jueves, 30 de marzo de 2017

Ratifican fecha de sentencia de empresarios procesados por corrupción en EEUU, Roberto Rincón y Abraham Shiera

Por Maibort Petit
@maibortpetit

La Corte del Distrito Sur de Texas ratificó mediante un memorando la fecha de la sentencia de los empresarios venezolanos, Roberto Enrique Rincón Hernández y Abraham José Shiera-Bastida para el 14 de julio de 2017 a las 10:00 AM.

En el documento, el juez del Distrito Sur de Texas, Gray H. Miller dió a conocer un calendario procesal que incluye las fechas para los procesos previos a la condena de los empresarios, ligados al gobierno de Hugo Chávez y Nicolás Maduro, hallados culpables de conspirar para violar la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero y de participar en un esquema de negocios corrupto, que implicó el pago de sobornos para obtener contratos millonarios con la petrolera estatal venezolana PDVSA.

En el calendario se señala que el reporte final de la investigación del caso Rincón-Shiera estará a disposición de los acusados el 2 de junio de 2017.

Los abogados de la defensa deberán objetar por escrito  los hechos utilizados y la aplicación de las directrices o hacer una declaración de que no hay objeción antes del 16 de junio de 2017

El oficial de libertad condicional deberá someter al juez los informes finales de la presentación con un addendum que aborde las ediciones contestadas antes del 30 de junio de 2017.

Todas las mociones, memorandos de sentencia y cartas de apoyo deberán ser presentadas a más tardar el lunes anterior a la sentencia para ser considerada.

La lectura de la sentencia se llevarán a cabo el 14 de julio de 2017 a las 10:00 a.m.

miércoles, 29 de marzo de 2017

Se inicia en Miami proceso judicial contra socio de un miembro clave del Cártel de los Soles

Por Maibort Petit
@maibortpetit

Esta semana fue presentado en la Corte del Distrito Sur de la Florida Wilter Neptalí Blanco Ruíz, líder del cártel del Atlántico, una organización de narcotraficantes hondureños que tiene relación con Roberto de Jesús Soto García, supuesto miembro del Cártel de los Soles y socio de los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela, hallados culpable de delitos de narcotráfico en un tribunal de Nueva York.

Blanco Ruíz fue extraditado desde Costa Rica a Miami el 15 de marzo de 2017 y es acusado de conspirar para traficar 5 o más kilogramos de cocaína desde Honduras a los Estados Unidos entre los años de 1999 hasta 2016. Fue presentado en la corte el 17 en una audiencia que apenas duró 3 minutos.

La acusación contra Blanco Ruíz fue presentada por el fiscal del Distrito Sur de la Florida, Wilfredo A.Ferrer.
De acuerdo al documento de la fiscalía de Miami, las acusación contra Blanco Ruíz está soportada por una serie de evidencias provenientes de una investigación que incluye entrevistas de testigos y conspiradores, e información obtenida de informes y exámenes de pruebas incautadas desde 1999. 

La acusación señala que Blanco Ruíz violó el título 21 de los Estados Unidos, en las Secciones 959 y 963.
Asimismo, dice que en 2015, las autoridades norteamericanas capturaron a un conspirador (CC1) que estuvo asociado al acusado en Honduras y quien decidió entrar en un acuerdo de cooperación con el gobierno norteamericano para asegurar una sentencia menos severa.

De acuerdo al documento, el conspirador cooperante (CC1) declaró que a principios de 2015 ayudó en el transporte y distribución de más de 2.000 kilogramos de cocaína y que Blanco Ruíz le pagó por su participación en los embarques. 

CC1 declaró que él y otros conspiradores se reunían en Colombia, y preparaban buques colombianos propiedad de Blanco Ruíz con cargamentos de cocaína que enviaban a Honduras.

El conspirador cooperante afirmó que participó en actividades de narcotráfico bajo las órdenes de Blanco y que el acusado estuvo presente en Honduras cuando sacaban la cocaína de los buques. Informó que Blanco tenía armado el equipo de supervisión del proceso de desembarque de la cocaína y que después de haber sido exportada, la droga era transportada a una propiedad que Blanco controlaba para continuar el camino hacia los EEUU.

Se hace mención en el documento que en la primavera de 2016, las autoridades allanaron un laboratorio de cocaína oculto en Honduras donde se procesaban unos 235 kilogramos de cocaína. Las autoridades encontraron químicos, escalas e instrumentos para presar la sustancia y empacarla.

Señala que alrededor de 2016, sabiendo que las autoridades de los Estados Unidos lo estaban buscando para arrestado, Blanco estableció una línea de comunicación con los agentes de la DEA localizados en Centroamérica a través de mensajería de texto de Blackberry. Las comunicaciones entre Blanco y los agentes DEA se registraron y almacenaron.

Desde el día 14 de abril de 2016, Blanco discutió temas relacionados con la droga y señaló que dos navíos de su propiedad fueron capturados por la marina de guerra hondureña.

En una conversación por  BBM, alrededor del 3 de mayo de 2006, Blanco declaró que participaba en la distribución de los alcoholes que utilizaba para preparar la droga, y que la cocaína se manufacturaba  en un inmueble de su propiedad en Honduras.

También discutieron con un segundo testigo cooperando de la DEA, infiltrado en al organización, que estaba confirmando el recibo de los envíos de droga en Costa Rica provenientes de Colombia y cuyo destino final era los Estados Unidos. 

Abogado norteamericano

Blanco Ruíz será representado a lo largo del proceso por el abogado, Víctor E. Roche. La próxima aparición pública del líder del Cártel del Atlántico será el viernes 31 de marzo de 2017 a las 10 AM.

El cártel del Atlántico


La organización que dirigió Blanco Ruíz es una de las más grandes y mejor organizadas de Honduras motivado, entre otros factores, a las supuestas conexiones del grupo con militares de alto rango, policías y políticos de ese país.


De acuerdo al documento de la fiscalía, el cártel del Atlántico opera en los departamentos de Gracias a Dios, Colón, Islas de la Bahía y Atlántida, donde controla las rutas más importantes del tráfico de drogas.

La acusación asegura que Wilter Blanco ha participado en el narcotráfico desde por lo menos 1999 hasta 2016. El narcotraficante se movía con facilidad en la región oriental de La Mosquitia, Honduras.

Agrega que el acusado poseía en Honduras varias empresas de exportación de mariscos a través de las cuales también enviaba cocaína. Blanco era dueño de varias propiedades de lujo, llevaba una vida llena de excesos y se caracterizaba por hacer costosas fiestas a donde asistían policías de alto rango, fiscales, políticos y hasta jueces.

