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viernes, 28 de mayo de 2021

Conozca los ardides del ex-zar de PDVSA, Rafael Ramírez para escapar del juicio en su contra en un tribunal de EE. UU.

 Documentos judiciales revelan cómo Ramírez, incluso, disfrazó su paradero ante el Tribunal del Distrito Sur de Texas.

Por Maibort Petit

   El escurridizo Rafael Ramírez demostró “maña” para lograr la anulación de la sentencia por rebeldía emitida en su contra, la cual lo obligaba a pagar USD 1.400. 000.000 a Harvest Natural Resources Inc. y HNR Energia B.V.

  El 17 de enero de 2020, Michelle S. Stratton, de la firma Smyser Kaplan & Veselka LLP, en representación de los intereses de Harvest Natural Resources Inc. y HNR Energia B.V., en la demanda entablada contra Rafael Darío Ramírez Carreño, Juan José García Mendoza, Petro Consultores SC, Petro Consultores International Trading Company Inc., Petroconsultores (Barbados) LTD., Petroconsultores Inc., Selle LLC, Azure 904 LLC, Azure 406 LLC, Eulogio Del Pino Díaz y José Ángel González Acosta, presentó ante el Tribunal del Distrito Sur de Texas-División Houston que conoce la causa, la respuesta sellada de sus clientes en oposición a la moción de Ramírez de anular sentencia en rebeldía y mociones de desestimación bajo las reglas 12 (B) (2) y 12 (B) (5).

  Los demandantes le advirtieron a la Corte que antes de dictar sentencia definitiva en rebeldía contra Rafael Ramírez, dicho tribunal se aseguró de que el servicio fuera adecuado y que tuviera jurisdicción personal y que las alegaciones bien fundamentadas de Harvest le dieran derecho a reparación. Refirieron que la moción de Ramírez de anular la sentencia en rebeldía, respaldada sólo por una declaración que está desacreditada por las propias declaraciones públicas y la conducta del demandado, no conlleva su carga de establecer una buena causa para su incumplimiento o que la evaluación previa del servicio y la jurisdicción del Tribunal fue incorrecta. Por tanto, a criterio de Harvest el Tribunal debía denegar la moción.

  Refieren Harvest y HNR que entre 2002 a 2014, cuando Rafael Darío Ramírez Carreño se desempeñaba como ministro de Energía y Petróleo y presidente de PDVSA, este y el resto de los acusados llevaron a cabo una conspiración generalizada de soborno y lavado de dinero, beneficiándose personalmente al exigir a las empresas estadounidenses que pagaran para obtener contratos y negociaciones con la estatal petrolera.

  Harvest Natural Resources Inc., con sede en Houston, y HNR Energía B.V., subsidiaria de la primera, se encontraban entre las víctimas de esta conspiración.

  Informan que cuando en 2012 y nuevamente en 2014, Harvest intentó vender sus activos en Venezuela, operación que requería la aprobación de Ramírez desde sus funciones gubernamentales. Este, a través del co-conspirador, Juan José García Mendoza, habría exigido repetidamente que Harvest le pagara sobornos para asegurar la aprobación de Venezuela. La demandante se negó a pagar y los acuerdos fracasaron. Harvest pudo vender sus activos con gran pérdida.

  Para recuperar la pérdida, Harvest presentó la demanda contra Ramírez, García y otros, el 16 de febrero de 2018, alegando violaciones de la Ley de Organizaciones Corruptas e Influenciadas por Racketeers (RICO), la Ley Sherman, la Ley Robinson-Patman y la Ley de Libre Empresa y Antimonopolio de Texas. En la misma fecha, Harvest notificó a Rafael Ramírez dejando una copia de la demanda y citación originales con un empleado doméstico que residía en la última y única dirección conocida de este en Nueva York, a saber, el 16 E. 81st Street, Nueva York, Nueva York 10028 (sede de la residencia que ocupan los Embajadores de Venezuela ante la ONU).

  Los demandantes sostienen que, indiscutiblemente, Ramírez tenía conocimiento real de la demanda cuando fue presentada y se comunicó con la prensa y su asesor legal al respecto. Sin embargo, el ex-zar petrolero venezolano optó por no responder ante la corte, aun cuando hizo referencias a ella a través de los medios de comunicación y sus redes sociales.

  El Tribunal del Distrito Sur de Texas-División Houston, finalmente determinó que era apropiado un fallo definitivo en rebeldía.

