viernes, 27 de abril de 2018

Bolipuertos entrega las actividades más rentables del puerto de Puerto Cabello a la empresa Pollux Logistic, C.A.

Maibort Petit
@maibortpetit

A través de un contrato suscrito entre la corporación estatal encargada de regir la actividad portuaria en Venezuela y la empresa carabobeña, se cedió hasta el año 2023 la prestación de servicios que más beneficios económicos brinda el principal puerto del país. He aquí los términos de dicho contrato.
La firma del contrato entre Bolivariana de Puertos (Bolipuertos), S.A.[1] y la empresa Pollux Logistic, C.A.[2] fue tal vez el último acto oficial del coronel Luis Augusto Piligra Jiménez, al frente de la estatal venezolana puesto que de acuerdo lo establecido en la Gaceta Oficial N°41.381 de fecha 20 de abril de 2018, será ahora Reinaldo Antonio Castañeda Rivas[3] [4] quien dirija los destinos del ente oficial. Una rúbrica que en la práctica significa la privatización de los servicios que generan ingresos en divisas en el puerto de Puerto Cabello, estado Carabobo, el principal terminal marítimo del país.

Bolipuertos ha activado, al parecer como política, un esquema de “alianza estratégica” en el que solamente participan dos empresas, a saber, Pollux Logistic C.A. y Global Shipping, C.A.[5], tal como lo denuncia el portas Pateando la Calle de Puerto Cabello[6], las cuales han terminado monopolizando las operaciones portuarias.

Estas compañías, además, actúan como agencias navieras en Puerto Cabello y han terminado manejando la administración, coordinación, supervisión y loa recepción de los pagos en divisas extranjeras por la prestación de servicios portuarios y actividades conexas obteniendo un alto porcentaje de la facturación dolarizada que se genera en Bolipuertos.

El citado portal refiere que los procesos a través de los cuales estas empresas han resultado favorecidas con las contrataciones lucen turbios, al no haber sido debidamente publicitados para promover la participación de todos los entes y empresas que se dedican a la actividad portuaria.

Así tenemos, que el denominado "Contrato de servicio logístico" que en etas páginas presentamos, en su cláusula primera establece que se le entregan a Pollux Logistic, C.A. —una de las dos empresas referidas anteriormente— las áreas de proveeduría de servicios de limpieza y recolección de desechos sólidos, peligrosos y no peligrosos; la proveeduría del servicio de mantenimiento al buque; la ejecución de las reparaciones menores a los buques; el amarre y desamarre de buques; el abastecimiento de agua, víveres y vituallas, para los buques; el abastecimiento de combustible, grasas y lubricantes; el pesaje de las cargas mediante romanas, balanzas o básculas; los servicios al turista; los consolidadores de carga; los servicios de remolque a los buques; los servicios de lanchaje; las inspecciones y verificaciones de carga; las inspecciones subacuáticas a los buques; los servicios de seguridad a los buques y la proveeduría del servicio de fumigación a la carga.

Tales operaciones quedarán en manos de la empresa Pollux Logistic, C.A. hasta el 31 de diciembre de 2023, fecha hasta la cual tiene vigencia el contrato entre las partes, pudiendo ser renovado de común acuerdo por periodos consecutivos iguales, previa notificación escrita con treinta días continuos antes de la fecha de terminación fijada en el contrato. Los términos del mismo podrán ser revisados cuando así se estime conveniente.

En representación de Pollux Logistic, C.A. firmó el contrato el administrador de la empresa Yean Carlos Alberto Casadiego Machado[7] [8]

Las ventajas del contrato

La cláusula tercera está referida a las “ventajas” que la suscripción del contrato reviste para cada una de las partes, indicando en primer término que para Bolipuertos significa el posicionamiento como uno de los puertos más competitivos al lograr optimizar el servicio portuario en el puerto de Puerto Cabello.

Asimismo, Bolipuertos percibirá el 55 por ciento de la utilidad neta percibida luego de haberse establecido los costos, por la prestación de los servicios objeto del contrato de servicio logístico.

La estatal tendrá el control de los servicios mencionados con anterioridad contemplados en la citada cláusula primera en el puerto de Puerto Cabello.

Bolipuertos respaldará sus procesos operativos y logísticos cumpliendo lo establecido en los manuales de normas y procedimientos avalados y certificados de acuerdo a los parámetros internacionales.

Otro beneficio que obtendrá Bolipuerto, de acuerdo a los términos del contrato, provendrá del mantenimiento y acondicionamiento de los espacios en donde se lleven a cabo los servicios objeto del convenio.

Ahora bien, Pollux Logistic, C.A. obtendrá una participación sobre las utilidades netas generadas de la operatividad del 45 por ciento, es decir, casi la mitad de los beneficios.

Del mismo modo, Pollux contará con los espacios e infraestructura pertenecientes a Bolipuertos para el desarrollo de sus actividades, lo que garantiza un mayor volumen de operaciones en las mismas.

Las obligaciones de las partes

El contrato contempla una serie de obligaciones para las partes que suscriben, la cuales se estipulan en la cuarta cláusula.

En lo que respecta a Bolipuertos, el contrato establece que está obligada a verificar que el personal de Pollux Logistic, C.A. cuente con el debido entrenamiento y capacitación para llevar a cabo el manejo conjunto de las operaciones, de las maquinarias, de los equipos y demás accesorios para la prestación de los servicios objeto del contrato.

Igualmente corresponde a la estatal dejar constancia de que la infraestructura e instalaciones que componen el área donde se desarrollarán las actividades establecidas en el contrato, se encuentren en condiciones óptimas para el momento del inicio de las operaciones.

También Bolipuertos es responsable por los hechos u omisiones que le sean imputables y causen perjuicio a la empresa operadora cuando tales conductas constituyan la violación del contrato o de las leyes reguladoras.

Del mismo modo debe velar por la suficiencia de las garantías exigibles a la empresa operadora, así como por su mantenimiento y vigencia durante el lapso que dure el contrato.

Bolivariana de Puertos, S.A. tiene que garantizar a Pollux Logistic, C.A. el uso de las dependencias e infraestructura en la que se desarrollarán las actividades contempladas en el contrato. A Bolipuertos, en todo caso, le tocará resguardar cualquier derecho válido y legítimo de terceros, siempre que este haya sido declarado así por una autoridad competente y la empresa operadora respete dichas condiciones.

Además, Bolipuertos solicitará el acta de inspección en la cual haya constancia del estado de funcionamiento de los equipos y maquinaria a ser utilizadas en las operaciones.

Entretanto, entre las obligaciones de Pollux Logistic, C.A. está el contratar las distintas pólizas y pagar las primas de cobertura respectivas cuyo beneficiario es Bolipuertos, destinadas a que resguarden la operatividad de los servicios a prestar. Se estipulan, en tal sentido, el seguro patrimonial, el seguro para resguardar las operaciones de muelle, el seguro para resguardo de los buques durante las operaciones, el seguro contra robo, hurto, daños a terceros y fianza consideradas por las partes.

La empresa operadora velará  por el buen estado de conservación y mantenimiento de acuerdo a los estándares internacionales del área signada para el desarrollo de las actividades estipuladas en el contrato.

Pollux Logistic, C.A. se obliga a cumplir con el desarrollo de la operatividad y productividad de acuerdo a los estándares internacionales de forma progresiva.

También utilizará el equipamiento necesario y cualquier otra maquinaria requerida para el óptimo desarrollo de las operaciones.
Corresponde a Pollux Logistic, C.A. solicitar la aprobación de Bolipuertos cuando sea necesaria  alguna adecuación en la infraestructura, requerida para la ejecución de las actividades objeto del contrato con miras a lograr el desarrollo y/o mejoras de los servicios.

Deberá la empresa operadora atender y suministrar servicios a todas las líneas navieras, exportadores e importadores que arriben a Venezuela y requieran los servicios objeto del contrato como prestación de servicio por cuenta de Bolipuertos.

Es obligatorio que la operadora mantenga vigente todos los certificados, registros y solvencias que exijan las leyes venezolanas que rigen las materias laborales, administrativas, marítimas, portuarias, mercantiles, sociales, adquisiciones, prestación de servicios y cualquier otra que sea requerida para la ejecución de las actividades establecidas en el contrato. Pollux Logistic, C.A. deberá consignar a Bolipuertos, antes de la prestación de cualquiera de los servicios, las garantías o las pólizas de seguro que sean necesarias, exigidas en los contratos u órdenes de servicio específicos a ser suscritos con ocasión del contrato.

Es el compromiso de Pollux Logistic, C.A., establecer estrategias que mejoren la prestación de los servicios en el puerto de Puerto Cabello, mediante el desarrollo de las estrategias pertinentes que brinden valor agregado, garantizando seguridad y calidad.

Tendrá que velar la operadora por el mantenimiento correctivo, preventivo y predictivo de la infraestructura en la cual se desarrollará las actividades de tal manera de que se garantice el desarrollo de las operaciones en la zona portuaria.

Se establece que Pollux contratará a personal entrenado, calificado y certificado para el óptimo desarrollo de los servicios en el Puerto de Puerto Cabello.

Deberá solicitar autorización a Bolipuertos para establecer las tarifas que se aplicarán a los clientes por los servicios objeto del contrato.

