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lunes, 27 de septiembre de 2021

PDVSA continúa burlando las sanciones impuestas por EE. UU., sin ninguna consecuencia

   Las colocaciones de crudo venezolano destinadas principalmente al mercado chino siguen su curso y para ello se valen de empresas de maletín y embarcaciones petroleras rebautizadas.

Por Maibort Petit

    Un esquema a través del cual se utilizan tanqueros a los que se les modifican sus nombres, así como compañías de maletín conformadas principalmente en Asia en fechas recientes, están sirviendo a Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) y al régimen de Nicolás Maduro, para hacer ventas y colocaciones de crudo, violando así las sanciones impuestas por el gobierno de los Estados Unidos a la petrolera y a las empresas que comercien con ella.


   Anteriormente, el régimen venezolano había utilizado un esquema similar que se valía de las empresas Elemento Ltd. y Swissoil Trading SA., así como Libre Abordo y Schlager Business Group, las cuales fueron investigadas por el FBI, llevando al Departamento del Tesoro de la administración estadounidense a sancionar a estas redes y sus titulares[1]. Un esquema en el que la actual vicepresidente ejecutiva, Delcy Rodríguez, fungió como la cabeza que articuló el referido esquema que tuvo en México su centro de operaciones y en el que Alex Saab sirvió de enlace[2].

   En 2019, PDVSA comenzó a ser objeto de las sanciones que el gobierno de los EE. UU. ha venido aplicando a individualidades del régimen de Nicolás Maduro, considerado ilegítimo, antidemocrático y represor del pueblo venezolano.

  China, convertido en el primer comprador de crudo venezolano luego de que Estados Unidos dejara de comerciar petróleo con el régimen venezolano, ha encontrado diversas maneras de hacerse con el hidrocarburo venezolano, una de ellas ha sido una subsidiaria con sede en Suiza de la rusa Rosneft, que se vale de un método de entrega indirecto que hace parecer que el crudo tuviera como destino a Malasia[3]. Un esquema similar al que denunciamos en esta ocasión en estas páginas.

Buques fondeados

  El 6 de julio, en el Terminal de Almacenamiento y Embarque de Crudo Complejo José Antonio Anzoátegui (TAECJAA), desde las terminales 51 Oeste, 51-Este, el 42 y Sinovensa, 937,8 MBLS (miles de barriles) de crudo Merey aguardaban a ser despachados.

  Encontrándose fondeados, los buques Cecilia, con 1000 MBls MEREY 16 (en espera de instrucciones); el Máximo Gorky, con 2000 MBls MEREY 16, con un Tiempo Estimado de Llegada (ETA) que señalaba que había zarpado el 10 de abril a las 17:00 horas; el Innova con 1000 MBls, cuyo ETA era el 25 de abril a las 12:06 hrs; el Henry con 1000 MBls, ETA: 25 May @07:00 hrs.

  Igualmente el Mercy con 500 MBls SHB/ETA: 01 JUN @17:00 hrs (en maniobra por Muelle Sur; el Leni/Mojin Imp & Ecp Ind con 1900 MBls/ETA: Fondeado; el Basel, con 1900 MBls /Julie Import & Export/ETA: 17 JUN @PM hrs; el Crown/1900 MBls/ETA: 18 de junio @10:00 hrs; el Esperanza con 500 MBls SHB/ETA: 19 Junio, @19:00 hrs.

  Asimismo, el Golden Dragon con 1000 MBls/ETA: 23 Junio @07:30 hrs; el Grovel con 1900 MBls/ETA: 28 Junio, @09:12 hrs; el Maran July con 1900 MBls/ETA: 29 junio, @10:00 hrs; el Vent con 700 MBls/ETA: 01 Julio @12:00 hrs; el Majestic con 1900 MBls/ETA: 02 julio, @23:00 hrs.

Buques en muelle

  Entretanto, en el muelle se encontraban el Radiance, con 1900 MBls de crudo Merey 16/ETA: 10 de junio, @21:00 hrs, con la Monoboya GFM II para una carga de 1671 MBls, habiendo iniciado el 27 de junio, a las 22:18 hrs. Cargando con el tanque 07-T-20.

   El buque Kyoto, con 1900 MBls/ETA 14 junio, @00:48 hrs. En la plataforma Norte, Muelle Oeste. Cargados:779 MBls. Cargando con el tanque TA1-T-11.

  El Yamakasi con 1900 MBls/ETA: 07 Junio @03:30 hrs. Plataforma norte, Muelle este. Atracado en espera de tanques certificados.

Buques cargados

   En el mes de julio, el reporte indica que estaba cargado el buque Delsa con 250 MBls SHB/100 MBls Merey 16 para Cubametales/ETA: 07 junio, @11:30 hrs. En la Plataforma Sur. Cargados: 250 MBls de crudo SHB y 100 MBls de crudo Merey 16. Habiendo iniciado el proceso el 1 de julio a las 11:20 hrs y concluido el 3 de julio.

Se reportaron demoras de hasta 45 días para cargar los buques.

Algunos de los buques utilizados

   El buque petrolero Alexei 9234642, de bandera panameña, de doble casco, con un seguro con una cobertura de responsabilidad por contaminación de P & I Club por USD 1.000.000.000.

Buque Alexei, imagen cortesía de MarineTraffic.com

   Asimismo, el Almorza (9224439), anteriormente denominado Aurora Borealis. El cambio de nombre se produjo el 13 d e enero de 2021, matriculado en Chipre, propiedad de Precy Shipping LTD, una empresa activa registrada el 31 de diciembre de 2020, bajo el número HE416789, según reporta el portal Open Corporates. El domicilio de la compañía es Kimonos 16, Pecora Court, 3095,Limassol, Chipre[4].

Imagen cortesía de MarineTraffic.com
   La última inspección de control a que fue sometido fue en el Puerto de Jose el 29 de abril de 2020.

   También, el buque Explorer (9230098), anteriormente denominado Minerva Astra. El cambio de nombre ocurrió el 4 de agosto de 2020, de bandera vietnamita, figurando como su propietario la empresa Golden Lotus Oil Gas and Real Estate Joint Stock Company, una compañía de transporte marítimo de mercancías establecida el 2 de abril de 2018. Su oficina central está ubicada en número 67 Pho Duc Chinh Street, Truc Bach Street, Ba Dinh District, Hanoi City, Vietnam[5].

   Igualmente, el buque Rene (9250622), anteriormente denominado Kaimon II, construido en 2002, con bandera panameña, propiedad de la empresa Bronze Enterprises Limited, una compañía registrada en Nueva Zelanda[6].

El Ndros

   Del mismo modo, el buque Ndros (9183324), anteriormente denominado New Andros y Andros Warrior, construido en 1999 y matriculado en Palau.

   El propietario de la nave se reporta ubicado en Charlestown, una localidad de San Cristóbal y Nieves, mientras que el operador técnico es Green Ocean Ship Management, una empresa registrada en la India.

   Sus últimas operaciones se registran entre el Terminal de Almacenamiento y Embarque de Crudo Complejo José Antonio Anzoátegui (TAECJAA) y el Puerto de Kuala Sungai Linggi o Sungai Lingg en Malasia, transportando crudo Merey 16.

   También fue en el Puerto de Jose donde tuvo su última inspección de control el 8 de mayo de 2019.

   Sobre esta embarcación, una guía de carga de PDVSA fechada el 5 de abril de 2021, da cuenta de un cargamento enviado por PDVSA Petróleo S.A. que a bordo de la misma, con N. Roman como capitán, partió del TAECJAA, en el terminal costa afuera SMP TOJ.

