China es el destino del crudo venezolano desde que Estados Unidos suspendió las operaciones comerciales con el régimen de Nicolás Maduro.
Por Maibort Petit
Una serie de empresas de maletín, de reciente constitución, son utilizadas por el régimen de Nicolás Maduro y Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) para violar las sanciones impuestas por el gobierno de los Estados Unidos. Los propietarios han logrado hacer millones de dólares y han contribuído a que la dictadura venezolano logre mantenerse en el poder.
En esta entrega damos cuenta de algunas estas compañías.
American Multinational Energy Corp
American Multinational Energy Corp. es una sociedad anónima registrada el 30 de mayo de 2018 en Panamá bajo el número 155665848, la cual está domiciliada en el el Corregimiento Ciudad de Panamá, Distrito Panamá, Provincia Panamá, Panamá.
La representación legal de la compañía recae en su presidente o la persona que este autorice[1].
American Multinational Energy Corp. también estaba registrada en el estado de la Florida, Estados Unidos, desde el 28 de junio de 2017, bajo el número P17000056186. En la actualidad esta firma está inactiva.
Abner Torres era el agente y el presidente de la misma[2].
Esta empresa figura como la compradora de 4 millones de barriles de crudo Merey 16 a PDVSA Petróleo S.A., una operación que, de acuerdo al Resumen de la Dirección Ejecutiva de Comercio y Suministro de PDVSA, tuvo lugar el 14 de abril de 2020.
El despacho de la carga se haría en el Terminal de Almacenamiento y Embarque de Crudo Complejo José Antonio Anzoátegui (TAECJAA), o cualquier otro puerto designado por el vendedor y aceptado por el comprador.
El destino del crudo era Asia, sin que se ofrezca mayores explicaciones del puerto de destino de la carga.
Las evidencias de las violaciones están en manos de las autoridades estadounidenses.
Globe Max Trade LTD
En su página web Globe Max Trade LTD dice que es una empresa privada con “alta diversificación, comprometida en la venta de varios productos físicos de petróleo, petróleo crudo, alimentos, telas y otros. Nuestra empresa ha estado operando en el mercado checo e internacional durante más de 15 años. La oficina principal de nuestra empresa está ubicada en Praga (República Checa) y una oficina representativa en Moscú (Rusia). Trabajamos con empresas en Europa oriental y occidental, Asia, Estados Unidos de América, África y la Federación de Rusia. La estrategia comercial de la compañía es el crecimiento y la expansión responsables y sostenibles”[3].
Entretanto, el portal Open Corporates informa que Globe Max Trade LTD fue registrada el 5 de septiembre de 2018 en el Reino Unido, bajo el número 11553908.
El domicilio de la empresa es el Unit-Q 35 Astbury Road, Peckham, Londres,SE15 2NL, Inglaterra.
Anteriormente, la empresa se llamaba VHS-CZ LTD y cambió a Globe Max Trade LTD el 30 de julio de 2020. Ya antes, había cambiado denominación el 18 de marzo de 2020, cuando pasó de llamarse Vodohospodarske Stavby Javornik-CZ Ltd a VHS-CZ LTD.
Como director figura Jan Krnac, quien asumió el 10 de diciembre de 2018 en sustitución de Lucie Cervenakova[4].
Un Resumen de la Dirección Ejecutiva de Comercio y Suministro de PDVSA, fechado el 25 de enero de 2021, refiere que PDVSA Petróleo S.A. vendió a Globe Max Trade LTD 1.900.000 barriles de crudo Merey 16 que serían embarcados por el TAECJAA con destino a Asia.
Misil Group LTD
El portal Open Corporates informa que Misil Group LTD es una empresa registrada en el Reino Unido el 14 de septiembre de 2020, bajo el número 12879318.
Tiene su sede en Flat 33 Consort House, Lensbury Avenue, Londres, SW6 2JZ, Inglaterra.
Como propietario beneficiarios finales figuran Martin Alexander Sampson, George Sampson y Miguel Josue Silva Pérez. Este último figura como director activo, mientras que Martin Alexander Sampson, George Sampson y Marvin Alberto Linares Montesinos, aparecen como directores inactivos[5].
Un resumen de la Dirección Ejecutiva de Comercio y Suministro d e PDVSA con fecha de 27 de enero de 2021, indica que PDVSA Petróleo S.A. vendió dos cargas de crudo Merey 16, el primero de 1.900.000 barriles y el segundo por igual cantidad, a la empresa Misil Group LTD.
El crudo sería cargado en el Terminal de Almacenamiento y Embarque de Crudo Complejo José Antonio Anzoátegui (TAECJAA) con destino a la República Popular de China.
Corporación de Transporte y Servicios LDC C.A. Limited
Según el portal Open Corporates, Corporacion De Transporte Y Servicios LDC C.A. Limited es una empresa registrada en Hong Kong el 21 de agosto de 2019, bajo el número 2865661.
No se da información sobre domicilio y directorio de la empresa[6].
En Venezuela, Corporacion De Transporte Y Servicios LDC C.A. está ubicada en la Urbanización Puerto Morro, avenida Américo Vespucio, casa 642, a 200 metros del Centro Comercial Caribean Mall, Lecherías, estado Anzoátegui. RIF J-298693126, según informa el portal Pymes Venezuela, que agrega que la empresa cuenta con tres trabajadores y sus teléfonos son el 0281-2743313 y 0414-8244863[7].
Un Resumen de la Dirección Ejecutiva de Comercio y Suministro de PDVSA, con fecha de 23 de marzo de 2021, refiere que PDVSA Petróleo S.A. le vendió 1.900.000 barriles de crudo Merey 16 a la Corporación De Transporte Y Servicios LDC C.A. Limited.
La carga se efectuaría en el Terminal de Almacenamiento y Embarque de Crudo Complejo José Antonio Anzoátegui (TAECJAA), con destino a la República Popular China.
[1] Open Corporates. American Multinational Energy Corp. https://opencorporates.com/companies/pa/155665848
[2] Open Corporates. American Multinational Energy Corp. https://opencorporates.com/companies/us_fl/P17000056186
[3] Globe Max Trade Ltd http://globemaxtrade.com/about-us/
[4] Open Corporates. Globe Max Trade LTD. https://opencorporates.com/companies/gb/11553908
[5] Open Corporates. Misil Group LTD. https://opencorporates.com/companies/gb/12879318
[6] Open Corporates. Corporacion De Transporte Y Servicios LDC C.A. Limited. https://opencorporates.com/companies/hk/2865661
[7] Pymes Venezuela. Corporacion De Transporte Y Servicios LDC C.A. http://pymesvenezuela.com/ficha/corporacion-de-transporte-y-servicios-ldc-ca-148155
Las colocaciones de crudo venezolano destinadas principalmente al mercado chino siguen su curso y para ello se valen de empresas de maletín y embarcaciones petroleras rebautizadas.
Por Maibort Petit
Un esquema a través del cual se utilizan tanqueros a los que se les modifican sus nombres, así como compañías de maletín conformadas principalmente en Asia en fechas recientes, están sirviendo a Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) y al régimen de Nicolás Maduro, para hacer ventas y colocaciones de crudo, violando así las sanciones impuestas por el gobierno de los Estados Unidos a la petrolera y a las empresas que comercien con ella.
Anteriormente, el régimen venezolano había utilizado un esquema similar que se valía de las empresas Elemento Ltd. y Swissoil Trading SA., así como Libre Abordo y Schlager Business Group, las cuales fueron investigadas por el FBI, llevando al Departamento del Tesoro de la administración estadounidense a sancionar a estas redes y sus titulares[1]. Un esquema en el que la actual vicepresidente ejecutiva, Delcy Rodríguez, fungió como la cabeza que articuló el referido esquema que tuvo en México su centro de operaciones y en el que Alex Saab sirvió de enlace[2].
En 2019, PDVSA comenzó a ser objeto de las sanciones que el gobierno de los EE. UU. ha venido aplicando a individualidades del régimen de Nicolás Maduro, considerado ilegítimo, antidemocrático y represor del pueblo venezolano.
