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lunes, 28 de noviembre de 2022

Aliados del Chavismo, funcionarios de Guaidó, expresidentes de izquierda, representantes de fondos de inversiones y ONGs se reúne en Santo Domingo para 'reimaginar' las sanciones de EE. UU. y la UE contra el régimen de Nicolás Maduro

Por Maibort Petit

   Chatham House, un centro de pensamiento del Reino Unido, con apoyo de Fundación Global Democracia y Desarrollo (FUNGLODE) realizará un encuentro en Santo Domingo, República Dominicana el 8 y 9 de diciembre de 2022, donde participarán desde oficiales del régimen de Nicolás Maduro, del interinato de Juan Guaidó, representantes de la Fundación de George Soros, Open Society, ex-presidentes de Izquierda, así como también funcionarios de la Administración de Joe Biden, y representantes de fondos de inversiones. La intención es 'reimaginar' las sanciones que EE. UU. y la comunidad internacional impusieron a la élite de la dictadura venezolana, y a empresas del Estado por la violación sistemática de los derechos humanos del pueblo, y las prácticas antidemocráticas del chavismo. 

  En la agenda del evento aparecen, entre otros, los siguientes personajes:

Expresidentes: Ernesto Samper (Colombia) y Leonel Fernández (República Dominicana)

Gobierno Interino de Juan Guaidó: Miguel Pizarro, y la Ex-CEO de CITGO, Luisa Palacios. Diputada de la Asamblea Nacional (2015) Mariela Magallanes. Isadora Zubillaga, representante de Guaidó en Europa.

American Society: Guillermo Zubillaga

Administración de Joe Biden EE. UU.: Juan González, Director Senior de Relaciones con el Hemisferio Occidental, National Consejo de Seguridad, Estados Unidos [Invitado]

Senado EE. UU. Brandon Yoder, miembro del personal profesional Relaciones Exteriores del Senado Comité, Estados Unidos [Invitado]

Financial Times: Presidente Michael Stott, Editor para América Latina

Empresario (Venezuela): Alberto Völlmer de Ron Santa Teresa.

Alberto Völlmer Ron Santa Teresa junto a Delcy Rodríguez, vicepresidente del régimen de Maduro.

Chatham House: Dr. Christopher Sabatini, investigador sénior.

Oradores Francisco Cox, Misión de investigación de la ONU, Chile

Tamara Taraciuk Broner, Human Rights Watch Keith Mines, Instituto para la Paz de EE. UU.

Enrique Yturriaga Saldana, Director General para Iberoamérica y el Caribe del Ministerio de Asuntos Exteriores de España.

James Dauris, Jefe, América Latina, Relaciones Exteriores del Reino Unido, Commonwealth y Oficina de Desarrollo. [Invitado]

Presidenta Sarah Renouf, Jefa de Misión Adjunta en Colombia, Nueva Zelanda

Alez Wetzig, Secretario General de Relaciones Exteriores, Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile

Representante de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México [TBD]

Presidente Louis-Pierre Emond, Asuntos Globales Canadá

Presidenta Dra. Elena Lazarou, Jefa, Unidad de Políticas Exteriores, Parlamento Europeo

Ponentes Miguel Pizarro, representante del Gobierno Interino de Venezuela ante Naciones Unidas ( Juan Guaidó)

Martín Carosio, Gerente Relaciones Institucionales y Comerciales LATAM/ Socio Comercial Legal, Aggreko [Invitado]

Presidenta Sabrina Stein, Analista sénior de programas de promoción, Programa para América Latina, Fundación Sociedad Abierta (Open Society Foundation)

  Ampliando las discusiones sobre el camino hacia la restauración de los Derechos Derechos Fundamentales y la Democracia en Venezuela.

  Para ayudar a facilitar una discusión abierta y el intercambio de ideas, este taller se llevará a cabo bajo el Regla de Chatham House.

 Esta es la agenda con fecha 18 de noviembre de 2022. (Transcripción lineal del documento)

 Este evento se realizará de forma presencial en la sede de Fundación Global Democracia y Desarrollo (FUNGLODE*). Las sesiones seleccionadas se llevarán a cabo en la plataforma virtual Zoom, pero por razones de privacidad no todos. Tenga en cuenta que todos los horarios enumerados se encuentran en el horario de invierno de la costa este [EST].

 Los siguientes objetivos y temas serán el foco de las discusiones y cualquier posible punto de consenso, que surja de la reunión de dos días.

• Reimaginar la naturaleza de las sanciones estadounidenses e internacionales y su potencial para promover avance en las negociaciones, derechos humanos en Venezuela y el cambio pacífico.

• La importancia de los inversionistas privados para crear transparencia y participar en la entrega de ayuda humanitaria en Venezuela, así como en la rehabilitación de los sectores críticos de electricidad y energía para apoyar el acceso a la salud, el agua potable y la educación.

• Compromisos de la Unión Europea para involucrar y promover condiciones para unas elecciones justas y libres en el período previo a 2024 y 2025

• Asegurar la autorización oficial para que las principales organizaciones internacionales de derechos humanos lleven a cabo una visita para monitorear de forma independiente las condiciones dentro de Venezuela y el progreso de las reformas judiciales iniciadas por el actual gobierno.

Cena de bienvenida el miércoles 7 de diciembre de 2022 19:30 – 21:30

 Se convocará una cena de bienvenida previa al taller en un restaurante de Santo Domingo. El propósito de esto la cena es para presentar a los participantes entre sí y los temas y objetivos del taller.

 Después de los comentarios introductorios de Chatham House y los partidarios del evento, se proporcionarán comentarios de los presidentes Leonel Fernández (República Dominicana) y Ernesto Samper (Colombia) sobre lecciones aprendido de los esfuerzos de negociación anteriores y cómo abordarlos en conversaciones futuras.

Preguntas para la discusión:

• ¿Qué lecciones podemos extraer de los esfuerzos pasados de mediación que puedan aplicarse a la nueva ronda de negociaciones recién anunciadas en México?

  Cuando una reunión, o parte de ella, se lleva a cabo bajo la Regla de Chatham House, los participantes son libres de usar la información recibida, pero no se podrá revelar la identidad ni la afiliación del o de los oradores, ni la de ningún otro participante.

Agenda

• ¿Qué énfasis debe ponerse en los derechos humanos fundamentales y la asistencia humanitaria?

• ¿Cuál es la mejor manera de abordar las condiciones electorales para las elecciones de 2024/2025 para cumplir con los requisitos de la UE? Recomendación de su informe de misión de observación de 2021?

