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jueves, 15 de diciembre de 2022

El excongresista David Rivera, ligado a la corrupción de Maduro, comparecerá ante un juez de la Florida que lo procesará por delitos federales

  Una demanda civil en una corte de Nueva York tuvo sus repercusiones en el Tribunal del Distrito Sur de Florida donde el exintegrante de la Cámara de Representantes enfrenta cargos de lavado de dinero y por cabildear ilegalmente a favor del régimen de Nicolás Maduro.

Por Maibort Petit
  Para el próximo 20 de diciembre está pautada la presentación inicial del excongresante republicano, David Rivera, ante un juez del Tribunal de Distrito Sur de Florida, donde cursa una acusación penal en su contra. El exrepresentante de Florida entre 2011 y 2013, fue arrestado en el aeropuerto de Atlanta, Georgia, el pasado 5 de diciembre de 2022, bajo acusación de delitos de lavado de dinero y conspiración para cabildear a favor del dictador venezolano, Nicolás Maduro y su régimen, así como por lavado de dinero. Poco después salió libre bajo fianza. 

    Rivera ha sido objeto de varias investigaciones federales, pero es la primera vez que se produce una acusación formal en su contra. Los fiscales lograron obtener parte de la evidencia que sustenta este caso, en la presentación de pruebas ordenada por el juez en una demanda civil que cursa en la corte del Sur de Nueva York en contra de su empresa, Interamerican Consulting Inc., interpuesta por PDV USA Inc., filial de Petróleos de Venezuela S.A., en la que se acusa el incumplimiento de contrato cuyo primeros pagos ($15 millones) terminaron saliendo de las arcas de CITGO. 
  PDV USA acusó al exparlamentario y su firma, de recibir USD 15 millones de un contrato con un precio total de USD 50 millones, sin que el mismo hubiese sido ejecutado. Ni Rivera ni su compañía habrían cumplido el trato que consistía en cabildear con funcionarios públicos de los Estados Unidos y agencias federales para evitar la imposición de sanciones contra PDVSA y miembros del régimen venezolano por parte de los EE. UU. Por su parte, Rivera contrademandó exigiendo la cancelación de los restantes USD 35 que completan el monto de la negociación.

 Aunque el cabildeo para un gobierno extranjero no es delito en EE. UU, las empresas que se dedican a ese oficio deben estar registradas ante la Ley FARA. La fiscalía acusa a Rivera de incumplir la norma porque no se registró como consultor del régimen venezolano y de la estatal PDVSA cuando firmó el contrato de representación y consultoría a favor de Maduro.

 La Ley FARA, (por sus siglas en inglés The Foreign Agents Registration Act) obligaba a Rivera a registrarse como agente extranjero y a divulgar de manera pública su relación con el mandatario extranjero. 

 La letra del contrato suscrito entre Interamerican y PDV USA, establecía que la primera debía cabildear ante el gobierno federal, el Congreso y agencias de EE. UU., en nombre de Venezuela, con el objetivo de obtener apoyo político que permitiera normalizar las relaciones entre Estados Unidos y el régimen de Nicolás Maduro. La tarea de Rivera, Intermarican, así como de Esther Nuhfer y su empresa Communications Solutions Inc. —igualmente beneficiarios de la negociación— era bregar para impedir que el entonces presidente Donald Trump impusiera sanciones contra PDVSA y los miembros de la dictadura venezolana. Ese objetivo no se logró.
  David Rivera argumenta que no violó la Ley Fara, pues el contrato que suscribió lo hizo con una empresa registrada en Estados Unidos.

  Ante una advertencia que su socia Esther Nuhfer le hizo, de que era necesario registrarse en FARA, Rivera respondió que ya era tarde para ello y que de hacerlo se convertiría en un gran escándalo, revelan unos correos electrónicos contenidos en la demanda[1].

  La acusación refiere que Rivera, para ocultar la naturaleza de sus negociaciones, se refería a Nicolás Maduro con el apelativo de “guaguero” (conductor de autobús en el argot cubano), en sus chat y comunicaciones sobre el asunto. 

  Los fiscales sostienen que Rivera procuró citas con funcionarios y legisladores de EE. UU. y que por lo menos una vez, viajó a Caracas a reunirse con el dictador venezolano.

  La demanda refiere que el contrato de la empresa de Rivera con PDV USA, solamente buscaba ocultar el trato directo con el régimen de Venezuela, entre quienes se destaca la figura de la actual vicepresidenta, Delcy Rodríguez.

 En la querella, los fiscales advierten que el objetivo de la conspiración ejecutada era que los acusados se enriquecieran de manera ilegal, participando en actividades políticas en los Estados Unidos en nombre del Gobierno de Venezuela y representando los intereses del Gobierno de Venezuela ante funcionarios del gobierno de los Estados Unidos, en un esfuerzo por influir en la política exterior de los EE. UU.  hacia Venezuela.

  Raúl Gorrín sería el enlace entre Rivera y el régimen de Maduro y se dice en el documento que Senador 1, cuyo nombre no aparece mencionado, también tuvo dos encuentros con Rivera y allí este le habría dicho que Gorrín le informó que Nicolás Maduro estaría dispuesto a celebrar elecciones libres en Venezuela.

  Vale pena apuntar que señalamientos acerca de las vinculaciones de Rivera con el chavismo son de vieja data. Por ejemplo, en 2012, organizó un evento en el Congreso de los Estados Unidos en homenaje venezolanos. Tal actividad habría sido financiada presuntamente con fondos públicos venezolanos en pro de agentes del oficialismo, según determinó una investigación hecha por Univisión. Se trató de una celebración conmemorativa del primer grito de independencia de Venezuela de la corona española, llevado a cabo el 19 de abril de 2012[3]. 

  Se destacó el “reconocimiento” que Rivera hizo a quien es conocido como el “banquero del chavismo”, David Osío, propietario del Davos Financial Group[4]. En el acto, rivera entregó a los homenajeados la Medalla al Mérito del Congreso de EE. UU., un Certificado de Reconocimiento Congresional y la Bandera de Estados Unidos.

  Otro dato curioso acerca de Rivera data del año 2010, cuando durante una entrevista acusó a su oponente demócrata a las elecciones, Joe García, de ser una agente de la dictadura cubana que, para ese entonces, encabezaba Fidel castro. El para entonces candidato Rivera denunció que García se había convertido en un “agente de los intereses del régimen de Castro, por el hecho de que él (García) está cabildeando por concesiones unilaterales hacia el régimen cubano”[5].

 Quien usó como tarjeta de presentación ante su electorado en Florida, su lucha contra el comunismo dado sus orígenes, trabajaba en silencio a favor del comunismo imperante en Venezuela[6].

Oposición venezolana salpicada

  En su afán por zafarse de los señalamientos con que se le vincula con el chavismo, Rivera ha afirmado que el dinero recibido de CITGO como parte del pago del contrato, es decir los USD 15 millones, fue a parar a la oposición venezolana como financiamiento a las protestas contra Maduro ocurridas en 2017.

 Rivera sostiene que supuestamente entregó parte de los USD 15 millones a Leopoldo López y a su esposa, Lilian Tintori. Estos negaron la acusación y amenazaron con demandar a Rivera, pero hasta la fecha no se ha interpuesto ninguna querella en los tribunales de Estados Unidos sobre este caso en particular. 

 Rivera también dijo en otra ocasión que del dinero debían dar cuenta los llamados 6 de CITGO: José Pereira, José Zambrano, Gustavo Cárdenas, Jorge Toledo, Alirio Zambrano y Tomeu Vadell[7].
  
   En la demanda contra Rivera aparecen señalados dos individuos, que  son diputados a la Asamblea Nacional de Venezuela (2015). En la acusación no aparecen los nombres de los políticos opositores que habrían acudido a las reuniones con David Rivera y Raúl Gorrín, propietario de la televisora Globovisión y Seguros La Vitalicia, que está buscado por la justicia de EE. UU. por diferentes delitos y se encuentra en estatus de fugitivo. 

