lunes, 30 de mayo de 2022

David Rivera e Interamerican se escudan tras un contrato en el que Raúl Gorrín figura como su abogado, para impedir que se revelen conversaciones que darían cuenta de los fondos pagados por CITGO

  PDV USA sostiene que la supuesta relación abogado-cliente entre Rivera y Gorrín es ficticia.

Por Maibort Petit

   El pasado 26 de mayo del presente 2022, PDV USA Inc. presentó ante el juez magistrado Robert W. Lehrbürger del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, una Carta Moción para obligar a Interamerican Consulting a producir documentos relativos a la demanda que mantiene en su contra por incumplimiento de contrato.

  La empresa del excongresista de los Estados Unidos, David Rivera ha maniobrado de todas las maneras posibles para impedir que PDV USA acceda a las comunicaciones entre Rivera y Gorrín, así como con la consultora política, Esther Nüfher “a quien Interamerican pagó millones de dólares de los fondos pagados por CITGO, por supuestos servicios que fueron amparados por acuerdos de subcontratación ficticios”[1].

 Rivera e Interamerican alegan que estas comunicaciones están protegidas por el privilegio abogado-cliente, toda vez que, según ellos, Raúl Gorrín firmó un Acuerdo de Retención el 21 de marzo de 2017, para brindar asesoría respecto a las “complejidades legales de la relación de PDV USA con su última empresa matriz, Petróleos de Venezuela (PDVSA), y los mecanismos legales disponibles para el gobierno venezolano para ejercer influencia sobre varios sectores de su industria de petróleo y gas, en gran parte nacionalizada”.

  PDV USA acusa que estos contratos y la supuesta relación abogado-cliente es ficticia.

Interamerican pide negar la reparación a que aspira PDV USA

  El 18 de abril de 2022, los abogados Tucker H. Byrd y Jason Johnson, en representación de Interamerican Consulting, Inc., dirigieron una comunicación al juez Robert W. Lehrbürger en la que respondían a una carta presentada por PDV USA, Inc. en la que solicitaron una preconferencia de movimiento, en atención a la orden de la Corte del 13 de abril de 2022. La demandada pidió al Tribunal negar la reparación solicitada en la carta de PDV USA.

   Refirieron que dado que el tema principal para la consideración que el Tribunal quería establecer es si las comunicaciones de Interamerican a través de WhatsApp con Raúl Gorrín, son confidenciales. En este sentido indicaron que David Rivera, presidente de Interamerican, estuvo representado por Gorrín en relación con el acuerdo de consultoría del caso en el que el primero ejecutó un acuerdo de carta de retención del que, desafortunadamente, no tenía una copia.

  Sin embargo, de acuerdo al criterio de Byrd y Johnson, Interamerican retuvo comunicaciones con Raúl Gorrín mientras Interamerican intentaba localizar el Contrato de Retención, lo que ocurrió en la noche del 15 de abril de 2022.

  Los abogados explicaron que el Contrato de Retención muestra que Rivera contrató los servicios de Raúl Gorrín el 21 de marzo de 2017, expresamente en relación con el caso y sostuvieron ante el Tribunal, que aunque Gorrín es un abogado venezolano, la ley de privilegio de Nueva York aún se aplicaría, tal como lo establece la jurisprudencia que señala que cuando las comunicaciones privilegiadas hayan tenido lugar “en un país extranjero o involucraron abogados o procedimientos extranjeros, este tribunal se remite a la ley del país que tiene el 'predominante' o 'el interés más directo y apremiante' en si esas comunicaciones deben permanecer confidenciales, a menos que derecho extranjero es contrario al orden público de este foro” y que “El país con el interés predominante es 'el lugar donde se estableció la supuesta relación privilegiada' o 'el lugar en el que se centró esa relación en el momento en que se envió la comunicación'”.

  Tucker H. Byrd y Jason Johnson consideran que la ley de privilegio estadounidense es la que aplica, toda vez que se trata de un “caso de diversidad que involucra a dos empresas estadounidenses y una disputa sobre un contrato regido por las leyes de Nueva York; en otras palabras, la relación se centró en hechos que ocurrieron en los Estados Unidos, no en Venezuela. Más específicamente, se aplica la ley de Nueva York porque es el estado del foro”.

  Según los abogados de Interamerican, hay evidencia de la relación abogado-cliente, a pesar de que PDV USA sostiene que la relación con Gorrín era puramente transaccional. De acuerdo a su criterio, la evidencia más convincente de la existencia de esta relación abogado-cliente es el propio Acuerdo de Retención, el cual dejaría claro que Interamerican contrató los servicios de Raúl Gorrín para representarla en relación con el Contrato.

  Le expusieron Byrd y Johnson al juez Lehrbürger, que David Rivera “buscó la experiencia legal de Gorrín para navegar las complejidades legales de la relación de PDV USA con su última empresa matriz, Petróleos de Venezuela (PDVSA), y los mecanismos legales disponibles para el gobierno venezolano para ejercer influencia sobre varios sectores de su industria de petróleo y gas, en gran parte nacionalizada”.

  A la luz de la evidencia, los abogados instaron a la Corte a que le permita enmendar sus registros de privilegios, como prometió a PDV USA que lo haría, para representar adecuadamente la sustancia de la retención, a saber, mensajes de WhatsApp muchos de los cuales contienen comunicaciones de abogado-cliente claramente privilegiadas, lo que reafirma la necesidad de no producir estos mensajes. Explicaron que entre estos mensajes había discusiones sobre los intentos de PDV USA de asignar el Contrato y reuniones con los responsables políticos. Tal alivio permitirá a PDV USA evaluar el reclamo de privilegio por cada uno de los mensajes de WhatsApp retenidos.

  Agregaron que el único problema pendiente relacionado con las comunicaciones con Esther Nuhfer había quedado resuelto, pues si bien Interamerican se reserva el derecho de plantear cualquier argumento con respecto a sus comunicaciones privilegiadas con los abogados, reconoce que algunas comunicaciones privilegiadas identificadas en la Carta de moción de PDV USA fueron reveladas a terceros, a saber, Esther Nuhfer.

  Los abogados cuestionaron la caracterización de los hechos por parte de PDV USA dado que insiste en que Interamerican nunca prestó ningún servicio, cuando las pruebas del expediente muestran que la demandante sólo dejó de pagar  porque quería ceder el Contrato a PDVSA en Venezuela, lo que Interamerican se negó a hacer.

  Sostienen que el argumento de PDV USA de que Interamerican pagó a terceros con los fondos que recibió de PDVSA demostraría que la demandada nunca prestó ningún servicio es inútil, toda vez que esta ha afirmado que pagó estos fondos como honorarios de referencia en relación con la solicitud de sus servicios de consultoría. El presunto subcontrato al que hace referencia PDV USA en su Carta de moción entre Interamerican e Interglobal Yacht Management, LLC, consiste en gran parte en un lenguaje repetitivo, nunca se ejecutó y no refleja la intención de las partes.

Juez niega pedido de PDV USA

  El 19 de abril de 2022, Robert W.  Lehrbürger, juez del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, negó la solicitud de PDV USA para una conferencia previa a la moción sobre la identificación de Interamerican y la retención de ciertos documentos de conformidad con el privilegio abogado-cliente.

   El magistrado emitió la orden con sustento en la representación de Interamerican que proporcionará un registro de privilegios actualizado con información adicional sobre los documentos en cuestión, y que producirá documentos proporcionados a Esther Nufher.

  Se advierte que la orden se emite sin perjuicio de la renovación después de recibir un registro de privilegios revisado de Interamerican. Además, instó a que antes del 26 de abril de 2022, Interamerican presentara una traducción certificada del acuerdo de retención.

El Acuerdo de retención

  El 21 de marzo de 2017, Interamerican Consulting Incorporated y la firma Ramírez Gorrín Díaz perdomo y Asociados, suscribieron un Acuerdo de Retención en el cual la primera reconoce que ha tenido a Raúl Gorrín para representación y asesoramiento en relación con el “Contrato entre Interamerican Consulting Incorporated y PDV USA/CITGO Petroleum Corporation”.

   Entre otros aspectos, el contrato contempló que Interamerican estaba de acuerdo con: 

1) Informar al abogado de una manera verdadera  y completa acerca de los hechos del tema del cliente. 

2) Informar al abogado acerca de cualquier tipo de cartas, noticias o alguna otra información con respecto al tema del cliente. 

3) Consultar al abogado acerca antes consultar con otros abogados, especialmente con abogados que estuvieran envueltos o podrían ser afectados por el tema. 

4) Firmar documentos necesario, cuando el abogado lo pida, que permitan a este proceder con asesoramiento legal.

5) Firmar carta indicando cuando el cliente ha instruido al abogado a actuar de una manera contraria al consejo profesional del abogado y aceptando que el cliente no hará responsable al abogado por las consiguientes consecuencias. 

6) Informar al abogado si el cliente no estaría disponible por algún periodo de tiempo debido a enfermedad, vacación o alguna otra razón.

 7) Cooperar con el abogado y dar seguimiento a sus instrucciones.