• ¿Cuál debería ser el papel de la comunidad internacional, incluidos los recién elegidos gobiernos en América Latina?

Ponentes: Presidente Leonel Fernández, Presidente, República Dominicana (1996-2000; 2004-2012)

Presidente Ernesto Samper, Presidente, Colombia (1994-1998) 

Jueves 8 diciembre, 2022

08:45 – 09:00 Registro y refrescos

09:00 – 09:15 Palabras de bienvenida y presentaciones

Un breve resumen de la agenda, los objetivos y la presentación de los participantes.

Ponentes Dr. Christopher Sabatini, investigador sénior, Chatham House

Nathanael Concepción, Analista de Investigación, FUNGLODE ( Fundación de Leonel Fernández)

09:15 – 10:15 Primera sesión: ¿Cuál creemos que debería ser el papel de las sanciones?

  Durante mucho tiempo se ha cuestionado la eficacia y la aplicación de las sanciones, pero se ha convertido recientemente en un importante debate público. En el caso de Venezuela, tres años después de que los EE. UU., la UE y otros aumentaron los esfuerzos financieros y económicos individuales y amplios con las sanciones comerciales surge la pregunta: ¿y ahora qué? En esta sesión discutirá, si las sanciones en sí mismas, tal como están actualmente vigentes, son probables inducir los objetivos originales que los países que las impusieron tenían en 2019.

• ¿Cómo se pueden entender mejor las sanciones en términos del potencial de cambiar el interbloqueo actual?.

• ¿Cómo pueden los países que imponen sanciones promover un cambio gradual?

  En sus políticas para ayudar a incentivar no solo la sustentabilidad y la negociaciones, sino también cambios significativos en materia de derechos humanos y elecciones. 

 Condiciones, sin sacrificar la importación de pasado y potencialmente útil puntos de influencia de la política?

• ¿Cómo deben utilizarse las sanciones como palanca para garantizar el cumplimiento de las medidas acordadas durante las negociaciones?

Oradores:

1) Juan González, Director Senior de Relaciones con el Hemisferio Occidental, National Consejo de Seguridad, Estados Unidos [Invitado]

2) Brandon Yoder, miembro del personal profesional Relaciones Exteriores del Senado Comité, Estados Unidos [Invitado]

3) Presidente Michael Stott, Editor para América Latina, Financial Times

10:15 – 10:30 Descanso

10:30 – 11:45 Sesión Dos: Sesiones Paralelas: Inversión Privada y Negociaciones, Derechos humanos y elecciones.

Involucrar al sector privado

• ¿Cuáles son los beneficios de una mayor participación del sector privado en la economía venezolana en términos de transparencia, apoyo humanitario, rendición de cuentas, reconstruir un stable base para el futuro cambio político, y beneficios a largo plazo para los mercados mundiales de energía?

• ¿Existen sectores que son particularmente importantes para objetivos amplios compartidos?

• ¿Cuáles deberían ser esos objetivos?

• ¿Cuál es el papel del sector financiero?

Ponentes José Luis Manzano, Integra

Representante del sector petrolero [Invitado]

Luisa Palacios (Ex-CEO de CITGO designada por el interinato encabezado por Juan Guaidó).

Presidente Alberto Vollmer, Santa Teresa Ron

Negociaciones, Derechos Humanos y Elecciones

Una serie de informes internacionales recientes, incluso del Fact Finding de la ONU y de la Misión de Observación Electoral de la UE de 2021 han presentado recomendaciones concretas para mejorar la situación de los derechos humanos en Venezuela y reformas electorales y condiciones para elecciones libres y justas en 2024 y 2025.

• ¿Cómo se pueden abordar en las negociaciones en México?

• ¿Cómo pueden los gobiernos de América Latina, Europa, Canadá y otros ayudar a promover su centralidad en las negociaciones y en la debate público internacional?

• ¿Cómo puede la posibilidad de misiones directas por internacional creíble ONG y la UE para monitorear estas condiciones en el período previo al 2024

¿Es mejor abordar las elecciones?

Oradores Francisco Cox, Misión de investigación de la ONU, Chile

Tamara Taraciuk Broner, Human Rights Watch Keith Mines, Instituto para la Paz de EE. UU.

Mariella Magallanes, Diputada, Asamblea Nacional de Venezuela

11:45 – 12:15 Descanso

12:15 – 13:00 Sesión cuatro/almuerzo presentación: La Mirada del Venezolano

Gobierno: Sanciones, Normas Electorales y Derechos Humanos

Portavoz Alto Representante del Gobierno de Maduro

Presidente Presidente Leonel Fernández

13:00 – 13:15 Descanso

13:15 – 14:15 Sesión cinco: Puntos de vista europeos

• ¿Es una mayor cooperación entre el Grupo de Contacto Internacional original, incluyendo los EE.UU., posible?

• ¿Como se vería eso?

• ¿Cuáles son los objetivos de la UE, Reino Unido, Canadá y otros gobiernos de países europeos en la política de sanciones?

• ¿Cuál es la mejor manera de lograrlos?

Ponentes Enrique Yturriaga Saldana, Director General para Iberoamérica y el Caribe del Ministerio de Asuntos Exteriores de España

James Dauris, Jefe, América Latina, Relaciones Exteriores del Reino Unido, Commonwealth y Oficina de Desarrollo [Invitado]

Se invitará a un orador adicional

Presidenta Sarah Renouf, Jefa de Misión Adjunta en Colombia, Nueva Zelanda

14:15 – 14:30 Descanso

14:30 – 15:30 Sexta sesión: Miradas latinoamericanas

Ponentes Representante de la Cancillería Argentina [TBD] Laura Gil, Secretaria para América Latina Cancillería de Colombia [Invitada]

Alez Wetzig, Secretario General de Relaciones Exteriores, Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile

Representante de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México [TBD]

Presidente Louis-Pierre Emond, Asuntos Globales Canadá

15:30 – 16:00 Descanso

16:00-16:30 Sesión siete: Informe breve de los presidentes de las sesiones paralelas

Ponentes Alberto Vollmer, Presidente y CEO, Ron Santa Teresa

Mariella Magallanes, Diputada, Asamblea Nacional de Venezuela

16:30- 17:15 Sesión ocho: Puntos de consenso del primer día

Oradores Christopher Sabatini, investigador sénior, Chatham House

Yamira Sosa, FUNGLODE

CONFIDENCIAL. No para citación o circulación adicional

Bruno Binetti, Escuela de Economía y Ciencias Políticas de Londres

Cena de trabajo – La Mirada desde la República Dominicana

19:30 – 21:30

Otra oportunidad para la discusión e intercambio informal, tanto de los eventos del día anterior como del siguiente, la cena.

