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viernes, 4 de octubre de 2019

Narco asegura que le pagó a Tony Hernández USD 10.000 por cada kilo de cocaína que le vendía

Por Maibort Petit
@Maibort Petit 

Un narco hondureño aseguró que había pagado USD 10.000 por cada kilo de cocaína que le compraba al ex diputado, Juan Antonio "Tony"  Hernández y que la droga era producida en un laboratorio que el acusado tenía en la frontera de Colombia y Venezuela, durante el tercer día del juicio que se realiza en un tribunal de Nueva York.

Juan Antonio "Tony" Hernández es acusado por el gobierno de Estados Unidos de traficar, manufacturar y distribuir cocaína, de uso de armas en operaciones de narcotráfico y de haber mentido a la justicia. Fue arrestado en noviembre de 2018 y de ser declarado culpable enfrentaría una pena de cadena perpetua.

Durante su testimonio, el narcotraficante Víctor Hugo Díaz Morales dijo que había pagado USD 100.000  a Tony Hernández para realizar la campaña a diputado del actual presidente de Honduras, Juan Orlando Hernández y la presidencia, Porfirio Lobo en 2009 ambos del Partido Nacional.

Díaz Hernández es un narcotraficante capturado en Guatemala y extraditado a los Estados Unidos en 2017. Actualmente coopera con la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York buscando una rebaja de su condena. En su testimonio dijo que realizó negocios con Tony Hernández desde 2004 hasta 2016. 

Un narcotraficante acusó a Hernández de haber recibido sobornos por suministrar información privilegiada sobre los puntos de inspección y alcabalas de las autoridades hondureñas para incautar drogas, investigaciones policiales sobre narcotráfico y revelaciones sobre posibles arresto o cateos de narcotraficantes en Honduras.

Díaz Morales hizo hincapié en las contribuciones hechas a las campañas del partido Nacional, del presidente hondureño y hermano del acusado, Juan Orlando Hernández. Se enfocó en la correspondiente a la diputación por el Departamento de Lempira para el años 2009, la eventual campaña presidencial de Porfirio Lobo (2009-2013) el dinero fue canalizado a través del acusado, según el testimonio.

Díaz Morales dijo que Tony Hernández le había asegurado que el pago efectuado al Partido Nacional garantizaría la elección de Porfirio Lobo y de Juan Orlando Hernández, se tendría más información sobre las investigaciones policiales y proporcionaría conexiones con la policía y el ejército para permitirles mover la cocaína a través del territorio hondureño  sin interferencia del gobierno.

"Así evitábamos el decomiso de la cocaína en Honduras, garantizábamos que no habría detenciones de los que nos dedicábamos al narcotráfico", argumentó el testigo.

Hubo una conversación en la fiesta de cumpleaños de Díaz Morales a principio de enero de 2010 en un negocio ubicado en Tomas del Río en Gracias, Departamento de Lempira propiedad de Tony Hernández. Allí se encontraron más de 10 narcotraficantes y fue cuando el acusado confirmó que había recibido los USD 100.000 para pagar la campaña y garantizó que habría mayor seguridad y menor riesgo para el negocio del tráfico de drogas.

En esa fiesta, según el testimonio de Díaz Morales, Tony Hernández aseguró que Juan Carlos Bonilla Valladares alias "el Tigre", un oficial de policía hondureña y quien era un hombre de confianza de él (Tony) y de su hermano Juan Orlando Hernández, estaría encargado de la seguridad de los narcotraficantes.  "Bonilla era muy violento y estaba capacitado para hacer asesinatos", sostuvo el testigo. 

En 2010 también se discutió con Tony Hernández el tema de la extradición. El acusado sostuvo que la extradición era muy difícil de aprobar en Honduras, y que si fuera aprobada por presión de la Embajada de Estados Unidos en Tegucigalpa, habría formas de detener el proceso en la Corte Suprema de Justicia. Fue entonces cuando Díaz Morales ofreció a Tony Hernández que "se ocupara de  sobornos para obtener los votos para que Juan Orlando Hernández quedara electo como presidente del Congreso", (En ese momento Hernández aspiraba a la presidencia del parlamento). 

Tony Hernández respondió a Díaz Morales que sí el dinero para el pago de los sobornos llegare a ser necesario se lo habría saber, ya que estaban recibiendo colaboración  de otros narcotraficantes como: Alejandro Ardón( ex alcalde de El Paraíso), Javier y Leonel Rivera Maradiaga (cártel de los Cachiros) y Rodolfo Irian Navas (diputado al Congreso).

Diaz Morales también confirmó frente al jurado que Tony Hernández tenía su propio laboratorio para hacer cocaína  en sociedad con  Rodolfo Alfredo Vergara Bonifante, alias "Cinco", en un sector llamado "Los Aceiticos" en la frontera de Colombia y Venezuela, donde el acusado producía los kilos de droga para exportar con su propia marca TH.

El testigo de la fiscalía dijo que había movido con la ayuda de Tony Hernández unos 145 mil kilos de cocaína que tenían como destino final a los Estados Unidos entre  2004 y 2016.

Otro dato que lanzó Díaz Morales fue que en febrero de 2010, Tony Hernández le había confesado  que su hermano [Juan Orlando Hernández] se postularía para presidente en las próximas elecciones que se realizarían en 2013. De resultar ganador "tendría todo el poder en Honduras y no habría problemas para mover la cocaína a través del territorio hondureño", dijo el testigo que le había asegurado el acusado.

Díaz Morales afirmó que en una oportunidad le había regalado a Tony Hernández dos relojes rolex, uno para él y otro para su esposa Vanessa, un toro, un caballo peruano y dos pistolas en agradecimiento a su colaboración.

De acuerdo al testimonio, el narcotraficante le pagaba a Tony Hernández USD 5.000 por cada información que ofrecía sobre cateos, alcabalas e investigaciones sobre narcotráfico de las autoridades, USD 50.000 por los datos sobre los radares que detectaban los vuelos de las avionetas cargadas de cocaína.

jueves, 14 de diciembre de 2017

LO ULTIMO: Juez condena a Narcosobrinos de Cilia Flores y Nicolás Maduro a 18 años de prisión

Los sobrinos presidenciales lloraron al escuchar la traducción de la sentencia pronunciada por el juez. La defensa y la fiscalía se mostraron insatisfechas con los años de condena

Por Maibort Petit
@maibortpetit

Luego de haber transcurrido 25 meses desde el arresto de los sobrinos de la pareja presidencial venezolana, el juez del Distrito Sur de Nueva York, Paul Crotty, leyó la sentencia que estipula pena que deberán pagar Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas, por conspirar para importar y distribuir 800 kilos de cocaína en los Estados Unidos a través de la organización criminal que lideraban.

Este jueves 14 de diciembre llegó a su fin la larga espera que conllevó el proceso judicial que contra Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas, sobrinos de Cilia Flores y Nicolás Maduro, enfrentaron en la Corte del Distrito Sur de Nueva York por conspirar para importar, traficar y distribuir 800 kilogramos de cocaína a los Estados Unidos desde un país extranjero. El magistrado determinó que los hasta ahora convictos deberán cumplir una pena de 18 años (216 meses) y a su vez pagar 50 mil dólares de multa.

Los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela purgarán su condena en una cárcel de máxima seguridad en el estado de la Florida, para facilitar que la familia de los convictos puedan viajar a visitarlos. Tanto la defensa como el gobierno no mostraron satisfacción alguna por la decisión del juez. Los abogados de Campo Flores y Flores de Freitas pidieron al juez que los sentenciara como máximo a 10 años de cárcel mientras que la fiscalía decía que una condena ejemplarizante para los culpables de delitos de narcotráfico.

En la sesión de hoy estuvieron presentes la esposa de Campo Flores, Jessair Rodríguez  quien lucía físicamente diferente, con una cabellera completamente rubia, aunque siempre vestida elegantemente y con carteras de marcas de diseñadores famosos. Asimismo, estuvo presente la madre del hijo de Flores de Freitas Jessika Contreras que también tenía corte de cabello diferente y lucía más modesta que Rodríguez.

En la petición de clemencia al juez, Campo Flores dijo que estaba arrepentido de haberle causado un daño a su familia con el caso que lo había puesto tras las rejas. Aprovechó para mostrar al juez que había aprovechado su tiempo aprendiendo hablar inglés y destacó que había estudiado las leyes norteamericanas tratando de entender la razón por la cual estaba viviendo esta experiencia.