 


 


miércoles, 25 de mayo de 2022

Maibort Petit: Mensaje a mis hermanos venezolanos que pueden ejercer el voto en las elecciones presidenciales Colombia 2022

   Vaya desde aquí para ustedes un gran abrazo y mi palabra de solidaridad, aliento, recordatorio y advertencia, movida esta no por el deseo de pontificar, sino por el temor de ver que mi amada Colombia emprenda el mismo camino que en diciembre de 1998 emprendió mi país, Venezuela, y del que hoy parece no encontrar retorno.

Imagen cortesía
  Movieron a los venezolanos en aquel nefasto tiempo, el deseo de implementar un cambio en un país que se encontraba sumido en una grave crisis económica, así como un fuerte impulso a sustituir a los viejos actores de unos partidos políticos desgastados e incapaces de ofrecer una alternativa al caótico estado de cosas reinante en ese momento. Se optó entonces por el experimento, por la atención a los cantos de sirena que ofrecían un nuevo país. No mintieron, a decir verdad, y el sistema democrático que ya sumaba 40 años para aquel entonces, se trocó en autoritarismo, en control total, lo llamaban revolución, pero no era más que dictadura criminal que pretende ser eterna.

  De allí mi llamado al inmenso grupo de venezolanos a los que Colombia ha dado cobijo y, en especial, a los más de 2 millones paisanos facultados para votar en las elecciones presidenciales del próximo domingo 29 de mayo de este 2022. Tienen ustedes en sus manos, la posibilidad, bien de enmendar en caso de haber formado parte de los venezolanos que dieron el paso en falso el 6 de diciembre de 1998 o bien porque conocen al monstruo por dentro y quieren evitar que los colombianos también lo conozcan. Sea un caso u otro, tienen todos la noble misión de no dejar caer a Colombia por el despeñadero en que Venezuela se mantiene en caída libre desde hace 23 años. En sus manos está evitar que Colombia repita la aventura devenida en tragedia que cometió Venezuela con su funesta elección de 1998.

  Que su voz y su acción en las urnas el próximo 29 de mayo, pueden evitar que Colombia mande al traste a la institucionalidad democrática, porque sólo ella, imperfecta y con desajustes sociales, económicos y políticos, es capaz de permitir los auténticos y verdaderos cambios que toda sociedad demanda en momentos de crisis. A ustedes, hermanos venezolanos, les corresponde alertar a los colombianos con que hacen vida, de que las promesas de una nueva institucionalidad solamente son el comienzo de la debacle del único sistema que garantiza la libertad y el pensamiento plural.

   Háganles ver a los neogranadinos la oportunidad de oro que les está brindando en estos momentos la democracia de enarbolar sus banderas de cambio, pues después será imposible, cuando quienes hoy les enamoran con la promesa de una utópica sociedad, sean quienes les impidan ondearlas nuevamente. Solamente la democracia permite perfeccionar la democracia.

   Refiéranles que sólo basta echar una mirada alrededor para constatar como se repite la agenda en otras sociedades que igualmente, como Venezuela, se arriesgaron al cambio y hoy ven amenazada su institucionalidad, los cimientos de sus repúblicas.

  Subráyenles, que corren el riesgo de que estas sean las últimas elecciones democráticas de que disfruten, pues de nada sirve la celebración de decenas de comicios si estos no son libres ni justos.

  Destáquenles, la importancia de un país donde los poderes públicos tienen fronteras infranqueables entre sí, porque de arriesgarse al llamado “cambio”, uno solo dominará sobre los otros y ya, nunca más, la justicia será libre, ni en el parlamento se debatirán ideas.

  Y es que libertad será, entonces, una palabra y una acción irrealizable.

  Ya no habrá igualdad de oportunidades electorales, sino un sello único que se repetirá una y otra vez sin posibilidad de poder borrar su tinta. Es que una de las características del “cambio” es la abolición de la disidencia, del pensamiento plural, del debate, de la rebeldía que hoy la democracia sí les permite ejercer.

  Alértenles del peligro de dejarse llevar por quienes enfilan toda su artillería contra los medios de comunicación que hoy denuncian como bastiones de la oligarquía, pero que mañana, inexistentes, borrados del mapa, serán un deseo inalcanzable en un sistema que no permite la crítica y, mucho menos, la contraloría social.

 Resáltenles la importancia de una Colombia unida, en la que la hermandad sea más importante que la ideología trasnochada, la cual es capaz de mancillar al ejercito llamado a la defensa del pueblo a cambio de prebendas. Esas Fuerzas Armadas que hoy son ejemplo de lucha contra el oprobio de la guerrilla y el narcotráfico, mañana estarán rendidas a los pies de esta.

  El futuro de la patria no puede estar en manos de aventureros, sino de auténticos demócratas que promuevan el diálogo, la importancia del trabajo, del estudio y la investigación, así como la significancia del mérito, como formas de perfeccionamiento social.

  Paisanos, como lo hizo Simón Bolívar en Angostura el 15 de febrero de 1819, alértenles a nuestros hermanos colombianos, que en sus manos —las de ellos y las de ustedes— no puede perderse la República el próximo 29 de mayo.


Maibort Petit

Una venezolana eternamente enamorada de Colombia y 

defensora de las libertades y el Estado de Derecho


domingo, 22 de mayo de 2022

Carlos Enrique Urbano Fermín: Un contratista del Estado venezolano, procesado por corrupción, sentenciado y delator de la justicia de EE.UU.

 Por Maibort Petit

  Un esquema corrupto conformado por empresas de maletín, que lavaban dinero proveniente de contratos fraudulentos de las empresas mixtas de la Faja Petrolífera del Orinoco, logrados gracias al pago de millonarios sobornos a funcionarios públicos, fue el centro de una investigación federal que ha llevado a la acusación de al menos cuatro individuos, que además de participar en la red criminal, usaron cuentas bancarias y entidades de papel para lavar el dinero en el estado de la Florida. Uno de los sujetos que fue arrestado, se declaró culpable, colaboró con la justicia y fue sentenciado es el contratista venezolano, Carlos Enrique Urbano Fermín, quien junto al exalcalde de Guanta, Jhonnatan Marín y el fallecido, Leonardo Santilli, entre otros, participaron en una red de corrupción para obtener contratos corruptos de empresas del Estado Venezuela. 

    En mayo de 2022 Carlos Urbano Fermín, fue sentenciado a cinco años de libertad condicional, como premio por haber colaborado con los fiscales federales de la Florida en un caso de corrupción que incluyó el pago de sobornos a funcionarios en Venezuela y de beneficiarse de contratos millonarios y corruptos.

  El juez Robert N. Scola autorizó al contratista a gozar de libertad condicional aprobando el argumento de la defensa para que Urbano Fermín recibiera un trato similar a otro acusado que cooperó en un  caso parecido en Venezuela.

  En la acusación por la cual fue procesado Urbano Fermín se señala que entre 2012 y 2016 logró obtener varios contratos de tres empresas conjuntas de Pdvsa con tres trasnacionales extranjeras: China National Petroleum Company, Rosneft de Rusia. y la francesa Total SA.

   La entrega del exalcalde de Guanta del estado Anzoátegui, Jhonnatan Marín Sanguino, tuvo relación directa con el caso de Carlos Enrique Urbano Fermín que, se ventiló en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida.

  Urbano Fermín cumplió el papel de co-conspirador 2 que se describe en la acusación contra Marín Sanguino[1]. Este contratista, aceptó la comisión de un único cargo de lavado de dinero de fondos irregulares provenientes sobornos a funcionarios de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) a través de cuentas de varias empresas de su propiedad o controladas por él en Estados Unidos.

 En esta entrega recordamos los términos de su acuerdo de culpabilidad.

El Acuerdo de culpabilidad

  El 13 de abril de 2021, Michael N. Berger, fiscal asistente en representación de la entonces Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, Ariana Fajardo Orshan; Daniel S. Kahn, jefe interino de la División Criminal de la Sección de Fraude; Alexander Kramer, abogado litigante de la Sección de Fraude; Norman A. Moscowitz, abogado del acusado; y Carlos Enrique Urbano Fermín, acusado, celebraron un acuerdo de declaración de culpabilidad.

  La aceptación de culpabilidad la hizo Urbano Fermín a sabiendas del derecho que le amparaba de que se presentaran las pruebas y los cargos en su contra ante un gran jurado federal para determinar si existía o no una causa probable para creer que cometió el delito del que se le acusa. Sin embargo, después de haber consultado con su abogado, el acusado aceptó renunciar a su derecho de enjuiciamiento por acusación, así como a cualquier impugnación del estatuto de limitaciones o jurisdicción. Carlos Enrique Urbano Fermín, aceptó que Estados Unidos procediera por medio de una información presentada de conformidad con la Regla 7 de las Reglas Federales de Procedimiento Penal.

El cargo

  Carlos Enrique Urbano Fermín aceptó el cargo de Conspiración para cometer un delito contra los Estados Unidos, el único formulado en su contra.