  Investigaciones llevadas a cabo por Harvest, revelaron que prácticamente Rafael Ramírez no tiene activos a su nombre que permitieran ejecutar la sentencia del tribunal.

  Harvest refirió al tribunal que cuando lograron ubicar a Rafael Ramírez, este se movió para anular la sentencia final por incumplimiento del Tribunal (1), alegando una buena causa bajo la Regla Federal de Procedimiento Civil 60 (b) (1), alegando que su incumplimiento no fue intencional. Además, resultaba nulo bajo la Regla 60 (b) (4) dado que la notificación del proceso fue insuficiente. También hizo la moción para desestimar la demanda bajo la Regla 12 (b) (2) por falta de contactos en Texas suficientes para jurisdicción personal, y bajo la Regla 12 (b) (5) por servicio insuficiente. En una moción complementaria, Ramírez buscó desestimar bajo las Reglas 12 (b) (6) o 12 (c) por no presentar un reclamo, sobre la base de que Harvest renunció a su derecho a demandarlo.

  Tras la moción de Ramírez de anular la sentencia en rebeldía, el Tribunal permitió pruebas escritas limitadas relacionadas con el servicio y la jurisdicción, cuyo período ya se había cerrado al momento de presentar estas respuestas. Las partes han confirmado que sus respuestas de descubrimiento y sus producciones están completas.

Los argumentos de Harvest

  Aseguró Harvest en su escrito que Rafael Ramírez no estableció las razones por las cuales la sentencia en rebeldía de la Corte debía ser anulada y recordó que, antes de dictar sentencia en rebeldía, el tribunal concluyó que el demandante había entregado debidamente la demanda a Ramírez, así como también que la Corte de Houston tiene jurisdicción personal sobre demandante.

 Consideró Harvest que no había una buena causa para anular la sentencia en rebeldía y que para rebatirla, Ramírez presentó solamente su simple declaración de que su incumplimiento no fue intencional. Para los demandantes, la evidencia lo desacreditaba “abrumadoramente”.

  En tal sentido, Harvest asegura que Ramírez recibió una notificación de la demanda el día en que se presentó y tuvo la capacidad de responder, pero decidió ignorarla. “Eso pone fin a la investigación de una buena causa. Si se anulara la sentencia, Harvest ahora sería menos capaz de descubrir evidencia para sustentar sus reclamos y no podría perseguir reclamos contra los otros acusados que desestimó para obtener la sentencia en rebeldía, circunstancias que no habrían existido si Ramírez hubiera aparecido oportunamente”.

  Y sentenció: “Ramírez también tendría más tiempo para ocultar activos”.

  Los demandantes aseveraron que la sentencia en rebeldía no era nula por notificación del proceso insuficiente. A la excusa de que ya no vivía en Nueva York como única base para desafiar el servicio, no era suficiente pues el Tribunal estaba al tanto de eso antes de encontrar el servicio adecuado y dictar sentencia en rebeldía. “El servicio en la antigua residencia de Ramírez era legalmente suficiente porque recibió una notificación real de la demanda. El servicio de Harvest en la última y única residencia conocida de Ramírez fue un esfuerzo de buena fe para cumplir con las reglas de servicio federal, y Ramírez ciertamente disfrazó su paradero”.

  En tercer lugar, Harvest considera que la Corte tenía jurisdicción personal sobre Rafael Ramírez antes de dictar la sentencia en rebeldía. Refirieron que una impugnación de jurisdicción personal debe plantearse como parte del primer movimiento defensivo significativo del acusado o se perdería.

  Por otra parte, los demandantes estimaron que, en todo caso, la Corte tenía múltiples bases de competencia personal que Ramírez no impugnó.

  Por todo ello, Harvest Natural Resources Inc. y HNR Energía B.V. pidieron al tribunal rechazar la moción de Rafael Ramírez de anular la sentencia definitiva en rebeldía.

Las escaramuzas de Ramírez

  Los demandantes sostuvieron que Ramírez ignoró deliberadamente la demanda de Harvest, lo que ponía fin a la investigación de causa justificada.

  El expresidente de PDVSA, precisaron, no demostró que su negligencia fuera excusable, en lugar de intencional. Fue notificado el mismo día de la demanda y, de hecho, en esa misma fecha Ramírez habló con Associated Press (AP) del asunto.

