sábado, 30 de abril de 2022

Juez de NY rechazó la petición de Ghislaine Maxwell de ser absuelta: le reducen dos cargos de los cinco por los que fue declarada culpable

  Una juez de Distrito combinó los tres cargos de conspiración en uno, lo que significa que será sentenciada por tres de los cinco cargos. Se fijó una fecha de sentencia para el 28 de junio. La acusada enfrenta hasta 65 años de prisión.

Por Maibort  Petit

   La juez federal en Nueva York, Alison Nathan emitió un fallo donde  combinó los tres cargos de conspiración por los que la socialité británica, Ghislaine Maxwell fue condenada en uno porque los cargos eran 'multiplicidades' y violaban la Quinta Enmienda de la Constitución. La decisión del tribunal significa que Maxwell será sentenciada por tres cargos y no por cinco, como rezaba el veredicto original del jurado.

   Maxwell considerada por el gobierno de Estados Unidos como la socia del fallecido depredador sexual, Jeffrey Epstein fue convicta por un jurado por cinco cargos relacionados con conspiración y delitos de tráfico sexual de menores.

  En la orden de 45 páginas, la juez estadounidense mantuvo el principal cargo de tráfico sexual de menores a la mujer que será sentenciada el 28 de junio de 2022.

   El argumento expresado por Nathan para eliminar los dos cargos en la sentencia de Maxwell explica que la Quinta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos establece que una persona no puede ser juzgada múltiples veces por el mismo delito. En el caso de Maxwell, son tres cargos de conspiración que le acusan del mismo violación de la ley.

  La defensa de Maxwell pidió a la juez que se le retiraran todos los cargos por los que fue hallada culpable por el jurado. Nathan accedió a la reducción de dos cargos, pero mantuvo el principal que la declara culpable de transportar a un menor de edad con la intención de participar en una actividad sexual.

  La decisión de la jueza fue dada a conocer el viernes. 

 Maxwell, de 60 años, fue hallada culpable de tráfico sexual de menores el pasado 29 de diciembre en un juicio por jurado en la Corte del Distrito Sur de Nueva York.

  La moción de la defensa incluyó la petición de que  el juicio fuera anulado después de que un miembro del jurado, Scotty David dijera a los medios que durante las deliberaciones del juicio violó la instrucción de la juez al contar a los otros miembros que había sido víctima de abuso sexual y describió lo que recordaba de esos sucesos.

   Las declaraciones del jurado David, que fueron publicadas por el diario inglés The Independent, el hombre se describió a sí mismo como sobreviviente de abusos sexuales, que sufrió cuando era niño e indicó que ese hecho había influido a la hora de calibrar los testimonios de las víctimas y valorar el veredicto a Maxwell.

     Los abogados de Maxwell exigieron un nuevo juicio, señalando que antes de que comenzara el juicio se les preguntó a los posibles miembros del jurado si eran sobrevivientes de abuso, y él dijo que no.

   Al no tener éxito con esa petición inicial de declarar el juicio nulo, la defensa sometió a la corte otra moción donde solicitó que le retiraran todos los cargos a Maxwell, porque son "multiplícitos", lo que significa que todos se basan en la misma ofensa y, por lo tanto, la emisión de una sentencia sobre los tres cargos violaría la Cláusula de Doble Incriminación de la Quinta Enmienda constitucional.

  Maxwell solicitó la anulación de los Cargos Uno, Tres y Cuatro conforme a la Regla 33 porque, afirma, que las condenas se basaron en una enmienda constructiva o una variación de la Acusación. 

  Asimismo, la defensa de Maxwell solicitó que la Corte anulara las condenas de los cinco cargos porque la fiscalía retrasó intencional y perjudicialmente su enjuiciamiento.

"Con una excepción de la reducción de dos cargos de los tres por conspiración, las mociones de la defensa son denegadas", dijo la juez en su fallo.

   Nathan aclaró que la moción de la Regla 29, que impugna todos los cargos de condena, "es denegada porque los veredictos de culpabilidad del jurado fueron apoyados fácilmente por testimonios de testigos y pruebas documentales admitidas en juicio". 

  Además, agrega, esos cargos de la condena coincidieron con el núcleo de los delitos imputados en la Acusación, presentada por la Fiscalía en el juicio, y sobre el cual se instruyó con precisión al jurado. 

  Nathan afirmó que en el reclamo de la defensa, "la eliminación de la totalidad de la condena basado en una enmienda constructiva o variación de la Acusación se basa en un inverosímil e interpretación especulativa de una única nota ambigua de un jurado". 

  La Corte concluyó que "la fiscalía no retrasó intencionadamente el enjuiciamiento de Ghislaine Maxwell. En todo caso, dijo, la capacidad del acusado para preparar una defensa no se vio perjudicada por ningún retraso".

 El Tribunal concluye, sin embargo, que los tres cargos de conspiración cobran el mismo delito, y, en consecuencia, son múltiples. 

  En la orden de la juez se lee que "la fiscalía reconoció que el Primer Cargo es multiplícito con el Cargo Tres, pero argumenta que el Cargo Tres y el Cargo Cinco, involucran distintas conspiraciones".

  En ese sentido, la juez decidió que el Cargo Cinco, al igual que los Cargos Uno y Tres, acusa la participación del demandado en el mismo acuerdo ilegal de una década con el co-conspirador de la acusada, Jeffrey Epstein. 

  La conspiración general, que, tal como la fiscalía argumentó y probó en el juicio, empleó un solo "libro de jugadas" para acicalar y abusar sexualmente de niñas menores de edad, lo cual constituye un solo delito de conspiración con múltiples víctimas. 

  La Cláusula de Doble Incriminación prohíbe que la Corte imponga múltiples castigos por el mismo delito, por ello la juez Nathan dictará sentencia sólo en el Cargo Tres de entre la totalidad (3) cargos de conspiración. 

"Esta conclusión legal de ninguna manera pone en duda las conclusiones de hecho realizadas por el jurado", advirtió la magistrada.

  Más bien aclara Nathan "el jurado encontró culpable, por unanimidad, tres veces,culpable a la acusada de haber conspirado con Epstein para atraer, transportar y traficar con niñas menores de edad para abuso sexual".

Ghislaine Maxwell fue acusada de seis cargos y fue hallada culpable de cinco: 

(1) conspiración para atraer a personas menores de diecisiete años para viajar en el área interestatal con la intención de participar en actividades sexuales ilegales bajo la ley de Nueva York, en violación de 18 U.S.C. § 371; 

(2) tentación de individuos menores de diecisiete años para viajar en el comercio interestatal con la intención de participar en actividades sexuales ilegales bajo la ley de Nueva York, y ayudando e instigando a los mismos, en violación de 18 U.S.C. secs. 2422, 2; 

(3)conspiración para transportar a personas menores de diecisiete años para viajar en el zona interestatal con la intención de participar en actividades sexuales ilegales según la ley de Nueva York, en violación de 18 U.S.C. § 371; 

(4) transporte de una persona menor de diecisiete años con la intención de participar en actividad sexual ilegal bajo la ley de Nueva York, y ayudar e incitar a la misma, en violación de 18 USC secs. 2423(a), 2; 

(5) conspiración para cometer tráfico sexual de personas menores de dieciocho, en violación de 18 U.S.C. § 371; y 

(6) tráfico sexual de un individuo menor de edad dieciocho años,  ayudando e instigando a los mismos, en violación de 18 U.S.C. §§ 1591, 2. S2 

  Cada uno de esos cargos conllevaba una sentencia máxima de cinco años, y no está claro si a Maxwell, de 60 años, ahora se le reducirá la sentencia hasta en diez años.


miércoles, 27 de abril de 2022

Los 'narcosobrinos' de Nicolás Maduro saldrán de la cárcel de EE. UU. en 2031, es falso que estén en libertad

Por Maibort Petit 

    Los  sobrinos de Cilia Flores y Nicolás Maduro, conocidos como los 'narcosobrinos', Franqui Francisco Flores de Freitas y Efraín Antonio Campo Flores saldrán de la cárcel federal de los Estados Unidos en el año 2031, según revelan los registros de la Oficina de Prisiones estadounidense.