  El referido delito es una violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 371, específicamente, conspiración para violar 18 U.S.C. § 1956(a), el cual es “lavado de instrumentos monetarios que son producto de, y realizado con la intención de promover, una actividad ilícita específica, a saber, un delito contra una nación extranjera que involucre el soborno de un funcionario público, o la apropiación indebida, robo o malversación de fondos públicos por o en beneficio de un funcionario público”.

La  pena

  Urbano Fermín entendió que por este cargo se expone a que el tribunal le imponga una pena máxima legal de prisión de hasta 5 años y una pena de libertad supervisada de hasta 3 años. No obstante, debido a su amplia colaboración con los fiscales en la develación de información vinculada al esquema de corrupción, Urbano Fermín sólo fue sentenciado a 5 años de libertad condicional.

  También entendió que se le podía imponer una multa de hasta USD 250.000 o el doble del monto de los bienes de origen delictivo involucrados en las transacciones para las cuales el demandado conspiró para lavar, lo que sea mayor.

  Asimismo, el acusado quedó en conocimiento de que la corte también puede ordenar el decomiso y la restitución, así como que deberá pagar al momento de recibir la sentencia, una tasación especial por la cantidad de USD.100.

  Del mismo modo, quedó establecido que Urbano Fermín es consciente de que la sentencia sería impuesta por el Tribunal después de considerar las Directrices y declaraciones de política de sentencias federales.

Las recomendaciones de la fiscalía

  Tanto la Fiscalía como la Sección de Fraude de la División Criminal del Departamento de Justicia se reservaron el derecho de informar al Tribunal y a la oficina de libertad condicional de todos los hechos pertinentes al proceso de sentencia, entre ellos, la información relevante sobre los delitos cometidos —imputados o no— así como sobre el acusado y sus antecedentes. También se reservó el derecho de hacer cualquier recomendación en cuanto a la calidad y cantidad del castigo.

  Ambos despachos recomendaron al Tribunal, al momento de la sentencia, que redujera en dos niveles el nivel de la pauta de sentencia aplicable al delito del acusado con base en el reconocimiento y aceptación oportuna de la responsabilidad personal del acusado. Asimismo, quedó establecido que si se determina que el nivel de delito del acusado es de 16 o más, el gobierno presentó una moción solicitando una reducción adicional de un nivel, indicando que el acusado ayudó a las autoridades en la investigación o enjuiciamiento de la conducta indebida del propio acusado mediante la notificación oportuna a las autoridades de su intención de declararse culpable, lo que evitó prepararse para el juicio y que la fiscalía y la Corte asignen sus recursos de manera eficiente.

  Se advirtió que ni la fiscalía ni la Sección de Fraude “estarían obligadas a presentar esta moción y estas recomendaciones si el acusado: 

(1) no hace o se niega a hacer una divulgación completa, precisa y completa a la oficina de libertad condicional de las circunstancias que rodearon la conducta delictiva relevante; 

(2) se determina que ha tergiversado los hechos al gobierno antes de celebrar este acuerdo de culpabilidad; o 

(3) comete cualquier mala conducta después de firmar este acuerdo de culpabilidad, que incluye, entre otros, cometer un delito estatal o federal, violar cualquier término de liberación o hacer declaraciones falsas o tergiversaciones a cualquier entidad gubernamental o funcionario”.

  Estos despachos gubernamentales acordaron recomendar una sentencia en el extremo inferior del rango de las pautas de asesoramiento aplicables, siempre que Carlos Enrique Urbano cumpla plenamente con los términos del acuerdo de culpabilidad.

El compromiso del acusado

 Carlos Enrique Urbano Fermín se comprometió a cooperar plenamente, tanto con la Oficina del Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, como con la Sección de Fraude de la División Criminal del Departamento de Justicia a:

(a) proporcionar información y testimonios veraces y completos, y presentar documentos, registros y otras pruebas, cuando se le lo soliciten, ya sea en entrevistas, ante un gran jurado, o en cualquier juicio u otro procedimiento judicial;

(b) comparecer en los procedimientos del gran jurado, audiencias, juicios y otros procedimientos judiciales, y en las reuniones;

(c) trabajar en un papel encubierto bajo la supervisión y en cumplimiento de los agentes y agentes del orden público.

  Se estipuló que cualquier asistencia que Urbano Fermín proporcione a los investigadores criminales federales de los Estados Unidos se hará de conformidad con las instrucciones específicas y el control de la Fiscalía y la Sección de Fraude y los investigadores designados. No protegerá a ninguna persona o entidad a través de información falsa u omisión y se comprometió a no revelar su cooperación, ni ninguna información derivada de la misma, a ningún tercero sin el consentimiento previo del Gobierno.

  Urbano Fermín también quedó comprometido a proporcionar una contabilidad y seguimiento de todo el dinero involucrado en su actividad delictiva, así como cualquier activo disponible para el decomiso.

  Asimismo, debió revelar completa y verazmente la existencia, naturaleza y ubicación de todos los activos en los que tiene o tuvo algún interés o control financiero directo o indirecto, y cualquier activo involucrado en el delito de condena.

  Los referidos despachos gubernamentales se reservan el derecho de evaluar la naturaleza y el alcance de la cooperación del acusado y hacer que esa cooperación, o la falta de ella, sea conocida por el Tribunal en el momento de la sentencia.

  Finalmente, entre otras consideraciones del acuerdo, Carlos Enrique Urbano Fermín declaró comprender que su declaración de culpabilidad puede tener consecuencias con respecto a su estatus migratorio.

REFERENCIA

[1] Venezuela Política. “Justicia de EE. UU.: El caso del exalcalde de Guanta, Jhonnatan Marín está relacionado con el empresario corrupto, Carlos Enrique Urbano Fermín (CUFERCA)”. 16 de mayo de 2022. https://www.maibortpetit.info/2022/05/jhonnatan-marin-un-chavista-corrupto.html


Jhonnathan Marín y Carlos Urbano Fermín: dos corruptos venezolanos procesados por el mismo juez en EE. UU.

 El juez Robert Scola asume ambas causas.

Por Maibort Petit

   El 9 de mayo de 2022, Michael N. Berger, asistente del Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida Juan Antonio González, presentó ante el tribunal homónimo, un aviso de caso relacionado en el que informó que la causa que el gobierno entabló contra el exalcalde de Guanta,  Jhonnathan Teodoro Marín Sanguino, identificado con el serial 22-20614-CR-JEM, está relacionada con el caso 20-20163-CR-RNS, en el que la Fiscalía acusa a Carlos Enrique Urbano Fermín, un contratista de PDVSA y sus filiales que fue procesado en Estados Unidos por delitos de corrupción y lavado de dinero y recibió como sentencia 5 años de libertad supervisada.

  Refirió la Fiscalía que a Marín Sanguino se le acusa de delitos de lavado de dinero y soborno relacionados con la corrupción venezolana en relación con la adjudicación de contratos por parte de subsidiarias de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), alegándose que recibió sobornos y/o ganancias de sobornos de dos co-conspiradores específicos (Co-Conspirador 1 y Co-Conspirador 2).

  En este sentido, el fiscal Berger identificó al co-conspirador 2 como Carlos Enrique Urbano Fermín, acusado de manera similar en el caso penal que se le sigue por lavado de dinero y soborno igualmente relacionados con la estatal petrolera venezolana.

  Refirió la fiscalía que el abogado defensor de Jhonnathan Teodoro Marín Sanguino, Michael Nadler, no mostró oposición a que se transfiera el caso penal al juez Robert Scola.


 


viernes, 20 de mayo de 2022

Juez bloqueó nuevo intento de los testaferros de Jhonnathan Marín y Pedro León Torres por hacerse de activos decomisados por EE. UU.

 El Tribunal apoyó los criterios esbozados por la Fiscalía para oponerse a la aprobación de las mociones de Guillermo y María Montero.

Por Maibort Petit

    Las pretensiones de los esposos Guillermo y María Montero, tenidos como supuestos testaferros del exalcalde de Guanta, Jhonnathan Marín Sanguino, y del exzar de la Faja Petrolífera del Orinoco, Pedro León Torres, de retomar el control de una serie de activos que la Fiscalía para el Distrito Sur de Florida busca decomisar, se topó con una nueva negativa por parte del juez Robert N. Scola Jr., quien negó las mociones presentadas por el matrimonio ante su tribunal.

  La fiscalía para el Distrito Sur de Florida viene trabajando en la confiscación real de varios activos, entre ellos, catorce cuentas bancarias que totalizan USD 45 millones, así como siete bienes inmuebles que, asegura, son el producto de delitos de soborno transnacional, propiedades involucradas en el lavado de dinero o una conspiración para cometer lavado de dinero que el gobierno aspira decomisar. Sobre estos activos, varias personas y entidades han presentado reclamos verificados en los que sostienen que tienen intereses.

  Ya anteriormente, la Corte había descartado las pretensiones de Guillermo A. Montero quien, desde entonces ha presentado una moción solicitando a la Corte que reconsidere la anulación de su demanda. A su vez, la Fiscalía procuraba la anulación de los reclamos de María Montero, la esposa de Guillermo Montero, estando ambas mociones completamente informadas y listas para su revisión[1].

