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jueves, 22 de diciembre de 2022

David Rivera niega ser agente del régimen de Nicolás Maduro, queda libre bajo fianza

  A su vez, Esther Nuhfer, socia del excongresista, solicitó más tiempo al tribunal para buscar un nuevo abogado y financiamiento.

Por Maibort Petit

  El excongresista de los Estados Unidos, David Rivera, negó tajantemente ser un agente de Nicolás Maduro, tal como lo afirma la Fiscalía del Distrito Sur de la Florida que lo acusa —junto a su socia, Esther Nuhfer— ante el tribunal homónimo, de delitos de lavado de dinero y conspiración para cabildear a favor del dictador venezolano y su régimen.

  La aseveración de Rivera tuvo lugar el 20 de diciembre del presente 2022, durante la presentación inicial de su caso en el Tribunal del Distrito Sur de Florida. Tras enfrentar una causa civil en la Corte del Distrito Sur de Nueva York, la evidencia de este caso permitió acusarlo penalmente en razón de que ni Rivera ni su empresa Interamerican Consulting Inc. cumplieron con la ley que los obligaba a registrarse como agentes de un gobierno extranjero. 

  La demanda en Nueva York acusa al exparlamentario y su empresa de incumplimiento de contrato, al supuestamente no haber diligenciado como lo establecía el acuerdo en favor de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) y el régimen de Maduro ante instancias del gobierno de EE. UU. a objeto de evitar sancionados. Rivera recibió USD 15 millones de una total de USD 50 millones que era el precio del contrato[1].

  A la salida de la audiencia de presentación, Rivera aseguró que la acusación del gobierno es completamente falsa y absurda pues, como sostiene, “He pasado toda mi vida adulta luchando por la libertad y la democracia no solo en Cuba sino también durante muchos años en Venezuela. Y esperamos demostrarlo en los tribunales”.

  Durante la audiencia de este 20 de diciembre la lectura de cargos se pospuso hasta el próximo 23 de enero de 2023 a objeto de que los acusados puedan contratar los servicios de un abogado.

  El juez Jonathan Goodman fijó en USD 200.000 la fianza a David Rivera, similar a la que le otorgó la corte federal de Atlanta cuando fue arrestado en el aeropuerto a expensas de esta causa el pasado 5 de diciembre. De acuerdo a lo estipulado en la fianza, sobre Rivera se impone un toque de queda que rige entre las 8 de la noche y las 6 de la mañana y le permite viajar por el sur de Florida, Orlando, Manhattan, Washington, D.C. y Atlanta, donde reside su familia.

  Rivera sostiene que no es agente del régimen de Nicolás Maduro pues no trabaja para él, sino para CITGO Petroleum Corporation, una empresa registrada en los Estados Unidos, la cual es filial de PDVSA. Sus abogados temporales aseguran que no había obligación de registrarse ante las autoridades gubernamentales de EE. UU., por cuanto su representado no es un agente del gobierno venezolano o de Nicolás Maduro. “No hay una pizca de verdad, ni una pizca de verdad, en esa acusación. David Rivera es inocente”, aseguró la defensa.

Nuhfer pide más tiempo

  Philip L. Reizenstein, de la firma Reizenstein and Associates, en representación de Esther Nuhfer, presentó ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, una moción enmendada para establecer una nueva fecha para la lectura de cargos e informar a un nuevo abogado.

  Explica que el 8 de diciembre de 2022, Nuhfer fue liberada con una fianza personal de USD 200.000 firmada conjuntamente por su esposo y asegurada por su casa en Miami, Florida. 

  El tribunal fijó la lectura de cargos e informe de oficio para el 22 de diciembre de 2022, pero Esther Nuhfer advierte que en razón de que la Corte emitió una orden de protección ex parte sobre los bienes inmuebles y su cuenta de corretaje que le prohíbe vender y gravar tres de sus propiedades, esta se ve significativamente afectada.

 Informa la moción que, alternativamente, Nuhfer se encuentra haciendo arreglos financieros para asegurarse un abogado permanente por lo que requiere unos 30 días para finalizar su presentación.

  Nuhfer renunció a su derecho a un juicio rápido en virtud de la Ley de Juicio Rápido, así como también renunció a su derecho a “una lectura de cargos rápida”, en razón del tiempo que necesita para conseguir un abogado.

  La acusada apeló a la Sexta Enmienda de la Constitución de los EE. UU. que garantiza su derecho a un abogado en interés de la justicia.

  Se indica que Esther Nuhfer informó acerca de esta moción al fiscal federal adjunto, Harold Shimkat, quien afirmó que el gobierno no se opone a esta moción


[1] Venezuela Política. “El excongresista David Rivera, ligado a la corrupción de Maduro, comparecerá ante un juez de la Florida que lo procesará por delitos federales”. 15 de diciembre de 2022. https://www.maibortpetit.info/2022/12/el-excongresista-de-florida-david.html



jueves, 15 de diciembre de 2022

El excongresista David Rivera, ligado a la corrupción de Maduro, comparecerá ante un juez de la Florida que lo procesará por delitos federales

  Una demanda civil en una corte de Nueva York tuvo sus repercusiones en el Tribunal del Distrito Sur de Florida donde el exintegrante de la Cámara de Representantes enfrenta cargos de lavado de dinero y por cabildear ilegalmente a favor del régimen de Nicolás Maduro.

Por Maibort Petit
  Para el próximo 20 de diciembre está pautada la presentación inicial del excongresante republicano, David Rivera, ante un juez del Tribunal de Distrito Sur de Florida, donde cursa una acusación penal en su contra. El exrepresentante de Florida entre 2011 y 2013, fue arrestado en el aeropuerto de Atlanta, Georgia, el pasado 5 de diciembre de 2022, bajo acusación de delitos de lavado de dinero y conspiración para cabildear a favor del dictador venezolano, Nicolás Maduro y su régimen, así como por lavado de dinero. Poco después salió libre bajo fianza. 