China, convertido en el primer comprador de crudo venezolano luego de que Estados Unidos dejara de comerciar petróleo con el régimen venezolano, ha encontrado diversas maneras de hacerse con el hidrocarburo venezolano, una de ellas ha sido una subsidiaria con sede en Suiza de la rusa Rosneft, que se vale de un método de entrega indirecto que hace parecer que el crudo tuviera como destino a Malasia[3]. Un esquema similar al que denunciamos en esta ocasión en estas páginas.
Buques fondeados
El 6 de julio, en el Terminal de Almacenamiento y Embarque de Crudo Complejo José Antonio Anzoátegui (TAECJAA), desde las terminales 51 Oeste, 51-Este, el 42 y Sinovensa, 937,8 MBLS (miles de barriles) de crudo Merey aguardaban a ser despachados.
Encontrándose fondeados, los buques Cecilia, con 1000 MBls MEREY 16 (en espera de instrucciones); el Máximo Gorky, con 2000 MBls MEREY 16, con un Tiempo Estimado de Llegada (ETA) que señalaba que había zarpado el 10 de abril a las 17:00 horas; el Innova con 1000 MBls, cuyo ETA era el 25 de abril a las 12:06 hrs; el Henry con 1000 MBls, ETA: 25 May @07:00 hrs.
Igualmente el Mercy con 500 MBls SHB/ETA: 01 JUN @17:00 hrs (en maniobra por Muelle Sur; el Leni/Mojin Imp & Ecp Ind con 1900 MBls/ETA: Fondeado; el Basel, con 1900 MBls /Julie Import & Export/ETA: 17 JUN @PM hrs; el Crown/1900 MBls/ETA: 18 de junio @10:00 hrs; el Esperanza con 500 MBls SHB/ETA: 19 Junio, @19:00 hrs.
Asimismo, el Golden Dragon con 1000 MBls/ETA: 23 Junio @07:30 hrs; el Grovel con 1900 MBls/ETA: 28 Junio, @09:12 hrs; el Maran July con 1900 MBls/ETA: 29 junio, @10:00 hrs; el Vent con 700 MBls/ETA: 01 Julio @12:00 hrs; el Majestic con 1900 MBls/ETA: 02 julio, @23:00 hrs.
Buques en muelle
Entretanto, en el muelle se encontraban el Radiance, con 1900 MBls de crudo Merey 16/ETA: 10 de junio, @21:00 hrs, con la Monoboya GFM II para una carga de 1671 MBls, habiendo iniciado el 27 de junio, a las 22:18 hrs. Cargando con el tanque 07-T-20.
El buque Kyoto, con 1900 MBls/ETA 14 junio, @00:48 hrs. En la plataforma Norte, Muelle Oeste. Cargados:779 MBls. Cargando con el tanque TA1-T-11.
El Yamakasi con 1900 MBls/ETA: 07 Junio @03:30 hrs. Plataforma norte, Muelle este. Atracado en espera de tanques certificados.
Buques cargados
En el mes de julio, el reporte indica que estaba cargado el buque Delsa con 250 MBls SHB/100 MBls Merey 16 para Cubametales/ETA: 07 junio, @11:30 hrs. En la Plataforma Sur. Cargados: 250 MBls de crudo SHB y 100 MBls de crudo Merey 16. Habiendo iniciado el proceso el 1 de julio a las 11:20 hrs y concluido el 3 de julio.
Se reportaron demoras de hasta 45 días para cargar los buques.
Algunos de los buques utilizados
El buque petrolero Alexei 9234642, de bandera panameña, de doble casco, con un seguro con una cobertura de responsabilidad por contaminación de P & I Club por USD 1.000.000.000.
Buque Alexei, imagen cortesía de MarineTraffic.com
Asimismo, el Almorza (9224439), anteriormente denominado Aurora Borealis. El cambio de nombre se produjo el 13 d e enero de 2021, matriculado en Chipre, propiedad de Precy Shipping LTD, una empresa activa registrada el 31 de diciembre de 2020, bajo el número HE416789, según reporta el portal Open Corporates. El domicilio de la compañía es Kimonos 16, Pecora Court, 3095,Limassol, Chipre[4].
Imagen cortesía de MarineTraffic.com
La última inspección de control a que fue sometido fue en el Puerto de Jose el 29 de abril de 2020.
También, el buque Explorer (9230098), anteriormente denominado Minerva Astra. El cambio de nombre ocurrió el 4 de agosto de 2020, de bandera vietnamita, figurando como su propietario la empresa Golden Lotus Oil Gas and Real Estate Joint Stock Company, una compañía de transporte marítimo de mercancías establecida el 2 de abril de 2018. Su oficina central está ubicada en número 67 Pho Duc Chinh Street, Truc Bach Street, Ba Dinh District, Hanoi City, Vietnam[5].
Igualmente, el buque Rene (9250622), anteriormente denominado Kaimon II, construido en 2002, con bandera panameña, propiedad de la empresa Bronze Enterprises Limited, una compañía registrada en Nueva Zelanda[6].
El Ndros
Del mismo modo, el buque Ndros (9183324), anteriormente denominado New Andros y Andros Warrior, construido en 1999 y matriculado en Palau.
El propietario de la nave se reporta ubicado en Charlestown, una localidad de San Cristóbal y Nieves, mientras que el operador técnico es Green Ocean Ship Management, una empresa registrada en la India.
Sus últimas operaciones se registran entre el Terminal de Almacenamiento y Embarque de Crudo Complejo José Antonio Anzoátegui (TAECJAA) y el Puerto de Kuala Sungai Linggi o Sungai Lingg en Malasia, transportando crudo Merey 16.
También fue en el Puerto de Jose donde tuvo su última inspección de control el 8 de mayo de 2019.
Sobre esta embarcación, una guía de carga de PDVSA fechada el 5 de abril de 2021, da cuenta de un cargamento enviado por PDVSA Petróleo S.A. que a bordo de la misma, con N. Roman como capitán, partió del TAECJAA, en el terminal costa afuera SMP TOJ.
La carga, consistente en 1.919.315 de barriles de crudo Merey 16, sería entregada en el puerto de Shandong, China y se consignaría a la empresa Montmagastre Ventures LTD, una empresa activa registrada en Belice bajo el número RA000693_158874. Esta compañía el 1 de enero de 2020 había cambiado de estatus activo a inactivo , para posteriormente, el 27 de enero de 2020 reportarse nuevamente como una empresa activa, según revela el portal Open Corporates[7].
Referencias
[1] Reuters. “EEUU sanciona a intermediarios en ventas de petróleo de Venezuela y a tanqueros”. 19 de enero de 2021. https://www.reuters.com/article/eeuu-venezuela-sanciones-idESKBN29O2G5
[2] El País. “La red que burló las sanciones de Estados Unidos a Venezuela”. 13 de junio de 2021. https://elpais.com/mexico/2021-06-13/la-red-que-burlo-las-sanciones-de-estados-unidos-a-venezuela.html
[3] Petroguía. “Reuters revela cómo PDVSA evade sanciones de EEUU para enviar crudo a China”. 13 de junio de 2020. http://www.petroguia.com/pet/noticias/petr%C3%B3leo/reuters-revela-c%C3%B3mo-pdvsa-evade-sanciones-de-eeuu-para-enviar-crudo-china
[4] Open Corporates. Precy Shipping LTD. https://opencorporates.com/companies/cy/HE416789
[5] Vietnam Credit. Golden Lotus Oil Gas and Real Estate Joint Stock Company. https://vietnamcredit.com.vn/products/companies/golden-lotus-oil-gas-and-real-estate-joint-stock-company_1027050
[6] Open Corporates. Bronze Enterprises Limited. https://opencorporates.com/companies/nz/878873
[7] Open Corporates. Montmagastre Ventures LTD. https://opencorporates.com/companies/bz/RA000693_158874
Convertirse en socio de Venezuela le restaría atractivo a la venta de la refinería.
