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domingo, 29 de octubre de 2023

Urgente: Juez de la Florida propone reducir la sentencia a la ex-tesorera corrupta de Venezuela, Claudia Díaz Guillén, condenada a 15 años de prisión por corrupción y lavado de dinero

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Por Maibort Petit

 Una enmienda a la normativa de sentencias en Estados Unidos puede lograr que la ex-tesorera Nacional de Venezuela y enfermera personal de Hugo Chávez, Claudia Patricia Díaz Guillén se beneficie de una amplia reducción de su sentencia de 15 años de cárcel, dictada luego que un jurado dictaminó su culpabilidad por delitos de lavado de dinero, sobornos y corrupción.

Foto cortesía del Departamento de Justicia de los Estados Unidos.

 Claudia Díaz Guillén y a su esposo, el capitán Adrián Velásquez, ex-jefe de la seguridad presidencial, que también fue condenado, podrían salir de la cárcel más temprano de lo previsto por el tribunal. 

 Según la orden del Juez de Distrito, Williams Dimitrouleas, Claudia Díaz Guillén puede beneficiarse de la parte B de la enmienda que realiza cambios relacionados con los delincuentes que no tenían antecedentes penales al momento de ser sentenciados.

 Dimitrouleas escribió que su despacho tiene una lista de personas que posiblemente son elegibles para beneficiarse de la Parte B de la Enmienda 821, entre quienes se encuentra Claudia Díaz Guillén.

 El oficio del juez señala que el 13 de diciembre de 2022, Díaz Guillén fue declarada culpable de conspiración para cometer lavado de dinero y de lavado de dinero.

"Las pautas de sentencia de la acusada se calificaron en un nivel de delito 34, categoría de antecedentes penales I, con cero puntos de antecedentes penales, para un rango de 151 a 188 meses. La acusada fue condenada a 180 meses".

 Más adelante, el magistrado sostiene que "unas pautas de sentencia revisadas con una reducción de dos niveles para cero puntos de antecedentes penales, se calificarían en un nivel de delito 32, categoría uno de antecedentes penales, para un rango de 121 a 151 meses".

  Si se aplicara la regla, Díaz Guillén podría ahorrarse unos 5 años de prisión apróximadamente.

 Dimitrouleas ordenó a los fiscales presentar una respuesta a la orden para explicar por qué el Tribunal 'no debería reducir la sentencia de la acusada, a partir del 1 de febrero de 2024'.

La respuesta de los fiscales

  El 25 de octubre de 2023, el Gobierno presentó una moción donde argumenta que la Corte carece de competencia para dictar una orden de reducción de sentencia según 18 U.S.C. ' 3582, mientras el caso se encuentra en apelación.

  El Tribunal solicitó una respuesta a Díaz Guillén, incluida cualquier aplicabilidad de la Regla 37.

El juez de Distrito no puede reducir la condena

 El gobierno de los Estados Unidos se opone a cualquier reducción de la condena de la extesorera, sentenciada a 180 meses de prisión por graves delitos de corrupción, lavado de dinero y recibimiento de sobornos.

 Los fiscales sostienen que la sentencia de Claudia Patricia Díaz Guillén  no debe reducirse de conformidad con la Parte B de Enmienda 821 a las Directrices de Sentencia de los Estados Unidos porque el tribunal no tiene competencia para considerar y dictar una orden que reduzca la sentencia de la Demandada ya que su caso está pendiente ante el Tribunal de Apelaciones del Undécimo Circuito.

Antecedentes de hecho y procesales

  El 15 de diciembre de 2020, un gran jurado federal emitió una acusación formal contra Díaz Guillén por dos cargos de conspiración para cometer lavado de dinero en violación de 18 U.S.C. § 1956(h), y en los cargos 9-10 con lavado de dinero en violación de 18 U.S.C. § 1956(a)(2)(A). 

   Estos cargos surgieron del papel de la acusada en un plan de soborno y lavado de dinero. Para promover la trama corrupta, Claudia Patricia Díaz Guillén y su esposo coacusado, Adrián José Velásquez Figueroa, buscaron enriquecerse ilegalmente y a sus co-conspiradores, aceptando pagos de sobornos, mientras la acusada era funcionaria del gobierno venezolano. Gracias al puesto de Díaz Guillén, los coacusados podían garantizar obtener ventajas comerciales indebidas, incluido la aprobación de contratos de cambio de divisas, para luego promover ese esquema de soborno a través de transacciones financieras que ocurrieron, en parte, en Estados Unidos.

  El 23 de diciembre de 2020, la imputada fue detenida en España en cumplimiento de orden de detención provisional. Se solicitó la extradición y el 13 de mayo de 2022 compareció ante el tribunal el imputado, habiendo sido extraditado de España.

 En el juicio, el Gobierno presentó pruebas que demostraron que el fugitivo y coacusado, Raúl Gorrín pagó más de 136 millones de dólares en sobornos al demandado, a través del coacusado Adrián Velásquez, para otorgarle a Gorrín acceso a la compra de bonos del Tesoro Nacional de Venezuela a un tipo de cambio favorable, resultando en cientos de millones de dólares de ganancias ilegales. 

 Los sobornos pagados a Díaz Guillén, a través del coacusado Velásquez, llegaron en forma de transferencias multimillonarias a cuentas controladas por Velásquez o que en última instancia las beneficiaban, y mediante la compra de artículos de lujo para Díaz Guillén y su esposo, incluido jets privados, yates y una empresa de moda de alta gama.

  El 13 de diciembre de 2022, después de un juicio, un jurado emitió un veredicto condenando a la acusada por los cargos 2 (conspiración para cometer lavado de dinero) y 10 (lavado de dinero). 

 El 19 de abril de 2023 la imputada fue sentenciada. Se dictó una sentencia enmendada el 21 de abril de 2023, que refleja 15 años de prisión, tres años de libertad supervisada, una evaluación de $200,00 y una multa de $75,000.00.

  Claudia Patricia Díaz Guillén presentó su aviso de apelación el 25 de abril de 2023 y su apelación fue transmitida el 26 de abril de 2023. 

 El recurso de apelación de Díaz Guillén está pendiente actualmente, según el expediente USCA número 23-11347. 

 El 4 de octubre de 2023, mientras se encuentra pendiente el recurso de apelación de la parte demandada, el Tribunal presentó la  Resolución para reducir la sentencia a Díaz Guillén. 

  Los fiscales federales advierten en la moción que la Corte de Distrito Federal no tiene competencia para considerar y dictar una orden que reduzca la sentencia de Díaz Guillén, de conformidad con la Parte B de la Enmienda 821 a las Pautas de Sentencia de los Estados Unidos porque el Tribunal de Apelaciones del Undécimo Circuito actualmente tiene jurisdicción sobre el caso de la Demandada con base en sobre su apelación pendiente. 





martes, 11 de abril de 2023

La enfermera y el guardaespaldas de Hugo Chávez serán sentenciados en EE. UU. el próximo lunes 17 de abril

  La pareja de exfuncionarios corruptos enfrenta una pena máxima de 20 años en prisión. 

Por Maibort Petit

   El próximo lunes 17 de abril serán sentenciados en la Corte Federal de Fort Lauderdale en Florida, Claudia Díaz Guillén y su marido, Adrián Velázquez Figueroa, la enfermera ( y ex-tesorera de Venezuela)y el escolta del fallecido Hugo Chávez, que fueron declarados por un jurado en diciembre de 2022 por delitos de corrupción y blanqueo de capitales.

  Claudia Díaz Guillén y Adrián Velázquez Figueroa fueron declarados culpables por cargos de conspiración de lavado de dinero relacionados con un esquema ilegal de cambio de moneda extranjera que generó $ 100 millones en ganancias, que se usaron para comprar yates, aviones privados y otros lujos. 