Portavoz Roberto Álvarez, Ministro de Relaciones Exteriores, República Dominicana [Invitado] viernes 9 diciembre, 2022

9:00 – 9:30 Registro y refrescos

9:30 – 10:30 Sesión ocho: Un repaso: ¿cuáles son los puntos de consenso hasta ahora?

Oradores Christopher Sabatini, investigador sénior, Chatham House

Nathanael Concepción, Analista de Investigación, FUNGLODE

10:30 – 10:45 Descanso

10:45 – 11:45 Asistencia Humanitaria: Los Desafíos de la Implementación - Ampliando el concepto y entregando los bienes

Ponentes Miguel Pizarro, representante del Gobierno Interino de Venezuela ante Naciones Unidas ( Juan Guaidó)

Roberto Patiño, Fundador y Director General, Mi Convive/Alimenta La Solidaridad

Martín Carosio, Gerente Relaciones Institucionales y Comerciales LATAM/ Socio Comercial Legal, Aggreko [Invitado]

Presidenta Sabrina Stein, Analista sénior de programas de promoción, Programa para América Latina, Fundaciones Sociedad Abierta Open Society Foundation

11:45 – 12:15 Descanso

12:15 – 13:15 Décima sesión/almuerzo presentación: Reflexiones de Brasil sobre los pasados años de deterioro en Venezuela

Ponente Celso Amorim, Ex Ministro de Relaciones Exteriores, Brasil

Presidente Presidente Ernesto Samper, Ex Presidente, Colombia

13:15 – 13:30 Descanso

13:30 – 14:15 Sesión once: Hacia un consenso sobre la coordinación internacional en sanciones, sector privado, comunidad internacional y elecciones y estándares de derechos humanos?

CONFIDENCIAL. No para citación o circulación adicional

Discusión abierta.

• ¿Existe un camino para una posible visión colectiva sobre las elecciones, condiciones, demandas de derechos humanos y alivio de sanciones que puede alimentarse una posición internacional más amplia?

• ¿Como se vería eso?

Presidenta Dra. Elena Lazarou, Jefa, Unidad de Políticas Exteriores, Parlamento Europeo

Servicio de Investigación

14:15 – 14:45 Descanso

14:45 – 16:00 Sesión doce: ¿Qué logramos?

Discusión: No queremos dejar estos dos días sin compromisos en

condiciones electorales y de derechos humanos.

• Entonces, ¿cómo sería eso?

• Al mismo tiempo, ¿cuál podría ser el papel del sector privado en los avances esas metas?

• ¿Hay puntos de consenso que podrían hacerse públicos, especialmente en un conferencia de prensa potencial que podría seguir?

Preside Dr. Christopher Sabatini, investigador sénior, Chatham House

Presidente Leonel Fernández, Ex Presidente, República Dominicana

16:00 Conferencia de prensa potencial sobre puntos de consenso.




lunes, 11 de octubre de 2021

Continúa el “contrapunteo” entre PDV USA y la empresa de David Rivera: Desestima todas las contrademandas de Interamerican

   La filial de PDVSA reiteró los cargos de su demanda inicial contra Interamerican Consulting Inc.

Por Maibort Petit

    Desde el momento mismo en que PDV USA Inc., filial de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), suscribió un contrato con la empresa del ex congresista estadounidense, David Rivera, Interamerican Consulting Inc., por presuntos servicios de asesoría de la segunda para con la primera, comenzó una diatriba que parece no tener fin y una serie de acusaciones entre las partes no tienen cuándo terminar.

    El último capítulo en esta guerra de corresponde a la demandante inicial, PDV USA Inc. la cual presentó ante la Corte del Distrito Sur de Nueva York su respuesta a la contrademanda que Interamerican ejerció el 19 de agosto del presente 2021, negando todos los términos de la misma.

  El pasado 19 de agosto de 2021, Interamerican Consulting Inc. presentó una contrademanda en contra de PDV USA Inc. en la que negó todos los términos de la demanda interpuesta por esta última en su contra acusándola por incumplimiento de contrato. La empresa del ex congresista republicano, David Rivera, aseguró que es la filial de PDVSA la que debe pagar USD 30 millones que serían el saldo del contrato[1].

La respuesta de PDV USA

  El 24 de septiembre de 2021, Jeffrey B. Korn, de la firma Willkie Farr y Gallagher LLP que representa los intereses de PDV USA Inc. en el caso en que demanda a la empresa Interamerican Consulting Inc. en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos Distrito Sur de Nueva York, presentó su respuesta y defensas afirmativas a las contrademandas del demandado al tiempo que pidió a la Corte desestimar dichas contrademandas; otorgarle sentencia a su favor de acuerdo a lo solicitado en la Demanda Enmendada; y cualquier otra compensación adicional que el Tribunal considere justo y equitativo.


   PDV USA Inc. negó las alegaciones de Interamerican en su contrademanda, limitándose a admitir que Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) es la matriz última de CITGO Petroleum Corporation (CITGO y que David Rivera es un excongresista de los Estados Unidos, propietario de la compañía demandada,  con el que celebró un acuerdo para que esta le prestara supuestos servicios de consultoría el 21 de marzo de 2017, y que Interamerican se negó a dar su consentimiento al “Acuerdo de Consentimiento de Asignación y Asunción al Acuerdo de Consultoría, con fecha del 21 de marzo de 2017”.

  PDV USA Inc. reiteró los cargos de su demanda contra Interamerican Consulting Inc., a saber, un cargo por Incumplimiento de contrato; un cargo de por Enriquecimiento injusto; su sentencia declaratoria; al tiempo que enfatizó el pedido de alivio pues, asegura, que la demandada no tiene derecho alguno a las reparaciones que reclama.


Las defensas afirmativas de PDV USA

   Ante las contrademandas de Interamerican Consulting Inc., PDV USA Inc. afirmó sus defensas sin perjuicio de cualquier posición que pueda adoptar con respecto a la carga de la prueba sobre dichas defensas. Asimismo, se reserva el derecho de hacer valer defensas adicionales, incluidas las basadas en hechos revelados mediante descubrimiento o investigación adicional.

  En este sentido, PDV USA en su Primera defensa afirmativa destaca que la contrademanda no establece un reclamo sobre el cual se pueda otorgar una reparación.

  La Segunda defensa afirmativa sostiene que el reclamo de Interamerican por incumplimiento de contrato está excluido por su propio incumplimiento material previo.