Campos dijo en inglés: "I can talk in ingles now with my attorneys"(puedo hablar ahora en inglés con mis abogados. También dijo que amaba a su esposa y a sus hijos. Nunca mencionó a su tía primera dama, Celia Flores ni a su tío político, Nicolás Maduro.

Flores de Freitas por su lado dio un discurso en el que mencionó su trágica infancia, su dolor por haber dejado a su hijo de 9 años sólo. Destacó además que hacía trabajos de caridad en la cárcel, reparaba radios a sus compañeros de celda y que lo hacía  "con mucho cariño". Afirmó que ayudaba a otros prisioneros a superar la depresión que generaba estar privados de libertad.

Flores de Freitas tampoco mencionó a su tía Celia Flores. Sólo dijo que pedía perdón a su hijo de 9 años y a su abuela, y que trataba de de sacar una experiencia positiva de todo lo que estaba viviendo.

Un poco de historia


Este proceso contra los familiares de Nicolás Maduro y Cilia Flores se produjo después de que un Gran Jurado encontró méritos suficientes para acusarlos y proceder a ordenar su detención a objeto de someterlos a juicio en territorio estadounidense.

Sin embargo, no para pocos observadores del caso, esto apenas puede suponer el inicio de un largo proceso de impugnaciones y acciones judiciales tendentes a lograr un cambio de condena para los Flores.
Quienes se dieron a conocer mundialmente como los “narcosobrinos”, protagonizaron un hecho en el que no solamente ellos figuraron, sino que durante la investigación y el proceso judicial llegaron a verse salpicados otros personeros del ato gobierno venezolano, por lo que tal vez pueda preverse un largo camino por recorrer todavía.

Durante el juicio, se comprobó que los Flores dirigían una organización que mantenía nexos con la guerrilla terrorista colombiana de las FARC, organización que le suministraba los narcóticos que luego vendían a otras organizaciones para ser, finalmente, introducidos en los Estados Unidos.

Pero pese a las objeciones de la defensa, por ahora los sobrinos Flores deberán aceptar los términos de la condena, después de que un jurado determinó su culpabilidad con base a las pruebas y evidencias presentadas por la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York, las cuales a criterio del panel evaluador, fueron contundentes para poder emitir su veredicto más allá de toda duda razonable, como lo estipula la norma en los casos de tipo penal.

El gobierno de los Estados Unidos presentó diversos documentos, grabaciones de audio y video, chats y la propia confesión de los involucrados, como pruebas que sirvieron para establecer la culpabilidad de los Flores y, posteriormente, el juez determinara la pena al analizar los distintos agravantes y circunstancias que rigieron los hechos.

El juicio a los Flores fue la consecuencia de una investigación que se inició en agosto de 2015 cuando un testigo cooperante de la DEA se comunicó con el agente especial del organismo, Sandalio González, para informarle que había sido contactado por un alto oficial de la policía científica venezolana que quería que recibiera a sus sobrinos en Honduras, pues estos estaban interesados en entablar negocios de narcotráfico con él. No tenía idea Bladimir Flores, a la sazón Inspector General Nacional del CICPC y hermano de la primera dama, Cilia Flores, que estaba enviando a sus familiares directamente al matadero. Resultó ser que el narcotraficante hondureño, Carlos Leva, mantenía un acuerdo de cooperación con la DEA a objeto de obtener beneficios y rebajas en la pena que él mismo debía enfrentar por narcotráfico.

Desde entonces tuvo ligar una averiguación en la que participaron el citado testigo cooperante, tres fuentes confidenciales, agentes especiales de la Administración para el Control de Drogas del Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DEA, por sus siglas en inglés respecto al nombre Drug Enforcement Administration) y el FBI.

La captura de los Flores se produjo en Haití, donde la DEA obtuvo la colaboración del Bureau de Lutte contre le Trafic des Stupéfiants (BLTS, por sus siglas en francés, a saber, Oficina de Lucha contra el Narcotráfico, en castellano). Posteriormente el gobierno haitiano procedió a la expulsión de su territorio de los Flores a quienes entregó a la DEA para su traslado a Nueva York donde deberían enfrentar los cargos de narcotráfico que se les imputaron.

En tierra neoyorquina fueron recluidos en el Centro Correccional Metropolitano de Nueva York (MCC por sus siglas en inglés), ubicado a escasos metros del edificio 500 Pearl Street en Manhattan, donde funciona la Corte del Distrito Sur de Nueva York en la que fueron procesados.

Desde entonces inició para ellos la experiencia más penosa de toda su vida. El tiempo de reclusión previo a la condena, debió haberles servido de antecedente de lo que será su futuro de ahora en adelante.

Los Flores durante estos 25 meses que han transcurrido desde su arresto, han mantenido un escaso contacto con sus familiares, limitándose prácticamente sus visitas a recibir a sus abogados y a la representación consular venezolana.

Apenas en mayo de este año 2017, Efraín Antonio Campo Flores recibió a su esposa y a sus dos menores hijos y Franqui Francisco Flores de Freitas puso ver a su exesposa y a algunos familiares.

Quienes sí han sido los grandes ausentes, son sus poderosos tíos. Únicamente Nicolás Maduro dijo al octavo día de juicio, que estaban en presencia de un montaje para atacar a su esposa y primera dama.

Los abogados defensores de los Flores intentaron todo tipo de acciones para liberar a sus clientes de ser encontrados culpables y, posteriormente, ser sentenciados. Parte de su estrategia fue presentarlos como las víctimas de una trampa urdida por el gobierno de los Estados Unidos en confabulación con un grupo de informantes de dudosa reputación, que solamente estaban interesados en obtener beneficios y una pena menor por las acusaciones de narcotráfico que enfrentaban. Pese a todos los argumentos de la defensa, la Fiscalía demostró la experiencia y liderazgo de los Flores en las actividades del narcotráfico y otros hechos criminales.

Sin duda alguna, los Flores debieron enfrentar las consecuencias de sus actos, una de ellos, tal vez la más dura experiencias que seguramente han vivido, es el tener que escuchar el veredicto de culpabilidad del jurado, solamente acompañados de sus representantes legales.

La defensa enfiló todas sus baterías para enfrentar las acusaciones del gobierno y para rebatir los argumentos que se dejaron escuchar el 3 de octubre de 2017 cuando tuvo lugar una audiencia oral para determinar el nivel de gravedad de los hechos cometidos por los narcosobrinos, el cual se ubicó en el 43, un puntaje que los hacía acreedores a una pena de cadena perpetua.

El gobierno y los entes de justicia de Estados Unidos, tal es el caso de la Oficina de Libertad Condicional, se pronunciaron por la cadena perpetua o una pena no menor a los 30 años, mientras que la defensa de los Flores insistió en su absolución o en la repetición del juicio bajo el alegato de que había incurrido en errores procesales. Una y otra vez repitieron durante todo el proceso, que el de los Flores era un caso de drogas sin drogas y sin violencia.
Parte de la estrategia de los abogados fue presentar a sus clientes como unos “tontos” y “novatos” que se dejaron embaucar por unos astutos y corruptos informantes de la DEA que solamente requerían de “unos peces gordos” para obtener beneficios y la reducción de sus propias penas de narcotráfico.

No se equivocaron del todo, puesto que durante el juicio se demostró que CS-1 y CS-2, a saber José Santos Peña y su hijo, mantuvieron actividades de narcotráfico mientras colaboraban con la DEA. De inmediato, la fiscalía procedió a suspender los acuerdos, pero no las pruebas recolectadas por ellos logrando en esto el respaldo del juez Paul Crotty.

Durante el juicio quedó establecido que los Flores de novatos no tenían nada, toda vez que Campo Flores y Flores de Freitas, además de los hechos de narcotráfico, estuvieron ligados diversos hechos criminales, tales como asesinatos y descuartizamientos, sobornos a magistrados del Tribunal Supremo de Justicia para liberar a otros narcotraficantes, lavado de dinero a través de la estatal petrolera PDVSA, entre otros hechos.

Por otra parte, todo indica que el caso de los narcosobrinos sólo constituye una parte de una gran maraña de actividades criminales en los que estarían incursas otras figuras prominentes de la administración venezolana.

Se conoció, por último, que la defensa de los Flores solicitará que los sobrinos de la pareja presidencial venezolana sean trasladados a una cárcel de la Florida para facilitar a sus familiares y allegados visitarlos mientras pagan su condena.

miércoles, 4 de octubre de 2017

Fiscalía asegura que defensa de narcosobrinos no tiene derecho a revisar archivos del Estado

Por Maibort Petit
@maibortpetit 

En un documento entregado esta semana a la Corte del Distrito Sur de Nueva York, el fiscal encargado, Joon H. Kim confirmó al juez Paul Crotty que no hay material Brady o Giglio para ser entregado a los abogados de los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela, Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas. 