 Raúl Gorrín es una figura clave en el caso de Rivera y sus correos electrónicos y mensajes de celular aparecen en las comunicaciones entre  el excongresista de EE. UU. y Esther Nuhfer, según lo revelan los fiscales y las evidencias presentadas en la corte en la demanda contra Interamerican Consulting Inc.

  Los mensajes revelan que Interamerican Consulting pagó parte del dinero recibido de CITGO a Gorrín, y que los pagos de la filial de PDVSA en EE. UU. fueron amparados contratos ficticios por supuestos servicios prestados.

  Los abogados de PDV USA dijeron que parte de los fondos pagados por CITGO a la empresa de David Rivera, USD 3,75 millones, fueron direccionados a Interglobal Yacht Managment LLC, una compañía que administraba los yates de Raúl Gorrín. Esta operación se habría pretendido enmascarar con un subcontrato de servicios de consultoría estratégica internacional, pero el administrador de la empresa de yates se negó a firmar el contrato retroactivo a marzo de 2017. Posteriormente, se quiso presentar el pago bajo el alegato de que Gorrín actuó, supuestamente, como abogado consultor de Interamerican.

Gorrín, tenido por la justicia como prófugo, figura en varias causas judiciales que cursan en tribunales de los Estados Unidos[9].

Toca esperar ahora qué determinará sobre Rivera la Corte de Florida.






































































[1] Venezuela Política. “El arresto de exrepresentante de Florida, David Rivera y a su socia: Ambos fueron consultores de Nicolás Maduro y cobraron millones”. 5 de diciembre de 2022. https://www.maibortpetit.info/2022/12/el-arresto-de-exrepresentante-de.html



[2] El Nuevo Herald. “Arrestado ex legislador Rivera trabajaba en secreto para Maduro, dice acusación”. 7 de diciembre de 2022. https://www.elnuevoherald.com/noticias/america-latina/venezuela-es/article269681841.html#storylink=cpy



[3] Business Wire. “Recognition to a Select Group of Venezuelans; David Osío Receives Important Recognition in Washington”. 18 de abril de 2012. https://www.businesswire.com/news/home/20120418006942/en/Recognition-to-a-Select-Group-of-Venezuelans-David-Os%C3%ADo-Receives-Important-Recognition-in-Washington-DC



[4] Armando Info. “El diminuto banco de venezolanos en Dominica que no gustó al Bank of China”. 7 octubre 2020. https://armando.info/el-diminuto-banco-de-venezolanos-en-dominica-que-no-gusto-al-bank-of-china/



[5] Naples Daily News. “VIDEO Florida race for Congress: David Rivera labels Joe Garcia an agent of Fidel Castro”. 9 de noviembre de 2010. https://archive.naplesnews.com/news/video-florida-race-for-congress-david-rivera-labels-joe-garcia-an-agent-of-fidel-castro-ep-393943909-343223112.html/



[6] El Diario. “Ex congresista Republicano asesoraba a Maduro: PDVSA ahora lo demanda”. 16 de mayo de 2020. https://eldiariony.com/2020/05/16/ex-congresista-republicano-asesoraba-a-maduro-pdvsa-ahora-lo-demanda/



[7] Venezuela Política. “Juicio de empresa de David Rivera revela trama corrupta de políticos venezolanos en Miami”. 24 de enero de 2022. https://www.maibortpetit.info/2022/01/juicio-de-empresa-de-david-rivera.html



[8] Venezuela Política. “CITGO pagó a David Rivera los $15 millones para cabildear a favor de PDVSA (Nicolás Maduro) en los EE. UU.”. 15 de mayo de 2020. https://www.maibortpetit.info/2020/05/exclusiva-citgo-pago-david-rivera-los.html



[9] Venezuela Política. “Caso PDV USA en Nueva York: David Rivera entregó a Raúl Gorrín $3,75 millones del pago hecho por CITGO por un contrato de consultoría para 'mejorar la imagen de PDVSA' en Washington DC”. 7 de abril de 2022. https://www.maibortpetit.info/2022/04/caso-pdv-usa-en-nueva-york-david-rivera.html

lunes, 24 de enero de 2022

Juicio de empresa de David Rivera revela trama corrupta de políticos venezolanos en Miami

  Una trama que ha generado muchas suspicacias y que, se estima, arrojará luces de los ocultos esquemas de corrupción que existen entre la clase política en Miami relacionada con Venezuela.

 Por Maibort Petit

     En  un juicio que se realizará este verano en Nueva York se podrá esclarecer a dónde fueron a parar los fondos pagados por Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), empresa estatal controlada por el régimen de Nicolás Maduro  a la consultora Interamerican Consulting Inc, propiedad del excongresista cubanoamericano, David Rivera. En los  cuestionarios enviados por la demandante PDV USA, a la parte acusada  se han mencionado los nombre del líder de Voluntad Popular, Leopoldo López, del prófugo de la justicia de Estados Unidos, Raúl Gorrín y de otras personas ligadas a la oposición y al chavismo en el estado de la Florida.  
    El asunto radica en una demanda, de carácter civil, que entablaron los abogados de PDV USA/CITGO (controlada por el gobierno interino presidido por Juan Guaidó), en mayo 2020 por el incumplimiento de un contrato por USD 50 millones que otorgó Petróleos de Venezuela (bajo el mando del régimen Nicolás Maduro) en 2017 a la empresa del excongresista, David Rivera (Interamerican Consulting Inc.) para cabildear en favor de PDVSA ante las autoridades estadounidenses en Washington DC. y mejorar la imagen de la estatal petrolera ante el gobierno federal del entonces presidente Donald Trump.

   La primera parte del pago del contrato, equivalente a USD 15 millones, (tres transferencias de USD 5 millones cada una) fue pagado por CITGO Petroleum Corp. sustentándose en un reporte de acciones realizadas por Interamerican ante diversos entes oficiales en la capital de EE. UU. Luego surgieron dudas ante la advertencia que los servicios de cabildeo presuntamente no fueron realizados (según la demanda). Tras una alerta de  los auditores, CITGO no pagó el resto del contrato, es decir, USD 35 millones.


    Rivera presionó a CITGO para que le pagara el remanente, pero la filial de PDVSA en Estados Unidos decidió no continuar los pagos, debido a la falta de claridad de los servicios prestados. A mediados de 2020, los abogados de la corporación ligada a CITGO, PDV-USA que pasó a manos del gobierno interino en abril de 2019 decidieron demandar a Interamerican ante la Corte del Distrito Sur de Nueva York, buscando que David Rivera le devuelva a CITGO los USD 15 millones recibidos por los servicios del contrato incumplido. 

   El excongresista respondió a la demanda PDV USA (CITGO) con una solicitud de cobro del remanente de USD 35 millones y con señalamientos que involucran a varios políticos y personas vinculadas a la oposición y al régimen de Maduro.




   Los 6 de CITGO es el nombre por el que se conoce a un grupo de seis altos directivos de la filial de Petróleos de Venezuela en Estados Unidos, quienes fueron detenidos el 21 de noviembre de 2017, acusados de firmar un acuerdo que era desfavorable para CITGO. Los seis hombres permanecen tras las rejas en Caracas.


    Otros nombres que surgieron en la cobertura periodística de este caso en Miami, incluye a uno de los prófugos de la justicia estadounidense, Raúl Gorrín, acusado de varios delitos financieros en EE. UU.; la pareja sentimental de Rivera, dueña de una empresa de cabildeo, Esther Nuhfer; y a Hugo Perera.

     Para la fecha en que fue entregado el contrato de PDVSA (marzo 2017), los siguientes funcionarios aparecían ocupando puestos claves en la estatal petrolera: Nelson Ferrer, Ysmel Serrano, Delcy Rodríguez, Simón Zerpa y César Triana.