No podrá la operadora realizar servicios adicionales a los establecidos en el contrato sin la previa autorización por escrito por parte de Bolipuertos y deberá responder a la estatal por cualquier deuda, reclamación, litigio, obligación, pago, acción judicial y/o fallo de cualquier naturaleza que surja y tengan relación directa con la ejecución del objeto del contrato, siempre que le sea imputable a ésta o a su personal en el desarrollo de sus funciones, por los daños o pérdidas a Bolivariana de Puertos.

A Pollux Logistic, C.A. le toca adquirir los repuestos y consumibles necesarios para garantizar el funcionamiento óptimo de los servicios establecidos en el contrato.

La empresa operadora consignará ante Bolipuertos las garantías o pólizas de seguro que sean necesarias, exigidas para prestación cada servicio que se brinde en el puerto de Puerto Cabello.

El personal de la operadora deberá estar uniformado.

Los beneficios económicos

La cláusula quinta prevé lo relativo a los beneficios económicos y, en tal sentido, se establece que el contrato se lleva a cabo bajo un esquema participativo de acuerdo a las utilidades netas mensuales generadas de las operaciones, estableciéndose como porcentaje de participación un 55 por ciento para Bolipuertos y 49 por ciento para el operador.

La distribución de los beneficios resultantes de los servicios se realizará los quince primeros días de cada mes.

Facturación y comercialización

Los aspectos atinentes a la facturación se contemplan en la cláusula sexta del contrato, la cual indica que las facturas por la prestación de los servicios se consignarán en las oficinas de las líneas navieras y agentes aduanales y se les otorgará un lapso de treinta días para su revisión, conformación y pago.

Luego de dichos 30 días, la empresa operadora deberá consignar a Bolipuertos el porcentaje correspondiente a las utilidades netas mensuales que le corresponden de acuerdo al contrato.

Pollux Logistic deberá presentar a la estatal de puertos, copia de las facturas con sus respectivos soportes contentivos de las operaciones diarias realizadas por la operadora.

En la cláusula séptima se refiere que las partes llevarán a cabo acuerdos, negociaciones o los contratos que sean necesarios para el desarrollo de los servicios.

Promoción y publicidad

En razón de que se deben promover e incentivar las operaciones y servicios a desarrollar, la cláusula octava prevé que las partes establecerán las acciones pertinentes para la promoción y publicidad de los servicios prestados en el contrato.

Se entiende que se utilizarán los logos de Bolipuertos y Pollux Logistic en todo lo relacionado a la promoción y publicidad.

Las actividades laborales

Los asuntos relativos a las normas que regirán las relaciones laborales están referidas en la cláusula novena, la cual precisa que las partes acuerdan que el personal encargado de realizar las operaciones será exclusivo de Pollux Logistic, C.A., por lo que las relaciones laborales entre la empresa y los trabajadores será exclusiva de la empresa operadora.

Por tal motivo la empresa operadora tendrá libertad de ejecutar los términos que considere conveniente en lo que tenga que ver con la selección, contratación y administración de su personal, previendo que el mismo sea competente y altamente calificado.

Se advierte que Pollux Logistic contratará bajo su cuenta y riesgo a la persona de que se trate, siendo entonces la única responsable de su dirección, pago de sueldos y salarios, utilidades, bonos, primas, viáticos, seguro social obligatorio, paro forzoso, otras primas de seguro, alimentación indemnizaciones, fidecomiso y en general, prestaciones de naturaleza laboral, que señalen las leyes.

Se alerta de que entre Bolipuertos y Pollux Logistic no existe relación laboral, ni de dependencia o subordinación, por lo que la estatal de puertos no tiene obligación alguna respecto a los compromisos que la operadora haya contraído con su personal.

Bolipuertos no asume ningún tipo de responsabilidad legal ni laboral con respecto al personal asignado por el operador para la ejecución de las actividades del contrato.
Resolución de controversias
Las leyes venezolanas regirán el contrato suscrito entre Bolipuertos y Pollux Logistic, C.A., establece la cláusula décima, al tiempo que indica que las dudas y controversias que pudieran surgir entre las partes y que no llegaran a resolverse, se decidirán en los tribunales competentes de Venezuela.

No se aceptarán reclamaciones extranjeras.

La responsabilidad social

La cláusula décimo primera dice que la empresa operadora se compromete a honrar el compromiso de responsabilidad social relacionado con el contrato, asumido ante Bolivariana de Puertos, S.A. por cuyo concepto deberá destinar el 3 por ciento de la utilidad neta anual, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

Pollux Logistic deberá honrar este compromiso antes del cierre administrativo del contrato, cuando así lo indique oportunamente Bolipuertos.

La rescisión del contrato

Establece la cláusula décima segunda que Bolipuertos rescindir el contrato unilateralmente y de pleno derecho, en resguardo de sus intereses y ante el incumplimiento total o parcial de lo establecido en el contrato. Igualmente por razones de interés público debidamente motivadas, mediante notificación escrita entregada a la empresa operadora.

Bolipuertos podrá, sin perjuicio de lo anterior, dar por rescindido el contrato con la indemnización que tuviese lugar cuando Pollux Logistic se exceda en lo establecido en dicho convenio; cuando se declare en quiebra o atraso; cuando ponga en riesgo las actividades establecidas, celebrando arreglos con sus acreedores.

También Bolipuertos podrá actuar de esta manera cuando el operador violente e incumpla lo establecido en el ordenamiento jurídico venezolano aplicable al contrato; cuando en la realización de las actividades en el contrato demuestre conductas y prácticas deficientes o no ajustadas a lo generalmente aceptado de acuerdo a estándares nacionales e internacionales; cuando no cumpla con lo establecido en la oferta de servicio, plan de negocio o cualquier documento consignado que establezca los servicios a ser prestados.
Un parágrafo único de la cláusula prevé que cuando por causas no imputables a ninguna de las partes se incumpla parcial o totalmente el contrato, el asunto podrá resolverse de mutuo acuerdo.

Las modificaciones, los casos fortuitos y/o fuerza mayor

En la cláusula décima tercera se alerta que cualquier modificación que se haga al contrato carecerá de validez si no consta por escrito y si no se hace de mutuo acuerdo entre las partes a través de un Addendum.

Entretanto, la cláusula décimo cuarta refiere que las partes convienen en considerar caso fortuito y/o de fuerza mayor, aquellas circunstancias o eventos, así como sus consecuencias, que se encuentren fuera de su control, que no puedan ser previstas ni por Bolipuertos ni por Pollux Logistic y que tengan lugar después de la entrada en vigencia del contrato e impidan el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por cada una de las partes.
Este último asunto tiene que ver con catástrofes naturales, inundaciones, incendios no provocados por el hombre, guerras, o condiciones parecidas, rebelión, insurrección, motines, movilización, conmociones nacionales, epidemias, mortalidad o cualquier otra circunstancia fuera del control de las partes.

Ante la verificación de cualquiera de estos supuestos u otros que pudieran ser considerados como casos fortuitos y/o fuerza mayor, tanto Bolipuertos como Pollux Logistic se comprometen a realizar los esfuerzos necesarios, para solventarlos.

Las cesiones y los derechos de terceros

La empresa operadora no podrá ceder o traspasar, total o parcialmente de acuerdo a lo establecido en la cláusula décimo quinta, las obligaciones indicadas en el contrato.

Tampoco podrá ceder los derechos derivados de dicho contrato.
De este modo, serán nulas y sin efecto las cesiones o traspasos realizados en contravención de la esta cláusula, por lo que no otorgarán derecho a sus adquirientes.

Advierte la cláusula que, sin embargo, Bolipuertos se reserva esta facultad si durante la vigencia del contrato por Decreto Presidencial se crea un ente u organismo cuya finalidad abarque el objeto del presente instrumento.

La cláusula décimo sexta advierte que Bolipuertos queda exenta de responsabilidad de crédito que el operador tenga previamente o conceda a terceras personas, en relación con las obligaciones a que se refiere el contrato.

Cualquier obligación para con terceros derivada del contrato y que no estuviere previsto en el mismo, será única y exclusivamente responsabilidad de Pollux Logistic, C.A.

Otros aspectos del contrato

La confidencialidad se estipula en la cláusula décimo séptima, donde se indica que las partes se comprometen a guardarla estrictamente.

Bolipuertos y Pollux Logistic guardaran toda la información que reciban sobre la operación de la otra y se esforzarán para que sus empleados y dependientes mantengan dicha confidencialidad de manera continua durante toda la vigencia del contrato.

La cláusula décimo octava establece que el operador será la responsable del pago de los tributos asociados al objeto de la alianza.

Los ingresos generados por la operatividad del contrato cubrirán los gastos, costos y todas las obligaciones relacionadas con el pago de los tributos que se generen durante la ejecución del mismo y sean aplicados por cualquier autoridad dentro del territorio nacional.

El domicilio queda estipulado en la cláusula décima novena que se elige la ciudad de Caracas como domicilio especial  del contrato.
Las notificaciones requeridas en razón del contrato, reza la cláusula vigésima serán enviadas por correo electrónico, correo certificado, servicio de courier o fax y, en el caso de que se requiera notificación expedita, dichas notificaciones se realizarán por correo electrónico o fax confirmado.