Por Maibort Petit
De acuerdo al director general senior de Evercore Group LLC, William O. Hiltz, lo ideal en el proceso de venta de acciones de PDV Holding Inc., propietaria de las acciones de CITGO, para que dicha operación sea atractiva, es que la misma englobe el 100 por ciento de las acciones de PDV H, pues de lo contrario, se corre el riesgo de que, al restringir el porcentaje de acciones, los posibles compradores presenten una oferta reducida que evite la maximización de la transacción. Y es que a los ojos del asesor financiero, sólo será posible obtener un buen precio por la empresa si se le garantiza a los posibles compradores el control total de la compañía.
Aunque hace poco menos de una semana, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos negó un pedido de Crystallex para recibir acciones de CITGO Petroleum Corp, filial de la estatal venezolana PDVSA, como pago parcial de la deuda[1] y esta declaración jurada de Hiltz se formuló el 9 de agosto de 2021, no deja de ser significativo lo advertido por el banquero.
“La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Tesoro le dijo a Crystallex que el Departamento de Estado había determinado que tal venta no sería incompatible con los intereses de la política exterior de Estados Unidos, pero que Washington volvería a evaluar esas consideraciones durante la primera mitad de 2022”.
Cabe recordar que un juez aprobó a principios de año la venta de acciones de la matriz de CITGO para cumplir la sentencia de Crystallex que procura el cobro de USD 1.400 millones por la expropiación de sus activos en Venezuela.
William O. Hiltz, director general senior de Evercore Group LLC, una firma de banca de inversión y asesoría financiera y banquero de inversión del Magistrado Especial en el caso Crystallex International Corporation contra a la República Bolivariana de Venezuela que se ventila en la Corte del Distrito de Delaware. Evercore fue contratada el 2 de junio de 2021, con el objetivo de que brindara servicios de banca de inversión y asesoría del e Magistrado Especial en relación con el diseño de un plan para la venta de acciones de PDV Holding Inc. (PDV-H) propiedad de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), según sea necesario para satisfacer la sentencia pendiente de Crystallex International Corporation, así como la sentencia de cualquier otro acreedor de sentencia agregado a la venta por la Corte y/o idear cualquier otra transacción que satisfaga dichos juicios pendientes mientras se maximiza el precio de venta de los activos que se venderán.
El director de Evercore estima que los posibles compradores solamente presentarán buenas y atractivas ofertas en la medida en que se garantice el control de CITGO. Cree que la venta de una participación minoritaria de la refinería será menor si PDVSA sigue siendo el accionista mayoritario.
Hiltz recordó que el universo de licitadores de un activo como CITGO ya está necesariamente limitado a grandes compradores estratégicos estadounidenses e internacionales, sí como a firmas de inversión selectas, las cuales tendrán más probabilidades de participar en una estructura de proceso tradicional de fusiones y adquisiciones que esté enrumbado claramente a la obtención del 100 por ciento de propiedad.
“Creo que la capacidad de adquirir una participación de control en la compañía aumenta el mercado de postores potenciales, ya que el potencial de una participación de control será fundamental para atraer compradores estratégicos que buscan aprovechar las sinergias de una combinación. Además, en mi experiencia, los compradores suelen estar dispuestos a pagar una prima por el control”.
Agregó que, históricamente, las transacciones de control en el espacio público han tenido una prima de entre el quince y el veinticinco por ciento, mientras que las ventas de participaciones minoritarias sólo han obtenido hasta un diez por ciento de descuento.” Finalmente, los postores potenciales pueden valorar la capacidad de optimizar y mejorar la estructura de capital de la deuda financiera de la compañía sin el riesgo crediticio percibido como resultado de la propiedad de PDVSA”.
Tales afirmaciones forman parte de la declaración que William O. Hiltz formuló ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Delaware, en apoyo del informe presentado por el Magistrado Especial encargado de formular la recomendación sobre la orden de procedimiento de venta de CITGO.
Ser socio de Venezuela limitaría las ofertas
William O. Hiltz y su equipo en Evercore, refieren que una venta de menos del 100 por ciento de las acciones de PDVH, requeriría que un postor potencial se asocie con la República Bolivariana de Venezuela como copropietario, lo que, según estiman, limita drásticamente el universo de compradores potenciales que puedan estar interesados en adquirir las acciones de PDVH.
Para ilustrar esta afirmación se remitió al historial de relaciones difíciles con empresas internacionales e inversionistas extranjeros de Venezuela, que probablemente desalienten a los posibles postores de presentar ofertas que resulten en una nueva asociación. “Además, creo que la inestabilidad política y económica reportada en Venezuela y las sanciones en curso de los Estados Unidos, limitan la capacidad de las personas estadounidenses de participar en negocios con entidades afiliadas al gobierno venezolano”, advirtió.
Del mismo modo, Hiltz alertó acerca de que una venta parcial proporciona menos flexibilidad para abordar los gravámenes estructuralmente senior en relación con cualquier oferta. Una venta de la compañía completa brinda la mejor oportunidad de generar ingresos suficientes o algún otro resultado negociado con respecto a las reclamaciones que, supuestamente, están garantizadas por los gravámenes estructurales superiores. Un refinanciamiento u otra reestructuración del balance de CITGO será más difícil en el contexto de una venta parcial en comparación con una venta integral de la compañía.
Por ello se pronunció porque se ofrezca a los posibles postores que especifiquen el porcentaje de acciones de PDV-H que están interesados en comprar, incluida la opción de licitar el 100 por ciento de las acciones de PDV-H. Esto, sostiene, brinda la mejor oportunidad de obtener licitaciones que maximicen el valor bajo las circunstancias del caso Crystallex. La oferta del 100 por ciento de las Acciones de PDV-H, no limita que una vez un licitante potencial presente tal oferta, una discusión o negociación con el Auxiliar Judicial, finalmente lo lleve a aceptar menos del 100 por ciento de las acciones de PDVH para una oferta revisada.
Sobre los reclamos de los bonistas y Rosneft
El director de Evercore también hizo referencia a la revisión que han hecho de los reclamos que ciertos Tenedores de Bonos de PDVSA 2020 y Rosneft Trading SA (RTSA) han presentado respecto a poseer garantías por un 50,1 por ciento y compromiso del 49,9 por ciento de las participaciones accionarias de CITGO Holding, respectivamente.
En tal sentido, William O. Hiltz advirtió que su opinión nada tiene que ver con que dichos gravámenes sean o no legalmente exigibles o evitables. Refirió en tal sentido que el abogado del Magistrado Especial le informó que los tenedores de los Bonos PDVSA 2020 obtuvieron una sentencia contra PDVSA por la cantidad de USD 1.924.126.058 al 1 de diciembre de 2020 que está garantizada por un gravamen estructural senior sobre el 50,1 por ciento de las participaciones en el capital de CITGO Holding. Dijo tener entendido que a la fecha, la capacidad de los Tenedores de Bonos PDVSA 2020 para ejercer el compromiso de explotación de CITGO permanece pendiente de apelación. “Ni yo ni ningún otro miembro de Evercore hemos podido discernir el monto pendiente. Si lo hubiera, puede ser asegurado por un gravamen estructuralmente senior a favor de RTSA”.
Alertó acerca de que la resolución de los gravámenes Estructuralmente senior, y particularmente el compromiso de participación de CITGO, será fundamental para minimizar la incertidumbre del proceso de venta y obtener un valor que maximice la transacción de venta. “Si, por ejemplo, tanto los Tenedores de Bonos de PDVSA 2020 como RTSA pudieron ejercitar remedios con respecto a sus supuestas prendas, el comprador de las acciones de PDVH podría quedarse sin interés en CITGO”.
Considera que, de acuerdo a su experiencia, los licitantes potenciales no están dispuestos a invertir su tiempo y recursos en presentar una oferta por las acciones de PDV-H sin comprender cómo serán resueltos los gravámenes estructuralmente senior.