A Blanco Ruíz se le acusa de supuestamente haber ordenado el asesinato del jefe de la policía antidrogas de Honduras, Julián Arístides González, y a su subalterno, Gustavo Landaverde Hernández. Los dos asesinatos no fueron investigados y nadie fue castigado.

Algunas de las propiedades de Blanco fueron confiscadas por el gobierno hondureño en abril de 2015, cuando se intentaba acabar con las operaciones del poderoso cártel. La fortuna del acusado era inmensa, poseía yates, carros de lujo y deportivos, mansiones, apartamentos ubicados en los departamentos de Colón, Atlántida entre otros. las incautaciones superaron los 140 inmuebles.

El gobierno de los Estados Unidos estaban tras la pista de Wilter Blanco Ruíz acusado de conspiración para traficar droga a territorio estadounidense y a su vez, las autoridades hondureñas lo buscaban por delitos relacionados con blanqueo de capitales.

Blanco fue detenido en septiembre de 2016 en Honduras pero fue liberado de manera sorpresiva y muy sospechosa. Ese mismo año, los Estados Unidos informaron al gobierno hondureño que Blanco Ruíz era objeto de investigación junto a sus asociados, incluyendo policías, militares, jueces y fiscales.

Según la acusación, la organización criminal dirigida por Blanco Ruíz tiene asociación con varios cárteles que operan en Honduras y fuera del país centroamericano. Señala que entre los cárteles está el de los Hermanos AA y el conocido como El Rojo.

Blanco fue capturado por la policía antinarcóticos de Costa Rica en noviembre de 2016 y luego de haberse cumplido todos los trámites de rigor, fue entregado a los Estados Unidos para ser juzgados por sus crímenes en el estado de la Florida. Su proceso en la corte del Distrito Sur de la Florida se inició en 17 de marzo de 2017.

Relacionado con socio del Cártel de los Soles

El cártel de Blanco Ruíz ha sido vinculado al hondureño Roberto de Jesús Soto García, un hombre que es coacusado en el caso de los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela, Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas, hallados culpables por un jurado en Nueva York de conspirar para traficar 800 kilos de cocaína desde Venezuela hacia los EEUU, vía Honduras.

Soto García también es acusado de ser miembro clave de la organización criminal el Cártel de los Soles, conformada supuestamente por militares del alto rango pertenecientes a las Fuerzas Armadas Bolivarianas de Venezuela.

Soto García está en proceso de extradición desde Honduras a los Estados Unidos. Fue arrestado en Flower Bay en la isla de Roatán, octubre de 2016 .


sábado, 25 de marzo de 2017

Demanda contra los "Bolichicos" continuará siendo discutida en la corte de apelaciones de NY

Por Maibort Petit
@maibortpetit

La posibilidad que la demanda contra los dos empresarios dueños de Derwick Associates Corp., interpuesta por el exembajador Otto Reich, regrese al tribunal neoyorquino quedó pendiente en la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito, tras haberse iniciado la primera audiencia tuvo lugar el 10 de marzo, y donde la parte demandante pidió al panel de jueces aceptar la querella que inicialmente fue desestimada porque no correspondía a la jurisdicción de la ciudad de Nueva York. La próxima se realizará en el mes de mayo de 2017.


El panel, conformado por los jueces de Circuito, Christopher F. Droney, Dennis Jacobs y Timothy Stanceu, escuchó los argumentos del nuevo abogado de Otto Reich, Jeffrey Ernest Grell, quien intentó convencerlos que los supuestos delitos cometidos por los demandados, Leopoldo Alejandro Betancourt López y Pedro Trebbau López tenían suficiente vinculación con Nueva York.

La parte demandante explicó que los acusados tienen propiedades y conducen negocios en la ciudad de Nueva York desde hace varios años, lo que al parecer será considerado por los jueces.

La demanda afirma que Reich resultó perjudicado desde el punto de vista financiero y en su reputación, por los empresarios como resultado de versiones falsas difundidas por ellos, según las cuales, el ex embajador trabajaba para Derwick, una firma conocida por sus conducta dolosa y fraudulenta. Según alegaciones, dos clientes de Otto Reich Associates LLC (Banco Venezolano de Crédito y el y el banquero venezolano Eligio Cedeño) cancelaron los contratos de asesoría por las afirmaciones de los empresarios demandados, lo que trajo como resultado la pérdida de dos clientes de dicha empresa, y por ende una pérdida patrimonial importante.

Reich asegura en la demanda que Betancourt López y Trebbau hacen negocios fraudulentos  en Nueva York y que la empresa de ambos, Derwick Associates Corp,  paga sobornos a funcionarios del gobierno venezolano para asegurarse contratos millonarios sin licitación.

Grell explicó que los demandados ​​intentaron sobornar a su cliente para que hiciera servicios de consultoría para Derwick. Cuando el ex diplomático rechazó la oferta, los acusados suministraron al representante de un banco -que era cliente de la firma de Reich- falsa información que conllevó a la pérdida del contrato de dicha empresa. 

En respuesta a la acción criminal, Reich y su compañía demandaron a Betancourt y Trebbau en 2013  bajo la provisión de la Ley contra la extorsión criminal y las organizaciones corruptas, o RICO por sus siglas en inglés. Dicha demanda fue desestimada luego que el tribunal neoyorquino concluyera que no tenía jurisdicción sobre los dos acusados.

De acuerdo al nuevo abogado de Reich, Jeffrey Ernest Grell el tribunal de distrito tomó una decisión equivocada sobre los cargos de los que son acusados los dueños de Derwick. Explicó que los demandados intentaron cometer soborno, lo cual es penado por la ley de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero. Asimismo, Grell dijo que las comunicaciones hechas supuestamente por los acusados, donde suministraron información falsa y difamatoria contra Reich, viola la ley RICO. 

Grell aseguró que los dos demandados cometieron el crimen en la ciudad de Nueva York y por tanto el tribunal sí tiene jurisdicción sobre el caso. 

Uno de los aspectos que llamó la atención del juez Christopher F. Droney fue el hecho del tiempo que transcurrió entre los intentos de soborno por parte de los empresarios y las llamadas hechas por ambos al banco, que era cliente de Reich. Destacó el magistrado que entre ambos hechos había transcurrido dos años.

Por su parte el juez Dennis Jacobs no consideró que los cargos en la demanda coincidían, ya que no tenían un propósito común, ni víctimas comunes. A pesar de la poca aceptación que mostraron los jueces a los argumentos de la parte demandante, admitieron que estaban dispuestos a escuchar los argumentos con los cuales Grell buscaba dejar claro la relación de los cargos contra los dueños de Derwick y que es Nueva York la jurisdicción para ser juzgados. 