Para tales efectos, Bolivariana de Puertos (Bolipuertos), S.A. fija como domicilio la urbanización Las Mercedes, Avenida Veracruz con Calle Orinoco, Torre 2RR, piso 5, Consultoría Jurídica. Municipio Baruta, estado Miranda, Venezuela. Teléfono: (0212) 958-48-08. Correo Electrónico: despachopresidenciaegmaii.com
Entretanto, Pollux Logistic, C.A. tendrá como dirección el CC Puerto Azul, nivel PB, Oficina 07, Puerto Cabello estado Carabobo. Teléfonos: (0242) 3623554.

En la cláusula vigésima primera se indica que los derechos, obligaciones y acuerdos referidos en el contrato no serán exigibles ni producirán efecto alguno hasta tanto no se haya producido a favor de la empresa operadora o de su filial la correspondiente autorización para ejecutar los servicios en los términos que establezca el Reglamento de la Ley General de Puertos o si la referida autorización fuere revocada. No obstante, podrá comenzar cuando se suscriba el contrato las actividades preliminares para hacer posible el comienzo de las operaciones.

Alianzas discriminatorias

Desde el mes de abril Bolipuertos habría iniciado el nuevo formato operacional de las alianzas con las citadas empresas, un esquema discriminatorio al no promover la participación de todo el sector portuario, de acuerdo a lo denunciado en el portal PC.

Igualmente se asegura que ni Pollux Logistic C.A. ni Global Shipping C.A. desarrollan directamente las operaciones por los cuales son contratadas, sino que proceden a la subcontratación de terceros reclutados entre empresas discriminadas.

Luis Augusto Piligra Jiménez, quien ejerció la presidencia de Bolipuertos hasta el 20 de abril, habría sido presuntamente destituido en razón de sus irregulares manejos de la empresa estatal.


[1] Bolpuertos. http://www.bolipuertos.gob.ve/

[2] Pymes Venezuela. Pollux Logistic, C.A. http://pymesvenezuela.com/ficha/pollux-logistic-ca-166379

[3] Dateas. Castañeda Rivas Reinaldo Antonio. https://www.dateas.com/es/persona_venezuela/castaneda-rivas-reinaldo-antonio-16738166

[4] IVSS. Castañeda Rivas Reinaldo Antonio. http://www.ivss.gob.ve:28083/CuentaIndividualIntranet/CtaIndividual_PortalCTRL?cedula_aseg=6843439&d=15&m=03&nacionalidad_aseg=V&y=1966

[5] Global Shipping Group. https://globalshippingnav.com/es/

[6] PC. Pateando la calle. “Bolipuertos monopoliza operaciones a solo dos empresas”. Sin fecha. https://www.pateandolacalle.com/2018/04/24/bolipuertos-monopoliza-operaciones-a-solo-dos-empresas/

[7] Dateas. Casadiego Machado Yean Carlos Alberto. https://www.dateas.com/es/persona_venezuela/casadiego-machado-yean-carlos-alberto-6503619

[8] IVSS. Casadiego Machado Yean Carlos Alberto. Cuenta individual. http://www.ivss.gob.ve:28083/CuentaIndividualIntranet/CtaIndividual_PortalCTRL

miércoles, 25 de abril de 2018

Corte de Apelaciones de Nueva York niega recurso sobre demanda de Diosdado Cabello contra WSJ

Por Maibort Petit
@maibortpetit


La corte de Apelaciones del Segundo  Circuito de Nueva York negó el recurso interpuesto por los abogados del dirigente del PSUV y constituyente venezolano, Diosdado Cabello contra el diario estadounidense The Wall Street Journal. La decisión del panel de jueces reitera la decisión del juez del primer circuito y señala que la
teoría de difamación ofrecida por  Cabello no es creíble.


El tribunal neoyorquino falló a favor de la empresa propietaria del periódico Wall Street Journal y en contra del diputado chavista Diosdado Cabello Rondón quien había demandado al medio estadounidense por difamación, tras la publicación de un artículo en que se afirmaba que el político venezolano era el centro de una investigación por parte de las autoridades federales por sus vinculaciones con el narcotráfico y el lavado de dinero. 

El panel, compuesto por los jueces de circuito Ralph Winter, Rosemary Pooler y Debra Ann Livingston consideró que el requisito de malicia real falló a pesar de las explicaciones dadas por la defensa. 

Los jueces dijeron que el uso de fuentes anónimas no apoya la malicia real, lo que requiere otras acusaciones para respaldar el reclamo, que el panel señaló que Cabello no hizo.

De acuerdo a la opinión de los jueces, la teoría expuesta por Cabello no es creíble y que la "teoría del periodismo histórico" expuesta en la demanda según la cual la información de que la justicia norteamericana está haciendo una investigación sobre Cabello-Rondon no puede filtrarse a la prensa no es posible, o incluso probable, no es aceptable y carece de credibilidad.

La demanda fue desestimada en 2017

En agosto de 2017 la Corte del Distrito Sur de Nueva York  desestimó la demanda con prejuicio, lo que indica que Cabello no podrá volver a demandar al periódico por la misma causa.  

La juez Katherine B. Forrest  le otorgó la razón a los abogados del WSJ que habían sostenido en las mociones presentadas ante el tribunal que Cabello no lograba demostrar que las alegaciones hechas en el artículo eran falsas,  y que el periódico había actuado de mala fe al publicar las informaciones que vinculaban a Cabello con un cartel del narcotráfico.

Los abogados del periódico norteamericano había acusado a Cabello de intentar utilizar la demanda contra el periódico para conocer la información sobre la investigación que le siguen las agencias federales por delitos de narcotráfico. 

Los abogados del Wall Street Journal solicitaron en dos oportunidades a la Corte del Distrito Sur de Nueva York desestimar la segunda demanda enmendada porque la misma tenía errores de procedimiento.

En el segundo memorando presentado al tribunal, los abogados de Dow Jones aseguraron que Cabello Rondón no fue capaz de demostrar la falsedad del material que es la base del reportaje publicado por el periódico neoyorquino el 18 de mayo de 2015, donde se afirma que el dirigente chavista está siendo investigado por tráfico de drogas y blanqueo de capitales por las agencias federales de los Estados Unidos.

En la última moción presentada por los abogados Katherine M. Bolger y Jeremy A. Kutne del escritorio jurídico Levine Sullivan, Koch & Schulz, LLP se señaló que, "tal como se había mencionado en los otros recursos presentados anteriormente, las alegaciones hechas por Diosdado Cabello Rondón deben ser desestimadas porque las mismas fallaron en argumentar -razonablemente- la alegación de difamación y malicia por parte del medio demandando".

Dow Jones & Company, Inc. pidió la desestimación de las acusaciones de Cabello Rondón  presentadas en su segunda queja modificada, en virtud que el dicha demanda no se corrigieron las dos deficiencias centrales que se objetaron en la primera versión de la queja.

Señalaron que el demandante no había hecho ninguna afirmación plausible y de buena fe, sobre la base de fondo, que es la supuesta no existencia de una investigación federal en su contra por narcotráfico y lavado de dinero. 

De hecho- dice el memorando- a pesar de haber hecho dos enmiendas a la demanda original y de haber escrito casi 20 páginas de información sobre esta moción, "Diosdado Cabello todavía no ha logrado hacer las alegación de que no está siendo investigado por narcotráfico y lavado de dinero en los EEUU". 

La ausencia de esta alegación, la más fundamental, no sólo condena la afirmación del demandante, sino que también sugiere que este juicio no es una acción de buena fe para compensar a Cabello Rondón por supuestos actos difamatorios, "sino un esfuerzo  para determinar -a través de la información de descubrimiento- los datos sobre la Investigación gubernamental sobre sus actividades, lo cual, se trata de un uso inadmisible de los tribunales por parte de una figura pública ansiosa por suprimir noticias negativas sobre sí mismo".

Dow Jones demostró que "Cabello no alegó la falsedad material del único supuesto hecho difamatorio en el artículo, es decir, que Cabello estaba siendo investigado por narcotráfico y lavado de dinero, sostienen los abogados".

Por el contrario, Cabello afirmó que Dow Jones no discute la suficiencia los dos elementos de su reclamación - el sentido difamatorio o la publicación en curso. 

Basada en las razones expresadas por los abogados del WSJ, el tribunal decidió desestimar la demanda por completo.

La demanda de Cabello Rondón contra The Wall Street Journal buscaba resarcir los daños y perjuicios que supuestamente ha sufrido en lo personal y lo económico el segundo hombre fuerte del régimen venezolano, por la publicación de un artículo en su contra donde se le relaciona con el tráfico de drogas y el lavado de dinero. En la reclamación no aparecía un monto de dinero específico, aunque se establece que la suma será superior a los $75 mil dólares.

La demanda de Cabello Rondón contra Dow Jones & Company, Inc. establecía lo siguiente:

-Se trata de una acción por difamación que surge de la publicación en The Wall Street Journal de un artículo titulado: "Funcionarios venezolanos sospechosos de estar volviendo al país en el centro global de la cocaína," y subtitulado: "EE.UU. investiga al Nº 2 del gobierno, Diosdado Cabello, y a otros oficiales, bajo la sospecha de tráfico de drogas y lavado de dinero" firmado por José de Córdoba y Juan Forero.