El modus operandi
Manifiesta en su declaración que desde su contratación ha venido trabajando con el Auxiliar Judicial y sus otros asesores en el diseño de un proceso de venta de acuerdo con su mandato, el cual equilibre todos intereses en competencia, al tiempo de procurar la mejor oportunidad para lograr una venta que maximice el valor. En el desarrollo de dicho plan, informó que ha sostenido reuniones con las partes interesadas y sus asesores del caso, a saber, Crystallex, la República Bolivariana de Venezuela, PDVSA, Garnishee PDV-H, CITGO Petroleum Corporation. Asimismo, con no partes, como es el caso de Phillips Petroleum Company Venezuela Limited y ConocoPhillips Petrozuata, y con el gobierno de los Estados Unidos, incluidos representantes del Departamento de Justicia, Departamento del Tesoro, incluidos representantes de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) y el Departamento de Estado.
Dijo que el trabajo con el Auxiliar Judicial en relación con el caso Crystallex, le ha permitido a él y a Evercore, conocer sobre las operaciones comerciales y los activos de PDV-H, CITGO Holding Inc. (integrado por CITGO Holding y CITGO Petroleum) y CITGO Petroleum, habiendo revisado detalladamente la información disponible públicamente y la información producida por CITGO, relevante para el diseño de la Orden de Procedimientos de Venta Propuesta. Un plan que, según explicó, requiere la revisión de la información corporativa y estructura de capital, desempeño financiero histórico y proyectado, una revisión y análisis de las operaciones comerciales de CITGO y de cualquier otra diligencia comercial relevante, de las líneas de crédito corporativas y financiadas y otros reclamos e intereses relevantes.
Hiltz precisó que el 1 de julio de 2021, junto con el Magistrado Especial y sus otros asesores, se reunió con varios miembros del equipo de gestión de CITGO, incluidos sus miembros de mayor jerarquía, durante los cuales esta última brindó una descripción detallada del negocio que desarrolla, incluido su plan estratégico y desempeño financiero proyectado.
Informó que su equipo también ha llevado a cabo la debida diligencia en el mercado competitivo y los postores potenciales que pueden estar interesados en ofertar por las Acciones de PDV-H para asegurar que los procedimientos contemplados por la Orden de Procedimientos de Venta reflejan mejor un proceso de venta justo y óptimo dada la dinámica del mercado y los participantes más probables en la licitación.
Como resultado de estas diligencias y el trabajo realizado en relación con la asesoría al Auxiliar Judicial en relación con el diseño del plan, William O. Hiltz consideró que él su equipo Evercore se encuentra en condiciones de brindar el asesoramiento adecuado al Magistrado Especial con respecto al Caso Crystallex, PDV-H y CITGO.
Sobre la estructura corporativa y de capital de PDV-H y CITGO
El experto en banca de inversión dijo que, vista y analizada, la información disponible públicamente y la producida por PDV-H y CITGO con respecto a su estructura corporativa y de capital, han podido establecerla en el contexto de los reclamos e intereses relevantes se muestra en el Informe.
Así, quedó establecido que PDV-H es la empresa matriz de CITGO Holding, la cual a su vez es la empresa matriz de CITGO Petroleum , la cual opera tres refinerías de petróleo complejas a gran escala ubicadas en Lake Charles, Louisiana, Corpus Christi, Texas y Lemont, Illinois. Las operaciones de refinación de CITGO están respaldadas por una extensa red de distribución, que brinda acceso a los mercados finales de productos refinados de la compañía. Igualmente, CITGO tiene una presencia de marca reconocida a nivel minorista en los Estados Unidos a través de su red de concesionarios minoristas de la marca.
Sobre la venta
Para el director de Evercore, la compleja estructura corporativa y de capital de CITGO, combinada con el número de partes interesadas en el caso Crystallex y otras circunstancias dinámicas e internacionalmente sensibles, plantea una serie de desafíos únicos para lograr una transacción de venta que maximice el valor.
Entre las consideraciones que Hiltz considera relevantes para el diseño de los Procedimientos de venta propuestos están, en primer lugar, las consideraciones OFAC. En este sentido, dijo que, de acuerdo a discusiones con el abogado del Auxiliar Judicial sobre las prohibiciones relacionadas con las sanciones de los EE. UU. y las autorizaciones y orientación asociadas emitidas por la OFAC en relación con el proceso de venta, la incertidumbre puede enfriar materialmente la licitación.
De acuerdo las reuniones sostenidas con representantes del gobierno de los Estados Unidos, incluida la OFAC, cree que obtener orientación o autorización explícita, o al menos tácita, del organismo antes de iniciar el proceso de marketing, será fundamental para fomentar un entorno de licitación competitivo y, en última instancia, obtener ofertas que maximicen el valor.
El otro asunto a considerar, según el director de Evercore, es el precio de compensación ilustrativo el cual, con base en una revisión de la información disponible relacionada con las líneas de crédito financiadas por CITGO y los gravámenes estructurales mayores, en ausencia de un compromiso negociado con cualquier otra parte interesada en la refinería, deba contemplar un valor empresarial que por lo menos genere suficiente consideración para que el fallo de Crystallex se cumpla en su totalidad.
William O. Hiltz presentó un monto estimado que el tribunal silenció al momento de divulgar esta declaración jurada. Pero lo importante es que la oferta debería cubrir tanto el fallo de Crystallex como de ConocoPhillips, si el este se suma finalmente a la transacción de venta por parte del Tribunal.
Alerta que cualquier fallo adicional que el Tribunal agregue a la venta, aumentará aún más el precio de compensación ilustrativo.
Por otra parte, el director de Evercore cree que la pandemia del Covid-19, igualmente, ha impactado desfavorablemente las operaciones y negocios de la refinería.
Ahora será en noviembre cuando se conozca la pena que deberá pagar el exgerente funcional de asuntos legales de la Electricidad de Caracas.
Por Maibort Petit
El Juez del Distrito Sur de Texas-División Houston, Kenneth M. Hoyt, dio a conocer el nuevo cronograma que regirá para el resto del proceso judicial que se le sigue a Luis Carlos De León-Pérez, el exgerente funcional de asuntos legales de la Electricidad de Caracas, quien se declaró culpable por la comisión de delitos de corrupción y lavado de dinero.
En julio de 2018, De León Pérez admitió ante el tribunal los hechos que se le imputaban por su participación en un esquema corrupto mediante el cual cobraban millonarios sobornos a las empresas que procuraban contratos de la empresa pública de servicio eléctrico, filial de la compañía estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA). Tras el pago de una fianza de USD 250.000 obtuvo el beneficio de casa por cárcel.
Luis Carlos De León-Pérez, quien además de la nacionalidad venezolana es ciudadano estadunidense, reconoció que se valió de su poder para exigir el pago de comisiones a las empresas contratistas de la Electricidad de Caracas entre los años de 2011 al 2013, para aprobar negociaciones y contratos. En tales actividades, actuaba junto a otros altos cargos en la empresa estatal, entre ellos el exviceministro de Energía, Nervis Villalobos Cárdenas; y César David Rincón Godoy, que ocupó el cargo de gerente general de Bariven.
Pérez De León admitió haber participado en el esquema corrupto que encabezaron los empresarios Roberto Rincón y Abraham José Shiera[1].
El exfuncionario venezolano, en un principio iba a ser sentenciado el 24 de septiembre de 2018. Otra fecha que se manejó el 7 de octubre de 2019[2]. Recientemente, el juez Kenneth M Hoyt formuló una reprogramación y fijó la finalización del Informe Previo a la Sentencia de De Leon-Perez, para el 4 de octubre de 2021, al tiempo que dio hasta el 18 de octubre como la fecha tope para que se presenten las objeciones al mismo. Se restableció la sentencia para el 8 de noviembre de 2021 a las 10:00 a. m. en la Sala 11A.
Los cargos y los acusados
Luis Carlos De León-Pérez, arrestado en España, país en el que residía, en octubre de 2017, fue extraditado a Estados Unidos donde fue imputado junto a Nervis Gerardo Villalobos Cárdenas, a César David Rincón Godoy, a Alejandro Isturiz-Chiesa y a Rafael Ernesto Reiter Muñoz, “de un cargo de conspiración para cometer lavado de dinero. César Rincón está acusado de dos cargos de conspiración para cometer blanqueo de capitales. Cada uno de los acusados está acusado de uno o más cargos de lavado de dinero, de la siguiente manera: De León, César Rincón y Reiter, cuatro cargos cada uno; Villalobos, un recuento; e Isturiz, cinco cargos. De León y Villalobos también están acusados de un cargo de conspiración para violar la FCPA”, Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero.