  La carga, consistente en 1.919.315 de barriles de crudo Merey 16, sería entregada en el puerto de Shandong, China y se consignaría a la empresa Montmagastre Ventures LTD, una empresa activa registrada en Belice bajo el número RA000693_158874. Esta compañía el 1 de enero de 2020 había cambiado de estatus activo a inactivo , para posteriormente, el 27 de enero de 2020 reportarse nuevamente como una empresa activa, según revela el portal Open Corporates[7].

Referencias

[1] Reuters. “EEUU sanciona a intermediarios en ventas de petróleo de Venezuela y a tanqueros”. 19 de enero de 2021. https://www.reuters.com/article/eeuu-venezuela-sanciones-idESKBN29O2G5

[2] El País. “La red que burló las sanciones de Estados Unidos a Venezuela”. 13 de junio de 2021. https://elpais.com/mexico/2021-06-13/la-red-que-burlo-las-sanciones-de-estados-unidos-a-venezuela.html

[3] Petroguía. “Reuters revela cómo PDVSA evade sanciones de EEUU para enviar crudo a China”. 13 de junio de 2020.  http://www.petroguia.com/pet/noticias/petr%C3%B3leo/reuters-revela-c%C3%B3mo-pdvsa-evade-sanciones-de-eeuu-para-enviar-crudo-china

[4] Open Corporates. Precy Shipping LTD. https://opencorporates.com/companies/cy/HE416789

[5] Vietnam Credit. Golden Lotus Oil Gas and Real Estate Joint Stock Company. https://vietnamcredit.com.vn/products/companies/golden-lotus-oil-gas-and-real-estate-joint-stock-company_1027050 

[6] Open Corporates. Bronze Enterprises Limited. https://opencorporates.com/companies/nz/878873

[7] Open Corporates. Montmagastre Ventures LTD. https://opencorporates.com/companies/bz/RA000693_158874


 

lunes, 28 de septiembre de 2020

Nuevos elementos obligan a posponer sentencia de Víctor Mones Coro, acusado de violar las sanciones estadounidenses contra Tareck El Aissami

 Por Maibort Petit

  Los abogados de Víctor Mones Coro pidieron al juez Alvin K. Hellerstein que cambiara la fecha de las sentencia prevista para el 30 de septiembre de 2020, para el 13 de octubre alegando que de esa manera la Fiscalía tendría más tiempo para incluir en el expediente "el reciente descubrimiento relacionado con una fuente confidencial en este caso", que se trataría del piloto, Alejandro Javier Marín, arrestado el 19 de septiembre de 2020 bajo los cargos de mentir a los agentes federales en relación a unos USD 140 mil de una operación encubierta.

  Los fiscales de este caso, Amanda Houle y Samuel Adelsberg no pusieron objeciones a la petición de la defensa. El juez Hellerstein fijó la nueva fecha para el 21 de octubre de 2020.

   Inicialmente, la sentencia había sido fijada para el 31 de agosto de 2020 y luego fue cambiada para el 30 de septiembre de 2020, y ahora nuevamente para el mes de octubre.

   Víctor Mones Coro, es un empresario de la aviación que fue acusado por el gobierno de Estados Unidos de haber violado las sanciones impuestas por el Departamento del Tesoro contra Tareck El Aissami y su testaferro, Samark López Bello, al prestarle servicios de alquiler de aviones y vuelos para trasladarlos a varios países.

 Luego de declararse culpable, Víctor Mones Coro enfrenta una condena máxima de 30 años.

La acusación

  Entre 2017 y marzo de 2019, Víctor Mones Coro proporcionó vuelos privados y otros servicios de charter a personas designadas en violación de la Ley de Designación de Narcóticos Extranjeros y de las regulaciones de la Ley Kingpin.

  Específicamente, el acusado operaba una compañía en American Charter Services en Florida, que proporcionaba vuelos y otros servicios al vicepresidente de economía de Venezuela, Tareck Zaidan El Aissami Maddah, y a su socio, Samark José López Bello. Ambos fueron designados en Febrero de 2017 por la Oficina de Control de Activos Extranjeros OFAC como narcotraficantes especialmente designados.

  La acusación sostiene que los cómplices del acusado incluyen a El Aissami, López Bello y Joselit Ramírez Camacho, quien es el actual Superintendente de Criptomonedas para Venezuela, y quien fue acusado el pasado 26 de marzo por el fiscal General de Estados Unidos, William Barr.

 Cabe destacar que El Aissami y López Bello son miembros prominentes del círculo íntimo de Nicolás Maduro, el líder de facto de Venezuela, que fue acusado por separado ante este Tribunal en la acusación por delitos de conspiración para cometer narcoterrorismo, conspiración para importar cientos de toneladas de cocaína a los Estados Unidos y delitos relacionados con armas.

  Mones Coro proporcionó servicios de vuelo y hangar a El Aissami y López Bello desde al menos 2014. Luego de la designación de El Aissami y López Bello por la OFAC, el acusado trabajó con otros para continuar brindándoles servicios en violación de la ley.

  Además de proporcionar servicios de vuelo internacional, el acusado y sus cómplices organizaron vuelos en nombre de El Aissami y López Bello dentro de Venezuela en apoyo de la campaña presidencial de Maduro en 2018. "Para enmascarar su conducta ilícita, el acusado y sus cómplices usaron nombres en clave para referirse a El Aissami y López Bello en los manifiestos de vuelo y crearon facturas falsas. Igualmente, utilizó pagos en efectivo a granel transportados en aviones volados desde Venezuela a los Estados Unidos", dicen los fiscales.

  El acusado también ordenó a un miembro de la conspiración que mintiera a la policía durante la tramitación de la investigación.

  Mones Coro fue arrestado en el Distrito Sur de Florida el 8 de marzo de 2019 y ha estado detenido desde entonces en el Centro Correccional Metropolitano.

  El 26 de noviembre de 2019, el acusado se declaró culpable y está programado para ser sentenciado el 24 de abril de 2020.

  


martes, 7 de julio de 2020

Hijastro del narco Rafael Caro Quintero transfirió propiedad a su nombre y evadió las sanciones

Por Maibort Petit
@maibortpetit

   Un hijastro del célebre narcotraficante mexicano Rafael Caro Quintero transfirió la propiedad en su nombre para evadir el programa de sanciones del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, según una demanda revelada este martes en la Corte del Distrito Este de Nueva York.

    El gobierno acusa a Bryant Espinoza Aguilar, el hijastro del líder del cártel de Sinaloa y el famoso fugitivo Rafael Caro Quintero, de conspiración para cometer violaciones de la Ley Kingpin, una sanción económica del programa contra narcotraficantes administrado y aplicado por la Oficina de Asuntos Exteriores de Control de Activos (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos. 


   Espinoza es acusado de ayudar a Caro Quintero y a su esposa de derecho consuetudinario, poniendo sus activos en su nombre, violando así la prohibición de la OFAC de que los ciudadanos de los Estados Unidos realicen actividades financieras y transacciones con narcotraficantes especialmente designados.

    La denuncia fue anunciada por el Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York, Richard P. Donoghue. 

   Según los documentos presentados ante el tribunal, la OFAC designó a Caro Quintero como traficante de narcóticos en 2000, y  a la esposa de Caro Quintero en 2016. Las designaciones de la OFAC provienen de los antecedentes penales de Caro Quintero como líder de la organización de narcotráfico el Cártel de Sinaloa. 