    Rivera ha sido objeto de varias investigaciones federales, pero es la primera vez que se produce una acusación formal en su contra. Los fiscales lograron obtener parte de la evidencia que sustenta este caso, en la presentación de pruebas ordenada por el juez en una demanda civil que cursa en la corte del Sur de Nueva York en contra de su empresa, Interamerican Consulting Inc., interpuesta por PDV USA Inc., filial de Petróleos de Venezuela S.A., en la que se acusa el incumplimiento de contrato cuyo primeros pagos ($15 millones) terminaron saliendo de las arcas de CITGO. 
  PDV USA acusó al exparlamentario y su firma, de recibir USD 15 millones de un contrato con un precio total de USD 50 millones, sin que el mismo hubiese sido ejecutado. Ni Rivera ni su compañía habrían cumplido el trato que consistía en cabildear con funcionarios públicos de los Estados Unidos y agencias federales para evitar la imposición de sanciones contra PDVSA y miembros del régimen venezolano por parte de los EE. UU. Por su parte, Rivera contrademandó exigiendo la cancelación de los restantes USD 35 que completan el monto de la negociación.

 Aunque el cabildeo para un gobierno extranjero no es delito en EE. UU, las empresas que se dedican a ese oficio deben estar registradas ante la Ley FARA. La fiscalía acusa a Rivera de incumplir la norma porque no se registró como consultor del régimen venezolano y de la estatal PDVSA cuando firmó el contrato de representación y consultoría a favor de Maduro.

 La Ley FARA, (por sus siglas en inglés The Foreign Agents Registration Act) obligaba a Rivera a registrarse como agente extranjero y a divulgar de manera pública su relación con el mandatario extranjero. 

 La letra del contrato suscrito entre Interamerican y PDV USA, establecía que la primera debía cabildear ante el gobierno federal, el Congreso y agencias de EE. UU., en nombre de Venezuela, con el objetivo de obtener apoyo político que permitiera normalizar las relaciones entre Estados Unidos y el régimen de Nicolás Maduro. La tarea de Rivera, Intermarican, así como de Esther Nuhfer y su empresa Communications Solutions Inc. —igualmente beneficiarios de la negociación— era bregar para impedir que el entonces presidente Donald Trump impusiera sanciones contra PDVSA y los miembros de la dictadura venezolana. Ese objetivo no se logró.
  David Rivera argumenta que no violó la Ley Fara, pues el contrato que suscribió lo hizo con una empresa registrada en Estados Unidos.

  Ante una advertencia que su socia Esther Nuhfer le hizo, de que era necesario registrarse en FARA, Rivera respondió que ya era tarde para ello y que de hacerlo se convertiría en un gran escándalo, revelan unos correos electrónicos contenidos en la demanda[1].

  La acusación refiere que Rivera, para ocultar la naturaleza de sus negociaciones, se refería a Nicolás Maduro con el apelativo de “guaguero” (conductor de autobús en el argot cubano), en sus chat y comunicaciones sobre el asunto. 

  Los fiscales sostienen que Rivera procuró citas con funcionarios y legisladores de EE. UU. y que por lo menos una vez, viajó a Caracas a reunirse con el dictador venezolano.

  La demanda refiere que el contrato de la empresa de Rivera con PDV USA, solamente buscaba ocultar el trato directo con el régimen de Venezuela, entre quienes se destaca la figura de la actual vicepresidenta, Delcy Rodríguez.

 En la querella, los fiscales advierten que el objetivo de la conspiración ejecutada era que los acusados se enriquecieran de manera ilegal, participando en actividades políticas en los Estados Unidos en nombre del Gobierno de Venezuela y representando los intereses del Gobierno de Venezuela ante funcionarios del gobierno de los Estados Unidos, en un esfuerzo por influir en la política exterior de los EE. UU.  hacia Venezuela.

  Raúl Gorrín sería el enlace entre Rivera y el régimen de Maduro y se dice en el documento que Senador 1, cuyo nombre no aparece mencionado, también tuvo dos encuentros con Rivera y allí este le habría dicho que Gorrín le informó que Nicolás Maduro estaría dispuesto a celebrar elecciones libres en Venezuela.

  Vale pena apuntar que señalamientos acerca de las vinculaciones de Rivera con el chavismo son de vieja data. Por ejemplo, en 2012, organizó un evento en el Congreso de los Estados Unidos en homenaje venezolanos. Tal actividad habría sido financiada presuntamente con fondos públicos venezolanos en pro de agentes del oficialismo, según determinó una investigación hecha por Univisión. Se trató de una celebración conmemorativa del primer grito de independencia de Venezuela de la corona española, llevado a cabo el 19 de abril de 2012[3]. 

  Se destacó el “reconocimiento” que Rivera hizo a quien es conocido como el “banquero del chavismo”, David Osío, propietario del Davos Financial Group[4]. En el acto, rivera entregó a los homenajeados la Medalla al Mérito del Congreso de EE. UU., un Certificado de Reconocimiento Congresional y la Bandera de Estados Unidos.

  Otro dato curioso acerca de Rivera data del año 2010, cuando durante una entrevista acusó a su oponente demócrata a las elecciones, Joe García, de ser una agente de la dictadura cubana que, para ese entonces, encabezaba Fidel castro. El para entonces candidato Rivera denunció que García se había convertido en un “agente de los intereses del régimen de Castro, por el hecho de que él (García) está cabildeando por concesiones unilaterales hacia el régimen cubano”[5].

 Quien usó como tarjeta de presentación ante su electorado en Florida, su lucha contra el comunismo dado sus orígenes, trabajaba en silencio a favor del comunismo imperante en Venezuela[6].

Oposición venezolana salpicada

  En su afán por zafarse de los señalamientos con que se le vincula con el chavismo, Rivera ha afirmado que el dinero recibido de CITGO como parte del pago del contrato, es decir los USD 15 millones, fue a parar a la oposición venezolana como financiamiento a las protestas contra Maduro ocurridas en 2017.

 Rivera sostiene que supuestamente entregó parte de los USD 15 millones a Leopoldo López y a su esposa, Lilian Tintori. Estos negaron la acusación y amenazaron con demandar a Rivera, pero hasta la fecha no se ha interpuesto ninguna querella en los tribunales de Estados Unidos sobre este caso en particular. 

 Rivera también dijo en otra ocasión que del dinero debían dar cuenta los llamados 6 de CITGO: José Pereira, José Zambrano, Gustavo Cárdenas, Jorge Toledo, Alirio Zambrano y Tomeu Vadell[7].
  
   En la demanda contra Rivera aparecen señalados dos individuos, que  son diputados a la Asamblea Nacional de Venezuela (2015). En la acusación no aparecen los nombres de los políticos opositores que habrían acudido a las reuniones con David Rivera y Raúl Gorrín, propietario de la televisora Globovisión y Seguros La Vitalicia, que está buscado por la justicia de EE. UU. por diferentes delitos y se encuentra en estatus de fugitivo. 