  El tribunal concedió al gobierno la moción para anular las pretensiones de los esposos.

La decisión

  El 28 de marzo de 2022, el juez Robert N. Scola Jr., titular del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, emitió una Orden Omnibus (orden final) en la que declaró con lugar una moción de la Fiscalía que buscaba invalidar las pretensiones verificadas de María Montero, así como también negar la moción de reconsideración de Guillermo Montero, quienes vienen insistiendo en recobrar el control sobre fondos y bienes inmuebles incautados por autoridades de los EE. UU. por provenir de actividades delictivas, específicamente del lavado de dinero.

  El magistrado anuló los reclamos de María Montero, en razón de que esta no ha podido establecer legitimación en este caso, como también niega su moción de desestimación por considerarla como discutible. Por la misma razón, el Tribunal negó lun moción de Montero para la remisión al programa de abogados voluntarios.

  Además, tanto Guillermo Montero como María Montero, presentaron recientemente reclamaciones verificadas modificadas, pero la fecha límite para estas presentaciones había pasado hace mucho tiempo. Ambos reclamos enmendados fueron presentados sin la autorización del Tribunal o el consentimiento de la parte contraria.

  En razón de esto, el Tribunal manifestó su acuerdo con el Gobierno en que ninguno de los reclamos enmendados fue presentado debidamente ante el Tribunal y, por tanto, rechazó ambas pretensiones.

Lo que dice la norma

  El sustento de la acción civil que busca el decomiso de los activos por parte de la Fiscalía, se encuentra en las Reglas Federales de Procedimiento Civil, así como por la Regla Suplementaria G. Esta última, en su aparte (5)(a), establece que las entidades o personas que afirman un interés en un activo del demandado, pueden presentar una demanda para unirse al litigio. La jurisprudencia advierte que para impugnar una confiscación “el reclamante primero debe demostrar un interés suficiente en la propiedad para otorgarle la legitimación conforme al Artículo III; de lo contrario, no hay ‘caso o controversia’, en el sentido constitucional, susceptible de adjudicación en los tribunales federales”. Se entiende por interés suficiente “un “derecho de propiedad o posesión sobre los bienes incautados”.

  Igualmente queda estipulado que cada reclamante debe “hacer [] un reclamo válido de que tiene un interés legalmente reconocible en la propiedad que se dañará si la propiedad se confisca al gobierno”.

Reconsideración injustificable

  El juez Scola declaró improcedente el recurso de reposición de Guillermo Montero por cuanto la jurisprudencia ha establecido que “una parte puede solicitar una reconsideración sólo cuando ha ocurrido uno de los siguientes: un cambio intermedio en la ley de control, la disponibilidad de nuevas pruebas o la necesidad de corregir un error claro o prevenir una injusticia manifiesta”.

  Acogiéndose también a la jurisprudencia que advierte que “la reconsideración de una orden es un recurso extraordinario que se emplea con moderación” y que es “apropiada cuando, por ejemplo, el Tribunal no ha entendido bien a una de las partes, o ha tomado una decisión fuera de las cuestiones contenciosas presentadas ante el Tribunal por las partes, o ha cometido un error no de razonamiento sino de aprensión”, el magistrado recordó que si surge cualquiera de estas situaciones, un tribunal tiene amplia discreción para reconsiderar una orden emitida anteriormente. Scola estimó que, en ausencia de cualquiera de estas condiciones, como es en este caso, no se justifica una moción para reconsiderar.

  Se indica en la decisión que en el centro de la solicitud de reconsideración de Guillermo Montero estaban dos embargos mecánicos que presentó recientemente, a través de los cuales afirma intereses en dos bienes inmuebles Demandados. Según él, no pudo presentar los gravámenes en el momento de la presentación de su oposición a la moción de huelga del Gobierno, unos cinco meses antes de solicitar la reconsideración por varias razones, todo lo cual dice que estaba fuera de su control.

  Guillermo Montero, “(1) afirma que no recibió los originales conformes de los gravámenes de la Oficina del Registrador del Condado de Los Ángeles hasta después de haber presentado su respuesta; (2) dice que su abogado se negó a solicitar una prórroga del plazo de respuesta; y (3) asumió que el Gobierno retiraría su moción de huelga una vez que Guillermo le proporcionara copias de los gravámenes. En consecuencia, dice, la orden del Tribunal que anula sus reclamos debe anularse sobre la base de "inadvertencia, sorpresa y negligencia excusable".

  Pero el juez Scola estimó que ninguno de estos eventos se eleva al nivel de justificar la reconsideración de la Corte. Además, advierte que Guillermo Montero no explicó por qué no pudo haber planteado el hecho de la existencia del interés del gravamen en su respuesta ni por qué no llamó la atención del Tribunal sobre los gravámenes durante los meses intermedios entre el momento en que recibió la devolución del gravamen del mecánico registrado de la oferta del registrador y la entrada de la orden del Tribunal. El magistrado determinó que estos factores condenan la posición de Guillermo Montero.

   Por otra parte, el juez no encontró convincentes los otros argumentos de Guillermo Montero, con respecto a sus derechos de la Quinta Enmienda o impedimento legal. Scola sostiene que Guillermo Montero no ha logró convencer de que se justifica la reconsideración de la orden de la Corte que anula sus afirmaciones verificadas.

Anulación de los reclamos de María Montero

  También las pretensiones de María Montero, quien a través de sus reclamos verificados sostiene que tiene intereses de propiedad en dos de los bienes inmuebles del demandado, a saber, 1270 99th Street, Bay Harbor Island, Florida 33154 y 2377 Glendon Avenue, Los Ángeles, California 90064.

   Según ella, cada una de las propiedades pertenece a compañías de responsabilidad limitada separadas y que las dos LLC son, a su vez, propiedad de su esposo, Guillermo Montero. Como consecuencia de su matrimonio, sostiene María, posee el 50 por ciento de las dos SRL y, por tanto, razona, el 50 por ciento de cada uno de los inmuebles. Sustentó su reclamo con los mismos documentos en los que se basó su esposo para respaldar sus propias afirmaciones. El Tribunal rechazó los reclamos de Guillermo Montero en enero de 2022.

  A juicio del juez Robert N. Scola, la Fiscalía tiene razón en su afirmación de que María Montero carece de legitimación para sustentar sus reclamos y que, por lo tanto, deben ser anulados. Para establecer esta negativa, la Corte refiere que la afirmación de María Montero de que tiene un interés marital en la propiedad de las LLC es legalmente insuficiente, pues no conecta los puntos entre cualquier interés actual en las empresas y el interés incipiente que reclama como resultado de su matrimonio.

  Recordó el juez que el Tribunal determinó que el propio Guillermo Montero, como miembro de las LLC, no tiene ningún interés legal separado en estas, además de su condición de miembro, que le otorgaría el Artículo III en su propio nombre.

  Sostiene el Tribunal que, dado que Guillermo Montero no tiene legitimación, por ende, el intento de María Montero de establecer su propia posición sobre la de él no es acertada.

  Por último, la Corte consideró que las reclamaciones de María Montero con respecto a las ganancias pérdidas generadas por la venta de los bienes inmuebles reclamados tampoco logran establecer la legitimación del Artículo III. Se remite a la decisión anterior del tribunal que al evaluar los reclamos similares de Guillermo Montero relacionados únicamente con el “potencial de inversión perdido”, demuestran que María Montero sería “nada más que [una] acreedora no garantizada[]”.

[1] Venezuela Política. “Tribunal de EE. UU. niega petición de los reclamantes de los fondos confiscados a los testaferros del ex-zar de la Faja del Orinoco y el exalcalde corrupto de Guanta”. 4 de febrero de 2022. https://www.maibortpetit.info/2022/02/tribunal-de-ee-uu-niega-reclamos-de-los.html


jueves, 19 de mayo de 2022

Los sobornos corruptos de Odebrecht : Hijos del expresidente de Panamá, Ricardo Martinelli serán sentenciados este viernes 20 de mayo en NY

   En la Corte de Brooklyn se escuchará de boca del juez de distrito, Raymond J. Dearie, cuál será la pena que deberán pagar los hijos del expresidente panameño, Ricardo Martinelli Berrocal, por lavar fondos irregulares provenientes de la constructora brasileña Odebrecht.  

Por Maibort Petit

  La lectura de sentencia de los hermanos Luis Enrique y Ricardo Alberto Martinelli Linares se fijó para este viernes 20 de mayo.  A las 4 de la tarde, el juez de la causa, Raymond J. Dearie, establecerá cuál será la pena que deberán purgar los hijos del expresidente panameño, Ricardo Martinelli Berrocal. Los hermanos se declararon culpables de haber lavado USD 28 millones provenientes de sobornos entregados por la constructora brasileña Odebrecht a cambio del otorgamiento de contratos en beneficio “de un familiar cercano y alto funcionario” del gobierno de Panamá.