   Entretanto, la Tercera defensa afirmativa de PDV USA refiere que los reclamos de Interamerican están excluidos en todo o en parte por las doctrinas equitativas de manos sucias, destituciones, preclusión y/o renuncia.

   A su vez, la Cuarta defensa afirmativa indica que cualquier reclamo de reparación equitativa o declaratoria está excluido porque el Interamerican tiene un recurso adecuado en la ley.

  La Quinta defensa afirmativa de PDV USA advierte que los reclamos de Interamerican están excluidos, en todo o en parte, porque el Acuerdo es inválido, ilegal, nulo y/o nulo ab initio y, por lo tanto, inaplicable. Recuerda que el presidente de Interamerican, David Rivera, declaró a la prensa poco después de la presentación de la demanda, indicando que su empresa nunca tuvo la intención de brindar los servicios de consultoría estratégica que fueron objeto del contrato.

 Por último, la Sexta defensa afirmativa asevera que la reclamación de Interamerican por incumplimiento de contrato se excluye en todo o en parte porque no cumplió con una condición precedente en virtud del Acuerdo.

REFERENCIA

[1] Venezuela Política. “Empresa del excongresista, David Rivera niega los términos de la demanda de PDV USA en su contra y presenta contrademanda”. 20 de agosto de 2021. https://www.maibortpetit.info/2021/08/empresa-del-excongresista-david-rivera.html



miércoles, 8 de septiembre de 2021

Guyana conviene con Aramco la comercialización del crudo de zona reclamada por Venezuela

Por Maibort Petit

  El gobierno de Guyana, a través del Ministerio de Recursos Naturales, anunció su decisión de comercializar el crudo del pozo costa afuera Liza 1, ubicado en un área cuya soberanía es reclamada por Venezuela. De acuerdo con lo informado por la administración guyanesa, será la subsidiaria de Saudi Aramco, Aramco Trading Limited (ATL), la que se encargue de encontrar comprador para un millón de barriles de crudo que produce Liza Destiny, una FPSO.
  El referido pozo Liza-1 se encuentra en el bloque de Stabroek, un área costera cerca de la frontera entre Guyana y Venezuela disputada desde hace más de un siglo por los dos países.

  ATL, la subsidiaria de la saudí Aramco Trading Company que tiene su sede en el Reino Unido, fue escogida en razón de lo expuesto por las autoridades guyanesas, por presentarse "como el postor evaluado con el menor cumplimiento a un precio de 0,025 centavos por barril".
   Entretanto, de acuerdo a lo informado por el Ministerio de Recursos Naturales, el postor más bajo resultó ser la empresa china Sinochem, la cual ofertó a 0,02 centavos de dólar por barril.

  Le correspondería a ATL comercializar la cuarta carga de Guyana en 2021, la cual está programada para el 21 y 22 de septiembre.

  Al explicar el proceso de escogencia, las autoridades guyanesas refirieron que se llevaron a cabo evaluaciones administrativas, técnicas y financieras para tomar esta decisión, luego de estudiar las presentaciones de 15 firmas.

  Además de ATL, participaron en la licitación Bibi Energy Trading, Shell Western Supply and Trading, Chevron, Petraco Oil, China National Offshore Oil Corporation, Natural Gas Company of Trinidad y Tobago y Heritage Petroleum, Hess, Vitol, Mercuria Trading, Total Energies, Litasco y Trafigura.
   Vickram Bharrat, ministra de Recursos Naturales, expresó a través del comunicado difundido por su despacho, que el gobierno de Guyana asegurará los "mejores acuerdos" para el país, al tiempo que se comprometió a "mantener el más alto nivel de cumplimiento y transparencia para garantizar que los beneficios de este sector mejoren la vida de todos los guyaneses".

  Se conoció que semana la Junta Nacional de Administración de Adquisiciones y Licitaciones conocerá los detalles de la operación la próxima semana.

  Del mismo modo se conoció que, desde 2018 cuando comenzó la producción petrolera de la Fase 1 de Liza, hasta la fecha, Guyana ha vendido 7 mil 56 millones de barriles de crudo por USD 388.7 millones.

  Guyana mantiene un acuerdo de producción compartida con ExxonMobil, Hess y CNOOC, las cuales tienen derecho a vender crudo del pozo, refiere la nota consultada de SPG Global[1].

  Una nota de Argus Media[2] refiere que, de acuerdo a lo informado, no está claro si ATL se encargará del manejo de otras cargas, ni para cuándo el gobierno guyanés tiene planeado convocar a una nueva licitación para comercializar los crecientes volúmenes de crudo.

 Estas licitaciones reemplazan los acuerdos bilaterales que se venían suscribiendo, siendo esta del Pozo Liza 1 la primera en realizarse en esta nueva modalidad. Se trata, según el despacho de Ambiente, del tercer esfuerzo de Guyana para alinear a un comercializador en un proceso competitivo.

  Todo el crudo ahora comercializado proviene del bloque de aguas profundas Stabroek a cargo de ExxonMobil que ubicó a Guyana en el mapa petrolero mundial en 2019, fecha en la que inició la producción.

  Las estimaciones de ExxonMobil se elevar a lo 800.000 b/d para 2025 desde los 120.000 b/d que produce en la actualidad.
   La ministra Bharrat dijo que las ganancias petroleras acumuladas de Guyana desde el inicio de la producción, se han incrementado hasta USD 436 millones, una cifra que incluye las regalías de ExxonMobil y sus socios, las cuales están depositadas en un nuevo fondo soberano en la Reserva Federal de Nueva York, sin que hasta la fecha se hayan tocado.

Petróleo ¿venezolano?

   Toda esta bonanza que experimenta ahora Guyana a consecuencia de la explotación petrolera, que la llevó en 2020 a experimentar un crecimiento económico de 86 por ciento, tenido según apunta una nota del ABC de España[3], como “el mayor salto del PIB en el mundo, que multiplica por catorce el incremento del PIB chino”.

  Lo particular del asunto es que todo esto ocurre sobre áreas cuya soberanía le disputa Venezuela desde hace más de cien años. Una riqueza que lo ubicaría como el país con la mayor producción per cápita del mundo, superando a Kuwait.
   El yacimiento Liza ubicado a, aproximadamente, 190 kilómetros de la costa y que produce 120.000 barriles diarios explotados por ExxonMobil, Hess y la china CNOOC, forma parte del Bloque Stabroek, se estima que para 2025, ya en una segunda fase, producir 750.000 barriles diarios, altamente competitivo con el crudo venezolano, pues es de menor densidad que este último.