 Raúl Gorrín es una figura clave en el caso de Rivera y sus correos electrónicos y mensajes de celular aparecen en las comunicaciones entre  el excongresista de EE. UU. y Esther Nuhfer, según lo revelan los fiscales y las evidencias presentadas en la corte en la demanda contra Interamerican Consulting Inc.

  Los mensajes revelan que Interamerican Consulting pagó parte del dinero recibido de CITGO a Gorrín, y que los pagos de la filial de PDVSA en EE. UU. fueron amparados contratos ficticios por supuestos servicios prestados.

  Los abogados de PDV USA dijeron que parte de los fondos pagados por CITGO a la empresa de David Rivera, USD 3,75 millones, fueron direccionados a Interglobal Yacht Managment LLC, una compañía que administraba los yates de Raúl Gorrín. Esta operación se habría pretendido enmascarar con un subcontrato de servicios de consultoría estratégica internacional, pero el administrador de la empresa de yates se negó a firmar el contrato retroactivo a marzo de 2017. Posteriormente, se quiso presentar el pago bajo el alegato de que Gorrín actuó, supuestamente, como abogado consultor de Interamerican.

Gorrín, tenido por la justicia como prófugo, figura en varias causas judiciales que cursan en tribunales de los Estados Unidos[9].

Toca esperar ahora qué determinará sobre Rivera la Corte de Florida.






































































[1] Venezuela Política. “El arresto de exrepresentante de Florida, David Rivera y a su socia: Ambos fueron consultores de Nicolás Maduro y cobraron millones”. 5 de diciembre de 2022. https://www.maibortpetit.info/2022/12/el-arresto-de-exrepresentante-de.html



[2] El Nuevo Herald. “Arrestado ex legislador Rivera trabajaba en secreto para Maduro, dice acusación”. 7 de diciembre de 2022. https://www.elnuevoherald.com/noticias/america-latina/venezuela-es/article269681841.html#storylink=cpy



[3] Business Wire. “Recognition to a Select Group of Venezuelans; David Osío Receives Important Recognition in Washington”. 18 de abril de 2012. https://www.businesswire.com/news/home/20120418006942/en/Recognition-to-a-Select-Group-of-Venezuelans-David-Os%C3%ADo-Receives-Important-Recognition-in-Washington-DC



[4] Armando Info. “El diminuto banco de venezolanos en Dominica que no gustó al Bank of China”. 7 octubre 2020. https://armando.info/el-diminuto-banco-de-venezolanos-en-dominica-que-no-gusto-al-bank-of-china/



[5] Naples Daily News. “VIDEO Florida race for Congress: David Rivera labels Joe Garcia an agent of Fidel Castro”. 9 de noviembre de 2010. https://archive.naplesnews.com/news/video-florida-race-for-congress-david-rivera-labels-joe-garcia-an-agent-of-fidel-castro-ep-393943909-343223112.html/



[6] El Diario. “Ex congresista Republicano asesoraba a Maduro: PDVSA ahora lo demanda”. 16 de mayo de 2020. https://eldiariony.com/2020/05/16/ex-congresista-republicano-asesoraba-a-maduro-pdvsa-ahora-lo-demanda/



[7] Venezuela Política. “Juicio de empresa de David Rivera revela trama corrupta de políticos venezolanos en Miami”. 24 de enero de 2022. https://www.maibortpetit.info/2022/01/juicio-de-empresa-de-david-rivera.html



[8] Venezuela Política. “CITGO pagó a David Rivera los $15 millones para cabildear a favor de PDVSA (Nicolás Maduro) en los EE. UU.”. 15 de mayo de 2020. https://www.maibortpetit.info/2020/05/exclusiva-citgo-pago-david-rivera-los.html



[9] Venezuela Política. “Caso PDV USA en Nueva York: David Rivera entregó a Raúl Gorrín $3,75 millones del pago hecho por CITGO por un contrato de consultoría para 'mejorar la imagen de PDVSA' en Washington DC”. 7 de abril de 2022. https://www.maibortpetit.info/2022/04/caso-pdv-usa-en-nueva-york-david-rivera.html

lunes, 5 de diciembre de 2022

El arresto de exrepresentante de Florida, David Rivera y a su socia : Ambos fueron consultores de Nicolás Maduro y cobraron millones

  En los chats, Rivera llamaba a Nicolás Maduro "el guaguero" (chofer de autobús)

Por Maibort Petit
  El exrepresentante de Florida David Rivera fue arrestado este lunes por las autoridades federales, tras ser acusado de delitos de conspiración para cabildear para el régimen de Nicolás Maduro y lavado de dinero.  El arresto se produjo en el estado de Georgia.
   Una demanda civil previa, interpuesta por PDV USA en Nueva York argumentó que la firma del acusado, Interamerican Consulting Inc, firmó un contrato por $50 millones con PDVSA para evitar que EE. UU. impusiera sanciones contra la petrolera y la élite del gobierno venezolano, pero dicha consultoría no se efectuó por lo que la empresa PDV USA aspira a que Rivera reintegre los $15 millones que pagó de manera irregular la filial de la petrolera estatal venezolana en EE. UU., CITGO pagó a sus empresas.
   De acuerdo a la acusación revelada por el Departamento de Justicia, David Rivera y la exconsultora Esther Nuhfer (con quien ha sostenido una relación sentimental) conspiraron al trabajar para un gobierno extranjero sin haberse registrado ante el gobierno de EE. UU, como cabilderos, y además realizaron transacciones financieras, incluyendo lavado de dinero, violando las leyes federales estadounidenses.
   Según la acusación, Rivera y Neufer conspiraron con el propósito de enriquecerse ilegalmente, acordando con un gobierno extranjero (Venezuela) y participando en su nombre, en actividades de consultoría políticas en los Estados Unidos, representando intereses del gobierno de Venezuela ante funcionarios norteamericanos, en un esfuerzo por influir en la política exterior estadounidense.

  Los fiscales indicaron en la acusación que Rivera "no cumplió con el requerimiento de registrarse como consultor de un gobierno extranjero", cuando acordó, bajo contrato, trabajar para Petróleos de Venezuela, representando al régimen de Nicolás Maduro. Cualquier trabajo que Rivera hiciera para PDVSA requeriría que se registrara como agente extranjero, tal cual lo establece la Ley FARA, ( por sus siglas en inglés The Foreign Agents Registration Act).