   En varios mensajes publicados en las redes sociales se ha señalado falsamente que los primos Flores estarían en libertad en Venezuela. La información oficial del gobierno norteamericano deja claro que ambos reos, condenados por delitos de narcotráfico, permanecen en la cárcel Federal Correctional Institution (FCI) Coleman Center, ubicada en el estado de la Florida hasta 2031.

 Franqui Francisco Flores de Freitas y Efraín Antonio Campo Flores fueron declarados culpables el 14 de diciembre de 2017 de conspirar para importar cocaína a Estados Unidos.

  Los célebres sobrinos de Cilia Flores y Nicolás Maduro, perdieron la apelación interpuesta contra la sentencia en su contra en 2017 por narcotráfico, según se informó oficialmente en agosto de 2020 en un fallo de la Corte de Apelaciones del Segundo Distrito.

   La oficina de Prisiones de los Estados Unidos informa en su registro oficial que Efraín Antonio Campo Flores, de 35 años, será liberado en 3251 días, con la fecha [APROXIMADA] del 22 de marzo de 2031 y, Franqui Francisco Flores de Freitas tiene como fecha de liberación el 15 de julio de 2031.

   Las fechas que aparecen en las fichas públicas de los presos convictos en los Estados Unidos son aproximadas, ya que las autoridades tienen mecanismos de premios para aquellos condenados que logran beneficios por buen comportamiento, trabajo social, superación y colaboración.  En el caso de los sobrinos de Maduro, la defensa dejó claro que no se planteó ni se hará un acuerdo con los fiscales federales [por lo cual hubiesen pasado menos tiempo en prisión].

El caso

   En noviembre de 2017, el juez del Distrito Sur de Nueva York, Paul Crotty, leyó la sentencia que estipuló que Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas debían permanecer en una cárcel de los Estados Unidos por 18 años, tras haber sido hallados culpables de conspirar para importar y distribuir 800 kilos de cocaína en los Estados Unidos a través de la organización criminal que lideraban.

  El proceso judicial contra Campo Flores y  Flores de Freitas que se realizó en la Corte del Distrito Sur de Nueva York y que duró 25 meses, desde la fecha del arresto de ambos narcotraficantes.  

  La condena de Campo Flores y Flores de Freitas se convirtió en un hito en la historia de Venezuela motivado a que es la primera vez que familiares directos de una pareja presidencial en ejercicio de sus funciones fueron condenados en un tribunal internacional por delitos de narcotráfico. Además de ese elemento, el caso de los conocidos mundialmente como “los narcosobrinos” reveló que la estructura del Estado venezolano tiene vinculaciones con las organizaciones criminales vinculadas al narcotráfico internacional.

 Quienes se dieron a conocer mundialmente como los “narcosobrinos”, protagonizaron un hecho en el que no solamente ellos figuraron, sino que durante la investigación y el proceso judicial llegaron a verse salpicados otros personeros del alto gobierno venezolano, por lo que tal vez pueda preverse un largo camino por recorrer todavía.

  Durante el juicio, se comprobó que los Flores dirigían una organización que mantenía nexos con la guerrilla terrorista colombiana de las FARC, organización que le suministraba los narcóticos que luego vendían a otras organizaciones para ser, finalmente, introducidos en los Estados Unidos.

    El gobierno de los Estados Unidos presentó diversos documentos, grabaciones de audio y video, chats y la propia confesión de los involucrados, como pruebas que sirvieron para establecer la culpabilidad de los Flores y, posteriormente, el juez determinara la pena al analizar los distintos agravantes y circunstancias que rigieron los hechos.

  El juicio a los Flores fue la consecuencia de una investigación que se inició en agosto de 2015 cuando un testigo cooperante de la DEA se comunicó con el entocnes agente especial del organismo, Sandalio González, para informarle que había sido contactado por un alto oficial de la policía científica venezolana que quería que recibiera a sus sobrinos en Honduras, pues estos estaban interesados en entablar negocios de narcotráfico con él. No tenía idea Bladimir Flores, a la sazón Inspector General Nacional del CICPC y hermano de la primera dama, Cilia Flores, que estaba enviando a sus familiares directamente al matadero. Resultó ser que el narcotraficante hondureño, Carlos Leva, mantenía un acuerdo de cooperación con la DEA a objeto de obtener beneficios y rebajas en la pena que él mismo debía enfrentar por narcotráfico.

  Desde entonces tuvo lugar una averiguación en la que participaron el citado testigo cooperante, tres fuentes confidenciales, agentes especiales de la Administración para el Control de Drogas del Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DEA, por sus siglas en inglés respecto al nombre Drug Enforcement Administration) y el FBI.

  La captura de los Flores se produjo en Haití, donde la DEA obtuvo la colaboración del Bureau de Lutte contre le Trafic des Stupéfiants (BLTS, por sus siglas en francés, a saber, Oficina de Lucha contra el Narcotráfico, en castellano). Posteriormente el gobierno haitiano procedió a la expulsión de su territorio de los Flores a quienes entregó a la DEA para su traslado a Nueva York donde deberían enfrentar los cargos de narcotráfico que se les imputaron.

  En tierra neoyorquina fueron recluidos en el Centro Correccional Metropolitano de Nueva York (MCC por sus siglas en inglés), ubicado a escasos metros del edificio 500 Pearl Street en Manhattan, donde funciona la Corte del Distrito Sur de Nueva York en la que fueron procesados.

  Los abogados defensores de los Flores intentaron todo tipo de acciones para liberar a sus clientes de ser encontrados culpables y, posteriormente, ser sentenciados. Parte de su estrategia. fue presentarlos como las víctimas de una trampa urdida por el gobierno de los Estados Unidos en confabulación con un grupo de informantes de dudosa reputación, que solamente estaban interesados en obtener beneficios y una pena menor por las acusaciones de narcotráfico que enfrentaban. Pese a todos los argumentos de la defensa, la Fiscalía demostró la experiencia y liderazgo de los Flores en las actividades del narcotráfico y otros hechos criminales.

  El gobierno y los entes de justicia de Estados Unidos, tal es el caso de la Oficina de Libertad Condicional, se pronunciaron por la cadena perpetua o una pena no menor a los 30 años, mientras que la defensa de los Flores insistió en su absolución o en la repetición del juicio bajo el alegato de que había incurrido en errores procesales. Una y otra vez repitieron durante todo el proceso, que el de los Flores era un caso de drogas sin drogas y sin violencia.

  Parte de la estrategia de los abogados fue presentar a sus clientes como unos “tontos” y “novatos” que se dejaron embaucar por unos astutos y corruptos informantes de la DEA que solamente requerían de “unos peces gordos” para obtener beneficios y la reducción de sus propias penas de narcotráfico.