En la carta se detalla la respuesta del gobierno a la orden emitida por el tribunal, el pasado 24 de marzo, donde se ordenó a los sub fiscales Emil J. Bove III y Brendan F. Quigley entregar todas las evidencias usadas en el juicio y los añadidos reflejados en la respuestas a las mociones finales del caso antes del mes de mayo de 2017. La sentencia de Campo y Flores será leída el 26 de junio en horas de la mañana.

En la comunicación el fiscal Kim señala que los materiales solicitados por la defensa de los primos Flores fueron entregados antes del inicio del juicio donde el jurado los declaró culpables de conspirar para traficar, manufacturar y distribuir 800 kilos de cocaína desde Venezuela a los Estados Unidos. 

Recuerda el fiscal que el 14 de noviembre de 2016, los demandados exigieron la entrega de "todos" los documentos existentes en relación con dos categorías: (1) el testimonio hecho por CS-1 en enero de 2013 durante un juicio realizado en Richmond, Virginia y (2) ) cualquier declaración falsa u omisión hecha por CS-1 en otras investigaciones y enjuiciamientos. 

Kim asegura que el Gobierno cumplió con todas sus obligaciones Giglio relacionadas con estos temas. Asimismo asegura que en respuesta a los demandados, la fiscalía informó que CS-1 no reveló a nadie, antes de junio ​​de 2016, su tráfico ilícito de drogas entre 2012 y mayo de 2016. 

Por ejemplo, -dice el fiscal Kim- antes de la audiencia de supresión de pruebas realizada en septiembre de 2016, el Gobierno presentó a los acusados ​​el acuerdo de cooperación que se firmó entre la justicia norteamericana y CS-1 y la transcripción de su declaración de culpabilidad, que incluía los nombres legales de CS-1, CS-2 y CS-3. Toda esa información fue revelada a los acusados a principios de septiembre de 2016.

Destaca la fiscalía que antes de la audiencia de supresión de pruebas de 2016, se realizó una revisión de los expedientes administrativos de la DEA relacionados a CS-1 donde se confirmó que no había otros resultados ni pruebas donde el testigo confidencial de la DEA hubiese mentido a las autoridades, con excepción de los temas que fueron revelados a los acusados antes de la testificación frente al juez.

Durante el juicio, aproximadamente a las 9:00 am del 15 de noviembre  de 2016 (antes de la conclusión del contrainterrogatorio de CS-1), el Gobierno respondió a una carta enviada por los acusados. Kim asegura que nada más ha sido requerido por la defensa, y que constitucionalmente los abogados defensores no tienen el derecho de realizar su propia búsqueda en los archivos del Estado para argumentar pertinencia en un caso. 

Aclaró que la defensa no tiene derecho a exigirle al fiscal la entrega de un expediente completo. La ley sólo permite que se solicite  "Sólo se pide al fiscal revelar pruebas favorables al acusado que, de ser suprimidas, privaría al acusado de un juicio justo".

Asimismo, advirtió que las peticiones generales hechas por Campo y Flores, aunque hechas bajo Brady, parecen ser -en efecto- un mecanismo para llevar a cabo un examen exhaustivo de todo el archivo. La ley claramente no apoya tal descubrimiento.

Las demandas de Campo Flores y Flores de Freitas están por encima de las obligaciones de divulgación del Gobierno. 

Afirmó que las diligencias hechas por el gobierno para satisfacer las exigencias de Campo Flores y Flores de Freitas fueron razonables y suficientes. La búsqueda superó los límites del equipo de enjuiciamiento y cualquier material Giglio producido por esa revisión fue revelado a los acusados.

En la comunicación, la fiscalía recuerda que los acusados ​​estaban plenamente conscientes de la prolongada falta de revelación del tráfico de drogas por parte de CS-1 durante la audiencia de supresión de pruebas y en el juicio.Igualmente advirtió que la base de Brady y Giglio no requiere que el Gobierno presente todos los documentos que reflejen la misma omisión.

Kim advierte que de acuerdo al derecho norteamericano la evidencia no se suprime dentro de la significado de Brady si el acusado o su abogado conocían o debían haber conocido hechos esenciales que le permitieran sacar provecho de esa evidencia. De hecho, en el momento en que los acusados ​​transmitieron la carta del 14 de noviembre aproximadamente a 10:05 p.m., CS-1 ya había sido interrogado en relación con los cargos de declaraciones falsas.

La transcripción proporcionada a los acusados ​​refleja que CS-1 admitió en su declaración de culpabilidad que, "Desde 2012 hasta 2016, no revelé a la DEA, incluso después de haber estado reuniéndome con ellos que durante ese tiempo,  escondí la información a las autoridades sobre los crímenes que yo estaba cometiendo".

En esa declaración, CS-1 cumple con la base factual, y reconoce  su negación de información sobre su tráfico ilícito de drogas.

En respuesta a la orden del 24 de marzo de 2017 de la Corte, Kim informó que el equipo de la fiscalía se comunicó con 12 agentes de la DEA y oficiales que tenían responsabilidad administrativa en el manejo de CS-1 en varias ocasiones  y "todos confirmaron nuevamente que no había otros casos en los que la DEA esté al corriente que  CS-1  haya mentido u omitido información o que haya hecho declaraciones falsas o -en todo caso- que haya manejado mal las evidencias".

En resumen, no hay materiales adicionales de Brady o Giglio que respondan a la solicitud de la defensa que no hayan sido reveladas ya, "con ello el Gobierno cumple con sus obligaciones y afirma que está  consciente de que esas obligaciones se aplican de forma prospectiva y permanecerán cumplimiento de las mismas en el futuro".

martes, 12 de septiembre de 2017

Narcosobrinos rechazan evidencias de la fiscalía sobre asesinatos y desmembramiento de cuerpos

Por Maibort Petit
@maibortpetit

Los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela, Efraín Antonio Campo Flores y Fraqui Francisco Flores de Freitas enviaron sendas comunicaciones a la oficina de Libertad Condicional negando toda vinculación con el asesinato y desmembramiento de dos hombres ocurridas en Caracas en junio de 2015, y que de acuerdo a las evidencias presentadas por la fiscalía al tribunal, son de la responsabilidad intelectual de los dos hombres acusados de delitos de narcotráfico en los EEUU.
En misivas separadas, Campo Flores y Flores de Freitas explican al oficial de Libertad Condicional Smyla Jones y a la Unidad de Cortes de los EEUU, Daniel Patrick Moynihan que ambos acusados rechazan los alegatos expresados en el informe  previo a la sentencia emanado de esa instancia judicial donde se pide que por la gravedad del delito cometido, Campo Flores y Flores de Freitas deben ser condenados a cadena perpetua.
En las misivas los dos sobrinos del presidente venezolano Nicolás Maduro presentaron una serie de objeciones a la divulgación inicial del Informe de Investigación de Presencia (PSR), emitido el 18 de mayo de 2017.

He aquí los alegatos expuestos por los dos sujetos hallados culpables de delitos de narcotráfico.

1. Señalan que los acusados se oponen  en general a la recitación factual de la conducta del delito en la medida en que se basa en una supuesta conducta extranjera no imputada porque no se demostró en el juicio, motivado a la preponderancia de la evidencia que ni siquiera probó los delitos imputados. 

2. Campo y  Flores se oponen a las constataciones de la "Obstrucción de la Justicia" expuestas en el Informe Previo a la Sentencia por el hecho de que el Gobierno no demostró con evidencias ningún intento voluntario y específico de obstruir la justicia por parte de los acusados.

Asimismo, los acusados se oponen al aumento de su nivel de delito basado en una supuesta cantidad superior a 450 kilogramos de cocaína, cantidad que fue enteramente inventada por los informantes del Gobierno y nunca fue entregada por los acusados. De hecho, el Gobierno no demostró por una preponderancia de la evidencia que los acusados ​​entregaron cocaína en este caso. Por lo tanto, en todo caso, la evidencia demostró que los acusados ​​"no eran razonablemente capaces de proporcionar" la cantidad supuestamente acordada. 

4. Los acusados se oponen al aumento de dos niveles basado en la presunta posesión de una arma peligrosa en relación con el delito de condena. El informe previo a la sentencia  no hace ninguna mención de la posesión de una arma peligrosa en relación con el delito de convicción-precisamente porque no había evidencia aducida en el juicio que los acusados poseían una arma peligrosa en relación con el delito de convicción.