 Díaz Guillén será condenada por un cargo de conspiración para lavado de dinero y un cargo de lavado de un instrumento monetario. La mujer fue declarada no culpable de un cargo de lavado de dinero relacionado con una transferencia bancaria en marzo de 2013 de más de $281,000 desde Suiza a una cuenta bancaria en el sur de la Florida. 

 Por su parte, Adrián Velásquez Figueroa, fue declarado culpable de un cargo de conspiración de lavado de dinero y dos cargos de lavado de instrumentos monetarios.  

  La pareja enfrenta una condena máxima de 20 años de prisión.

 Según los fiscales federales, Adrián Velásquez habría sido un intermediario para que su esposa y Raúl Gorrín Belisario recibiera alrededor de $100 millones en ganancias de la venta de bonos, mientras que Díaz fue tesorero de 2011 y 2013.

  Velásquez y Díaz fueron extraditados de España a EE. UU. en 2021, mientras que Gorrín, quien también está imputado en el caso, sigue prófugo. El juicio de los acusados comenzó el 28 de noviembre.

  Los fiscales dijeron que Díaz, la ex enfermera personal de Hugo Chávez, y Velásquez, un oficial de inteligencia militar en el destacamento de seguridad personal de Chávez, pasaron inmediatamente de ocupar puestos en el gobierno a vivir una vida de lujo como resultado de una conspiración urdida entre ellos, Gorrín y Alejandro Andrade, antecesor de Díaz.

  Díaz Guillén ejerció como Tesorera Nacional de Venezuela en sucesión a Alejandro Andrade, mientras que su esposo fue jefe de seguridad del finado mandatario. En el ejercicio de estas funciones, la acusada y su cónyuge habrían recibido unos USD 65 millones en sobornos por parte de Gorrín.

   Las defensas de Claudia Díaz Guillén y Adrián Velázquez Figueroa pidieron al tribunal que se desestimara la acusación y que el juez declarara el juicio nulo. El tribunal negó la moción de los abogados de la pareja venezolana que se enriqueció a costa de los venezolanos. 

   El juicio de Claudia Díaz Guillén y Adrián Velázquez Figueroa duró dos semanas en las que testificaron varios testigos de la fiscalía, incluyendo al extesorero corrupto, Alejandro Andrade Cedeño, quien fue condenado, y tras su colaboración con los fiscales, se convirtió en testigo estrella de este caso.

  Durante los argumentos finales, los fiscales detallaron lo que dijeron que era evidencia de una conspiración entre Díaz y Gorrín que le permitió continuar comprando bonos del Tesoro del Reino Unido a una tasa baja del Tesoro de Venezuela y revenderlos por dólares estadounidenses con una ganancia en el mercado abierto, lo que resultó en cajas llenas de dinero en efectivo y compras de artículos caros, según los fiscales.

  Díaz Guillén presuntamente recibió una parte del 50% de las ganancias, que según los fiscales eran esencialmente sobornos, mientras que Gorrín dividió su mitad con Andrade a cambio de negociar la reunión.

  Los fiscales presentaron pruebas de las transacciones bancarias y electrónicas, registros de la compañía y registros de vuelos y cruces fronterizos que muestran las llegadas de Díaz, Velásquez, Gorrín y otros compañeros. conspiradores al sur de Florida en marzo de 2011, todo lo cual, según el gobierno, demostró ser una conspiración para lavar dinero de sobornos.

  Además de violar la ley estadounidense, los fiscales dijeron que los acusados violaron la ley venezolana al aceptar "dinero indebido" con la intención de violar sus deberes oficiales.

viernes, 17 de marzo de 2023

EE. UU. exige decomisar $100 millones a la enfermera y guardaespaldas de Hugo Chávez, Claudia Díaz Guillén y Adrián Velázquez Figueroa, obtenidos de sus operaciones criminales

Por Maibort Petit

 Los abogados de la extesorera del régimen venezolano, Claudia Díaz Guillén y el exguardaespaldas de Hugo Chávez, Adrián Velázquez, pidieron al tribunal federal de Fort Lauderdale que niegue la solicitud hecha por la Fiscalía de los Estados Unidos para que el tribunal emita una sentencia de decomiso de $100 millones de dólares provenientes de sus actividades delictivas.
  Díaz Guillén y Velásquez Figueroa se opusieron conjuntamente a la moción del gobierno de una sentencia de decomiso de dinero por considerarla "injusta".

 La defensa pidió—basado en la Regla 32.2, permite que los demandados tengan una audiencia para discutir la confiscación de sus bienes en este caso—la denegación de la moción de los fiscales estadounidenses.

 El Tribunal determina el monto de la sentencia monetaria “basado en la evidencia que ya está en el expediente, incluido cualquier acuerdo de declaración de culpabilidad por escrito y cualquier evidencia o información presentada por las partes y aceptada por el tribunal como relevante y confiable."

Más de $139 millones de ganancias ilícitas

 Los Demandados participaron en una conspiración mediante la cual Díaz Guillén—como tesorero de Venezuela— aceptó más de $100 millones en sobornos a través de su esposo, Adrián Velázquez, para que ella "le proporcionara a los conspiradores accedieran a tipos de cambio de divisas favorables al permitirles comprar bonos del Reino Unido con fondos del erario público venezolano".

 Como establecieron los fiscales en el juicio de los dos venezolanos corruptos, y como acredita el veredicto de culpabilidad del jurado, "el caso se trató de una conspiración que involucró dinero en efectivo escondido en cajas de cartón, compañías ficticias en el extranjero, transferencias electrónicas internacionales, cuentas bancarias suizas, aviones privados, yates, e incluso una empresa de moda de alta gama".
  Los fiscales probaron ante el jurado que hubo una conspiración que tenía como objetivo el lavado de dinero promociona, "Díaz Guillén y Velásquez Figueroa obtuvieron al menos $136.752.007,46 en pagos de sobornos".
 
  Los fiscales calcularon el monto de la sentencia sumando los montos de las planillas “AV” enviadas por Raúl Gorrín ($79.824.051,46), las cantidades que Gorrín envió desde su empresa Andiron a Invesco Capital Fund ($21,422,956) y los montos que Gorrín pagó por aviones privados para los Demandados ($35,505,000).

 De hecho, los fiscales dicen que no sumaron para la totalización del monto de la sentencia de dinero, "todas las facturas", porque hubo dos cantidades que no se contabilizaron en las hojas de cálculo AV y no se presentaron al jurado.

 La acusación contra Díaz y Velázquez se basa en una trama de corrupción ejecutada por Raúl Gorrín y otros, que planearon (y lo hicieron) comprar bonos del Reino Unido desde Venezuela y explotar la diferencia entre el precio de los bonos y tipos de cambio no oficiales. "Para concretar las operaciones los coacusado necesitaban sobornar sus contactos dentro de la tesorería venezolana".

Para Gorrín y sus socios ese “contacto” era Claudia Díaz y su marido, Adrián Velásquez.
  Los fiscales pidieron al juez evaluar los anexos presentados que se usaron para calcular el fallo monetario contra los dos exfuncionarios corruptos.

  En la moción de los fiscales alega que durante los tiempos en los que se produjo la conspiración, Venezuela tenía dos tipos de cambio de dólares a bolívares: no era el tipo de cambio oficial venezolano, que durante el período relevante fue de 4,3 bolívares por dólares y el otro era un "no oficial", "mercado abierto" o tipo de cambio del “mercado negro”.

 El tipo de cambio del mercado negro era fluctuante; por ejemplo, entre junio de 2011 y junio de 2012, osciló entre 8,25 y 9,47 bolívares por por dólar. Los conspiradores compraron bonos del Reino Unido utilizando bolívares venezolanos al tipo de cambio fijo, [esencialmente intercambiando bolívares por libras esterlinas], que luego se convirtieron a dólares estadounidenses.

Luego, los conspiradores cambiarían los dólares a bolívares utilizando el mercado negro más alto.