   En las respuestas dadas por Interamerican en el cuestionario enviado por la parte acusadora, Rivera menciona a varios (ex) ejecutivos y (ex) empleados de CITGO en la casa matriz de Houston, Texas, así como a otros con conocimiento directo de la razón de la demanda y que pueden ser testigos por manejar  información relevante sobre el objeto de la querella, a saber: Arnaldo Arcay, José Luis De Jongh-Atencio, Dustin Rozeboom, Judith Colbert, Rafael Gómez, Edoardo Orsoni, Guillermo Blanco,  Pio González, José Ángel Pereira, Gustavo Cárdenas,  Alejandro Escarrá, Elio Tortolero, Raúl Gorrín, Hugo Perera, Esther Nuhfer,  Bertica Cabrera, Pete Sessions y el mismo David Rivera.


    En las preguntas, aparecen mencionadas dos empresas que presuntamente habrían recibido parte de los fondos provenientes de PDV USA a través de los tres pagos del contrato no cumplido.

1) Detalles de los USD 625.000 que Interamerican transfirió a Krome Argonomics LLC el 27 de marzo de 2017.

Krome Argonomics LLC es una entidad creada en el estado de la Florida por Hugo Perera el 21 de julio de 2008, ubicada en 141 Sevilla Ave Miami, FL 33134 y que, hasta la fecha, se encuentra activa.

2) Detalles de USD 3.750.000 que Interamerican transfirió a Interglobal Yacht Management LLC entre el 31 de marzo de 2017 y el 24 de abril de 2017.

Interglobal Yacht Management LLC es una empresa registrada en la Florida, el 9 de enero de 2017 por Joel Brakal y Daniel Marinucci en 2665 South Bay Shore Dr. Suite 600, Miami, Florida, 33133.


Las mociones de Interamerican Consulting Inc. a los cuestionarios de PDV USA

  El excongresista cubanoamericano, David Rivera, a través de su empresa, Interamerican Consulting Inc., se refugió en la Regla 33.3 para no dar respuesta inmediata a las preguntas formuladas por los abogados de Petróleos de Venezuela USA (PDV-USA) (CITGO) en relación a la demanda por incumplimiento de un contrato de USD 50 millones (firmado en 2017, para realizar gestiones de cabildeo ante el gobierno Federal y el Congreso de los Estados Unidos con miras a mejorar la imagen de PDVSA ante las autoridades en Washington DC). La empresa demandada recibió un primer pago de USD 15 millones por un trabajo que no ejecutó, según los documentos de la demanda.

  Los abogados de David Rivera entregaron a la corte una serie de objeciones a varios cuestionarios enviado por los demandantes, PDV USA (CITGO) para darle claridad a los hechos señalados.

 Interamerican Consulting Inc. se opuso a cada uno de los Interrogatorios de PDV USA por considerarlos inadmisibles en la medida en que son incompatibles con la Regla Local 33.3.

  La empresa de Rivera alega que la parte acusadora busca la producción de materiales o la divulgación de información protegida del descubrimiento por el privilegio abogado-cliente, la doctrina del producto del trabajo o cualquier otra protección aplicable.

   En las mociones, Interamerican sostiene que las respuestas se realizan únicamente a los efectos de esta acción.

   Advierte que cada respuesta está sujeta "a todas las objeciones en cuanto a competencia, relevancia, materialidad y admisibilidad, y a todas y cada una de las demás objeciones y motivos cuyas objeciones requerirían la exclusión de cualquier escrito presentado en el presente en el juicio, todas las cuales objeciones y motivos están reservados y pueden interponerse en el momento del juicio".

No está preparado para el juicio

  Interamerican advierte que no ha completado su investigación y descubrimiento en la acción y no ha completado su preparación para que el juicio pueda celebrarse. "Cualquier respuesta en este documento se basa en la información actualmente conocida por el Demandado".

Preguntas y respuestas

1. Describir en detalle el desempeño de Interamerican en virtud del Acuerdo, incluido, entre otros, el establecimiento de detalles adecuados y completos de todos y cada uno de los servicios prestados.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible, según la Regla Local 33.3.

2. Identifique a las siguientes personas y/o entidades a las que se refirió Interamerican en el Informe Final y describa en detalle cualquier reunión, discusión o comunicación con ellas, incluyendo, pero sin limitarse a aquellas a las que se hace referencia en el 18 de abril, 16 de mayo de Secciones del 30 de mayo y 13 de junio del Informe final: “formuladores de políticas”, “líderes de opinión”, “actores del sector público”, “partes interesadas del sector público”, “actores del sector privado”, “entidades del sector privado”, “organizaciones del sector privado”, “interlocutores importantes asociados con las organizaciones objetivo del sector privado”, “interlocutores”, “partes interesadas objetivo”, “partes interesadas importantes” y “funcionarios públicos clave”.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud por estar fuera del alcance de la Regla Local 33.3. Sujeto a las Objeciones Generales del Demandado y en la medida en que esta solicitud busca nombres de testigos con conocimiento de información relevante al objeto de la acción, Interamerican proporciona lo siguiente:

A Arnaldo Arcay

B. José Luis De Jongh-Atencio

C. Dustin Roze Boom

D. Judith Colbert

E. Rafael Gómez

F. Edoardo Orsoni

G. Guillermo Blanco

H. Pío González

I. José Ángel Pereira

J. Gustavo Cárdenas

K. Alejandro Escarrá

L. Elio Tortolero

M. Raúl Gorrín

N. Hugo Perera

O. Esther Nuhfer

P. Bertica Cabrera

Q. Sesiones de Pete

R. David Rivera

3. Describa en detalle todas y cada una de las reuniones, discusiones y comunicaciones que Usted ha tenido con cualquier empleado, agente, director, funcionario o representante de PDV USA, PDVSA, CITGO Petroleum Corporation y/o cualquier persona asociada con el Gobierno de Venezuela, incluidos, entre otros, Nelson Ferrer, Ysmel Serrano, Delcy Rodríguez, Simón Zerpa y César Triana, en relación con el Acuerdo.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible, según la Regla Local 33.3.

4. Describa en detalle cualquier reunión, discusión o comunicación que haya tenido con “la oposición a las protestas anti-Maduro”, Leopoldo López, Raúl Gorrín, Esther Nuhfer, Hugo Perera, o cualquier oposición venezolana o líderes, organizaciones anti-Maduro, entidades, partidos, fuerzas o facciones, o cualquier representante de cualquiera de los individuos, grupos o entidades mencionados en este interrogatorio, en relación con el Acuerdo o en relación con PDV-USA, PDVSA y/o CITGO Petroleum Corporation.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible, según la Regla Local 33.3.

5. Describa en detalle los hechos que subyacen a las declaraciones atribuidas a David Rivera en el artículo de CE Noticias Financieras (inglés) del 13 de mayo de 2020 titulado “PDVSA denuncia a excongresista de EE. UU. por el pago de USD 15M” y en el artículo del Miami Herald del 14 de mayo de 2020 escrito por Jay Weaver y Antonio María Delgado, titulado “Rivera no se registró como agente extranjero en contrato de $50 millones con petrolera venezolana”, incluyendo las siguientes declaraciones: “pregúntenle a los muchachos de los 6 de CITGO”; “Manejaron toda esa operación, incluyendo todo el dinero, en coordinación con la oposición venezolana… Eso es todo lo que sé"; y “Todos esos fondos se destinaron a la oposición para las protestas contra Maduro en el verano de 2017. Nunca vi ni un centavo de eso”.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible, según la Regla Local 33.3.