    Entre enero de 1980 y enero de 2017, Caro Quintero dirigió una empresa criminal continua responsable de importar cocaína a Estados Unidos. Es responsable de haber distribuido  cantidades masivas de narcóticos ilegales y conspirando para asesinar personas que representaban una amenaza para su empresa de narcóticos. 

  La conspiración del asesinato incluye a Caro el secuestro y asesinato de Quintero del agente especial de la DEA Enrique "Kiki" Camarena en Guadalajara, Jalisco, México en febrero de 1985.

   El 9 de agosto de 2013, un tribunal mexicano dictaminó que Caro Quintero podría ser puesto en libertad de la custodia porque había sido juzgado indebidamente en un tribunal federal, en lugar de un estado tribunal. El hallazgo del tribunal mexicano fue anulado más tarde, pero Caro Quintero permanece como un prófugo de la justicia mexicana y estadounidense.

  La denuncia acusa a Espinoza Aguilar de transferir bienes propiedad de su madre a su propio nombre y de sobornar a un funcionario público para cambiar el nombre del dueño en documentos de registro público para proteger los bienes de ser restringidos como resultado su designación OFAC de su progenitora.

  "Como se alega, el acusado actuó como un testaferro para proteger la propiedad comprada con las ganancias ilícitas y manchadas de sangre del imperio del narcotráfico de su padrastro incautados por el gobierno ", declaró el fiscal de los Estados Unidos Donoghue. 

El fiscal dijo que "Esta oficina y la de la DEA están utilizando todas las medidas legales a nuestra disposición para responsabilizar a los facilitadores de Caro Quintero y llevarlos ante la justicia". 

 Donoghue expresó su agradecimiento a la Oficina de la División Raleigh de la DEA por su asistencia en el caso.

  "El 7 de febrero de 1985, la DEA cambió para siempre cuando el Agente Especial Enrique "Kiki" Camarena fue secuestrado, torturado y asesinado en Guadalajara, México", declaró el vocero de la DEA, Timothy J.  Shea.

 "Nunca olvidaremos su sacrificio y permaneceremos firmes en nuestro persecución del hombre responsable de su muerte, Rafael Caro Quintero, y los que continúan protegiendo y habilitando sus actividades criminales. Que la acción de hoy sea un mensaje claro para Caro Quintero, su familia y sus asociados criminales: no nos detendremos ante nada en nuestra búsqueda de justicia para SA Camarena ".

   "Mientras que su padrastro, un líder del Cártel de Sinaloa, fue designado especialmente por la OFAC como traficante de narcóticos hace veinte años, se afirma que Espinoza Aguilar violó la Ley Kingpin transfiriendo los activos de su padrastro a su nombre, buscando evadir las sanciones programa", declaró Fitzhugh, agente a cargo especial de HSI.

   "La asociación de HSI con la DEA y Strike Force es uno en el que la colaboración es clave, y continuará enfocándose en arrestar a aquellos quienes buscan formas de eludir la ley y ocultar sus actos criminales ".

  Elogió el papel jugado por el equipo de la New York Strike Force, que fue instrumental en el trabajo para llevar a este sospechoso ante la justicia. "Este acusado intentó proteger y ocultar las ganancias de narcóticos peligrosos que eran nuestras comunidades, ganancias obtenidas a expensas de la seguridad de nuestra sociedad". 


   

viernes, 13 de marzo de 2020

¿Pilatus Bank fue capitalizado con dinero proveniente de Venezuela?, la pregunta del fiscal que incomodó al dueño de la institución maltesa cerrada por alegaciones de lavado de dinero

   Ali Sadr Hasheminejad subió al estrado como testigo en su propio juicio por dos días consecutivos. Este ciudadano iraní está acusado de utilizar compañías de fachada en Turquía y Suiza con cuentas bancarias suizas para evadir las sanciones las sanciones estadounidenses  contra Irán, y mover las  ganancias obtenidas de un contrato de $ 476 acuerdo de millones que logró la empresa iraní de su padre con los gobiernos de Venezuela e Irán para construir una vivienda de 7,000 unidades proyecto de infraestructura en Ciudad Ojeda, estado Zulia. Los fiscales dicen que Sadr canalizó ilegalmente más de $ 115 millones a través del sistema financiero de los EE. UU. En esta entrega les cuento parte de su testimonio.

Por Maibort Petit
@maibortpetit

  ¿Usted capitalizó Pilatus Bank con el dinero proveniente del proyecto de viviendas de Venezuela? ¿Verdad?, preguntó el fiscal Garre Lynch a Ali Sadr Hasheminejad, el iraní acusado por el gobierno de los Estados Unidos de haber violado las sanciones impuestas a Irán, de lavado de dinero y fraude bancario. Ligeramente nervioso, el acusado dijo "No. No fue con el dinero de Venezuela. Los recursos vinieron de otros negocios que hacía con mis empresas en Europa". 
  Pilatus Bank, propiedad de Ali Sadr, es un banco maltés que inició sus operaciones en enero de 2014 y fue acusado, por la reportera Daphne Caruana Galizia y por las autoridades maltesas, de lavar fondos de esquemas supuestamente corruptos en nombre de compañías  offshore e individuos. 

   Tras la publicación de los Papeles de Panamá, y una investigación hecha por Caruana se reveló que Pilatus Bank facilitó transacciones sospechosas desde Panamá en nombre de personas políticamente expuestas. Las autoridades europeas le retiraron la licencia al mencionado banco a raíz de las denuncias de lavado de dinero.

   La pregunta del fiscal Lynch sorprendió a Ali Sadr y a su defensa que no esperaban que preguntaran sobre Pilatus Bank en el juicio que incluye 50 pagos hechos por PDVSA, el Fondo Chino y FONDEN a favor de tres empresas offshore de Sadr, y que fueron transferidas a través de dos bancos norteamericanos J. P Morgan Chase y Citi hacia Hyposwiss Private Bank de Suiza.
  Los fiscales que buscaban desafiar la credibilidad de Ali Sadr frente al jurado, interrogándolo sobre falsas declaraciones que el acusado hizo cuando pidió asilo en Estados Unidos, en una declaración para solicitar la reentrada al país, y en una entrevista que le hicieron cuando fue arrestado en 2018.

   El fiscal Garre Lynch puso en duda el miedo al gobierno iraní que Sadr dijo tener cuando pidió asilo en Estados Unidos.

 Lynch presionó a Sadr sobre su declaraciones a varias autoridades estadounidenses con respecto a su Residencia estadounidense y su miedo a regresar a Irán.

  Sadr consiguió asilo en los Estados Unidos en 2004, pero luego recibió una carta donde le ordenaban comparecer a una entrevista en Inmigración en 2009, alegando que su abogado había cometido fraude migratorio en su caso, y en otros.  Sadr prefirió abandonar el país antes que acudir ante las autoridades de Inmigración. Sadr dijo que su asilo se terminó y que su permiso de trabajo fue cancelado. 

   Se fue de los Estados Unidos en marzo de 2010. En 2012 solicitó residencia estadounidense luego de haberse casado con una ciudadana norteamericana, de quien se divorció al poco tiempo de obtener la Green Card. "Lamentablemente nos divorciamos".


  Lynch le preguntó  sobre su miedo de regresar a Irán "¿Es un tema constante, en 2003, en su aplicación para asilo, luego en 2012 en su solicitud de readmisión y luego en 2018 en su solicitud de fianza, tu miedo a volver a Teherán, tu miedo de ir a Irán, ¿correcto?".

  "No tiene nada que ver el uno con el otro", dijo Sadr. "¡Se trata de una solicitud de asilo! otro es sobre la libertad bajo fianza para poder salir de la cárcel y defenderme. Manzana y naranja en mi opinión", dijo el acusado visiblemente enardecido.

