dirección de superiores gubernamentales en el momento de la supuesta conspiración y más adelante alega que la conducta de los co-conspiradores fue parte de un plan de los niveles más altos del gobierno venezolano, para después referir que actuó en su capacidad privada mientras se encontraba bajo la dirección de sus superiores militares.

  Destacan que la fiscalía omite el hecho de Alcalá Cordones no solo era miembro del ejército venezolano cuando supuestamente asistió a varias reuniones, sino que también sus superiores militares le ordenaron que asistiera, habiendo usado para ello el uniforme.

  Igualmente, el escrito subraya que cuando se acusa a Alcalá Cordones de Cordones se reunirse con una persona asociada con las FARC “para afirmar el compromiso de las fuerzas armadas venezolanas de ayudar a las FARC”, estaban etiquetando la acción como un acto oficial , lo cual le garantiza la inmunidad.

  Indican que la fiscalía llaman a cada interacción de los acusados con las FARC como de narcóticos, lo cual ignora tanto las realidades geopolíticas como las políticas soberanas de Venezuela. Así, esta  conducta oficial, la fiscalía la pretende convertir en una conspiración de narcóticos. La conducta soberana de Venezuela y su relación con las FARC —fuente de discordia con EE. UU.— es una conducta protegida por la inmunidad oficial extranjera, aunque no sea del agrado de los Estados Unidos.

La 'equivocación' del gobierno

  Para la defensa de Alcalá Cordones, la afirmación del gobierno de que los actos delictivos nunca pueden constituir una conducta oficial, es incorrecta.

  Tal posición negaría todo el concepto de inmunidad por conducta de funcionarios extranjeros.

  Además, aseguran que la ilegalidad, por sí misma, no convierte automáticamente en privada la conducta oficial.

  Advierten que “Se debe hacer una distinción crucial, que el gobierno intenta pasar por alto, entre los actos cometidos en calidad de oficial del acusado, ‘que pueden estar protegidos del escrutinio judicial incluso si son ilegales según la ley [interna extranjera]’, y los actos que son puramente de carácter privado y, por tanto, no tiene derecho a tal protección”.

  Aseveran que los hechos en este caso incluyen amplia prueba de que la participación de Alcalá Cordones con las FARC fue conforme a las políticas oficiales de Venezuela, tal como se establece en la moción de sobreseimiento.

  En razón de que, según lo alegado por la fiscalía, la conspiración de narcóticos acusada en sí era un aspecto de la política oficial del Estado de Venezuela, los abogados de la defensa afirman que, “en ausencia de prueba de ganancia personal (y la acusación claramente carece de tales hechos), un funcionario que actuó para promover dicha política gubernamental tiene derecho a la inmunidad de conducta de un funcionario extranjero”.

La corte puede determinar la inmunidad

  La defensa estima que el tribunal tiene autoridad para determinar la inmunidad independientemente de la posición del gobierno.

  Por otra parte, se acusa a Clíver Alcalá Cordones de tenencia y distribución de armas en Venezuela donde era uniformado.

  Refieren que el gobierno ignora la importancia del cargo oficial de Alcalá Cordones como soldado y, al mismo tiempo, convierte el desempeño de sus deberes jurados en una conspiración criminal.

Argumento engañoso

  Finalmente, la defensa considera que el argumento del gobierno de que se debe negar la inmunidad porque Venezuela no la ha solicitado es engañoso.

  Refieren que EE. UU. no tiene relaciones con el gobierno de Nicolás Maduro y mientras no reconoce al gobierno en funciones, sí lo hace con un gobierno interino que carece de autoridad constitucional y el poder real para actuar en nombre del estado. “Además, la clara realidad es que el gobierno de los Estados Unidos no cedería a que nadie de Venezuela solicite inmunidad para el general Alcalá Cordones y es falso pretender lo contrario”.

Material de descubrimiento insuficiente

  Por otra parte, la defensa refiere que en el material de descubrimiento que le fue entregado por la fiscalía no existe nada que relacionen a Clíver Alcalá Cordones con los delitos que se le imputan.

“Uno no puede dejar de preguntarse, ¿qué otra información material receptiva posee el gobierno que no ha entregado? La Corte debe exigir al gobierno que amplíe esta producción vaga y no fáctica”, reza el escrito d e la defensa.

Réplica de apoyo

  En la misma fecha, 25 de febrero de 2022, la defensa de Clíver Alcalá Cordones presentó ante el tribunal de la causa una réplica en apoyo a la solicitud para desestimar la acusación, por una ley de detalles y por la producción del material Brady.