6. Describa en detalle a quién, cómo, cuándo y por qué Interamerican ó David Rivera desembolsaron los fondos recibidos de PDV USA o PDVSA, incluida, entre otras, la descripción detallada de los USD 625.000 que Interamerican transfirió a Krome Argonomics LLC el 27 de marzo de 2017 y los USD 3.750.000 que Interamerican transfirió a Interglobal Yacht Management LLC entre el 31 de marzo de 2017 y el 24 de abril de 2017. Incluya en su descripción de cada pago o transferencia, la identidad del destinatario inmediato, cualquier destinatario final previsto, el propósito del pago, si el pago se realizó en relación con el Acuerdo y quién aprobó el pago.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible, según la Regla Local 33.3.


7. Identifique todas las cuentas bancarias utilizadas por Interamerican o David Rivera.

RESPUESTA: Sujeto a las objeciones generales del demandado y de acuerdo con Fed. R. Civ. P. 33(d), Interamerican producirá los registros de cuentas bancarias pertinentes que estén en su posesión, custodia o control.
 
8. Describa en detalle la “serie de medidas proactivas [propuestas por Interamerican] a seguir en nombre del Cliente (PDVSA) que abarcarían áreas de interés mutuo entre el Cliente y los Estados Unidos”, a las que se refiere la entrada del 4 de abril de la Resolución Final de Informe entregado por David Rivera to Mr. Pio González en Diciembre 31, 2017.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible, según la Regla Local 33.3.

9. Describa en detalle a qué estrategias se refirió Interamerican en la parte de la sección “Recomendaciones provisionales” del Informe final que establece que “el éxito estará determinado por la determinación del Cliente de dar seguimiento a las estrategias que se han implementado durante los últimos varias semanas."

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible, según la Regla Local 33.3.

10. Describa en detalle “los objetivos y propósitos declarados de la propuesta del Consultor” a los que se hace referencia en la sección “Recomendaciones provisionales” del Informe final de David Rivera para Pio González en Diciembre 31, 2017.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible. según la Regla Local 33.3.

11. Describa en detalle las "opciones y pasos importantes" a los que se hace referencia en la parte de la sección del 30 de mayo del Informe Final que dice: "El Consultor proporcionó al Cliente varias opciones y pasos importantes que serían necesarios para perseguir las metas y objetivos originales frente a los actores del sector público en los Estados Unidos”.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible, según la Regla Local 33.3.

12. Describa en detalle cómo el “Consultor ha facilitado el desarrollo de elementos clave que acelerarían esa relación positiva con las partes interesadas en los Estados Unidos”, incluida la identificación de las “partes interesadas en los Estados Unidos” a las que se refiere esto, como se indica en la sección del 13 de junio del Informe Final.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible, según la Regla Local 33.3.

13. Describa en detalle el "marco para un plan de acción estratégica que se puede utilizar como vehículo para monitorear la capacidad de respuesta de las partes interesadas al Cliente, así como para canalizar las discusiones y el diálogo hacia el logro de las metas y objetivos generales del Cliente" que, según a la sección del 21 de junio del Informe Final, Interamerican proporcionó al “Cliente”, incluyendo a quién se proporcionó el “marco” y cuándo.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible, según la Regla Local 33.3.

 14. Describa en detalle el “plan estratégico” al que se hace referencia en la sección del 21 de junio del Informe Final, incluidos los “esfuerzos multifacéticos tanto hacia los funcionarios del sector público y los líderes de opinión como hacia las partes interesadas específicas del sector privado”, el “plan para apoyar los esfuerzos para mejorar la reputación y la posición a largo plazo del Cliente”, y cómo Interamerican “desarrolló e implementó” dicho plan.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible, según la Regla Local 33.3.

15. Describa en detalle las “comunicaciones comerciales críticas” a las que se hace referencia en el párrafo 14 de la Reconvención de Interamerican.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible, según la Regla Local 33.3.

16. Describa la manera y el plazo en el que ha conservado los Documentos o Comunicaciones, incluida la información almacenada electrónicamente, que pueden ser relevantes para esta Acción.

RESPUESTA: El Demandado se opone a esta solicitud como inadmisible, según la Regla Local 33.3.

17. Identificar todos los dispositivos de almacenamiento electrónicos y no electrónicos, incluidas cuentas de correo electrónico, discos duros, discos compartidos, servidores, teléfonos inteligentes, todos los demás tipos de almacenamiento electrónico, archivadores, cajas y todos los demás tipos de almacenamiento no electrónico, en los que Los Documentos o Comunicaciones relacionados con cualquiera de los reclamos o defensas de las partes en esta Acción pueden ahora, o pueden haber sido, localizados o encontrados en el pasado.

RESPUESTA: Sujeto a las Objeciones Generales del Demandado, el Demandado declara que los siguientes dispositivos de almacenamiento electrónicos y no electrónicos contienen documentos o comunicaciones relacionados con las reclamaciones o defensas de las partes en esta Acción:

A. Email de cuenta de David Rivera: rivera2002@comcast.net

B. Computadora personal de David Rivera

C. Cuenta de WhatsApp de David Rivera

Demandante se queja ante la falta de respuestas de David Rivera

  Los abogados de PDV-USA CITGO se quejaron ante el tribunal por la falta de respuestas al cuestionario enviado a Interamerican Consulting, señalando que "las respuestas de Interamerican son totalmente inadecuadas y no cumplen con la Regla Federal Civ. Pág. 33 o Regla Local 33.3".

  Los abogados del interinato se quejan que David Rivera se haya opuesto a cada uno de los interrogatorios declarando como “como inadmisibles según la Regla Local 33.3”.

   Señalan que el demandado se dedicó a proporcionar una lista que no responde de "testigos con conocimiento de información relevante para el tema de la acción", acordar producir registros de cuentas bancarias relevantes y proporcionar una lista de dispositivos de almacenamiento que “contengan documentos o comunicaciones relacionados con los reclamos o las defensas de las partes en esta Acción”.

  De conformidad con la Regla Local 33.3(b), los interrogatorios pueden entregarse “si son un método más práctico para obtener la información solicitada que una solicitud de producción o una declaración”.

   La parte acusadora destaca que "los interrogatorios son el método más práctico para obtener esta información. El Demandante necesita la información solicitada ahora para que pueda realizar un descubrimiento de seguimiento con respecto a los esfuerzos que Interamerican supuestamente realizó durante su compromiso de tres meses con el Demandante".

   Si Interamerican efectivamente prestó servicios reales a cambio de los USD 15 millones en pagos que recibió del Demandante y los USD 30 millones adicionales que ahora solicita, estos servicios deberían ser fáciles de identificar. No se debe obligar al demandante a esperar las deposiciones o la producción de documentos y su invocación de la Regla Local 33.3 sin ninguna explicación que justifique la objeción no es una respuesta válida a estos interrogatorios.

   En todo caso, la continua evasión de Interamerican a dar respuesta simplemente sirve para confirmar que no se prestaron servicios de conformidad con el acuerdo.

   Según los abogados de PDV USA Inc. Interamerican Consulting Inc. se ha opuesto a responder los 17 interrogatorios enviados sobre la base de que son prematuros o inadecuados según la Regla Local 33.3(b).

   Argumentan que los interrogatorios en disputa hacen preguntas básicas y específicas sobre los servicios de consultoría supuestamente proporcionados por Interamerican como parte del contrato que es el centro de la querella legal, como con quién se reunió Interamerican y qué hizo.

  Aclara que "en ausencia de respuestas sustantivas a los interrogatorios impugnados, PDV USA no tiene forma de saber dónde enfocar el descubrimiento a medida que avanza este caso, un problema que se vuelve aún más apremiante por las principales deficiencias hasta la fecha.

  Sostiene que Interamerican ha presentado apenas 129 documentos y ni siquiera ha comenzado a realizar una búsqueda forense de los archivos de su único custodio, David Rivera.