  Por documentos del caso, se conocieron los últimos movimientos judiciales de los Martinelli Linares, por ejemplo, para el 13 de mayo está programada la fecha de control para la sentencia de Ricardo Martinelli Linares luego de que el juez Dearie, le negara su pedido de fianza. Este, así como su hermano, Luis Martinelli Linares, se declararon culpables diciembre de 2021. En razón de que la defensa había solicitado una sentencia acelerada antes de una solicitud anticipada de una sentencia de tiempo cumplido, la Corte refirió que estaría dispuesta a adelantar la fecha de dicha sentencia.

  Se convino en pedir al Departamento de Libertad Condicional avocarse al caso y, en tal sentido, el 28 d e marzo emitió un borrador de PSR para Luis Martinelli y el 30 de marzo recibió las objeciones y pedidos de corrección de parte de los abogados defensores.

  Luego, el 4 de abril, la defensa pidió a la fiscalía que expusiera su posición respecto a la solicitud anticipada para que la Corte adelantara la sentencia del 13 de mayo a la semana del 25 de abril. El gobierno respondió el 8 de abril que se oponía a cualquier adelanto de sentencia de Martinelli porque la fiscalía continuaba “reuniendo información para las audiencias de sentencia, incluso a la espera de información adicional de Panamá sobre la posición del país como víctima para fines de restitución”.

  Los abogados defensores expusieron que todas las partes habían tenido tiempo suficiente para prepararse para la sentencia, encontrándose, además, el PSR sustancialmente completo y no representa un obstáculo para un avance razonable de las audiencias de sentencia, por lo que requirieron del Tribunal un adelanto de las fechas de sentencia de Ricardo Martinelli y su hermano.

Presentaron una oferta de cronograma:

“Para una audiencia el lunes 25 de abril: las presentaciones de la defensa deben presentarse el jueves 14 de abril; presentación del gobierno para el jueves 21 de abril; la respuesta de la defensa vence el viernes 22 de abril.

“Para una audiencia el miércoles 27 de abril o el jueves 28 de abril: las presentaciones de la defensa deben presentarse el lunes 18 de abril; presentaciones del gobierno vencen el lunes 25 de abril; respuesta de la defensa para el martes 26 de abril”.

Entretanto, los fiscales han solicitado que la condena que se les dicte a los hermanos Martinelli Linares entre en el rango de los 108 y los 135 mes, es decir, entre 9 y 11 años.

El Departamento de Libertad Condicional sugirió al tribunal una sentencia de 180 meses de prisión y el pago de una multa de USD 250.000, puesto que a su juicio no existen causales que puedan hacer mitigar la pena.

Para el gobierno resulta inadmisible la pretensión de la defensa que ha pedido al juez Dearie que, incluso, deje en libertad a sus clientes, toda vez que a criterio de sus abogados defensores, ya habrían sido suficientes los 23 meses que llevan detenidos tanto en Guatemala como en Brooklyn.

¿Quiénes son los Martinelli Linares?

  Son escasos los datos biográficos de los Martinelli Linares y entre la poca información que puede encontrarse en la web, está el hecho de que ambos tienen doble nacionalidad, panameña e italiana, en razón de los orígenes de su padre, el expresidente de Panamá, Ricardo Alberto Martinelli Berrocal.

  El exmandatario panameño es un empresario cuya mayor compañía es Súper 99, una de las principales cadenas de supermercados de Panamá. También es dueño de Importadora Ricamar S.A.,al tiempo que es socio, inversionista, directivo o accionista de otras firmas panameñas, como el Diario por la Democracia S.A., la Azucarera La Victoria, Empresa ERA, MegaDepot, ToyLand, Compañía Digital de Televisión y Plastigol S.A. Igualmente es director de Gold Mills de Panamá, Global Bank, Panasal S.A., Televisora Nacional de Panamá, DirectTV, Desarrollo Norte S.A. el Molino de Oro, Avipac Inc y Calox Panameña.

  Entretanto, la madre es Marta Linares de Martinelli quien está titulada en Comercio en el Saint Mary of the Woods College en Indiana (Estados Unidos) y posteriormente adquiere la licencia como Corredora de Seguros en la Universidad de Panamá.

  Ricardo Alberto, el mayor, tiene 42 años de edad, mientras Luis Enrique tiene 39. La tercera de los hermanos Martinelli Linares es Carolina Elizabeth.

  En la red social LinkedIn, el perfil de Luis Enrique Martinelli Linares refiere que es el director general de la empresa Importadora Ricamar S.A.  Allí se describe como un joven empresario panameño que dirige la firma Super-99, como también es denominada la cadena de supermercados más grande de Panamá.

 Es egresado en administración de negocios de la Universidad Metodista del Sur (Southern Methodist University) ubicada en Texas, donde igualmente cursó estudios internacionales[1].

  La Importadora Ricamar S.A. es una empresa registrada en Panamá el 10 de diciembre de 1961 bajo el número 115395, cuyo estatus actual es vigente, de acuerdo a lo que informa el portal Open Corporates. El nombre del agente es Magalis Guadalupe Reyes Reyes y el directorio está conformado por Adrián Domínguez Castro y María Concepción Rodríguez, como apoderados; Alejandro Garuz, como apoderado y gerente general; Alejandro Garuz Adames, como director y presidente; David Alejandro Jiménez Barrios, como director y secretario; Gabriel Arturo Jiménez Barrios, como director y tesorero; Roberto Antenos Reyes Reyes y Vicente González Jiménez, como suscriptores. La representación legal de la empresa la ejercen el presidente, el secretario y el tesorero. Marta Linares de Martinelli fue destituida de la presidencia entre el 25 de julio de 2019 y el 21 de mayo de 2020[2].

  El 29 de enero de 2017, el gobierno de los Estados Unidos canceló la visa, tanto de los hermanos Luis Enrique y Ricardo Alberto Martinelli Linares, como de su madre, la ex primera dama panameña, Marta Linares de Martinelli[3].

Acusados por la justicia estadounidense

   La figuración pública de los hijos del expresidente Ricardo Martinelli Berrocal comenzó con la acusación que su contra se presentó ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York, donde están imputados por delitos de lavado de dinero de fondos provenientes de un esquema masivo de soborno en el que está involucrada el conglomerado mundial de construcción con sede en Brasil, Odebrecht S.A.

   De acuerdo a la documentación que se maneja en Corte de Brooklyn, el plan corrupto por el que se señala a los Martinelli Linares involucraba el pago de más de USD 700 millones en sobornos a funcionarios de gobierno, miembros de partidos políticos y otros funcionario y personeros en Panamá y otros países alrededor del mundo para obtener y retener negocios para Odebrecht. 

  La constructora brasileña a través de sus representantes admitió su culpabilidad el 21 de diciembre de 2016. Esto ocurrió igualmente en el Distrito Este de Nueva York donde enfrentó una acusación criminal de conspiración para violar las disposiciones contra el soborno de la Ley de Prácticas Corruptas Extranjeras (FCPA)[4].

   Luego de un complicado proceso, Luis Enrique Martinelli Linares fue extraditado desde Guatemala hacia los Estados Unidos para enfrentar la acusación presentada ante el tribunal federal en Brooklyn el 15 de noviembre de 2021. Por su parte, Ricardo Alberto Martinelli Linares fue extraditado el 10 de diciembre de 2021. Habían sido detenidos en julio de 2020, en el Aeropuerto Internacional La Aurora de Guatemala, cuanto procuraban abordar un avión privado que los sacara de suelo guatemalteco rápidamente y así evitar su captura en razón de la solicitud que cursaba de parte de la justicia estadounidense. Desde su aprehensión estuvieron recluidos en la cárcel de la base militar Mariscal Zavala, en Guatemala.

   En el esquema corrupto de Odebrecht, los Martinelli Linares habrían lavado —de acuerdo a los documentos judiciales— aproximadamente USD 28 millones en pagos de sobornos hechos por la empresa brasileña a un alto funcionario del gobierno de Panamá que es pariente cercano de los acusados. Contra los hermanos fue presentada la denuncia penal el 27 de junio de 2020 y, posteriormente, el 4 de febrero de 2021, en contra de Luis Martinelli Linares y Ricardo Martinelli Linares fueron presentados cinco cargos. En la Corte de Brooklyn. Uno de los cargos es por conspiración para cometer lavado de dinero, mientras dos son por encubrimiento de lavado de dinero. Luis Martinelli Linares enfrenta también dos cargos de participación en transacciones de propiedad obtenida ilícitamente[5].