  No se equivocaron del todo, puesto que durante el juicio se demostró que CS-1 y CS-2, a saber José Santos Peña y su hijo, mantuvieron actividades de narcotráfico mientras colaboraban con la DEA. De inmediato, la fiscalía procedió a suspender los acuerdos, pero no las pruebas recolectadas por ellos logrando en esto el respaldo del juez Paul Crotty.

  Durante el juicio quedó establecido que los Flores de novatos no tenían nada, toda vez que Campo Flores y Flores de Freitas, además de los hechos de narcotráfico, estuvieron ligados diversos hechos criminales, tales como asesinatos y descuartizamientos, sobornos a magistrados del Tribunal Supremo de Justicia para liberar a otros narcotraficantes, lavado de dinero a través de la estatal petrolera PDVSA, entre otros hechos.

  Por otra parte, todo indica que el caso de los 'narcosobrinos' sólo constituye una parte de una gran maraña de actividades criminales en los que estarían incursos otras figuras prominentes de la administración venezolana.

  Los sobrinos de la pareja presidencial venezolana están pagando su condena en el Coleman Center en Florida. 

domingo, 24 de abril de 2022

Rafael Correa casi quintuplicó la deuda pública y convirtió a Petroecuador en caja chica de su gobierno: Informe parlamentario (II)

 La deuda pasó de USD 13.426 millones en 2007 a USD 43.542 millones en 2017.

Por Maibort Petit

  El informe de la Comisión Especializada Permanente de Fiscalización y Control Político de la Asamblea Nacional del Ecuador en el Informe “Petrochina: Deuda pública y Comercialización de petróleo”, determinó que durante la administración de Rafael Correa que se extendió de 2007 a 2017 —contrario a lo prometido por el mandatario— el endeudamiento aumentó exponencialmente y la industria petrolera terminó convertida en fuente de liquidez del gobierno.

   A pesar de que en abril de 2007 Correa —había iniciado su mandato el 15 de enero del citado año 2007— anunció la ruptura con los organismos multilaterales una vez fueran saldadas las deudas que el país tenía con esas instituciones y de que en 2008 denunciara que un tramo de dicho endeudamiento era ilegal e ilegítimo, al final de su mandato en 2017 la deuda pública del Ecuador casi se había quintuplicado.

  Al asumir el poder Correa en la nación suramericana, la deuda totalizaba USD 13.426 millones (USD 10.171,90 de deuda externa y USD 3.277,60 de deuda interna), ubicándose la misma en junio de 2017 al cierre de su gestión en USD 43.542 millones (USD 28.552,10 de deuda externa y USD 14.990,10 de deuda interna), es decir, había un incremento de USD 29.951 millones que su sucesor en el cargo, Lenin Moreno Garcés elevó a USD 63.070 millones (USD 45.387,93 de deuda externa y USD 17.682,47 de deuda interna) en solo 4 años de administración.

  Había cambiado Rafael Correa de acreedores al sustituir al Fondo Monetario Internacional y al Banco Mundial por la República Popular China, declarada como la nueva aliada de Ecuador en materia de desarrollo en virtud de que la nación oriental supuestamente brindaría el apoyo necesario para el desarrollo de proyectos en sectores estratégicos.

   Rafael Correa reorientó la política de comercialización internacional de hidrocarburos del Ecuador hacia el establecimiento de acuerdos de gobierno a gobierno con China, Venezuela y Uruguay bajo la figura de alianza estratégica, en razón de que, según acusó, la comercialización de petróleo tal y como se venía realizando hasta entonces solamente había beneficiado a las mafias intermediarias.

  Pero estas “alianzas estratégicas” con empresas estatales significó que Ecuador se endeudara entre 2009 y 2016 con China en USD 18.170.000.000 millones, a los que hay que sumar intereses y costos financieros.

 Contratos de preventa de crudo suscritos, entre 2009 y 2016, con Petrochina, PTT y Unipec:


  Además de esto, Ecuador recibió USD 300 millones por un contrato de venta anticipada de fuel Oil Nº 6 con la compañía Oman Trading International.

Petroecuador convertida en caja chica del gobierno

 El gobierno de Correa emitió un Decreto Ejecutivo para la celebración de los convenios de Alianzas Estratégicas, el cual se expidió con el objetivo de “promover la realización de Convenios de alianza estratégica y acuerdos generales de cooperación bilateral a través de la Empresa Estatal Petróleos del Ecuador (PETROECUADOR), para aprovechar recíprocamente fortalezas y experiencias de otras empresas estatales especializadas en la industria petrolera”.

  El reglamento establecía que los contratos derivados de las Alianzas Estratégicas se firmarían directamente con la aprobación previa del Consejo de Administración de Petroecuador, el cual se reunió por última vez el 1 de abril de 2010, cuando fue disuelto con la emisión del Decreto Ejecutivo 315 del 6 de abril de 2010, suscrito por Rafael Correa. Esto significó que Petroecuador y Petroamazonas se transformaban en empresas públicas, con personería jurídica, patrimonio propio, dotadas de autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión.

  Establecía el decreto que Petroecuador tenía como objeto principal de Petroecuador “la gestión del sector estratégico de los recursos naturales no renovables, para su aprovechamiento sustentable, conforme a la Ley Orgánica de Empresas Públicas y la Ley de Hidrocarburos, para lo cual intervendrá en todas las fases de la actividad hidrocarburífera con excepción de las fases de exploración y explotación, bajo condiciones de preservación ambiental y de respeto de los derechos de los pueblos”.

  Sin embargo, la Comisión parlamentaria denuncia en su informe que, “contrario a lo que se estableció en el mandato, sobre utilizar sus recursos naturales para su propio beneficio, Petroecuador se dedicó a gestionar líneas de créditos para otorgar liquidez al gobierno central”.

  La Comisión Especializada Permanente de Fiscalización y Control Político se remite en su informe a la Ley Orgánica de Empresas Públicas, la cual establece en su artículo 34 que “las empresas públicas tienen amplia capacidad para invertir sus recursos económicos y excedentes en la ejecución de proyectos a desarrollarse en las mismas empresas, subsidiarias, filiales, agencias o unidades de negocio en los términos que apruebe el Directorio”. Igualmente, el artículo 39 señala que “en cuanto al reparto de excedentes, aquellos que correspondan a la participación de la empresa pública, observarán los principios y normas previstos en el artículo 315 de la Constitución de la República, es decir, se destinarán a la inversión y reinversión en las mismas empresas, sus subsidiarias, relacionadas o asociadas, en niveles que garanticen su desarrollo. Los excedentes que no fueran invertidos o reinvertidos se transferirán al Presupuesto General del Estado para que sean utilizados en los fines que la Función Ejecutiva considere pertinente”.

  Cita el informe DNA3-0001-2017 de la Contraloría General del Estado del 10 de junio de 2017, donde se determinó que “de los USD 5.000 millones obtenidos por las tres Líneas de Créditos suscritas con el Banco de Desarrollo de China (y de las que Petroecuador fue partícipe, porque fue la empresa que garantizó y pagó los préstamos), el 72% de los recursos fueron de libre disponibilidad para el Gobierno, el otro 28% se destinó para financiar proyectos específicos. En el caso de los recursos recibidos por la Línea de Crédito I, obtenidos por Petroecuador, nada llegó a sus cuentas. La Contraloría General del Estado señala que el 48,90% (USD 538, 7 millones) se destinó a gasto corriente, el 33,03% (USD 363,8) a gasto de inversión, 8,37% (USD 92,1 millones) a gasto de capital, 9,50% (USD 104,6 millones) para aplicación del financiamiento y 0,2% a otros gastos (USD 2,2 millones)”.