  Agregan que PDV USA no se está moviendo, en este momento, para obligar con respecto a la producción de documentos de Interamerican porque se comprometió a someterse a una recopilación de documentos con solidez forense, supervisada por un abogado, con un proveedor de documentos. También se ha comprometido a reproducir los documentos ya producidos para PDV USA utilizando archivos de carga estándar con los metadatos correspondientes.

    Los abogados de PDV-USA reafirman que debido a que Rivera no ha dado respuestas por los servicios prestados a PDVSA a cambio de USD 50 millones durante tres meses, los demandantes llegaron a la conclusión de que Interamerican no prestó servicios de consultoría de ningún tipo en virtud del Acuerdo.

   Interamerican proporcionó solo dos informes breves —aun cuando el compromiso era proporcionar al menos siete— que se referían genéricamente a un “plan estratégico”, “reuniones” y “recomendaciones”, pero no describían un solo elemento del presunto plan, identificaron a los participantes de la reunión o discusiones de reuniones, o especificar qué recomendaciones se hicieron o a quién.

   En consecuencia, es fundamental que PDV USA pueda descubrir con quién se reunió Interamerican y, exactamente, qué servicios (si los hubiere) supuestamente proporcionó en virtud del Acuerdo.

   Con ese fin, el 1 de octubre de 2021, PDV USA cumplimentó diecisiete interrogatorios, cuyas respuestas debieron ser claras, pero el acusado respondió el 1 de noviembre de dicho año, sólo uno de los estos interrogatorios y objetando el resto.

   Posteriormente, las partes intercambiaron correspondencia escrita en un esfuerzo por resolver la disputa. La única objeción de Interamerican sigue siendo su afirmación concluyente.

Fechas claves del juicio

   Ya existe un calendario aprobado por las partes en el juicio de PDV Holding-CITGO contra Interamerican Consulting Inc.

  De acuerdo a la programación, las partes acordaron que el plazo máximo para el descubrimiento, la deposición y los alegatos de los hechos vencen el 23 de marzo de 2022. Las deposiciones de los expertos vencen el 11 de mayo de 2022, mientras que las mociones serán para el 24 de junio de 2022.

   El Juez John G. Köeltl firmó la orden conjunta previa al juicio para el 18 de julio 2022. Asimismo, la corte asignó a un juez para las acciones generales antes del juicio —lo cual incluye programación, descubrimiento, mociones previas al juicio no dispositivas y conciliación— al magistrado, Robert W. Lehrbürger.

Referencias 

1)https://account.miamiherald.com/paywall/subscriber-only?resume=242707216&intcid=ab_archive
2) https://www.diariolasamericas.com/america-latina/leopoldo-lopez-demandara-legalmente-david-rivera-difamacion-n4201307
3) https://www.youtube.com/watch?v=KhldfuzulS4

lunes, 11 de octubre de 2021

Continúa el “contrapunteo” entre PDV USA y la empresa de David Rivera: Desestima todas las contrademandas de Interamerican

   La filial de PDVSA reiteró los cargos de su demanda inicial contra Interamerican Consulting Inc.

Por Maibort Petit

    Desde el momento mismo en que PDV USA Inc., filial de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), suscribió un contrato con la empresa del ex congresista estadounidense, David Rivera, Interamerican Consulting Inc., por presuntos servicios de asesoría de la segunda para con la primera, comenzó una diatriba que parece no tener fin y una serie de acusaciones entre las partes no tienen cuándo terminar.

    El último capítulo en esta guerra de corresponde a la demandante inicial, PDV USA Inc. la cual presentó ante la Corte del Distrito Sur de Nueva York su respuesta a la contrademanda que Interamerican ejerció el 19 de agosto del presente 2021, negando todos los términos de la misma.

  El pasado 19 de agosto de 2021, Interamerican Consulting Inc. presentó una contrademanda en contra de PDV USA Inc. en la que negó todos los términos de la demanda interpuesta por esta última en su contra acusándola por incumplimiento de contrato. La empresa del ex congresista republicano, David Rivera, aseguró que es la filial de PDVSA la que debe pagar USD 30 millones que serían el saldo del contrato[1].

La respuesta de PDV USA

  El 24 de septiembre de 2021, Jeffrey B. Korn, de la firma Willkie Farr y Gallagher LLP que representa los intereses de PDV USA Inc. en el caso en que demanda a la empresa Interamerican Consulting Inc. en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos Distrito Sur de Nueva York, presentó su respuesta y defensas afirmativas a las contrademandas del demandado al tiempo que pidió a la Corte desestimar dichas contrademandas; otorgarle sentencia a su favor de acuerdo a lo solicitado en la Demanda Enmendada; y cualquier otra compensación adicional que el Tribunal considere justo y equitativo.


   PDV USA Inc. negó las alegaciones de Interamerican en su contrademanda, limitándose a admitir que Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) es la matriz última de CITGO Petroleum Corporation (CITGO y que David Rivera es un excongresista de los Estados Unidos, propietario de la compañía demandada,  con el que celebró un acuerdo para que esta le prestara supuestos servicios de consultoría el 21 de marzo de 2017, y que Interamerican se negó a dar su consentimiento al “Acuerdo de Consentimiento de Asignación y Asunción al Acuerdo de Consultoría, con fecha del 21 de marzo de 2017”.

  PDV USA Inc. reiteró los cargos de su demanda contra Interamerican Consulting Inc., a saber, un cargo por Incumplimiento de contrato; un cargo de por Enriquecimiento injusto; su sentencia declaratoria; al tiempo que enfatizó el pedido de alivio pues, asegura, que la demandada no tiene derecho alguno a las reparaciones que reclama.


Las defensas afirmativas de PDV USA

   Ante las contrademandas de Interamerican Consulting Inc., PDV USA Inc. afirmó sus defensas sin perjuicio de cualquier posición que pueda adoptar con respecto a la carga de la prueba sobre dichas defensas. Asimismo, se reserva el derecho de hacer valer defensas adicionales, incluidas las basadas en hechos revelados mediante descubrimiento o investigación adicional.

  En este sentido, PDV USA en su Primera defensa afirmativa destaca que la contrademanda no establece un reclamo sobre el cual se pueda otorgar una reparación.

  La Segunda defensa afirmativa sostiene que el reclamo de Interamerican por incumplimiento de contrato está excluido por su propio incumplimiento material previo.

   Entretanto, la Tercera defensa afirmativa de PDV USA refiere que los reclamos de Interamerican están excluidos en todo o en parte por las doctrinas equitativas de manos sucias, destituciones, preclusión y/o renuncia.

   A su vez, la Cuarta defensa afirmativa indica que cualquier reclamo de reparación equitativa o declaratoria está excluido porque el Interamerican tiene un recurso adecuado en la ley.

  La Quinta defensa afirmativa de PDV USA advierte que los reclamos de Interamerican están excluidos, en todo o en parte, porque el Acuerdo es inválido, ilegal, nulo y/o nulo ab initio y, por lo tanto, inaplicable. Recuerda que el presidente de Interamerican, David Rivera, declaró a la prensa poco después de la presentación de la demanda, indicando que su empresa nunca tuvo la intención de brindar los servicios de consultoría estratégica que fueron objeto del contrato.

 Por último, la Sexta defensa afirmativa asevera que la reclamación de Interamerican por incumplimiento de contrato se excluye en todo o en parte porque no cumplió con una condición precedente en virtud del Acuerdo.

REFERENCIA

[1] Venezuela Política. “Empresa del excongresista, David Rivera niega los términos de la demanda de PDV USA en su contra y presenta contrademanda”. 20 de agosto de 2021. https://www.maibortpetit.info/2021/08/empresa-del-excongresista-david-rivera.html



jueves, 26 de agosto de 2021

Corte fija cronograma del proceso judicial entre PDV USA y la empresa del excongresista David Rivera

     El juicio se llevará a cabo a mediados del próximo año 2022.