Los acusados, Leopoldo Alejandro Betancourt López estuvo representado por los abogados Frank H. Wohl y Jonathan D. Lamberti del escritorio jurídico Lankler Siffert & Wohl LLP, mientras que Pedro Trebbau López fue asistido por  Joseph A. DeMaria de la firma Fox Rothschild LLP.

El  abogado de Betancourt López hizo un esfuerzo para desestimar los argumentos presentados por la parte acusadora, inclusive se atrevió a decir que Reich no tenía autoridad para acusar a su cliente en la corte. Dijo que el caso no tenía lugar en el tribunal porque no había nada que reclamar.

Por su parte el defensor de Trebbau López aseguró que el caso no debía ser considerado porque no hay nada que defender, ya que no hay delito alguno.

Joseph DeMaria, que representaba a Trebbau, dijo que los argumentos en contra de su cliente en la apelación eran tan escasos que no había "nada que defender". El tribunal de distrito dio derecho a la idea de que tenía jurisdicción sobre Trebbau, T poseer cualquier propiedad en Nueva York, dijo.

viernes, 24 de marzo de 2017

Sobrinos de Nicolás Maduro serán sentenciados el 26 de junio de 2017

Por Maibort Petit
@maiborpetit

La Corte del Distrito Sur de Nueva York anunció este viernes que Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas serán sentenciados el 26 de junio de 2017, a la vez que negó todas las solicitudes hechas por la defensa de los dos sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela.

Campo Flores y Flores de Freitas fueron arrestados en Puerto Príncipe el 15 de noviembre de 2015, acusados de conspirar para importar 800 kilos de cocaína desde Venezuela a los EEUU, usando para ello la rampa presidencial del aeropuerto internacional Simón Bolívar de Maiquetía. La droga alta pureza era provenientes del grupo terrorista colombiano Farc.

Los sobrinos presidenciales fueron hallados culpables de dos delitos por un jurado de Nueva York el 18 de noviembre de 2016, luego de nueve días de juicio en el que testificaron agentes de la DEA, testigos cooperantes y funcionarios que participaron en la operación que tuvo lugar en tres países, Venezuela, Honduras y Haití.

El juez Paul Crotty negó la solicitud hecha por la defensa de Campo y Flores de realizar un nuevo juicio o de emitir una sentencia absolutoria.

Se conoció que la defensa de los sobrinos del presidente venezolano Nicolás Maduro se prepara para llevar el caso a la Corte de Apelaciones del Segundo Distrito 15 días después que la sentencia sea leída.

Los acusados enfrentan una condena que va de 15 años a cadena perpetua.

miércoles, 22 de marzo de 2017

Contratista de Pdvsa , acusado de corrupción, vinculado a un escándalo de 3 menores en el estado Vargas

El abogado de Castillomax Oil & Gas, es familiar de una juez de menores del Estado Vargas, quien habría violado la Lopna para complacer a Miguel Á. Castillo Lara en al entrega irregular de la custodia de sus hijos.

Por Maibort Petit
@maibortpetit

La publicación de una parte de las evidencias que prueban los sobornos pagados por las empresas Castillomax Oil & Gas, Guevara Trading Company y NF a funcionarios de Pdvsa, en especial al ex gerente de la terminal José, Jesús Cornelio Osorio para lograr contratos con sobreprecio, inundó mi correo electrónico con información escandalosa sobre el empresario ligado al gobierno venezolano, Miguel Angel Castillo Lara.  Corroborando parte de la información recibida, se constató que Castillo Lara, usando sus contactos y recursos económicos, consiguió que una juez del estado Vargas decidiera a su favor para quitarle la patria potestad de sus tres hijos a su exesposa, a quien -incluso- había golpeado, por lo cual fue denunciado ante el tribunal. Ver documento original aquí.
De acuerdo a la documentación del tribunal, Castillo Lara es objeto de una investigación penal que tiene lugar en la Fiscalía 4ta del Ministerio Público del Estado Vargas, en la que se lo señala de cometer violencia de género, violencia psicológica y acoso en contra de su ex esposa y madre de tres hijos.

Una jueza complace a Castillo Lara en Vargas

Según documento del citado tribunal, en marzo de 2016, la jueza segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, María Eugenia Bedoya González, dictaminó que la ex esposa de Castillo Lara ya no tendría la guarda y custodia de sus hijos de uno, tres y 7 años de edad.

De acuerdo a los abogados que defendieron a Arlene Rodríguez (ex esposa), la decisión de la jueza Bedoya González contravino el debido proceso, el derecho a la defensa y lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, LOPNA, que en su artículo 360 establece que los niños menos de 7 años no pueden ser separados de su madre.

En aquel momento, los especialistas aseguraron en un comunicado público que la jueza Bedoya González desatendió el mandato de la LOPNA en el proceso de divorcio de la susodicha Arlene Rodríguez y Miguel Ángel Castillo Lara.

Dice el comunicado que "Sin prueba alguna y alterando el orden jurídico, Bodoya González tomó la despreciable decisión de separar a los niños de su madre, al igual que cercenó el derecho a la defensa de Arlene Andreina Rodríguez González de su legítimo derecho a la defensa y el debido proceso como lo estipula la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 49".

Igualmente, la Juez Provisorio del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, desestimó la orden que dicta el artículo 80 de la LOPNA de escuchar el testimonio de los niños antes tomar una decisión y, al mismo tiempo escuchar la opinión de un equipo de profesionales multidisciplinario sobre el caso en cuestión.

Más adelante, los abogados de Rodríguez señalaron que "No conforme con las irregularidades ya señaladas, la jueza Bedoya González incurrió en otros vicios, como la alteración de los lapsos procesales, la negativa a entregar el expediente, la alteración de las actas, actuar con parcialidad y discriminación al atender extremadamente rápido en las peticiones de la otra parte y negar todas las peticiones de la madre, dejando más que evidenciada la clara parcialidad con el accionante Miguel Ángel Castillo Lara".

Parte de los alegatos de Miguel Castillo en contra de Arlene Rodríguez y de los que la jueza María Eugenia Bedoya González, se hizo eco, fue la publicación de unas fotografías en su cuenta de la red social Facebook a las que atribuye un carácter inmoral cuando en las mismas no hay nada que suponga un mal ejemplo o carácter impropio.

Sin especificar cómo esa serie de fotos constituían una violación de la ley, la juez ordenó borrarlas de la cuenta Facebook al tiempo de atribuirles un carácter de prueba sin que se explicara para nada su naturaleza, ni cómo afectaba a los menores, ni porqué determinaban la sentencia adoptada, dicen los defensores.