5. Campo y Flores se oponen al aumento de dos niveles en la sentencia basado en el supuesto uso de la violencia o una amenaza creíble de utilizar la violencia en relación con el delito de condena. Una vez más, en el juicio no hubo evidencia de que los acusados hubieran utilizado la violencia, hecho una amenaza creíble de usar la violencia o dirigido el uso de la violencia en relación con el delito de convicción.

6. Los acusados se oponen al aumento de dos niveles basado en su sentencia por la supuesta importación de una sustancia controlada que utiliza una aeronave que no sea una compañía aérea comercial regular. La sección no se aplica que no se importó realmente cocaína a los Estados Unidos. 

7. Los acusados se opone al aumento de dos niveles en la tabla de sentencia basado en el soborno, o el intento de sobornar a un oficial de la ley para facilitar la comisión del delito. El Informe Previo a la Sentencia no especifica a qué agente de la ley, si existe, los acusados presuntamente sobornaron o intentaron sobornar para facilitar la comisión del delito. Asimismo, argumentan que la evidencia en el juicio fue insuficiente para demostrar que los acusados estuviesen comprometido en tal conducta. Las pruebas presentadas en el juicio demostraron sin lugar a dudas que en el presente caso no se produjo ninguna importación real de sustancias controladas.


9. Los acusados se opone al aumento de cuatro niveles en la escala de sentencia por el papel que desempeñaron en la conspiración que establece que los demandados actuaron rol de organizador, líder, gerente o supervisor de uno o más participantes.  La evidencia en el juicio no demostró por una preponderancia que los acusados ejercieron un papel de dirección o supervisión con respecto a cualquier otro participante en la conspiración acusada.

10. Los acusados sostienen que el aumento de 16 niveles en el nivel de delito base aumenta exageradamente la seriedad del delito de convicción y es una medida particularmente pobre de la culpabilidad de los acusados en este caso. 

Campo y Flores no tienen antecedentes penales, no pueden ser equiparados a los peores de los peores acusados ​​que merecen una pena de cadena perpetua. En un caso de picadura seca en el que no se recuperó ninguna droga, no hubo víctimas identificables, y no se aportó evidencia de que los acusados ​​usaron armas o violencia en relación con el delito, por tanto es inadecuado sugerir que las Directrices dictan que la pena de cadena perpetua debe ser impuesto.

11. Los acusados se oponen a cualquier mejora basada en la "muerte". No hay evidencia que apoye la caracterización de los hechos como asesinato y desmembramiento "en relación con esfuerzos para cobrar una deuda" o como parte de la misma conducta como delito de convicción. No hay evidencia de que esta (o cualquier otra) muerte fuera causada por Campo o Flores de Freitas de alguna manera.


martes, 24 de enero de 2017

Defensa de Narcosobrinos pide un nuevo juicio ante la corte

Por Maibort Petit
@maibortpetit

Los abogados defensores de los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela, Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas, solicitaron a la corte una sentencia de absolución basada en la insuficiencia de pruebas usadas para el juicio que los declaró culpables el pasado 18 de noviembre de 2016.
La defensa hace la solicitud de conformidad con la Regla 29 (c) de las Reglas Federales de Procedimiento Penal, dice un documento entregado al juez de la causa Paul Crotty.

Los sobrinos de Nicolás Maduro, hallados culpables de conspirar para traficar 800 kilos de cocaína desde Venezuela a los Estados Unidos, piden que se realice un nuevo juicio según lo estipulado en  la Regla 33, ya que el veredicto fue en contra del peso de las evidencias.

Aseguran que hubo fallas de procedimiento y de prueba y critican que "para el veredicto se haya mantenido las evidencias suministradas por el testigo confidencial del gobierno CS1".  

El documento señala que el testigo CS1, José Santos Peña cometió perjurio y violó las leyes norteamericanas, y el uso de su testimonio constituye una injusticia manifiesta.

De acuerdo a los abogados de Campo Flores y Flores de Freitas este "es un caso criminal extraordinariamente raro" ya que el juicio de los demandados fue manchado por el perjurio por parte del testigo principal del gobierno y por la expansiva en la investigación subyacente. 

Asimismo, señalan que el juicio de Campo y Flores "es un caso de narcóticos raro", ya que las drogas nunca fueron obtenidas por los investigadores y el único actor del gobierno que vio los presuntos estupefacientes fueron detenidos durante la investigación y posteriormente juzgados por haber mentido al gobierno.

Recuerdan que el testigo José Santos Peña mintió repetidamente frente al jurado. Estos hechos, por sí solos, considerados en el contexto de la Jurisprudencia, requieren que la Corte adopte alguna medida para remediar lo que era claramente un juicio defectuoso, derivado de una investigación desastrosa. 

En el momento de las deliberaciones del jurado en este caso, el jurado había estado expuesto a múltiples días de testimonio de un testigo que mostró desprecio absoluto por las leyes de los Estados Unidos y los requisitos básicos del juramento ante la corte de decir la verdad, dicen los abogados.

El documento señala que el Gobierno introdujo las grabaciones hechas por Santos Peña, quien suscitó numerosas interpretaciones de los argumentos de los acusados en las declaraciones en esas grabaciones. 

Como tal, los abogados de los sobrinos de Nicolás Maduro criticaron  el impacto de de las declaraciones de CS-1 sobre el pensamiento del jurado, argumentando que los miembros  del mismo se formaron una impresión errónea de los demandados en base al testimonio del testigo, de las grabaciones y de las presuntas pruebas de drogas y muchos otros aspectos cuestionables usados en el juicio.

La defensa asegura que es imposible evaluar hoy en día el alcance total de su influencia del testimonio de Santos Peña sobre el veredicto del jurado. 

Concluyen asegurando que el juicio fue manchado por el testimonio de CS-1 y su orquestación de la investigación en formas que son demasiado multifacéticas para ser plenamente discernidas. En consecuencia,  sólo las infracciones de CS-1 requieren que la corte otorgue a los demandados una sentencia de absolución o como mínimo un nuevo juicio.

Acotan que -inclusive- si la Corte pudiera dejar a un lado estos graves asuntos, el Gobierno simplemente falló en cumplir con su carga de la prueba a través de las grabaciones y otras evidencias presentadas en el juicio. 

Dicen que un juez no hubiese podido concluir, más allá de toda duda razonable, que los demandados creían que las drogas objeto de la operación en cuestión estaban siendo introducidos en los Estados Unidos.

Aseguran que las grabaciones revelaron de manera concluyente que, incluso en los momentos antes de su detención, los Demandados seguían planteando preguntas a los informantes que evidenciaron un conocimiento y comprensión insuficientes con respecto a este elemento crítico.

Critican a los miembros del jurado, a quienes consideran que no actuaron de manera razonables, cuando emitieron el veredicto de culpabilidad ignorando que el gobierno había fallado en demostrar más allá de la duda razonable que había una conspiración.

La defensa sostiene que la esencia de la nueva moción es dejar claro que si la Corte puede ignorar de alguna manera los problemas de este caso y permitir que  se produzca una convicción que está contaminada de muchas maneras.

Campo Flores y Flores de Freitas sostienen conjuntamente que la Corte no debería aceptar que sean sentenciados, ya que se les negó el requisitos más básico de justicia, tanto durante la investigación subyacente como durante todo su juicio. 

Los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela considera que el juicio quedó muy por debajo de la abrupta carga del Gobierno, por lo cual piden a la Corte conceder la moción para la absolución del juicio o alternativamente,  ordenar un nuevo juicio.

viernes, 9 de diciembre de 2016

Tres evidencias pesaron en fallo contra los sobrinos presidenciales

La Fiscalía probó el acuerdo de conspiración, así como el conocimiento y la actuación para propiciar el delito por el que fueron declarados culpables y que implica hasta cadena perpetua

Maibort Petit
El Nacional 


Durante el juicio a Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas, sobrinos de la pareja presidencial, por conspirar para traficar 800 kilos de cocaína a Estados Unidos, y que culminó con la culpabilidad de ambos, la Fiscalía probó 3 elementos que pesaron en la decisión del jurado: 1) Que hubo un acuerdo de los dos acusados para violar una ley de drogas estadounidense; 2) Que cada conspirador conocía el acuerdo y 3) Que los acusados actuaron para promover la conspiración.

Para probar que hubo un acuerdo entre los acusados para violar la ley federal, la Fiscalía presentó una serie de conversaciones ocurridas desde el 28 de agosto hasta el 10 de noviembre de 2015, en las cuales Campo Flores y Flores de Freitas hablaban con otras personas señaladas de la conspiración, como Roberto de Jesús Soto García, junto con Carlos González, era uno de los encargados de recibir la droga en el aeropuerto de la isla de Roatán, en Honduras, y César Orlando Daza Cardona, puente entre los acusados y testigo cooperante.