  Además, Rafael Ramírez y su abogado fueron notificados de la demanda poco más de un mes después de que se presentó y el 27 de marzo de 2018, el abogado de Harvest lo informó de la misma a través de un mensaje de WhatsApp a su número de teléfono de Nueva York. También, en sus respuestas al interrogatorio, Ramírez dijo que fue notificado de la demanda a través de un mensaje de texto de WhatsApp de una persona que supuestamente era el abogado de Harvest, y que "remitió el texto a su abogado".

  Subrayaron que Ramírez pudo responder oportunamente y no lo hizo a pesar de estar en conocimiento de la demanda. Destacaron que la evidencia refutaba los argumentos de Ramírez, toda vez que habla el idioma inglés y participó en innumerables oportunidades en las redes sociales sobre el tema, así como en nueve entrevistas.

Ramírez disfrazó intencionalmente su paradero

  Harvest advirtió al tribunal que Rafael Ramírez ocultó su paradero deliberadamente.

  Indicaron que la evidencia reveló que Ramírez ocultó su residencia al momento del servicio, lo que respalda aún más la conclusión de que el servicio en la dirección de Nueva York, incluso si se trataba de una residencia anterior, era apropiado.

   Categóricamente aseguraron los demandantes que Ramírez “nubló su paradero” en el momento del servicio y lo continuaba haciendo al momento en que este reclamo se hacía ante el tribunal. De hecho, en su declaración en apoyo de su moción para anular la sentencia en rebeldía, estuvo dispuesto a especificar solo el continente de su presunta residencia y afirmó que ningún personal de la embajada venezolana sabía dónde estaba.

miércoles, 19 de mayo de 2021

Así ha huido Rafael Ramírez del juicio que entabló Harvest en su contra en la Corte de Houston

   Para Harvest Natural Resources Inc. y HNR Energia BV ha resultado toda una odisea sentar al ex-zar petrolero venezolano en el banquillo de los acusados.

Por Maibort Petit

   Un escurridizo Rafael Ramírez se dio a conocer en los alrededores del Tribunal del Distrito Sur de Texas-División Houston, donde en febrero de 2018, Harvest Natural Resources Inc. y HNR Energia BV entabló una demanda en su contra, al señalarlo causarles daños y de formar parte de un esquema de soborno y lavado de dinero.
   La acción legal de los demandantes igualmente está dirigida contra Juan José García Mendoza, Petro Consultores SC, Petro Consultores International Trading Company Inc., Petroconsultores (Barbados) LTD., Petroconsultores Inc., Selle LLC, Azure 904 LLC, Azure 406 LLC, Eulogio Del Pino Díaz y José Ángel González Acosta, supuestamente integrantes de la trama de corrupción.

  Pero los demandantes no la han tenido fácil con el exministro de energía y minas y expresidente de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) en su objetivo de sentarlo en el banquillo de los acusados y hacer que responda a las imputaciones que le formulan. De hecho, el 13 de febrero de 2019, la juez federal de Houston, Lee Rosenthal, dictaminó que Rafael Ramírez debía pagar a los demandantes USD 1.400 millones como compensación por el fraude de fueron objeto, pero una nueva decisión judicial le otorgó la oportunidad de presentarse a un nuevo juicio en el que pudiera ejercer su derecho a la defensa[1].

  De la odisea que ha significado para los demandantes para darlo por enterado de la acusación y así poder verse a la cara con Ramírez en los tribunales, damos cuenta en esta entrega en la que mostramos una serie de diligencias, documentos y estrategias emprendidas para cumplir con el cometido de enjuiciar a Rafael Ramírez.

   El 17 de octubre de 2019, Abbe David Lowell, abogado de la firma Winston & Strawn, responsable del demandado Rafael Darío Ramírez Carreño, presentó ante el Tribunal del Distrito Sur de Texas-División Houston, el segundo conjunto de respuestas y objeciones de su representado sobre cuestiones relativas a Servicio de proceso y jurisdicción en el caso de la demanda que, contra él y otros, entablaron Harvest Natural Resources Inc. y HNR Energia B.V.

   El abogado de Ramírez, de conformidad con las Reglas Federales de Procedimiento Civil 33 y 34, y la Regla Local 33 del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Texas, respondió y objetó por segunda vez a los demandantes sobre cuestiones relativas al servicio del proceso y la jurisdicción. Tales respuestas fueron designadas como confidenciales en los términos de la Orden de Protección Convenida, la cual fue dictada por el tribunal el 1 de octubre de 2019.

  Asimismo, se precisó que, de conformidad con las órdenes del Tribunal y el acuerdo del abogado, se proporcionarían respuestas adicionales de forma continua y se completarían antes del 16 de enero de 2020.