   Lynch preguntó a Sadr si era cierto que entre 2010 y 2015, realizó aproximadamente 50 viajes a Irán. Sadr dijo que eso podría ser exacto, y aseguró que: "¡El riesgo de volver a Irán para ver a su padre! No fue tan alto".

Mintió sobre su grave situación financiera

   Buscando acabar con su credibilidad frente al jurado, compuesto por 10 mujeres y 5 hombres, el presidente de Pilatus Bank fue interrogado acerca de su solicitud 2012 para readmisión a los EE. UU., en la cual, en declaración jurada dijo que se había ido del país en 2010 debido a su "grave situación financiera".

 "En esa declaración jurada, usted dijo la razón por la cual se iba del país, y no terminó su audiencia, era por el terrible estado financiero en el que estabas, ¿correcto? ", acusó Lynch.

"Uno de ellos", dijo Sadr.

 "Ahora, Sr. Sadr, usted no estaba bajo una grave situación financiera estrés en marzo de 2010, ¿verdad? ", dijo Lynch. Sadr dijo que fue terrible para él en el sentido de que él no podía funcionar y no tenía idea de cuánto tiempo Inmigración en los procedimientos se prolongaría. 

  El acusado sostuvo que había establecido compañías porque no podía atender adecuadamente en su situación financiera. Sí, fue grave si nos fijamos en las circunstancias en el "yo", dijo Sadr.

  El fiscal señaló que en marzo de 2010 Sadr transfirió 500,000 francos suizos para crear la empresa de fachada Clarity Trade, y el año anterior había gastado $ 250,000 para adquirir ciudadanía del gobierno de San Cristóbal y Nevis.

   Lynch dijo a Sadr: "Para ser claros, esas fueron dos transferencias financieras que hiciste.. cuando declaraste que tus circunstancias financieras eran tan graves que tenías que dejar el país, ¿correcto? ", preguntó el fiscal.

  Sadr respondió:"Esa es una situación extrema, un individuo no puede trabajar, un el individuo no puede simplemente sentarse en casa durante años".

Las sanciones estadounidenses contra Irán

   Una de las alegaciones claves acusadas en este caso es que Sadr creó un esquema para violación de las sanciones de Estados Unidos contra Irán. El fiscal le preguntó a Sadr sobre su afirmación de que solo pensó que las sanciones eran sólamente aplicadas al gobierno iraní, a grupos militares asociados al régimen, y a las personas bloqueadas en la Oficina de Activos Extranjeros Controles. 

  Sadr afirmó que no creía que las sanciones de los EE. UU. se aplicaran empresas privadas iraníes y que prohibieran a los ciudadanos de ese país hacer negocios fuera de Irán que no fueran para el beneficio del gobierno iraní.

Designación de PDVSA en la lista de sancionados

  Sadr se refirió la Ley Integral de Sanciones, Responsabilidad y Desinversión Irán promulgada por el expresidente Barack Obama en 2010. Hizo referencia a dos videos sobre los comentarios de Obama sobre Irán sanciones como refuerzo de su creencia de que las sanciones estadounidenses en Irán fueron dirigidos al régimen y otros malos actores. 

  El fiscal le preguntó al acusado si sabía que uno de las primeros en designados bajo esa ley promulgada por Obama fue PDVSA, la empresa estatal venezolana que le pagó millones de dólares a las empresas de su padre y suyas en Irán.

  "Eso sería alucinante porque todos estos los pagos a través del sistema financiero de EE. UU. llegaron a través de PDVSA ", dijo Sadr.

   Arrinconado por el fiscal, Sadr reconoció que sabía que PDVSA había sido así designada en 2012, pero que su comprensión era que la sanción de la petrolera venezolana prohibía recibir financiamiento del gobierno de los EE. UU. Específicamente, las sanciones prohibieron a PDVSA hacer una oferta por el gobierno de EE. UU. contratos de adquisición, asegurando financiamiento del Banco de Exportaciones e Importaciones de EE. UU. Y de obtenerlos, se requerían licencias de exportación de la OFAC.

 "Sabía que PDVSA fue designada, era una de las grandes noticias en Venezuela, pero también fueron grandes noticias que PDVSA solo fue designada para que no pudiera obtener préstamos del gobierno de Estados Unidos ", acotó Sadr.

  "No implicaba esa sanción que PDVSA no pudiera hacer otras transacciones financieras". "Suena como si hubieras detallado previamente la comprensión de la ley", replicó Lynch.

"Eso fue lo mismo que en el transcurso de los próximos dos años de los que recibió más de $ 100 millones, correcto", comentó el fiscal.

"Sí, según tengo entendido, no estábamos dando préstamos", dijo Sadr.

La defensa vuelve con el miedo al gobierno de Irán

   Cuando fue interrogado por su defensa, Sadr reiteró su testimonio de que tenía miedo a regresar a Irán, tal como lo indicó en su asilo la aplicación en 2003 porque supuestamente fue  sometido a una tortura mental y física cuando cayó en ¡Las manos de una división de la Guardia Revolucionaria Islámica de Irán! en relación con su participación en protesta estudiantes en 1999.

  En cuanto a sus procedimientos de fianza posteriores al arresto en 2018, Sadr dijo que el gobierno iraní alegó que él y su padre habían sacado el dinero del sistema financiero iraní y  que él enfrentaría cargos si regresaba a Irán. Sadr dijo que su padre, quien reside en Teherán, fue a la cárcel y fue despojado de la mayoría de sus activos.

   Seguido del testimonio de Sard, la jueza Alison Nathan leyó las instrucciones al jurado y procedió a convocar para los argumentos de cierre del juicio.

   Sadr, junto a otros conspiradores de este caso, enfrenta cargos de conspirar para violar la Ley Internacional de Poderes Económicos de Emergencia de Estados Unidos contra Irán, fraude bancario, conspiración para cometer fraude bancario, lavado de dinero y conspiración para cometer lavado de dinero.







jueves, 9 de mayo de 2019

CITGO compró equipos e insumos para emitir los 'Carnets' de la Patria, instrumentos de manipulación social del régimen de Nicolás Maduro

Por Maibort Petit
@maibortpetit


Durante el primer semestre de 2017 el departamento de Procura de CITGO autorizó la compra con carácter de urgencia de más de 2.000 impresoras digitales de varias marcas y modelos por un costo de más de 2 millones de dólares. Los equipos comprados por la filial estadounidense de PDVSA se usan actualmente en Venezuela para elaborar los carnets de la Patria. 
La compra fue autorizada por el presidente de CITGO para ese entonces, el fallecido Nelson Martínez y el actual vicepresidente de Servicios Compartidos, Glenn Hilman. Ambos ejecutivos ejecutaron todas las órdenes emanadas de la directiva de PDVSA sin objetar la legalidad o transparencias de dichas operaciones.

El carnet de la patria es un documento de identidad que incluye un código QR único personalizado que cuenta con una billetera digital que se articula dentro de un sistema estatal de pago electrónico5​6​ y en la cual los portadores también pueden recibir distintos bonos monetarios por parte del Estado venezolano.

El uso de ese carnet ha sido calificado como un mecanismo de control de la población, una política de exclusión social así como un método de coacción para la compra de votos durante las elecciones regionales de Venezuela de 2017, las elecciones municipales de 2017 y las elecciones presidenciales de 2018.

El régimen de Maduro ha obligado a muchos venezolanos a sacarse un un carnet para comprar las bolsas de comida (CLAP), obtener gasolina subsidiada o cobrar el bono de dinero con los que pagan los votos a favor de Maduro, conseguir casas de la 'Gran Misión Vivienda'. 