  En tal sentido, la comisión parlamentaria denuncia que la las alianzas estratégicas solamente sirvieron como vehículo para evitar el mecanismo de la licitación el cual garantiza, mediante procesos competitivos, las mejores condiciones para el país. Apuntaron que las empresas asiáticas, así como la venezolana PDVSA y la uruguaya ANCAP, terminaron tan sólo ejerciendo un papel de prestanombres toda vez que fueron utilizadas para facilitar que terceros, a saber, intermediarios, adquirieran el petróleo a precios preferenciales, algo a lo que jamás habrían tenido acceso en las condiciones de concurso público internacional.

  El informe de la comisión acusa tal situación como una trama de corrupción que se inició con contratos simulados, decretos ejecutivos, reuniones reservadas de directorios y otros actos que buscaban “facilitar” el proceso que “permitió la corrupción público-privada, en la que intervenían figuras como Enrique Cadena, Antonio Peréz, Jaime Baquerizo, Nilsen Arias Sandoval, entre otras. Sin duda, se trata del andamiaje más sofisticado de corrupción orquestada que se recuerde en Ecuador”.

Entrega del negocio petrolero a China

  Deja sentado el informe que a cambio de la deuda china de USD 18.170.000.000, se entregaron los recursos naturales del Ecuador a largo plazo, a través de 13 contratos comerciales suscritos con Petrochina International Company Limited, Unipec Asia Co. Ltd. y PTT International Trading Pte. Ltd., que se tradujeron en la entrega de 1.325 millones de barriles de petróleo crudo hasta el año 2024, como garantía e instrumento de pago de la deuda. Señalaban los parlamentarios que a febrero de 2022 se habían entregado 1.174 millones de barriles de crudo, quedando pendiente la entrega de 151 millones de barriles de cuatro contratos vigentes, lo que representa un 12 por ciento del total del volumen contractual.

  Refieren los parlamentarios que el saldo de deuda pendiente con la banca asiática a febrero 2022 se ubica en USD 2.000.000.000, mientras la garantía petrolera, representa un volumen de 151 millones de barriles de crudo que al precio actual de USD 90, equivale a USD 14.000.000.000.

  De este modo, la comisión de fiscalización y control político de la Asamblea Nacional del Ecuador, estableció que ese país entregó a China y a la red de intermediarios, un negocio que representa 5 o 6 veces más que la deuda comprometida.


viernes, 22 de abril de 2022

Conozca la acusación formal por narcotráfico presentada contra Juan Orlando Hernández en el Tribunal del Distrito Sur de Nueva York

 Conspiración de importación de cocaína; Posesión de Ametralladoras y Dispositivos Destructivos; y Conspiración para poseer ametralladoras y artefactos destructivos; son los tres cargos que se le imputan al expresidente hondureño.

Por Maibort Petit 

    Ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, el fiscal por el distrito homónimo, Damian Williams, presentó la acusación formal dictada por un Gran Jurado en contra el expresidente de Honduras, Juan Orlando Hernández, también conocido como “JOH”, la cual comprende tres cargos.

   Conspiración de importación de cocaína, es el primero de los cargos, el cual establece que Hernández es un exmiembro del Congreso de Honduras y expresidente de la referida nación centroamericana, quien entre 2004 y 2022 participó en una conspiración corrupta y violenta de narcotráfico para facilitar la importación de toneladas de cocaína a los Estados Unidos. Por ello JOH habría recibido millones de dólares de parte de múltiples organizaciones de narcotraficantes en Honduras, México y otros lugares, entre ellos, el exlíder del Cártel de Sinaloa, Joaquín Guzmán Loera, alias "El Chapo".

  Se indica que Juan Orlando Hernández habría usado las ganancias del narcotráfico para enriquecerse, financiar sus campañas políticas y cometer fraude electoral, específicamente en los comicios presidenciales de Honduras de 2013 y 2017. A cambio, JOH protegió a los narcotraficantes, incluido su hermano y ex-diputado del Congreso Nacional de Honduras, Juan Antonio Hernández Alvarado, alias "Tony Hernández".

 Juan Orlando Hernández facilitó información delicada a los traficantes de drogas relativa a las fuerzas del orden público y militares, ayudándolos de este modo en sus actividades delictivas. También dispuso que miembros de la Policía Nacional y militares de Honduras protegieran cargamentos de droga en ese país, al tiempo que permitió una violencia brutal sin consecuencias.

  Sostiene la acusación que JOH abusó de su posición como presidente de Honduras para operar el país como un narcoestado, esto con el fin de enriquecerse, obtener y mantener el poder de manera corrupta. Asimismo, corrompió las instituciones legítimas de Honduras y al tiempo que se presentaba públicamente como un aliado de los Estados Unidos, contribuía con sus cómplices a que su país se convirtiera en uno de los puntos de transbordo más grandes del mundo para la cocaína destinada a los Estados Unidos.

Los medios de la conspiración

  Al explicar los medios y métodos utilizados por JOH para la presunta comisión de la Conspiración de narcotráfico, la acusación explica que desde 2004, varias organizaciones de narcotraficantes en Honduras y otros lugares trabajaron juntas para recibir varias toneladas de cocaína enviadas a Honduras desde Colombia y Venezuela, a través de rutas marítimas y aéreas. Los envíos marítimos se enviaron hacia el norte desde la costa de Venezuela utilizando lanchas rápidas, barcos de pesca y portacontenedores, mientras los envíos aéreos a menudo se enviaban desde pistas de aterrizaje clandestinas, generalmente hechas de tierra o hierba, en Colombia y Venezuela, y se recibían en pistas de aterrizaje clandestinas similares en Honduras. Desde Honduras, los narcotraficantes la transportaban hacia la frontera con Guatemala y, finalmente, a los EE. UU.

 Agrega que desde 2004, los miembros de la conspiración transportaron a través de Honduras más de 500.000 kilos de cocaína con destino a Estados Unidos, para lo cual los narcotraficantes consiguieron el apoyo, protección y participación directa de JOH y otros destacados funcionarios públicos hondureños. A estos, las organizaciones de narcotráfico les pagaron sobornos a cambio de que les proporcionaran protección contra investigaciones y el arresto.

  Hernández y otros destacados funcionarios públicos, supuestamente coordinaron con narcotraficantes en apoyo de la conspiración para transportar y distribuir estos grandes cargamentos de cocaína, al tiempo que hacía que otros brindaran seguridad fuertemente armada para proteger a los miembros de la conspiración y sus cargamentos de cocaína.

 JOH supuestamente interfirió con las investigaciones de narcotráfico, impidió la extradición a Estados Unidos de narcotraficantes; se enriqueció mientras el pueblo de Honduras soportaba condiciones de pobreza y violencia desenfrenada; y obtuvo y mantuvo el poder político a través de sobornos a otros, con ganancias del narcotráfico para asegurar su elección, incluso a través del fraude electoral.

Los hechos

  Juan Orlando Hernández, de acuerdo a la acusación, junto a otros miembros de la conspiración, en tiempos cuando se despeñaba como congresista y se postulaba a la reelección, en 2005, presuntamente aceptó USD 40.000 en ganancias del narcotráfico de Víctor Hugo Díaz Morales, alias "El Rojo", el exlíder de una organización de narcotraficantes con base en Honduras y Guatemala, cuyo soborno fue pagado a través de Juan Antonio Hernández Alvarado. A cambio, la organización de Díaz Morales recibió información y protección de la policía hondureña en las operaciones de transporte de grandes cantidades de cocaína con destino a Estados Unidos a través de Honduras y Guatemala.