La información confidencial

  En primer lugar, se advertía la posible sospecha por parte de Nicolás Maduro, de que fuera Rafael Ramírez una de las fuentes de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, cuyos datos permitieron la elaboración del informe oral que emitió el 20 de marzo de 2019 y que fue publicado el 4 de julio de 2019, relativo a las violaciones de derechos humanos en Venezuela.

   Entre los datos se refiere que existía una amplia evidencia de que los objetivos políticos, como es el caso de Rafael Ramírez, son severamente torturados y asesinados si son capturados o extraditados. Como ejemplo se cita el caso de Nelson Martínez, exministro de petróleo y exjefe de la refinería Citgo Holding Inc., quien había muerto para la fecha, mientras se encontraba en prisión en Venezuela. Un hecho que ocurrió luego de haber sido secuestrado y abusado durante un año bajo las órdenes de Nicolás Maduro, sin haber sido juzgado ni convicto. Había sido arrestado en noviembre de 2017 como parte de la purga política implementada por Maduro en contra de sus de opositores políticos.

  Otro caso citado es el del arresto el 30 de junio de 2019, del capitán de corbeta, Rafael Acosta Arévalo, quien fue torturado hasta la muerte mientras estaba en prisión en Venezuela. Asimismo, en agosto del mismo año, el concejal de la oposición, Fernando Albán, murió tras caer desde el décimo piso de la sede de los servicios de inteligencia de Venezuela en Caracas tras ser secuestrado y torturado durante 72 horas. Agrega que las solicitudes de extradición contra ciudadanos venezolanos que viven en España han sido denegadas en razón del riesgo de tortura, tratos inhumanos o degradantes si se devuelven a Venezuela.

   En el interrogatorio número 5, en el que se le consulta cómo y cuándo se enteró de la demanda en su contra, Ramírez objeta esta solicitud en la medida en que busca información sujeta al privilegio abogado-cliente, la doctrina del producto del trabajo y cualquier otro privilegio aplicable.

   Sujeto y sin exención de las objeciones anteriores y del derecho de Ramírez a enmendar o complementar sus respuestas, este respondió que, uno o dos días después de que se presentara la acción legal en febrero de 2018, cuando un periodista de Reuters le preguntó sobre el asunto. El reportero no especificó cómo se mencionaba a Ramírez en la demanda, pero sí que se trataba de denuncias de sobornos en PDVSA. Ramírez le habría respondido al periodista que que no recibió ningún soborno, así como su creencia de que, en algún momento después, una persona que se presentaba como abogado de Harvest intentó contactarlo a través de WhatsApp. Como no pudo determinar si el texto era creíble, lo remitió a su abogado.

   En el interrogatorio Nº 9 se le pide a Rafael Ramírez identificar, por institución financiera y número, todas las cuentas financieras en los Estados Unidos en las que tenga o haya tenido alguna propiedad o interés de beneficiario final desde el 1 de enero de 2012 hasta la fecha de la entrevista, incluidas, entre otras, las cuentas de Ocean Bank, Espirito Santo Bank, Brickell Bank o Amegy Bank. Se indicaba que debía incluirse cualquier propiedad o interés de beneficiario final que tenga o haya tenido a través de cualquier individuo o entidad, incluidos los testaferros.

   Esta pregunta también fue objetada por Ramírez por considerar como inexactos los hechos a que se refiere, además de requerir información sensible y personal. Sujeto y sin renuncia a la objeción anterior y al derecho de enmendar o complementar sus respuestas, Ramírez dijo que en o alrededor de mayo de 2015, abrió una cuenta financiera en la Cooperativa de Crédito Federal de las Naciones Unidas (UNFCU) para recibir salario como a embajador. Aseguró que esa era la única cuenta bancaria que poseía en Estados Unidos y agregó que, antes de abrirla, tenía una cuenta financiera en Bank of America con el mismo propósito de recibir su salario, pero esta fue cerrada por el banco en algún momento entre enero y mayo de 2015. Negó el uso de testaferros.

  En el interrogatorio Nº 12, se le pidió a Ramírez identificar todo el dinero, pagos, bienes o servicios de cualquier tipo y valor que él o su familia recibieron de Luis Carlos De León Pérez, Nervis Gerardo Villalobos Cárdenas, César David Rincón Godoy, Alejandro Isturiz Chiesa, Rafael Ernesto Reiter Muñoz, Javier Alvarado-Ochoa, Daisy Teresa Rafoi Bleuler, Paulo Jorge Da Costa Casqueiro Murta, Abraham José Shiera Bastidas y Roberto Enrique Rincón Fernández desde el 1 de enero de 2011 hasta la fecha del interrogatorio.