   Una gran riqueza que brota en un territorio y aguas reclamadas por Venezuela, la cual fue despojada en 1899 por un tribunal internacional que falló a favor de Guyana y que los venezolanos acusan de “nulo e írrito”.

  Hasta la fecha no ha habido pronunciamiento alguno por parte del gobierno venezolano, ni el encabezado por Nicolás Maduro, ni el interinato a cargo de Juan Guaidó.

REFERENCIA 
[1] SPG Global. “Guyana chooses Aramco Trading Limited to market Liza crude”. 4 de septiembre de 2021. https://www.spglobal.com/platts/en/market-insights/latest-news/oil/090421-guyana-chooses-aramco-trading-limited-to-market-liza-crude



[2] Argus Media. “Guyana selects Aramco unit ATL to market crude”. 5 de septiembre de 2021. https://www.argusmedia.com/en/news/2251083-guyana-selects-aramco-unit-atl-to-market-crude



miércoles, 25 de agosto de 2021

PDV USA versus Interamerican Consulting: Una demanda que ocultaría otros ilícitos distintos a los que acusa

   Lo que aparenta ser un reclamo por incumplimiento de contrato, simplemente sería el camuflaje a una serie de negociaciones irregulares cometidas en el seno del principal activo de Venezuela en el extranjero: CITGO.

Por Maibort Petit

    La demanda entablada por PDV USA Inc. en contra de Interamerican Consulting Inc. propiedad del excongresista republicano, David Rivera, ha dejado al descubierto una serie de manejos irregulares que, presuntamente, operaban u operan en torno a la demandante y el demandado.

  De hecho, en la contrademanda que recientemente presentó Interamerican contra PDV USA, refiere que, en ningún momento manifestó su inconformidad con el servicio de consultoría prestado y sólo comenzó mostrar cierta resistencia a seguir realizando los pagos que venía realizando, cuando Interamerican se negó a permitir que el acuerdo suscrito entre ambas empresas se asignara por PDV USA a su casa matriz PDVSA. Ante el planteamiento, Interamerican expuso su inconformidad, toda vez hacerlo socavaría la recomendación estratégica que la demandada y ahora contrademandante venía planteando, en el sentido de que CITGO enfatizara su identidad independiente de Petróleos de Venezuela S.A., cuya imagen y desempeño venía afectándola.

   Ese, incluso, habría sido el objeto del contrato —al menos en el papel— pues CITGO procuraba asesoría para “desarrollar un plan estratégico para crear una identidad separada y distinta y desvincularse de su matriz final, Petróleos de Venezuela, SA”.

   Por tal servicio de "asesoría" por parte de la empresa de David Rivera, la filial de PDVSA en Estados Unidos “ofreció pagar la suma de $ 50 millones”, reza la contrademanda en su exposición del caso, al tiempo que agrega que tal cantidad pareció razonable a la estatal venezolana, ante el riesgo que corría.

  Y deja sentado Interamerican: “Teniendo en cuenta los miles de millones de dólares en juego con la estatura pública y empresarial de CITGO en peligro, CITGO obviamente consideró que la tarifa era razonable porque la tarifa propuesta se originó en CITGO sin que Interamerican lo solicitara o aportara” (subrayado nuestro).

  Interamerican destaca que “PDV USA nunca notificó a Interamerican de ninguna supuesta insatisfacción, nunca declaró a Interamerican en default, y ni siquiera dio por terminado o revocó el acuerdo”.

¿El objeto del contrato?

  Pero según fuentes internas de CITGO, tanto el objeto del contrato suscrito entre PDV USA Inc. e Interamerican Consulting Inc., como la razón de la demanda entablada, son otras nada regulares.

   Así se nos refiere que detrás del aparente objeto de acusar el incumplimiento de contrato por parte de la empresa de David Rivera y reclamar el reintegro de los USD 15 millones pagados, la intención es justificarse ante el gobierno de los Estados Unidos, toda vez que se conoce que el Departamento de Justicia y otras instancias de la administración estadounidense investigan a CITGO.

   De este modo, la demanda diseñada por el abogado Michael Gottlieb, a instancias de Luisa Palacios y Carlos Jordá, sólo tiene un objetivo, no la recuperación del dinero pagado a Interamerican, "sino desarrollar una estrategia del gobierno interino de Juan Guaidó para presentarse como en interesado en acabar con los manejos irregulares en CITGO", bajo su tutela desde que EE. UU. le reconoció como mandatario encargado de Venezuela y desconoció a Nicolás Maduro y su administración.

  “La demanda es, pues, solamente una cortina de humo”, advierte  fuentes vinculadas al caso, “una manera de lavarse la cara ante el gobierno de Estados Unidos, haciéndose ver como adalides de la lucha contra la corrupción”.

  Y entonces advierte la fuente: “nada más lejos de la realidad”, pues esos que pretenden presentarse como agentes combativos de lo irregular, guardaron silencio sobre los casos de corrupción que tenían lugar en CITGO en las administraciones de Asdrúbal Chávez y de Nelson Martínez. De ello supieron en febrero de 2019, como también conocieron de una auditoría que revelaba todos los manejos oscuros, la cual fue realizada en 2017 ordenada por la PDVSA de Maduro y que Juan Guaidó se atribuyó y fechó en 2019.

   "La junta directiva designada por Guaidó supo de los hechos de corrupción y no actuó en consecuencia", aseguró la fuente. "Luisa Palacios y el resto de la directiva no actuaron sino hasta mayo de 2020 en lo que puede denominarse como una operación de mampara", acota.

   Igualmente, se nos advierte acerca de la naturaleza de PDV USA Inc., la cual sería únicamente realizar operaciones y negociaciones irregulares, no solamente con Interamerican Consulting Inc., sino también con otras compañías cuestionadas, entre ellas, las de José Manuel González Testino.

¿Incumplimiento de contrato?

  Otra fuente nos apunta, que la demanda contra la compañía de Rivera persigue igualmente el objetivo de enmascarar las negociaciones irregulares llevadas a cabo a través de PDV USA y CITGO.

   Por tanto, según la fuente, la acusación contra Interamerican sólo pretende hacer ver a PDV USA como una víctima, objetivo trazado por el abogado Gottlieb, cuando lo que se procuraba era evitar que las averiguaciones se profundizaran en los responsables de las transacciones fraudulentas que se hicieron con la empresa de Rivera, las cuales violan las leyes federales de EE. UU. Era necesario alejar el dedo de la justicia de los directivos de CITGO que participaron en las oscuras negociaciones que, más allá de lo que reza el texto de la demanda, tienen que ver en realidad, con presunto lavado de dinero, financiamiento ilegal, malversación de fondos, soborno y fraude en CITGO, alerta la fuente.