Igualmente, con conversaciones en mensajería de blackberry y correos electrónicos entre los dos acusados, la Fiscalía probó que ambos usaban seudónimos como don Ramón (Flores de Freitas) y Hugo Rafael Chávez Frías (Campo Flores), y que estaban de acuerdo con violar la ley. Los agentes del gobierno reprodujeron grabaciones de reuniones entre los sobrinos presidenciales y los informantes de la DEA (CS1, CS2, CS3 y el testigo cooperante CW1), en las que se informaban los detalles de los envíos de la droga a Honduras para ser introducida en Estados Unidos.

El gobierno estadounidense también logró probar que los acusados viajaron a Honduras en dos oportunidades (4 de octubre y 6 de noviembre de 2015) y a Haití (10 de noviembre de 2015) para promover la conspiración. En los tres viajes, Campo Flores y Flores de Freitas invirtieron dinero. El fiscal Emil Bove III dijo al jurado que cada viaje en avión privado costó más de 20.000 dólares, lo que indica que solo en viajes charter gastaron 60.000 dólares, sin incluir los adelantos pagados para el recibimiento de la mercancía en Honduras. Estas acciones son consideradas como actos para promover la conspiración por la cual fueron juzgados y serán condenados.

Y es que Efraín Antonio Campos Flores posee muchos bienes para su corta edad. “Tiene 30 años, está casado y con dos hijos. El menor nació cuando estaba preso en el Centro Correccional de Manhattan. Según sus declaraciones juradas, tiene una empresa de taxis en Panamá. Ganó más de 10 millones dólares con negocios de petróleo. Tiene un Ferrari amarillo, motos de alto cilindraje, una camioneta Land Rover, un apartamento en La Castellana y otros inmuebles en El Paraíso y El Cafetal, en Caracas. Una finca en Higuerote,en Miranda, y seis guardaespaldas entre quienes había guardias nacionales”,dijo una fuente en la Corte de Nueva York, durante la cobertura del caso. 

En el juicio los abogados de Campo Flores y Flores deFreitas usaron la estrategia conocida como defensa afirmativa, basada en la propuesta de que los ahora convictos fueron víctimas de una trampa o coacción por parte de los informantes confidenciales de la DEA para lograr una recompensa económica por ser targets importantes, ya que con ellos se tocaría ala familia presidencial venezolana. Dijeron, además, que los agentes de la DEA los usaron para ascender en sus carreras.

Sin embargo, de acuerdo con las Directrices Federales de Sentencia, la condena de Campo Flores y Flores de Freitas implica una mínima sentencia de 10 años y hasta cadena perpetua. Además, la ley establece multa hasta de 50 millones de dólares cuando los cargos son para 2 o más personas.

Siete pasos

1.-Una vez dictada la culpabilidad, el juez debe dictar sentencia y decidir los años y costes del fallo.

2.-El Departamento de Libertad Condicional, por ley, debe preparar un informe que se entrega al juez para que decida qué tipo de sentencia dictará a los acusados. 

3.- En el caso de Campo Flores y Flores de Freitas esta etapa durará tres meses, tiempo en el cual los presos permanecerán en el Centro Correccional de Manhattan.

4.-En los tres meses los abogados pueden intentar anular conmociones la decisión del jurado. El juez puede desestimar los cargos u ordenar otro juicio.

5.-La defensa de los Flores puede apelar la sentencia del juez ante un tribunal superior para que revise posibles errores en el juicio oen las mociones. 

6.-La apelación será decidida por tres jueces. Si la Corte no encuentra error alguno en la decisión del tribunal de primera instancia, se confirma la sentencia y se procede a ejecutarla. 

7.-La defensa puede solicitar una revisión ante la Corte Suprema de Estados Unidos. La mayoría de esas peticiones son denegadas.

lunes, 28 de noviembre de 2016

César Orlando Daza Cardona: "El Flaco" "negrito" socio de los sobrinos de Cilia Flores

Por Maibort Petit
@maibortpetit


La fiscalía del Distrito Sur de Nueva York incluyó como conspirador en el caso de los sobrinos de la pareja presidencial venezolana, Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas a un hombre que aún no ha sido capturado por las autoridades. Su nombre es César Orlando Daza Cardona,  y fue quien sirvió de puente entre los primos Flores y los narcotraficantes hondureños: Roberto de Jesús Soto GarcíaCarlos Amílcar Leva Contreras.

César Orlando Daza Cardona participó en varios de los chats sostenidos por Campo Flores y Flores de Freitas durante los meses de octubre y noviembre de 2015. 

En una carta enviada por el fiscal Preet Bharara al juez Paul Crotty, y que daba respuesta a una solicitud hecha por Campo y Flores fechada el 16 de noviembre de 2016, se explica que las pruebas que hacen referencia a Daza Cardona tenían un alto valor probatorio de la culpabilidad de Campo y Flores. 

La fiscalía de Nueva York incluyó a Daza Cardona en la lista de acusados de conspirar para traficar droga a los Estados Unidos. Hasta ahora se desconoce el paradero del hombre que aparece como el contacto entre los sobrinos de Cilia Flores y los narcos en Honduras. También están en la búsqueda de la identidad de "El Gocho" quien era el contacto entre los sobrinos y el grupo terrorista de las Farc, que era el proveedor de la droga objeto de la conspiración. 

El fiscal señala que las referencias en el caso Flores de César Orlando Daza Cardona datan del 30 de septiembre de 2015. Dice que Campo y Flores se refirieron a lo largo de la conspiración a Daza Cardona como "Negrito", o "El Flaco" y que este hombre facilitó su participación en el delito. 

El agente especial de la DEA, Sandalio González explicó que a lo largo de la investigación este hombre alias "Negrito" o "El Flaco" fue posteriormente identificado por el Gobierno como César Orlando Daza Cardona. Daza estuvo presente en la reunión de los acusados ​​el 3 de octubre de 2015 con "El Sentado" en Honduras.

Justo antes de esa reunión, el 2 de octubre, Campo Flores se comunicó con Daza Cardona, quien usó una cuenta de WhatsApp Messenger con el nombre de pantalla "Negrito Nico".

El fiscal se refiere en el documento a una objeción intempestiva hecha por Campo Flores y Flores de Freitas a unas pruebas admitidas por la corte, en al cual se hace referencia al interrogatorio del informante confidencial, José Santos Peña (CS1) donde éste hace referencia al Ministro de la Defensa de Honduras, Julián Pacheco Tinoco. De acuerdo al testimonio, Santos Peña conversó con Pacheco Tinoco para que recibiera un cargamento de cocaína. 

El informante dijo además que participó en la operación que condujo al arresto del hijo del ex-presidente hondureño, Porfirio Lobo, el narcotraficante Fabio Lobo, preso en Nueva York desde julio de 2015, acusado de conspirar para traficar a los Estados Unidos varios cargamentos de drogas desde Honduras.

El gobierno presentó unas pruebas que venían el celular de Campo Flores (Samsung) en  la evidencia GX100.

Campo Flores y Flores de Freitas pidieron al juez que no permitiera que la fiscalía introdujera en el juicio las pruebas que hacían referencia  a Pacheco Tinoco. La fiscalía calificó la petición de los Flores como "desconcertante", a la vez que señaló que Campo Flores era el usuario del dispositivo de donde se extrajeron los chat a los que se hacen referencia en las evidencias.

La fiscalía sostiene además que en el teléfono de Campo Flores se consiguió un chat donde se encuentra los detalles del viaje que los sobrinos presidenciales hicieron ​​a Honduras para reunirse con "El Sentado". 


Dicen que hay elementos probatorios en los chats donde aparece que Daza Cardona participó en los encuentros en Honduras. De hecho -señala- estuvo presente en la reunión que tuvo Flores de Freitas con Roberto de Jesús Soto García, El Sentado y Juan Gómez (CS-3) en San Pedro Sula el 6 de noviembre de 2015. 


La fiscalía destaca que las referencias en los mensajes de texto a Daza Cardona son relevantes y permitieron probar la identidad de uno de los co-conspiradores que los hoy convictos ​​describen en sus confesiones hechas al agente especial González en el avión de la DEA. 

Campo Flores dijo que conocía a Daza Cardona -alias "El Flaco"-. Igualmente, Flores de Freitas aseguró conocerlo en sus confesiones. De hecho, ambos se habían visto antes de su viaje a Honduras.