   La ley FARA, aprobada en 1938 en Estados Unidos, exige que los agentes que trabajan para un gobierno extranjero, que participan en actividades políticas, divulguen públicamente su relación con el mandante extranjero.

  La acusación establece que a partir de 2017, PDVSA contrató a la empresa de David Rivera, Interamerican Consulting Inc y a su asociada Esther Nuhfer, para cabildear ante el gobierno federal, el Congreso y agencias de Estados Unidos, en nombre de Venezuela y obtener apoyo político para normalizar las relaciones entre EE. UU. y el régimen de Nicolás Maduro.

   En la acusación aparecen involucradas dos empresas de consultorías: Interamerican Consulting Inc y Communication Solutions.
  
    Asimismo, la demanda señala que Rivera, "en su interés por mejorar la imagen de Venezuela", estableció  reuniones con un 1 Senador del estado de la Florida, un representante al Congreso de Texas, y un asesor de la Casa Blanca. Los encuentros se realizaron en Washington DC.
     
     En el documento de 34 páginas se menciona a Nicolás Maduro, a la vicepresidente del régimen venezolano, Delcy Eloina Rodríguez, un empresario (Raúl Gorrín), a una empresa de servicios de yates de lujo del sur de la Florida, un abogado y dos miembros de la Asamblea Nacional de Venezuela.

   La acusación dice que se celebraron dos reuniones con el senador de Florida en Washington D.C. en julio de 2017 para discutir un posible acuerdo con el régimen de Maduro en el que aceptaría un acuerdo para celebrar elecciones libres y justas en Venezuela.

   Los cargos muestran una serie de transacciones que se resumen en el siguiente cuadro:


      En la querella aparecen una serie de diligencias hechas por Rivera, que buscaba evitar que el entonces presidente Donald Trump impusiera sanciones contra PDVSA, y las cabecillas del régimen de Maduro. En su afán por tratar que las sanciones no se materializaran, David Rivera gestionó reuniones con un senador de la Florida, un representante de Texas y un asesor de la Casa Blanca. Tal como se evidencia con hechos, Rivera no logró su cometido.

  Los fiscales explican que Rivera propuso reuniones donde estuvieron presentes representantes del régimen de Maduro, incluyendo una reunión que se realizó en Nueva York, donde estuvo presente la vicepresidente de Venezuela, Delcy Rodríguez.

   Aparece referenciada una carta de Rodríguez donde se deja clara que había una relación de Rivera, y en su calidad de cabildero este propondría ante las altas autoridades del gobierno federal una propuesta de Nicolás Maduro en la que supuestamente se comprometía a realizar elecciones libres y transparentes. Esto ocurrió en 2017. En Venezuela se efectuaron comicios en 2018, en los cuales Maduro se declaró ganador, y su victoria no fue reconocida por la Comunidad Internacional.

   En el trabajo de lobby de Rivera se quiso vender la posibilidad que con el acercamiento de Maduro con la nueva administración se podía evitar una crisis mayor.
    
     En EE. UU. cabildear para un gobierno extranjero no es delito si se cumplen con todos los requerimientos exigidos y se dejan claras las cuentas de los fondos que reciben los lobistas por el servicio prestado. En el caso de Rivera y Esther Nuhfer, las dos empresas Interamerican Consulting Inc o Communications Solutions Inc, estaban violando la regla, porque la ley FARA obligaba a estar inscritas ante el Departamento de Estado de EE. UU. antes de actuar en nombre y a favor de los intereses de otro país en suelo norteamericano y ante las instituciones públicas.

   En la demanda aparecen una serie de correos electrónicos titulados "contratos FARA" donde se advierte que deben estar inscritos, pero Rivera, en una de las respuestas a Nuhfer dice que era un poco tarde para ello, pues si lo hacían, sería un escándalo mayúsculo por las políticas que el presidente Trump ya había tomado contra Maduro y PDVSA.

Otra demanda en NY sembró las dudas sobre Rivera

    En la demanda civil que se interpuso en contra de la empresa de Rivera, Interamerican Consulting se pudo determinar que a través de las cuentas de CITGO, PDVSA pagó al acusado los $15 millones para cabildear a favor de PDVSA y de Nicolás Maduro en los EE. UU. 
  Una demanda por incumplimiento de contrato  fue interpuesta ante la Corte del Distrito Sur de Nueva York el 13 de mayo de 2020.  En la querella,  PDV USA buscaba que Interamerican Consulting Inc,  devolviera al menos $15 millones (más intereses) por servicios 'de cabildeo' que no prestó y que estaban especificados en un contrato firmado por empresa registrada en la Florida con el régimen de Nicolás Maduro en 2017.  

  Rivera, quien ha sido investigado por el FBI por otras situaciones irregulares, dijo luego al Miami Herald que: “Todos esos fondos fueron a la oposición para protestas contra Maduro en el verano de 2017. Nunca vi un centavo de eso. Eso es todo lo que sé"(2). 

  Rivera agregó al Nuevo Herald que la administración Trump, incluido el Consejo de Seguridad Nacional y el Departamento de Estado, "estaban al tanto de todo".

  No está claro cómo el gobierno liderado por Maduro eligió a Rivera para ayudar a apuntalar la imagen de su filial petrolera en los Estados Unidos. 


  Una fuente interna de CITGO dijo a Venezuela Política en mayo 2020 que en marzo de 2017, ocurrió un acontecimiento en la sede de CITGO en Houston, que generó reacciones de varios de los que velaban por el acatamiento y cumplimiento de las normas de Compliance o cumplimiento de la corporación y que tenían la obligación [imprescindible] de garantizar que CITGO cumplieran todas las obligaciones legales.

  Por aquel entonces, se presentaron unas facturas para justificar un pago un total de $15 millones (tres facturas de $5 millones cada una) a favor de Interamerican Consulting Inc. Lo primero que llamó la atención fue la calidad de las 'facturas', que a decir de muchos— eran simples papeles, sin los requerimientos mínimos esenciales para poder pagarlas".  A todas luces se veía que "era una operación de la lavado de dinero", sostuvieron  dos fuentes internas de CITGO, consultadas en condición de anonimato debido a la persecución a la que está sometido el personal de la filial de PDVSA en Estados Unidos.