Una fuente consultada y que por su seguridad pidió mantenerse bajo anonimato, señaló que "Gracias a la adquisición y entrega de las modernas impresoras digitales para elaborar el carnet de la patria, CITGO, Nelson Martínez y Glenn Hilman contribuyeron al fortalecimiento del régimen autoritario de Nicolás Maduro". 

La fuente sostiene que "Esta práctica es una muestra más de violaciones del velo corporativo que ponen a CITGO en situación de alto riesgo legal ante terceros. Tal como sucede con el caso Crystallex, CITGO se constituye en “alter ego” del gobierno venezolano al realizar compras para beneficiar políticamente al régimen venezolano, por decisiones complacientes de ejecutivos venezolanos y norteamericanos". 

"La Junta Directiva de CITGO, nombrada por el Presidente (e) Guaidó, debería investigar a fondo este caso y otros similares, establecer responsabilidades, tomar las acciones administrativas a que diere lugar y prevenir la recurrencia de esta mala práctica que puede causarle terribles consecuencias al Estado venezolano", acota la fuente.

jueves, 1 de noviembre de 2018

Conoce la orden ejecutiva del Presidente Donald Trump que bloquea propiedades y negocios en los Estados Unidos de personas adicionales ligadas al régimen de Nicolás Maduro

El presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, emitió una nueva Orden Ejecutiva mediante la cual sanciona a todas aquellas personas de esa nación que realicen operaciones en el sector del oro de la economía venezolana o en cualquier otro sector de la economía del país gobernado por Nicolás Maduro.

La nueva disposición se sustenta en los poderes presidenciales que le otorgan la Constitución y las leyes de los Estados Unidos, entre ellas la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional, la Ley Nacional de Emergencias, Sección 212 (f) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952, la Ley de Defensa de los Derechos Humanos y Sociedad Civil de Venezuela de 2014 según enmienda (Ley de Defensa de los Derechos Humanos de Venezuela), y la sección 301 del título 3 del Código de los Estados Unidos.

A continuación el texto completo de la Orden Ejecutiva dictada este 1 de noviembre de 2018.

BLOQUEO DE PROPIEDADES DE PERSONAS ADICIONALES QUE CONTRIBUYEN A LA SITUACIÓN EN VENEZUELA


    Por la autoridad que tengo en mí como Presidente por la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, incluida la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (50 USC 1701 et seq.) (IEEPA), la Ley de Emergencias Nacionales (50 USC 1601 et seq). .), sección 212 (f) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952 (8 USC 1182 (f)) (INA), Ley de Defensa de los Derechos Humanos y Sociedad Civil de Venezuela de 2014 (Ley Pública 113-278), según enmendada (Ley de defensa de los derechos humanos de Venezuela) y la sección 301 del título 3 del Código de los Estados Unidos,


    Orden Ejecutiva de Bloqueo de Propiedades de Personas Adicionales que Contribuyen a la Situación en Venezuela.
Por la autoridad de la que estoy investido como Presidente por la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, incluida la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (50 USC 1701 y siguientes.) (IEEPA), la Ley de Emergencias Nacionales (50 USC 1601 y siguientes), Sección 212 (f) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952 (8 USC 1182 (f)) (INA), Ley de Defensa de los Derechos Humanos y Sociedad Civil de Venezuela de 2014 (Ley Pública 113-278), según enmendada (Ley de Defensa de los Derechos Humanos y la Sociedad Civil de Venezuela) y la Sección 301 del título 3 del Código de los Estados Unidos,
Yo, DONALD J. TRUMP, Presidente de los Estados Unidos de América, con el fin de tomar medidas adicionales con respecto a la emergencia nacional declarada en la Orden Ejecutiva 13692 de 8 de marzo de 2015, y para las medidas adicionales tomadas en la Orden Ejecutiva 13808 de 24 de agosto de 2017, Orden Ejecutiva 13827 del 19 de marzo de 2018 y Orden Ejecutiva 13835 del 21 de mayo de 2018, particularmente a la luz de las acciones del régimen de Maduro y las personas asociadas para saquear la riqueza de Venezuela para sus propios propósitos corruptos, degradan la infraestructura y el entorno natural de Venezuela a través de la mala gestión económica y las prácticas industriales y de minería confiscatorias, y catalizan una crisis migratoria regional al descuidar las necesidades básicas del pueblo venezolano, por medio de la presente ordeno lo siguiente:
Sección 1. (a) Todos los bienes e intereses en bienes que se encuentren en los Estados Unidos, que de aquí en adelante se encuentren dentro de los Estados Unidos, o que estén o estén en el futuro en posesión o control de cualquier persona de los Estados Unidos o de las siguientes personas están bloqueados y no pueden ser transferidos, pagados, exportados, retirados o de otra manera negociados con cualquier persona determinada por el Secretario del Tesoro, en consulta con el Secretario de Estado:
(i) operar en el sector del oro de la economía venezolana o en cualquier otro sector de la economía venezolana, según lo determine el Secretario del Tesoro, en consulta con el Secretario de Estado;
(ii) ser responsable o cómplice de, o haber participado directa o indirectamente, en cualquier transacción o serie de transacciones que involucren prácticas engañosas o corrupción y el Gobierno de Venezuela o los proyectos o programas administrados por el Gobierno de Venezuela, o ser un familiar adulto inmediato de dicha persona;
(iii) haber asistido, patrocinado o proporcionado apoyo financiero, material o tecnológico, o bienes o servicios para o en apoyo de cualquier actividad o transacción descrita en la Subsección (a) (ii) de esta Sección, o cualquier persona cuya propiedad e intereses en la propiedad están bloqueados de conformidad con esta orden; o
(iv) ser propiedad o estar controlado por, o haber actuado o pretendido actuar, directa o indirectamente, para o en nombre de cualquier persona cuya propiedad e interés en la propiedad estén bloqueados de conformidad con esta orden.
(b) Las prohibiciones en el inciso (a) de esta Sección se aplican excepto en la medida en que lo estipulen los estatutos o los reglamentos, órdenes, directivas o licencias que puedan emitirse de conformidad con esta orden, y no obstante cualquier contrato firmado o cualquier licencia. o permiso otorgado antes de la fecha de esta orden.
Sección. 2. La entrada sin restricciones de inmigrantes y no inmigrantes a los Estados Unidos de extranjeros a los que se le determine que cumplen con uno o más de los criterios de la subsección 1 (a) de esta orden, la entrada de esas personas sería perjudicial para los intereses de los Estados Unidos, y la entrada de tales personas a los Estados Unidos, como inmigrantes o no inmigrantes, queda suspendidos. Tales personas serán tratadas como personas cubiertas por la Sección 1 de la Proclamación 8693 de 24 de julio de 2011 (Suspensión de Entrada de extranjeros sujetos a Prohibiciones de Viaje por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y a sanciones por la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional.
Sección 3. Por la presente determino que la realización de donaciones del tipo de artículos especificados en la Sección 203 (b) (2) de IEEPA (50 U.S.C. 1702 (b) (2)) por, para, o en beneficio de cualquier persona cuya propiedad y los intereses en la propiedad están bloqueados de conformidad con la Sección 1 de esta orden, perjudicaría gravemente mi capacidad para hacer frente a la emergencia nacional declarada en la Orden Ejecutiva 13692, y por la presente prohíbo tales donaciones según lo dispuesto en la Sección 1 de esta Orden.
Sección. 4. Las prohibiciones en la Sección 1 de esta orden incluyen:
(a) la realización de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios por, para, o en beneficio de cualquier persona cuya propiedad e interés en la propiedad estén bloqueados de conformidad con esta orden; y
(b) la recepción de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios de cualquiera de dichas personas.