 El tipo de cambio permitió a los conspiradores (a veces) duplicar su dinero, al comprar bonos a la tasa legal, convertirlos a dólares y venderlos a la tasa del mercado negro, podrían hacer “grandes ganancias”.

A modo de ejemplo:

• Los conspiradores compraron un bono de $ 1 millón, utilizando el cambio fijo de 4,3 bolívares por dólar estadounidense, es decir, $4, 30 millones.

• Los conspiradores vendieron los dólares utilizando el tipo de cambio del mercado negro de 9,39 por dólar estadounidense, recibiendo 9,39 millones de bolívares;

• Como resultado de las transacciones, los conspiradores obtuvieron una ganancia de 5,09 millones de bolívares. Y en la medida que aumentaron las cifras de "inversión" (por ejemplo, bonos de £160 millones).

•Para lograr la aprobación de los dólares preferenciales, los conspiradores pagaron sobornos a Claudia Díaz Guillén, que tenía la potestad de aprobar dichas transacciones.

• En un esfuerzo por ocultar los sobornos que estaba recibiendo, el esposo de Claudia Díaz, Adrián Velázquez, actuó como intermediario de su mujer, aceptando los sobornos en su nombre.

•La Participación de los dos convictos en el Esquema de Intercambio del Tesoro de Venezuela fue notable porque Claudia Díaz era la tesorera de Venezuela después de otro funcionario corrupto y convicto por corrupción y violación de la Ley de Prácticas corruptas en el extranjero, Alejandro Andrade (aunque no de manera consecutiva).

•Mientras Alejandro Andrade era tesorero aceptó mil millones de dólares en sobornos de Raúl Gorrín, un corrupto milloanrio venezolano y otros.

•Cuando Gorrín sobornó a Andrade, no transfirió todo el dinero del soborno a las cuentas del exfuncionario. Por el contrario, Gorrín se aferró a la ganancia.

• Claudia Díaz aceptó la oferta de Raúl Gorrín que incluyó la trama corrupta de la compra de un bono de £160 millones, estafando con ello las finanzas públicas de los venezolanos.

1. Esquema de corrupción usado por Raúl Gorrín

 Según la evidencia, Raúl Gorrín, presidente de Globovisión, buscó aliados de la oficina de tesorería nacional, para ofréceles grandes ganancias, a cambio que hicieran las transferencias a Suiza para la custodia gratuita de instrumentos financieros.
  Una vez que su banco tuviese la custodia de estos instrumentos financieros, ordenaba a los funcionarios de su banco que los vendieran. Debían tener listos a dos propietarios de bancos venezolanos que permitieran la recepción de grandes cantidades de bolívares.

 Las venta de los instrumentos en dólares a los banqueros o empresarios venezolanos, se hacía a precio del dólar libre. El Tesoro Nacional tenía que pagar el bono asignado en bolívares, al tipo de cambio oficial.

 En las instrucciones dadas por Gorrín a los exfuncionarios corruptos, hacía hincapié en que no debían hacer caso "a los daños colaterales de la economía venezolana" con la venta de dólares al precio del mercado dólar.

 En las instrucciones — dadas a conocer en las evidencias presentadas por los fiscales al jurado— Gorrín establecía que "en la tarea de intentar ser el único proveedor de dólares en el mercado venezolano, debes actuar sin escrúpulos". es decir, no debes importarle si los precios de los alimentos, medicamentos, los bienes o servicios aumentaban o no. "Eso es un problema de mercado".

 Gorrín prometió conseguir aliados políticos para defender a Claudia Díaz y a Andrade. "Con las ganancias obtenidas, compré el canal de TV (Globovisión), aseguradoras, casas de bolsa y bancos", e incluso, trató de entrar en el mercado petrolero".

 Gorrín contabilizó los pagos de soborno de Alejandro Andrade y pagó sus facturas tal como éste lo pidió.

 Después que Andrade renunció a la Tesorería de Venezuela, Gorrín le pidió que lo acercarse a Díaz Guillén "para ver si continuaba haciendo con ella las mismas transacciones de cambio monetario que estaba haciendo con él", y en ese sentido, le preguntó si la exenfermera de Chávez aceptaría sobornos de parte de Gorrín para darle prioridad en la compra de bonos.

 En marzo de 2011, Claudia Díaz, Adrián Velázquez y Alejandro Andrade se conocieron en persona en Wellington Florida. El encuentro fue negociado por Gorrín, para asegurar que Díaz. Guillén se convirtiera en tesorera de Venezuela.

 Andrade le planteó el "negocio" a Díaz, quien estuvo de acuerdo y comenzó a hacer los intercambios con Gorrín.

 Después de la reunión en Florida, Velázquez le dijo al entonces amigo y socios de negocios ilícitos. Maximillian Camino Berán que "la reunión fue muy bien y que Díaz probablemente sería la próxima tesorera de Venezuela, lo cual resultó ser correcto".

 Bajo el acuerdo de soborno que Gorrín acordó con Claudia Díaz, el 50% de las ganancias del esquema cambiario eran para la corrupta tesorera, el 25% para Gorrín, y el 25% para Alejandro Andrade.

 Díaz finalmente aceptó pagos de soborno de Gorrín para adjudicar a Gorrín y sus empresas. el derecho a comprar bonos del Reino Unido del tesoro venezolano. Vale destacar que el fisco venezolano podía aceptar o rechazar ofertas de compra de bonos.

 Andrade ingresó al esquema con Díaz y Gorrín, mientras era tesorero, Díaz se reunía semanalmente con Gorrín y con Gustavo Perdomo —quien es cuñado y socio de Gorrín— y por su parte, Velázquez se reunía con Gorrín y Perdomo de dos a tres veces por semana.

 Además, había dos o tres encuentros por semana entre Velázquez y Moisés Ricardo Zapata Ruiz—guardaespaldas de Díaz—que era el encargado de recoger cajas que le enviaba Raúl Gorrín. En dos ocasiones, Zapata vio las cajas abiertas—una que abrió el propio Velázquez, y según su testimonio "estaban llenas de dinero en efectivo".

2. Lavado de dinero proveniente de los sobornos por parte de Díaz Guillén y Velázquez

 Después que Díaz se convirtió en tesorera de Venezuela, ella y su marido cambiaron su estilo de vida “de manera radical", volviéndose "exuberantes" con "muchas propiedades" y "muchos vehículos".

 El jurado también condenó a los demandados por conspiración para cometer lavado de dinero, proveniente de los sobornos que les pagó y les blanqueó Raúl Gorrín.

 Gorrín financió—entre otras compras y pagos a favor de Díaz y Velázquez— 3 jets privados, 2 yates (el Oro y Sean), la empresa de ropa de los demandados (Patric Love), bienes inmuebles, fincas y de10 a 14 vehículos.

 Gorrín hizo pagos a Díaz y Velázquez a través de una variedad de compañías de su propiedad, incluidas las siguientes:Andiron, IBCDB, Bell Site Overseas, Vineyard Ventures, Mahogany, Comercial y Cabo Occidental.

 Gorrín compró tres aviones privados para Díaz y Velázquez, dos de los aviones fueron costaron $5.7 millones y $23.4 millones.

 Otro pago hecho por Gorrín a Díaz se realizó bajo unos contratos identificados como FOREX, firmados por la extesorera. Velázquez ordenó a Unique Jet Aviation que facturara a Gorrín por la compra de un jet privado un total de $6,405,000.

 Los fiscales mostraron las facturas de los pagos de Gorrín a Patric Love, MJ Box Tool, usando las empresas como Interglobal Yacht Sales a Interglobal Yacht Sales y Unique Jet Aviation.

Una de las empresas a través de las cuales los Demandados recibieron los pagos de los sobornos fue Invesco. "Invesco fue sociedad constituida en Panamá por Maximilian Camino, con Velázquez como oficial y accionista".

