lunes, 16 de mayo de 2022

Claudia Díaz Guillén propone una fianza de $1 millón ante un tribunal de Florida, aspira lograr de inmediato su libertad

   En el tribunal se discutirá si la mujer acusada por delitos de corrupción y cobro de sobornos permanecerá en arresto domiciliario, con un monitor y junto a su familia. El juez tiene la última palabra.

Por Maibort Petit 

  La defensa de la ex-enfermera de Hugo Chávez y ex-tesorera nacional, Claudia Díaz Guillén planteó ante la Corte Federal de West Palm Beach, en la Florida que la acusada merece que se ordene su libertad en la espera del juicio en las condiciones razones porque la mujer no representa un riesgo de fuga.

  En la moción para oponerse a la oposición del gobierno de que el tribunal acepte una fianza a favor de Guillén Díaz, la defensa pone como ejemplo a los ex-contratistas de CITGO y PDVSA, Roberto Rincón y Abraham Shiera, acusados de liderar un esquema que pagó, al menos, mil millones de dólares en sobornos, y que han disfrutado de libertad a lo largo de todo el proceso que se inició con su arresto en diciembre de 2015.

   Por orden del juez William Matthewman la audiencia de fianza de Díaz Guillén será para el 31 de mayo. Estaba fijada para el 17 de mayo de 2022.

  En la comparecencia inicial de Díaz Guillén, el gobierno anunció que estaba solicitando la prisión preventiva únicamente porque el gobierno cree que la acusada está en riesgo de fuga de conformidad con 18 U.S.C. Sección 3142(f)(2)(a). 

  Los fiscales enfatizaron que la falta de contactos de Díaz Guillén en el sur de la Florida, su decisión de “luchar contra la extradición” y el dinero supuestamente involucrado en la supuesta conspiración eran razones suficientes para que el tribunal le niegue la fianza. No obstante, la defensa considera que la ex-enfermera de Hugo Chávez no presenta ningún riesgo de fuga.

  Según la defensa, Díaz Guillén es ciudadana española, y vive a la vista del gobierno de los Estados Unidos en Madrid desde 2016. "La Sra. Díaz Guillén es madre de dos niños de 3 y 13 años, esposa, mujer de fe y persona responsable". 

  En la moción se señala que Díaz Guillén tiene vínculos con la comunidad del Sur de la Florida "con al menos un familiar y varios amigos" en el estado. 

   Argumentan que la acusada "no tiene antecedentes penales en ninguna parte del mundo y los cargos que se le imputan son todos de naturaleza no violenta y no hay alegaciones de daño económico a ningún individuo específico". 

  En segundo lugar, "ni la Sra. Díaz ni su esposo, Adrián José Velázquez Figueroa (ambos están en la lista de la OFAC) poseen suficientes activos dentro o fuera de los Estados Unidos para huir de los Estados Unidos y no pueden (y no quieren) regresar a Venezuela", sostiene la defensa. 

  Aclara que "fugarse equivaldría a poner en peligro sus propias vidas dado que, como se describe en este documento, fueron expulsados ​​​​forzosamente de Venezuela por la policía secreta en 2013". 

  En tercer lugar, la conducta de Díaz Guillén al comparecer ante los tribunales españoles en su anterior proceso de extradición, con estrictas restricciones de fianza durante varios años demuestra más que ampliamente que no representa ningún riesgo de fuga. 

  En cuarto lugar, hay numerosos tribunales de distrito, incluido este Distrito, que han permitido la liberación previa al juicio de acusados ​​de manera similar con mayor acceso a fondos y que presentan riesgos de fuga mucho más graves que los de Díaz-Guillén en el presente caso. 

 Finalmente, la defensa dice que incluso si esta "Honorable Corte concluyera, en general, que Díaz Guillén presenta un riesgo de fuga, dicha determinación es insuficiente para detenerla de pleno derecho cuando, como aquí, existe una combinación razonable de condiciones que puede asegurar su aparición en procedimientos futuros en este caso, incluyendo:

• $1,000,000.00 Fianza Personal firmada por Díaz Guillén y co-firmado por su suegra y amiga de la familia;

• Ejecución de la renuncia a la extradición;

• Confinamiento domiciliario con seguimiento electrónico.

   La abogada de Díaz Guillén dijo que su cliente está dispuesta a aceptar cualquier otra condición que el Tribunal crea necesaria. Como tal, la liberación previa al juicio está garantizada en este caso.

    En la moción se señala que la suegra de Díaz Guillén "está en España ayudando a cuidar a sus hijos pequeños, pero accedió a actuar como codeudora y traer a los niños al sur de la Florida si Díaz Guillén es liberada". 

   La suegra de Díaz Guillén ha firmado documentos de fianza de forma remota.

   El nombre de la suegra ha sido retenido de esta presentación pública debido al escrutinio de este caso por parte de la prensa. 

  El abogado estará preparado para revelar el nombre en la audiencia de detención.

    Según los abogados. la suegra de Díaz Guillén vive en Key Biscayne y está preparada para traer a los hijos de la acusada de España, para que puedan reunirse con su madre. "Díaz Guillén también tiene una amiga en el área del sur de la Florida que está preparada para actuar como codeudora del bono y darle la bienvenida a su hogar".

