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lunes, 17 de mayo de 2021

La enorme deuda con los bonistas pone el peligro el destino de los activos venezolanos en el extranjero

  Una decisión judicial respecto a la deuda que Venezuela mantiene con los tenedores de los Bonos Globales 2034, hace vislumbrar nuevas acciones contra las propiedades de la república extra fronteras.

Por Maibort Petit

   Un fallo emitido por la Corte del Distrito Sur de Nueva York a favor de ACL1 Investments LTD., ACL2 Investments LTD. y LDO (Cayman) XVIII Ltd., empresas tenedoras de Bonos Globales 2034, en el que se ordena a Venezuela el pago de capital e intereses vencidos, abre el camino para nuevos reclamos por ejecución de sentencia a través de los activos de la república en el extranjero, especialmente los que posee en el territorio de los Estados Unidos.
   La demanda la presentaron el 27 de septiembre de 2019 las empresas ACL1 Investments LTD, ACL2 Investments LTD, JORVIK Multistrategy Master Fund, L.P., LDO XVII Inc., Macrosynergy Trading Master Fund Limited, NN (L) Emerging Markets Debt (Hard currency); NN (L) Emerging Market Debts Opportunities; NN (L) Frontier Markets Debts (Hard Currency); York Capital Management, L.P; York Credit Opportunities Fund, L.P., York Credit Opportunities Investments Master Fund, L.P, y York Multi-Strategy Master Fund, L.P., en reclamo de pagos adeudados por dichos bonos desde enero de 2018.

   Se trata de los Bonos Globales de la serie ISIN No. US922646BL74 emitidos por Venezuela de conformidad con un Acuerdo con la Agencia Fiscal fechado el 6 de agosto de 1998 y modificado por primera vez el 14 de enero de 2004, con una segunda enmendada el 29 de septiembre de 2004.

La sentencia

   El juez del Distrito Sur de Nueva York, Louis L. Stanton, sentenció a favor de los demandantes ACL1 Investments Ltd., ACL2 Investments Ltd. y LDO (Cayman) XVIII Ltd. y en contra de la República Bolivariana de Venezuela, en la demanda en la causa en la que los primaron acusaron a la segunda de incumplimiento de contrato.

   En tal sentido, el magistrado estableció, respecto a ACL1 Investments Ltd. y sus reclamos por la emisión de 2004 con vencimiento en 2034 (ISIN US922646BL74), el impago por parte de Venezuela, del capital con vencimiento el 6 de diciembre de 2018 como consecuencia de la aceleración del endeudamiento por USD 57.215.000.

   Asimismo, ordenó el pago intereses sobre USD 57.215.000 de capital a una tasa de 9.375% anual calculada a partir del 13 de julio de 2020 hasta el 1 de diciembre de 2020, siendo dicho interés igual a USD 2.056.164,06.

   Asimismo, por falta de pago de seis pagos de intereses semestrales adeudados e impagos que vencieron el 13 de enero de 2018, el 13 de julio de 2018, el 13 de enero de 2019, el 13 de julio de 2019, el 13 de enero de 2020 y el 13 de julio de 2020, se ordenó el pago de intereses con vencimiento el 13 de enero de 2018, por USD 2.681.953,13, más intereses sobre el mismo a una tasa de interés simple del 9% anual a partir del 14 de enero de 2018 hasta el 1 de diciembre de 2020, siendo dicho interés igual a USD 696.352,60.

   Por impago de intereses con vencimiento el 13 de julio de 2018, ordenó la cancelación de USD 2.681.953,13, más por USD 576.656,66.

   Por impago de intereses con vencimiento el 13 de enero de 2019, ordenó el pago de USD 2.681.953,13, más intereses por USD 454.976,82.

   Por falta de pago de intereses con vencimiento el 13 de julio de 2019, ordenó pagar USD 2.681.953,13, más intereses por USD 335.280,88.

   Por falta de pago de intereses con vencimiento el 13 de enero de 2020, ordenó pagar USD 2.681.953,13, más por USD 213.601,03.

  Por impago de intereses con vencimiento el 13 de julio de 2020, ordenó pagar USD 2.681.953,13, más intereses por USD 93.243,79.

  Del mismo modo, el juez Stanton estableció que para cupones e intereses previos al juicio después del 1 de diciembre de 2020, Venezuela debe pagar USD 18.867,56 por día hasta la fecha en que se registre la sentencia en el expediente de la Corte.