 Invesco no brindó ningún servicio, no tenía empleados, y no producía ningún producto.

 Velázquez era un signatario autorizado en la cuenta bancaria de Invesco, donde se recibieron únicamente dinero de las coimas.

Velázquez también usó la cuenta de correo electrónico "InvescoCF@gmail.com" como su dirección de correo electrónico en la trama de corrupción.
 Velázquez dispuso que Gorrín pagara los sobornos a través de Invesco. "Para ocultar los sobornos, Maximilian Camino redactó un documento que decía que Velázquez recibió un ingreso anual de $12 millones a través de la firma Invesco".

"En realidad, Velázquez no hizo “nada” para ganar el supuesto salario de $12 millones", dijeron los fiscales.

 Aproximadamente, en octubre de 2012, Maximilian Camino transfirió todas las acciones de Invesco a Velázquez, y a su hermano, a pedido de Velázquez, "porque quería controlar su dinero".

 De manera similar, a petición de Velázquez, Maximilian Camino transfirió el control sobre la cuenta bancaria su socio corrupto.

 Otra empresa a través de la cual Claudia Díaz y su marido recibieron las ganancias de los sobornos fue MJ Box Tool. Velázquez compró MJ Box Tool, una pequeña empresa venezolana de servicios petroleros, en 2012 en para “canalizar el dinero de los sobornos”, de acuerdo a los fiscales.

 Velázquez abrió una cuenta a nombre de la firma MJ Box Tool en en el banco BSI de Suiza. En el tinglado de corrupción también usaron cuentas de Gorrín en Andiron Corp SA en Western Cape.

 En las transferencias había más de $50 millones en activos y esperaban recibir $95 millones en los primeros 12 a 18 meses de "la relación" bancaria.

Y al 31 de diciembre de 2012, MJ Box valía aproximadamente 98,8 millones de dólares.

Los acusados también crearon Patric Love, una empresa de ropa o “couture”, que sería manejada por Díaz después que salió de la oficina de la Tesorería.

 Para "lanzar" Patric Love, los acusados recibieron $4 millones de Gorrín a través de Andiron Corp SA.

 Para rastrear los pagos de sobornos y dar cuenta de los montos que debían a los Demandados (de la misma manera que hizo para Andrade), Gorrín creó hojas de cálculo, que enviaba periódicamente por correo electrónico a los acusados a través de Velázquez.

3. Los Demandados Recibieron al Menos $136,752,007. 46 en pagos de Sobornos

 El testimonio y las pruebas documentales en el juicio establecieron que los acusados recibieron al menos $136.752.007,46 en moneda estadounidense en pagos de sobornos basados en registros bancarios que documentan las transferencias.

 Mientras los Demandados trataban de disfrazar este pago de soborno como el pago de un préstamo, María Mercedes Matsuo testificó que nunca le dijeron que el pago se basaba en un préstamo o que tendría que devolverlo.

 La testigo, que era la encargada de la empresa de ropa de Díaz, aseguró que su firma fue tomada de su pasaporte para falsificar los documentos del préstamo.

 El jurado acreditó el testimonio de la Sra. Matsuo y no creyó que el pago de $4 millones fuera un pago de préstamo.

 Según las hojas de cálculo AV de Raúl Gorrín los demandados se hicieron acreedores de ($79.824.051,46), más ($35,505,000).

 En el juicio, la agente especial de Investigaciones de Seguridad Nacional, Brittney Suárez testificó sobre los documentos bancarios recibidos de Suiza.

 Mirando la cuenta bancaria suiza de Invesco, la agente especial Suárez dijo que las siguientes transferencias electrónicas (por un total de $ 21,422,956) fueron hechas desde las empresas de Gorrin a la cuenta Invesco:

• El 18 de octubre de 2011, $4.134.806,00 de Vineyard Ventures a Invesco, y

• El 26 de enero de 2012, $17.288.150,00 de Bellsite Overseas a Invesco.

 Y finalmente, después de que se cerró la cuenta de Invesco, todos los montos en esta cuenta de Invesco se transfirieron a MJ Box Tool.

 Asimismo, Jailyne Padrón, una contadora forénse de Deloitte que trabaja para HSI, revisó las hojas de cálculo “AV” contenidas en los Anexos de la fiscalía y preparó un cuadro resumido de sobornos que Gorrín pagó a los Demandados, y que aparecen en su propia contabilidad.

 Además, la agente especial Suárez testificó sobre dos cables adicionales en la cuenta bancaria suiza: el 12 de octubre de 2011, $ 1,399,898.02 y el 16 de abril de 2012, $3.840.000,00.

 Si bien las transferencias contenían ganancias de sobornos, eran transferencias entre las cuentas de Invesco y no está claro si estas cantidades se contabilizaron en otra parte.

 Los fiscales no utilizaron estos últimos montos en el cálculo de la sentencia monetaria que pidieron al juez.

 Los fiscales mostraron unas piezas de evidencia que prueban que la cuenta bancaria de MJ Box Tool se cerró y todos los montos se transfirieron a una cuenta a nombre de Niham Corp. Aclararon que el anexo de esta transferencia no fue admitido en el juicio, pero aún puede ser considerado por el juez para revisar el monto de la sentencia.

 Gorrín compró tres aviones para los Demandados: números de matrículas: N90RZ, N64AV y N452AC. "Esos aviones, en total, cuestan $35,505,000". 

La compra de N90RZ fue por $6,405,000, el N64AV por $5,700,000 y la compra de N452AC por $23,400,000.

 En las hojas de cálculo de Gorrín, revisadas por los testigos de la fiscalía, no se contabilizaron la compra de los tres aviones (o yates que compró para su beneficio, incluidos los Oro o Sean).

 Con base en el registro de este caso, el valor total de las propiedades involucradas en los delitos de lavado de dinero de la conspiración de Díaz Guillén y Velázquez y que debe ser objeto de la condena monetaria es de $ 136,752,007.46.

 En el documento, los fiscales dicen que Estados Unidos no ha podido localizar todos los bienes directamente decomisables a Díaz y Velázquez.

 En el cálculo de la sentencia no se incluyen los dos yates (Oro y Sean) debido a la naturaleza poco clara de cómo los barcos fueron financiado. Por tanto, el cálculo del Gobierno es conservador ya que los bienes decomisables no pueden localizarse mediante el ejercicio de la debida diligencia, y hasta ahora no se ha podido determinar si los mismos fueron transferidos, vendidos o depositados con un tercero; o fueron colocados fuera de la jurisdicción de la Corte.

 E Los fiscales piden al juez que "la Corte debe dictar el proyecto de resolución adjunto, en el que se dispone al registro de una sentencia de decomiso de dinero contra los Demandados; la inclusión del decomiso como parte de la sentencia, la condena de los acusados en este caso; y el permiso para llevar a cabo el descubrimiento para localizar los bienes ordenados decomisados.

Díaz y Velázquez no quieren entregar el dinero ni las propiedades

 Los dos exfuncionarios corruptos exigen al juez negar la petición del gobierno de una sentencia de decomiso por más de cien millones de dólares, argumentando que dicha solicitud viola la cláusula de multas excesivas de la Octava Enmienda. (United States v. Seher).

 Alegan los abogados de Díaz Guillén y Velásquez Figueroa que una jurisprudencia de la Corte Suprema en Honeycutt vs. United States, 137 S. Ct. 1626 (2017) prohíbe que el gobierno solicite la sentencia monetaria de más de cien millones de dólares y prohíbe que el gobierno atribuya esa misma cantidad a cada Demandado como responsable solidario.

 Igualmente, argumentan que una condena, por sí sola, no autoriza al gobierno a obtener una sentencia monetaria de más de cien millones de dólares. "Aquí, es responsabilidad del gobierno probar el monto del decomiso mediante una preponderancia de la evidencia", dice la defensa.