Sección. 5. (a) Se prohíbe cualquier transacción que evade o evite, tenga el propósito de evadir o evitar, cause una violación o intente violar cualquiera de las prohibiciones establecidas en esta orden.
(b) Se prohíbe cualquier conspiración formada para violar cualquiera de las prohibiciones establecidas en esta orden.
Sección. 6. A los efectos de este pedido:
(a) el término "persona" significa una persona o entidad;
(b) el término "entidad" significa una sociedad, asociación, fideicomiso, empresa conjunta, corporación, grupo, subgrupo u otra organización;
(c) el término "persona de los Estados Unidos" significa cualquier ciudadano de los Estados Unidos, residente permanente legal, entidad organizada bajo las leyes de los Estados Unidos o cualquier jurisdicción dentro de los Estados Unidos (incluidas sucursales extranjeras), o cualquier persona en los Estados Unidos;
(d) el término "Gobierno de Venezuela" significa el Gobierno de Venezuela, cualquier subdivisión política, organismo o instrumento del mismo, incluido el Banco Central de Venezuela, y cualquier persona de propiedad o controlada por, o que actúe por o en nombre de, Gobierno de Venezuela.
Sección. 7. Para aquellas personas cuyos bienes e intereses en la propiedad están bloqueados de conformidad con esta orden y que podrían tener una presencia constitucional en los Estados Unidos, considero que debido a la capacidad de transferir fondos u otros activos de manera instantánea, aviso previo a dichas personas o el gobierno de Venezuela de las medidas que deben tomarse de conformidad con esta orden haría que esas medidas sean infecciosas. Por lo tanto, determiné que para que estas medidas sean efectivas en el tratamiento de la emergencia nacional declarada en la Orden Ejecutiva 13692, no es necesario que haya una notificación previa de un listado o determinación realizada de conformidad con la Sección 1 de esta orden.
Sección. 8. El Secretario del Tesoro, en consulta con el Secretario de Estado, queda por la presente autorizado para tomar tales acciones, incluida la promulgación de normas y reglamentos, y para emplear a todos poderes otorgados al Presidente por IEEPA según sea necesario para implementar esta orden. El Secretario del Tesoro puede, de conformidad con la ley aplicable, redelegar cualquiera de estas funciones Dentro del Departamento del Tesoro. Todas las agencias del Gobierno de los Estados Unidos tomarán todas las medidas apropiadas dentro de su autoridad para llevar a cabo las disposiciones de esta orden.
Sección. 9. Se autoriza al Secretario de Estado para tomar tales acciones, incluida la promulgación de normas y reglamentos, y para emplear todos los poderes otorgados al Presidente por la la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional, la Ley de

Inmigración y Nacionalidad, y Sección 5 de la Ley de Defensa de los Derechos Humanos de Venezuela, incluidas las autoridades establecidas en Secciones 5 (b) (1) (B), 5 (c) y 5 (d) de esa Ley, según sea necesario para llevar a cabo la sección 2 de esta orden y las disposiciones pertinentes del artículo 5 de dicha Ley. El Secretario de Estado podrá, de conformidad con la ley aplicable, re-delegar cualquiera de estas funciones dentro del Departamento de Estado.
Sección. 10. (a) Nada en este orden se interpretará como un impedimento o efecto contrario:
(i) la autoridad otorgada por la ley a un departamento o agencia ejecutiva, o su jefe; o
(ii) las funciones del Director de la Oficina de Gestión y Presupuesto relativas al presupuesto, propuestas administrativas, o legislativas.
(b) Esta orden se implementará de conformidad con la ley aplicable y sujeto a la Disponibilidad de créditos.
(c) Esta orden no pretende, y no crea, ningún derecho o beneficio, sustantivo o procesal, ejecutables por ley o en equidad por cualquiera de las partes contra los Estados Unidos, sus departamentos, agencias, o entidades, sus oficinas, empleados o agentes, o cualquier otra persona.
DONALD J. TRUMP LA CASA BLANCA,
1o de Noviembre de 2018.

sábado, 24 de marzo de 2018

Documentos confirman que designación de Calixto Ortega Sánchez como vicepresidente de CITGO viola normas de PDVSA y la ley de los Estados Unidos

El nuevo vicepresidente de Finanza de Citgo goza de un sueldo de USD 717.176,00. como ejecutivo de una trasnacional.

Por Maibort Petit
@maibortpetit

Calixto Ortega Sánchez, sobrino del magistrado Calixto Ortega Ríos, sancionado por el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, fue designado como vicepresidente de Administración y Finanzas de CITGO en noviembre de 2017 a pesar de haber entrado a la empresa en agosto de ese mismo año, gracias a las gestiones realizadas por el también sancionado por la OFAC, Simón Alejandro Zerpa Delgado y la presidenta de la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela, Delcy Rodríguez. En dicho nombramiento se habrían violado presuntamente las normativas internas vigentes en Petróleos de Venezuela, al igual que los requisitos exigidos por el gobierno norteamericano a las empresas para la aprobación de las visas L1, relativas a la transferencias de ejecutivos de trasnacionales.

Información en nuestro poder prueba que el gobierno de los Estados Unidos negó a Calixto Ortega Sánchez la visa H1, relativa a empleados especializados en 2017. 

Según un testimonio de una fuente -quien pidió mantenerse en anonimato por razones de seguridad- "ante la imposibilidad de obtener la visa H1, Ortega Sánchez solicitó a Delcy Rodríguez ejercer sus influencias para que fuera designado en el cargo de vicepresidente en Citgo, para lo cual se procedió a incluirlo en la nómina de Pdvsa. Ortega Sánchez es uno de los hombres de confianza de Simón Alejandro Zerpa Delgado, quien para ese entonces era el vicepresidente de Fiananzas en PDVSA".

De acuerdo a la fuente, "Simón Zerpa perdió poder en Citgo cuando fue sancionado por el Departamento del Tesoro. En cumplimiento a lo establecido en las sanciones de la OFAC, los empleados de Citgo -una empresa que se rige por las leyes estadounidenses- no podían recibir llamadas ni correos de Zerpa Delgado. La fuente aseguró que "ante la insistencia de mantener el control del Citgo, Zerpa Delgado no paró de enviar comunicaciones a los ejecutivos, razón por la cual fue bloqueado permanentemente en el servidor de la filial estadounidense de PDVSA. Ante esa situación, Zerpa Delgado gestionó de manera fraudulenta todos los "requisitos legales" para que Ortega Sánchez lograra la aprobación de la visa L1 establecida para la Transferencia de Ejecutivos de Multinacionales", dijo la fuente.

Uno de los requisitos de la visa L1 es que el portador debe trabajar en una empresa y ser transferido desde la misma hacia otra sede en E.E.U.U. El beneficiario debe ser un ejecutivo en la empresa matriz y tener amplia y probada experiencia en el cargo que va a desempeñar en los Estados Unidos. Para cumplir con el perfil solicitado por las leyes de inmigración norteamericanas, el curriculum de Calixto Ortega Sánchez fue modificado, al igual que fue creado un expediente interno en PDVSA, para que apareciera como un funcionario petrolero que había ocupado posiciones anteriores similares al que iba a ejercer en Citgo. Hasta octubre de 2017, Ortega Sánchez se había desempeñado en cargos diplomáticos en representación del país que nada tenían que ver con la empresa petrolera. 

