viernes, 15 de octubre de 2021

Las razones de la fiscalía para oponerse a la libertad bajo fianza de Paulo Jorge Da Costa, artífice del esquema de corrupción de Rincón y Shiera

  El gobierno sostiene que el acusado carece de vínculos con los Estados Unidos, por lo que existe un claro riesgo de huida de su parte.

Por Maibort Petit

    Paulo Jorge Da Costa Casqueiro Murta está señalado junto a Daisy Teresa Rafoi Bleuler, de ser artífice del esquema de corrupción mediante el cual los empresarios Roberto Rincón y Abraham Shiera, ex-contratistas de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) sobornaron a funcionarios de la compañía estatal para la obtención de contratos y acelerar el pago de facturas pendientes de contratos anteriores. Rincón y Shiera fueron acusados, junto a una veintena de funcionarios venezolanos de varios delitos de lavado de dinero y de violar la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA).

   Da Costa Casqueiro Murta y Rafoi Bleuler, gestores patrimoniales europeos activos, actuaron en conjunto con Javier Alvarado Ochoa, expresidente de Bariven, unidad de compras de PDVSA, para lavar el dinero proveniente del referido esquema de sobornos que alcanzó los USD 1.000 millones y se extendió entre 2011 y 2014.

   Por este caso, el gobierno estadounidense ha anunciado cargos contra 28 personas en relación con la investigación, 22 de los cuales se han declarado culpables.

    Además, Da Costa Casqueiro Murta ha sido investigado en Portugal por estar relacionado con la quiebra del Grupo Espírito Santo.

   La fiscalía acusó a Paulo Jorge Da Costa Casqueiro Murta de un cargo de conspiración para cometer lavado de dinero, en violación de 18 U.S.C. § 1956 (h), un cargo de conspiración para violar la FCPA, en violación de 18 U.S.C. § 371, y dos cargos de lavado de dinero promocional internacional, en violación de 18 U.S.C. Sección 1956 (a) (2) (A).

   El 29 de abril de 2019, se emitió una orden de arresto en su contra fuera del Distrito Sur de Texas. En mayo de 2019, fue arrestado en Portugal y el gobierno inició formalmente un procedimiento de extradición, pero luego de un breve arresto, fue puesto en libertad, aunque las autoridades portuguesas le impusieron restricciones adicionales.

  Posteriormente, el acusado apeló su extradición a múltiples tribunales en Portugal y al menos a un tribunal en la Unión Europea. El 2 de junio de 2021, después de agotar todos sus recursos de apelación, fue nuevamente arrestado por las autoridades portuguesas y detenido en espera de su extradición.

  El 9 de julio de 2021, Paulo Da Costa Casqueiro Murta fue trasladado desde Portugal al Distrito Sur de Texas, donde tuvo su primera comparecencia en este asunto el 12 de julio de 2021. El gobierno solicitó su detención y el demandado solicitó tiempo adicional para prepararse para la audiencia de detención, la cual tuvo lugar los días 22 y 26 de julio de 2021. Allí, la Corte determinó que la fiscalía había demostrado con evidencia clara y convincente que ninguna condición podía asegurar razonablemente la comparecencia del acusado. Sin embargo, la Corte le brindó la oportunidad de presentar un escrito en el que expusiera las condiciones específicas de la liberación que solicitaba y para identificar un caso con hechos similares.

La respuesta de la Fiscalía

  El 12 de agosto de 2021, Sonali D. Patel, subjefe de la Sección de Fraudes de la División Penal del Departamento de Justicia de Estados Unidos, presentó ante el Tribunal del Distrito Sur de Texas-División Houston, la respuesta del gobierno en oposición al escrito de Paulo Jorge Da Costa Casqueiro Murta en apoyo de la fianza, bajo el alegato de que el acusado presenta un riesgo de fuga significativo al ser ciudadano de un país que no extradita y ser poseedor de activos importantes en el extranjero y sin no vínculos con los Estados Unidos.

   Da Costa Casqueiro Murta está acusado de participar en una conspiración internacional de lavado de dinero por su papel en la estructuración de transacciones para ocultar pagos de sobornos y ganancias delictivas, delitos de los cuales, la fiscalía asegura tener pruebas sólidas. De ser declarado culpable, enfrentaría una sentencia de prisión sustancial de 292 a 365 meses de prisión.