Cabello alegó que por información confiable, las alegaciones contenidas en el artículo era inexactas y distorsionadas, al transmitir información basada en fuentes no identificadas que supuestamente había dado a conocer los datos a los acusados. Por el contrario, el artículo se basa en las cuentas inexistentes o inexactas de supuestas investigaciones legales en curso.



martes, 24 de abril de 2018

Ángel Alberto Rodríguez Torres: El empresario chavista que en la retaguardia vigila sus negocios con el gobierno

Ángel Alberto Rodríguez Torres: El empresario chavista que en la retaguardia vigila sus negocios con el gobierno

Por Maibort Petit
@maibortpetit

El bajo perfil puede ser la mejor manera de evitar que los ojos escrutadores y contralores adviertan las componendas, irregularidades y corruptelas. Esta ha sido la estratagema usada por el empresario en sus múltiples operaciones con el estado venezolano.


¿Su táctica? El silencio, la discreción, evitar que las miradas se dirijan hacia él y puedan darse cuenta de las corruptelas que lo llevaron—de la noche a la mañana y por medios inexplicables— a convertirse en un corredor de seguros, constructor y contratista petrolero. Eso sí, esta reserva para nada debe interpretarse como pasividad pues, tras bastidores, allá en la retaguardia, Ángel Alberto Rodríguez Torres, se mantiene vigilante de los negocios que mantiene con el gobierno venezolano y para los cuales se vale de prestanombres o testaferros que dan la cara por él. Su record exhibe, entre otras, denuncias por irregularidades en la ejecución de la "Ciudad Socialista Belén", complejo habitacional construido en Guarenas, estado Miranda.
¿Quién es?
Ángel Alberto Rodríguez Torres[1], titular de la cédula de identidad N° V-9.602.559 y a quien algunas voces le atribuyen un supuesto parentesco —el de hermano— con el exministro del Interior y Justicia, Miguel Rodríguez Torres, exfuncionario chavista hoy caído en desgracia en el seno del oficialismo y detenido por órdenes del presidente Nicolás Maduro.
Nació el 2 de octubre de 1967 y sus registros lo ubican en el Municipio Chacao del estado Miranda.
La cuenta individual de Ángel Alberto Rodríguez Torres en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, IVSS[2], refiere que tiene un estatus cesante desde el 2 de septiembre de 1987 de la empresa Mercabar, C.A., con el número patronal L16402453. Su fecha de afiliación fue el 12 de marzo de 1986 y su fecha de contingencia es el 2 de octubre de 2027. Su último salario fue Bs. 0,46 con un total de 49 semanas cotizadas.
Según el Registro Electoral Permanente, Ángel Alberto Rodríguez Torres ejerce su derecho al sufragio en el Centro Médico “Carlos Diez” del Instituto Venezolano de Seguro Social de Chacao.
Se casó el 8 de octubre de 2003 con Silvia Martínez Jarque, de quien se divorció el 16 de noviembre de 2009[3].
Irregularidades en Monlosa
Su principal empresa es Inversiones Monlosa, C.A. (Salomón al revés), con Registro de Información Fiscal, RIF, J-31226090-4, la cual tiene una exoneración del Impuesto sobre la Renta, ISLR, como incentivo por su actividad de construcción de “viviendas dignas”, de acuerdo a lo dispuesto  en el Decreto 8.175[4] de la Presidencia de la República.
Monlosa tiene su sede en la Avenida Venezuela de El Rosal, Torre Asociación Bancaria, Piso 7, Oficina 73. Municipio Chacao, Estado Miranda. Tiene un trabajador.
Esta empresa tiene como objeto “el desarrollo, fabricación y construcción de obras civiles tales como edificaciones, estructurales, de concreto, viales, movimiento de tierra y urbanismo; proyectos de diseños y análisis estructurales de obras civiles; inspección y/o trabajos de control a las fabricaciones y construcciones de obras civiles; inversiones en desarrollos inmobiliarios; compra, venta y administración de bienes muebles e inmuebles”[5].
Monlosa ha sido objeto de denuncias de acoso laboral por parte de los trabajadores, además de señalar a su propietario y presidente, Ángel Rodríguez Torres, de utilizar a la Guardia Nacional Bolivariana, GNB, “para elaborar actas amañadas, parcializadas con la empresa, con el fin de que en la Inspectoría del Trabajo, proceda la solicitud de calificación de despido”.
Los trabajadores de Monlosa, Larry Yánez, Guillermo Leal, David Mena y Andrés Torres, quienes se desempeñan en los trabajos de construcción de la “Ciudad Socialista Belén”, aseguraron que “Ángel Rodríguez Torres, hermano del Ministro de Interior, Justicia y Paz [supuesto parentesco, repetimos, de acuerdo a las declaraciones recogidas en la nota periodística], nos acosa laboralmente con el fin de que nosotros perdamos nuestros puestos de trabajo que desde hace tiempo venimos ocupando en la Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV), a través de la empresa Monlosa, pese a que existe inamovilidad laboral decretada por el Gobierno Nacional”. Agregaron, en declaraciones formuladas a La Voz de Guarenas, que “Desde el pasado 10 de diciembre [de 2012] que un grupo de trabajadores somos objeto de acoso laboral, y la empresa elaboró un expediente con mentiras y acusaciones falsas, entre ellas que realizamos un paro de actividades, cuando no se ajusta a la realidad”[6].
Las denuncias de los trabajadores encontraron finalmente eco en marzo de 2014, cuan luego de protestar por más de ocho horas 1.380 obreros que se desempeñaban en la “Ciudad Socialista Belén” lograron que el Ministerio del Trabajo citara a la constructora Inversiones Monlosa C.A, para que responda por el incumplimiento de 63 de las 84 cláusulas del contrato colectivo.
Ante los hechos, el inspector general, Isidro Ramírez, levantó un acta con 25 puntos que expresan las quejas de los trabajadores, representados por el Movimiento de Integración del Sindicato Único de la Industria de la Construcción del Distrito Capital, Miranda y Vargas, Misutic, y de la Fuerza Popular de Trabajadores, FPT[7].
No fueron estas las únicas irregularidades denunciadas, pues un grupo de contralores sociales afectos al chavismo a través de lo que llamaron “Informe Macaru”, acusaron tanto las irregularidades cometidas por Rodríguez Torres en el desarrollo de la "Ciudad Socialista Belén" ya señaladas, como también de ser un empresario ajeno al “proceso revolucionario” cuya intención en sus acciones contra los trabajadores solamente perseguía desprestigiar a “trabajadores de una empresa que laboraba en dicha misión, para lograr contratos con una de sus empresas que preside en conjunto de su exesposa y socia, la señora Silvia Martínez”, revela una nota de Noticias Candela en la que se recuerda que por la construcción de la obra en cuestión, la constructora de Rodríguez Torres presentaron “un punto de cuenta con presupuesto incluido por la ‘módica’ suma de 245 mil millones de bolívares (245 millardos de bolívares), cuyo primer desembolso aprobado fue de casi el 50%, es decir la bicoca de 123 mil millones de bolívares (123 millardos), sin que hubieran abierto ni siquiera un hueco”[8].
La nota agrega que la “Ciudad Socialista Belén” se llevó a cabo en un terreno de propiedad privada que no poseía factibilidad de servicios ni de agua, ni de electricidad, vialidad ni aguas servidas; se hizo en un terreno inestable y sin estudios de impacto ambiental; no hubo levantamiento topográfico ni estudios de suelo; entre otras irregularidades.
Sobre Inversiones Monlosa, el citado Informe Macaru refiere que esta empresa no poseía capital suscrito que ofreciera suficientes garantías económicas ni siquiera para recibir el primer desembolso del 50 por ciento, ni para respaldar el monto total de la obra. Se advierte de la pretensión de la empresa de sumar capital con dinero del estado, a través de contratos obtenidos con la filial de PDVSA en Estados Unidos, Citgo.
Aparte de la “Ciudad Socialista Belén” en Guarenas, las empresas de Rodríguez Torres han desarrollado otras obras contratadas por el estado venezolano, tales como “Canchas de Paz” —la cual supuestamente se habría contratado con sobreprecio—, el Aeropuerto Carúpano, Mercado Socialista de Los Teques, la Autopista Unare-Píritu, entre otras. Como dato significativo está el que también habría sido el responsable de los trabajos de ejecución del mausoleo a Hugo Chávez en el Cuartel de la Montaña.
Otras empresas
Nuestras fuentes nos señalan que, aparte de Monlosa, C.A., Ángel Alberto Rodríguez Torres supuestamente controla una red de empresas a través de prestanombres o testaferros, entre los que se contarían su chofer, la niñera de sus hijos y “amigos de la fe”—dice ser Cristiano—, así como dos compañías registradas en Hong Kong que le permitirían realizar los negocios en moneda extranjera.
En Hong Kong tiene Ventures Ally Limited[9], establecida en 2011 y que en su página web se vende como ofertante de soluciones integradas para varias industrias, entre ellas la de la construcción, industria y energía, y telecomunicaciones.
En el país asiático esta empresa se encuentra ubicada en el 16/F Rykadan Capital Tower, 135 Hoi Bun Road, Kwun Tong, Kowloon,  Hong Kong. Teléfono: 852-2345-7555 y 852-2357-5452.
Ventures Ally Limited, de acuerdo a información suministrada por nuestras fuentes, supuestamente canaliza las contrataciones millonarias que realiza a través de cuentas en el HSBC Hong Kong[10].
Aunque ignoramos si se trata de la mimos propietarios, en las Islas Británicas hay registrada una compañía con el mismo nombre, Ally Ventures LTD, con el ID de Intermediario Global: AR15HH.99999.SL.092; Código Universal de Entidad (UEC): 7467-5162-1361-5716; actualizada por última vez el sábado 10 de junio de 2017 y que tiene domicilio fiscal en Road Town[11].
Igualmente sucede en las Islas Caimán, con el Código Universal de Entidad (UEC): 9523-7246-9487-9684. Domicilio fiscal en George Town. Actualizada por última vez el domingo 20 de agosto de 2017[12].
Otra empresa que supuestamente Rodríguez Torres maneja por interpuestas personas es China Global Services dedicada a ofrecer servicios de financiera corporativa[13].
Con esta empresa, señalan nuestros informantes, Ángel Alberto Rodríguez Torres ha hecho negocios con Citgo.
El Grupo Ro
Al parecer, Ángel Rodríguez Torres posee el Grupo Ro, una empresa constituida por cuatro divisiones, a saber, Petróleo y gas, Ingeniería y construcción, Tecnología, y Procura internacional y logística.
Según su página web[14], Grupo Ro tiene sedes en Caracas en la avenida Venezuela, Torre Asociación Bancaria de Venezuela, Piso 7, Oficina 73, El Rosal (la misma de Inversiones Monlosa, C.A.), cuyos teléfono son (+58) 212 951.58.44 y (+58) 212 953.27.64.
En Estados Unidos, en el 8272 NW 21st St., Miami, FL 33122. Teléfonos: (+1) 786 299.52.15 y (+1) 786 264.13.26.
En Hong Kong, en 16/F Rykadan Capital Tower. 135 Hoi Bun Road, Kwun Tong, Kowloon, Hong Kong. Teléfonos (+852) 2345.75.55 y (+852) 2357.54.52.
El correo electrónico de la empresa es: info@gruporo.com.
Este Grupo Ro le permitiría a Ángel Rodríguez Torres centralizar el manejo de todas sus empresas en una sola organización que, dicho sea de paso, supuestamente sólo obtiene contratos del estado venezolano.
La estrategia y sus relaciones
Como lo señalamos al principio, para llevar a cabo sus operaciones, se supone que Ángel Alberto Rodríguez Torres nunca presenta su nombre, sino que se valdría de algunas empresas y personas para entablar los negocios y contrataciones con el estado, revelan nuestros informantes, quienes aseguran que este empresario, aparte del citado Grupo Ro, utiliza otras compañías como Galro, Semilla Fuerte, Venesuministro, Construcciones Gigal XXI, con las cuales se establecen contrataciones con organismos del estado venezolano, entre ellos la Fundación Propatria y algunos ministerios.
Como representantes de estas empresas, no figura Ángel Rodríguez Torres, quien supuestamente habría ubicado en los puestos de dirección a allegados, tales como su chofer, Miguel José López López, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.187.500, insiste la fuente.
Otras empresas supuestamente relacionadas a Rodríguez Torres serían GSP Consultores, C.A.[15] y Venesuministros, S.A.[16]
En Inversiones Azaría C.A. perteneciente al Grupo Ro, Jesús María Gómez Camero, C.I. V-4.923.175[17], figura como director de inversiones. Este hombre, quien es hermano de Marisol Gómez, empleada de PDVSA y Citgo, suele representar a la empresa en las negociaciones. Igualmente ha representado a Ventures Ally Limited en algunas contrataciones. Gerardo Vergara, también empleado de PDVSA trasladado junto a Marisol a la filial petrolera en Estados Unidos, sirve para las operaciones con esta empresa.
Otra que supuestamente ha actuado como prestanombres de Rodríguez Torres es su secretaria, Edimar Zulay Moreno Sarmiento C.I. V-4975632.
A Ángel Rodríguez Torres se lo relaciona con Ricardo Molina, Rodolfo Marco Torres, Ilich Lárez Brito, Rafael Ramírez y Nelson Martínez. Al parecer, mantiene lazos de compadrazgo con algunos de ellos.
También, trabajó con Elías Jaua.
Con Vladimir Lárez Brito, expresidente de la Fundación Propatria 2000[18] se logró la contratación del Grupo Ro y Monlosa.
Panamá, Suiza y Hong Kong figuran como los lugares donde supuestamente mantiene las cuentas bancarias que le permiten enmascarar sus operaciones.
Se dice que es propietario de dos aviones: Un Cessna 550, siglas YV2959, Serial 5500353 y un Citation VII, modelo 650, siglas YV552T.
De acuerdo a fuentes consultadas, para llevar a cabo las negociaciones y contratos con Citgo, Ángel Rodríguez Torres supuestamente utiliza a Marisol Gómez y Gerardo Vergara, trabajadores de PDVSA trasladados a la filial en Estadios Unidos. Marisol Gómez es hermana de Jesús Gómez, quien es el testaferro en Ventures Ally.
Seguirle el rastro a todas estas empresas, así como a las cuentas y operaciones de Ángel Rodríguez Torres es sumamente difícil, casi una tarea titánica, pues supuestamente cuenta con el apoyo de un especialista en inteligencia que se encarga de borrar sus huellas. Se trata de un hombre de nombre Wilmer Farfán, quien trabaja arduamente para que el nombre de Rodríguez Torres no figure en internet ni las redes sociales. Sin embargo, todos estos datos constituyen un buen insumo para que la Fiscalía General de la República inicie las investigaciones y descubra una más de las múltiples vías por las que el chavismo y sus relacionados se enriquecen a expensas del erario público.
Nota
Disclaimer
Para la realización de esta nota intentamos comunicarnos con las personas mencionadas, y con las empresas cuyas direcciones y teléfonos aparecen en los récords públicos. Enviamos cuestionarios a los correos que aparecen asociados a dichas empresas y hasta el cierre de este trabajo no logramos respuestas.
Si alguien de las empresas o personas mencionas desea contar su punto de vista sobre los detalles aquí expresado, les solicitamos que  se comuniquen a nuestro correo electrónico blogvenezuelapolitica@tuta.io. En este blog el derecho a réplica está garantizado.