Por Maibort Petit

   La Corte del Distrito Sur de Nueva York fijó el 24 de septiembre del presente años 2021, como la fecha límite para que PDV USA Inc. responda a la contrademanda que en su contra formuló la empresa del exparlamentario republicano David Rivera, Interamerican Consulting Inc.
   El pasado 20 de agosto, el juez John G. Köelt estableció un cronograma en el que, además de la diligencia anteriormente mencionado, fijó el 21 de febrero de 2022 para presentar los alegatos enmendados, fecha que igualmente será el plazo límite otorgado por el tribunal para que las partes puedan reunirse.

   Las declaraciones de expertos deben presentarse antes del 11 de abril de 2022; la etapa de descubrimiento de hechos, incluidas las declaraciones de los testigos de hechos tendrá como fecha tope el 21 de febrero de 2022; las mociones de sentencia sumaria vencen el 25 de mayo de 2022; la orden preliminar conjunta se estableció para el 17 de junio de 2022 o 21 días después de la decisión de cualquier moción dispositiva.

   Asimismo, el juez Köeltl estipuló que las partes deberán estar listas para el juicio con 48 horas de notificación o 21 días después de la presentación de la orden preventiva conjunta.

Solicitud de plazo

   El 1 de julio de 2021, Kathryn Lee Boyd, de la firma Hecht Partners LLP que representa legalmente a Interamerican Consulting Inc. en el proceso judicial que se desarrolla en la Corte del Distrito Sur de Nueva York donde PDV USA Inc. la demandó por incumplimiento de contrato, remitió una comunicación al juez John G. Köeltl, para solicitar la extensión del plazo de que dispone para responder a la Demanda Enmendada, al tiempo que se excusó por no poder estar presente en la conferencia pautada para el 13 de julio de 2021.
   Refirió que la razón por la cual no podría asistir se debía a que es, además, el abogado principal del juicio en Apple Inc. v. Corellium LLC, Nº 9-19cv-81160-RS, para la fecha de la comunicación pendiente ante el juez Rodney Smith en el Distrito Sur de Florida, quien había pautado ya anteriormente, una conferencia previa al juicio para el citado 13 de julio de 2021. Esta causa tenía pautado el inicio del juicio para el 19 de julio de 2021. Le recordó que el Tribunal había denegado la solicitud conjunta de las partes de aplazar la fecha del juicio para septiembre.

   La comunicación al juez refería que, de conformidad con la Regla Federal de Procedimiento Civil 6 (b), el Interamerican Consulting solicitaba que el Tribunal extendiera el tiempo para que el demandado pudiera responder a la Demanda Enmendada por 30 días, hasta el 5 de agosto de 2021. El Demandado también solicitó que el Tribunal suspendiera la conferencia a la primera semana de agosto, o la fecha más temprana a partir de entonces, que fuera conveniente para la Corte. Las partes solicitaron que la Corte reajustar el plazo para presentar el informe de la Regla 26 (f), en consecuencia. El juez otorgó la solicitud.

Cambio de abogados

  El 2 de agosto de 2021, Kathryn Lee Boyd, de la firma Hecht Partners LLP, en representación de Interamerican Consulting Inc. solicitó al juez Kathryn Lee Boyd una prórroga para presentar la respuesta a la demanda enmendada en su contra.
    Explicó Boyd al magistrado que tal pedido lo hacía en virtud de que había sido informado por su cliente de que tenía la intención de contratar nuevos abogados en este asunto y estos, probablemente tomarían una nueva dirección y estrategia en la defensa de el caso. Pidió plazo hasta el 19 de agosto de 2021, para que se finalizara la contratación de los abogados y estos presentaran la respuesta solicitada por el tribunal.

  De hecho el 19 de agosto de 2021, el nuevo abogado de Interamerican Consulting Inc., Tucker H. Byrd, presentó la respuesta a la demanda enmendada y contra demandó a PDV USA Inc. como ya lo informamos en entrega anterior[1].

REFERENCIAS 

[1] Venezuela Política. “Empresa del excongresista, David Rivera niega los términos de la demanda de PDV USA en su contra y presenta contrademanda”. 20 de agosto de 2021. https://www.maibortpetit.info/2021/08/empresa-del-excongresista-david-rivera.html

lunes, 30 de noviembre de 2020

PDV USA arremete contra el excongresista David Rivera, lo acusa de hacer declaraciones falsas sobre el uso de los fondos que dijo le habría 'entregado a la oposición venezolana'

 Por Maibort Petit

   El juez de Distrito, John G. Köeltl aprobó a los abogados de la consultora Interamerican Inc, propiedad del excongresista, David Rivera más tiempo para responder a la demanda enmendada por los abogados de PDV USA que busca la devolución de $15 millones pagados por CITGO en base a un contrato de servicios de consultoría a favor de PDVSA, controlada por el régimen de Nicolás Maduro, que  según los papeles de la corte no se cumplió.

  La solicitud hecha por los abogados de Rivera, del escritorio jurídico Hecht Partners LLC, fue aprobada por el juez de Nueva York, permitiendo que la defensa presente la respuesta a la demanda de  PD  USA del 4 al 18 de diciembre de 2020. 

  En el calendario se advierte que los acusadores pueden responder a la defensa hasta el 25 de enero de 2021 y a su vez los representantes de Rivera podrán dar respuesta hasta el 18 de febrero de 2021.

  Los abogados de PDV USA, Inc del bufete Willkie Farr & Gallagher LLP, decidieron introducir una demanda enmendada donde se alega que la empresa Interamerican Consulting Inc. no cumplió con lo establecido en el contrato fechado el 21 de marzo de 2017.

  De acuerdo a la demanda, PDV USA e Interamerican celebraron un acuerdo de consultoría en virtud del cual la firma de David Rivera recibiría $ 50 millones [en seis cuotas] durante un período de tres meses para proporcionar supuestos "servicios de consultoría estratégica" para la empresa matriz de PDV USA, Petróleos de Venezuela, SA. 

   PDVSA está controlada por el régimen de Nicolás Maduro. 

  PDV USA recibió instrucciones de PDVSA, a través de su empresa PDV Holding, Inc. para celebrar el contrato con el supuesto propósito de mejorar la "reputación y posición a largo plazo" de PDVSA en los Estados Unidos.

  En enero de 2019, el Gobierno de los Estados Unidos reconoció a Juan Guaidó, presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela, como presidente interino de ese país, y al mismo tiempo designó a PDVSA como “Nacional Especialmente Designado” con quien ninguna persona estadounidense puede hacer negocios sin una licencia del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos. 

  El Gobierno de Guaidó, a su vez, nombró una Junta Directiva Ad Hoc de PDVSA para supervisar las operaciones estadounidenses de las subsidiarias de PDVSA con sede en Estados Unidos, incluida PDV USA. 

  En agosto de 2019, la Corte de Cancillería de Delaware dictaminó que, según la ley estadounidense, los nombramientos de Guaidó para la Junta Ad Hoc de PDVSA eran presuntamente válidos.

  En virtud del Acuerdo de 2017, se suponía que Interamerican desarrollaría e implementaría durante un período de tres meses un plan estratégico para mejorar la reputación de PDVSA y su posición entre los formuladores de políticas, los líderes de opinión, los funcionarios públicos y las partes interesadas específicas y establecer relaciones con ellos.

  Entre otras cosas, a cambio de $ 50 millones, el Acuerdo requería que Interamerican entregaría al menos siete informes quincenales detallando el trabajo realizado durante el período relevante y un informe final que incluiría recomendaciones para el seguimiento de las estrategias implementadas. En cambio, Interamerican proporcionó solo dos informes, con un total de no más de cinco páginas, muchas de las cuales están duplicadas. "Estos informes se refieren genéricamente a un “plan estratégico”, “reuniones” y “recomendaciones”, pero no describen un solo elemento del supuesto plan, no identifican a los participantes de la reunión o discusiones de la reunión, ni especifican qué recomendaciones se hicieron ni a quién".