"En tal sentido, la comunidad de padres y representantes de la institución educativa en la que estudiaba la mayor hija de la pareja salió en defensa de Arlene Rodríguez y negó que la niña fuera objeto de bullying por las fotos de su madre en las redes sociales como sostuvo Miguel Castillo y la jueza lo secundó", señala el comunicado.

Para ese momento, Rodríguez acusó formalmente a Miguel Ángel Castillo Lara de acoso y de valerse de su posición económica y vínculos con el poder para mantener en constante zozobra a la madre y abuelos maternos. Los padres de la mujer pidieron protección a las autoridades, tal como se puede leer en el documento de la corte. Ver aquí.

Igualmente, Miguel Castillo Lara amenazó en marzo de 2016 con sacar a los niños del país, al tiempo que Rodríguez intentó recusar a la juez Bedoya González por actuar fuera de la ley.

Nuevamente, Miguel Castillo Lara hizo uso de su poder e influencias políticas para que las decisiones del Tribunal Superior en la que cursaron ambas acciones legales, resultaran en su favor, aseguraron los abogados de Rodríguez.

El caso no ha concluído

La defensa de Rodríguez  denunció a la juez y llevó el caso a instancias superiores en los meses siguientes a la decisión contraria a derecho.

Los abogados, conscientes de las injusticias del caso, prepararon una fundamentación que reforzó la denuncia ante la dirección de corrupción de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) contra la juez Segundo de Sustanciación y Mediación del Tribunal de Protección del estado Vargas, Bedoya González por el caso de los 3 menores que separó de su madre.

La denuncia obedece a los presuntos nexos de familia que unen a la juez Bedoya González con el abogado Darling Alexander Hernández Guerrero, quien es el vínculo entre la juez y el contratista de Pdvsa, Miguel Angel Castillo Lara. Hernández Guerrero es, a la vez el representante legal de la empresa Castillo Max Oil & Gas. 

La denuncia presentada al DEM incluye otras irregularidades relacionadas con este sonado caso del tribunal de menores del estado Vargas.



martes, 21 de marzo de 2017

'El Chapo' Guzmán: juez señala que investigarán a extranjeros que estén en equipo de defensa del cártel

El juez Brian Cogan de la corte federal de Brooklyn estableció que ese riesgo es “significativo” debido al historial de Guzmán de contratar a especialistas para expandir su negocio de tráfico de drogas.

Por Maibort Petit
@maibortpetit

El juez federal de Brooklyn, Brian Cogan advirtió este martes que los ciudadanos extranjeros que deseen ser parte del equipo de la defensa del narcotraficante Joaquín (El Chapo) Guzmán deben pasar un chequeo por parte de las autoridades norteamericanas, para evitar que sean miembros del cártel de Sinaloa y tengan acceso a pruebas confidenciales.

La solicitud hecha por la fiscalía en el mes de febrero advertía sobre la posibilidad que miembros del cártel de Sinaloa, a través de los abogados mexicanos, puedan acceder a información clasificada que incluye nombres de los testigos que el gobierno de los Estados Unidos usará en el juicio contra Guzmán. Los fiscales federales aseguraron en un documento que tenían temor porque la organización criminal del acusado estaba buscando llegar a los testigos para asesinarlos.

Por Ley la fiscalía debe entregar a la defensa una parte de las pruebas que usarán en el juicio, en la llamada etapa de descubrimiento. La fiscalía quiere que ese material sea protegido, en especial, las declaraciones de los testigos que alcanzan a unos 40 ciudadanos. "Esa información debe ser protegida y no puede ser difundida más allá de Guzmán y sus abogados".

De acuerdo a los federales, las precauciones son necesarias debido a la "capacidad previamente demostrada" de Guzmán para la intimidación de los testigos, la violencia y la obstrucción en la aplicación de la ley.

Una de las medidas solicitadas fue la aprobación previa de extranjeros que buscan unirse al equipo de defensa de Guzmán.

El juez Brian Cogan dijo que dado el presunto pasado de Guzmán, existía un riesgo significativo de que sin un "chequeo apropiado", abogados o investigadores extranjeros pudieran ser miembros o asociados del temible cartel de Guzmán Sinaloa.

El juez Cogan dio a los fiscales 14 días para informarle a quién será la persona encargada de hacer la investigación sobre los abogados extranjeros que se unirán al caso. 

En el fallo de este  martes, Cogan también dijo que tenía que haber una aprobación previa de los abogados fuera de los que integran el equipo de defensa que tenga intenciones de leer material protegido que será usado por la fiscalía para el juicio.

El juez Cogan quedó al pendiente de decidir sobre la solicitud de la defensa de sacar al acusado Guzmán de la sala de confinamiento solitario. Los abogados quieren que de El Chapo sea puesto junto a la población general del Centro Correccional Metropolitano. 

Según la defensa de Guzmán, el acusado sufre de alucinaciones. Advierten que su salud mental y física se ha deteriorado debido a las 23 horas de confinamiento a las que está siendo sometido. Aseguraron que Guzmán escucha música en su celda incluso cuando su radio está apagada.

El juez Cogan no tomó decisión al respecto. La próxima cita es en la primera semana de mayo y se espera que como en las otras dos ocasiones, haya un asombroso despliegue de seguridad para el traslado del capo desde el Centro Correccional Metropolitano hasta la corte de Brooklyn ubicados a unas dos millas de distancia. 

lunes, 20 de marzo de 2017

Arrestan al empresario Miguel Ángel Castillo Lara, ligado a esquema de corrupción de Pdvsa

Por Maibort Petit
@maibortpetit


 El empresario Miguel Ángel Castillo Lara, dueño de la empresa Castillomax Oil & Gas y ex propietario de Guevara Trading Company C.A, fue arrestado en Caracas el 9 de marzo de 2017. Fue presentado en el tribunal 25 de Caracas para la audiencia preliminar el 10 de marzo según consta en el expediente 19552-2017. Castillo Lara permanece detenido desde esa fecha en las instalaciones del Sebin del área metropolitana, a la espera de su traslado al Tribunal Sexto de Control del Estado Anzoátegui, donde será imputado por corrupción en contratos relacionados con la petrolera estatal Pdvsa. 


El empresario apresado aparece en un informe en poder de las autoridades federales norteamericanas por estar presuntamente vinculado a un enorme esquema internacional de corrupción en Petróleos de Venezuela. 