La admisión de la culpa

  Luis Enrique Martinelli Linares se declaró culpable de conspiración para cometer lavado de dinero por su desempeño en el esquema corrupto de soborno de Odebrecht S.A., ante el juez federal de distrito Raymond J. Dearie, el 2 de diciembre de 2021. Ante el magistrado dijo que participó en la conspiración junto con su hermano, Ricardo Alberto Martinelli Linares y otras personas mediante el establecimiento de cuentas bancarias extraterritoriales a nombre de compañías de fachada en las que recibirían y disfrazarían los fondos irregulares que sumaban USD 28 millones. Explicó que él y sus socios transfirieron hacia y desde los Estados Unidos el dinero, lo cual llevaron a cabo a través de transferencias electrónicas que involucraban las ganancias del esquema y que les servirían para la compra de un yate y un condominio en EE. UU.[6]

  Entretanto, la declaración de culpabilidad de Ricardo Alberto Martinelli Linares se produjo el 14 de diciembre de 2021, cuando ante el juez federal de distrito, Raymond J. Dearie, admitió que participó en la conspiración para lavar dinero en el esquema encabezado por Odebrecht S.A. Tal como lo hizo su hermano, asintió los términos de la acusación que los señala de usar el sistema financiero de Estados Unidos para promover su esquema de corrupción, lo cual lograron constituyendo “cuentas de empresas ficticias en bancos extraterritoriales para tratar de evadir la responsabilidad y usaron parte de las ganancias de los sobornos para su beneficio personal”[7].

El expresidente

    Aunque el expresidente de Panamá, Ricardo Martinelli Berrocal, no es mencionado en los documentos judiciales de sus hijos, las alusiones al alto funcionario del gobierno panameño al que beneficiarían finalmente los fondos irregulares lavados por Luis Enrique y Ricardo Alberto Martinelli Linares, hacen suponer que podría tratarse de su persona.

  Y es que el nombre del exmandatario ha estado en varias ocasiones relacionado con hechos de corrupción, entre ellos el caso Financial Pacific en 2013, cuando maniobraron para salvar a la citada casa de valores[8].

  Martinelli Berrocal fue arrestado el 12 de julio de 2017 en Coral Gables, estados Unidos, en atención a una orden de detención en su contra emitida por el Departamento de Justicia que respondía a un pedido del gobierno de Panamá[9].

   El expresidente estaba acusado en Panamá por el caso de las escuchas ilegales en las comunicaciones a 150 opositores de su mandato y por supuestos cargos de malversación, por lo que maniobró de diversas formas para evitar ser enviado a Panamá hasta que, finalmente, renunció a todos los recursos legales que mantenía, los cuales impedían que fuera extraditado[10]. La extradición se cumplió el 11 de junio de 2018[11].

  En Panamá, el tribunal de Juicio Oral lo absolvió el 9 de agosto de 2019 de los cargos “de inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad; seguimiento, persecución y vigilancia sin autorización judicial; sustracción o malversación y peculado de uso[12]. Este fallo fue anulado por el Tribunal de Apelaciones el 20 de noviembre de 2020 y fue sometido a un nuevo juicio del que, finalmente resultó absuelto el 9 de noviembre de 2021[13].


[1] LinkedIn. Luis Enrique Martinelli Linares. https://www.linkedin.com/in/luis-enrique-martinelli-linares-60116b134/

[2] Open Corporates. Importadora Ricamar S.A. (Irisa). https://opencorporates.com/companies/pa/115395

[3] En Mayúscula. “Estados Unidos le cancela la visa a Marta Linares de Martinelli y a sus dos hijos, reveló diario La Prensa”. 29 de enero de 2017. https://www.enmayuscula.com/component/tags/tag/ricardo-martinelli-linares.html

[4] Departamento de Justicia. “Odebrecht and Braskem Plead Guilty and Agree to Pay at Least $3.5 Billion in Global Penalties to Resolve Largest Foreign Bribery Case in History”. 21 de diciembre de 2016. https://www.justice.gov/opa/pr/odebrecht-and-braskem-plead-guilty-and-agree-pay-least-35-billion-global-penalties-resolve

[5] Departamento de Justicia. “Intermediario panameño en supuesto plan de soborno acusado de lavado de dinero fue extraditado a los Estados Unidos desde Guatemala”. 15 de noviembre de 2021. https://www.justice.gov/espanol/pr/intermediario-paname-o-en-supuesto-plan-de-soborno-acusado-de-lavado-de-dinero-fue

[6] Departamento de Justicia. “Panamanian Intermediary Pleads Guilty for His Role in an International Bribery and Money Laundering Scheme”. 2 de diciembre de 2021. https://www.justice.gov/usao-edny/pr/panamanian-intermediary-pleads-guilty-his-role-international-bribery-and-money

[7] Departamento de Justicia. “Panamanian Intermediary Pleads Guilty for His Role in an International Bribery and Money Laundering Scheme”. 14 de diciembre de 2021. https://www.justice.gov/usao-edny/pr/panamanian-intermediary-pleads-guilty-his-role-international-bribery-and-money-1

[8] La Estrella de Panamá. “Martinelli se hizo responsable del préstamo de Financial Pacific”. 9 de septiembre de 2016. https://www.laestrella.com.pa/nacional/161109/hizo-prestamo-martinelli-responsable

[9] CNN en Español. “Detienen en Miami al expresidente de Panamá Ricardo Martinelli”. 12 de junio de 2017. https://cnnespanol.cnn.com/2017/06/12/detienen-en-miami-al-expresidente-de-panama-ricardo-martinelli/

[10] CNN en Español. “Ricardo Martinelli renuncia a los recursos legales que impedían su extradición a Panamá”. 24 de mayo de 2018. https://cnnespanol.cnn.com/2018/05/24/ricardo-martinelli-renuncia-a-los-recursos-legales-que-impedian-su-extradicion-a-panama/

[11] El País. “EE UU extradita a Panamá al expresidente Ricardo Martinelli”. 11 de junio 2018. https://elpais.com/internacional/2018/06/11/actualidad/1528731365_455891.html

[12] TVN Noticias. “Ricardo Martinelli es absuelto por caso 'pinchazos'”. 9 de agosto de 2019. https://www.tvn-2.com/nacionales/judicial/Ricardo-Martinelli-absuelto-Caso-Pinchazos-video_0_5369463062.html

[13] La Prensa de Panamá. “Ricardo Martinelli, absuelto de los ‘pinchazos’ por segunda vez”. 10 de noviembre de 2021. https://www.prensa.com/impresa/panorama/martinelli-absuelto-de-los-pinchazos-por-segunda-vez/


lunes, 16 de mayo de 2022

Cardiólogo venezolano fue acusado por EE. UU. de piratear y diseñar un software de secuestro de datos 'patrocinado por Irán para atacar empresas israelíes'

Por Maibort Petit

   Un cardiólogo de Ciudad Bolívar, Venezuela fue acusado por el gobierno de los Estados Unidos de ser un pirata informático y de haber diseñado un sistema de secuestro de datos (ransomware) patrocinado por el estado de Irán. 


   Moisés Luis Zagala González, de 55 años, sería el autor de dos cepas de ransomware llamadas Jigsaw v.2 y Thanos, según la acusación del gobierno estadounidense.

 Según los investigadores federales, Zagala vendió y alquiló las herramientas de ransomware a los ciberdelincuentes a partir de 2019 y les enseñó a los estafadores cómo usar los programas.

 La demanda, revelada hoy en la Corte Federal de Brooklyn en la ciudad de Nueva York, dice que el médico venezolano diseñó el software con el "contador del fin del mundo", compartió las ganancias de los ataques de ransomware y se jactó del uso por parte de un grupo de piratería patrocinado por la República Islámica de Irán.

 Moisés Luis Zagala González, también conocido como “Nosophoros”, “Esculapio” y “Nabucodonosor”, es un ciudadano franco-venezolano que reside en Venezuela, que fue acusado de realizar intrusiones informáticas y de conspirar para cometer intrusiones informáticas. 

  Los cargos contra Zagala González se derivan del uso y la venta del software, así como de su amplio apoyo y acuerdos de participación en las ganancias con los ciberdelincuentes que usaron sus programas de ransomware.

 La denuncia penal, Zagala dice que el cardiólogo que reside en Ciudad Bolívar, Venezuela, diseñó múltiples herramientas de ransomware, un software malicioso que los ciberdelincuentes utilizan para extorsionar a empresas, organizaciones sin fines de lucro y otras instituciones mediante el cifrado de esos archivos, y luego exigiendo un rescate por las claves de descifrado. 

  "Zagala vendió o alquiló su software a piratas informáticos que lo utilizaron para atacar redes informáticas", advierte la acusación.

 Uno de los primeros productos de Zagala, fue la cepa de una herramienta de ransomware llamada "Jigsaw v. 2", tenía, en la descripción de Zagala, un contador "Doomsday" que registraba cuántas veces el usuario había intentado erradicar el ransomware. Zagala escribió: "Si el usuario elimina el ransomware demasiadas veces, está claro que no pagará, así que es mejor que borre todo el disco duro".

  A fines de 2019, Zagala comenzó a anunciar una nueva herramienta en línea: un "Generador privado de ransomware" al que llamó "Thanos". El nombre del software, dice los documentos federales, parece ser una referencia a un villano ficticio de dibujos animados llamado Thanos, responsable de destruir la mitad de toda la vida en el universo, así como una referencia a la figura "Thanatos" de la mitología griega, que está asociado con muerte. 

  El software de Thanos permitió a sus usuarios crear su propio software de ransomware único, que luego podían usar o alquilar para que lo usaran otros ciberdelincuentes. La interfaz de usuario del software Thanos se muestra a continuación.