   Las tres facturas "por servicios profesionales" eran por el monto de $5 millones cada una, para un total de $15 millones, y "se pagó por una orden de arriba". Para ese momento, José Pereira (uno de los presos que fue intercambiado por los sobrinos de Cilia Flores y Nicolás Maduro) era el vicepresidente de Finanzas y fue quien ordenó a Gina Coon ( ahora extesorera) que pagara la cuenta porque era una orden del CEO de CITGO, Nelson  Martínez (fallecido en custodia del Estado venezolano en diciembre de 2018). El jefe de Servicio de Compliance era Rick Esser. 

  CITGO pagó las facturas a la empresa del excongresista David Rivera, y "todos aquellos que se quejaron fueron removidos de sus puestos de trabajo". La aprobación de los pagos de $15 millones violó todas las reglas de la empresa y es una razón suficiente para que haya sanciones legales. 

  Los récords muestran que CITGO emitió 3 pagos de $5 millones cada uno; las transferencias bancarias se hicieron a la cuenta de David Rivera (Interamerican Consulting) se enviaron en 3/24/2017; 04/10/2017 y 04/19/2017. Es decir se pagaron $15 millones en menos de cuatro semanas (27 días),  "por lo que se evidenció que había una intención corrupta de sacar $50 millones de CITGO de una manera expedita", comentó una fuente vinculada al caso, quien agregó que con la aprobación de dichas operaciones por parte de CITGO, "José Pereira y Gina Coon violaron todos los controles de revisión y autorización con este contrato y sus facturas relacionadas".

   El Departamento de Justicia de los Estados Unidos investiga esta operación entre otras que se cometieron durante la presidencia de Nelson Martínez para favorecer al régimen de Nicolás Maduro.

Leer nota completa aquí.


lunes, 12 de septiembre de 2022

Interamerican pide al Tribunal obligar a PDV USA a responder cuestionario sobre el contrato con la empresa de David Rivera

  La empresa demandada no está conforme con las respuestas ofrecidas e insiste ante la Corte en su pedido.

Por Maibort Petit

   El 29 de junio de 2022, Jason W. Johnson, abogado de Byrd Campbell P.A., en representación de Interamerican Consulting Inc., remitió al juez Robert E. Lehrburger, titular de la causa en el Tribunal  del Distrito Sur de Nueva York, una carta-moción para solicitar una conferencia previa a la moción para resolver una disputa de descubrimiento entre las partes. Explicó que la demandante PDV USA se ha negado a proporcionar respuestas adecuadas a varios de los Interrogatorios que les han formulado, y presenta documentos relevantes relacionados con la contratación de PDV USA de firmas de relaciones gubernamentales de terceros.


  El abogado Johnson acusó que PDV USA se ha negado a responder preguntas básicas sobre su supuesta insatisfacción con el desempeño de Interamerican en virtud del contrato, la participación del Departamento de Justicia en la presentación de esta demanda y la contratación de firmas consultoras externas que Interamerican recomendó como parte de sus servicios —para separar a PDV USA de su filial extranjera y mejorar su posición en los Estados Unidos. También le refirió al juez que PDV USA se ha negado a presentar documentos relacionados con la contratación de firmas consultoras externas, a pesar de sus afirmaciones anteriores de que realizaría búsquedas de estos documentos.

  Le subraya al magistrado que PDV USA nunca identifica ninguna comunicación con respecto a su supuesta insatisfacción con el desempeño de Interamerican o, incluso, si existe tal comunicación. Por ello, se debe obligar a PDV USA a identificar cualquier documento o comunicación que revele su supuesta insatisfacción con el presunto incumplimiento de Interamerican.

  Del mismo modo se le refiere al juez que en la pregunta N° 11 que requiere la identificación de la persona o personas del Departamento de Justicia con la que se habría reunido, tal como lo refiere en la presentación del DOJ.

  Se indica que "PDV USA declara que ninguna persona dentro de ninguna entidad de PDV consultó, se reunió, discutió o se comunicó de alguna manera con el DOJ". Interamerican le refiere al juez que definió originalmente el término “entidades de PDV” como “PDV USA, Junta Ad Hoc de PDVSA, PDV Holding, Inc. y cualquier otra subsidiaria o afiliada de PDV en el mundo”. Sin embargo, PDV USA modificó y limitó el término “entidades de PDV” en sus Respuestas y Objeciones para referirse únicamente a “PDV USA, los miembros del Consejo Ad Hoc de PDVSA y PDV Holding, Inc.”, omitiendo a PDVSA de su definición.

 Por tanto, Interamerican cree que debería obligarse a PDV USA a responder esta pregunta según la definición de Interamerican del término "entidades de PDV".

  Se la plantea al juez que PDV USA no puede alegar simultáneamente que Interamerican “no prestó ninguno de los servicios para los que fue contratada” y quejarse de que recopilar información relacionada con los servicios de Interamerican es “indebidamente oneroso”. PDV USA tampoco puede afirmar que el término “empresas de relaciones gubernamentales con terceros” es vago, ya que la pregunta 13 brinda ejemplos de empresas a las que se refiere.

Interamerican acusa inconsistencias de PDV USA

  El 6 de junio de 2022, Andrés Domingo es, del despacho Byrd Cambell que defiende los derechos de la demandada Interamerican Consulting Inc., remitió una comunicación a Brady M. Sullivan, abogado de la firma Willkie Farr & Gallagher LLP que representa a la demandante PDV USA Inc., para exponer las deficiencias en las producciones y respuestas al Segundo Conjunto de Interrogatorios.

 Interamerican pidió a PDV USA, a través del abogado, responder antes del 10 de junio de 2022, pues de lo contrario, asumirían “que las partes están en un callejón sin salida y actuaremos para obligar a los problemas planteados en esta carta”.

 En primer término se cita la pregunta N° 4 en la que se insta a la identificación de comunicaciones internas “sobre cualquier insatisfacción con el desempeño de Interamerican en virtud del Contrato”.

 Le refiere Interamerican a PDV USA que, en sus respuestas y objeciones, nunca identifica ninguna comunicación con respecto a su supuesta insatisfacción con el desempeño de Interamerican, o incluso si existe tal comunicación.  Subrayó que PDV USA sostiene que “no era el beneficiario previsto del Contrato” y, por lo tanto, “las comunicaciones (…) no habrían ocurrido ‘dentro’ de PDV USA”.