Castillo Lara junto a sus socios Hernán Ernesto Guevara Pastrán y Jaime Camargo habrían pagado sobornos a funcionarios de Pdvsa, entre quienes destaca Jesús Cornelio Osorio Virgüez, ex-gerente de la terminal de almacenamiento y descarga del complejo José Antonio Anzoátegui

En febrero de 2017, la fiscalía acusó a Osorio de corrupción e irregularidades en la compra de equipos para la carga de buques petroleros conocidos como monoboyas, facturados por un total de 76,2 millones de dólares. La ejecución del contrato estuvo a cargo de las compañías Castillo Max Oil & Gas, Guevara Trading Company C.A y NF Ingeniers.
Tal como lo reportamos en la primera parte de esta investigación de corrupción en Pdvsa, Castillo Lara, Hernán Ernesto Guevara Pastrán y Jaime Camargo pagaron a Osorio Virgüez y a otros funcionarios de Pdvsa, coimas para lograr contratos de la petrolera a través de la empresa Guevara Trading Company CA. Castillo Lara era miembro fundador de Guevara Trading, pero luego que se concretaron los contratos sacó su nombre de la empresa, con una supuesta venta de sus acciones.

Los sobornos incluyeron regalos que iban desde apartamentos en Margarita y Panamá, casas botes, viajes, efectivo e inclusive hasta prostitutas quienes sirvieron de promotoras de eventos durante el día y en la noche de damas de compañía.

Guevara Trading Company es la empresa usada en el esquema de corrupción para recibir las comisiones y para pagar los sobornos a los funcionarios de Pdvsa. Fue a través de esta empresa que se hizo la compra de un apartamento en la urbanización Costa Azul como obsequio a Jesús Osorio al igual que una casa bote en Puerto La Cruz y un apartamento vacacional en Panamá.
Por medio de Guevara Trading Company, Castillo Max Oil & Gas compraron dos apartamentos
en este edificio lujo de Margarita.

El apartamento está ubicado en el edificio Vicenzo 2, Piso 3 en  la Calle Guamache Urb Costa Azul, Margarita (este), Nueva Esparta.
Detalles de las relaciones de complicidad

Una vez que se estableció el acuerdo entre los funcionarios de Pdvsa que participaron en la asignación del contrato de las monoboyas, a saber: Miguel Ángel Castillo Lara, Hernán Ernesto Guevara Pastrán, Jesús Osorio y Jaime Camargo, se programó un viaje a los Emiratos Árabes para sellar la compra de los equipos con sobreprecio, y garantizar la enorme comisión que se repartieron los participantes del negocio a costa de las finanzas de la empresa petrolera. 

Viajaron en primera clase a Dubai y se hospedaron en hoteles 5 estrellas. Participaron en visitas a la empresa Bluewater y pasearon por los lugares icónicos del mundo árabe.   
Miguel Ángel Castillo Lara viajó junto a Jesús Osorio en Primera Clase en un vuelo de Lufthansa Caracas-Frankfurt para tomar una conexión hasta Dubai.


El costo del boleto en primera fue de aproximadamente unos $20 mil dólares, pagado a la agencia de viajes Members Tours por Castillo Max Oil & Gas. Se alojaron en el hotel Burj al arab.


Mujeres ligadas a Osorio

Los sobornos pagados por Castillomax incluían damas de compañía según destaca un documento en nuestro poder. 

La esposa del ex funcionario de Pdvsa es Daliana Silva. En el reporte aparecen otra de nombre Deisy Gamboa, que tiene relación comercial David Páez, quien recibe pagos de Castillo Max Oil & Gas. Dice que la empresa de Miguel Ángel Castillo Lara  hace pago regulares para el uso exclusivo del piso ejecutivo del Meliá Caracas.

Gamboa acompañó a Jesús Osorio al Congreso Mundial de Monoboyas en el 2013 en Chile y los gastos de pasajes aéreos, hotel y viáticos fueron pagados por Castillo Max Oil & Gas. Resalta el documento a otra mujer que también ha viajado a expensas de Castillo Max Oil & Gas, de nombre Osmary Hidalgo.

Los boletos de viaje de Hidalgo y su madre también fueron pagados por la empresa de Castillo Lara a la agencia de viaje Members Tours. Las mujeres aparecen repetidamente en fotografías de la empresa.

Otro pasajero

Al viaje para firmar el contrato de las monoboyas en Dubai fue otro sujeto de nombre Ramón Castillo y una mujer llamada Elvira A. que acompañaba a Jesús Osorio. Aquí en la foto puede verse a Ramón Castillo junto a Miguel A. Castillo y Jesús Osorio en la sede de Bluewater.
Otras relaciones
En el documento se puede leer además que Castillo Lara tiene relaciones de negocios con un individuo llamado Edgar Chivico, quien actualmente es convicto por abuso sexual de menores y se encuentra pagando condena en la cárcel de Coro, estado Falcón. Este hombre era dueño de una agencia de modelos llamada Academia Girl Model Venezuela, que operaba en Sabana Grande en conjunto con su esposa Meuris Marcano.
Edgar Chivico fue acusado de abuso sexual  de adolescente con penetración en agosto de 2012, según lo señala la demanda AP-01-S-2012-015897 del Tribunal Sexto de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en materia de violencia contra la mujer.
Aunque no se especifica cuándo se estableció la relación comercial de Edgar Chivico con Castillo Lara, dice que el empresario, a través de Meuris Marcano (esposa), paga la seguridad y estadía de Chivico en la prisión del estado Falcón. Marcano aparece en varias fotos corporativas de Castillo Max.


Castillo Lara y Chivico habrían realizado negocios ligados a la agencia de modelaje del hoy convicto. Algunas modelos prestaban servicios en el piso ejecutivo del Hotel Meliá Caracas, cuyo alquiler, como ya referimos, era pagado por Castillomax Oil & Gas. Cuando Chivico fue condenado, la agencia fue cerrada. Ver decisión completa aquí.
En esta foto aparece Castillo Lara con una mujer que le acompaña en sus supuestos viajes de negocios






lunes, 13 de marzo de 2017

Juicio del caso Diosdado Cabello contra WSJ se iniciará en abril de 2018

Por Maibort Petit
@maibortpetit


El juicio entre el dirigente chavista, Diosdado Cabello contra el periódico norteamericano Wall Street Journal será con jurado y se iniciará 18 de abril del 2018, según lo establece un calendario procesal aprobado por la juez de la corte del Distrito Sur de Nueva York, Katherine B. Forrest.


La querella por difamación interpuesta por Cabello contra el WSJ en mayo de 2016, sufrió una serie de aplazamientos, motivados principalmente a las dos enmiendas hecha a la demanda original y luego, las mociones para que dicha queja sea desestimada por el juez, ya que según los abogados del periódico, la misma no lograr argumentar -de manera coherente- que la información publicada por WSJ es falsa y tendenciosa.