  

martes, 22 de noviembre de 2022

¿Cómo la fiscalía de EE. UU. busca probar que Claudia Díaz Guillén y su esposo lavaron millones de dólares provenientes de sobornos pagados por Raúl Gorrín?

  En este proceso, Alejandro Andrade, extesorero de Venezuela, se perfila como el testigo estrella del gobierno.

  Tal como estaba previsto este lunes 21 de noviembre se dio inicio al enjuiciamiento de Claudia Patricia Díaz Guillén, mejor conocida como la “enfermera de Chávez”, así como de su esposo, Adrián Velásquez Figueroa, acusados de formar parte de una trama de corrupción que, a la sazón del sistema de control de cambio imperante en Venezuela a lo largo de la gestión de gobierno de Hugo Chávez y liberada de facto únicamente en los últimos años del gobierno de su sucesor, Nicolás Maduro, supuestamente permitió millonarias ganancias con el diferencial cambiario a Raúl Gorrín, propietario de la televisora Globovisión. 
        Imagen del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.

  Será el próximo 28 de noviembre cuando tenga lugar la primera sesión del juicio con las declaraciones de apertura en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, constituyéndose en el primer proceso de los múltiples que involucran a acusados venezolanos en actividades de lavado de dinero, que se dilucide en las salas de la corte, pues la tendencia hasta ahora había sido la admisión de culpa por parte de los involucrados.

  Díaz Guillén ejerció como Tesorera Nacional de Venezuela en sucesión a Alejandro Andrade, mientras que su esposo fue jefe de seguridad del finado mandatario. En el ejercicio de estas funciones, la acusada y su cónyuge habrían recibido unos USD 65 millones en sobornos por parte de Gorrín, correspondiéndole a la fiscalía a partir del próximo lunes, probar estos hechos ante el jurado.
  El pasado 18 de octubre de este año 2022, el juez de la causa, William P. Dimitrouleas, le dio entrada al acta sin papel de los procedimientos llevados a cabo hasta la citada fecha, los cuales, a saber, sirvieron para considerar en conferencia de estado, una serie de mociones de la defensa dirigidas a solicitar la exclusión de evidencia y de testigo del gobierno, así como para desestimar los cargos 2, 9 y 10 de la acusación por estimarlos prescritos con retraso previo. Estas acciones de los abogados de Díaz Guillén se formularon por considerar que se violaron el debido proceso establecido en la Constitución de los Estados Unidos. Luego de escuchadas las partes y sus alegatos, el magistrado negó las mismas. Igualmente, el juez Dimitrouleas ordenó la presentación de los listados de testigos y pruebas.

 Cabe destacar que la defensa ha tratado por todos los medios de impedir que en el juicio testifique Alejandro Andrade, quien como ya señalamos, antecedió a Claudia Díaz Guillén en la Tesorería y habría dado inicio a la trama de corrupción junto con Gorrín. Andrade se declaró culpable de de un cargo de conspiración de lavado de dinero por USD 1.2 mil millones y por ello recibió una sentencia de 10 años en noviembre de 2018 que logró rebajar gracias a su colaboración con la justicia.
  Dicha colaboración fue la que permitió ampliar la acusación de la fiscalía y así incluir a Claudia Díaz Guillén, a Adrián Velásquez Figueroa y a Raúl Gorrín, presunto cabecilla de la trama.

 Andrade, quien se convertiría en el testigo estrella de este proceso, habría aportado datos fundamentales que, junto a transferencias bancarias y correos electrónicos entre los involucrados, facilitaron a los fiscales la estructuración del caso cuyos hechos ahora esperan demostrar en la corte. Las evidencias del gobierno incluyen supuestas transferencias efectuadas por Raúl Gorrín a los acusados, desde Suiza a cuentas en Miami de los demandados.
  En el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, los fiscales intentarán comprobar que Gorrín pagó millones de dólares en sobornos a los acusados, de manera de asegurarse la participación en las operaciones de cambio de moneda extranjera en Venezuela que generaron cientos de millones de dólares en ganancias irregulares que fueron lavados con inversiones inmobiliarias y en entidades bancarias de los Estados Unidos.

Orden de apertura limitada

  El 19 de octubre de 2022, William P. Dimitrouleas, Juez del Distrito Sur de Florida, luego de escuchar los alegatos en fecha previa, 18 de octubre de 2022 y luego de consultar con el juez Rosenberg, determinó que el citado magistrado debía emitir una orden de apertura limitada con respecto a la moción de la Regla 35 en 17-80242-CR y, en ausencia de preocupaciones de CIPA.

 Igualmente, ordenó que el juez Rosenberg ingrese una orden de apertura limitada con respecto a las transcripciones de la moción de la Regla 35 en el caso.

Los testigos de la lista conjunta

  Ante la Corte, los abogados Marissel Descalzo y Andrew Feldman, en representación de Claudia Díaz Guillén y Adrián José Velásquez Figueroa, presentaron un listado preliminar de los testigos que tienen previsto llamar al estrado en la defensa conjunta que ejercerán de los demandados.

  Así, serán llamado a testificar los agentes especiales Gregg Mervis, Slade P. Searight, Mark Shelby, Daltrisha A. Jean y Sandalio González.

  Asimismo, atestiguarán Josmel Velasquez, Carlos Pérez, Anirays Camino y Angélica Barrios.

  Del mismo modo, los abogados advierten que interrogarán a cualquier testigo en la lista de del gobierno.

Las pruebas de la defensa

  El 28 de octubre de 2022, los abogados de la defensa presentaron un listado de pruebas conjuntas que presentaran en el desarrollo del juicio, reservándose, como advirtieron el derecho de modificar o complementar las dichas pruebas y utilizar cualquier otra de las presentadas por la fiscalía durante el proceso.

  Se trata de un total de 57 documentos de diversa índole, entre ellos, copia de los convenios cambiarios y otras leyes venezolanas, resoluciones gubernamentales, certificados de depósitos, entre otros.

 Respuesta del gobierno a pedido de excluir a Alejandro Andrade como testigo

  El gobierno, a través de Paul A. Hayden, de la Sección de Fraude, División Criminal Departamento de Justicia y Kurt K. Lunkenheimer, asistente del Fiscal para el Distrito Sur de Florida Juan Antonio González, respondieron en oposición a la la Moción Conjunta para Excluir al Testigo Alejandro Andrade presentada por los acusados.

  La fiscalía estima que la solicitud de Claudia Patricia Díaz Guillén y Adrián José Velásquez Figueroa de excluir el testimonio de Andrade o que el Tribunal ordene al gobierno revelar información clasificada a la defensa de manera que puedan indagar sobre la misma en el contrainterrogatorio, debe ser denegada.

  Los acusados sostienen que el Tribunal no siguió los requisitos y procedimientos de la Ley de Procedimientos de Información Clasificada (CIPA); que la información retenida de los acusados ​​era Brady y Giglio, y; que CIPA no pesa más que las demandas de debido proceso constitucional de Brady. En ello se sustentan para pedir que la declaración del testigo cooperante, Alejandro Andrade, sea excluida.

  Para el gobierno, la argumentación de la defensa es solamente un intento de volver a litigar sobre una materia que ya fue negada por el tribunal el 18 de octubre de 2022 cuando el juez Dimitrouleas negó las mociones para excluir la evidencia y el testigo del gobierno, así como la moción para desestimar los cargos 1, 9 y 10 de la acusación.

  Advierten los fiscales que, incluso si la Corte considerara los argumentos de los demandados, igualmente fracasarían porque tanto el tribunal como el gobierno, se ciñeron a lo establecido en la CIPA.

   Cabe destacar que el pasado 13 de octubre de 2022, la fiscalía hizo una presentación clasificada de conformidad con CIPA y al día siguiente el Tribunal, efectuó una audiencia a puerta cerrada ex parte y el gobierno presentó información no clasificada a la defensa.