 Una declaración que es contraria a las alegaciones en la Demanda modificada de que (1) “Pío González, un empleado de PDVSA, fue identificado en el Acuerdo como el ‘representante autorizado’ de PDV USA (…) y se le enviaron los dos informes de avance que produjo Interamerican;” (2) “Interamerican no proporcionó los servicios y entregables establecidos en el Acuerdo”; (3) "Interamerican no realizó ningún servicio 'a entera satisfacción de PDV USA'"; y (4) "PDV USA no estaba y no está satisfecho con ningún servicio que pretenda prestar a PDV USA en virtud del Acuerdo".

 Para Interamerican es inexplicable que documentos y comunicaciones internas sobre la supuesta “insatisfacción” de PDV USA no existan dentro de la empresa que fue instruida para celebrar el Acuerdo y a su vez expresó su insatisfacción con el resultado, como lo demuestra el inicio de este litigio. 

  Advierte que en las respuestas de PDV USA a la solicitud de admisión de Interamerican, dice que “nunca expresó ninguna insatisfacción con el desempeño de Interamerican a Interamerican entre el 21 de marzo de 2017 y el 21 de junio de 2017”.

 Acusando inconsistencia, Interamerican refiere que, al referir que nunca expresó su descontento entre el 21 de marzo de 2017 y el 21 de junio de 2017 y luego afirmar que cualquier comunicación sobre su supuesto descontento no habría ocurrido dentro de PDV USA durante ese mismo período, PDV USA estaría admitiendo que Guillermo Blanco, presidente de PDV USA quien firmó el contrato en nombre de la empresa y José Pereira, el tesorero de que aprobó las facturas nunca se quejaron de la supuesta falta de desempeño de Interamerican entre las fechas citadas. “Si esa es su posición, ¿quién expresó su descontento con el desempeño de Interamerican en PDV USA? Por favor, aclare su posición”, remata.

 En cuanto a la pregunta N° 11 que apunta a la identificación de “la persona o personas dentro del Departamento de Justicia de los EE. UU. con quien alguien dentro de las entidades de PDV consultó.

  Se indica que PDV USA respondió y objetó bajo una interpretación restringida que esta pregunta al afirmar que "PDV USA declara que ninguna persona dentro de ninguna entidad de PDV consultó, se reunió, discutió o se comunicó de alguna manera con el DOJ". Se advierte que la Presentación del DOJ parece haber sido preparada por la Junta Ad Hoc de PDV y, por tanto, PDV USA presumiblemente tendría conocimiento contrario a su afirmación de que ninguna persona consultó con el DOJ.

   Alerta que dado que PDV USA creó unilateralmente en sus respuestas y objeciones el término “entidades de PDV”, esto haría que la respuesta de la demandante sea fuera insuficiente. Se explica que PDV USA definió el término “entidades de PDV” para referirse a PDV USA, los miembros de la Junta Ad Hoc de PDVSA y PDV Holding, Inc., pero omitió a PDVSA de su definición.

Apunta que de ninguna manera la solicitud de Interamerican en esta pregunta sea irrelevante, pues PDV USA ha inyectado la relevancia de las comunicaciones con el DOJ en esta demanda. Refiere que pese a que PDV USA trata de enmarcar el caso como una simple disputa contractual, la Demanda modificada está plagada de acusaciones de que el acuerdo en sí mismo es una "farsa" y han sugerido o acusado abiertamente a Interamerican de apropiación indebida de los fondos, lo cual es un propósito criminal o nefasto. Además de la afirmación de que la demanda se presentó después de consultar con el Departamento de Justicia. Ante esta situación, Interamerican pide a PDV USA, aclarar su posición.

 Respecto a la pregunta N° 13 que procura la identificación de “documentos, comunicaciones, reuniones, o todas y cada una de las comunicaciones, en las que se contraten firmas de relaciones gubernamentales de terceros (…) se discutió” y “personal de PDV USA o cualquiera de las entidades de PDV que estuvieron involucradas en estas comunicaciones” que también es calificada por la demandante como irrelevante, contradice lo planteado en la demanda.

  Explica Interamerican que PDV USA alegó que la demandada “(…) no proporcionó al CLIENTE consultoría estratégica (…);” “(…) no desarrolló ni trabajó con el CLIENTE para organizar e implementar una estrategia multifacética (…);” y "(…) no identificó oportunidades para construir relaciones a largo plazo entre terceros clave (…)”. En tal sentido, Interamerican recuerda que varias de las firmas de relaciones gubernamentales de terceros identificadas en el Interrogatorio fueron contratadas en relación con los servicios de Interamerican y alertó que PDV USA no puede alegar simultáneamente que Interamerican “no prestó ninguno de los servicios para los que fue contratada” y quejarse de que recopilar información relacionada con los servicios de Interamerican es “indebidamente oneroso”. Igualmente se aclara que PDV USA tampoco puede afirmar que el término “empresas de relaciones gubernamentales con terceros” es vago y ambiguo cuando la pregunta N°13 proporciona ejemplos de las empresas a las que se refiere.

  Debido a que los cuatro cargos de PDV USA contra Interamerican se basan en la afirmación de que los servicios eran “inexistentes”, cualquier documentación que responda a esta solicitud no solo es relevante, sino necesaria en la defensa de esta acción.

  Finalmente, Interamerican Consulting, en razón de que no está claro si PDV USA ha retenido documentos, instó que, así como ellos se encontraban produciendo todos los documentos que coinciden con los 34 términos de búsqueda propuestos, la demandada esperaba que, del mismo modo, la demandante, actúe de igual manera y presente todos los documentos retenidos por falta de respuesta.

  Llamó a PDV USA a responder a las deficiencias planteadas antes del 10 de junio de 2022 o, de lo contrario, asumirían que las partes están en un callejón sin salida y procederán a obligar.

lunes, 8 de agosto de 2022

Tribunal establece nuevo cronograma para el juicio entre PDV USA y la empresa del excongresista David Rivera, Interamerican Consulting

 El juez de la causa advirtió que no habrá más prórrogas.

Por Maibort Petit

     La Corte del Distrito Sur de Nueva York fijó las fechas del juicio de un caso que ha escandalizado a los venezolanos. En marzo de 2017, PDVSA, aún bajo el control total del régimen de Nicolás Maduro, contrató a la consultora del excongresista, David Rivera (Interamerican Consulting Inc) para mejorar la posición de la empresa en Estados Unidos. En 2020, una unidad de PDVSA bajo el control de la oposición, PDV USA, demandó a la firma, afirmando que recibió $15 millones de PDVSA pero no prestó servicios significativos. El demandado ha dicho que parte de los fondos los entregó al líder del partido Voluntad Popular. En medio del pleito legal, aparece como protagonista aparece un corrupto que es buscado por los Estados Unidos por diversas causas criminales.