   La demanda dice que Interamerican no prestó servicios en virtud del Acuerdo y, ciertamente, no prestó el nivel de servicios que se podría esperar razonablemente por una tarifa de aproximadamente $ 17 millones por mes. "Esto fue confirmado por el presidente de la firma, el excongresista estadounidense David Rivera, luego de que se presentó esta demanda". 

   El documento de la corte dice que según Rivera, en declaraciones que hizo a la prensa poco tiempo después de la presentación de esta demanda, Interamerican nunca tuvo la intención de brindar los servicios de consultoría estratégica que fueron objeto del Acuerdo, sino que los fondos que se pagaron “fueron a la oposición para protestas contra Maduro en el verano de 2017". 

   La afirmación de Rivera parece ser que el régimen de Maduro, que controlaba PDVSA en ese momento, acordó canalizar decenas de millones de dólares para financiar las protestas organizadas por sus adversarios políticos. "Esta afirmación desafía la credulidad y PDV USA no ha podido localizar ninguna evidencia, de ningún tipo, que la respalde", sostiene la demanda.

  La acusación sostiene que "las afirmaciones de Rivera en 2020 con respecto al propósito del Acuerdo son totalmente inconsistentes con los dos informes de progreso de Interamerican, que contienen numerosas declaraciones sobre un proyecto de consultoría para PDV USA en beneficio de PDVSA". 

 Dice la demanda que "los reclamos de 2020 dejan claro que Interamerican representó falsamente y garantizó en la Sección 7 del Acuerdo que ninguna parte de ningún pago a CONSULTOR por parte de PDV USA de conformidad con este Acuerdo se utilizará como soborno, comisión ilícita, reembolso, contribución política ilegal o en violación de las regulaciones aplicables de control de divisas, leyes o regulaciones fiscales u otras leyes o regulaciones de cualquier jurisdicción".

  La demanda advierte que de acuerdo a lo que dice Rivera se puede concluir que: "Interamerican no proporcionó, y nunca tuvo la intención de proporcionar, los servicios de consultoría que contrató con PDV USA en el Acuerdo".

  Asegura la demanda que "PDV USA resultó perjudicado por el incumplimiento del Acuerdo por parte del Demandado". 

  Asimismo, sostiene que PDV USA pagó las primeras tres facturas emitidas por Interamerican, "un total de $ 15 millones, pero no recibió los servicios requeridos y no ha recibido evidencia de que se haya prestado algún servicio en nombre de PDV USA o PDVSA".

  A pesar de su incumplimiento del Acuerdo, el Demandado insiste en que PDV USA le debe los $ 35 millones restantes contemplados en el contrato de $ 50 millones.

 Igualmente, Interamerican se comprometió explícitamente en la Sección 10 del contrato, a indemnizar a PDV USA por y contra cualquier incumplimiento del Acuerdo perpetrado por Interamerican, incluyendo el pago de cualquier gasto, costas judiciales y honorarios de abogados asociados con el cumplimiento de los derechos de PDV USA bajo el documento.

  Explica que PDV USA inició esta acción para recuperar los $ 15 millones (más intereses) que ya pagó a Rivera, por una declaración de que PDV USA no le debe a Interamerican los $ 35 millones restantes contemplados en el contrato, y para recuperar cualquier otro daño compensatorio. Además Rivera deberá pagar "una cantidad que se abordará en el juicio, así como todos los gastos, costas judiciales y honorarios de abogados asociados con el cumplimiento de sus derechos contractuales".

  Alternativamente, en la medida en que las declaraciones de  Rivera en 2020 a la prensa sean verdaderas y el dinero pagado a Interamerican haya sido pagado por orden de PDVSA para un propósito distinto a los servicios de consultoría que se establecen en el contrato, entonces no existe ningún contrato ejecutable y se debería exigir a Interamerican que devuelva los $ 15 millones que se le pagó bajo la doctrina del enriquecimiento injusto y PDV USA debería tener derecho a una declaración de que no le debe a Interamerican ningún pago adicional en relación con el Acuerdo.

   Interamerican es una empresa que funciona desde la casa de Rivera, ubicada en 10925 N.W. 43rd Lane, Miami, Florida, 33178. Interamerican y tiene dos empleados: Rivera, quien se desempeña como presidente y agente registrador; y (2) Diana Rivera McKenzie (hermana de Rivera), que es la vicepresidenta.

 La demanda incluye el contrato firmado entre PDV USA e Interamerican. 

 En los documentos presentados por los demandantes, aparece un acuerdo que fue firmado por Pío González, un empleado de PDVSA, fue identificado como el “representante autorizado” de PDV USA. González fue quien recibió  los dos informes de progreso que fueron producidos por Interamerican.

  El Anexo B del Acuerdo establece un calendario de pagos, según el cual PDV USA pagaría a Interamerican un total de $ 50 millones. 

  Según el calendario, PDV USA debía pagar a Interamerican una “Cuota de pago inicial” de $ 5 millones el 21 de marzo de 2017. A partir del 4 de abril de 2017, se pagarían otros 20 millones de dólares en "cuotas de pago consecutivas" de $ 5 millones cada dos semanas y que se cancelara una "cuota de pago final" de $ 25 millones antes del 15 de junio de 2017. 

 La demanda dice que, sin embargo, el contrato sólo requería que PDV USA pagara a Interamerican como compensación por la "finalización" de los servicios a "entera satisfacción" de PDV USA. 

 "Interamerican representó y garantizó a PDV USA que “ninguna parte de ningún pago a [Interamerican] por PDV USA de conformidad con este Acuerdo se utilizará como soborno, comisión ilícita, reembolso, contribución política ilegal o en violación de las divisas aplicables controlar las regulaciones, leyes o regulaciones tributarias u otras leyes o regulaciones de cualquier jurisdicción". 

 Finalmente, Interamerican representó y garantizó a PDV USA en el Acuerdo que "en relación con la prestación de los Servicios, [Interamerican] y su Personal [no violarían] ninguna ley o reglamento aplicable de ninguna jurisdicción". 

 Interamerican también prometió en el Acuerdo que "cumplirá con todas las leyes, reglamentos y ordenanzas federales, estatales y locales". 

"Interamerican no cumplió con el acuerdo", acota la demanda y sostiene que la consultora de David Rivera no proporcionó los servicios y entregables establecidos en el Acuerdo. En resumen, Interamerican no brindó servicios a PDV USA.

  "Interamerican no entregó los siete informes quincenales “detallando las actividades que ha realizado” durante el período de dos semanas aplicable y el informe final “integrando todo el producto de trabajo incluyendo recomendaciones para el monitoreo y seguimiento de las estrategias implementadas ”, como lo requiere el Anexo A. 

 En cambio, Rivera presentó solo dos informes en total: (1) un informe “quincenal” el 1 de mayo de 2017, casi un mes después de que el primer informe debía presentarse el 4 de abril de 2017; y (2) un informe "final" el 31 de diciembre de 2017, más de seis meses después de la fecha de terminación del Acuerdo el 21 de junio de 2017. Estos informes no fueron presentados a PDV USA, sino al Sr. Pío González, empleado de PDVSA.

  Los informes no totalizaron más de cinco páginas (en conjunto), muchas de las cuales fueron duplicadas y no describieron ningún trabajo significativo realizado en nombre de PDV USA o PDVSA ni proporcionaron evidencia de que el trabajo se realizó realmente. 

  La demanda sostiene que los reportes no muestran que Interamerican prestó los servicios para los cuales fue contratado, tampoco respaldan las afirmaciones de David Rivera en 2020 sobre el propósito del Acuerdo. "Nada en ningún informe afirma, o sugiere remotamente, que el dinero entregado a Interamerican se esté utilizando con el propósito de hacer contribuciones políticas a figuras o líderes de la oposición en Venezuela. PDV USA tampoco tiene conocimiento de ninguna comunicación enviada, enviada o copiada a algún representante de PDV USA que sugiera que los pagos a Interamerican fueron contemplados para tal fin".

