Los bienes inmuebles a través de los que Casa Express fueron adquiridos por Raúl Gorrín a través de un grupo de empresas de la que es propietario o tiene el control sobre ellas.
Por Maibort Petit
Pero Casa Express no se da por vencida y, por ello, registró la sentencia en la Corte del Distrito Sur de la Florida dispuesta, contra viento y marea, a cobrar su deuda con los bienes supuestamente mal habidos del empresario venezolano.
En esta entrega presentamos el historial judicial de este caso.
Moción acelerada para embargar apartamentos de Gorrín
El 10 de septiembre de 2021, Andrés Gamardo, de la firma Sánchez Fischer Levine LLP en representación del acreedor de la sentencia Casa Express Corp. como Síndico del Fideicomiso Casa Express Trust, presentó ante el Tribunal para el Distrito Sur de Florida-División Miami, una Moción acelerada ex parte para solicitar el inicio de un procedimiento complementario para ejecutar la Sentencia Final Modificada dictada a su favor contra la República Bolivariana de Venezuela.
En razón de que para la compra de los inmuebles se utilizaron fondos venezolanos malversados, las propiedades están sujetas a un fideicomiso constructivo a favor de Venezuela y están sujetas a ejecución por parte de Casa Express de conformidad con 28 U.S.C. § 1610(c) y Estatuto de Florida § 56.29.
Dichas entidades son: RIM Group Investments Corp., RIM Group Investments I Corp., RIM Group Investments II Corp. y RIM Group Investments III Corp., las cuales son entidades de la Florida que son propiedad o están bajo el control de Gorrin y su esposa.
Igualmente, Posh 8 Dynamic Inc. y Planet 2 Reaching Inc., entidades de Delaware que son propiedad o están bajo el control de Gorrin.
Estas entidades que, de acuerdo a una investigación independiente realizada por un experto, sí adquirieron propiedades inmobiliarias en Florida desde 2008, son: 144 Isla Dorada Boulevard, Coral Gables, Florida 33143; 4100 Salzedo Street, Unidad 1010, Coral Gables, Florida 33146; 4100 Salzedo Street, Unidad 608, Coral Gables, Florida 33146; 4100 Salzedo Street, Unidad 807, Coral Gables, Florida 33146; 4100 Salzedo Street, Unidad 813, Coral Gables, Florida 33146; 4100 Salzedo Street, Unidad 913, Coral Gables, Florida 33146; 18555 Collins Avenue, Unidad 4401, Sunny Isles Beach, Florida 33160; y 7043 Fisher Island Dr., Unidad 7043, Fisher Island, Florida 33109.
Hay que acotar que en el esquema de corrupción en el que supuestamente incurrió Raúl Gorrín, también intervino Alejandro Andrade Cedeño, quien fue responsable de la Oficina Nacional del Tesoro (ONT) de Venezuela. De este modo, con la asistencia de Andrade, Gorrín se apropió indebidamente de fondos venezolanos a través de un esquema ilícito de cambio de moneda extranjera.
Siendo que se trata de propiedades que se encuentran en un fideicomiso a favor de Venezuela, Casa Express procura cobrar parte de su sentencia con estos inmuebles.
Citadas las empresas
El Tribunal del Distrito Sur de Florida también citó a comparecer al abogado de la empresa Posh 8 Dynamic Inc.
Así como al abogado de Planet 2 Reaching Inc.
Howard Srebnick de la firma Black, Srebnick, Kornspan & Stumpf, P.A. presentó una Moción conjunta entre Planet 2 Reaching, Inc. y Posh 8 Dynamic, Inc., para solicitar el tribunal una prórroga hasta el 12 de octubre de 2021, para presentar contestaciones a los avisos reglamentarios de comparecencia.
Explicaron que fueron notificados el 17 de septiembre de 2021 por Casa Express de su intención de Iniciar Procedimientos Suplementarios, para Impugnar a los Acusados y para la Emisión de Avisos Estatutarios de Comparecencia y Avisos Legales Sellados de Comparecencia, lo cuales requieren que las entidades presenten una declaración jurada que indique por qué ciertos bienes inmuebles no deben aplicarse a la satisfacción de la sentencia obtenida por el Demandante contra Venezuela.
Dijo que luego de conversar con el abogado de Casa Express, este no tenía inconveniente en extender hasta el 12 de octubre de 2021 el plazo para responder. La prórroga fue concedida por el juez Beth Bloom.
Nueva prórroga
Nuevamente, Howard Srebnick, de Srebnick, Kornspan & Stumpf, P.A. en representación de Planet 2 Reaching, Inc. y Posh 8 Dynamic, Inc., solicitó una prórroga hasta el 4 de noviembre de 2021, para presentar respuestas a los avisos legales para comparecer.
Sustitución de abogados de Casa Express
En la misma fecha, 26 de octubre de 2021, Fausto Sánchez, de la firma Sánchez Fischer Levine, en conjunto con Andrés Gamardo, de Gamardo, PA, solicitaron la emisión de una Orden que sustituya a SFL., firma que a partir de dicha fecha dejaría de representar los derechos de casa Express.