La orden respecto a ACL2

  En lo que respecta al demandante ACL2 Investments Ltd., con respecto a su reclamo por la emisión de 2004 con vencimiento en 2034 (ISIN US922646BL74), el juez estableció el impago de capital con vencimiento el 6 de diciembre de 2018 como consecuencia de la aceleración del endeudamiento y ordenó el pago de USD 20.288.000.

   Del mismo modo ordenó a Venezuela pagar intereses sobre USD 20.288.000 de capital a una tasa de 9.375% anual calculada a partir del 13 de julio de 2020 hasta el 1 de diciembre de 2020, siendo dicho interés igual a USD 729.100,00.

   Por falta de pago de seis pagos de intereses semestrales adeudados e impagos que vencen el 13 de enero de 2018, el 13 de julio de 2018, el 13 de enero de 2019, el 13 de julio de 2019, el 13 de enero de 2020 y el 13 de julio de 2020, el juez ordenó, primero, el pago de intereses con vencimiento el 13 de enero de 2018, por USD 951.000, más intereses a la tasa del 9% anual de interés simple a partir del 14 de enero de 2018 hasta el 1 de diciembre de 2020, siendo dicho interés igual a USD 246.921,29.

  Por impago de intereses con vencimiento el 13 de julio de 2018, ordenó el pago de USD 951.000, más intereses a la tasa del 9% anual por USD 204.478, 03.

  Por falta de pago de intereses con vencimiento el 13 de enero de 2019, ordenó el pago de USD 951.000, más intereses por USD 161.331,29.

  Por impago de intereses con vencimiento el 13 de julio de 2019, ordenó pagar USD 951.000, más intereses por USD. 118.888,03.

   Por impago de un pago de intereses con vencimiento el 13 de enero de 2020, ordenó pagar USD 951.000, más intereses por USD 75.741,29

   Por impago de un pago de intereses con vencimiento el 13 de julio de 2020, ordenó pagar USD 951.000, más por USD 33.063,53.

   Igualmente, por cupón e intereses previos al juicio después del 1 de diciembre de 2020, el juez ordenó pagar USD 6.690,29 por día hasta la fecha en que se inscriba la sentencia en el expediente de la Corte.

Para LDO (Cayman) XVIII Ltd

  El juez Louis L. Stanton estableció respecto a la emisión de 2004 con vencimiento en 2034 (ISIN US922646BL74), el impago de capital con vencimiento el 6 de diciembre de 2018 como consecuencia de la aceleración del endeudamiento por USD 9.197.000.

   Ordenó el pago de intereses sobre USD 9.197.000 de capital a una tasa de 9.375% anual calculada a partir del 13 de julio de 2020 hasta el 1 de diciembre de 2020, siendo dichos intereses equivalentes a USD 330.517,19.

   Por impago de seis (6) pagos de intereses semestrales adeudados e impagos que vencen el 13 de enero de 2018, el 13 de julio de 2018, el 13 de enero de 2019, el 13 de julio de 2019, el 13 de enero de 2020 y el 13 de julio de 2020 ordenó el pago de vencidos el 13 de enero de 2018, por USD 431.109,38, más intereses a la tasa del 9% anual de interés simple a partir del 14 de enero de 2018 hasta el 1 de diciembre de 2020, siendo dichos intereses iguales a USD 111.934,89,

  Por impago de intereses con vencimiento el 13 de julio de 2018, ordenó pagar USD 431.109,38, más intereses a la tasa del 9% anual de interés simple a partir del 14 de julio de 2018 hasta el 1 de diciembre de 2020, siendo dichos intereses iguales a USD 92.694,42.

   Por impago de intereses con vencimiento el 13 de enero de 2019, USD 431.109,38, más intereses por USD 73.135,05.

  Por falta de pago de intereses con vencimiento el 13 de julio de 2019, ordenó pagar USD 431.109,38, más intereses por USD 53.894,58.

  Por falta de pago de un pago de intereses con vencimiento el 13 de enero de 2020, ordenó pagar USD 431.109,38, más por USD 34.335,20.

   Por falta de pago de intereses con vencimiento el 13 de julio de 2020, ordenó USD 431.109,38, más intereses por USD 14.988,43.

   También, para cupones e intereses previos al juicio después del 1 de diciembre de 2020, el juez ordenó pagar USD 3.032,86 por día hasta la fecha en que se registre la sentencia en el expediente de la Corte.