Los cinco acusados —eran todos funcionarios de PDVSA y sus subsidiarias o exfuncionarios de otras agencias o instrumentalidades del gobierno venezolano— fungían con altos cargos con gran influencia en la estatal y conspiraron entre sí y con otros para solicitar a varios proveedores de Pla petrolera, incluidos algunos residentes de los Estados, sobornos y comisiones ilegales por brindarles asistencia en relación con su negocio de PDVSA. “La acusación formal alega además que los co-conspiradores luego lavaron el producto del esquema de soborno a través de una serie de transacciones financieras internacionales complejas, incluso hacia, desde o a través de cuentas bancarias en los Estados Unidos y, en algunos casos, lavaron el producto del soborno en la forma de transacciones inmobiliarias y otras inversiones en los Estados Unidos”.
Igualmente, la acusación formal señala a dos proveedores de PDVSA, a saber, Roberto Enrique Rincón Fernández y a Abraham José Shiera Bastidas, quienes enviaron más de USD 27 millones en pagos de sobornos a una cuenta en Suiza de la que De León era un beneficiario efectivo y junto a Villalobos, tenían firma autorizada[3].
El papel de León-Pérez en la trama
Luis Carlos De León-Pérez figura en el cargo número uno de la acusación, Conspiración para cometer lavado de dinero, junto a Nervis Villalobos, César David Rincón, Alejandro Istúriz Chiesa y Rafael Reiter Múñoz, señalados de actual a sabiendas de “que la propiedad involucrada en una transacción financiera representó el producto de alguna forma de actividad ilegal, para realizar o intentar llevar a cabo dicha transacción financiera que de hecho representó el producto de una actividad ilegal específica, sabiendo que la transacción está diseñada en su totalidad y en parte para ocultar y disfrazar la naturaleza, la ubicación, la fuente, la propiedad y el control de los ingresos de una actividad ilegal específica, a saber, el soborno de un funcionario extranjero, una infracción grave de la FCPA”.
También los imputa de tener “la intención de promover la realización de una actividad ilegal específica, a saber, el soborno de un funcionario extranjero, una infracción grave de la FCPA”.
Específicamente se indica que, De León, Villalobos, Rincón, Istúriz y Reiter, con sus co-conspiradores le prometieron a Roberto Rincón, Abraham Shiera y otros, asistencia para recibir el pago de las facturas pendientes de los contratos de PDVSA, así como asistencia para obtener nuevos contratos de la petrolera, a cambio para pagos de sobornos.
Luis Carlos De León, Nervis Villalobos, César David Rincón y Alejandro Istúriz pidieron asistencia y, a su vez, Roberto Rincón, Abraham Shiera y Swiss Banker 1 (persona cuya identidad es conocida por el Gran Jurado, socio de la Compañía Suiza A, una firma de administración de patrimonios, igualmente identificada sólo por el Gran Jurado), ayudaron a los funcionarios de PDVSA a abrir cuentas bancarias, incluidas cuentas bancarias en Suiza, para ellos y sus co-conspiradores para recibir pagos de sobornos. También ordenaron que los sobornos se enviaran a varios destinatarios distintos a ellos, incluidas empresas, intermediarios, familiares, amigos, acreedores y asociados personales, con el propósito de ocultar y disfrazar la naturaleza, fuente y propiedad de los pagos.
Asimismo, Luis Carlos De Léon y Nervis Villalobos, participaron en transacciones monetarias entre sus diversas cuentas, de manera de ocultar la naturaleza, fuente y propiedad del producto de la actividad ilegal.
Con el fin de facilitar los pagos de sobornos y ocultar su naturaleza y propiedad, Luis Carlos De León, Nervis Villalobos y sus co-conspiradores contrataron a la Compañía Suiza A para que abriera cuentas bancarias suizas en las que pudieran recibirse pagos de sobornos.
Se determinó la utilización de varias cuentas en Suiza y en otros lugares, para canalizar los sobornos desde, hacia y a través de múltiples destinos antes de llegar a su destinatario final.
La “Cuenta Suiza 1”, cuya identidad es conocida por el Gran Jurado, tenía como beneficiario efectivo a De León Pérez. En la misma estaban autorizados para firmar, él y Nervis Villalobos.
Los demandados, entre ellos Del León Pérez, establecieron una compleja red de cuentas bancarias a través de las cuales realizar las transacciones financieras en relación con el esquema y ocultar la naturaleza y propiedad de los ingresos. El 16 de septiembre de 2011, Swiss Banker 1 escribió a Shiera, Villalobos y De León, para informar que la empresa suiza A había abierto cuatro cuentas bancarias: Swiss Account 1, que se identificó para Villalobos, mientras la cuenta suiza 3, se identificó para De León. El Swiss Banker 1 concluyó el correo electrónico diciendo: "Le enviaremos por correo electrónico la próxima semana los nuevos números de cuenta y las instrucciones de transferencia para comenzar la transferencia de fondos al aire acondicionado principal ([Cuenta Suiza 1]) para su distribución en las 3 cuentas".
Entre otras negociaciones, la acusación específica en los cargo del 5 al 7, relativos a Lavado de dinero, que Luis Carlos De León Pérez llevó a cabo las siguientes transacciones destinadas a ocultar la naturaleza, la ubicación, la fuente, la propiedad y el control del producto de dicha actividad ilícita especificada, es decir, una infracción grave de la FCPA, Título 15, Código de los Estados Unidos, Secciones 78dd-2.
[1] Venezuela Política. “Tras declararse culpable y pagar una fianza de $250 mil, exfuncionario de PDVSA logra casa por cárcel”. 16 de julio de 2018. https://www.maibortpetit.info/2018/07/tras-declararse-culpable-y-pagar-una.html
[2] Venezuela Política. “Exfuncionario chavista será sentenciado en Houston en octubre por cargos de corrupción y lavado de dinero”. 18 de abril de 2019. https://www.maibortpetit.info/2019/04/exfuncionario-chavista-sera-sentenciado.html
[3] Departamento de Justicia. “Five Former Venezuelan Government Officials Charged in Money Laundering Scheme Involving Foreign Bribery”. 12 de febrero de 2018. https://www.justice.gov/opa/pr/five-former-venezuelan-government-officials-charged-money-laundering-scheme-involving-forei-0
Se trata de una carta de Adolfo Romero Gómez quien integró las extintas DISIP y PTJ y quien purga condena en Georgia, el convicto sostiene en una carta a Ramón Rodríguez Chacín que EE. UU. ha montado el caso contra Carvajal.
Por Maibort Petit
En 2019, cuando la Audiencia Nacional de España se encontraba en pleno proceso de resolverse su extradición desde la nación ibérica a los Estados Unidos donde es solicitado bajo cargos de narcoterrorismo, el mayor general, Hugo “El Pollo” Carvajal Barrios, ex jefe de inteligencia del régimen de Hugo Chávez, le manifestó al máximo tribunal español su desconfianza en la justicia estadunidense.
"Yo en la justicia de Estados Unidos no confío", les manifestó tajantemente a los magistrados de la Audiencia Nacional durante una vista de su caso que tuvo lugar el 12 de septiembre del citado año 2019. Su defensa le presentó a la corte correos electrónicos de las ex-secretarias de Estado de Estados Unidos, Hillary Clinton y Condoleezza Rice, así como una carta suscrita por Adolfo Romero Gómez, el piloto venezolano que supuestamente había dirigido la aeronave que transportó cocaína desde Venezuela a México para luego introducirla en Estados Unidos y que paga condena en una cárcel de Georgia.