  En 2009, JOH hizo campaña para convertirse en presidente del Congreso Nacional de Honduras, tiempo en el que Díaz Morales le entregó aproximadamente USD 100.000 en ganancias del narcotráfico y a cambio ofreció que funcionarios amigos del narcotraficante serían colocados en los principales puestos policiales y brindarían información que les permitiera contrarrestar sus actividades delictivas.

  Del mismo modo, refiere la acusación que entre 2004 y 2016, Díaz Morales recibió información confidencial a cambio de los sobornos pagados a JOH, sobre las actividades en contra del narcotráfico emprendidas por las fuerzas del orden público y el ejército en Honduras. En ese mismo período, Díaz Morales y Tony Hernández trabajaron para transportar a través de Honduras aproximadamente 140.000 kilogramos de cocaína con destino a los Estados Unidos.

Aparece en escena Porfirio Lobo

  La acusación refiere que, en 2009, Porfirio Lobo, aliado político de JOH, comenzó una campaña para convertirse en presidente de Honduras y, en ese tiempo, trabajaron juntos para obtener aproximadamente USD 2.000.000 en ganancias del narcotráfico de Amílcar Alexander Ardon Soriano, alias "Chande", un ex-narcotraficante hondureño y, por entonces, alcalde de El Paraíso en Honduras.

  Hernández y Lobo Sosa le prometieron a Ardón Soriano, protegerlo del arresto y extradición a los Estados Unidos, así como también nombrarían a un pariente y co-conspirador (CC-1) de Ardón Soriano en un puesto en el gobierno nacional hondureño.

  En noviembre de 2009, Porfirio Lobo Sosa fue elegido presidente de Honduras y en enero de 2010, JOH se convirtió en presidente del Congreso Nacional. Posteriormente, y a cambio del soborno de USD 2.000.000 antes mencionado de Ardón Soriano, JOH y Lobo designaron a CC-1 como jefe de una agencia del gobierno hondureño y le otorgaron contratos gubernamentales a través de compañías de fachada controladas por narcotraficantes.

   En enero de 2010, con JOH como presidente del Poder Legislativo hondureño, Tony Hernández y Ardón Soriano participaron en múltiples envíos de cocaína por mes, para lo cual utilizaron varios medios de transporte. Juan Antonio Hernández Alvarado y Ardón Soriano trabajaron juntos para transportar a través de Honduras más de 30.000 kilogramos de cocaína con destino a EE. UU. Para ello contaron con el apoyo de JOH y miembros de la Policía Nacional de Honduras.

  En 2012, JOH apoyó públicamente una enmienda a la Constitución de Honduras que autorizó la extradición de ciudadanos hondureños a los Estados Unidos para enfrentar cargos por narcotráfico. Sin embargo, durante reuniones privadas, JOH, Tony Hernández Alvarado y otros funcionarios públicos prominentes en Honduras, prometieron proteger a sus aliados del narcotráfico a cambio de grandes pagos de ganancias del narcotráfico y apoyo en las próximas elecciones.

  En 2013, JOH comenzó a hacer campaña para convertirse en presidente de Honduras y presuntamente habría aceptado USD 1.000.000 en ganancias del narcotráfico de Guzmán Loera que llegaron a sus manos a través de su hermano Tony Hernández Alvarado quien, para la época, trabajaba en coordinación con Ardón Soriano y otra organización narcotraficante liderada por Miguel Arnulfo Valle Valle y Luis Antonio Valle Valle para proporcionar al Cártel de Sinaloa cantidades masivas de cocaína y seguridad armada para el transporte de esos cargamentos a través de Honduras. JOH envió a Tony Hernández Alvarado y un asociado, armados con ametralladoras, a cobrar el millón de dólares de Guzmán Loera.

El Cártel de Sinaloa en Honduras

  La acusación explica que, en 2013, previo a las elecciones presidenciales, JOH ordenó a CC-1 y a otros que sobornaran a ciertos políticos y funcionarios electorales utilizando los fondos de la campaña financiados con las ganancias del narcotráfico. Esto con el objetivo de asegurar que Juan Orlando Hernández ganara las elecciones.

  En 2013 y 2014, cuando JOH fue elegido presidente de Honduras, como parte de su participación continua en la conspiración de tráfico de cocaína se asoció con Geovanny Fuentes Ramírez y este le proporcionó USD 25.000 a cambio de protección. JOH quería acceder a un laboratorio de cocaína controlado por Fuentes Ramírez debido a su proximidad a un puerto en Honduras y acordó con éste el uso de personal de las fuerzas armadas hondureñas como seguridad para sus actividades de narcotráfico. JOH instruyó a Fuentes Ramírez acerca de que Tony Hernández Alvarado estaba manejando actividades de narcotráfico en Honduras y que a él debía reportarle directamente.

   En 2014, con JOH en la presidencia, se reunió con Tony Hernández Alvarado, Ardón Soriano y CC-1, entre otros, para discutir las extradiciones pendientes de Miguel Valle y Luis Valle a los Estados Unidos. JOH había decidido extraditarlos en respuesta a los informes de que estos planeaban asesinarlo.

  En 2017, mientras JOH estaba en campaña para la reelección, se reunió con Ardón Soriano en Copán, Honduras y manifestó su preocupación ante la posibilidad de perder las próximas elecciones y le pidió que financiara su campaña en Copán y Lempira, a cambio de seguir protegiéndolo de arresto y extradición. Ardón Soriano destinó USD 1.500.000 provenientes del narcotráfico para sobornar a otros políticos y funcionarios electorales.

  En 2018, Tony Hernández Alvarado fue acusado en el Distrito Sur de Nueva York en relación con su participación en la conspiración de tráfico de cocaína, y posteriormente fue condenado después de un juicio, el 18 de octubre de 2019 por delitos de narcotráfico.

  Mientras el caso de Hernández Alvarado estaba pendiente, JOH continuó coordinando con narcotraficantes la promoción de la conspiración. Durante el juicio de Tony Hernández Alvarado, se presentó como evidencia una fotografía recuperada del teléfono celular de este que mostraba una ametralladora inscrita con el nombre de JOH, así como los registros de drogas pertenecientes a otro narcotraficante hondureño (CC-2) que contenían anotaciones con el nombre de Juan Antonio Hernández Alvarado y las iniciales de "JOH", junto con las entradas correspondientes que reflejaban grandes pagos a estos. Aproximadamente una semana después de la condena de Tony Hernández Alvarado, el 26 de octubre de 2019, CC-2 fue asesinado en la cárcel.

Las armas

  El segundo cargo que contiene la acusación formal contra Juan Orlando Hernández es por Posesión de Ametralladoras y Dispositivos Destructivos, habiendo determinado el Gran Jurado que desde 2004 hasta 2022, en Honduras, Guatemala, Venezuela, Colombia, México y en otros lugares, en un delito iniciado y cometido fuera de la jurisdicción de los Estados Unidos, el acusado, quien  puede ser procesado en un tribunal de los estadounidense por la conspiración de importación de cocaína imputada en el Primer Cargo, usó y portó armas de fuego en apoyo de dicho delito y ayudó e instigó a su uso, porte y posesión.