La demanda de Cabello Rondón contra The Wall Street Journal busca resarcir los daños y perjuicios que supuestamente ha sufrido en lo personal y lo económico el segundo hombre fuerte del régimen venezolano, por la publicación de un artículo en su contra donde se le relaciona con el tráfico de drogas y el lavado de dinero. En la reclamación no aparece un monto de dinero específico, aunque se establece que la suma será superior a los $75 mil dólares.



Cabello interpuso la demanda el 5 de mayo de 2016 en la Corte del Distrito Sur de Nueva York, donde acusó a dos comunicadores del diario The Wall Street Journal (WSJ) de difundir declaraciones falsas y difamatorias en un reportaje publicado en mayo de 2015, donde se informó que estaba siendo investigado por los fiscales de Estados Unidos bajo la sospecha de estar vinculado al tráfico de cocaína y lavado de dinero a través de Venezuela.


La demanda de Cabello Rondón contra Dow Jones & Company, Inc. establece lo siguiente:



-Se trata de una acción por difamación que surge de la publicación en The Wall Street Journal de un artículo titulado: "Funcionarios venezolanos sospechosos de estar volviendo al país en el centro global de la cocaína," y subtitulado: "EE.UU. investiga al Nº 2 del gobierno, Diosdado Cabello, y a otros oficiales, bajo la sospecha de tráfico de drogas y lavado de dinero" firmado por José de Córdoba y Juan Forero.




Cabello alega que por información confiable, las alegaciones contenidas en el artículo son inexactas y distorsionadas, al transmitir información basada en fuentes no identificadas que supuestamente había dado a conocer los datos a los acusados. Por el contrario, el artículo se basan en las cuentas inexistentes o inexactas de supuestas investigaciones legales en curso.

Dice además que el artículo contiene acusaciones falsas y difamatorias en las que asegura que el demandante ha estado involucrado en actividades delictivas relacionadas con el tráfico de drogas y lavado de dinero.

Ver más detalles de la demanda aqui.

Aprobado el calendario procesal

El nuevo comunicado de la corte asegura que las partes en conflicto acordaron un calendario procesal que incluye las fechas para los procedimientos adicionales  que deben presentarse ante el Juez para el el año 2018.


Dice que la Corte tiene pendiente la resolución de la moción de desestimación formulada por los abogados del WSJ. 

El calendario quedó fijado de la siguiente manera:

Descubrimiento de  los hechos para el 15 de noviembre de 2017. 

Descubrimiento (expertos) para el 15 de diciembre de 2017. 

Las mociones pendientes tendrán una fecha de entrega límites hasta el 29 de diciembre de 2017. 

Las respuestas debidas  a las mociones  el 29 de enero de 2018.

Las respuestas  de la debidas hasta el 15 de febrero de 2018. 

El juicio será ante un jurado y comenzará el 18 de abril de 2018.

sábado, 11 de marzo de 2017

Demanda contra los "Bolichicos" continuará siendo discutida en la corte de apelaciones de NY

Por Maibort Petit
@maibortpetit

La posibilidad que la demanda contra los dos empresarios dueños de Derwick Associates Corp., interpuesta por el exembajador Otto Reich, regrese al tribunal neoyorquino quedó pendiente en la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito, tras haberse iniciado la primera audiencia este viernes 10 de marzo, y donde la parte demandante pidió al panel de jueces aceptar la querella que inicialmente fue desestimada porque no correspondía a la jurisdicción de la ciudad de Nueva York.

El panel, conformado por los jueces de Circuito, Christopher F. Droney, Dennis Jacobs y Timothy Stanceu, escuchó los argumentos del nuevo abogado de Otto Reich, Jeffrey Ernest Grell, quien intentó convencerlos que los supuestos delitos cometidos por los demandados, Leopoldo Alejandro Betancourt López y Pedro Trebbau López tenían suficiente vinculación con Nueva York.

La parte demandante explicó que los acusados tienen propiedades y conducen negocios en la ciudad de Nueva York desde hace varios años, lo que al parecer será considerado por los jueces.

La demanda afirma que Reich resultó perjudicado desde el punto de vista financiero y en su reputación, por los empresarios como resultado de versiones falsas difundidas por ellos, según las cuales, el ex embajador trabajaba para Derwick, una firma conocida por sus conducta dolosa y fraudulenta. Según alegaciones, dos clientes de Otto Reich Associates LLC (Banco Venezolano de Crédito y el y el banquero venezolano Eligio Cedeño) cancelaron los contratos de asesoría por las afirmaciones de los empresarios demandados, lo que trajo como resultado la pérdida de dos clientes de dicha empresa, y por ende una pérdida patrimonial importante.

Reich asegura en la demanda que Betancourt López y Trebbau hacen negocios fraudulentos  en Nueva York y que la empresa de ambos, Derwick Associates Corp,  paga sobornos a funcionarios del gobierno venezolano para asegurarse contratos millonarios sin licitación.

Grell explicó que los demandados ​​intentaron sobornar a su cliente para que hiciera servicios de consultoría para Derwick. Cuando el ex diplomático rechazó la oferta, los acusados suministraron al representante de un banco -que era cliente de la firma de Reich- falsa información que conllevó a la pérdida del contrato de dicha empresa. 

En respuesta a la acción criminal, Reich y su compañía demandaron a Betancourt y Trebbau en 2013  bajo la provisión de la Ley contra la extorsión criminal y las organizaciones corruptas, o RICO por sus siglas en inglés. Dicha demanda fue desestimada luego que el tribunal neoyorquino concluyera que no tenía jurisdicción sobre los dos acusados.

De acuerdo al nuevo abogado de Reich, Jeffrey Ernest Grell el tribunal de distrito tomó una decisión equivocada sobre los cargos de los que son acusados los dueños de Derwick. Explicó que los demandados intentaron cometer soborno, lo cual es penado por la ley de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero. Asimismo, Grell dijo que las comunicaciones hechas supuestamente por los acusados, donde suministraron información falsa y difamatoria contra Reich, viola la ley RICO. 

Grell aseguró que los dos demandados cometieron el crimen en la ciudad de Nueva York y por tanto el tribunal sí tiene jurisdicción sobre el caso. 

Uno de los aspectos que llamó la atención del juez Christopher F. Droney fue el hecho del tiempo que transcurrió entre los intentos de soborno por parte de los empresarios y las llamadas hechas por ambos al banco, que era cliente de Reich. Destacó el magistrado que entre ambos hechos había transcurrido dos años.

Por su parte el juez Dennis Jacobs no consideró que los cargos en la demanda coincidían, ya que no tenían un propósito común, ni víctimas comunes. A pesar de la poca aceptación que mostraron los jueces a los argumentos de la parte demandante, admitieron que estaban dispuestos a escuchar los argumentos con los cuales Grell buscaba dejar claro la relación de los cargos contra los dueños de Derwick y que es Nueva York la jurisdicción para ser juzgados. 