    El gobierno advirtió al tribunal que el acusado no ha identificado los casos solicitados en los que un acusado en una situación similar fuera puesto en libertad bajo fianza. En tal sentido, la fiscalía pidió a la Corte mantener detenido al acusado de conformidad con 18 U.S.C. Sección 3142 (e) (1).

   Estados Unidos solicitó que la Corte que imponga una orden de detención contra Paulo Jorge Da Costa Casqueiro Murta y lo mantenga en custodia en espera de juicio.

Los argumentos

   En su escrito, la fiscalía luego de exponer lo que la Ley de reforma de la fianza establece, así como la jurisprudencia, advierten que el demandado está en riesgo de fuga y debe ser detenido.

   Recordaron que el Tribunal en fecha 26 de julio de 2021 estableció el riesgo de fuga por parte del acusado, quien no tiene vínculos con el Distrito Sur de Texas, ni con los Estados Unidos fuera de su actividad criminal. 

   Subraya que Da Costa Casqueiro Murta es natural de Suiza, un país que no extradita a sus ciudadanos a EE. UU., su familia vive en el extranjero, siendo que su esposa, hijos y hermanas viven en Portugal, mientras que los hijos de su esposa residen en Suiza. Anteriormente alquiló un apartamento en Dubai, otro lugar desde el que es poco probable que se produzca la extradición.

  Destacan la fiscalía que, habiendo el acusado conspirado para ejecutar un plan internacional de lavado de dinero y soborno, utilizando cuentas en Suiza y Dubai, es muy probable que tenga activos internacionales que el gobierno no ha podido identificar, rastrear o congelar.

   Indican que la naturaleza y las circunstancias de los delitos que se imputan al acusado en el auto de procesamiento sustitutivo pesan a favor de la detención y el posible castigo resultante proporcionan un amplio incentivo para huir.

    El gobierno hace una exposición acerca de los co-conspiradores y los coacusados del acusado, quienes han sido detenidos en el distrito sur de Texas a pesar de tener bases más sólidas para su liberación que las que tiene en este caso Paulo Da Costa.

Sustento legal poco convincente

   El gobierno alerta al tribunal que Paulo Jorge Da Costa Casqueiro Murta no ofreció en la audiencia del 26 de julio de 2021 un solo caso que responda a la pregunta que se le planteó y, en cambio, hizo mención a seis casos fuera del circuito que son inapropiados y distinguibles. Agregan que al demandado tampoco menciona a los coacusados en situación similar que fueron detenidos a pesar de tener vínculos mucho más amplios con el distrito, haber renunciado a la extradición y comparecer voluntariamente en los Estados Unidos.



     Recordó la fiscalía que el demandado apeló su extradición a todos los niveles del sistema legal portugués y a un tribunal de la Unión Europea, y el gobierno de Suiza no ha garantizado ni garantizará su comparecencia en el tribunal del distrito sur de Texas.

Argumentos fallidos del acusado

   El gobierno le refiere al tribunal que Paulo Da Costa Casqueiro Murta argumenta, entre otras cosas, que debido a que no huyó de Portugal a Suiza, no debe considerarse un riesgo de fuga de los Estados Unidos, pero obvia mencionar que mantiene amplios vínculos con Portugal, donde vivía con su esposa. En territorio luso, el demandado posee tres propiedades, incluida su residencia principal, un apartamento y un rancho. Recuerdan que los portugueses “congelaron” estas propiedades, valoradas en aproximadamente USD 3,5 millones, así que huir de esa nación habría implicado el abandono de esos importantes activos. Además, el acusado debió pagar una fianza de € 750,000 (aproximadamente USD 875.000). “En resumen, si el Demandado se fuera de Portugal, abandonaría la comunidad en la que vivía, junto con activos sustanciales y una fianza significativa. Estos son precisamente el tipo de vínculos comunitarios y activos significativos de los que carece en Estados Unidos”.

   Respecto al problema médico que el acusado indica que padece de colesteatoma y por ello debe ser liberado, que requiere su liberación. Identificación. En este sentido, aunque la fiscalía reconoce la condición médica del demandado, alerta que esto no mitiga el riesgo de que huya ni justifica su liberación. “El Demandado no ha proporcionado ninguna prueba de que la Oficina de Prisiones no pueda brindarle la atención médica adecuada mientras espera el juicio”.

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