Explica que la evidencia del celular  GX 609, que tiene fecha 3 de octubre de 2015 a las 10:45 p.m. y se refiere al nombre completo de Daza Cardona, sugiere que Campo Flores se enteró de esta información adicional cuando se reunió con Daza en persona fuera de San Pedro Sula. 

En el documento de la fiscalía se destaca la evidencia GX610, donde aparece una conversación entre Campo Flores y Daza Cardona, con fecha 27 de octubre de 2015, incluyendo un número de teléfono adicional para Daza con el código de país (504) de Honduras. La fiscalía dice que Campo se mantuvo en contacto con Daza en los meses seguidos a la conspiración por la cual serán condenados los sobrinos de Cilia Flores.

domingo, 27 de noviembre de 2016

Defensa de sobrinos de Cilia Flores aclara que sus clientes no tienen conexión con narcotraficantes del gobierno hondureño

Por Maibort Petit
@maibortpetit

Tres días antes que el jurado declarara culpables a Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas, los abogados de los sobrinos de la primera dama Cilia Flores pidieron al juez Paul Crotty que "impidiera que el gobierno sometiera a consideración del jurado, o que hiciera referencia a una información dada a conocer por informe confidencial de la DEA, José Santos Peña (CS-1) sobre su relación con el Ministro de la Defensa de Honduras, Julián Pacheco Tinoco.

En una carta fechada el 16 de noviembre de 2016, la defensa de Campo Flores y Flores de Freitas acusan a la fiscalía de haber admitido esa información con "el único propósito de argumentar que los acusados tenían conexión con los narcotraficantes del gobierno hondureño".

El el interrogatorio de Santos Peña frente al jurado, el informante
CS-1 testificó lo siguiente:

Fiscalía: ¿En su trabajo como informante de la DEA se reunió alguna vez con alguien llamado Julián Pacheco Tinoco?
CS1: Sí, señor.
Fiscalía: ¿En qué país conoció al señor Pacheco Tinoco?
CS1: En Honduras.
Fiscalía: ¿Y sabía usted si tenía una posición en el gobierno hondureño?
CS1: Sí, señor.
Fiscalía: ¿Cuál era esa posición?
CS1: Ministro de Defensa de Honduras.
Fiscalía: ¿Cómo lo conoció?
Objeción del abogado Randall Jackson
Juez Paul Crotty:  Derogado.
Fiscalía: ¿Cómo lo conoció?
CS1: Lo conocí a través del hijo del ex presidente de Honduras, Fabio Lobo.
Fiscalía:¿Estaba usted reuniéndose con el Sr. Lobo como parte de su trabajo como informante DEA?
CS1: Sí, señor.
Fiscal Quigley : Un momento, señoría.
Fiscalía: ¿Con qué se relacionó la reunión con el señor Pacheco?
CS1:  Era para él darme apoyo para recibir envíos desde Colombia a Honduras. Él estaba a cargo de la parte de seguridad en Honduras.
Fiscalía: ¿Y qué tipo de envíos?
CS1: Cocaína.

La defensa de los sobrinos presidenciales se quejó ante el juez que en uno de los anexos de la fiscalía (GX610), parecía una nota o un borrador del correo electrónico extraído del teléfono de Campo Flores, que incluye los nombres "Julián Pacheco Tinoco" y "Orlando Daza alias el flaco". (GX 607-609) se refieren a la prueba GX610,  donde hay varias referencias sobre la información del usuario con la cual se pretenden demostrar que dicha nota fue extraída del teléfono Campo Flores

Los abogados señalaron que sus clientes creen que el Gobierno tuvo la intención de invocar esas pruebas para argumentar que los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela estaban asociados con los narcotraficantes hondureños. 

En ese sentido, pidieron  a la corte excluir esas pruebas debido a que "GX 607-GX610 son indebidamente perjudiciales y no son probatorias de la existencia o inexistencia de la conspiración". 

Campo Flores y Flores de Freitas dijeron en la carta que el testimonio sobre Tinoco Pacheco no debía ser acreditado, ya que el mismo no tenía relevancia alguna. Pidieron al Juez Crotty impedir al Gobierno usar cualquier argumento sobre el GX 607-610 en contra de los acusados.

El testimonio de CS-1 es la única evidencia presentada en este caso que podría relacionarse con GX 607-610. Sin embargo, este testimonio no demostró que GX 607-610 tuviese relevancia alguna en la conspiración imputada en este caso. 

GX 607-610 son pruebas indebidamente perjudiciales ya que su admisión confunde y engaña al jurado, al asociar injustamente a Campo Flores y Flores de Freitas con un funcionario hondureño, que puede o no, haber estado involucrado en el tráfico de drogas. 

Los abogados sostienen que el Gobierno no pudo demostrar que Pacheco Tinoco esté, de hecho, involucrado en el tráfico ilícito de drogas. Sólo cuenta con el testimonio de CS-1 quien aseguró que trabajó con Pacheco Tinoco como parte de sus funciones como informante de la DEA. 

"CS1 nunca declaró que Pacheco Tinoco estuviera involucrado en el tráfico de drogas ilegales,  el Gobierno  nunca ofreció pruebas de que Pacheco Tinoco y el CS-1 estuvieran involucrados en operaciones no autorizadas de tráfico de drogas", dice la carta de los defensores.

El testimonio sólo estableció que Pacheco Tinoco y el CS-1 estuvieron involucrados en operaciones separadas y no relacionadas con la picadura de drogas. Los testimonios obtenidos de CS-1 no establecieron un período en el que CS-1 y Pacheco Tinoco estuvieran asociados y, lo que es más importante, no vincularon esta asociación con la operación de picadura que envolvió a Campo Flores y Flores de Freitas en este caso. 

Además, el testimonio no estableció que los demandados tuvieran conocimiento alguno de la supuesta implicación de Pacheco Tinoco en el tráfico de drogas no autorizado, sostiene los defensores.

Más adelante afirman que el Gobierno no estableció un fundamento adecuado que hiciera relevante cualquier conocimiento o asociación potencial entre Campo Flores, Flores de Freitas y el Pacheco Tinoco. 

De hecho, -dicen los defensores- el testimonio suscitado de CS-1, junto a la admisión de las pruebas GX 607-610 y la discusión sobre los anexos GX 607-610 "no es nada más que un intento velado del gobierno de introducir evidencias inadmisible de actos anteriores sin fundamento, con la mala intención de establecer una vinculación entre dos actos que no se relacionan entre sí y cuya conexión no se pudo demostrar".

Cualquier vínculo entre una nota que documenta la información de contacto de ciertos individuos y alias y una operación previa de tráfico de drogas se basaría únicamente en argumentos.

Dicen que el Gobierno no puede caracterizar estas pruebas como evidencia de predisposición y admitirlas basadas en la posible defensa de los acusados.

Los defensores aclarar que los anexos GX 607-610 sólo demuestra que los demandados eran conscientes de la existencia de individuos con los nombres de Pacheco Tinoco y El Flaco. Ese hecho, si se acepta como cierto, no es relevante, y el mismo puede confundir y engañar al jurado y desperdiciar el tiempo del tribunal. 


miércoles, 23 de noviembre de 2016

¿Qué ocurre con los sobrinos de Cilia Flores luego del veredicto?

Por Maibort Petit
@maibortpetit


Una vez conocido el veredicto del jurado que declaró culpables a los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela, Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas de conspirar para traficar y distribuir 800 kilos de cocaína desde Venezuela a los EEUU, los abogados dejaron ver su disposición para someter un recurso a la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York.
El pasado viernes 18 de noviembre los acusados fueron declarados culpables por un jurado de 12 personas. El juez de la causa, Paul Crotty fijó como fecha tentativa para la lectura de la sentencia el 7 de marzo de 2017. Igual informó que la defensa tiene como fecha límite para presentar las mociones posteriores al juicio el 23 de enero de 2017 y el 7 de Febrero de 2017 para que la fiscalía  de la respuesta a las mociones.

La defensa tiene varias alternativas luego de la emitido el veredicto de culpabilidad. El primer paso es  la presentación de varios recursos de apelación ante la Corte de Circuito (2) y luego, dependiendo de la decisión que se tome en esa instancia, los abogados podrían acudir a la Corte Suprema para que considere el caso.

Las apelaciones, explica el experto en derecho criminal, Alexander Alfano, pueden darse en tres niveles:




1) Que durante el caso en la Corte de Distrito haya habido un error de procedimiento del debido proceso. Como ejemplo, este litigante señal, el hecho que el juez haya admitido como evidencia las confesiones de los acusados y  que de acuerdo a la norma no debieron ser permitidas. Otro factor para una apelación puede ser que la defensa haya pedido presentar un experto y la corte no lo haya aceptado.