Los acusados, Leopoldo Alejandro Betancourt López estuvo representado por los abogados Frank H. Wohl y Jonathan D. Lamberti del escritorio jurídico Lankler Siffert & Wohl LLP, mientras que Pedro Trebbau López fue asistido por  Joseph A. DeMaria de la firma Fox Rothschild LLP.

El  abogado de Betancourt López hizo un esfuerzo para desestimar los argumentos presentados por la parte acusadora, inclusive se atrevió a decir que Reich no tenía autoridad para acusar a su cliente en la corte. Dijo que el caso no tenía lugar en el tribunal porque no había nada que reclamar.

Por su parte el defensor de Trebbau López aseguró que el caso no debía ser considerado porque no hay nada que defender, ya que no hay delito alguno.

Joseph DeMaria, que representaba a Trebbau, dijo que los argumentos en contra de su cliente en la apelación eran tan escasos que no había "nada que defender". El tribunal de distrito dio derecho a la idea de que tenía jurisdicción sobre Trebbau, T poseer cualquier propiedad en Nueva York, dijo.





miércoles, 8 de marzo de 2017

Esposa del empresario Roberto Rincón exige al tribunal regreso de su pasaporte para viajar a la India

Por Maibort Petit
@maibortpetit

La esposa del empresario chavista Roberto Enrique Rincón-Fernández, acusado de pagar más de 1000 millones de dólares a funcionarios de Pdvsa para lograr contratos jugosos y con sobreprecio, pidió a la corte del Distrito Sur de Texas la liberación de su pasaporte con el propósito de viajar desde Houston a Miami y luego Delhi, India.

La moción presentada por los abogados de Rincón dice que María Lila Rincón Bravo tiene previsto viajar el 12 de marzo de 2017 desde Houston, Texas a Miami, Florida y luego, el 17 de abril de 2017 desde Miami con el destino final a Dehli, India en abril 18, 2017.

El el documento se señala que el 16 de junio de 2016, Roberto Rincón-Fernández se declaró culpable ante el juez de tres cargos de Información Penal y acordó una pérdida significativa de bienes.

El 2 de agosto de 2016, Rincón-Fernández fue puesto en libertad bajo condiciones de liberación que fueron diseñadas para mitigar cualquier riesgo de vuelo y asegurar su aparición en todos los procedimientos del caso. 

El documento dice que una de las condiciones del juez de la causa implicó la entrega del pasaporte de la esposa del acusado, María Lila Rincón-Bravo a los Servicios Prejudiciales de los Estados Unidos.

Desde su liberación -afirman sus abogados- Rincón Fernández ha cumplido con todas las condiciones de libertad y es por ello que solicita al Tribunal que apruebe la liberación del pasaporte de su esposa para que pueda viajar a India.  

El itinerario de la esposa del empresario juzgado por corrupción dice que saldrá de la India el 1 de mayo de 2017 regresando a Miami, Florida y posteriormente viajará a Houston, Texas el 4 de mayo de 2017.

Aseguran los defensores que a su regreso a Houston, Rincon-Bravo entregará su pasaporte a los Servicios Prejudiciales de los Estados Unidos en mayo 8 de 2017.

Los abogados también informaron al juez que los fiscales del caso no se oponen a la solicitud.

martes, 7 de marzo de 2017

Defensa de sobrinos de Nicolás Maduro dan un "ultimátum" a la fiscalía para que entreguen todas las evidencias contra sus clientes

Por Maibort Petit
@maibortpetit

Los defensores de Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas dieron un "ultimátum" a la fiscalía del Distrito Sur de Nueva York para que entreguen todas las evidencias que poseen en contra de sus clientes, derivadas de los testimonios de CS1, no solo en el juicio de los sobrinos del presidente Nicolás Maduro sino en otros casos que fueron referidos en el caso.

En una carta firmada por los abogados de Campo Flores: Randall W. Jackson, John T. Zach y Joanna Wright del escritorio Boies, Schiller & Flexner LLP, conjuntamente con los consejeros de Flores de Freitas: David M. Rody, Michael D. Mann y Elizabeth Espinosa del bufete Sidley Austin LLP, piden a los fiscales del caso que entreguen de inmediato todos las evidencias relacionadas con los testimonios del agente confidencial de la DEA, José Santos Peña (CS-1) que incluyen notas, materiales, documentos y comunicaciones.

Los acusados de conspirar para traficar, manufacturar y distribuir 800 kilos de cocaína desde Venezuela a los Estados Unidos solicitaron al Gobierno entregar "de inmediato todos los materiales  que contengan declaraciones o omisiones -materialmente falsas- en otras investigaciones y enjuiciamientos, incluidos mensajes de texto, correos electrónicos, memorandos o informes DEA-6 que contengan información relacionada con las declaraciones de CS-1".

La defensa también pidió al gobierno los materiales generados a raíz del testimonio del agente especial Daniel Ogden, quien estableció en el juicio una relación de las búsquedas en Google y el historial de búsquedas de Internet -reportados y capturados- en los teléfonos de los acusados. Dicen que la documentación entregada por el gobierno -hasta ahora- no contienen los informes completos de la información extraídas de los teléfonos de los Demandados



Defensa de sobrinos de Nicolás Maduro niega que sus clientes hayan querido liberar al capo Hermágoras González Polanco

Por Maibort Petit
@maibortpetit

En un documento entregado este lunes 6 de marzo a la corte, los abogados de Efraín Antonio Campo Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas pidieron al juez desestimar los nuevos argumentos presentado por la fiscalía en contra de sus clientes y aprobar un nuevo juicio para los sobrinos del presidente venezolano, Nicolás Maduro.
En las respuestas a las mociones In limine de la Fiscalía, la defensa advierte que "en un intento aparente de salvar una investigación y un enjuiciamiento extraordinariamente defectuosos en este caso, en el que su propio testigo principal mintió en el estrado, el Gobierno descarta ahora el registro y aplica incorrectamente la jurisprudencia pertinente". 

Los abogados responde con estos argumentos a las mociones después del juicio presentadas en febrero 2017 por el gobierno, donde se entregaron una serie de nuevas evidencias provenientes de la data extraída de los teléfonos celulares de los dos convictos por conspirar para traficar, distribuir y manufacturar 800 kilos de cocaína desde Caracas a los EEUU, vía Honduras.

Argumentos inútiles del gobierno 

La defensa califica de "inútiles" los intentos del gobierno de oponerse a la petición de un nuevo juicio, a la vez que critican el escrito presentado por el equipo del fiscal Preet Bharara donde según los abogados "No refutan los argumentos expuestos en las mociones de los demandados después del juicio". 