En dicha comunicación remitida a quien fuera ministro de Interior y Justicia, Ramón Rodríguez Chacín, en 2008, Romero Gómez dijo: "Están creando un expediente en base a declaraciones de presos extraditados de Colombia, a quienes primero se les alecciona e instruyen en lo que tienen que decir, y como retribución les prometen rebajas de penas", al tiempo que refería que en la nación norteamericana gestaba un presunto "complot" contra miembros del gobierno venezolano, entre los cuales figuraría, Hugo Carvajal.
La carta de Romero Gómez
La defensa quiso demostrar ante el máximo tribunal español mediante la misiva de Romero Gómez, que el caso contra Hugo Carvajal por parte del gobierno de los EE. UU. no era más que un montaje.
En la comunicación, Adolfo Romero Gómez, se presentó como “incondicional subalterno” de Rodríguez Chacín. Allí denunciaba que los presos extraditados desde Colombia eran instruidos en Estados Unidos para hacer el montaje contra Carvajal.
“Están creando un expediente a base de declaraciones de presos extraditados por Colombia a quienes primero se les alecciona y se les instruye en lo que tienen que decir y, como retribución, se les prometen rebajas de penas, cambio de identidad y nacionalización”, reza la misiva.
Y agregaba: “Han dicho cosas como que el general Hugo Carvajal se ha comprometido a ayudar a la compra de armas para la guerrilla colombiana (…) y tiene amistad con el miembro del secretariado de las FARC, el guerrillero Iván Márquez, y que el señor presidente conoce, avala y consiente todo esto”.
Esta carta a Ramón Rodríguez Chacín fue recibida por este el 2 de junio de 2008, fecha en la que Adolfo Roimero Gómez acumulaba 12 años en prisión en Georgia. También explica el condenado que esta misma acusación de complot la hizo llegar al propio Hugo Chávez.
El objetivo del remitente era alcanzar la “repatriación” y, por ende, la libertad en Venezuela: “Fui juzgado en Venezuela y declarado inocente. Es esta una de las razones de mi súplica, para que por favor ordene mi transferencia a Venezuela”[1].
La misiva se convierte en defensa de “El Pollo”
Carvajal Barrios sostuvo a los miembros de la AN española que el caso del que se le acusaba, relativo al tráfico de drogas de Venezuela a México para, finalmente introducirlas en EE. UU. por orden de Chávez, es falso y que no tiene relaciones con la guerrilla colombiana[2] [3].
Transcurridos dos años de aquello, cuando nuevamente Carvajal se juega su extradición desde España, sigue echando mano de los mismos alegatos y de la carta de Adolfo Romero Gómez para defender su posición en contra de su traslado a suelo estadunidense.
Sobre Adolfo Romero Gómez
Pero, ¿quién es Adolfo Romero Gómez? O mejor, ¿quién es en realidad? Toda vez que “El Pollo” Carvajal se empeña en presentarlo como una víctima de las crueles artimañas de las agencias y justicia de Estados Unidos.
Según el portal Dateas, Adolfo Romero Gómez nació el 26 de diciembre de 1934, es titular de la Cédula de Identidad venezolana número V- 5.602.170 y está registrado en la parroquia Baruta, municipio Baruta del estado Miranda[4].
Lo cual es cierto, pero hasta cierto punto, pues la nacionalidad venezolana es adquirida, toda vez que es ciudadano colombiano de nacimiento, natural de Cali, la capital del Departamento de Valle del Cauca.
En Venezuela se desempeñó como jefe de operaciones de la extinta Policía Técnica Judicial de Venezuela y, para enero de 1997, se encontraba recluido en la cárcel de Itagí, en el sur del Valle de Aburrá, solicitado por los Estados Unidos bajo la acusación de facilitar actividades de narcotráfico en Venezuela[5].
Una extradición que se discutía en las cortes colombianas en razón de que, como mecanismo de defensa para evitar su extradición, Romero apeló al artículo 35 de la Constitución Política de Colombia de 1991, el cual textualmente establece que: “Se prohíbe la extradición de colombianos por nacimiento. No se concederá la extradición de extranjeros por delitos políticos o de opinión. Los colombianos que hayan cometido delitos en el exterior, considerados como tales en la legislación nacional, serán procesados y juzgados en Colombia”[6].
Romero Gómez había sido capturado con el objeto de extraditarlo, atendiendo una resolución de la Fiscalía General, dada la existencia de la solicitud verbal de la embajada de Estados Unidos, comunicada el 13 de octubre de 1995. En dicho pedido, las autoridades estadunidenses afirmaban que Romero Gómez era requerido “para que prestara su comparecencia en “juicio criminal en el distrito sur de la Florida, por violación a las leyes federales sobre narcóticos, vigentes en ese país; según la embajada norteamericana, a Romero Gómez se le acusó mediante resolución, “de un cargo de un concierto para poseer cocaína con la intención de distribuirla, y un cargo por posesión de la misma sustancia, con fines de distribución“.
Mientras esperaba el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia, Adolfo Romero Gómez interpuso una acción de tutela en contra de su orden de captura alegando la violación de sus derechos, tanto por lo expuesto en razón del artículo 35 constitucional, como la legislación procesal penal. Refirió ante la corte que la tutela era el único mecanismo de defensa judicial con el que contaba por encontrarse la Corte Suprema de Justicia en vacancia judicial.
La sentencia T-320/96 de la Corte Constitucional de Colombia sobre este caso consideró improcedente la tutela por estimar que existía otro mecanismo de defensa más idóneo, a saber, el recurso de habeas corpus. Se consideró como acertada la decisión del tribunal de primera instancia.
La sentencia indicó que la Fiscalía había actuado correctamente pues respondió a la solicitud que los Estados Unidos formularon el 13 de octubre de 1995 de entregar “al ciudadano venezolano Adolfo Romero Gómez quien se encontraba en territorio nacional. El 20 de diciembre de ese mismo año, Romero Gómez fue detenido por el DAS en la ciudad de Cúcuta, y en el momento de su captura, el actor se identificó con su pasaporte que lo acredita como nacional venezolano nacido en Caracas el 26-12-34 (…)”.
Fue el 22 de diciembre de 1995, cuando Romero Gómez solicitó que se le dejara en libertad pues era nacional colombiano por nacimiento. La Fiscalía se negó a ordenar la libertad, por considerar que, necesariamente, uno de los dos documentos presentados por Romero Gómez era falso. La Fiscalía General envío el expediente de extradición de Adolfo Romero Gómez a la Corte Suprema de Justicia.
La corte precisó que la presunta nacionalidad colombiana de Romero Gómez no estaba establecida por culpa de él mismo y solamente a este podía imputarse que el proceso no se hubiera podido aclarar si era titular del derecho que reclamaba.
La Corte confirmó la sentencia dictada en primera instancia[7].
Finalmente, el 24 de septiembre de 1996, la Corte Suprema de Justicia resolvió conceptual favorablemente la extradición del ciudadano naturalizado venezolano, Adolfo Romero Gómez, también conocido con el alias de “Cristóbal”, solicitado por el gobierno de los Estados Unidos.
Para este fallo consideró el hecho de que antes de 1991, la Constitución precisaba que la nacionalidad colombiana se perdía al adquirir carta da naturalización de un país extranjero y que fijaban su residencia en el exterior. Esa era la disposición constitucional vigente cuando Romero Gómez se naturalizó venezolano, por lo que había perdido su condición de ciudadano colombiano, “sin que esta pueda entenderse recuperada por la sola vigencia de la nueva Carta Constitucional, ni la sola manifestación del interesado de acogerse a la doble nacionalidad”[8].
De colombiano a venezolano
Lo curioso es que luego de que se materializara su extradición, mientras purgaba su pena en Estados Unidos, Romero Gómez — también conocido con los alias de “El Gocho Cristóbal” y “Metralleta”— apeló a su nacionalidad venezolana para pedir su repatriación y concluir su condena en Venezuela.