En el caso de los sobrinos de la pareja presidencial venezolana, los abogados de la defensa sometieron a consideración del juez Paul Crotty varias mociones donde se solicitaba que no fueran admitidas como evidencias las confesiones que los acusados dieron al agente de la DEA, Sandalio González. Los abogados argumentaron en su petición que las confesiones habían sido dadas por los acusados bajo presiones de los agentes del gobierno y en medio de un estado sicológico de pánico.

Igualmente, los abogados de la defensa solicitaron al Juez Crotty permitir un experto en mega data para que evaluara la fotografía enviada por "El Sentado" como evidencia de la reunión sostenida entre los acusados y el testigo cooperante de la DEA el 4 de octubre de 2015. Esa moción fue negada.  

2) Apelaciones derivadas de la aplicación equivocada de la ley. Esto se basa en la posibilidad que el jurado o el juez hayan tenido un desacierto en el manejo de las leyes que aplican al caso. Alfano explica que si bien este aspecto no es del todo probable puede ser posible y hay casos que demuestran que este tipo de recursos han sido aceptados.

Este caso puede darse cuando se producen imprecisiones en las instrucciones legales que el juez da los jurados y en dichas instrucciones pueden tener algunos errores conceptuales y de aplicación.

3) Que el jurado haya fallado contrario a la evidencia, es decir, que exista una incoherencia notable. Alfano dice que  la ley establece claramente que es el jurado el que se encarga de determinar los hechos, el juez y los abogados se encargan de determinar y aplicar la ley.  Este elemento se apelación se da cuando los hechos no han sido revisados por el jurado de manera apropiada y la decisión es contraria a la evidencia.

Corte de Apelaciones del Segundo Circuito 
Mecanismo para lograr una sentencia menos severa

Campo Flores y Flores de Freitas pueden verse beneficiados por una condena menos severa de la establecida legalmente para el caso, de llegar a un acuerdo con la fiscalía para suministrar información sobre las personas involucradas en la organización criminal a la que pertenecen y ofrecer datos sobre el modus operandi que utilizan para sacar la droga del país.

Hasta el momento, no existe información formal sobre alguna decisión que hayan tomado los sobrinos presidenciales para llegar a un acuerdo de cooperación con la fiscalía. De darse, el mismo debe ser considerado en las próximas semanas.  

De llegarse a un acuerdo de cooperación con los sobrinos de Nicolás Maduro, los fiscales deben enviar al juez Paul Crotty un memorando para que considere la cooperación como mecanismo de reducción de sentencia.  Crotty debe aprobar dicho acuerdo.

Es importante aclarar que si bien los acuerdos de cooperación son una práctica usada por el gobierno para obtener información sobre los cárteles del narcotráfico, no hay una total garantía que los acusados logren penas reducidas luego de suministrar información.

La cooperación puede ser peligrosa y por lo general requiere que los acusado testifiquen en el tribunal en contra de las personas que delaten, que en el caso de Campo Flores y Flores de Freitas podría ser su propia familia.

La pena

Las condenas por tráfico de drogas, incluso para aquellos delincuentes que son encausados por primera vez, como es el caso de los sobrinos del presidente Nicolás Maduro, suelen ser superiores a los 10 años o más. 

Las sentencias de cadena perpetua también son posibles para las condenas por tráfico de drogas, inclusive en el caso de conspiración.

Los acusados que son encontrados culpables también están obligados a parar multas asociadas con una condena por tráfico de drogas. Mientras que las condenas de tráfico en los casos estatales pueden incluir multas de $ 25,000 a $ 100,000 o más. Las condenas federales por tráfico de drogas pueden exceder los $ 10 millones.

El tribunal de Apelaciones

El Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Segundo Circuito (Nueva York) comprende  los casos en los estados de Connecticut, Nueva York y Vermont. Esta corte tiene jurisdicción de apelación sobre los tribunales en los siguientes distritos:

Distrito de Connecticut
Distrito Este de Nueva York
Distrito Norte de Nueva York
Distrito Sur de Nueva York
Distrito Oeste de Nueva York
Distrito de Vermont

Será este tribunal el encargado de hacer las revisiones pertinentes al caso de Campo Flores y Flores de Freitas. De acuerdo a las estadísticas, esta corte recibe unos 7000 recursos anuales para su consideración, y luego de una revisión solo 100 son admitidos.



sábado, 19 de noviembre de 2016

El día final del juicio: Cuando a los sobrinos presidenciales les tocó asumir la responsabilidad penal por sus delitos

Por Maibort Petit
@maiborpetit


Es difícil encontrar una sola palabra que exprese las emociones que se vivieron en aquel salón frío y poco acogedor. La sala 14 C de la Corte del Distrito Sur de Nueva York sirvió de escenario a uno de los eventos que marcará no solamente la vida de Efraín Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas, sino de un país que se negaba a creer que la familia del presidente sea juzgada en los Estados Unidos por delitos de narcotráfico. 
Desde muy temprano los amigos en Venezuela y, aquellos que están ubicados en los cuatro puntos cardinales del planeta, empezaron a enviar mensajes preguntando sobre la decisión que tomaría el jurado. María Julia Vilar quien vive en Kioto (Japón) desde febrero de 2016, fue una de las primeras en llamarme este viernes 18 de noviembre. Eran las 5 de la madrugada y me dijo: "Amiga, levantate, hoy es el día de la Chinita y nos toca conmemorarlo con una manifestación de la justicia gringa. Espero leer en tu Twitter buenas noticias". Y así siguieron las llamadas de tantos conocidos y desconocidos que esperaban entusiasmados el resultado del juicio de los popularmente llamados "narcosobrinos", un hecho que conmocionó la opinión pública internacional. 

Empieza la jornada

A las 8 AM ya estábamos frente a la corte trabajando. Mientras informabamos sobre los puntos que se esperaban a lo largo del noveno día del proceso judicial, vimos llegar a los 6 abogados de Campo Flores y Flores de Freitas, acompañados por sus entusiastas asistentes. La cita era a las 9 y 30 de la mañana. 

Varios periodistas nos juntamos en la parte lateral de la corte. Aprovechamos el tiempo para enviar mensajes por las redes sociales y dar información a diferentes medios continentales que estaban interesados en la noticia del día. Por las pocas ventanas informativas que existen en Venezuela, tratábamos de dar a conocer detalles del juicio de los sobrinos presidenciales, un tema censurado por los medios oficiales de un país que pareciera estar sumergido en un letargo interminable.

Llegada la hora, subimos al piso 14 y entramos a la sala para ver los pormenores de la decisión final del caso. Para buena parte de las personas presentes, esto no era otra cosa que el resultado de un juicio por un delito de narcotráfico. Para los venezolanos iba más allá, el resultado constituye un factor importante para dejar al desnudo el desdoro de la élite gobernante.

Llegan los sobrinos 

Los dos acusados entraron a la sala y se sentaron en las sillas que habían ocupado por más de un año. Sus abogados estaban allí, acompañándolos. Más que sus defensores, los abogados de los escritorios jurídicos Boies Schiller & Flexner LLP y Sidley Austin LLP se convirtieron en amigos y -de cierta forma- en "los únicos familiares" de los dos hombres acusados de conspirar para contrabandear cientos de kilogramos de cocaína que salían del hangar presidencial del principal aeropuerto de Venezuela. 

El ambiente no era del todo cómodo para Campo Flores y Flores de Freitas. Ellos sabían que su suerte estaba en manos de 12 personas que están acostumbrados a respetar la ley. Los dos acusados escucharon -sin parpadear- las instrucciones que el juez Paul Crotty dio al jurado. 

Efraín Campos Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas fueron procesados por conspirar para importar 800 kilos de cocaína a los Estados Unidos, y de fabricar o distribuir la droga, a sabiendas y con la intención de que se sería importada a norteamérica, en violación del Título 21, del Código de Estados Unidos, Secciones 952 (a), 959 (a), y 963. 

Ambos fueron arrestados el 10 de noviembre de 2015 en el restaurante del hotel Servotel, ubicado a unos 10 minutos del aeropuerto internacional Toussaint Louverture de Puerto Príncipe, cuando intentaban finiquitar el primer  envío de una serie de cargamentos de drogas que habían negociado con unos supuestos narcotraficantes mexicanos, que resultaron ser informantes confidenciales de la DEA para ejecutar la operación.