  Subrayó el gobierno que la CIPA no cambia las obligaciones de descubrimiento de la fiscalía y tampoco altera las reglas de la evidencia. Explicaron que esta norma exige una serie de procedimientos en las etapas previas al juicio, en el juicio y en la apelación, para proteger el derecho del acusado al debido proceso. Además, subrayaron que CIPA tiene como objetivo la protección y restricción del descubrimiento de información clasificada de tal manera que no perjudique el derecho del acusado a un juicio justo. Esta ley crea un procedimiento previo sobre la admisibilidad de la información clasificada.

  En razón de que la jurisprudencia ha determinado que los tribunales de distrito tienen la potestad de decidir si la información clasificada es “relevante para la determinación de la culpabilidad o inocencia del acusado []”, o “útil para la defensa” o “esencial para una determinación justa de la causa, ”está dentro de su autoridad retener la divulgación de la información”. En este contexto, sostiene el gobierno, se inscribió la decisión de la Corte de llevar a cabo una audiencia a puerta cerrada ex parte y luego de ello ordenó al gobierno presentar a la defensa información no clasificada. Es decir, se cumplieron las pautas de CIPA.

  El gobierno cree que las motivaciones esgrimidas por la defensa para buscar información adicional sobre Alejandro Andrade no procede y es infundado el argumento de que al haberse incumplido CIPA por parte del tribunal, el asunto se remedia con la exclusión del testigo.

Preocupación por interferencia de coacusado

  El gobierno manifestó su preocupación por el hecho de que un co-acusado en condición de fugitivo se habría puesto en contacto con con un testigo identificado, lo cual habría hecho a través de un tercero.


  Por lo conocido por la fiscalía el contacto se produjo para indagar si, efectivamente, el testigo estaba testificando y por qué razón, lo que que el testigo tomó como un acto intimidatorio.

  En razón de que el referido testigo sólo había sido identificado por el abogado de Díaz Guillén en cumplimiento de una orden judicial y nunca se había mencionado su nombre como posible testigo del gobierno, por lo que se tiene como información confidencial, la fiscalía estimó necesario que se convocara a una conferencia de estado para aclarar este contacto inapropiado.

lunes, 16 de mayo de 2022

Claudia Díaz Guillén propone una fianza de $1 millón ante un tribunal de Florida, aspira lograr de inmediato su libertad

   En el tribunal se discutirá si la mujer acusada por delitos de corrupción y cobro de sobornos permanecerá en arresto domiciliario, con un monitor y junto a su familia. El juez tiene la última palabra.

Por Maibort Petit 

  La defensa de la ex-enfermera de Hugo Chávez y ex-tesorera nacional, Claudia Díaz Guillén planteó ante la Corte Federal de West Palm Beach, en la Florida que la acusada merece que se ordene su libertad en la espera del juicio en las condiciones razones porque la mujer no representa un riesgo de fuga.

  En la moción para oponerse a la oposición del gobierno de que el tribunal acepte una fianza a favor de Guillén Díaz, la defensa pone como ejemplo a los ex-contratistas de CITGO y PDVSA, Roberto Rincón y Abraham Shiera, acusados de liderar un esquema que pagó, al menos, mil millones de dólares en sobornos, y que han disfrutado de libertad a lo largo de todo el proceso que se inició con su arresto en diciembre de 2015.

   Por orden del juez William Matthewman la audiencia de fianza de Díaz Guillén será para el 31 de mayo. Estaba fijada para el 17 de mayo de 2022.

  En la comparecencia inicial de Díaz Guillén, el gobierno anunció que estaba solicitando la prisión preventiva únicamente porque el gobierno cree que la acusada está en riesgo de fuga de conformidad con 18 U.S.C. Sección 3142(f)(2)(a). 

  Los fiscales enfatizaron que la falta de contactos de Díaz Guillén en el sur de la Florida, su decisión de “luchar contra la extradición” y el dinero supuestamente involucrado en la supuesta conspiración eran razones suficientes para que el tribunal le niegue la fianza. No obstante, la defensa considera que la ex-enfermera de Hugo Chávez no presenta ningún riesgo de fuga.

  Según la defensa, Díaz Guillén es ciudadana española, y vive a la vista del gobierno de los Estados Unidos en Madrid desde 2016. "La Sra. Díaz Guillén es madre de dos niños de 3 y 13 años, esposa, mujer de fe y persona responsable". 

  En la moción se señala que Díaz Guillén tiene vínculos con la comunidad del Sur de la Florida "con al menos un familiar y varios amigos" en el estado. 

   Argumentan que la acusada "no tiene antecedentes penales en ninguna parte del mundo y los cargos que se le imputan son todos de naturaleza no violenta y no hay alegaciones de daño económico a ningún individuo específico". 

  En segundo lugar, "ni la Sra. Díaz ni su esposo, Adrián José Velázquez Figueroa (ambos están en la lista de la OFAC) poseen suficientes activos dentro o fuera de los Estados Unidos para huir de los Estados Unidos y no pueden (y no quieren) regresar a Venezuela", sostiene la defensa. 

  Aclara que "fugarse equivaldría a poner en peligro sus propias vidas dado que, como se describe en este documento, fueron expulsados ​​​​forzosamente de Venezuela por la policía secreta en 2013". 

  En tercer lugar, la conducta de Díaz Guillén al comparecer ante los tribunales españoles en su anterior proceso de extradición, con estrictas restricciones de fianza durante varios años demuestra más que ampliamente que no representa ningún riesgo de fuga. 

  En cuarto lugar, hay numerosos tribunales de distrito, incluido este Distrito, que han permitido la liberación previa al juicio de acusados ​​de manera similar con mayor acceso a fondos y que presentan riesgos de fuga mucho más graves que los de Díaz-Guillén en el presente caso. 

 Finalmente, la defensa dice que incluso si esta "Honorable Corte concluyera, en general, que Díaz Guillén presenta un riesgo de fuga, dicha determinación es insuficiente para detenerla de pleno derecho cuando, como aquí, existe una combinación razonable de condiciones que puede asegurar su aparición en procedimientos futuros en este caso, incluyendo:

• $1,000,000.00 Fianza Personal firmada por Díaz Guillén y co-firmado por su suegra y amiga de la familia;

• Ejecución de la renuncia a la extradición;

• Confinamiento domiciliario con seguimiento electrónico.

   La abogada de Díaz Guillén dijo que su cliente está dispuesta a aceptar cualquier otra condición que el Tribunal crea necesaria. Como tal, la liberación previa al juicio está garantizada en este caso.

    En la moción se señala que la suegra de Díaz Guillén "está en España ayudando a cuidar a sus hijos pequeños, pero accedió a actuar como codeudora y traer a los niños al sur de la Florida si Díaz Guillén es liberada". 

   La suegra de Díaz Guillén ha firmado documentos de fianza de forma remota.

   El nombre de la suegra ha sido retenido de esta presentación pública debido al escrutinio de este caso por parte de la prensa. 

  El abogado estará preparado para revelar el nombre en la audiencia de detención.

    Según los abogados. la suegra de Díaz Guillén vive en Key Biscayne y está preparada para traer a los hijos de la acusada de España, para que puedan reunirse con su madre. "Díaz Guillén también tiene una amiga en el área del sur de la Florida que está preparada para actuar como codeudora del bono y darle la bienvenida a su hogar".

  Agrega que "No hay país al que pueda huir la señora Díaz Guillén"

  Sostiene que "el gobierno no ha articulado ni puede articular ningún país al cual la señora Díaz-Guillén podría huir. Esto se debe a que no existe ningún país al que hipotéticamente pueda huir la acusada. Para entender esto, es importante resaltar cómo la señora Díaz llegó por primera vez a España, país desde el cual fue extraditada".

  "Díaz Guillén vivía en Madrid, España, con sus dos hijos (de 3 y 13 años) y su esposo cuando fue extraditada a los Estados Unidos. La señora Díaz-Guillén se convirtió en ciudadana española no por elección y sólo después de que ella y su esposo, Adrián José Velásquez Figueroa, fueran expulsados ​​de Venezuela". 