  La captura de pantalla muestra, en el lado derecho, un área para "Información de recuperación", en la que el usuario puede crear una nota de rescate personalizada. Otras opciones incluyen un "ladrón de datos" que especifica los tipos de archivos que el programa ransomware debe robar de la computadora de la víctima, una opción "anti-VM" para vencer los entornos de prueba utilizados por los investigadores de seguridad y una opción, como se anuncia, para hacer que el programa de ransomware se "autoelimine".

  En lugar de simplemente vender el software de Thanos, Zagala permitió que las personas lo pagaran de dos maneras. Primero, un criminal podría comprar una “licencia” para usar el software por un cierto período de tiempo. 

  El software de Thanos fue diseñado para hacer contacto periódico con un servidor en Charlotte, Carolina del Norte que Zagala controlaba con el fin de confirmar que el usuario tenía una licencia activa.

  Alternativamente, un cliente de Thanos podría unirse a lo que Zagala llamó un "programa de afiliados", en el que proporcionó acceso de usuario al constructor de Thanos a cambio de una parte de las ganancias de los ataques de Ransomware. 

 Zagala recibió el pago tanto en moneda fiduciaria como en criptomoneda, incluidos Monero y Bitcoin.

  Zagala publicitó el software de Thanos en varios foros en línea frecuentados por ciberdelincuentes, utilizando nombres de pantalla que hacían referencia a la mitología griega. 

   Sus dos apodos preferidos de Zagala eran "Esculapio", en referencia al antiguo dios griego de la medicina, y "Nosophoros", que significa "portador de enfermedades" en griego. En los anuncios públicos del programa, Zagala se jactaba de que el ransomware creado con Thanos era casi indetectable para los programas antivirus y que "una vez que se realizaba el cifrado", el ransomware se "borraría solo", haciendo que la detección y la recuperación fueran "casi imposibles" para la víctima.

 En chats privados con los clientes, Zagala les explicó cómo implementar sus productos de ransomware: cómo diseñar una nota de rescate, robar contraseñas de las computadoras de las víctimas y establecer una dirección de Bitcoin para pagos de rescate. 

  Zagala explicó a un cliente, hablando de Jigsaw: "La víctima 1 paga en la dirección btc [Bitcoin] dada y descifra sus archivos", dice la demanda. 

  Zagala también señaló que “hay un castigo… [si] el usuario reinicia. Por cada repetición, lo castigará con 1000 archivos eliminados”. Después de que Zagala explicara todas las características del software, el cliente respondió: “Señor, realmente necesito decir esto. . . Eres el mejor desarrollador de todos los tiempos”. 

 Zagala respondió: "Gracias, es bueno escucharlo [.] Estoy muy halagado y orgulloso". 

  Zagala solo tenía una solicitud: "Si tiene tiempo y no es demasiado problema para usted, describa su experiencia conmigo" en una reseña en línea.

El FBI entra en acción

  Aproximadamente el 1 de mayo de 2020, una fuente humana confidencial del FBI (CHS-1) discutió unirse al "programa de afiliados" de Zagala. 

  Zagala respondió: “No por ahora. No tenga manchas. Pero Zagala ofreció licenciar el software a CHS-1 por $500 al mes con "opciones básicas" u $800 con "opciones completas".

  El 7 de octubre de 2020 o alrededor de esa fecha, CHS-1 le preguntó a Zagala cómo establecer un programa de afiliados propio usando Thanos. Zagala respondió con un breve tutorial sobre cómo configurar un equipo de ransomware. 

  El cardiólogo explicó que CHS-1 debería encontrar personas "versadas... en la piratería de LAN" y proporcionarles una versión del ransomware Thanos que estaba programada para expirar después de un período de tiempo determinado.

   Zagala dijo que personalmente tenía “un máximo de entre 10 y 20” afiliados en un momento dado, y “a veces solo 5”. Agregó que los piratas informáticos se acercaron a él en busca de su software después de haber obtenido acceso a la red de una víctima: “vienen con acceso a [big] LAN, compruebo y luego acepto [.] bloquean varias redes grandes y esperamos… Si bloqueas redes sin cinta ni nube (copias de seguridad)[,] casi todas pagan[.]”

  Zagala explicó además que, a veces, la red de una víctima resultó tener una copia de seguridad inesperada: “así que no tiene sentido bloquearla porque tienen copias de seguridad, así que en ese caso solo extraemos datos”, refiriéndose al robo de información de la víctima.  

 En la demanda se señala que el acusado agregó a sus clientes que tenía un asociado que "sabe cómo corromper cintas", es decir, copias de seguridad, y cómo "deshabilitar [] AV", es decir, software antivirus.  

  Finalmente, Zagala ofreció darle a CHS-1 dos semanas adicionales gratis después de que caducara la licencia de un mes de CHS-1, y explicó que "porque 1 mes es muy poco para este negocio... a veces es necesario trabajar mucho para obtener buenas ganancias".

  Los clientes de Zagala calificaron favorablemente sus productos. Una persona publicó un mensaje elogiando a Thanos en julio de 2020, escribiendo "Compré el ransomware de nosophoros y es muy poderoso" y afirmando que había usado el ransomware de Zagala para infectar una red de aproximadamente 3000 computadoras. 

  En diciembre de 2020, otro usuario escribió una publicación en ruso: “Hemos estado trabajando con este producto durante más de un mes, ¡tenemos una buena ganancia! El mejor apoyo que he conocido.” 

  Zagala discutió públicamente su conocimiento de que sus clientes usaron su software para cometer ataques de ransomware, incluido un enlace a una noticia sobre el uso de Thanos por parte de un grupo de piratería patrocinado por el estado iraní para atacar a empresas israelíes.

  Alrededor de noviembre de 2021, Zagala seguía usando un tercer nombre de pantalla: "Nabucodonosor". En chats, con una segunda fuente confidencial del FBI (CHS-2), Zagala declaró que había cambiado de alias para preservar la "OPSEC... seguridad operativa" porque "los analistas de malware están sobre mí".

  El 3 de mayo de 2022 o alrededor de esa fecha, los agentes encargados de hacer cumplir la ley realizaron una entrevista voluntaria a un pariente de Zagala que reside en Florida y cuya cuenta de PayPal fue utilizada por Zagala para recibir ganancias ilícitas. 

  El individuo confirmó que Zagala reside en Venezuela y se había formado en programación informática de manera autodidacta. El sujeto también mostró a los agentes, la información de contacto de Zagala en su teléfono que coincidía con el correo electrónico registrado para la infraestructura maliciosa asociada con el malware de Thanos.

  Si es declarado culpable, el acusado enfrenta hasta cinco años de prisión por intento de intrusión informática y cinco años de prisión por conspiración para cometer intrusiones informáticas.

  Este caso está siendo manejado por la Sección de Seguridad Nacional y Delitos Cibernéticos. 

 Los fiscales federales adjuntos David K. Kessler y Alexander F. Mindlin están a cargo de la acusación.




Justicia de EE. UU. : El caso del exalcalde de Guanta, Jhonnatan Marín está relacionado con el empresario corrupto, Carlos Enrique Urbano Fermín (CUFERCA)

   El socio del ex-gobernante municipal fue arrestado en Miami, y en el marco de su proceso, se declaró culpable y 'delató' a los que operaron un esquema de corrupción que esquilmó millones de dólares en contratos fraudulentos de PDVSA, cuyos fondos se lavaron en el sistema financiero de EE. UU.: Marín fue una pieza clave en el proceso de blanqueo de capitales.  

Por Maibort Petit

 El caso del exalcalde del Municipio Guanta del estado Anzoátegui, Jhonnatan Marín Sanguino —acusado por el gobierno de los Estados Unidos de delitos de corrupción y lavado de dinero — está relacionado con uno de sus socios, Carlos Enrique Urbano Fermín dueño de la Constructora Cuferca C.A., que está siendo procesado por blanqueo de capitales y se declaró culpable ante un juez de Miami, de acuerdo a un memorando de los fiscales federales ingresado en el registro de la Corte del Distrito Sur de la Florida.

  Según documentos del tribunal, el caso penal de Marín Sanguino tiene directa relación con el expediente de Carlos Enrique Urbano Fermín. "La Información en la Causa Penal que imputa a Jhonnathan Teodoro Marín Sanguino con lavado de dinero y cohecho por corrupción venezolana en relación con la adjudicación de contratos de las subsidiarias de la empresa petrolera estatal de Venezuela, PDVSA", dice la comunicación. 

   El caso penal de Marín Sanguino alega que el ex-funcionario recibió sobornos y/o ganancias de sobornos de dos co-conspiradores (Co-Conspirador 1 y Co-Conspirador 2). Co-Conspirador 2 es Carlos Enrique Urbano Fermín quien fue igualmente imputado por lavado de dinero y soborno relacionado con la corrupción venezolana relacionada, en parte, con la adjudicación de contratos por subsidiarias de PDVSA.

  La fiscalía anunció que el caso criminal de Marín Sanguino será transferido al juez Robert Scola. 