Una vez que el juez culminó la explicación sobre los cargos que enfrentaban los dos acusados, las reglas que debía ser tomadas en cuenta para evaluar las evidencias y las responsabilidades del jurado, los cinco hombres y siete mujeres deliberaron por más de seis horas y media. 

Como a las 5 de la tarde, el secretario de la corte comentó a  los periodistas apostados en las bancas de la corte que los miembros del jurado planeaban regresar el lunes para dar a conocer los resultados finales de la discusión. No obstante, a poco menos de 15 minutos, todo cambió y los jurados se apersonaron a la sala para dar a conocer la hoja del veredicto, donde en tinta rosada se veía claramente que, por unanimidad, los dos sobrinos de Nicolás Maduro y Cilia Flores fueron hallados culpables de los cargos, por los cuales el gobierno de los Estados Unidos los había enjuiciado.

Cuando los jurados se acomodaban en sus sillas, la mayoría miró hacia adelante o hacia abajo. Sólo uno pareció mirar a los acusados ​​antes de sentarse. La voz del jefe de jurado, un hombre de unos 50 años, se escuchó nerviosa al momento de decir "culpables". Luego, el secretario tomó nota de la confirmación de la votación que fue haciendo cada miembro de aquel equipo que fue escogido al azar en un universo de 94 ciudadanos americanos de diferentes razas, creencias y profesiones. 

Yo me encontraba al lado de mi colega y amiga Jessica Carrillo. Las dos nos miramos sin pronunciar palabra alguna y luego vimos a los dos acusados que parecían no haber entendido lo que decía el hombre, que con una sola palabra, los acababa de condenar a permanecer en una prisión federal americana por años. 

En la sala había una decena de periodista de varios medios. Habíamos esperado todo el día por aquella palabra que el miembro del jurado pronunció sin mucho rodeo. Campo Flores miraba fijo hacia adelante y no fue capaz de expresar ninguna emoción. Atrás quedó su sonrisa. Su mirada parecía perdida entre las paredes de madera adornadas con símbolos patrios norteamericanos. 

Más que su consejero legal, el abogado John Zach se comportó con si fuera el papá de Campo Flores. El litigante puso su mano dulcemente en la parte posterior de la espalda y lo presionó con fuerza después de la lectura. A pesar de las limitaciones del idioma, el defensor y su cliente habían tejido una relación amistosa, cordial y amable que podía ser apreciada desde las bancas de la prensa.

Flores de Freitas mostraba estar más consciente de la realidad que le tocaba enfrentar. Siempre se presentó en corte con el ceño fruncido y la mirada adusta. Fueron pocas las veces que se le vio sonreír y, por lo que observamos desde lejos, entabló una buena relación con su abogada latina Elizabeth Espinosa

Los dos hombres, ahora convictos, se abrazaron fraternalmente a sus abogados antes de ser llevados por los alguaciles del gobierno a sus celdas.

El jurado valoró las evidencias de la fiscalía que mostraban que Campo Flores y Flores de Freitas tenían experiencia en el narcotráfico y, cuando se juntaron en agosto de 2015 para planificar los envíos de cocaína a Honduras con destino final a los EEUU, sabían lo que estaban haciendo. 

Los argumentos de la defensa quedaron de lado, en el terreno del olvido. La tesis de que los dos sobrinos de Cilia Flores y Nicolás Maduro eran víctimas desafortunadas de una operación de picadura, conducida por un informante confidencial de la Agencia Antidrogas de los Estados Unidos, no surtió el efecto que esperaban los costosos abogados supuestamente pagados por el empresario chavista, Wilmer Ruperti (o por las ubres del Estado venezolano). 

A lo largo del juicio, los 6 abogados dedicaron horas de litigación a tratar de eliminar la credibilidad de todos los que habían participado en la operación que produjo la captura de los dos sujetos en Haití. No escatimaron esfuerzos para dejar mal parado al agente de la DEA, Sandalio González, uno de los hombres claves en la investigación y quien se hizo merecedor de todo tipo de adjetivos descalificativos por parte de la defensa. Los consejeros pelearon hasta el último minuto para que se extrajera de las evidencias, las confesiones de los dos acusados donde estos admitieron que habían cometido el delito por el cual eran procesados. 

La defensa mostró a lo largo del juicio que son altamente competitivos y profesionales. A pesar de todos sus intentos no consiguieron acabar con las evidencias del gobierno. Sin embargo, consiguieron enterrar en la cárcel a los informantes confidenciales José Santos Peña (CS1) alias "El Senior" o "El Mexicano" y a su hijo. José Santos H. "Junior" o CS2.  Gracias a las grabaciones telefónicas hechas por la Oficina de Prisiones de los Estados Unidos, donde se escucha a los hombres haciendo transacciones de drogas desde el penal, los dos ex informantes de la DEA enfrentan una posible cadena perpetua en una prisión federal de California. 


Cuando los abogados de la defensa pusieron las escuchas en el juicio, la fiscalía informó a Santos Peña que no recibiría la carta 5K, un instrumento que le ayudaría a reducir su sentencia. Igualmente, el gobierno reconoció que el informante, miembro del cártel de Sinaloa, había emprendido negocios de drogas ilícitas mientras trabajaba para la DEA. No obstante, los fiscales argumentaron que este hecho no socavó el resto del caso contra los primos Flores, ya que la base de evidencias incluyó docenas de mensajes de texto y grabaciones de audio y video que mostraron a los acusados planeando introducir 800 kilogramos en los Estados Unidos.

Esas evidencias fueron suficientes para demostrar al jurado la culpabilidad de los imputados, más allá de la duda razonable. En su declaración del cierre, la fiscalía sostuvo que los sobrinos planeaban enviar aviones cargados con cocaína desde Venezuela a Honduras, con los Estados Unidos como destino final, con la esperanza de recibir decenas de millones de dólares en ganancias para mantener el poder político de su familia en Venezuela.

"Los acusados ​​pensaron que estaban por encima de la ley", dijo el abogado adjunto estadounidense Brendan Quigley en su declaración final del día jueves. "Ellos pensaron que podían operar con impunidad en Venezuela por  ser quiénes eran, por estar relacionados con la familia presidencial".

En las grabaciones exhibidas por el gobierno, Campo y Flores hicieron alarde de sus conexiones políticas y el acceso a la "rampa presidencial" en un aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía. En una grabación, Campo Flores dijo que necesitaba el dinero de la conspiración para pagar los votos de la campaña parlamentaria de su madre Cilia Flores, la primera dama de Venezuela.

La sentencia será leída el 7 de marzo de 2017

Una vez se conoció el veredicto, Campo Flores y Flores de Freitas salieron del salón al igual que los miembros del jurado. La defensa pidió unos 60 días para presentar las objeciones posteriores al juicio.

El juez Paul Crotty informó que la sentencia sería leída el 7 de marzo de 2017, aunque advirtió que la fecha podría ser cambiada. 

Los periodistas nos acercamos a los defensores cuando salían del salón con cara de derrota. David Rody, uno de los abogados de Flores de Freitas se negó hacer comentarios sobre la decisión. Por su parte, el defensor de Campo Flores, Randall Jackson informó que sus clientes estaban "muy decepcionados". 

Aunque no aseguró que intentarían una apelación, Jackson dijo que en los próximos días estudiarían los pasos a dar en el caso. Hay que recordar que la defensa tiene recursos ilimitados para intentar nuevas acciones judiciales. 

Y así salieron del salón los seis abogados y sus asistentes. Los fiscales bajaron en diferentes ascensores. Cuando nos disponíamos a informar los resultados, vimos a los fiscales federales Emil Bove III, Brendan Quigley y el agente de la DEA, Sandalio González cruzar la calle que separa la corte del Centro Correccional Metropolitano CCM, donde los sobrinos presidenciales se encuentran recluidos.  

Entraron apresuradamente huyendo de las cámaras de televisión y permanecieron en el recinto por largo rato. A su salida se negaron hablar con la prensa. Para ellos este caso, era uno más de los cientos que ocurren anualmente en la corte neoyorquina, mientras que para los venezolanos representaba la noticia principal del día, a pesar que la misma no aparecería en la mayoría de los medios nacionales por la prohibición que sobre el tema impuso el gobierno.
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En la soledad de sus celdas, los sobrinos presidenciales contarán con el tiempo necesario para reflexionar sobre su futuro y la consecuencias de sus acciones. Para ellos, Nueva York no será la ciudad arrolladora, llena de luces y de acción, sino un centro de reclusión donde estarán obligados a compartir con criminales de diversos lugares del mundo, el drama que representa la pérdida de la libertad.