[1] Dateas. Rodríguez Torres, Ángel Alberto. https://www.dateas.com/es/persona_venezuela/rodriguez-torres-angel-alberto-10277490
[2] IVSS. Rodríguez Torres, Ángel Alberto. Cuenta Individual. http://www.ivss.gob.ve:28083/CuentaIndividualIntranet/CtaIndividual_PortalCTRL
[3] Tribunal Supremo de Justicia. Circuito de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. http://caracas.tsj.gob.ve/decisiones/2009/noviembre/2090-16-AP51-S-2008-017046-PJ0242009001238.html
[4] Vivienda en Red. Decreto Nº 8.175 mediante el cual se exonera del Impuesto sobre la Renta para el incentivo de la construcción de viviendas dignas en el marco del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda y la Gran Vivienda Venezuela. http://viviendaenred.net/inicio/index.php/aspectos-legales/1099-2014-03-17-21-14-54
[5] Pymes Venezuela. Inversiones Monlosa, C.A. http://pymesvenezuela.com/ficha/inversiones-monlosa-ca-84651
[6] La Voz. “Denuncian a un hermano de ministro por acoso laboral”. 22 de mayo de 2013. https://diariolavoz.net/2013/05/22/denuncian-a-un-hermano-de-ministro-por-acoso-laboral
[7] Vivienda en Red. “Min-Trabajo llama a capítulo a constructora (VENEZUELA)”. 13 de Marzo de 2014. http://viviendaenred.net/inicio/index.php/venezuela/1060-2014-03-13-13-53-04
[8] Noticias Candela. “Notas del Día 25/02/2017”. Informe Macaru. http://www.noticiascandela.informe25.com/2017/02/notas-del-dia-25022017.html
[9] Ventures Ally Limited. https://www.venturesally.com
[10] HSBC Hong Kong. https://www.hsbc.com.hk
[11] Dato Capital. Ally Ventures LTD, Islas Vírgenes Británicas. https://es.datocapital.vg/empresas/Ally-Ventures-Ltd.html
[12] Dato Capital. Ally Ventures CORP, Islas Caimán. https://es.datocapital.ky/empresas/Ally-Ventures-Corp.html
[13] HKTDC. http://www.hktdc.com/sourcing/hk_company_directory.htm?companyid=1X08AXSH&locale=en
[14] Grupo Ro. http://gruporo.com
[15] GSP Consultores. http://www.gspconsultores.net/pages/empresa.html
[16] Pymes Venezuela. Venesuministros, S.A. http://pymesvenezuela.com/ficha/venesuministros-ca-13722
[17] Linkedin. Jesús Gómez Camero. https://www.linkedin.com/in/jes%C3%BAs-g%C3%B3mez-camero-8b167238
[18] Fundación Propatria 2000. http://www.fp2000.gob.ve

Nota
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Si alguien de las empresas o personas mencionas desea contar su punto de vista sobre los detalles aquí expresado, les solicitamos que  se comuniquen a nuestro correo electrónico blogvenezuelapolitica@tuta.io. En este blog el derecho a réplica está garantizado.