  Como las anteriores, esta pregunta también fue objetada por Ramírez al procurar información más allá del alcance del servicio y cuestiones de jurisdicción personal. Sujeto y sin renuncia a las objeciones anteriores y al derecho de modificar o complementar sus respuestas, Ramírez aseguró que no conoce personalmente a dichas personas.

El abogado y el periodista

  El 23 de marzo de 2018, el periodista de AP, Joshua Goodman, le remitió un correo electrónico a Dane Ball, abogado de la firma Smyser Kaplan & Veselka L.L.P, en el que advertía que, para responder algunas interrogantes al abogado, debían garantizarle que no sería citado en ningún expediente judicial, petición a la que accedió el requirente: “Correcto. No lo citaremos ni haremos público un correo electrónico que nos envíe”, le aseguró Ball.
   El abogado, en un correo anterior, le había hecho referencia a la respuesta de Rafael Ramírez respecto a la fecha en que se había enterado de la demanda en su contra de parte de Harvest y a una afirmación del reportero acerca de que por vía telefónica le había enviado la denuncia y quería saber los detalles de la respuesta de Ramírez.
   Cuando obtuvo la garantía, Goodman dijo que revisaría sus archivos y, momentos después, respondió quelo único que Rafael Ramírez le había manifestado era que Harvest quería vender sus activos y la Asamblea Nacional debía aprobarlo, de acuerdo a las leyes que rigen las empresas conjuntas con PDVSA.

  Goodman agregó que Ramírez advirtió que no era una decisión discrecional de él la aprobación de la operación y que se reservaba el derecho de demandar a la empresa. Dijo que el expresidente de PDVSA y ex ministro de energía venezolano, comparó la denuncia en su contra con terrorismo judicial, pero sin mencionar a los abogados.

   Rafael Ramírez le habría informado que consultaría con un abogado para que revisara la denuncia y preparara una declaración y aseguró que “nunca le había pedido dinero a nadie ni que se involucraría en la elección de socios para una empresa conjunta. Que dependía de una entidad llamada CVP, supongo que alguna oficina de PDVSA o agencia gubernamental”.
   Pero la brega de Dane Ball por contactar a Ramírez a través de Joshua Goodman venía desde el 17 de febrero, cuando el abogado le envió un correo electrónico al periodista de AP para solicitarle que, si volvía a tener comunicación con el exministro petrolero venezolano, le hiciera mención de su interés por contactarlo informalmente.

   El abogado expresó de manera que el periodista se lo hiciera saber a Ramírez que, si bien existían mecanismos legales formales para resolver la situación, estimaba intentar intercambiar información hablando de manera informal.


   Ball no subestimaba ninguna información que el periodista pudiera suministrarle, al tiempo que se comprometía a no revelar la fuente.

  A lo que Joshua Goodman le advirtió que no creía posible poder convertirse en un conducto entre ambas partes. Entonces mostró una ficha, le suministraría un número telefónico de Rafael Ramírez con el firme compromiso de que nunca se hiciera saber que él ni ningún otro periodista lo había proporcionado.


   Y finalmente vino el dato, con la advertencia de que la comunicación tal vez sólo sería posible por WhatsApp a través de wifi, pues dudaba que mantuviera la línea telefónica en uso.

Y efectivamente, el número pertenecía a Rafael Ramírez:
   Días después, específicamente el 27 de marzo de 2018, el abogado Dane Ball contactó a Rafael Ramírez a través de un mensaje de WhatsApp, presentándose como uno de los abogados de Harvest Natural Resources en la demanda que ésta entabló en Estados Unidos contra el ex-zar petrolero venezolano.

   Ball le refirió a Ramírez que el motivo de su comunicación se debía al hecho de que este no había respondido a la demanda en el tribunal, ni ningún abogado se había presentado en su nombre.

  Le manifestó su interés de conversar sobre el asunto con él o con su abogado para, simplemente, “saber, en este momento, si responderá a la demanda en la corte”.

   Finalmente le reiteró la invitación a hablar con relación a la demanda, bien por teléfono, mensaje de texto o correo electrónico.



