  La demanda sostiene que Interamerican tampoco proporcionó “documentación de respaldo” y “detalles adecuados y completos de los Servicios prestados” con cada factura presentada a PDV USA, como lo requiere. De hecho, sostiene que, Interamerican no proporcionó documentación de respaldo ni detalle alguno con las facturas enviadas para el pago.

 "Como resultado de estas múltiples fallas, Interamerican no realizó ningún servicio" a la entera satisfacción de PDV USA". Agrega que  "PDV USA nunca expresó su satisfacción con los servicios brindados por Interamerican y no está satisfecho con los servicios de la consultora".

  Asegura que "Interamerican no prestó ninguno de los servicios que contrató para realizar, y mucho menos a satisfacción de PDV USA"

Por otro lado, la demanda sostiene que "El dinero que Interamerican recibió, en virtud del Acuerdo, se utilizó para otros fines, luego la consultora también violó sus declaraciones y garantías en virtud de la Sección 7 del contrato dice que que “ninguna parte de ningún pago a CONSULTOR por parte de PDV USA de conformidad con este Acuerdo se utilizará como soborno, , reembolso, contribución política ilegal o en violación de regulaciones de control de divisas, leyes o regulaciones tributarias u otras leyes o regulaciones de cualquier jurisdicción ".

PDV USA pagó a Interamerican por servicios que nunca se prestaron y por ello PDV USA se negó a pagar las tres últimas facturas interamericanas que presentó Rivera, que ascendieron a $ 35 millones.

A pesar de su incumplimiento del acuerdo, Interamerican insiste en que PDV USA debe el saldo del acuerdo y solicitó repetidamente el pago de las facturas pendientes en varios momentos hasta 2019, incluidos el 11 de septiembre de 2018, el 18 de diciembre de 2018 y el 4 de febrero de 2019.

  Hasta el momento, Interamerican continúa afirmando que PDV USA es responsable ante Interamerican por el saldo de $ 35 millones en virtud del Acuerdo. 

  PDV USA no ha asignado el acuerdo porque Interamerican se negó a dar su consentimiento para la asignación

  Sostiene que el 5 de octubre de 2017, a la luz del hecho de que la Demandada no había realizado, y no contemplaba realizar, ningún servicio en nombre de PDV USA y PDVSA solicitaron conjuntamente el consentimiento de la Demandada para ceder el Acuerdo de PDV USA a PDVSA. 

  Con ese fin, PDV USA y PDVSA firmaron un “Acuerdo de consentimiento de cesión y asunción del‘ Acuerdo de consultoría, con fecha del 21 de marzo de 2017. 

   Interamerican fue identificada como una tercera parte del Acuerdo de Consentimiento de Asignación y Asunción a los efectos de otorgar el consentimiento a sus términos, que las partes acordaron constituir una novación o liberación para PDV USA, y se proporcionó un bloque de firma para el consentimiento de Interamerican. Pero la consultora se negó aprobar al Acuerdo de Consentimiento de Asignación y Asunción y nunca lo firmó. 

  En consecuencia, el Acuerdo de consentimiento de cesión y asunción nunca se ejecutó en su totalidad. Se adjunta como Anexo 2 una copia fiel y correcta del Acuerdo de consentimiento de cesión y asunción.

   Hasta que se presentó esta demanda, la posición del Demandado también ha sido que nunca se efectuó ninguna cesión y ha seguido exigiendo el pago del Demandante. 

  Un correo electrónico del 4 de febrero de 2019 de David Rivera deja esto en claro:

"Como usted sabe, Interamerican Consulting nunca estuvo de acuerdo ni consintió en ninguna cesión del contrato de PDV USA a PDVSA. De hecho, cualquier sugerencia de reasignación del contrato fue rechazada específicamente en dos ocasiones. Nuestro asesor legal ha revisado este asunto en profundidad, incluido el papel documentado de los abogados y funcionarios corporativos de CITGO, y ha concluido de manera indiscutible y categórica que cualquier asignación de PDV USA a PDVSA fue una decisión unilateral arreglada entre PDV USA y PDVSA y, bajo el de la ley de contratos de Nueva York que rige el contrato de consultoría, de ninguna manera exime a PDV USA de sus obligaciones contractuales con Interamerican Consulting".

   "Después de que se presentó esta demanda, Interamerican admitió que nunca tuvo la intención de prestar servicios en virtud del acuerdo y afirma que el acuerdo es una farsa", dice el documento.

 Añade que luego de la presentación de esta demanda, el Presidente de Interamerican realizó varias declaraciones a la prensa sobre esta demanda y el Acuerdo de las partes.

   Rivera respondió, “pregunten a los chicos de CITGO 6”, una referencia a los ejecutivos de CITGO Petroleum Corporation detenidos por el régimen de Maduro. “Manejaron toda esa operación, incluido todo el dinero, en coordinación con la oposición venezolana. . . Eso es todo lo que sé."

    Rivera también le dijo al Miami Herald: "Todos esos fondos fueron a la oposición para protestas contra Maduro en el verano de 2017. Nunca vi un centavo". (MIAMI HERALD, 14 de mayo de 2020).

 Según información y creencia, estas declaraciones son falsas. PDV USA no pudo encontrar evidencia que respalde estas afirmaciones. La transferencia de fondos de PDV USA fue directamente a una cuenta bancaria controlada por Interamerican. Desafía la credulidad afirmar que PDVSA, que en obligaciones en virtud del Acuerdo".

 La demanda sostiene que el tiempo que PDVSA estuvo controlada por el régimen de Maduro, ordenó a sus subsidiarias estadounidenses que contrataran a Interamerican para canalizar millones de dólares a los adversarios políticos del régimen.

   En la medida en que Interamerican utilizó los fondos que recibió de PDV USA en virtud del Acuerdo "con el propósito de financiar la oposición política del Régimen de Maduro", eso probaría que Interamerican no hizo ni tuvo la intención de realizar los servicios de consultoría estratégica contemplados por el acuerdo.

  La demanda dice que los hechos descritos probarían que los dos informes de progreso presentados por Rivera a PDV USA contenían numerosas declaraciones materiales falsas sobre los supuestos servicios que Rivera afirmó que Interamerican había realizado. 

 "Por ejemplo, si los reclamos de Rivera en 2020 son verdaderos, entonces cada una de las siguientes declaraciones contenidas en los informes de progreso fueron deliberada e intencionalmente falsas cuando se hicieron a PDV USA para respaldar los reclamos de pago de Interamerican".

 Dicen los informes que el 18 de abril de 2017, “El Consultor organizó reuniones para el Cliente con importantes responsables políticos y líderes de opinión en los Estados Unidos como parte de la estrategia para construir relaciones a largo plazo entre las partes interesadas clave del sector público en los Estados Unidos. Estas reuniones permitieron al Cliente proporcionar los puntos de vista y perspectivas del Cliente sobre los eventos actuales en Venezuela y su interpretación en los Estados Unidos, enfocándose en las iniciativas y logros del Cliente ".

 Asimismo, dice que el 16 de mayo de 2017, "El Consultor ha tenido múltiples discusiones con importantes interlocutores asociados con las organizaciones objetivo del sector privado y ha informado a estos interlocutores sobre el deseo y la voluntad del Cliente de buscar la reconciliación y resolución de los problemas pendientes".

  "Sin embargo, desde el principio, Interamerican recibió pagos a los que no tenía derecho legalmente y se enriquecería injustamente si se le permitiera beneficiarse de ellos. Interamerican acordó indemnizar a PDV USA por incumplimiento del acuerdo", dice la demanda.