  Puntualiza la fuente de Venezuela Política que, en 2017, José Pereira y Gina Coon, quien se mantiene como tesorera de CITGO, ejecutaron tres pagos vía transferencias bancarias por USD 5 millones cada uno, para un total de USD 15 millones, a la cuenta de David Rivera en el JP Morgan NY. Específicamente, mediante la cuenta identificada con el número de ruta 021000021 y el serial 633291682.

  Estos pagos, por demás, no habrían cumplido con los requisitos exigidos por las leyes de los Estados Unidos, pues se habrían respaldado con recibos de cobro carentes de la rigurosidad exigida por la norma.

  Una auditoría de CITGO identificó y describió el fraude y las violaciones de controles internos cometidas por José Pereira y Gina Coon, en colusión con personal de PDVSA y pudieron detener que se prosiguiera con los pagos irregulares a Rivera, es decir, los USD 35 millones de saldo del contrato que ahora reclama Interamerican en su contrademanda a PDV USA.

¿Otros fines?

  Pero otros objetivos habrían justificado la suscripción del contrato, toda vez que cuando el asunto explotó en los tribunales, David Rivera aseveró que el dinero que había recibido como pago por los servicios de consultoría, en realidad estaba destinado a financiar a la oposición venezolana.

  El excongresista sostuvo que había mantenido reuniones con Leopoldo López y su esposa, Lilian Tintori, a quienes habría entregado el dinero pagado por CITGO a Interamerican. En dichas reuniones, dijo, participó, supuestamente, Raúl Gorrín.

Sobre PDV USA Inc.

  PDV USA es una corporación de Delaware que es propiedad total de PDV Holding INC., la cual a su vez es propiedad de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), razón por la cual la estatal petrolera venezolana viene a ser, indirectamente, dueña del 100 por ciento en PDV USA.

  PDV USA Inc. es una entidad subsidiaria de PDVSA manejada por la gerencia de CITGO en Houston, Texas.

  PDV Holding Inc. ostenta la propiedad total de CITGO Holding, Inc., que es propietaria total de CITGO Petroleum Corp.

  En página web PDV Holding Inc. refiere que es una empresa filial en Estados Unidos de Petróleos de Venezuela S.A. Se trata de una compañía matriz constituida en Delaware y con sede social en Texas. PDVH es la accionista indirecta de CITGO Petroleum Corporation, a través de la propiedad de 100 por ciento de las acciones de su filial CITGO Holding Inc., única accionista de CITGO Petroleum Corp[1].

  Sin embargo, en ninguno de los sitios de la petrolera se hace mención directa a PDV USA Inc.

  Según el portal Open Corporates, PDV USA Inc., es una corporación registrada el 20 de marzo de 1991 en Delaware bajo el número 2257786.

   Como agente figura The Corporation Trust Company (incorporada el 10 de mayo de 2018) , cuyo domicilio es Corporation Trust Center 1209, Orange St, Wilmington, New Castle, DE, 19801[2].

  Open Corporates también informa que PDV USA Inc. es una corporación comercial extranjera registrada el 31 de octubre de 1991 en Nueva York, bajo el número 1586368, cuyo estatus actual es activo. Esta empresa funge como sucursal de PDV USA Inc., registrada en Delaware.

  Refiere que el domicilio es 29 Liberty St, Nueva York, 10005, Nueva York.

  Guillermo Blanco figura como director ejecutivo, incorporado desde el 5 de diciembre de 2019, mientras que PDV USA Inc. como el agente[3].

   Entretanto, Dun & Bradstreet refiere que PDV USA Inc. tiene su sede en Nueva York, cuyo objeto es la gestión de empresa e industrias. Informa que la firma cuenta con 4 empleados en total en todas sus ubicaciones. Este portal difiere en la dirección ofrecida por Open Corporates e indica como sede de la empresa el 65 E 55TH St FL 23B, New York​, NY, 10022-3367. Teléfono (212) 339-7770. Agrega que al frente de la compañía está Carlos Jordá[4].

REFERENCIAS

[1] PDV Holding. https://pdvholding.com/ES/

[2] Open Corporates. PDV USA Inc. https://opencorporates.com/companies/us_de/2257786

[3] Open Corporates, PDV USA Inc. https://opencorporates.com/companies/us_ny/1586368

[4] Dun & Bradstreet. PDV USA Inc. https://www.dnb.com/business-directory/company-profiles.pdv_usa_inc.9e82f3aa31dcd7408513c7567b071572.html

viernes, 20 de agosto de 2021

Empresa del excongresista, David Rivera niega los términos de la demanda de PDV USA en su contra y presenta contrademanda

   Interamerican Consulting revierte el caso a su favor y reclama el pago del saldo del contrato suscrito con PDV USA Inc. por USD 30 millones.

Por Maibort Petit

   Una contrademanda que niega los términos de la demanda interpuesta por PDV USA Inc. en su contra por incumplimiento de contrato, presentó Interamerican Consulting Inc. la empresa propiedad del ex-congresista republicano, David Rivera, pues sostiene que muy por el contrario a tener que devolver los USD 20 millones recibidos por pago de sus servicios, debe igualmente recibir el saldo del contrato por USD 30 millones.
  Interamerican Consulting reiteró las manifestaciones de inconformidad vinieron cuando se negó a que el referido contrato fuera transferido de PDV USA Inc. a Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), resistiendo la tentación de acceder al ofrecimiento de recibir el saldo del contrato para la fecha, USD 35 millones, si se consentía en dicho cambio.

  Fuentes ligadas al caso alertan "de la ya irregular suscripción de un contrato con una empresa de papel, toda vez que PDV USA Inc. fue constituida con la intención de llevar a cabo negociaciones irregulares, tanto con Interamerican, como con otras compañías igualmente cuestionadas, entre ellas, las empresas de José Manuel González Testino, y otros". 

   La fuente confirma que el contrato objeto de la demanda se ejecutó y pagó a través de CITGO Petroleum Corporation.

  Se estaría, por tanto, ante una negociación entre dos compañías de papel, toda vez que Interamerican Consulting Inc. es tenida como empresa de maletín.