 El tercer cargo contra JOH es por Conspiración para poseer ametralladoras y artefactos destructivos, estableciendo la acusación que este y otros, confabularon durante la comisión del delito del primer cargo, para usar y portar armas de fuego para promover dicho delito.

Alegación de decomiso

  Finalmente, la acusación formal contra Juan Orlando Hernández, contempla que este perderá en favor de los Estados Unidos todas las armas de fuego y municiones involucradas y utilizadas en la comisión de los delitos imputados en los Cargos Dos y Tres.

  Se prevé que si cualquiera de los bienes decomisables antes descritos, como resultado de cualquier acto u omisión de el acusado no puede ser localizado en el ejercicio de la debida diligencia; ha sido transferido o vendido a, o depositado con, una tercera persona; ha sido colocado fuera de la jurisdicción de la Corte; ha disminuido sustancialmente su valor; o se ha mezclado con otros bienes que no pueden subdividirse sin dificultad, Estados Unidos solicitará el decomiso de cualquier otra propiedad del demandado hasta el valor de los bienes confiscables antes mencionados.


jueves, 21 de abril de 2022

Gustavo Hernández Frieri se aferra al privilegio abogado-cliente para no entregar material a la Corte que impulse el decomiso de sus activos

  Presentó ante el tribunal la declaración del abogado de sus abogados, un experto en bienes raíces de Nueva York.

Por Maibort Petit

   Entretanto la fiscalía del Distrito Sur de la Florida trabaja empeñosamente en el decomiso de una serie de activos de Gustavo Adolfo Hernández Frieri, los cuales habrían sido adquiridos por éste en la misma época en que se produjo la conspiración para lavar dinero proveniente del patrimonio de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) que lo llevó a prisión y que, por tanto, serían bienes susceptibles de confiscación, este apela a todo tipo de estrategias para tratar de impedirlo.

   Por ello se aferra al privilegio abogado-cliente, para evitar entregar a la corte una serie de correos intercambiados con Gwendolyn Richards o Tim Richards, abogados de su abogado, Michael Pasano, pues ellos podrían facilitar el decomiso por parte de la corte.

  El 16 de diciembre de 2021, el gobierno pidió al tribunal que obligue a Hernández Frieri a presentar las referidas comunicaciones identificadas en los puntos 1-47, 54-62, 85-95, 101-129 y 96- 100 de su registro de privilegios.

  En esta entrega damos a conocer la respuesta del demandado y su abogado. También damos a conocer las actuaciones de Olympia De Castro, exesposa de Gustavo Hernández, quien con sus hijos brega en la corte en defensa de los bienes que considera son su patrimonio y el de sus hijos.

La notificación

  Howard Srebnick y Jackie Perczek, abogados de Gustavo Adolfo Hernández Frieri, entregaron ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida una Notificación de su representado de la presentación de la declaración del abogado Michael Pasano.

   En la referida notificación se refiere que el 7 de enero de 2022, Gustavo Hernández presentó su respuesta a la moción del gobierno para obligar a presentar ciertos documentos identificados en el registro de sus privilegios.

  Recordaron que Hernández accedió a producir ciertos documentos, pero se opuso a la producción de "Artículos de línea 54-62: Gwendolyn Richards, Esq., y Tim Richards, Esq.". Se trata de una serie de correos electrónicos entre Hernández y los abogados Gwendolyn Richards y Tim Richards, quienes son socios legales en Richards & Partners, Pensilvania

  La razón de le negativa de Hernández se sustentó en el privilegio abogado-cliente y anunció que presentaría la declaración del abogado Michael Pasano, quien testificaría que este había contratado a Richards & Partners en relación con la representación con este caso penal.

Declaración del abogado de Hernández

  El 12 de enero de 2022, Michael S. Pasano, abogado defensor de Gustavo Adolfo Hernández Frieri, luego de su arresto en 2018 y hasta su sentencia en marzo de 2021, según él mismo explica en la declaración presentada ante el Tribunal para el Distrito Sur de la Florida.

  Pasano expuso a la corte que, a principios de 2021, momento en el cual surgieron problemas con respecto a los bienes que el Gobierno asoció con su representado en el caso penal que se le siguió.

  Su despacho de abogados decidió contratar al abogado Tim Richards como experto consultor para ayudar a comprender y argumentar las implicaciones legales de las adquisiciones de propiedades en Nueva York. Dijo que el trabajo de Richards se centró en la sentencia y las preocupaciones relacionadas con el decomiso.

 Refirió que tal contratación tenía la intención de estar dentro de su privilegio con Gustavo Hernández como su abogado penal.

Declaración de Olympia De Castro

  El 13 de enero de 2022, Olimpia de Castro, presentó ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, una Declaración peticionaria en apoyo a la Notificación de Intención de comparecer en audiencia de decomiso accesorio.

  Castro, bajo pena de perjurio, confirmó que comparecerá en la audiencia de decomiso auxiliar relacionada con 314 Hicks Street, Brooklyn, New York 11201, en la que sus hijos y ella son peticionarios.

La Notificación de intención peticionaria

  Ante el Tribunal para el Distrito Sur de la Florida Margot Moss y David Óscar Markus, abogados de 314 Hicks LLC, Olimpia de Castro, G.H.D.C, F.H.D.C., y A.H.D.C., presentaron una Notificación de la intención de la peticionaria Olympia De Castro de comparecer en la audiencia de decomiso accesorio.

   Se explica que en razón de que los Estados Unidos acordaron no declarar a la peticionaria Olympia De Castro si se compromete a comparecer en la audiencia auxiliar final sobre este caso.

 El gobierno habría manifestado su disposición a renunciar a las declaraciones de Allison Domeneghetti y De Castro, si se comprometían a comparecer en la audiencia final.

  Se recuerda que ya Olympia De Castro ya había confirmado que asistiría a dicha audiencia en su Réplica en apoyo de la moción de orden de protección y ahora lo confirman mediante una declaración de esta.



miércoles, 20 de abril de 2022

Conozca a Maximiliano Dávila Pérez exjefe de Agencia Antinarcóticos de Bolivia que la Fiscalía de Nueva York acusa de narcotráfico y procura extraditar a EE. UU.

   El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos Distrito Sur de Nueva York levantó el sello que pesaba sobre la acusación emitida por el Gran jurado contra el exjefe antinarcóticos boliviano.

Por Maibort Petit

   En febrero pasado la Fiscalía de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, anunció los cargos por delitos narcotráfico contra el exdirector —durante la administración del expresidente Evo Morales— de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN), principal agencia de aplicación de la ley antinarcóticos de Bolivia, Maximiliano Dávila Pérez, a quien ahora procura extraditar a territorio estadounidense, luego de que este fuera detenido en la nación del altiplano.

   Por los delitos que se le imputan, Dávila Pérez enfrenta la posibilidad de ser sentenciado a una pena mínima obligatoria de 10 años de prisión y una máxima de cadena perpetua por el cargo de conspiración para importar cocaína a los Estados Unidos, y una pena máxima de cadena perpetua por el cargo conspiración para usar y portar ametralladoras en apoyo de la conspiración de importación de cocaína, de que es acusado.


  Las autoridades estadounidenses creen que el jefe antinarcóticos boliviano usó su cargo para proteger aeronaves utilizadas para transportar cocaína a través de terceros países para su distribución en Estados Unidos, además de estar presuntamente involucrado en actividades de narcotráfico y lavado de dinero. El Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, Damian Williams, dijo que “En lugar de acabar con el narcotráfico en ese país, Dávila-Pérez trabajó en sociedad con laboratorios de drogas bolivianos y buscó enviar más de mil kilogramos de cocaína a Estados Unidos”.