  En la moción se destaca que Díaz Guillén trabajó bajo la presidencia de Hugo Chávez como directora de la Oficina del Tesoro Nacional y su esposo trabajaban en el palacio presidencial en el Departamento de Seguridad. Sin embargo, en 2013, una vez que el presidente Nicolás Maduro asumió el control de la presidencia de Venezuela, la señora Díaz Guillén y su familia fueron expulsados ​​de Venezuela. 

 En efecto, la policía secreta venezolana le dijo al Sr. Velázquez Figueroa que tenía una semana para salir de Venezuela.

  En consecuencia, las circunstancias anteriores muestran que no existe riesgo de que  Díaz Guillén huya a Venezuela y se arriesgue a una mayor persecución política y ponga en peligro su propia vida. 

  Asimismo, la defensa sostiene que pone a prueba la credulidad creer que Díaz Guillén huiría arbitrariamente a algún país al azar lejos de su familia cuando, como se explica más adelante, la acusada carece de los recursos financieros para hacerlo y permanece en la lista de la OFAC. 

  Advierten que en cambio, "como madre y esposa, de hecho es mucho mas probable que sí la Sra. Díaz-Guillén huyera, huyera a España para estar con su familia, una familia que está dispuesta a venir aquí. Pero España ya ha demostrado su compromiso de extraditar a la Sra. Díaz-Guillén de conformidad con sus obligaciones en virtud del Tratado y seguramente lo haría de nuevo si buscara puerto seguro allí. Por lo tanto, la premisa de que la Sra. Díaz Guillén podría huir a España para regresar con su familia que está dispuesta a trasladarse y apoyarla aquí desafía la lógica y el sentido común".

 Sin dinero para huir

  La defensa de Díaz Guillén sostiene que no tiene dinero para huir, primero, porque en Venezuela, el gobierno luego (sin el debido proceso ni ningún procedimiento judicial) confiscó los bienes de la señora Díaz Guillén (viviendas, cuentas bancarias, vehículos).

  En segundo lugar, desde ese momento, todos los bienes de la Sra. Díaz Guillén fuera de Venezuela fueron confiscados, congelados y/o son inaccesibles. Esto se debe en gran parte a que, a principios de 2018, la Sra. Díaz Guillén y su esposo fueron incluidos en la lista de sanciones de la OFAC como ciudadanos específicamente designados . 

  Además, debido a que Díaz Guillén ocupó un cargo como funcionaria pública en Venezuela entre 2011 y 2013, los departamentos de riesgo y cumplimiento de los bancos de todo el mundo la identifican a ella (y a su esposo) como Persona Políticamente Expuesta (“PEP”), lo que hace que prácticamente imposible para la acusada o su esposo abrir una cuenta bancaria en cualquier parte del mundo.

  Finalmente, dado que el gobierno de los Estados Unidos ha estado investigando este caso durante al menos 8 años, seguramente tienen suficiente información relacionada con la situación financiera de la Sra. Díaz Guillén y saben que ella está en la indigencia financiera y depende de la caridad de sus amigos y familiares.

  La defensa asegura que Díaz Guillén está comprometida con cada una de las condiciones de fianza ordenadas por dos tribunales españoles diferentes durante su proceso de extradición en España respalda la liberación previa al juicio.

  Agregan: "Contrariamente a las afirmaciones del gobierno de que es probable que la Sra. Díaz Guillén huya porque impugnó las solicitudes de extradición venezolanas y estadounidenses, la conducta de Díaz Guillén al impugnar esas dos solicitudes de extradición separadas en España (una de las cuales ganó) demuestra que la libertad previa al juicio está justificada". 

  Además, "la Sra. Díaz Guillén tenía derecho a impugnar la extradición y su impugnación de la solicitud estadounidense se basó en una creencia bien fundada de que el estatuto de limitaciones prohibía a los Estados Unidos presentar una acusación de reemplazo (SSI) en su contra casi 8 años después el último hecho alegado en el SSI (mayo de 2013). También se basó en su meritorio argumento de que la Sra. Díaz Guillén pretende plantear que el gobierno de Estados Unidos carece de jurisdicción sobre la Sra. Díaz Guillén. 

  Finalmente, asegura, "se basó en un precedente español bien establecido que prohíbe la extradición mientras esté pendiente una investigación en el Estado requerido (es decir, España). 

viernes, 13 de mayo de 2022

En un tribunal de WPB: Claudia Díaz Guillén, "la enfermera de Hugo Chávez" se enfrenta a la justicia norteamericana

   Claudia Díaz Guillén, exenfermera y extesorera venezolana aceptó sobornos de Raúl Gorrín a cambio de ser favorecido en negociaciones con el estado venezolano.

Por Maibort Petit

    Este viernes 13 de mayo, un juez de Distrito del estado de la Florida leyó los cargos por corrupción a Claudia Patricia Díaz Guillén, una mujer que pasó de ser una enfermera del exmandatario Hugo Chávez, a Tesorera de Venezuela y posteriormente, una potentada millonaria que vivía entre lujos y caprichos con su marido, Adrián José Velázquez Figueroa quien también es acusado por el gobierno de Estados Unidos por haber cometidos delitos que violan las leyes federales estadounidenses. 

  Díaz Guillén fue extraditada desde Madrid, España el 12 de mayo de 2022, luego de un proceso que buscaba, por medio de acciones legales,  paralizar su entrega [por parte del Reino de España] a las autoridades de los Estados Unidos.  

   En la audiencia de arraigo, el juez auxiliar William Matthewman leyó los cargos por los cuales es acusada Díaz Guillén.  El magistrado se comunicó con la acusada a través de su abogada provisional, Marissel Descalzo. 

  La defensa solicitó una nueva audiencia para presentar todos los recaudos de una fianza. El magistrado Matthewman fijó la cita para el martes 17 de mayo. Este proceso se realiza en la Corte del Distrito de West Palm Beach, tribunal que juzgó a uno de los co-acusados, Alejandro Andrade, quien se declaró culpable y fue sentenciado. Gracias a su colaboración con la justicia y buen comportamiento, la condena de Andrade se redujo en mas de un 60 %. El exfuncionario corrupto está en libertad desde febrero 2022.

Los cargos 

  Díaz  Guillén es señalada de violar la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA) al ser acusada formalmente por tres cargos lavado de dinero ante la el Tribunal de Distrito Sur de Florida. La acusación firmada por la exfiscal del Distrito, Adriana Fajardo Orshan, también incluye al marido de la mujer, Adrián José Velázquez Figueroa. Ambos habrían recibido sobornos del empresario, Raúl Gorrín Belisario, a cambio de ser favorecido en negociaciones con el estado venezolano.

  Sobre Gorrín Belisario, la acusación refiere que se ha convertido en un “preocupación nacional” para los Estados Unidos, de acuerdo a lo establecido en la FCPA. Se indica que el referido empresario controlaba las que en la demanda se identifican como “Compañía 1”, “Compañía 2” y “Compañía 3”, todas constituidas y registradas en Panamá.

   La demanda igualmente señala a Alejandro Andrade Cedeño, quien también se desempeñó como Tesorero Nacional entre 2007 y 2010, como otro de los beneficiados con los pagos ilegales emitidos por Gorrín.

  Según varios medios de comunicación, Claudia Díaz tuvo acceso a los registros judiciales del principado de Liechtenstein, una localidad de habla alemana ubicado entre Austria y Suiza, evidenciándose que habría comprado unos 250 lingotes de oro tasados en USD 9,5 millones, una operación que supuestamente se habría llevado a cabo a través de una empresa fantasma registrada en San Vicente y las Granadinas.