La respuesta de las empresas
Howard Srebnick, de Black Srebnick Kornspan and Stumpf PA, en representación de RIM Group Investments Corp., RIM Group Investments I Corp., RIM Group Investments II Corp., RIM Group Investments III Corp., Posh 8 Dynamic Inc. y Planet 2 Reaching Inc., presentó ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos Distrito Sur de Florida un memorando en oposición a la moción para iniciar un proceso complementario en su contra por parte de Casa Express Corp.
Sostenían las empresas que nada tenían que ver en el caso de los bonos venezolanos impagos. Refirieron que la petición no alega ninguna causa de acción por parte de Casa Express contra ninguno de los Demandados o las propiedades.
Manifestaron al tribunal que no tienen nada que ver con los Demandados ni con las transacciones de cambio de moneda extranjera que Casa Express desea litigar. Advirtieron a la Corte que Casa Express busca ejecutar con base en un reclamo hipotético de fideicomiso constructivo venezolano contra sus bienes inmuebles. Alertaron que la condición de acreedor judicial no otorga a Casa Express legitimación para demandar por Venezuela.
Sostienen que FSIA prohíbe la Moción porque, entre otras cosas, la ley establece una presunción judicial de inmunidad soberana extranjera tanto de juicio como de embargo y ejecución, que Casa Express no puede superar.
Igualmente, recordaron que los activos sobre los que Casa Express busca ejecutar están bloqueados por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos y cualquier procedimiento contra los activos bloqueados está prohibido por la ley federal, privando al Tribunal de jurisdicción.
Pidieron al Tribunal negar la moción presentada por Casa Express.
El abogado de Gorrín
En consonancia a lo anterior estuvo la declaración jurada que el abogado D.E. Wilson Jr., de la firma Venable LLP, presentó el el 4 de noviembre de 2021 ante la Corte del Distrito Sur de la Florida como representante autorizado de Raúl Gorrín y Gustavo Perdomo, así como de los inmuebles de su propiedad, directa o indirectamente, según licencia emitida por la OFAC el 9 de diciembre de 2020 que vence el 31 de mayo de 2022.
Sus facultades incluyen las propiedades son propiedad o están bajo control de RIM Group Investments, Corp., RIM Group Investments I Corp., RIM Group Investments II Corp., RIM Group Investments III Corp., Planet 2 Reaching Inc. y Posh 8 Dynamic Inc.
Refirió que cuando las propiedades están bloqueadas por la OFAC el propietario mantiene el título de propiedad y “cualquier fondo que constituya o surja de la propiedad bloqueada debe colocarse en una cuenta bloqueada que genere intereses en una institución financiera de los EE. UU. El bloqueo impone de inmediato una prohibición general de realizar transferencias o tratos de cualquier tipo con respecto a la propiedad”.
Advirtió al tribunal que hasta la fecha de su declaración “como licenciatario de la OFAC, no he tomado ni he aprobado que se tome ninguna transacción con respecto a los demás bienes en poder de las personas y entidades nombradas por el actor en el litigio en el que se presenta esta declaración”.
Informó que con la aprobación de las empresas contrató “al bufete de abogados Black Srebnick para que represente a las Entidades notificadas en este asunto y para hacer valer las defensas de hecho y de derecho establecidas en la Respuesta a la petición acelerada ex parte del acreedor de la sentencia para iniciar el procedimiento. Complementario (la Respuesta”), notificada al mismo tiempo que la presente, y que por la presente adoptó”.
Casa Express responde
El 11 de noviembre de 2021, Andrés Gamardo, en representación del demandante y acreedor del fallo, Casa Express Corp, como fideicomisario de Casa Express Trust, presentó ante la Corte del Distrito Sur de la Florida un memorando en oposición a la moción acelerada ex parte para iniciar procedimientos complementarios, para acusar a los demandados y para la emisión de notificaciones legales para Comparecer presentado por Posh 8 Dynamic Inc., Planet 2 Reaching Inc., RIM Group Investments Inc., RIM Group Investments I Inc., RIM Group Investments II Inc., RIM Group Investments III Inc.
Refiere que los demandados en su memorando con fallas procedimiento y fondo en todo momento, buscan en todo momento desestimar el procedimiento de Casa Express de manera infundada.
Sostienen que a pesar de la confusión de de los demandado acusados, el memorando “es en realidad su alegato de respuesta (es decir, Respuesta) a los Avisos de Comparecencia”.
Asimismo, subrayan que una declaración jurada de respuesta debe presentar cualquier hecho o defensa que se oponga a la aplicación de la propiedad descrita en el Aviso de comparecencia para cumplir con el fallo, incluidas las defensas legales, como la falta de jurisdicción personal.
Igualmente, destacan que lo que sí se admite en el memorando es que los ocho bienes inmuebles, contra los cuales Casa Express busca satisfacer su sentencia, son propiedad del Deudor de la Sentencia, la República Bolivariana de Venezuela.
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