  En tal sentido, nuestra fuente sostiene que, dadas estas circunstancias, "la demanda de CITGO está mal planteada por cuanto no se trata de un caso de incumplimiento de contrato, sino de una transacción ficticia establecida con un único objetivo de la lavar fondos sustraídos irregularmente de la filial de PDVSA en Estados Unidos". Se trata, entonces, "de un reclamo engañoso, por cuanto quienes en la actualidad demandan solo los mismos beneficiarios de contratos irregulares suscritos en esta y otras oportunidades a través del uso de esta entidad de control —PDV USA Inc.— creada para valerse del sistema comercial, legal y bancario de EE. UU. procesando transacciones fraudulentas, entre ellas, la legitimación de capitales".

La respuesta de Interamerican

  El 19 de agosto de 2021, Interamerican Consulting Inc., respondió y sostuvo su defensa ante la Demanda Enmendada y otras contrademandas interpuestas en su contra en la Corte del Distrito Sur de Nueva York por PDV USA Inc. por incumplimiento de contrato.

   A lo largo de su exposición, Interamerican refiere carecer de la información suficiente para comprender los alegatos de PDV USA en su demanda.

    Aunque reconoce haber establecido un acuerdo con PDV USA Inc. el 21 de marzo de 2017, Interamerican niega lo expuesto en la demanda, sus alegatos y asegura que cumplió los términos del contrato y con la presentación de informes en virtud de citado acuerdo.

  En trece puntos, Interamerican niega diversos aspectos de la demanda enmendada presentada por PDV USA en los que destaca la admisión de haber recibido pagos parciales por los servicios prestados en virtud del Acuerdo, al tiempo que reitera su reclamo de USD 30 millones de saldo del contrato. Y es que, según la demandada, es PDV USA la que violó el acuerdo al no pagarle los referidos USD 30 millones legalmente adeudados.

  Interamerican rebate cada punto de la demanda de PDV USA y refiere que en lo relativo a las “Partes”, admite que David Rivera es el presidente y agente registrado de la empresa, pero niega que Diana Rivera McKenzie sea empleada o vicepresidenta de la compañía.

   Sostiene que presentó todos los informes requeridos y niega que el nivel de detalle de los mismos incumpliese los términos del contrato o que de otra manera no haya informado a PDV USA, Inc. de los esfuerzos realizados.

  Asegura que, en ningún momento, PDV USA expresó su descontento con el desempeño de Interamerican en virtud del acuerdo y, por el contrario, sostiene que la demandante demostró su satisfacción.

  Igualmente refiere que las declaraciones de David Rivera no connotan violación a los términos del acuerdo.

   Interamerican Consulting Inc., pues, niega todas las acusaciones contenidas en la demanda de PDV USA Inc. que se admiten en su respuesta.
   Su primera defensa afirmativa referida al incumplimiento de pago, refiere que PDV USA Inc. incumplió el acuerdo al no pagar y negarse a pagarle los montos adeudados.

   La segunda defensa asegura que PDV USA Inc. renunció a cualquier supuesto incumplimiento de Interamerican en el cumplimiento de sus obligaciones, al no objetar tal incumplimiento y no rescindir el contrato.

   La tercera defensa insiste en que PDV USA Inc., con conocimiento y consentimiento, ratificó y aceptó las actuaciones de Interamerican en virtud del acuerdo a pesar de cualquier supuesto incumplimiento.

  La cuarta defensa asevera que los reclamos del demandante están prohibidos por la doctrina del estoppel, la cual establece que nadie puede actuar en contra de sus propios actos.

  La quinta defensa, igualmente sostiene que los reclamos de PDV USA están prohibidas por la doctrina de laches, la cual expone que un derecho o reclamo legal no se hará cumplir ni se permitirá si una gran demora en hacer valer el derecho o reclamo perjudica a la parte adversa.

  La sexta defensa también se remite a otra doctrina, esta vez, la de las manos inmundas, para alegar que los reclamos están prohibidos.

  La séptima defensa refiere que los reclamos del demandante por enriquecimiento injusto fracasan porque existe un contrato expreso entre PDV USA e Interamerican.

  La octava defensa de Interamerican dice que los reclamos de PDV USA sobre mitigación de daños, están excluidos porque no mitigó sus supuestos daños.

  Interamerican Consulting Inc. pide a la Corte negar las demandas de PDV USA Inc. y emitir una sentencia a su favor otorgándole, además, cualquier otra reparación adicional a la que pueda tener derecho, o que el tribunal considere justa y apropiada.
Contrademanda

  En su respuesta, Interamerican Consulting Inc. procede a contrademandar a PDV USA Inc. y sostiene que el acuerdo se estableció en razón de que CITGO Petroleum Corporation buscaba desarrollar un plan estratégico para desvincular a la filial de su casa matriz Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA). Por ello habría ofrecido pagar USD 50 millones, la que consideró una tarifa razonable, dado que la estatura pública y empresarial de CITGO estaba en peligro.

  El contrato se suscribió el 21 de marzo de 2017 para que Interamerican brinde estos servicios de consultoría de planificación estratégica en beneficio de CITGO.

  Asegura que, en ningún momento, CITGO expresó su descontento con el desempeño de Interamerican y sólo hasta que la demandada se negó a permitir que el acuerdo fuera asignado por PDV USA a PDVSA, entonces experimentó alguna resistencia por parte de PDV USA para hacer los pagos adeudados.

  Interamerican se negó a la reasignación debido a que esto socavaría la recomendación estratégica de que CITGO enfatizara su identidad independiente de su matriz venezolana.

  En tal sentido, sostiene que, PDV USA, no Interamerican, violó el acuerdo y destaca que no le debe nada a la primera, sino, por el contrario, PDV USA adeuda el saldo de USD 30 millones.

  Alega Interamerican que la Corte del Distrito Sur de Nueva York carece de jurisdicción para que curse la demanda, toda vez que las partes son de distintos estados y el monto en controversia es superior a USD 75.000.

  Advierte que la contrademanda que presenta es obligatoria bajo Fed. R. Civ. Pág. 13 (a) porque surge de la transacción o el hecho que es el tema de la queja Enmendada de PDV USA y no requiere agregar otra parte sobre la cual la Corte no puede adquirir jurisdicción.

Los cargos de la contrademanda

  El primer cargo es por incumplimiento de contrato, en razón de que Interamerican Consulting Inc. habría prestado todos los servicios a PDV USA en beneficio de CITGO en virtud del acuerdo, pero solamente pagó USD 20 millones y se negó a pagar los USD 30 millones restantes.

  El segundo cargo es por enriquecimiento injusto, alegando Interamerican que PDV USA se ha enriquecido gracias a sus servicios.