El testimonio señala que Delcy Rodríguez y Simón Zerpa lograron forjar los datos de Ortega Sánchez en el Departamento de Recursos Humanos de PDVSA para "crearle experiencia de varios años atrás en la empresa petrolera".

De hecho en la página oficial de Citgo puede verse su perfil en el cual se aprecia que no tiene ningún tipo de experiencia ni en administración ni en Finanzas pero -sobre todo- que nunca ha trabajado en una corporación de petróleo.

Intentamos comunicarnos con los departamentos legales de Citgo y de Pdvsa para conocer su opinión al respecto pero hasta el cierre de esta nota lo recibimos respuesta.

La directiva de PDVSA se prestó al juego

En una carta fechada el 22 de agosto de 2017 firmada por  Ana María Alves, secretaria del Comité de Recursos Humanos de PDVSA, dicha instancia responde a la petición hecha por Simón Zerpa Delgado, (vicepresidente de Finanzas de la petrolera), donde se hace referencia a Calixto Ortega Sánchez en su calidad de supuesto empleado de la petrolera.


En la comunicación se informa que en el Comité de Recursos Humanos de PDVSA (CRRHH·2017-27) en su reunión N° 2017-27, de fecha 22 de agosto de 2017, aprobó el permiso sin pago/empleo local por el período de dos (2) años del trabajador Calixto Ortega, C.I. 16.834.560, para cumplir funciones come Vicepresidente de Finanzas en CITGO Petroleum Corporation. El permiso será efectivo una vez sean cumplidos los trámites legales y estatutarios correspondientes.

Una copia de esa carta fue entregada al entonces presidente de PDVSA, Eulogio Del Pino y a los siguientes miembros de la directiva de la petrolera: Maribel Parra (vicepresidenta ejecutiva); Fredy Rojas (director ejecutivo de Recursos Humanos); Marianny Gómez (vicepresidente de Planificación e Ingeniería) y Pío González (Gerente Corporativo de la Oficina de la Presidencia).

La fuente consultada para este trabajo hace hincapié que Ortega Sánchez ejecuta órdenes de Simón Zerpa Delgado en su gestión en la vicepresidencia de Asuntos Públicos de CITGO.

Sueldo de más de 700 mil dólares

Las evidencias confirman -además- que el actual vicepresidente de Administración y Finanzas de CITGO, Calixto Ortega Sánchez, devenga un sueldo de USD 717.176,00. 

En este documento también se confirma también que el actual vicepresidente de Relaciones Estratégicas con los Accionistas del Gobierno y Asuntos Públicos, Rafael Gómez, goza de un sueldo de USD. 443.573,00. más otras bonificaciones que lo colocan por encima del medio millón de dólares.

Calixto Ortega Sánchez ingresó a la nómina de Petróleos de Venezuela, S.A. el 15 de agosto de 2017. 

Oferta de trabajo "hecha a su medida"

En la oferta de trabajo enviada a Calixto Ortega Sánchez a un apartado postal ubicado en Houston, Texas, el 13 de septiembre de 2017, se le informa al funcionario la propuesta para ocupar el puesto de Vicepresidente de Finanzas de CITGO Petroleum Corporation (CITGO). La carta fue firmada por el funcionario el 3 de octubre de 2017.

La misiva señala que dicha oferta de empleo depende de que se cumpla con todos los requisitos legales que le permitan trabajar en los Estados Unidos. Si no se cumplen estos requisitos, entonces se le dará lugar a que retire dicha oferta o, de no ser así, se vería obligado a dejar el empleo incluso después de haber comenzado sus labores.

Dice la carta que Ortega prestará servicios en este puesto como vicepresidente financiero hasta nuevo aviso; actualmente, la duración anticipada de su tarea es de dos (2) años. Sin embargo, la comunicación aclara que debe tener en cuenta que su tarea está sujeta a las necesidades comerciales discrecionales de CITGO y de PDVSA.

En otras palabras, la longitud de la asignación puede ser alterada por CITGO y/o PDVSA, en función de sus necesidades comerciales respectivas.

Aclara que cuando Ortega firme la oferta de trabajo, queda entendido que en caso de que el empleo sea más breve, “usted o cualquier otra parte no tomarán acciones legales contra PDVSA, CITGO o cualquiera de sus respectivas subsidiarias en asuntos relacionados con la duración restante de su período de asignación, y los salarios no pagados después de su última fecha efectiva de trabajo o cualquier otro tipo de pagos, será reclamada como resultado de reducciones en la duración de esta asignación”.

Los beneficios

La comunicación también da a conocer los beneficios de que disfrutaría en caso de aceptar la mencionada oferta, entre ellos:

1) Salario base: USD 41.250.00 por mes. ( No Obstante en la nómina aparece que la totalidad del sueldo es USD 717.176,00. 

2) Subsidio de vivienda: Se le proporcionará un subsidio mensual de vivienda que Propex determinará según las normas que se proporcionarán para arrendar una casa y muebles. Si elige comprar una casa y/o enviar sus artículos domésticos desde Venezuela, este subsidio mensual se reducirá de acuerdo con las normas de Propex. Igualmente, el subsidio se reduciría a 80 por ciento si tiene un contenido de 20 pies.

3) Vacaciones y viajes: Se le reembolsará el costo del transporte aéreo económico a Venezuela por la ruta más directa para él y los miembros elegibles de su familia una vez cada doce meses, siempre que permanezcan al menos 6 meses antes del final de su asignación.

4) Programa de vehículo ejecutivo: Tendrá derecho a cualquier automóvil provisto bajo la provisión del Programa de Vehículos Ejecutivos de CITGO. Los arreglos específicos se resolverán una vez que haya aceptado la oferta de empleo.

5) Empresa Aeronáutica: Tendrá derecho a utilizar las planillas CITGO contenidas en la política de Aeronaves Corporativas de CITGO.

6) Viajes aéreos comerciales: Será elegible para usar Business Class o First Class para vuelos domésticos y Business Class para vuelos internacionales.

7) Teléfono celular: Será elegible para un teléfono celular provisto por la compañía. Los gastos de este teléfono se deben cargar directamente a la empresa.

8) Asistencia para la preparación del impuesto sobre la renta: CITGO brindará asistencia en la preparación de impuestos para que presente sus impuestos estadounidenses requeridos.

9) Beneficios de planificación de Financiera: Gozará de los beneficios de ayuda con los gastos incurridos para la planificación financiera. El beneficio máximo mensual para los servicios de planificación financiera es USD 7.000 por año. Como nuevo participante en el programa, se le permitirán USD 3.500 adicionales en el primer año calendario que participe, por lo que se aplicará un máximo de USD 10.500. Esto también es válido para el último año calendario de participación al momento de la jubilación. Los detalles sobre este beneficio se proporcionarán después de la aceptación de la oferta.

10) Asistencia de reubicación: CITGO le proporcionará beneficios de reubicación que incluirán un viaje a la casa; gastos de viaje, gastos de vida temporales por hasta 30 días; el transporte de artículos para el hogar y el pago incidental de un mes de pago de acuerdo con la disposición de la Política de PDVSA Propex. Se proporcionarán todos los detalles de los beneficios de reubicación y asignaciones.

Además de los términos expuestos en la carta, CITGO tiene políticas y procedimientos a los que debe adherirse durante el tiempo que permanezca en el empleo. Es responsabilidad del empleado familiarizarse con las políticas y procedimientos, los cuales es posible encontrar en la Intranet de la empresa. En caso de dudas respecto a las políticas y procedimientos, el empleado debe solicitar orientación a su socio comercial de Recursos Humanos o a su supervisor.