  Agrega que "No hay país al que pueda huir la señora Díaz Guillén"

  Sostiene que "el gobierno no ha articulado ni puede articular ningún país al cual la señora Díaz-Guillén podría huir. Esto se debe a que no existe ningún país al que hipotéticamente pueda huir la acusada. Para entender esto, es importante resaltar cómo la señora Díaz llegó por primera vez a España, país desde el cual fue extraditada".

  "Díaz Guillén vivía en Madrid, España, con sus dos hijos (de 3 y 13 años) y su esposo cuando fue extraditada a los Estados Unidos. La señora Díaz-Guillén se convirtió en ciudadana española no por elección y sólo después de que ella y su esposo, Adrián José Velásquez Figueroa, fueran expulsados ​​de Venezuela". 

  En la moción se destaca que Díaz Guillén trabajó bajo la presidencia de Hugo Chávez como directora de la Oficina del Tesoro Nacional y su esposo trabajaban en el palacio presidencial en el Departamento de Seguridad. Sin embargo, en 2013, una vez que el presidente Nicolás Maduro asumió el control de la presidencia de Venezuela, la señora Díaz Guillén y su familia fueron expulsados ​​de Venezuela. 

 En efecto, la policía secreta venezolana le dijo al Sr. Velázquez Figueroa que tenía una semana para salir de Venezuela.

  En consecuencia, las circunstancias anteriores muestran que no existe riesgo de que  Díaz Guillén huya a Venezuela y se arriesgue a una mayor persecución política y ponga en peligro su propia vida. 

  Asimismo, la defensa sostiene que pone a prueba la credulidad creer que Díaz Guillén huiría arbitrariamente a algún país al azar lejos de su familia cuando, como se explica más adelante, la acusada carece de los recursos financieros para hacerlo y permanece en la lista de la OFAC. 

  Advierten que en cambio, "como madre y esposa, de hecho es mucho mas probable que sí la Sra. Díaz-Guillén huyera, huyera a España para estar con su familia, una familia que está dispuesta a venir aquí. Pero España ya ha demostrado su compromiso de extraditar a la Sra. Díaz-Guillén de conformidad con sus obligaciones en virtud del Tratado y seguramente lo haría de nuevo si buscara puerto seguro allí. Por lo tanto, la premisa de que la Sra. Díaz Guillén podría huir a España para regresar con su familia que está dispuesta a trasladarse y apoyarla aquí desafía la lógica y el sentido común".

 Sin dinero para huir

  La defensa de Díaz Guillén sostiene que no tiene dinero para huir, primero, porque en Venezuela, el gobierno luego (sin el debido proceso ni ningún procedimiento judicial) confiscó los bienes de la señora Díaz Guillén (viviendas, cuentas bancarias, vehículos).

  En segundo lugar, desde ese momento, todos los bienes de la Sra. Díaz Guillén fuera de Venezuela fueron confiscados, congelados y/o son inaccesibles. Esto se debe en gran parte a que, a principios de 2018, la Sra. Díaz Guillén y su esposo fueron incluidos en la lista de sanciones de la OFAC como ciudadanos específicamente designados . 

  Además, debido a que Díaz Guillén ocupó un cargo como funcionaria pública en Venezuela entre 2011 y 2013, los departamentos de riesgo y cumplimiento de los bancos de todo el mundo la identifican a ella (y a su esposo) como Persona Políticamente Expuesta (“PEP”), lo que hace que prácticamente imposible para la acusada o su esposo abrir una cuenta bancaria en cualquier parte del mundo.

  Finalmente, dado que el gobierno de los Estados Unidos ha estado investigando este caso durante al menos 8 años, seguramente tienen suficiente información relacionada con la situación financiera de la Sra. Díaz Guillén y saben que ella está en la indigencia financiera y depende de la caridad de sus amigos y familiares.

  La defensa asegura que Díaz Guillén está comprometida con cada una de las condiciones de fianza ordenadas por dos tribunales españoles diferentes durante su proceso de extradición en España respalda la liberación previa al juicio.

  Agregan: "Contrariamente a las afirmaciones del gobierno de que es probable que la Sra. Díaz Guillén huya porque impugnó las solicitudes de extradición venezolanas y estadounidenses, la conducta de Díaz Guillén al impugnar esas dos solicitudes de extradición separadas en España (una de las cuales ganó) demuestra que la libertad previa al juicio está justificada". 

  Además, "la Sra. Díaz Guillén tenía derecho a impugnar la extradición y su impugnación de la solicitud estadounidense se basó en una creencia bien fundada de que el estatuto de limitaciones prohibía a los Estados Unidos presentar una acusación de reemplazo (SSI) en su contra casi 8 años después el último hecho alegado en el SSI (mayo de 2013). También se basó en su meritorio argumento de que la Sra. Díaz Guillén pretende plantear que el gobierno de Estados Unidos carece de jurisdicción sobre la Sra. Díaz Guillén. 

  Finalmente, asegura, "se basó en un precedente español bien establecido que prohíbe la extradición mientras esté pendiente una investigación en el Estado requerido (es decir, España). 

1 comentario:

  1. Muy buenos detalles del proceso y muy en especial el cómo quiere venderse ante la corte del distrito... Grcs.

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