[1] Dateas. Rodríguez Torres, Ángel Alberto. https://www.dateas.com/es/persona_venezuela/rodriguez-torres-angel-alberto-10277490
[2] IVSS. Rodríguez Torres, Ángel Alberto. Cuenta Individual. http://www.ivss.gob.ve:28083/CuentaIndividualIntranet/CtaIndividual_PortalCTRL
[3] Tribunal Supremo de Justicia. Circuito de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. http://caracas.tsj.gob.ve/decisiones/2009/noviembre/2090-16-AP51-S-2008-017046-PJ0242009001238.html
[4] Vivienda en Red. Decreto Nº 8.175 mediante el cual se exonera del Impuesto sobre la Renta para el incentivo de la construcción de viviendas dignas en el marco del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda y la Gran Vivienda Venezuela. http://viviendaenred.net/inicio/index.php/aspectos-legales/1099-2014-03-17-21-14-54
[5] Pymes Venezuela. Inversiones Monlosa, C.A. http://pymesvenezuela.com/ficha/inversiones-monlosa-ca-84651
[6] La Voz. “Denuncian a un hermano de ministro por acoso laboral”. 22 de mayo de 2013. https://diariolavoz.net/2013/05/22/denuncian-a-un-hermano-de-ministro-por-acoso-laboral
[7] Vivienda en Red. “Min-Trabajo llama a capítulo a constructora (VENEZUELA)”. 13 de Marzo de 2014. http://viviendaenred.net/inicio/index.php/venezuela/1060-2014-03-13-13-53-04
[8] Noticias Candela. “Notas del Día 25/02/2017”. Informe Macaru. http://www.noticiascandela.informe25.com/2017/02/notas-del-dia-25022017.html
[9] Ventures Ally Limited. https://www.venturesally.com
[10] HSBC Hong Kong. https://www.hsbc.com.hk
[11] Dato Capital. Ally Ventures LTD, Islas Vírgenes Británicas. https://es.datocapital.vg/empresas/Ally-Ventures-Ltd.html
[12] Dato Capital. Ally Ventures CORP, Islas Caimán. https://es.datocapital.ky/empresas/Ally-Ventures-Corp.html
[13] HKTDC. http://www.hktdc.com/sourcing/hk_company_directory.htm?companyid=1X08AXSH&locale=en
[14] Grupo Ro. http://gruporo.com
[15] GSP Consultores. http://www.gspconsultores.net/pages/empresa.html
[16] Pymes Venezuela. Venesuministros, S.A. http://pymesvenezuela.com/ficha/venesuministros-ca-13722
[17] Linkedin. Jesús Gómez Camero. https://www.linkedin.com/in/jes%C3%BAs-g%C3%B3mez-camero-8b167238
[18] Fundación Propatria 2000. http://www.fp2000.gob.ve

jueves, 19 de abril de 2018

César Rincón Godoy, otro funcionario de PDVSA que se declara culpable de corrupción y lavado de dinero en E.E. U.U.

El juez Kenneth M. Hoyt  impuso una sentencia de dinero personal  en su contra por un monto de $ 7,033,504,71

Por Maibort Petit
@maibortpetit

César Rincón Godoy,  ex gerente general de la filial de compras de la empresa estatal Petróleos de Venezuela SA (PDVSA), se declaró culpable de participar en un esquema internacional de lavado de dinero que involucra el cobro de sobornos pagados por los propietarios de empresas con sede en Estados Unidos ante un juez de la Corte del Distrito Sur de Texas a funcionarios de la petrolera venezolana.  
En una declaración conjunta del Secretario de Justicia Auxiliar Interino de la División Penal del Departamento de Justicia, John P. Cronan; el Fiscal de los Estados Unidos del Distrito Sur de Texas,  Ryan K. Patrick y el Agente Especial a cargo de las Investigaciones de Seguridad Nacional de ICE y Aduanas de los EE. UU, Mark Dawson Field informaron que el exfuncionario había acordado declararse culpable de los delitos por los cuales se le acusa.

" Hoy César David Rincón Godoy (50) se declaró culpable en el tribunal federal de Houston de una acusación de conspiración para lavado de dinero", dice el comunicado. 

Rincón Godoy aceptó  los cargos frente al juez Kenneth M. Hoyt  quien le impuso una sentencia de dinero personal  en su contra por un monto de $ 7,033,504,71. Godoy aceptó la orden de decomiso de la corte. La sentencia está programada para el 9 de julio de 2018.

César Rincón Godoy fue arrestado en España en octubre de 2017 y posteriormente extraditado a los Estados Unidos después de que un gran jurado federal en el Distrito Sur de Texas aprobara una acusación de 20 cargos contra Rincón Godoy, Luis Carlos De León Pérez; Nervis Gerardo Villalobos Cárdenas; Alejandro Isturiz Chiesa; y Rafael Ernesto Reiter Muñoz. 

De acuerdo con las admisiones realizadas en relación con el alegato por el cual fue acusado César Rincón aceptó que entre enero de 2012 y junio de 2013, conspiró junto a De León, Villalobos, Istúriz, Reiter y otros funcionarios de PDVSA y sus subsidiarias, y ex funcionarios de otras agencias u organismos del gobierno venezolano, para solicitarles a los contratistas sobornos millonarios a cambio de proporcionar asistencia a esos proveedores en relación con su negocio de la petrolera estatal. 

Específicamente, César Rincón Godoy admitió haber aceptado sobornos del contratista Roberto Enrique Rincón Fernández, residenciado en The Woodlands, Texas, y de Abraham José Shiera Bastidas de Coral Gables, Florida, a cambio de realizar actividades para favorecer a los contratistas  "Cuando Rincón Godoy era gerente general de Bariven ayudó a las empresas de Roberto Rincon y Abraham Shiera a recibir prioridad de pago y recibir contratos adicionales de PDVSA" dice la declaración oficial. 

Rincón Godoy admitió -además- que luego conspiró con Roberto Rincón y Shiera para lavar y ocultar el dinero producto del esquema de soborno a través de una serie de transacciones financieras, incluidas transferencias a cuentas en los Estados Unidos y Suiza a nombre de terceras personas o entidades controladas por los miembros del esquema de corrupción. 

Previamente, tanto Roberto Rincón como Abraham Shiera se declararon culpables en el Distrito Sur de Texas de cargos bajo la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA) por sus respectivos roles en el esquema de soborno. Actualmente esperan la sentencia que está fijada para el 23 de agosto de 2018.

Como parte de su acuerdo de culpabilidad, César Rincón también admitió haber solicitado y recibido sobornos de otros propietarios de compañías de energía con sede en los Estados Unidos a cambio de ayudar a esas personas y sus empresas a ganar negocios con PDVSA y obtener el pago adelantado de las facturas frente a otros proveedores. César Rincón admitió haber conspirado con otros para blanquear al menos $ 7,033,504,71 en ganancias de varios esquemas de soborno en los que participó.

Los cargos contra De León, Villalobos, Isturiz y Reiter siguen pendientes. Cada uno de los cuatro individuos ​​restantes están acusado de un cargo de conspiración para cometer lavado de dinero y de uno o más cargos de lavado de dinero. De León y Villalobos también están acusados ​​de un cargo de conspiración para violar la FCPA. 

De León fue extraditado de España el 9 de marzo, y se ordenó que se lo detuviera en espera de juicio luego de una audiencia de detención ante el juez magistrado de los Estados Unidos Frances H. Stacy del Distrito Sur de Texas, celebrada el 10 de abril de 2018. Villalobos y Reiter permanecen en custodia de las autoridades  españolas en espera de la extradición. Alejandro Isturiz sigue prófugo de la justicia norteamericana.


César Rincón se convierte en el último sujeto en declararse culpable como parte de una investigación más amplia y en curso del gobierno de los EE. UU. realiza sobre este esquema de pago de sobornos en PDVSA que superó los 1000 millones de dólares  Incluyendo a Cesar Rincón, Roberto Rincón y Shiera, el Departamento de Justicia ha anunciado las declaraciones de culpabilidad de un total de 11 individuos en conexión con la investigación.




Conoce cómo Irán usó 'la construcción de viviendas para pobres en Venezuela' para violar las sanciones de los E.E. U.U.

La juez de distrito negó -por segunda vez- la solicitud de fianza hecha por los abogados del empresario iraní acusado de lavar el dinero del régimen iraní a través de proyectos de viviendas para la población de bajos recursos del gobierno venezolano.

Por Maibort Petit
@maibortpetit

En una audiencia celebrada este miércoles en la Corte del Distrito Sur de Nueva York, la magistrada Bárbara Moses negó la petición de libertad bajo fianza hecha por los abogados defensores del empresario iraní, Ali Sadr Hashemi Nejad acusado por los Estados Unidos de lavar millones de dólares al régimen iraní proveniente de Venezuela, y de violar las sanciones impuestas a la República Islámica de Irán por el gobierno estadounidense.

Solucionar la crisis habitacional en Venezuela se convirtió en el pretexto para realizar una serie de operaciones financieras que permitieron lavar millones de dólares que estaban destinados a las arcas iranés. Un intrincado esquema diseñado por el empresario y banquero persa, Ali Sadr Hashemi Nejad, facilitó la jugada destinada a evadir las sanciones de EE. UU. a la nación islámica.


Construir viviendas en Venezuela pareció ser la coartada perfecta para enmascarar las operaciones financieras del gobierno iraní y así evadir las sanciones impuestas a la nación persa por el gobierno de los Estados Unidos a raíz de su programa nuclear y las sospechas de la administración norteamericana de que se fabrican armas nucleares en secreto en la república islámica. El programa de misiles iraní desencadenó en 2016 una crisis que llevó a EE. UU. a imponer las medidas que luego, con la llegada de Donald Trump al poder se han incrementado. En reiteradas ocasiones, el presidente iraní Hassan Rohani ha advertido a Washington que no tolerará más exigencias fuera de las  en el acuerdo nuclear suscrito en 2015 al amparo del Grupo 5-1 (EE. UU., Rusia, China, Francia y el Reino Unido, miembros con derecho a veto en el Consejo de Seguridad de la ONU más Alemania), el cual se firmó con el objetivo de levantar las sanciones internacionales que regían contra el gobierno de Teherán.