El periodista especialista en criminalística, Javier Ignacio Mayorca, refirió que Adolfo Romero Gómez le remitió una carta a Hugo Chávez haciéndole el pedido. Otro periodista, Manuel Malaver, en su libro “La DEA contra la Guardia Nacional de Venezuela”, refiere que Adolfo Romero Gómez habría sido confidente de la DISIP y del general Ramón Guillén Dávila, exjefe del Servicio Antidrogas de la Guardia Nacional, también señalado por tráfico de drogas. Igualmente se dijo que habría sido fuente de información de organismos investigativos internacionales[9].
El portal Poderopedia informa que Adolfo Romero Gómez fue agente de la Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención (Disip) —actual Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin)— y de la Policía Técnica Judicial —ahora Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc)— condenado por narcotráfico a 20 años de prisión en la cárcel de Georgia, Estados Unidos.
Cuando fue detenido mientras trasladaba un cargamento de cocaína a los Estados Unidos, alegó que se encontraba en una supuesta operación encubierta a la que denominó “Operación Norte”, la cual supuestamente buscaba desmantelar una red de narcotráfico. Se indica que “habría convencido a la comandancia de la Guardia Nacional de ejecutar Operaciones de Droga Controlada en alianza con carteles colombianos, según el texto ‘Los delincuentes en política’ de Rafael Rivero Muñoz, ex comisario general de la PTJ. En diciembre de 2012 habría ofrecido al Gobierno nacional aportar información sobre las presuntas implicaciones de la DEA y la CIA en el narcotráfico, publicó el periodista Javier Ignacio Mayorca. ‘Yo soy capaz de cualquier cosa por salir de aquí’”[10].
Los hechos
El periodista Mayorca es también quien aclara la situación con Adolfo Romero Gómez, al explicar que este era ampliamente conocido por los cuerpos de seguridad venezolanos que hicieron operaban contra la guerrilla urbana durante la década de los 80 del siglo 20, contra los carteles colombianos.
Romero Gómez era un auténtico “cuerda floja”, refiere Mayorca y agrega que era un “personaje de película que había pasado por las extintas Disip y PTJ. La DEA lo tenía catalogado como informante confidencial –con código asignado, pero se vino a menos al constatarse que hacía trabajos por su cuenta. En los años finales de su carrera, trabajó como agente infiltrado al servicio del Comando Antidrogas de la Guardia Nacional”.
Adolfo Romero Gómez se hizo famoso por su participación en un escándalo que en su época se conoció como las “entregas controladas” y por ello se ordenó su detención en Venezuela junto a otros oficiales de la Guardia Nacional, encabezado por el general de brigada Ramón Guillén Dávila, ya fallecido. Este caso sirvió de justificación y argumento a quienes abogaron ante Hugo Chávez para cesara la cooperación de Venezuela con la DEA, en 2005.
Adolfo Romero Gómez fungía como topo en los carteles de la droga que suministraban la cocaína en las entregas controladas. Esto con el fin de identificar a los líderes de estas organizaciones y sus agentes, operadores o intermediarios en Venezuela.
Mayorca explica que “Como trasfondo de esto, se desarrollaba una disputa burocrática entre agencias estadounidenses. Mientras que la Guardia Nacional trabajaba con la Agencia Central de Inteligencia (CIA), la Disip y la policía judicial hacían lo propio con la DEA, el FBI y el Servicio de Aduanas. Cada caso que ‘coronaban’ unos y otros representaba una ganancia monetaria para los participantes, incluidos los informantes”.
En Venezuela el caso se resolvió por la vía política y antes de abandonar la presidencia, Carlos Andrés Pérez indultó a Guillén Dávila y su grupo.
Romero Gómez, quien se distanció de la Guardia Nacional y el resto de los protagonistas del escándalo, se mudó al Táchira. Fue en una incursión en Cúcuta en 1997, cuando fue capturado y extraditado por el gobierno colombiano a Estados Unidos[11].
La oscura trayectoria de Romero Gómez
Rafael Rivero Muñoz, en su blog, que refiere que Adolfo Romero Gómez a quien le atribuye también el alias de “El Gocho Hidalgo”, habría usurpado la identidad de una persona muerta, Antonio Hidalgo, con la que ingresó en 1959 e a la PTJ, “donde al poco tiempo se haría famoso como ‘Metralleta Hidalgo’; con su Madsen MII y su provisión de cargadores, todas las noches a su antojo y dizque patrullando, barría a plomo limpio a cuanto vehículo circulando por la ciudad se le antojaba; incontables los muertos y los heridos”.
Agrega que, luego, Romero Gómez pasó a un grupo dentro de la institución bajo el mando directo del Jefe de la Oficina de Asuntos Especiales del MRI; de allí pasaría a la DISIP y luego al servicio de la unidad especial de drogas de la Guardia Nacional hasta su detención en Cúcuta, Colombia.
Rivero Muñoz hace un recuento de algunas de las afirmaciones formuladas por Adolfo Romero Gómez en procura de respaldo para lograr la “repatriación” a Venezuela, tales como: “(…) En llamada telefónica desde la cárcel dijo que en enero podrá salir en libertad, pero prefiere ser trasladado a Venezuela por solicitud del Gobierno (…).
También, según Rivero Muñoz, Romero Gómez afirmó conocer a Néstor Reverol de cuando era un teniente y laboraba en el Comando Antidrogas de la GN: “(…) ‘Hice patrullaje con Reverol. Él debe recordar lo que hacíamos en Antidrogas’(…)”; “(…) que el actual ministro de Relaciones Interiores, general de brigada Néstor Reverol, se acuerde de los viejos tiempos en los que ambos hacían operativos como agentes del Comando Antidrogas de la Guardia Nacional(…)”; “(…) Yo soy capaz de cualquier cosa por salir de aquí(…)”.
Sobre estas últimas afirmaciones, Rivero Muñoz se remite a lo expuesto por el fiscal de los Estados Unidos para la época, Patrick Sullivan, “quien acusó, probó y logró una sentencia a 20 años para Adolfo Romero Gómez y recordemos que quedan aún pendiente los juicios y sentencias contra oficiales de la Guardia Nacional”.
Y cita nuevamente al fiscal estadunidense: “(…) Toda la evidencia en este caso, cuando se examina en su totalidad, apunta exactamente a eso, que se trataba de una empresa de contrabando de la Guardia Nacional venezolana manejada por el general Guillén, ayudado e instigado por Adolfo Romero Gómez(…)”[12].
Tal declaratoria de culpabilidad de Adolfo Romero Gómez por parte de un jurado federal en EE. UU., tuvo lugar el septiembre de 1997. El general Ramón Guillén Dávila, exjefe de la unidad antidrogas de la Guardia Nacional de Venezuela, quien estaba coacusado, pero se mantenía en Venezuela libre de toda posibilidad de ser extraditado, remitió una declaración grabada a la corte en la que negó haber traficado con drogas extraídas de la cocaína colombiana que se suponía iba a ser enviada a Miami en "entregas controladas" monitoreadas por la CIA y la DEA.
Sobre Adolfo Romero Gómez, dijo que era un agente de inteligencia y no el intermediario esencial en los tratos de drogas que traían cientos de libras de drogas al sur de Florida como se sostenía en la acusación en su contra.
Pero otros testigos sostuvieron que Romero jugó un papel importante en el tráfico de drogas[13].