   El objeto de la disputa es un supuesto contrato de asesoría cuyo precio era de USD 50 millones que comprometía a Interamerican Consulting Inc. a “desarrollar un plan estratégico para crear una identidad separada y distinta y desvincularse de su matriz final, Petróleos de Venezuela, SA”. De esa suma fueron cancelados USD 15 millones cuyo reembolso ahora reclama PDV USA, dado que la demandada no habría cumplido con lo pautado. Posteriormente, la acusada contra demandó y reclamó de PDV USA Inc. el pago del resto de la suma contratada inicialmente, es decir, USD 35 millones.

   En el centro de la demanda aparecen involucrados, Raúl Gorrín, un sujeto que se ha enriquecido a las sombras de Maduro y sus aliados, y que actualmente se encuentra el prófugo de la justicia y otros individuos entre quienes se menciona al líder opositor Leopoldo López, a su esposa Lilian Tintori y a otras personales que supuestamente sirvieron de intermediarias para la entrega y recibimiento de los fondos pagados por CITGO a la consultora de David Rivera.

Calendario sin prórroga

   El juez del Tribunal de Distrito del Distrito Sur de Nueva York, Robert W. Lehrburger, a cargo del proceso judicial en el que PDV USA Inc. demanda contra Interamerican Consulting Inc., aprobó la nueva propuesta de cronograma presentada por las partes en disputa.

   De este modo, se fijó para el 19 de agosto de 2022, la fecha límite para completar el descubrimiento de hechos, incluidas las declaraciones de los testigos de hecho que, anteriormente estuvo pautada para el 23 de junio de 2022, fecha en la que, por cierto, se adoptó la decisión.

  La misma fecha, 19 de agosto de 2022, también será el tope para modificar alegatos y/o incorporar partes adicionales. Como la anterior, esta diligencia tenía fecha límite de 23 de junio de 2022.

  Para el 2 de septiembre se fijó el plazo para servir informes periciales de apertura, un evento que anteriormente tenía fecha de 14 de julio de 2022.

 Será ahora el 16 de septiembre de 2022, el plazo para la entrega de informes periciales de refutación que antes tenía límite para el 4 de agosto de 2022.

  El 23 de septiembre de 2022 será ahora la fecha límite para completar declaraciones de expertos, un evento que antes debía realizarse antes del 18 de agosto de 2022.

  Para el 30 de septiembre de 2022 se estipuló el plazo para presentar las cartas previas a la moción para las mociones dispositivas, si las hubiere. Anteriormente, esta diligencia debía realizarse con tope de 25 de agosto de 2022.

  El 7 de octubre de 2022, será ahora la fecha límite para las respuestas a las cartas previas a la moción para las mociones dispositivas, un evento que antes debía realizarse hasta el 1 de septiembre de 2022.

 Las mociones de juicio sumario deberán presentarse el 4 de noviembre de 2022 y no el 3 de octubre de 2022, como estaba pautado anteriormente.

  La orden conjunta previa al juicio quedó establecida ahora para el 22 de noviembre de 2022 (o 21 días después de la decisión de cualquier moción dispositiva). Anteriormente, estaba fijada para el 24 de octubre de 2022.

 Las partes deben estar listas para el juicio con 48 horas de preaviso o después de 21 días de presentada la orden de instrucción conjunta.

 El juez Robert W. Lehrburger, ordenó este nuevo cronograma y advirtió que no habrá más prórrogas en ausencia de circunstancias convincentes.



lunes, 30 de mayo de 2022

David Rivera e Interamerican se escudan tras un contrato en el que Raúl Gorrín figura como su abogado, para impedir que se revelen conversaciones que darían cuenta de los fondos pagados por CITGO

  PDV USA sostiene que la supuesta relación abogado-cliente entre Rivera y Gorrín es ficticia.

Por Maibort Petit

   El pasado 26 de mayo del presente 2022, PDV USA Inc. presentó ante el juez magistrado Robert W. Lehrbürger del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, una Carta Moción para obligar a Interamerican Consulting a producir documentos relativos a la demanda que mantiene en su contra por incumplimiento de contrato.

  La empresa del excongresista de los Estados Unidos, David Rivera ha maniobrado de todas las maneras posibles para impedir que PDV USA acceda a las comunicaciones entre Rivera y Gorrín, así como con la consultora política, Esther Nüfher “a quien Interamerican pagó millones de dólares de los fondos pagados por CITGO, por supuestos servicios que fueron amparados por acuerdos de subcontratación ficticios”[1].

 Rivera e Interamerican alegan que estas comunicaciones están protegidas por el privilegio abogado-cliente, toda vez que, según ellos, Raúl Gorrín firmó un Acuerdo de Retención el 21 de marzo de 2017, para brindar asesoría respecto a las “complejidades legales de la relación de PDV USA con su última empresa matriz, Petróleos de Venezuela (PDVSA), y los mecanismos legales disponibles para el gobierno venezolano para ejercer influencia sobre varios sectores de su industria de petróleo y gas, en gran parte nacionalizada”.

  PDV USA acusa que estos contratos y la supuesta relación abogado-cliente es ficticia.

Interamerican pide negar la reparación a que aspira PDV USA

  El 18 de abril de 2022, los abogados Tucker H. Byrd y Jason Johnson, en representación de Interamerican Consulting, Inc., dirigieron una comunicación al juez Robert W. Lehrbürger en la que respondían a una carta presentada por PDV USA, Inc. en la que solicitaron una preconferencia de movimiento, en atención a la orden de la Corte del 13 de abril de 2022. La demandada pidió al Tribunal negar la reparación solicitada en la carta de PDV USA.

   Refirieron que dado que el tema principal para la consideración que el Tribunal quería establecer es si las comunicaciones de Interamerican a través de WhatsApp con Raúl Gorrín, son confidenciales. En este sentido indicaron que David Rivera, presidente de Interamerican, estuvo representado por Gorrín en relación con el acuerdo de consultoría del caso en el que el primero ejecutó un acuerdo de carta de retención del que, desafortunadamente, no tenía una copia.