Destaquemos que entre los años 2006 y 2010 el Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas, ONU, emitió en cuatro ocasiones sanciones a Irán por sus actividades de enriquecimiento de uranio (2006, resolución 1737; 2007, resolución 1747; 2008, resolución 1803;  2010, resolución 1929). En cada uno de estos capítulos, dichas sanciones se ampliaron e hicieron más complejas, dada la poca o nula cooperación del gobierno del entonces presidente, Mahmud Ahmadineyad, en el cumplimiento de sus obligaciones respecto al Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares y por no permitir la verificación internacional que permitiera comprobar que su industria nuclear tiene fines pacíficos[1].

No contaban con que el gobierno de los Estados Unidos activaría sus mecanismos de investigación a través de la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York y la oficina local del FBI, que coronarían con el arresto que se llevó a cabo el martes 20 de marzo del corriente año 2018 en Dulles, Virginia, del empresario iraní, Ali Sadr Hashemi Nejad, además propietario del banco maltés Pilatus Bankac, bajo la acusación de haber participado en un esquema diseñado para evadir las sanciones norteamericanas y encauzar más de USD 115 millones que formaban parte de los pagos por un contrato de construcción venezolano. Las citadas operaciones se realizaron a través del sistema financiero estadounidense, de acuerdo a lo informado por la fiscalía[2].

La noticia del arresto fue dada a conocer por las autoridades del Departamento de Justicia de EE. UU. que indicó que a Hashemi Nejad lo presentaron luego de su detención ante el Tribunal del Distrito Este del estado de Virginia. El caso se le asignó después al juez Andrew L. Carter de la Corte del Distrito Sur de Nueva York.

El empresario iraní enfrenta en dicho tribunal federal seis cargos que incluyen la conspiración para defraudar a los Estados Unidos, conspirar violar la Ley de poderes económicos de emergencia internacionales, fraude bancario, conspiración para cometer fraude bancario, lavado de dinero y conspiración para cometer lavado de dinero. Por tales delitos, el iraní se enfrenta a la posibilidad de pagar penas de hasta 30 años de prisión.

Sobre este asunto, la agencia Reuters informó[3] que la familia de Ali Sadr Hashemi Nejad controla el conglomerado iraní Stratus Group[4], el cual mantiene relaciones comerciales internacionales y fue el encargado de llevar a delante un proyecto de construcción de miles de viviendas en Venezuela, el cual estaba inscrito en el contexto de los acuerdos que Irán y Venezuela firmaron en los años 2004 y 2005.

La acusación refiere que Stratus Group acordó construir 7 mil viviendas[5] —el Complejo Fabricio Ojeda, en El Menito, estado Zulia— por una total de USD 476 millones[6], lo que hace deducir que cada unidad tenía un precio que se acerca a los USD 70 mil, una cantidad equivalente a poco más de 200 millones de bolívares, al cambio para la época.

El empresario, creó una red de empresas de maletín, así como cuentas bancarias, de tal manera de enmascarar las transacciones de Irán en Venezuela, procurando así burlar las sanciones de Estados Unidos.

El entramado empresarial diseñado por Sadr buscaba ocultar la participación de Irán como receptor de los pagos remitidos desde los Estados Unidos, lo cuales provenían de la empresa venezolana de energía e iban dirigidos a la Corporación de Vivienda Internacional iraní. El empresario y banquero se valió de entidades en Suiza y Turquía para ocultar la conexión iraní con los fondos, informaron los fiscales.

Los acuerdos

Pero hagamos una pausa para referirnos a la estrecha relación surgida entre los gobiernos de Venezuela e irán en tiempos en que gobernaba el finado Hugo Chávez y el expresidente Mohamed Jatami, cuando firmaron en agosto de 2004 un Acuerdo Marco de Cooperación que sirvió de base para establecer una serie de convenios en varios ámbitos, entre ellos el de construcción de viviendas a que hacemos alusión aquí. Jatami gobernó hasta 2005, pero con su sucesor, Mahmud Ahmadineyad, continuaron y se intensificaron los vínculos que aún se mantienen con el actual mandatario Hasan Rohani.

La alianza entre Irán y Venezuela nunca fue bien vista por el gobierno de los Estados Unidos que decidió en 2011, sancionar administrativamente a siete empresas internacionales, entre ellas Petróleos de Venezuela, S.A., PDVSA, por apoyar el sector energético de Irán[7].

Entre 1999, año de la llegada al poder de Hugo Chávez y 2006, se firmaron entre Irán y Venezuela, 86 acuerdos bilaterales en diversas materias, entre ellas los destinados a la construcción viviendas por parte de la nación iraní en territorio venezolano[8]. Refiere una nota del portal oficialista Aporrea.

El papel de Hashemi Nejad

Dentro de este contexto tuvo lugar el contrato que suscribieron en 2006, de acuerdo a lo que reza la acusación ante la Corte del Distrito Sur de Nueva York, los gobiernos de Venezuela e Irán con el objetivo de construir miles de casas en la nación suramericana.

El contrato se firmó entre una empresa energética estatal venezolana que se cree sea una empresa mixta de Petróleos de Venezuela, S.A. y Stratus Group, un conglomerado iraní controlado por Sadr y su familia que en 2006 incorporó una compañía en Teherán que para entonces se llamaba Corporación de Vivienda Internacional Iraní (IHC), que fue la que firmó con la subsidiaria de PDVSA y fue responsable de desarrollar el proyecto consistente como ya lo hemos referido, en la construcción de 7 mil viviendas por USD 476 millones, según reflejan documentos que reposan en la Corte. Una simple operación matemática revela que cada unidad tuvo un costo de USD 68.000 equivalentes al equivalente a un poco más de 200 millones de bolívares, según el cambio del dólar en 2006.

Stratus Group creó el llamado “Comité Ejecutivo del Proyecto Venezuela” para supervisar la ejecución de la obra, del cual Ali Sadr Hashemi Nejad formó parte y era responsable de administrar las finanzas del proyecto. En esa tarea fue que diseñó el esquema que permitió ocultar la participación de Irán como destinatario de los pagos en dólares ejecutados a través del sistema financiero norteamericano. El objetivo era evadir las sanciones de Estados Unidos.

En el 2010 —se narra en la acusación— Hashemi Nejad  junto a un coconspirador se valieron de pasaportes de las islas del caribe San Cristóbal y Nieves, así como de una dirección en los Emiratos Árabes Unidos para crear dos entidades fuera de Irán, a saber una Suiza de nombre “Clarity Trade and Finance”[9] y otra en Turquía llamada “Stratus International Contracting, JS”[10] o “Stratus Turkey” o “Straturk”. Estas empresas, controladas por Sadr y su familia en Irán, tenían como misión recibir pagos en dólares por el proyecto de viviendas en Venezuela.

Lo que vino después fue que Sadr y otros involucrados realizaron un conjunto de operaciones  financieras internacionales a través de las citadas empresas —Clarity y Stratus Turkey— que tenían como beneficiarios a entes en Irán, ocultando así el nexo con los pagos y en violación de las sanciones económicas de los Estados Unidos.

Se conoció a través de los documentos del tribunal, que entre abril de 2011 y noviembre de 2013, las empresas bajo control de la dirección de Ali Sadr Hashemi Nejad llevaron a cabo unos 15 pagos a la Corporación de Vivienda Internacional a través de Stratus Turkey o Clarity. Estos pagos sumaban USD 115 millones de dólares. La estrategia diseñada por Sadr y sus socios, consistía en ordenar que los pagos se realizaran a través de bancos en los Estados Unidos a las cuentas bancarias de Stratus Turkey o Clarity.
En su mayoría, los fondos fueron transferidos a otra entidad offshore con sede en las Islas Vírgenes Británicas, incorporada por Sadr en 2009. Del mismo modo se supo que el 1° de febrero de 2012, Clarity Trade and Finance transfirió más de dos millones de dólares de los fondos del proyecto a los Estados Unidos, los cuales tuvieron como destino la compra de inmuebles en California según los documentos oficiales.

A Ali Sadr Hashemi Nejad le venían siguiendo los pasos los investigadores federales de Estados Unidos desde 2013, según reveló un reporte del organismo federal que estableció que el esquema criminal comenzó a operar en 2004, a la fecha de la firma del Acuerdo Marco entre Venezuela e Irán en el que se contemplaba la cooperación en áreas de interés común. Ya en 2005 los gobiernos de ambas naciones complementaron el pacto al rubricar un “Memorando de Entendimiento” que tenía que ver con un proyecto de infraestructura en Venezuela, específicamente la construcción de miles de unidades de vivienda.

Pilatus Bank

El banco maltés Pilatus Bank[11] del que es propietario Ali Sadr Hashemi Nejad, es una entidad que se encuentra en el ojo del huracán por los escándalos de corrupción en los que se ha visto envuelto y que fueron reiteradamente denunciados por la periodista Daphne Caruana Galizia, quien fue asesinada en un atentado con un carro bomba en octubre de 2017[12] después de haber hecho sus revelaciones. Una circunstancia que ha dirigido las miradas hacia Sadr.