La carta concluye con la manifestación de esperanza de que el candidato acepte la oferta y se convierta en miembro del equipo de CITGO.

Se advierte que la empresa reconoce que el candidato conserva la opción de decidir, del mismo modo que CITGO la tiene de dar por finalizada su tarea con la compañía en cualquier momento, con o sin aviso y con o sin causa. En tal sentido alertan que la asignación con CITGO es a voluntad y se subraya que ni la carta, ni ninguna representación oral o escrita podrán considerarse como un contrato que garantice la asignación por un período de tiempo específico o bajo condiciones específicas.



Perfil de Calixto Ortega Sánchez

Antes de ser designado en la vicepresidencia de Administración y Finanzas de Citgo, Ortega Sánchez se desempeñó como delegado ante el Comité Administrativo y Presupuestario de las Naciones Unidas, como cónsul de Venezuela en Houston y cónsul de Venezuela en Nueva York. Antes de eso, pasó dos años trabajando como consultor privado en proyectos internacionales.


Realizó estudios sobre Banca y Finanzas en la Universidad de Londres, LSE. Tiene un MBA de la Escuela de Negocios Jones Graduate de la Universidad de Rice, una Maestría en Gestión de Políticas Económicas (MPA) de la Universidad de Columbia y una Licenciatura en Ingeniería Industrial de la Universidad del Zulia, Venezuela.




lunes, 19 de marzo de 2018

Estados Unidos sancionó a otros cuatro funcionarios del régimen de Nicolás Maduro

Por Maibort Petit
@maibortpetit

Hoy, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos designó en la lista negra a cuatro funcionarios del gobierno venezolano de conformidad con la Orden Ejecutiva (OE) 13692, como parte de los esfuerzos continuos del Tesoro para destacar la mala gestión económica y la corrupción endémica que han sido definir las características del régimen de Maduro. Las acciones del gobierno venezolano han hecho que la moneda venezolana carezca de valor a través de la hiperinflación, convirtieron alimentos y medicinas en productos raros e incomparables a través de la aplicación de controles de precios y desencadenaron una crisis humanitaria que   el Ejecutivo se niega a mitigar cambiando de política o aceptando asistencia internacional.


"El presidente Maduro diezmó la economía venezolana e impulsó una crisis humanitaria. En lugar de corregir el curso para evitar más catástrofes, el régimen de Maduro intenta eludir las sanciones a través de la moneda digital Petro, una estratagema que la Asamblea Nacional --democráticamente electa-- ha denunciado y el Tesoro ha advertido a las personas estadounidenses que eviten", dijo el Secretario del Tesoro Steven T. Mnuchin. "Hoy participé en una reunión importante en Argentina con mis homólogos de la región y Europa, donde discutimos cómo lograr nuestros objetivos compartidos de restaurar la democracia venezolana, combatir la cleptocracia del régimen venezolano y responder a la crisis humanitaria causada por La política económica de Maduro. Instamos a Maduro a que distribuya ayuda humanitaria y deje de bloquear la tan necesitada ayuda extranjera para el sufrimiento de la población de Venezuela, y nuevamente hacemos un llamado a los militares venezolanos para que respeten y defiendan la Constitución".

Hoy, el presidente Donald Trump también firmó una Orden Ejecutiva que prohíbe a las personas estadounidenses y otras sujetas a la jurisdicción estadounidense participar en todas las transacciones relacionadas con, suministro de financiación y otras operaciones en cualquier moneda digital o ficha digital emitida por para, o en nombre del Gobierno de Venezuela después del 9 de enero de 2018.

Como resultado de las acciones de hoy, todos los activos de los siguientes funcionarios actuales o anteriores del Gobierno de Venezuela que están sujetos a la jurisdicción de los EE. UU. Están congelados, y las personas de los EE.UU. tienen prohibido tratar con ellos:

Américo Alex Mata García (Mata) fue nombrado Director Suplente en la Junta Directiva del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, también conocido como BANAVIH, dependiente del Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda. Mata también fue el Viceministro de Economía Agrícola y el Presidente del Banco Agrícola de Venezuela, ambos dependientes del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras. Mata es expresidente de Corpomiranda, una empresa estatal conocida por su papel en la ejecución de políticas públicas relacionadas con el desarrollo territorial y las poblaciones que habitan el área que comprende el estado de Miranda, la cuenca del río Tuy, y el Tovar, Ribas, Revenga , y los municipios Santos de Michelena del estado Aragua. En su papel de coordinador de la campaña presidencial de Maduro en 2013, Mata supuestamente solicitó y recibió pagos de Odebrecht, una empresa de construcción brasileña atrapada en un escándalo de corrupción en todo el mundo. Mata supuestamente solicitó 50 millones de dólares en nombre del gobierno venezolano, al tiempo que garantizaba los contratos de Odebrecht para obras futuras. Según los informes, Odebrecht proporcionó 35 millones de dólares a la campaña de Maduro en 2013.

Willian Antonio Contreras (Contreras) es el jefe o Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), la agencia responsable de imponer controles de precios en Venezuela. Además, Contreras es el Viceministro de Comercio Interior del Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas. Debido a los continuos controles de precios impuestos por SUNDDE en negocios que van desde supermercados hasta compañías multinacionales, las empresas han disminuido la producción o han dejado de operar en lugar de seguir importando materias primas para incorporarlas a productos que tienen que vender por mucho menos que los precios generalmente encontrado en supermercados. Contreras ha sido citado afirmando que SUNDDE implementa controles de precios obligatorios por el gobierno sobre materias primas y que estas leyes prohíben que el sector privado en Venezuela declare precios diferentes de la determinación oficial de precios del gobierno.

Nelson Reinaldo Lepaje Salazar (Lepaje), a mediados de marzo de 2018, actuaba en calidad de Jefe de la Oficina del Tesoro Nacional de Venezuela. Anteriormente, Lepaje había delegado las funciones del Tesorero Nacional Auxiliar, y en ese cargo estuvo involucrado en la supervisión de los procedimientos administrativos y la firma de documentos oficiales, incluidos los acuerdos financieros entre el Ministerio del Poder Popular, el Banco Central de Venezuela y cualquier entidad nacional. o instituciones financieras extranjeras que son auxiliares ntidades de la Oficina Nacional del Tesoro. Lepaje también autorizó la apertura de cuentas bancarias con fondos del Tesoro Nacional en monedas nacionales y extranjeras. El ex Tesorero Nacional, Carlos Erick Malpica Flores, también fue designado por la OFAC, en julio de 2017. Además, el Tesoro Nacional venezolano ha sido objeto de denuncias de corrupción anteriores, ya que se alegó que el presidente Maduro le robó casi 
$ 10 millones al Tesorería. 

Carlos Alberto Rotondaro Cova (Rotondaro) es el ex presidente de la Junta Directiva del Instituto Venezolano de Seguridad Social (IVSS), la agencia gubernamental encargada de proporcionar medicamentos a los pacientes para enfermedades crónicas. Como resultado del colapso económico de Venezuela bajo Maduro, el país ya no compra suficientes medicamentos extranjeros o produce suficientes medicamentos propios. Debido en parte a la insuficiencia de vacunas y antibióticos, las enfermedades que alguna vez fueron controladas como la difteria y el sarampión han regresado, mientras que los venezolanos que sufren enfermedades crónicas como el cáncer o la diabetes a menudo tienen que renunciar al tratamiento. El sistema de salud de Venezuela continúa cayendo en una crisis más profunda luego de años de agitación económica, provocando brotes de enfermedades tratables y el aumento de las tasas de mortalidad.