  Sin embargo, de acuerdo al criterio de Byrd y Johnson, Interamerican retuvo comunicaciones con Raúl Gorrín mientras Interamerican intentaba localizar el Contrato de Retención, lo que ocurrió en la noche del 15 de abril de 2022.

  Los abogados explicaron que el Contrato de Retención muestra que Rivera contrató los servicios de Raúl Gorrín el 21 de marzo de 2017, expresamente en relación con el caso y sostuvieron ante el Tribunal, que aunque Gorrín es un abogado venezolano, la ley de privilegio de Nueva York aún se aplicaría, tal como lo establece la jurisprudencia que señala que cuando las comunicaciones privilegiadas hayan tenido lugar “en un país extranjero o involucraron abogados o procedimientos extranjeros, este tribunal se remite a la ley del país que tiene el 'predominante' o 'el interés más directo y apremiante' en si esas comunicaciones deben permanecer confidenciales, a menos que derecho extranjero es contrario al orden público de este foro” y que “El país con el interés predominante es 'el lugar donde se estableció la supuesta relación privilegiada' o 'el lugar en el que se centró esa relación en el momento en que se envió la comunicación'”.

  Tucker H. Byrd y Jason Johnson consideran que la ley de privilegio estadounidense es la que aplica, toda vez que se trata de un “caso de diversidad que involucra a dos empresas estadounidenses y una disputa sobre un contrato regido por las leyes de Nueva York; en otras palabras, la relación se centró en hechos que ocurrieron en los Estados Unidos, no en Venezuela. Más específicamente, se aplica la ley de Nueva York porque es el estado del foro”.

  Según los abogados de Interamerican, hay evidencia de la relación abogado-cliente, a pesar de que PDV USA sostiene que la relación con Gorrín era puramente transaccional. De acuerdo a su criterio, la evidencia más convincente de la existencia de esta relación abogado-cliente es el propio Acuerdo de Retención, el cual dejaría claro que Interamerican contrató los servicios de Raúl Gorrín para representarla en relación con el Contrato.

  Le expusieron Byrd y Johnson al juez Lehrbürger, que David Rivera “buscó la experiencia legal de Gorrín para navegar las complejidades legales de la relación de PDV USA con su última empresa matriz, Petróleos de Venezuela (PDVSA), y los mecanismos legales disponibles para el gobierno venezolano para ejercer influencia sobre varios sectores de su industria de petróleo y gas, en gran parte nacionalizada”.

  A la luz de la evidencia, los abogados instaron a la Corte a que le permita enmendar sus registros de privilegios, como prometió a PDV USA que lo haría, para representar adecuadamente la sustancia de la retención, a saber, mensajes de WhatsApp muchos de los cuales contienen comunicaciones de abogado-cliente claramente privilegiadas, lo que reafirma la necesidad de no producir estos mensajes. Explicaron que entre estos mensajes había discusiones sobre los intentos de PDV USA de asignar el Contrato y reuniones con los responsables políticos. Tal alivio permitirá a PDV USA evaluar el reclamo de privilegio por cada uno de los mensajes de WhatsApp retenidos.

  Agregaron que el único problema pendiente relacionado con las comunicaciones con Esther Nuhfer había quedado resuelto, pues si bien Interamerican se reserva el derecho de plantear cualquier argumento con respecto a sus comunicaciones privilegiadas con los abogados, reconoce que algunas comunicaciones privilegiadas identificadas en la Carta de moción de PDV USA fueron reveladas a terceros, a saber, Esther Nuhfer.

  Los abogados cuestionaron la caracterización de los hechos por parte de PDV USA dado que insiste en que Interamerican nunca prestó ningún servicio, cuando las pruebas del expediente muestran que la demandante sólo dejó de pagar  porque quería ceder el Contrato a PDVSA en Venezuela, lo que Interamerican se negó a hacer.

  Sostienen que el argumento de PDV USA de que Interamerican pagó a terceros con los fondos que recibió de PDVSA demostraría que la demandada nunca prestó ningún servicio es inútil, toda vez que esta ha afirmado que pagó estos fondos como honorarios de referencia en relación con la solicitud de sus servicios de consultoría. El presunto subcontrato al que hace referencia PDV USA en su Carta de moción entre Interamerican e Interglobal Yacht Management, LLC, consiste en gran parte en un lenguaje repetitivo, nunca se ejecutó y no refleja la intención de las partes.

Juez niega pedido de PDV USA

  El 19 de abril de 2022, Robert W.  Lehrbürger, juez del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, negó la solicitud de PDV USA para una conferencia previa a la moción sobre la identificación de Interamerican y la retención de ciertos documentos de conformidad con el privilegio abogado-cliente.

   El magistrado emitió la orden con sustento en la representación de Interamerican que proporcionará un registro de privilegios actualizado con información adicional sobre los documentos en cuestión, y que producirá documentos proporcionados a Esther Nufher.

  Se advierte que la orden se emite sin perjuicio de la renovación después de recibir un registro de privilegios revisado de Interamerican. Además, instó a que antes del 26 de abril de 2022, Interamerican presentara una traducción certificada del acuerdo de retención.

El Acuerdo de retención

  El 21 de marzo de 2017, Interamerican Consulting Incorporated y la firma Ramírez Gorrín Díaz perdomo y Asociados, suscribieron un Acuerdo de Retención en el cual la primera reconoce que ha tenido a Raúl Gorrín para representación y asesoramiento en relación con el “Contrato entre Interamerican Consulting Incorporated y PDV USA/CITGO Petroleum Corporation”.

   Entre otros aspectos, el contrato contempló que Interamerican estaba de acuerdo con: 

1) Informar al abogado de una manera verdadera  y completa acerca de los hechos del tema del cliente. 

2) Informar al abogado acerca de cualquier tipo de cartas, noticias o alguna otra información con respecto al tema del cliente. 

3) Consultar al abogado acerca antes consultar con otros abogados, especialmente con abogados que estuvieran envueltos o podrían ser afectados por el tema. 

4) Firmar documentos necesario, cuando el abogado lo pida, que permitan a este proceder con asesoramiento legal.

5) Firmar carta indicando cuando el cliente ha instruido al abogado a actuar de una manera contraria al consejo profesional del abogado y aceptando que el cliente no hará responsable al abogado por las consiguientes consecuencias. 

6) Informar al abogado si el cliente no estaría disponible por algún periodo de tiempo debido a enfermedad, vacación o alguna otra razón.

 7) Cooperar con el abogado y dar seguimiento a sus instrucciones.