En 2020, Adolfo Romero Gómez presentó al Departamento de Justicia de los Estados Unidos una solicitud de clemencia número C81620, la cual resultó denegada[14]
REFERENCIAS
[1] Al Navío. “Exclusiva: Esta es la prueba que presenta ‘El Pollo’ Carvajal para evitar su extradición a EEUU”. 12 de septiembre de 2019. https://alnavio.es/exclusiva-esta-es-la-prueba-que-presenta-el-pollo-carvajal-para-evitar-su-extradicion-a-eeuu/
[2] El Mundo. “La Audiencia se opone a entregar a Estados Unidos al ex jefe de Inteligencia chavista Hugo 'El Pollo' Carvajal”. 6 septiembre 2019. https://www.elmundo.es/internacional/2019/09/16/5d7f52af21efa087028b45ee.html
[3] El Mundo. “El ex jefe de Inteligencia de Venezuela pide su libertad porque la orden de detención de EEUU ‘es falsa e ilegal’". 12 septiembre 2019. https://www.elmundo.es/internacional/2019/09/12/5d7a982ffdddffa9768b4666.html
[5] El Tiempo. “Extraditarán a Estados Unidos a ex policía de Venezuela”. 10 de enero de 1997. https://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-539620
[6] Constitución Política de Colombia 1991. https://pdba.georgetown.edu/Constitutions/Colombia/colombia91.pdf
[7] Corte Constitucional de la República de Colombia. Sentencia T-320/96. https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1996/T-320-96.htm
[8] Red Jurista. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación penal. E. Nº 11509 de 1996. https://www.redjurista.com/Documents/corte_suprema_de_justicia,_sala_de_casacion_penal_e._no._11509_de_1996.aspx#/
[9] Noticias Candela. “Narco recordado en famoso libro quiere volver a Venezuela”. 21 de julio de 2010. https://www.noticiascandela.informe25.com/2010/07/narco-recordado-en-famoso-libro-quiere.html
[11] RunRun.es. “Crímenes sin Castigo | La venganza de Cristóbal, por Javier Ignacio Mayorca”. 19 de septiembre de 2019. https://runrun.es/opinion/388771/crimenes-sin-castigo-la-venganza-de-cristobal-por-javier-ignacio-mayorca/
[12] Rafael Rivero Muñoz. El comentario de cada tópico sólo intenta: Informar, formar e incitar (IFI). “Verdugos pidiendo clemencia”. 10 de diciembre de 2012. https://rriverom.wordpress.com/2012/12/10/verdugos-pidiendo-clemencia/
[13] AP. “Aide to deposed Venezuelan drug czar found guilty of conspiracy”. 30 de septiembre de 1997. https://apnews.com/article/c29d50c5e33109335200d7052a0c951c
[14] Departamento de Justicia. Sentence Denied 2/28/13 C81620 ADOLFO ROMERO-GOMEZ ROMERO-GOMEZ, ADOLFO 52301-004. https://search.justice.gov/search?query=%22Adolfo+Romero+G%C3%B3mez%22&op=Search&affiliate=justice
¿Se puede imaginar en arte sin libertad? ¿Puede haber creación artística cuando el creador es sometido a la esclavitud del silencio por decisión política?. Creemos que el arte es libertad y por ende, no hay escenario posible para producir arte en un encierro mental impuesto por el hombre.
Historia de los artistas de la diáspora [ En Bogotá, Colombia]
Era un domingo cualquiera de aquel viaje de trabajo a Bogotá. Estaba agotada de la larga agenda, del trajín del día a día. De pronto, decidí escabullirme entre los espacios que ofrece la ciudad para reencontrarse como individuo en una sociedad que se parece mucho a la nuestra. Me fui al centro a pesar de las recomendaciones de los anfitriones que me advirtieron sobre la inseguridad de la zona. Llegué en su taxi...me puse a pasear y a disfrutar de las costumbres y del alegría de la gente que le da vida a la plaza Bolívar. Muchos bogotanos se sumergen en las tertulias callejeras, los olores y las ventas de los buhoneros, los bailes y la música pegajosa y dicharachera característica de la costa. Desde la plazoleta puede apreciarse la magnificencia de la arquitectura colonial con un fondo adornado por las verdes montañas que le sirven de velo de sultana a la capital colombiana. En la esquina, al lado del edificio del parlamento, está apostada, como amenazante, una estatua de Camilo Torres en el centro de la entrada del Colegio de San Bartolomé. Según la descripción fue erigida en 1960. Jorge Camilo Torres Restrepo fue un sacerdote católico colombiano, pionero de la Teología de la Liberación y miembro del grupo guerrillero Ejército de Liberación Nacional (ELN). Me paré a reflexionar sobre los jesuitas y el papel que jugaron en el proceso que hoy en día destruye a mi amada Venezuela. Decidí seguir caminando, y a paso lento me fui adentrando a las callejuelas que bajaban desafiando la gravedad. Allí, en plena algarabía, me encontré con varios artistas venezolanos que huyeron de los horrores del socialismo del siglo XXI, decidieron adornar las calles bogotanas con su arte, su música y sus voces. Y me pregunté ¿Por qué no dar a conocer sus historias?. Se los planteé y ellos aceptaron.
Una de las conversaciones la tuve con Felipe Santiago Guevara Camacho, un pintor sublime que crea con sus pinceles [libres del peso de una dictadura de Maduro], obras que presentan una realidad temporal, y que como Platón, posiciona la libertad como un arte en una dimensión moral, política y estética.
MP: ¿Cómo te sientes en Bogotá? ¿ Por qué tuviste que huir de Venezuela y venir aquí a trabajar en una calle de Bogotá?.
FSGC: "Yo diría que hay varios los motivos, pero el trasfondo creo que todos lo sabemos. Antes de [la revolución socialista] en Venezuela se podía vivir del oficio. Antes de llegar esto, que ellos llaman revolución ...pero yo no se como llamarlo...se podía vivir del oficio y no se vivía mal... pero ahora anda a ver quién puede vivir del arte, de la pintura en Venezuela. ...No se si hay alguien que lo logre....yo no podía. Entonces tiene que procurar cambios, evolucionar y salir. Si el país no te lo permite, te vas al país vecino e inmediatamente cambia todo el panorama".
MP: ¿Qué le dirías a la gente que está pensando que el socialismo del siglo XXI, el socialismo per se es el sistema más noble y bondadoso que hay en el planeta?
FSGC: "Mira no te voy a decir que el Socialismo del siglo XXI es...( pensando..) ...ya demostraron lo que son. Pero sencillamente la crisis de Venezuela no es sólo por el socialismo del siglo XXI. Esa crisis ya venía y ellos son como la flor de lo que ya se venía cocinando desde hace muchos años con la corrupción.. que (...) todavía en la actualidad, yo no veo que exista oposición en Venezuela, lo siento. En Venezuela no hay oposición".
MP: A tu juicio qué era lo que más valor tenía en Venezuela y se perdió
FSGC: "La libertad...sencillamente. Se perdió la libertad hasta para lo más elemental...hasta para alimentarse".
MP : ¿ Se puede vivir sin libertad?
FSGC: "Bueno. Para mi es imposible pero ...no es por nada pero tengo amigos que están allá en Venezuela ....y son amigos, yo los aprecio...pero ellos siguen siendo "Patria socialismo o muerte" y ese poco de slogans y cosas raras....y están así flaquitos....y dicen ....no volverán....y ese tipo de vainas...yo no s´ ...no entiendo eso..."
MP : Pero...para ti queda claro que el socialismo es un fracaso..
FSGC: "Claro...claro...yo no sé para quién...bueno para ellos es un triunfo...para los que están arriba solamente..."
MP : ¿Una minoría muy pequeña?
FSGC: "Por supuesto...por supuesto..."
MP_ El norteamericano hoy en día está evaluando el socialismo....
FSGC: ¿Y lo ven como opción? jajajaj
MP: ¿Qué les dirías tú?
FSGC: "Yo lo que creo es que se están volviendo ingenuos ..."
MP: ¿Cuándo hiciste esta obra te inspiraste en la justicia venezolana? o en qué..
FSGC: (Risas) "No. Noo...ésta se supone es la justicia colombiana ...pero no es por nada ....porque Colombia me ha tratado muy bien...súper bien..pero muchos colombianos ven el cuatro y me preguntan cuál justicia".
MP: Tal vez no conozcan lo que pasó en Venezuela todavía...
FSGC: "Claro en Venezuela éramos felices y no lo sabíamos.,"
MP: Así es...quieres mandarle un mensaje a los venezolanos de la diáspora que anda regada por todo el mundo.
FSGC: "Bueno pues...tal vez no es mucho lo que pueda aportar pero es una lucha... O sea estar lejos de tu casa, fuera de tu casa...estar en una casa ajena te exige. y bueno, hay que dar la talla.
MP: Muchas gracias....
Estas son las obras, hay de muchos artistas que tuvieron que salir huyendo de Venezuela cuando fueron amenazados de expropiarles su libertad.