  El tercer cargo por sentencia declaratoria, por cuanto Interamerican afirma que prestó los servicios requeridos bajo el acuerdo, lo que le da derecho a retener los USD 20 millones que PDV USA pagó previamente y reclamar el saldo restante de USD 30 millones.

  Interamerican Consulting Inc pide la realización de un juicio con jurado sobre todos los asuntos planteados en la contrademanda.

sábado, 27 de febrero de 2021

¿Por qué David Rivera sostiene que PDVSA no puede demandarlo ni la corte de Nueva York tiene jurisdicción para llevar el caso?

Por Maibort Petit 

  A través de un Memorando de respuesta, la empresa del excongresista de los Estados Unidos David Rivera, Interamerican Consulting, Inc. respalda sus mociones para desestimar la queja enmendada en su contra y reitera que la Corte del Distrito Sur de Nueva York carece de jurisdicción para llevar el caso y sostiene que PDV USA Inc. no tiene nada que reclamarle.

  Asegura Interamerican que PDV USA cedió sus derechos de ejecución a su matriz, la estatal petrolera Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), la cual es la “verdadera” beneficiaria y parte del contrato, a pesar de que no era signatario ni mencionado en el acuerdo del 21 de marzo de 2017.

  PDV USA, refiere la demandada, no ha presentado nada que cambie ese hecho ni tampoco aborda el problema obvio de la situación y se limita a decir que la cesión de obligaciones requiere un acuerdo expreso.

  Agrega que PDV USA asignó sus derechos —incluido el derecho a hacer cumplir el contrato— y no sus obligaciones, pues si esa hubiera sido la intención —ceder derechos y obligaciones— la Cesión habría sido una "novación".

  En tal sentido, a criterio de Interamerican Consulting, el demandante sigue estando obligado a cumplir con el Acuerdo, pero no tiene derecho a hacerlo cumplir. Subraya que PDV USA tampoco tenía ese derecho cuando comenzó la demanda.

  Precisa que las afirmaciones post hoc de PDV USA de que no hubo cesión operativa, quedan desmentidas por la conducta de las partes, pues después de la Cesión, PDVSA hizo un pago no solicitado de USD 5.000.000 a Interamerican el 27 de octubre de 2017, en razón del acuerdo, lo que demuestra que la cesión tuvo lugar.

  Además, tres semanas antes de su Oposición — años después de la vigencia del Acuerdo— PDV USA se registró bajo la Ley de Registro de Agentes Extranjeros (FARA) señalando que en 2017 “devolvió a PDVSA” USD 35 millones (el monto exacto adeudado a Interamerican).

   Igualmente sostiene que este registro demuestra que fue PDV USA con quien David Rivera contrató y que el pago restante devuelto a PDVSA también demuestra el reconocimiento de la Cesión por parte del demandante y PDVSA.

PDV USA se equivoca

  A juicio de Interamerican Consulting, la regla 17 no rescata la falta de legitimación del demandante y, por tanto, PDV USA se equivoca en su interpretación de la ley.

  Refiere que PDV USA al manifestar que "[la cesión] puede afectar a quién posee el derecho a entablar una demanda" hace un mal enfoque de la ley, pues no tener derecho a presentar una demanda es un problema y la Regla 17 no proporciona remedio a esta situación porque requiere que al menos algunos demandantes tengan algún valor del Artículo III al comienzo de una demanda y si esto no ocurre la Regla 17 no puede aplicarse.

  También, agrega, malinterpreta la jurisprudencia que utiliza en sus alegatos.

Presidente ad hoc de PDVSA actuó sin autoridad

  Asegura Interamerican Consulting que PDV USA afirma falsamente que la demandada "no impugna la validez de la Rescisión", cuando, por el contrario, señaló que PDVSA es signatario de dicha Rescisión.

   Asevera que Luis A. Pacheco, quien firmó como presidente “ad hoc” de PDVSA, actuó sin autoridad, pues el estatuto venezolano que crea la junta ad hoc de PDVSA, promulgada por la legislatura de Juan Guaidó, reconocida por Estados Unidos, no otorga autoridad para rescindir la Cesión y solamente otorga a la junta el poder de ejercer derechos como accionista de CITGO y no actúa en esa capacidad frente a la Rescisión.

Las sanciones impiden la adjudicación

  Manifiesta la demandada que la citación del demandante a las directrices de la OFAC es inadecuada y confirma que elude directamente las sanciones OFAC FAQ 808 referidas al inicio de una demanda por una entidad no bloqueada contra entidades bloqueadas o activos bloqueados.

  Interamerican sostiene que eso es lo contrario de este caso que comenzó por una subsidiaria de una entidad sujeta a sanciones contra una entidad estadounidense no sancionada.

Lo político

   Refiere la demandada que el demandante intenta agitar la doctrina de la cuestión política reiterando su interpretación errónea del régimen de sanciones.

  Apunta que la decisión del Poder Ejecutivo de impedir que PDVSA reciba algún beneficio monetario de una entidad estadounidense ha sido tomada y el tribunal no puede cuestionarla.

Alegatos insuficientes

  A criterio de Interamerican Consulting, el demandante no alega incumplimiento de contrato y no alegar insatisfacción implica que PDV USA no niega que no notó oportunamente su supuesta insatisfacción, pero en cambio, afirma que la responsabilidad de satisfacer al demandante recaía en Interamerican, lo cual es absurdo.

 Estima contradictorio que, por un lado PDV USA alegue incumplimiento por parte de Interamerican y, al mismo tiempo, declare que la demandada sí entregó unos informes.

  Del mismo modo, Interamerican refiere que el demandante no defiende su cumplimiento, pues afirma que dejó de hacer pagos debido al supuesto desempeño inadecuado de la demandada, pero no alega causalidad entre informes supuestamente "perdidos" y la falta de pago.

  Igualmente, PDV USA omite la referencia al pago no solicitado de USD 5 millones de PDVSA después de la Cesión, del cual nunca informó al tribunal.

  Interamerican Consulting destaca que PDV USA no alega daños y reconoce el incumplimiento de las condiciones precedentes. El demandante admite tácitamente que no alegó el cumplimiento de las condiciones precedentes. Tampoco PDV USA no alega la indemnización y se limita a manifestar su disposición a buscar daños y perjuicios que no están disponibles bajo una teoría de incumplimiento del contrato, a saber, 'gastos, costas judiciales y honorarios de abogados'”.

  Remata Interamerican diciendo que PDV USA no alega enriquecimiento injusto ni un reclamo de sentencia declaratoria.

   Por todo esto, Interamerican Consulting considera que sus mociones para desestimar la denuncia deben aceptarse.