   El Departamento de Estado de los EE. UU. ofrecía una recompensa de USD 5 millones por cualquier información que hubiera conducido a la condena de Dávila Pérez[1].

  En Bolivia, Maximiliano Dávila Pérez, capturado el 22 de enero del presente 2022, está acusado de enriquecimiento ilícito y de mantener ciertos vínculos con el narcotráfico, Al momento de su arresto, el ministro de Gobierno boliviano, Eduardo Del Castillo, informó que “Hemos solicitado a la embajada de los Estados Unidos, a través de la cancillería, mayor información sobre el caso denunciado por la DEA, lo que nos permitirá contrastar datos e información con la investigación que está realizando actualmente (…). Se están realizando las pesquisas correspondientes para determinar los vínculos de este señor con las investigaciones de ganancias ilícitas”[2].

   Los cargos formulados en Bolivia contra Dávila Pérez se sustentarían en la relación que éste tendría con Jorge Roca Suárez, narcotraficante que estuvo casi tres décadas en una prisión de EE. UU., así como con el exagente de policía Omar Rojas Echeverría, creyéndose que el exjefe antinarcóticos boliviano habría supuestamente protegido cargamentos de cocaína despachados por estos. Roca Suárez fue detenido en abril de 2021 en Perú por requerimiento de fiscales de Estados Unidos que lo acusan de narcotráfico. Entretanto, Rojas fue capturado en Colombia un mes después.

   El proceso en EE. UU. surge de investigaciones desarrolladas por la Administración Antidrogas de Estados Unidos (DEA) desde 2017[3].

Pedido para anular sellado de la acusación

  El 1 de febrero de 2022, los fiscales auxiliares del fiscal para el Distrito Sur de Nueva York Damian Williams, Sam Adelsberg, Matthew Hellman y David Robles, remitieron a la juez Denise L. Cote un pedido para que el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos Distrito Sur de Nueva York procediera a anular el sellado de la acusación de sustitución contra Maximiliano Dávila Pérez.

   Los fiscales explicaron a la juez Cote que el 22 de septiembre de 2020, Maximiliano Dávila-Pérez fue acusado en Acusación de Superación S9 19 Cr. 91 (DLC) de (i) conspiración para importar cinco kilogramos o más de cocaína a los Estados Unidos, desde al menos julio de 2019 o aproximadamente hasta septiembre de 2020 o aproximadamente, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, sección 963 (Cargo uno); y (ii) conspirar para usar o portar ametralladoras durante y en relación con, o para poseer ametralladoras en apoyo del delito de narcotráfico imputado en el Primer Cargo de la Acusación Sustitutiva, en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 924(o) (Cargo Dos).

  Se refiere que Dávila Pérez fue director de la principal agencia de aplicación de la ley antinarcóticos de Bolivia, conocida como la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN), cargo que aprovechó para llevar a cabo las conspiraciones imputadas en la Acusación de Superación. Desde su posición procuró garantizar el acceso a los aeródromos bolivianos para el transporte de cocaína y para organizar a los miembros de la policía boliviana bajo su mando —incluidos individuos armados con ametralladoras— para brindar protección a esas cargas de drogas.

  Se indica que Maximiliano Dávila-Pérez trabajó en sociedad con proveedores de cocaína a gran escala que operan laboratorios de cocaína en Bolivia y acordó enviar más de mil kilogramos de cocaína boliviana a Nueva York.

  Los fiscales refirieron a la jueza Cote que la acusación de reemplazo se presentó bajo sello y bajo el entendido de que el acusado fue detenido recientemente en Bolivia, se procura su extradición a los Estados Unidos.

   La juez Denise L. Cote acogió el pedido de la fiscalía y levantó el sello de la acusación de sustitución contra Maximiliano Dávila Pérez.

La acusación

  El 20 de septiembre de 2020, ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos Distrito Sur de Nueva York, la para entonces Fiscal interino de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, Audrey Strauss, presentó ante el tribunal homónimo la acusación sellada emitida por un Gran Jurado contra Maximiliano Dávila Pérez, también conocido como “Macho”, por cargos de narcotráfico.

  El primer cargo contra Dávila Pérez refiere que desde julio de 2019 hasta septiembre de 2020 inclusive, en Bolivia, Perú y otros lugares, y, Maximiliano Dávila-Pérez, alias "Macho" y otros conocidos y desconocidos, se combinaron y conspiraron para, intencionalmente y con conocimiento, violar las leyes de narcóticos de los Estados Unidos.

  Se describe que parte y objeto de la conspiración consistía en la importación de una sustancia controlada a sabiendas e intencionalmente a los Estados Unidos y a los territorios aduaneros de los Estados Unidos desde un lugar fuera del mismo, esto en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, Secciones 952 (a) y 960 (a) (1).

  Parte y objeto de la conspiración que Maximiliano Dávila-Pérez, alias "Macho", el acusado, y otros conocidos y desconocidos, contemplaba la fabricación de una sustancia controlada, sabiendo y teniendo motivos razonables para creer que dicha sustancia sería importada ilegalmente a los Estados Unidos y a aguas dentro de una distancia de 12 millas de la costa de los Estados Unidos Estados Unidos desde un lugar fuera del mismo, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, Secciones 959(a) y 960(a) (3).

  Se indica que la sustancia controlada que Maximiliano Dávila-Pérez, alias "Macho", el demandado, y otros conocidos y desconocidos, conspiraron para (a) importar a los Estados Unidos y al territorio aduanero de los Estados Unidos desde un lugar fuera del mismo, y (b) fabricar, poseer con la intención de distribuir, y distribuir, con la intención, sabiendo y teniendo motivos razonables para creer que dicha sustancia sería importada ilegalmente a los Estados Unidos y en aguas dentro de una distancia de 12 millas de la costa de los Estados Unidos desde un lugar fuera de ella, eran cinco kilogramos y más de mezclas y sustancias que contenían una cantidad detectable de cocaína, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, Sección 960 (b) (1) (B) (ii).

   El segundo cargo contra Maximiliano Dávila Pérez sostiene que desde al menos julio de 2019 hasta septiembre de 2020 inclusive, en Bolivia, Perú y otros lugares, y en un delito iniciado y cometido fuera de la jurisdicción de cualquier Estado o distrito en particular, Maximiliano Dávila-Pérez, alias "Macho", el acusado y otros conocidos y desconocidos, de los cuales se espera que al menos uno sea llevado y arrestado en el Distrito Sur de Nueva York, intencionalmente y a sabiendas se combinaron, conspiraron, se confederaron y acordaron juntos y entre sí para violar el Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 924 (c).

  Se explica que fue parte y objeto de la conspiración que Maximiliano Dávila Pérez, alias “Macho” y otros conocidos y desconocidos, durante y en relación con un delito de narcotráfico por el cual pueden ser procesado en un tribunal de los Estados Unidos —a saber, el delito alegado en el Primer Cargo de la Acusación— usaría y portaría ametralladoras y dispositivos destructivos en cumplimiento de dicho delito de tráfico de drogas, esto en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Secciones • 924(c)(i)(A) y (B)(ii).

  La acusación solicita, de conformidad con el Título 21, Código de los Estados Unidos, Secciones 853 y 970, que a Maximiliano Dávila Pérez se sean confiscados todos los bienes que constituyan o se deriven de cualquier producto obtenido directa o indirectamente como resultado de dicho delito.