[1] Venezuela Política. “¿Engañó Rafael Ramírez al Tribunal del Distrito Sur de Texas-División Houston?”. 7 de mayo de 2021. https://www.maibortpetit.info/2021/05/engano-rafael-ramirez-al-tribunal-del.html

jueves, 2 de enero de 2020

Rafael Ramírez logra un fallo a su favor en tribunal de EE. UU.

Por Maibort Petit
@maibortpetit

  El ex ministro venezolano de Petróleo, Rafael Ramírez, consiguió que un tribunal en Estados Unidos le otorgara un fallo a su favor que le permite revertir un veredicto de la Corte Federal de Houston que le obligaba a pagar $1.4 mil millones por una demanda de fraude presentada por las empresas Harvest Natural Resources Inc y HNR Energie BV.

  Harvest acusó a Rafael Ramírez y a otros de haber intentado cobrar un soborno de 10 millones de dólares para aprobar una transacción para que la empresa pudiese vender sus activos en Venezuela desde 2012. Los demandantes aseguraron que Ramírez y sus asociados había obstaculizado las diligencias para que  la compañía concluyera la venta, lo que le llevó a perder $ 472 millones apróximadamente.

  En junio de 2019, Ramírez  había solicitado al tribunal de Houston que revocara el veredicto de incumplimiento del millonario pago ordenado por el juez. 

  El principal alegato que presentó Ramírez frente al juez es que Harvest Natural Resources Inc y HNR Energia BV no le notificaron adecuadamente la demanda, por lo que su incumplimiento "no fue intencional".

  Ramírez dijo en los documentos presentados por el abogado Abbe Lowell, de Winston & Strawn que está residenciado en Europa, "fuera de la vista del público" y que estar en el extranjero le ha traído problemas por lo que no pudo abordar su defensa en el caso en el tiempo requerido. 

  El incumplimiento de Ramírez condujo a que el juez federal de Distrito, Lee Rosenthal emitiera un fallo predeterminado el 13 de febrero de 2019  en contra del expresidente de PDVSA, por no haber impugnado las afirmaciones de Harvest Natural Resources sobre su conducta fraudulenta.

  El ex funcionario de los regímenes de Hugo Chávez y Nicolás Maduro —quien ha sido acusado por el mismo gobierno de Venezuela de generar pérdidas de 4,8 millones dólares en PDVSA— pidió ante el juez estadounidense a tener la oportunidad de defenderse en la corte.

  La magistrada Rosenthal aprobó la solicitud hecha por Ramírez para anular juicio final en su contra, decidió con lo cual el caso regresa a los tribunales para ser disputado por las dos partes. 

La orden fue otorgada el 6 de diciembre de 2019.

  Los documentos federales del caso señalan que Ramírez, a través de terceros, solicitó a Harvest sobornos de 10 millones de dólares para permitir que la compañía vendiera sus activos desde 2012. 

  Harvest alegó que la política fraudulenta usada por Ramírez condujo a pérdidas de unos 472 millones. 

   El supuesto enviado de Ramírez para exigir las coimas habría sido Juan García Mendoza y sus empresas, entre otros, por supuestamente haberle exigido USD 10 millones para que el gobierno venezolano autorizara la venta de sus activos en el país.

  Los demandantes alegan que tuvieron que enfrentar múltiples obstáculos para vender su participación accionaria en la empresa mixta Petrodelta que mantenían en sociedad con la Corporación Venezolana del Petróleo S.A. conformada el 11 de septiembre de 2007.

  Los propietarios de las empresas sostiene que, los supuestos intentos de extorsión de que habrían sido objeto por parte de funcionarios gubernamentales y representantes de estos para que accedieran a pagar un soborno de USD 10 millones,  eran a cambio que la alta directiva de PDVSA y el Ministerio de Energía y Petróleo dieran el visto bueno y aprobación a la venta de sus activos en el país. 

  La ley venezolana exige la autorización del despacho del Ejecutivo Nacional a los accionistas privados en empresas mixtas que quieran vender sus papeles a un tercero. 

Harvest exigió ser resarcida en tres veces el valor de lo perdido por las acciones de los demandados. Argumenta que en los años 2013 y 2014, inició sendos procesos de venta de sus activos en Venezuela, la primera vez por USD 725 millones y la segunda por USD 400, pero en razón de las obstrucciones de los acusados y de su insistencia en cobrar sobornos, Harvest perdió estas dos buenas oportunidades y terminó vendiendo por USD 255, lo que significó una pérdida de USD 470 millones.