Los defensores argumentan que "basado en las Reglas 29 y 33 las mociones de Campo Flores y Flores de Freitas deben ser otorgadas". 

- Esta Corte debe, como mínimo, ejercer su considerable facultad discrecional para conceder un nuevo juicio, para que los Demandados puedan recibir un juicio justo y libre de la mancha del perjurio extraordinario cometido por el principal testigo del Gobierno, afirman la defensa.

Señalan que "las pruebas presentadas por el gobierno en el juicio están plagada de argumentos basadas en las nociones especulativas y no apoyadas jurídicamente. La fiscalía ha intentado enmarcar como "inferencias" elementos que podrían haber sido elaboradas por el jurado.

Más adelante sostienen que "el Gobierno estableció que la conspiración involucraba a un núcleo de conspiradores, entre ellos Campo, Flores y un hombre al que en varias ocasiones se refería como Pepero".

La defensa asegura que no hubo absolutamente ninguna evidencia presentada en el juicio que apoyara la idea de que "Pepero" era un miembro de la conspiración por la cual fueron procesados Campo y Flores.

Señalan que la conspiración consistía en importar drogas a los Estados Unidos y distribuir narcóticos con el conocimiento de que los estupefacientes eran importados a norteamérica. 

Sostienen que "Pepero" no estuvo presente en ninguna reunión con las fuentes confidenciales. "Pepero" no fue capturado en ninguna grabación u otra comunicación conversando sobre el transporte de narcóticos a los Estados Unidos. Y por supuesto, debido a que la supuesta conspiración en este caso no implicaba que se enviara cocaína a los Estados Unidos, no hay evidencia de que "Pepero" haya participado en la importación de cocaína a los EEUU.

Del mismo modo -acotan- en ninguna parte de las alegadas confesiones de los Demandados se sugiere que Pepero fue informado sobre el destino final de la cocaína imaginaria que CS-1 afirmaba que Campo y Flores iban a enviar a los Estados Unidos". 

- De hecho, contrariamente a lo que sugiere el Gobierno en su recitación de las supuestas confesiones, no hubo testimonio de que Campo y Flores mencionaran a ningún "Pepe" o "Pepero" en ningún momento de su discusión con el agente de la DEA. La base de su supuesta relación entre la declaración posterior a la detención y los mensajes de texto es el testimonio de un testigo reconocido como "Pepe" es un apodo común para "José".

Agregan que Campo mencionó que un individuo, llamado Juan José fue un intermediario. Los abogados dicen que en español hay un sobrenombre común asociado con el nombre José que es "Pepe", aunque también es un apodo para "José", pero también hay muchos otros sobrenombres comunes para "José", y Pepe no es un apodo común para "Juan José". 

La defensa sostiene además que "hay literalmente millones de personas llamadas "José " en Suramérica. Sin algún testimonio vinculando lógicamente a Pepero con "Juan José", es improcedente que el Gobierno sugiere que los dos individuos son la misma persona".


- [...] Por otra parte, quien quiera que sea "Juan José", el testimonio de él no incluye ninguna referencia a ninguna conversación que permita inferir que alguna vez fue informado sobre las declaraciones de CS-1 con respecto a los Estados Unidos o cualquier otra información que le diera los conocimientos necesarios para convertirse en miembro de una conspiración para importar estupefacientes a norteamérica. 

Por lo tanto -advierten- el Gobierno no tiene ninguna base para argumentar en el juicio que "Pepero" era un miembro de la conspiración.

Sostienen que el Gobierno no tiene ninguna base para avanzar la idea de que el jurado podría haber considerado adecuadamente a "Pepero" un miembro de la conspiración por la cual fueron hallados culpables los dos sobrinos de la pareja presidencial venezolana.'

Niegan relación con el capo Hermágoras González

Asimismo, la defensa critica que el Gobierno haya lanzado una "narración sin apoyo" sobre un supuesto complot para liberar a un narcotraficante encarcelado, Hermágoras González Polanco, y "enviar aviones cargados de cocaína desde Venezuela a narcotraficantes mexicanos". 

-Dejando a un lado el hecho de que no hay conexión lógica entre esta discusión y la conspiración, todo el conjunto de inferencias expuestas por el Gobierno aquí son inadmisible. No hay ninguna referencia real a los "narcotraficantes mexicanos" en ninguna de las comunicaciones, esto es pura especulación basada en que el gobierno leyó las palabras "taco" y "sombrero" en los mensajes de texto. 

La defensa sostiene que las que extrapolaciones hechas por el gobierno en relación a la palabra "taco" no se basan en ninguna evidencia. "Además del sentido común y la consideración del contexto general de estas comunicaciones, la inferencia de que la frase" gente del taco "era una referencia a los mexicanos, y" el sombrero "una referencia a México es inadmisible.

Rechazan el argumento de la fiscalía según el cual  Pepe fue el principal conducto entre los acusados ​​y la Organización Sombrero.

Del mismo modo no aceptan el argumento del Gobierno según el cual "el jurado podía inferir de las comunicaciones de los acusados ​​con Pepe y el hecho de que los asociados de la Organización Sombrero estuvieran tratando de asegurar la liberación de Polanco y que Polanco estaba encarcelado por tráfico de drogas". 

-[..] El jurado no podía inferir tal cosa. No había evidencia en el expediente sobre la naturaleza de cualesquiera cargos contra Hermágoras González Polanco. De hecho, el documento que el Gobierno cita como prueba de la supuesta participación de los Demandados en un complot para "liberar a un narcotraficante encarcelado" no contiene ninguna referencia a ninguna acción real emprendida para liberar a González, sino que presenta sólo unas pocas líneas de texto en las que Campo Flores simplemente pregunta: "Mira, ¿cuál es el nombre del tipo encerrado [?]". Las inferencias que el Gobierno sugiere podrían extraerse de este intercambio son más que especulativas: son ilógicas. 

Agregan que no hubo prueba suficiente para que un jurado razonable llegue a la conclusión de que el Gobierno había cumplido con su deber de probar la conspiración más allá de la duda razonable. "Incluso si el Gobierno pudiera establecer que los Demandados habían conversado con alguien acerca de tratar de obtener la liberación de Polanco, esto no tiene nada que ver con la conspiración imputada en este caso".

Advierten que el Gobierno no está autorizado a tomar ninguna conversación inexplicable de los teléfonos de los Demandados y argumentar como prueba inferencial que la conversación podría tener una relación con el tráfico de drogas y podría estar relacionado con la conspiración para importar cocaína a los Estados Unidos.