    Los datos divulgados por la prensa refieren que el oro se depositó en una bóveda privada en Liechtenstein y que del mismo podrían disponer ella y su hijo cuando este alcance la edad de 18 años. Igualmente se informó que tiempo después una parte del oro fue vendido por un representante de Díaz y el dinero producto de la transacción ingresó a una cuenta en un banco suizo.

  A través de su abogado, Díaz Guillén negó la tenencia del oro, pero las investigaciones hacen referencia a que el banquero suizo, Charles-Henry de Beaumont, quien trabajó en la Compagnie Bancaire Helvetique SA (CBH) habría sido quien llevó a cabo las transacciones de todos los funcionarios venezolanos a cuentas en Suiza, en tiempos en que Claudia Díaz supervisaba las finanzas de Venezuela en la OPEP. Las pesquisas judiciales indican que Beaumont supuestamente trabajó con Danilo Diazgranados, un financiero venezolano señalado por hechos de corrupción.

Doble apelación

  Claudia Patricia Díaz Guillén y su esposo, Adrián Velásquez Figueroa, apelaron ante la Audiencia Nacional de España la solicitud de extradición que Venezuela hizo por estar acusada de delitos de blanqueo y enriquecimiento ilícito. Tanto Díaz Guillén como Velásquez se niegan a esta posibilidad pues aseguran que, de ser llevados a Venezuela, serían torturados[1]. Asimismo, Díaz y Velásquez apelaron la petición de extradición que hizo el gobierno de los Estados Unidos a España y que se concretó primeramente con la ex-enfermera de Hugo Chávez.

  En una entrevista concedida a BBC Mundo en 2018, Díaz Guillén reiteró su temor a ser torturada en Venezuela si es extraditada: “Nos torturarían, nos violarían todos los derechos, que de por sí, ya nos los han violado”, criticó que se le estigmatizara señalándola únicamente como la “enfermera de Chávez”, sin tomar en cuenta su preparación académica y su carrera militar.

   Aseguró que, en la última etapa de la enfermedad de Hugo Chávez, ella y el exministro de Planificación, Jorge Giordani, fueron presionados por parte del alto gobierno para cometer actos fuera de la ley. “El ministro y yo estábamos muy sorprendidos de cómo con el presidente en sus últimos momentos de vida eran capaces de emitir este tipo de instrucciones, como un poco aprovechándose de que él estaba en sus últimos momentos”[2].

La acusación

  El 30 de octubre del 2020, la fiscal Adriana Fajardo Orshan presentó ante el Tribunal de Distrito Sur de Florida la acusación contra Claudia Patricia Díaz Guillén y Adrián José Velásquez Figueroa, por los delitos de Conspiración para cometer blanqueo de capitales y Blanqueo de instrumentos monetarios.

   Este caso involucra, además de Díaz Guillén y Velásquez Figueroa, a Raúl Gorrín Belisario, algunas de sus empresas y a Alejandro Andrade Cedeño.

El primer cargo

   La acusación refiere, respecto al delito de Conspiración para cometer blanqueo de capitales, que se le imputa a Díaz Guillén y Velásquez Figueroa, que entre 2008 y 2017, en los condados de Miami-Dade y Palm Beach, en el distrito sur de Florida, así como en otros lugares, los acusados se combinaron, conspiraron, confederaron y acordaron entre sí y con otros conocidos y desconocidos en los Estados Unidos acciones que violan el Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 1956 (a) (2) (A).

 El gobierno de Estados Unidos precisa que los demandados habrían conspirado para transportar, transmitir y transferir un instrumento monetario y fondos a un lugar en los Estados Unidos desde con la intención de promover la realización de una actividad ilegal, violatoria de la FCPA bajo el Título 15, Código de los Estados Unidos, Secciones 78dd-2 y 78dd-3; así como también un delito contra una nación extranjera que involucra el soborno de un funcionario público y la apropiación indebida, robo y malversación de fondos públicos o en beneficio de este, lo cual viola el Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 1956 (a) (2) (A).

  Específicamente, la acusación señala que Claudia Patricia Díaz Guillén y Adrián José Velásquez Figueroa estuvieron de acuerdo con Raúl Gorrín Belisario y otros, para transportar, enviar, transferir y hacer que se transporten, transmitan y transfieran fondos de Suiza a los Estados Unidos, esto con el objetivo de promover un esquema de soborno a funcionarios extranjeros en Venezuela, entre ellos Alejandro Andrade Cedeño y Claudia Patricia Díaz Guillén.

  El pago de dichos sobornos significaría para Gorrín Belisario la obtención de negocios.

Cómo operó la conspiración

  Narra la acusación que la conspiración de Claudia Patricia Díaz Guillén, Adrián José Velásquez Figueroa implicó que cuando Raúl Gorrín Belisario residía en el Distrito Sur de Florida, discutió con ellos el pago de sobornos, tanto a ella como a Alejandro Andrade Cedeño.

  Raúl Gorrín Belisario también ofreció y pagó sobornos, directa e indirectamente, a Díaz Guillén y a Andrade, con el propósito de asegurarse la adjudicación de negocios y obtener ventajas comerciales.

  Igualmente, Gorrín Belisario utilizó las cuentas bancarias de la Compañía 1, la Compañía 2 y la Compañía 3, y su propia cuenta bancaria personal en HSBC Private Bank (Suisse) SA, como conducto para el pago de los sobornos a Alejandro Andrade Cedeño y Claudia Patricia Díaz Guillén.

  Refiere la acusación que Raúl Gorrín, Claudia Díaz Guillén y Adrián Velásquez Figueroa, junto con otros, mientras se encontraban en el Distrito Sur de Florida, transfirieron ciertos fondos de las cuentas bancarias de la Compañía 1, Compañía 2 y Compañía 3, así como de su propia cuenta bancaria personal en HSBC Private Bank (Suisse) SA, en Suiza, para promover el esquema de soborno ilegal.

   Agrega que Raúl Gorrin Belisario, Claudia Patricia Díaz Guillén y Adrián José Velásquez Figueroa, promovieron el pago de sobornos en beneficio de la primera e, incluso a través de su cónyuge, Velásquez Figueroa, con el fin de promover el esquema de sobornos.

   Los acusados, junto con otros, entre ellos Raúl Gorrín instaron pagos a terceros para cubrir gastos de diversos artículos de lujo a su favor en el Distrito Sur de Florida y en otros lugares, a través del esquema de soborno ilegal.

Los otros cargos

   Respecto a los cargos 2 y 3 de acusación referidos al Blanqueo de instrumentos monetarios, la acusación indica que el 15 de marzo de 2013, a los acusados se les transfirieron USD 281.051 desde una cuenta en Suiza, a una cuenta en el distrito sur de la Florida.

  También el 17 de mayo de 2013, recibieron una transferencia bancaria por USD 4.000.000 cuenta en Suiza a una cuenta en Estados Unidos, específicamente en el Distrito Sur de Florida.

Penalidades

  La acusación promueve que, de ser declarados culpables, a Claudia Patricia Díaz Guillén y Adrián José Velásquez Figueroa se les confisque cualquier propiedad en Estados Unidos, relacionada con los delitos que se le imputan

   Si alguna propiedad sujeta a decomiso no se puede localizar, ha sido transferida o vendida a un tercero, ha disminuido su valor o se ha ubicado fuera de la jurisdicción de la corte, los Estados Unidos tendrán derecho a la confiscación de una propiedad sustituta.

[1] Tal Cual. “AP: Ex-enfermera de Chávez habría guardado oro en una bóveda secreta”. 3 de agosto de 2020. https://talcualdigital.com/ap-exenfermera-de-chavez-habria-guardado-oro-en-una-boveda-secreta/

[2] BBC Mundo. “‘Cuando Chávez ya no podía ejercer el poder, recibimos instrucciones ajenas a la ley’: Claudia Díaz Guillén, la exenfermera que quiere evitar ser extraditada a Venezuela”. 13 de diciembre de 2018. https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-46480037