Pues bien, en atención a las denuncias de Caruana Galizia, las autoridades de Malta a través del ente regulador bancario tomaron el control de la entidad y congelaron todas las transacciones para clientes, ejecutivos y accionistas del Pilatus Bank luego del arresto y acusación de Ali Sadr, informó The Guardian[13].

La nota del periódico británico refiere que el Pilatus, entidad que reportó 308 millones de dólares en activos en 2016, era conocido en Malta por haber tenido cuentas de un alto funcionario del gobierno del primer ministro, Joseph Muscat, y miembros de la familia gobernante de Azerbaiyán. Añade que la Autoridad de Servicios Financieros de Malta anunció la destitución de Sadr como director del banco.

Por cierto, a Ali Sadr Hashemi Nejad también se le vinculó con el asesinato de la periodista con la que el banco de su propiedad mantenía un litigio a raíz de sus señalamientos. Caruana Galizia escribió varios artículos en los que aseguraba que el Pilatus Bank y Ali Sadr facilitaban actividades políticas corruptas y lavado de dinero, acusaciones que los denunciados negaron y demandaron a la comunicadora por difamación.

El Pilatus Bank fue investigado detalladamente en 2016 por parte de la agencia antilavado de dinero de Malta, FIAU, la cual en un informe dijo que el banco mostraba una "indiferencia flagrante, posiblemente deliberada" ante los controles de blanqueo de capitales.

En la acusación penal que contra Ali Sadr Hashemi Nejad se sigue en la Corte del Distrito Sur de Nueva York, el banco Pilatus Bank no fue mencionado, ni las autoridades de Estados Unidos lo han señalado de malas actuaciones en virtud de que dicha entidad bancaria fue constituida en enero de 2014 y la investigación contra Sadr comprende hechos ocurridos entre 2006 y el citado 2014. Sin embargo se advierte que Hashemi Nejad, aun después de esa fecha, continúa involucrado en la conspiración para evitar las sanciones a Irán.

Hay que advertir que Ali Sadr Hashemi Nejad y otras persona de nacionalidad iraní se han valido de las facilidades que la firma de planificación de ciudadanía Henley & Partners brinda para que ellos pudieran ocultar su origen a las autoridades de Estados Unidos a través de la compra de ciudadanías en el área del Caribe, específicamente en las islas de San Cristóbal y Nevis (ya hicimos mención de esto) que les otorgaron pasaportes. Arropados con esta nacionalidad y habiendo registrado su residencia en Dubai, Sadr creó las empresas a que hemos hecho referencia líneas arriba (Clarity Trade and Finance y Stratus International Contracting, JS) que usaron para recibir el dinero lavado Venezuela y que se transfirió a través de operaciones en el banco estadounidense JP Morgan. Esto había sido denunciado por Daphne Caruana Galizi.

Así que, aparte de la las investigaciones que se siguen en los Estados Unidos sobre la trama urdida para legitimar los capitales iraníes con epicentro en Venezuela, otra averiguación podría tomar curso en Europa sobre las operaciones que desde el Pilatus Bank se efectuaron y que significarían la constitución de un amplio expediente de crímenes financieros con el objetivo de legitimar capitales irregulares[14].

Más sobre los acuerdos entre Irán y Venezuela

Pero la alianza entre Venezuela e Irán y los 30 mil millones de dólares que ella ha generado siguen levantando sospechas y, por ello, no dejan de estar en la mira de las autoridades mundiales, especialmente las estadounidenses.

Fue allí donde un venezolano, Martin Rodil, comenzó a indagar acerca de la trama que desde el sistema financiero venezolano se ha utilizado para dar forma a un subsistema financiero iraní dice un reportaje publicado en Bloomberg.com el 16 de diciembre de 2016.

Comenzaron las averiguaciones y Rodil, quien había trabajado anteriormente en la petrolera venezolana, llamó a un amigo quien le informó que PDVSA había contratado con empresas iraníes para desarrollar un proyecto de construcción de viviendas en Venezuela. Este le entregó una serie de documentos y lo puso en contacto con un ingeniero de la estatal venezolana que se convirtió en pieza clave de la investigación de la Fiscalía de Estados Unidos.

Tiempo después, Martin Rodil comenzó a trabajar como consultor con el exembajador de Estados Unidos en la OEA y ex Subsecretario de Estado para Asuntos del Hemisferio Occidental durante la presidencia de George W. Bush, Roger Noriega. Los hallazgos de las investigaciones de Rodil y Hanan fueron presentados por estos a otras instancias a objeto de que se ahondara en las investigaciones.

Rodil revela que una investigación de una consultoría privada de un cliente acerca del sistema financiero venezolano les permitió descubrir por casualidad la realidad de lo que estaba pasando. “Se descubrió la presencia iraní y operaciones financieras iraníes. A partir de allí se generó una investigación formal, que se convirtió hoy en el proyecto del American Enterprise Institute”, dijo al tiempo que comentó que en cinco años y medio la balanza comercial entre Irán y Venezuela pasó de prácticamente nada a 30 mil millones de dólares. “Si anuncian una refinería y al final no construyen ni una farmacia, y el dinero pasa igual por las transacciones financieras, eso significa que el dinero se utiliza para otra cosa”, advierte.

Agrega que “Irán ha logrado construir una plataforma financiera en Venezuela, paralela  a la plataforma que existía en el país (…) Crearon su propio sistema financiero dentro del sistema financiero venezolano. Ellos operan internamente con sus bancos y agencias de valores y cuando tienen el dinero estructurado, lo trasladan al sistema financiero venezolano, que tiene relación con el sistema financiero mundial, producto de la industria petrolera”.

Citó el ejemplo del Banco Internacional de Desarrollo que en Venezuela se llama Banco Universal, y que aun teniendo licencia para operar con cualquier producto financiero, no posee ni una sola agencia que reciba dinero del público y se dedica solamente a captar dinero de las empresas iraníes establecidas en Venezuela.

Reveló que el gobierno venezolano chantajea a los banqueros que rechazan transacciones financieras iraníes y los amenaza con retirar sus fondos de sus entidades, algo que los llevaría a la quiebra.

Por el momento habrá que esperar el curso de los acontecimientos para ver en qué para el proceso judicial que se ha iniciado contra Ali Sadr Hashemi Nejad, cuyo banco ha cesado operaciones en Malta y ahora permanece tras las rejas en Nueva York y se ha declarado inocente de los hechos que se le imputan. Por lo pronto, esta madeja apenas comienza a desenredarse.

Seguiremos informando

Notas 

[1] Aserne Venezuela. “Terrorismo: Irán El socio bloqueado”. 16 de octubre de 2011. http://aserne.blogspot.fr/2011/10/terrorismo-iran-el-socio-bloqueado.html

[2] El Nacional. “Preso empresario iraní por evadir sanciones con contrato en Venezuela”. 20 de marzo de 2018. http://www.el-nacional.com/noticias/mundo/preso-empresario-irani-por-evadir-sanciones-con-contrato-venezuela_227713

[3] Reuters. “U.S. arrests Iranian over alleged $115 million sanctions evasion scheme”. 20 de marzo de 2018. https://www.reuters.com/article/us-usa-iran-crime/u-s-arrests-iranian-over-alleged-115-million-sanctions-evasion-scheme-idUSKBN1GW32E

[4] Stratus Group. http://stratusholding.com/Web/Stratus/EnDefault.aspx

[5] Stratus Group. Gallery/Other Projects. http://stratusholding.com/en/Gallery/24

[6] Stratus Group. Gallery/Other Projects. http://stratusholding.com/en/Gallery/24

[7] 20 minutos. “Chávez y sus polémicas alianzas”. 6 de marzo de 2013. https://www.20minutos.es/noticia/1749952/0/chavez/polemicas/alianzas-venezuela/

[8] Aporrea. “Más de 80 acuerdos entre Irán y Venezuela preceden visita de Chávez a Teherán”. 28 de julio de 2006. https://www.aporrea.org/actualidad/n81447.html

[9] Yelp. Clarity Trade & Finance. https://www.yelp.com/biz/clarity-trade-and-finance-gen%C3%A8ve-2

[10] Stratus International Contracting. http://www.stratusgc.com/Sp_main.aspx

[11] Pilatus Bank. http://www.pilatusbank.com/index.html

[12] El País. “Muere al estallar su coche una periodista que investigaba la corrupción del Gobierno maltés”. 17 de octubre de 2017. https://elpais.com/internacional/2017/10/16/actualidad/1508171781_570535.html

[13] The Guardian. “Authorities seize control of bank at center of Malta corruption scandal”. 22 de marzo de 2018. https://www.theguardian.com/world/2018/mar/21/iranian-banker-malta-corruption-scandal-money-laundering-charges


[15]  Martin Rodil, el hombre tras la investigación de EEUU sobre lavado de capitales Irán-Venezuela”. 16 de diciembre de 2016. https://www.bloomberg.com/news/videos/2016-12-12/meet-martin-rodil-washington-s-venezuela-fixer

[16] La Razón. “Irán maneja los bancos de Chávez”. 29 de septiembre de 2012. https://www.larazon.es/historico/6903-iran-maneja-los-bancos-de-chavez-ULLA_RAZON_490962#.Ttt1f6nXKFiNnSk