  La magistrada Lisette M. Reid que atendió la primera comparecencia de Jhonnatan Teodoro Marín Sanguino ante el tribunal estadounidense ordenó que la lectura de cargos contra el acusado se realizará el 23 de mayo de 2022 en la división de Miami ante el magistrado de turno.

El expediente

  En abril de 2022, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos publicó una acusación federal aprobada por el Gran Jurado que describe las actividades criminales de este sujeto que también fue acusado por los órganos contralores del régimen venezolano por delitos de corrupción. El exfuncionario utilizó su posición política, su poder y contactos para enriquecerse a costa de dineros públicos perteneciente a los venezolanos.

   En 2019, el Contralor General del régimen de Nicolás Maduro, Elvis Amoroso acusó a Marín de cometer "ilícitas irregularidades que dañaron el patrimonio público" y anunció un procedimiento administrativo en su contra[1] pese que, hasta entonces, se había movido como una importante ficha del oficialismo en el oriente de Venezuela.  La acusación de la Contraloría venezolana no significa que se busque la transparencia en el manejo de los fondos públicos sino que las mafias que operan en el país no distribuyeron los dividendos logrados en los esquemas de corrupción o excluyeron a otros jerarcas de la revolución.

Su huída de Venezuela

  Marín Sanguino renunció a la Alcaldía de Guanta ante los señalamientos de corrupción y posibles acciones denunciadas en su contra. Logró huir de Venezuela a Miami donde vivió con grandes comodidades en un lujoso edificio residencial de Brickell. Posteriormente, el acusado pasó un tiempo en México. En abril de 2022 se entregó a las autoridades de la Florida para enfrentar las acusaciones en su contra. El ex-alcalde contrató para su defensa, a uno de los más experimentados abogados del gobierno estadounidense que tras su renuncia al Departamento de Justicia, pasó a ejercer en un despacho privado.

La acusación del régimen

   En Venezuela, desde el 4 de febrero de 2019 pesaba sobre Marín Sanguino una orden de aprehensión emitida por un tribunal penal del área metropolitana de Caracas. En dicha instancia judicial se le señalaba de la comisión de los delitos de peculado doloso impropio y asociación para delinquir. Igualmente, desde este juzgado se giraron medidas de incautación de bienes y propiedades, así como de bloqueo de cuentas[2]. 

   El contralor también lo inhabilitó desde el 5 de junio de 2020 para ejercer cargos públicos por un periodo de 15 años[6].

   Marín Sanguino, a través de empresas de maletín con cuentas en los Estados Unidos intentó disfrazar la naturaleza de los fondos irregulares obtenidos a partir de la suscripción de contratos con filiales de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), las empresas mixtas de la Faja Petrolífera del Orinoco, a saber, Petrocedeño, Petropiar, Petromonagas S.A. Petrolera Sinovensa S.A. y Petromiranda S.A., a cambio de sobornos.

  La acusación que cursa en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida omite el nombre de los socios de Marín Sanguino —solamente los identifica como co-conspiradores 1 y 2, así como ex funcionarios venezolanos 1 y 2— y uno de ellos está bajo custodia de las autoridades.  Este lunes se conoció que el co-conspirador 2 es Carlos Enrique Urbano Fermín.

  Marín Sanguino fue señalado en Venezuela de operar “negocios” corruptos con los hermanos Urbano Fermín, propietarios del Grupo Urbano Fermín integrado por un conjunto de empresas de las cuales destaca la Constructora Urbano Fermín, C.A. (Cuferca) a cuyo cargo estuvieron infinidad de obras en el oriente venezolano, especialmente en el estado Anzoátegui durante el mandato del ahora acusado.

  A esta empresa, Jhonnathan Marín Sanguino les entregó una serie de obras, entre ellas, la “construcción de obras para mejorar la calidad de vida de los habitantes del Municipio Guanta (…); remoción y pintura, impermeabilización de techos y tanques en el Conjunto residencial Los Cocalitos (…) remoción y Construcción de Cerca Perimetral en Centro de Educación Inicial y Gimnasio Adriana Carmona (…); demolición y construcción de Puentes de la Av. Arizaleta Guanta (…)”

  Cuferca también recibió contratos para desarrollar proyectos en la Faja Petrolífera del Orinoco que han estado caracterizados por irregularidades[6].

  Jhonnathan Marín con sus denominadas "empresas de producción social" de la Alcaldía de Guanta constituyó una red a través de la cual derivó los “contratos de construcción de obras hacia sus compañías de maletín o las de sus allegados, una de ellas la Constructora Urbano Fermín C.A., Cuferca, de Carlos Esteban Urbano Fermín, privado de libertad a por el Tribunal 6° de Control del circuito judicial penal del estado Anzoátegui a solicitud del Ministerio Público, por su vinculación con el presunto desfalco en la Faja Petrolífera del Orinoco, ocurrido entre los años 2010 y 2016. Urbano Fermín figuraba como gerente general de Cuferca y era accionista de diversas compañías contratistas de PDVSA”[7].

  Los negocios irregulares entre Cuferca y Jhonnathan Marín resultaron tan evidentes que hasta el portal oficialista Aporrea denunció que durante unos allanamientos ocurridos en febrero y marzo de 2017, relacionados con una investigación por la adquisición de monoboyas, se encontraron “contratos adjudicados por Petropiar, Petrocedeño y Petromonagas, empresas mixtas de la Faja, a las compañías de la esposa del alcalde”.

  Igualmente, los nexos de Marín Sanguino con el exjefe de la Faja Petrolífera del Orinoco, Pedro León, son ampliamente denunciados en Venezuela. De acuerdo a los registros de prensa, Marín protagonizó un conjunto de supuestas irregularidades que, igualmente, quedaron evidenciadas con unos documentos obtenidos en un allanamiento realizado en la vivienda de un primo de Pedro León en la urbanización Guaraguao, perteneciente a PDVSA.

 Los documentos, en manos de los funcionarios del régimen venezolano, determinan que un grupo de empresas que habían sido del alcalde Marín, [y que hoy se encuentran a nombre de su esposa, Esneidy Mayerling Villanueva Medina], entre las que se encuentra la Cooperativa Simón Bolívar Hacia el Futuro, habrían sido utilizadas para lograr contratos públicos de manera irregular.

   La prensa local reveló que al ser allanada la sede de esta supuesta cooperativa se localizaron evidencias que daban cuenta de la estrecha relación personal del alcalde y su esposa con el exdirector de la FPO, así como la existencia de negocios entre ellos. 

  Existen otros documentos bajo escrutinio que relacionan las empresas de la pareja Marín-Villanueva con empresas del grupo Cuferca, que incluyen cuentas de gastos de la constructora y registros de importaciones a su nombre con la actuación de la compañía Group Services & Transporte VIP, presidida por Esneidy Villanueva”, según reveló Aporrea[8].

  Carlos Enrique Urbano Fermín es procesado por el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, donde es acusado de Conspiración para cometer lavado de dinero. El acusado de declaró culpable ante un juez en Miami y acordó colaborar con la justicia.

Referencias

[1] Runrun.es. “Elvis Amoroso ordenó investigar a Ramón Muchacho y Jhonnathan Marín”. 25 de septiembre de 2019. https://runrun.es/noticias/389300/elvis-amoroso-ordeno-investigar-a-ramon-muchacho-y-jhonnathan-marin/

[2] El Nacional. “Jhonnathan Marín renunció a la Alcaldía de Guanta”. 21 de noviembre de 2017. https://www.elnacional.com/venezuela/politica/jhonnathan-marin-renuncio-alcaldia-guanta_212367/

[3] Twitter. Jhonnathan Marín. @jhonnathanmarin. https://twitter.com/jhonnathanmarin/status/1176991821676929026?cxt=HHwWhIC_qe30wdUgAAAA

[4] Al Navío. “Jhonnathan Marín, el político que buscan en Venezuela por corrupción y hace negocios en México (+video)”. 1 de noviembre de 2021. https://alnavio.es/jhonnathan-marin-el-politico-que-buscan-en-venezuela-por-corrupcion-y-hace-negocios-en-mexico-video/

[5] Tal Cual. “Régimen inhabilitó a los exalcaldes Ramón Muchacho y Jhonnathan Marín por 15 años”. 5 de junio de 2020. https://talcualdigital.com/regimen-inhabilito-a-los-exalcaldes-ramon-muchacho-y-jhonnathan-marin-por-15-anos/

[6] Venezuela Política. “Guerra entre fiscales saca a la luz escándalos en la asignación fraudulenta de contratos de la Faja Petrolífera del Orinoco”. 28 de septiembre de 2017. https://www.maibortpetit.info/2017/09/guerra-entre-fiscales-saca-la-luz.html

[7] Venezuela Política. “PDVSA oriente: Centro donde se gestan decenas de negocios fraudulentos”. 21 de julio de 2017. https://www.maibortpetit.info/2017/10/pdvsa-oriente-centro-donde-se-gestan.html

[8] Aporrea. “Conozca el esquema y los actores del Desfalco de la Faja del Orinoco”. 15 de septiembre de 2017. https://www.aporrea.org/contraloria/n314558.html