  Igualmente, de conformidad con el Título 18, Código de Estados Unidos, Sección 924(d), se pide confiscar todas las armas de fuego y municiones involucradas y utilizadas en la comisión del delito imputado en el Segundo Cargo de la Acusación.

  Se advierte que si alguna de las propiedades descritas anteriormente como sujeto a decomiso, no pudiera ser localizada en el ejercicio de la debida diligencia; o hubiera sido transferida o vendida o dada en depósito a una tercera persona; o hubiera sido puesto fuera de la jurisdicción de la Corte; o hubiera disminuido sustancialmente su valor; o se hubiera mezclado con otros bienes que no pueden subdividirse sin dificultad; los Estados Unidos, de conformidad con el Título 21, Código de los Estados Unidos, Secciones 853 (p) y 970, solicitará el decomiso de cualquier otra propiedad del demandado hasta el valor de la propiedad confiscable anterior.

REFERENCIAS

[1] Departamento de Estado de los Estados Unidos. “Department of State Offers Reward for Information to Bring Bolivian Narcotics Trafficker to Justice”. 2 de febrero de 2022. https://www.state.gov/department-of-state-offers-reward-for-information-to-bring-bolivian-narcotics-trafficker-to-justice/

[2] Ministerio de Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia. “Presentan a ex director de la Felcn investigado por ganancias ilícitas y vínculos con el narcotráfico”. 23 de enero de 2022. https://www.mingobierno.gob.bo/dom-23012022-1947presentan-ex-director-la-felcn-investigado-por-ganancias-ilicitas-vinculos-el-narcotrafico

[3] InSight Crime. “Exjefe antinarcóticos en la mira de Bolivia y EE. UU.”. 4 de febrero de 2022. https://es.insightcrime.org/noticias/exjefe-antinarcoticos-mira-bolivia-eeuu/


 


martes, 19 de abril de 2022

Este miércoles: Juan Orlando Hernández podría ser extraditado a EE. UU.

Por Maibort Petit 

  Este miércoles 20 de abril será entregado a las autoridades de los Estados Unidos, el expresidente de Honduras Juan Orlando Hernández (2014-2022), según informaciones recibidas por fuentes ligadas al caso en Tegucigalpa. El exmandatario es requerido por la justicia norteamericana que lo juzgará por delitos de narcotráfico.

    Juan Orlando Hernández será juzgado en la Corte del Distrito Sur de Nueva York por delitos de narcotráfico, al igual que su hermano, Juan Antonio Hernández que fue condenado a dos cadenas perpetuas tras ser hallado culpable de delitos de tráfico de drogas y de mentir a la justicia de EE. UU., entre otros delitos.
 
   Este martes, en horas de la tarde, se realizaron los últimos protocolos para la entrega de Hernández a la representación de la Agencia Antidrogas de EE. UU. en el país centroamericano. 

    La fuente sostuvo que el expresidente será llevado éste 20 de abril, en un helicóptero de la Policía Nacional, escoltado por helicópteros de la Fuerza Aérea desde su centro de detención, en el Cuartel General de las Fuerzas Especiales de la PN, a la base Aérea hondureña, Coronel, Hernán Acosta Mejías de Tegucigalpa, donde será entregado a las autoridades de los EE. UU.

   Los agentes federales estadounidenses serán quienes trasladen al exmandatario a la Base Aérea, José Enrique Soto Cano, Palmerola [que comparten la Fuerza Aérea Hondureña con los Estados Unidos]. Desde ese centro, Juan Orlando Hernández será trasladado a Nueva York, en un avión del gobierno norteamericano (US. Marshals) a cargo del Servicio de Alguaciles de EE. UU.

La carrera judicial

  Un total de 15 magistrados, que integran el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ)  de Honduras firmaron un fallo que ratificó la decisión de extraditar a Juan Orlando Hernández, adoptada por un juez de primera instancia el 16 de marzo de 2022.

  Luego de cumplir con la normativa, un juez ordenó la entrega inmediata del ciudadano Juan Orlando Hernández a Estados Unidos, en colaboración con la Secretaría de Seguridad, Secretaría de Defensa y también Cancillería", informó hace una semana la CSJ.

  El 14 de febrero, Estados Unidos solicitó al gobierno de Honduras  la extradición de Hernández, acusado de "conspiración violenta de narcotráfico, para transportar aproximadamente 500.000 kilogramos de cocaína a través de Honduras con destino a Estados Unidos", incluso antes de que fuera presidente, entre 2014 y 2022.

  Desde su arresto, el 15 de febrero, Juan Orlando Hernández ha permanecido en la prisión de un cuartel policial conocido como "Los Cobras", en el este de Tegucigalpa. Sus abogados apelaron, sin éxito,, la decisión judicial de extradición ante la Corte Suprema y luego intentó impedirla con un recurso de amparo, que también fue rechazado.

  El proceso concluye casi un mes después que el pasado 7 de febrero del presente año 2022, el Departamento de Estado de los Estados Unidos informara de la desclasificación y publicitación de la inclusión del expresidente de Honduras, Juan Orlando Hernández en la Lista Engel de actores corruptos y antidemocráticos de los EE. UU. desde el 1 de julio de 2021, en razón de que múltiples informes creíbles daban cuenta de la supuesta participación del exmandatario en hechos de corrupción y narcotráfico, así como en la utilización de las ganancias de dichas actividades ilícitas en la facilitación de campañas políticas[1].

Actividades criminales

  Sobre JOH existían sospechas desde el año 2004, de acuerdo a lo que revelan documentos que fueron desclasificados que indican que “participó en una conspiración violenta de narcotráfico” en esa época en que ejercía como diputado del Congreso Nacional del que, incluso, era directivo.

  Para la defensa de JOH es fundamental que el expresidente permanezca en Honduras y en ese sentido giran sus actuaciones, entre ellas, el haber sacado a relucir los supuestos 32 casos que su representado tiene abiertos en instancias de su país. Los abogados, buscaron frenar la extradición advirtiendo que era necesario que antes se investiguen las denuncias y sea juzgado en la nación centroamericana.

  Juan Orlando Hernández se enfrenta a una experiencia similar a la de su hermano, el exdiputado Juan Antonio Hernández, condenado a cadena perpetua por delitos similares.

  El primero de los cargos imputado a JOH es por conspiración para importar sustancia controlada a los Estados Unidos desde un lugar fuera del mismo, así como fabricar y distribuir una sustancia controlada con la intención y el conocimiento de que dicha sustancia sería importada a ese país. El segundo cargo, es por usar o portar armas de fuego o ayudar e instigar al uso, el porte y la posesión de armas de fuego en apoyo de la conspiración de importación de narcóticos de la que se le acusa en el cargo uno. En tercer lugar, se le señala de conspiración para usar o portar armas de fuego en apoyo de la conspiración de importación de narcóticos.

  Juan Orlando Hernández ha negado insistentemente los cargos en su contra, personalmente, y a través de sus abogados o por intermedio de su esposa, Ana García de Hernández, quien sostiene que JOH es víctima de una venganza orquestada por parte de narcotraficantes hondureños que fueron extraditados a los EE. UU. y buscan bajar sus penas.

   García advirtió que el convenio suscrito entre EE. UU. y Honduras no es una normativa que, de acuerdo al derecho, permita la extradición de nacionales hondureños. Debe aplicarse la ley hondureña y recordó que el país centroamericano es suscriptor de tratados internacionales que protegen a los conciudadanos de ser víctimas de penas inhumanas y degradantes.